Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
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- Vicente Toledo Lagos
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1 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios Subdirección General de Frutas y Hortalizas, Aceite de oliva y Vitivinicultura Guía de elaboración del Informe relativo a la ejecución del PO y del Cuadro 3 Indicadores de realizaciones y recursos Registro de Agrarios (Frutas y Hortalizas) Subdirección General de Sistemas Informáticos y Comunicaciones Madrid, marzo de 2013
2 INFORME ANUAL DE LAS OPs (), AOPs (Asociaciones de organizaciones de Productores) y GPs (Agrupaciones de Productores) A partir del informe anual de las OPs, las autoridades competentes de los Estados Miembros deben elaborar la parte A del informe anual que debe enviarse antes del 15 de noviembre del año siguiente al año natural abarcado por el informe. Así, se da cumplimiento a los requisitos de notificación establecidos por el artículo 97, apartado b del Reglamento (CE) Nº 543/2011 de la Comisión. El informe anual contendrá, en particular, la información prevista en el anexo XIV de dicho Reglamento. Las tablas están divididas en seis secciones: 1. Tablas sintéticas Tabla 1.1 Organizaciones de productores (OP), asociaciones de OP y agrupaciones de productores Resumen Tabla 1.2. Productos retirados: volumen, valor y destino Resumen Tabla 1.3 Programas operativos (PO) - Medidas y tipos de actuaciones subvencionables 2. Organizaciones de productores (OP) y asociaciones de organizaciones de productores (AOP) Tabla 2.1 OP y AOP - Reconocimiento y afiliación Tabla 2.2 OP y AOP - Producción y destino de los productos Tabla 2.3 OP y AOP - Valor de la producción comercializada (VPC) y fondos operativos 3. Programas operativos (PO) - Cuadros de seguimiento y evaluación Tabla 3.1 Indicadores de base Tabla 3.2 Ejecución financiera de los programas Tabla 3.3 Indicadores de ejecución Tabla 3.4 Indicadores de resultados Tabla 3.5 Indicadores de impacto 4. Agrupaciones de productores (GP) Tabla 4.1 Reconocimiento y afiliación Tabla 4.2 Producción y destino de los productos Tabla 4.3 Valor de la producción comercializada (VPC) y fondos operativos 5. Organizaciones interprofesionales (OI) Página 2 de 11
3 Tabla 5.1 OI - Reconocimiento y productos englobados 6. Legislación nacional Tabla 6.1 Legislación nacional aprobada para aplicar la reglamentación por la que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y las disposiciones para su aplicación. Dichas tablas se realizarán a partir de la información del Registro de las OPs, AOPs y GPs, y la remitida por las unidades de la Administración y por las OPs, AOPs y GPs. Las tablas 1.2. Productos Retirados y 4.3. Agrupaciones de productores Valor de Producción Comercializada y Planes de reconocimiento las cumplimentará el FEGA directamente. Las tablas 1.3. Medidas y Tipos de actuaciones subvencionables, 3.2 Indicadores comunes de recursos y 3.3. Indicadores de realizaciones se elaborarán a partir del Cuadro 3 de la aplicación informática del MAGRAMA. Los datos de este Cuadro deberán ser aportados por las OPs, AOPs y GPs. DATOS A REMITIR POR: OPFH-CCAA CCAA- FEGA Acción Actuación - Inversiones y conceptos de gasto Tipo de actuación (A, B ó C) (1) Nº de actuaciones realizadas (2) Nº de explotaciones que participan Nº de hectáreas afectadas Nº de días de formación Gasto realizado (euros) Gasto admitido en la solicitud de ayuda (euros) Esta información deberá ser remitida antes del 15 de abril del año siguiente al año objeto del informe, excepto la relativa a gasto admitido (Cuadro 3) que será remitida antes del 15 de octubre del año siguiente al año objeto del informe. GUÍA DE ELABORACIÓN 1. INTRODUCCIÓN O ENVÍO DE LOS DATOS PARA ELABORAR LAS TABLAS DEL ANTIGUO ANEXO III DE GESTIÓN DE MERCADO Todas las OPs, AOPs y GPs reconocidas a fecha 31 de diciembre del año objeto del informe deberán introducir los datos de su gestión comercial del año objeto del informe a través de la aplicación ROPAS, como en años anteriores (Información anual (Parte A del Anexo XIV del REGLAMENTO 543/2011))/Acceso a la hoja Excel y cumplimentación)/pestaña Producciones) y enviar el fichero a través de la opción Envío de ficheros (Consultar el Manual usuario para en MENÚ DE APLICACIÓN -> Descarga de manuales y guía -> Manuel usuario para ) Página 3 de 11
4 Igualmente, las CCAA deberán introducir en la aplicación ROPAS los datos de los resultados de sus controles de funcionamiento a las OPs y GPs que hayan realizado durante el año objeto del informe a través de Información anual/ccaa descarga hoja Excel/Pestaña Control y enviarlas a través de la opción Envío de ficheros (Consultar el Manual usuario para Comunidades Autónomas en MENÚ DE APLICACIÓN -> Descarga de manuales y guía -> Manuel usuario para Comunidades Autónomas). Esta información deberá ser enviada antes del 1 de octubre del año objeto del informe. 2. INTRODUCCIÓN O ENVÍO DE LOS DATOS PARA ELABORAR LAS TABLAS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS OPERATIVOS 2.1. Introducción y envío de datos correspondientes al Informe relativo a la ejecución del PO Las OPs que no dieron de alta el programa operativo el 15 de febrero deberán darlo de alta en la aplicación ROPAS y a continuación deberán proceder a confeccionar el Informe relativo a la ejecución del PO del año objeto del informe. Para confeccionar este informe la OP o AOP seleccionará la campaña correspondiente y actuará de la siguiente manera: Si el informe relativo a la ejecución del PO se encuentra en estado borrador, la OP o AOP, desde el menú, de la opción informe relativo a la ejecución del PO, entrará en la opción de rellenar datos, procediendo de la siguiente forma: la entidad introducirá en la primera columna los datos de la resolución de diciembre del año objeto del informe que incluye las modificaciones de dicho año y en la segunda columna introducirá los datos del expediente de la solicitud de pago presentado el 15 de febrero del año siguiente al año objeto del informe, así como una breve descripción de las modificaciones introducidas y de las diferencias entre las inversiones aprobadas y las ejecutadas. En el apartado B de este cuadro, la OP indicará su periodo de referencia para el cálculo del VPC (que coincide con el ejercicio contable declarado para el cuadro 2.2. de Producciones para el año correspondiente) y el VPC calculado según el artículo 50 del Rgto. (UE) 543/2011. También, rellenará el importe correspondiente a retiradas de distribución gratuita (art.50.5 del Rgto. (UE) 543/2011). Página 4 de 11
5 A continuación indicará los totales del fondo operativo estimado por la OP o AOP (año n-1) (el que declara la OP en el expediente de solicitud de aprobación del PO el 15 de septiembre del año (n-1)) (art. 54 del Rgto. (UE) 543/2011), el FO aprobado por el EM (el que consta en la resolución de aprobación de diciembre del año (n-1)) y el FO final (el realmente utilizado por la OP para su PO que consta en el expediente de solicitud de ayuda del 15 de febrero del año siguiente al año objeto del informe), y los desglosará por contribuciones de socios y financiación comunitaria, con la condición de que la suma de la contribución de la entidad y la ayuda financiera comunitaria sea igual al Fondo operativo correspondiente, es decir, las cantidades que deben enviarse son los cargados al FO del año objeto del informe). En caso de que la entidad haya solicitado elevar la ayuda financiera al 60%, indicará el motivo de tal solicitud marcando la casilla correspondiente (art. 34 apartado 3 del Reglamento (UE) n º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre ) por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas. La OP desde el menú de la opción de informe relativo a la ejecución del PO, pinchando en consulta y en el año correspondiente accederá a informe relativo a la ejecución del programa operativo Datos a introducir por las OPs y AOPs en el Cuadro 3 y envío Para poder rellenar este Cuadro, habrá que haber cumplimentado previamente el Informe de ejcución (ver apartado 2.1). a) Definiciones a tener en cuenta en este apartado: Tipo de actuación: Cada una de las actuaciones puede ser de tipo A y/o del tipo B y/o del Tipo C y cada uno de estos tipos es: Tipo A. Adquisición de activos fijos. Tipo B. Otras formas de adquisición de activos fijos incluidos alquiler, contratación y arrendamiento. Tipo C. Otras actuaciones. Por activo fijo entendemos la parte del activo de la OP con carácter estructural adquirido por una explotación por un plazo mínimo de 1 año. Página 5 de 11
6 Si el activo se adquiere por compra será del tipo A y si se adquiere alquilándolo, contratándolo o arrendándolo será del tipo B. En el tipo C se incluye el resto de las actuaciones no imputables a los tipos A o B por ejemplo, aquellas actuaciones con gastos de personal, promoción, etc. Nº de actuaciones: En el cuadro resumen general del PO cada medida está dividida en acciones y cada acción en actuación/inversión, es decir, el número de actuaciones de cada medida se corresponderá con el número de actuación/inversión en que se ha dividido. Por ejemplo, la medida 1 planificación de la producción está compuesta por 11 actuaciones. Nº de tipos de actuaciones de cada medida: Cada actuación puede tener uno, dos o tres tipos de actuación, luego una medida como la 1 Planificación de la producción que está compuesta por 11 actuaciones podría tener 11 tipos de actuación si cada una de estas actuaciones constase de un solo tipo de actuación. Si cada una de ellas constase de 3 tipos de actuaciones, tendría 33 tipos de actuaciones. La aplicación contabilizará el número de tipos de actuaciones seleccionadas en las medidas de cada PO teniendo en cuenta las siguientes excepciones, que quedarán abiertas para que cada entidad las cumplimente, siguiendo las instrucciones marcadas por la Comisión europea: - MEDIDA 3 MEJORA DE LA COMERCIALIZACIÓN Actuación Promoción comercial en la que cada día de una campaña de promoción se considerará una actuación. Por ejemplo, si la campaña de promoción dura 30 días, el número de actuaciones será de MEDIDA 5 FORMACIÓN Y SERVICIO DE ASESORÍA Actuación Producción ecológica Actuación Producción integrada Actuación Otros aspectos medioambientales Actuación Trazabilidad Actuación Calidad Actuación Formación y asesoría en otros aspectos propios del Programa Operativo Página 6 de 11
7 En ellas, cada actividad de formación (cursos, jornadas, etc.) se considerará una actuación, independientemente de su contenido específico y del número de días de formación recibidos por los participantes. Cada actividad tendente a fomentar el acceso de los miembros de la OP a servicios de asesoramiento se considerará una actuación, independientemente de la fuente del asesoramiento (por ejemplo, a través de un servicio de asesoramiento desarrollado por la OP o por servicios externos), el tema abordado por el asesoramiento y el número de explotaciones que se beneficien del mismo. - MEDIDA 6 PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE CRISIS Actuación Retiradas. Cada producto distinto retirado por mes se considerará una actuación. Dicha información se introducirá por el/los destino/s de las retiradas (distribución gratuita, compostaje, alimentación animal, otros destinos) Actuación Recolección en verde y no recolección. La cosecha en verde y la renuncia a efectuar la cosecha de diferentes productos se considerarán actuaciones diferentes. La cosecha en verde y la renuncia a efectuar la cosecha del mismo producto se consideran una sola actuación, con independencia del número de días que se prolonguen, del número de explotaciones que participen y del número de parcelas o hectáreas a las que se refieran. Dicha información se introducirá según se trate de recolección en verde o no recolección. Actuación Promoción y comunicación destinada a prevención y gestión de crisis en la que cada día de una campaña de promoción se considerará una actuación. Actuación Ayuda para paliar los costes administrativos derivados de la creación de mutualidades en la que las acciones relativas a la creación de diferentes mutualidades se consideran actuaciones diferentes. N º de Explotaciones: Según el artículo 2.b del R 1782/2003 por explotación se entiende todas las unidades de producción administradas por un agricultor y situadas en el territorio de un mismo Estado miembro. Es decir, en las Entidades reconocidas (exceptuando las transnacionales) un socio de ella (agricultor con todas sus unidades de producción) se entiende que es una explotación. Página 7 de 11
8 El número de explotaciones que participa en cada actuación se contabilizará de la siguiente forma para las medidas dirigidas a planificar la producción, a mejorar o mantener la calidad de los productos, a mejorar la comercialización, Investigación y producción experimental, actuaciones medioambientales y otras acciones: La cifra que debe registrarse es la del número de explotaciones agrarias miembros de la organización de productores (OP) a las que ha concernido el tipo de acción realizada (es decir, adquisición de activos fijos, arrendamiento financiero/alquiler de activos fijos u otras acciones). En relación con las acciones que conlleven compra u otras formas de adquisición (arrendamiento financiero, alquiler, etc.) de activos fijos, pueden darse tres casos: a) La adquisición de activos fijos ha concernido directamente a explotaciones agrarias concretas miembros de la OP (por ejemplo, la instalación de nuevos sistemas de riego); la cifra que debe registrarse es la del total de explotaciones agrarias, miembros de la OP, que han sido beneficiarias directas de las adquisiciones realizadas (por ejemplo, número de explotaciones agrarias miembros en las que se instaló el nuevo sistema de riego). b) La adquisición de activos fijos ha concernido solo a los locales de la propia OP (por ejemplo, instalación de un nuevo almacén frigorífico en el centro de comercialización de la OP). La cifra que debe registrarse es la del número total de explotaciones agrarias, miembros de la OP, de las que cabe razonablemente esperar que se beneficien de las adquisiciones realizadas (normalmente, todas las explotaciones agrarias miembros de la OP). c) Además de la adquisición de activos fijos por las distintas explotaciones agrarias que son miembros de la OP (por ejemplo, instalación de nuevos sistemas de calefacción en los invernaderos), se adquirieron activos fijos para los locales de la OP (por ejemplo, construcción de un nuevo depósito común). La cifra que debe registrarse es la del número total de explotaciones agrarias, miembros de la OP, de las que cabe razonablemente esperar que se beneficien de las diferentes adquisiciones realizadas (normalmente, todas las explotaciones agrarias miembros de la OP). NOTA: Cuando una explotación agraria particular, miembro de la OP, haya estado relacionada con diferentes tipos de acciones (por ejemplo, adquisición o arrendamiento financiero de activos fijos y otras acciones) en el marco de determinada medida (por ejemplo, Página 8 de 11
9 acciones dirigidas a planificar la producción), esa explotación agraria deberá computarse en todos los tipos de acciones en los que haya participado. N º de hectáreas: Sólo habrá que rellenarlo en caso de actuaciones relativas a la producción experimental en parcelas pertenecientes a explotaciones de los miembros y/o de la OP/AOP. N º de días de formación recibidos por los participantes: Sólo habrá que rellenarlo en Acciones de formación (distintas de las relacionadas con la prevención y gestión de crisis) y/o Acciones destinadas a fomentar el acceso a los servicios de asesoramiento y en actividades de formación de la Medida de Prevención y Gestión de crisis. La cifra que debe registrarse es la suma de todos los días de formación sobre un tema determinado (por ejemplo, producción ecológica) recibida por el conjunto de los participantes en las acciones de formación realizadas durante el año objeto del informe. NOTA: Los cursos de formación de medio día de duración (por ejemplo, que duren sólo una mañana o una tarde) cuentan como medio día de formación. N º de explotaciones (miembros productores) que han recurrido a los servicios de asesoramiento: Sólo habrá que rellenarlo en Acciones de formación (distintas de las relacionadas con la prevención y gestión de crisis) y/o Acciones destinadas a fomentar el acceso a los servicios de asesoramiento. Cualquiera que haya sido la fuente de asesoramiento (es decir, obtenido a través de un servicio de asesoramiento desarrollado por la OP o mediante servicios externos) y las cuestiones específicas de las que haya tratado. Gasto realizado ( ): Es el gasto declarado en el expediente de la solicitud de pago presentado el 15 de febrero del año siguiente al año objeto del informe ya introducido en el Informe de ejecución por actuación que aquí se desglosará por tipo de actuación (A, B y/o C). Página 9 de 11
10 La entidad en la columna de gasto realizado del Cuadro 3 distribuirá el gasto realizado que consta en la 2ª columna del Informe relativo a la ejecución del PO por tipos de actuación A, B y/o C y una vez que se cumplimente esta columna la aplicación contabilizará el indicador número de actuaciones de forma automática exceptuando aquellas que se contabilicen de forma específica que tendrá que introducir cada entidad en caso de haber realizado alguna de esas actuaciones. La entidad también tendrá que cumplimentar los indicadores n º de explotaciones, n º de hectáreas y número de días de formación y de gasto admitido que corresponde al el gasto admitido como subvencionable por actuación del que dispondrá, como tarde, a 15 de octubre del año siguiente al año objeto del informe. Finalizada la introducción de datos, la OP procederá a enviarlo a la CA y la CA deberá revisarlo y pasarlo a estado Cerrado. Cuando proceda, la Administración correspondiente indicará la Ayuda financiera nacional (art. 35 del Rgto.1308/2013) pagada efectivamente y el importe estimado de la ayuda financiera nacional pagada efectivamente reembolsado por la Comunidad. La aplicación confeccionará la tabla 3.2. y desde este momento cada OP podrá comprobar la tabla correspondiente a su entidad y cada CA las tablas de las OPs con domicilio social en su comunidad. Volumen de la producción comercializada implicada: este indicador sólo se cumplimentará para las actuaciones medioambientales que sean de tipo C (gasto) y que estén relacionadas con el transporte y la comercialización relacionadas a continuación. Corresponde al volumen en toneladas de la producción comercializada. Medidas: Producción ecológica genérica (pago por hectárea) Producción ecológica (pago en base a facturas) Producción integrada genérica (pago por hectárea) Producción integrada (pago en base a facturas) Gastos derivados de la implantación de técnicas de cultivo con polinización en base a colmenas Utilización de planta injertada en hortícolas para reducir el uso de productos químicos Costes adicionales por la utilización del ferrocarril o del transporte marítimo frente al transporte por carretera Página 10 de 11
11 Gastos en trampas, mosqueros, depredadores naturales, feromonas, extractos vegetales, microorganismos, plantas repelentes o cualquier otro material de protección vegetal excluyendo productos químicos respetuosos con el medio ambiente utilizados en producción convencional Utilización de la técnica de embolsado de melocotón como barrera física frente a plagas para reducir el uso de productos químicos Se introducirá el volumen de la producción comercializada implicada en toneladas en cada una de ellas, considerando sólo los productos a) que sean comercializados por la OP/AOP, b) para los que la OP/AOP haya sido reconocida y c) que sean producidos por los propios miembros de la OP/AOP y que se haya beneficiado de cada una de las medidas. Por ejemplo, en la medida del Cuadro 3 habrá que introducir, a parte del resto de indicadores, el volumen de producción ecológica subvencionada por hectárea comercializada 2.3. Obtención de las Tablas de Seguimiento y evaluación de los Programas Operativos Una vez que los Cuadros anteriores estén en Estado Cerrado por la CA, la OP o la CA podrá visualizar las tablas siguientes: Tabla 1.3.Medidas y acciones subvencionables Tabla 2.3. OP y AOP - Valor de la producción comercializada (VPC) y fondos operativos Tabla 3.2. Indicadores comunes de recursos Tabla 3.3. Indicadores comunes de realizaciones Estas tablas son las que figuran en el Informe anual de los EEMM según los formatos establecidos por la Comisión Europea. Página 11 de 11
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