Granada, 20 de mayo de 2016
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- Alfredo Gómez Gutiérrez
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1 Granada, 20 de mayo de 2016
2 Según consenso foro AF de 2015, los SPF asistenciales de la FC se pueden definir como: Son aquellas actividades sanitarias prestadas desde la farmacia comunitaria por un farmacéutico que emplea sus competencias profesionales para la prevención de la enfermedad y la mejora tanto de la salud de la población como la de los destinatarios de los medicamentos y productos sanitarios, desempeñando un papel activo en la optimización del proceso de uso y de los resultados de los tratamientos. 2
3 El servicio spd es: Un servicio de atención farmaceutica, orientado al proceso de uso de los medicamentos. Como normalmente este servicio no se presta de forma aislada, sino que se ofrece (o debería de ofrecerse)) simultáneamente junto con SFT, es un servicio orientado a mejorar los resultados de los medicamentos en la salud. 3
4 Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios establece en su artículo 84.1 (modificado por RDL 9/2011): Una vez dispensado el medicamento podrán facilitar sistemas personalizados de dosificación a los pacientes que lo soliciten, en orden a mejorar el cumplimiento terapéutico, en los tratamientos y con las condiciones y requisitos que establezcan las administraciones sanitarias competentes. 4
5 Ley 2/2015, de 19 de febrero, por la que se modifica la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha. Se establecen las funciones que se llevaran a cabo en una farmacia. En Artículo 19, punto 2, se especifica, en su apartado b): b) La realización de actuaciones específicas orientadas a mejorar el cumplimiento terapéutico y, en particular, la elaboración y administración de sistemas personalizados de dosificación. 5
6 Circular 1/2013 de la Dirección General de Calidad, Planificación, Ordenación e Inspección en relación con la aplicación de SPD en las oficinas de farmacia de Castilla-La Mancha (29 mayo 2013) Las oficinas de farmacia están habilitadas por la normativa vigente para realizar la preparación de SPD bajo la supervisión de un farmacéutico y de acuerdo con un procedimiento normalizado de trabajo (PNT) que incluya la documentación de las actuaciones. Como PNT de referencia se considera idóneo el documento elaborado por el Consejo de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Castilla-La Mancha. 6
7 Tenemos un SPF de utilidad, reconocido por la administración. Es un servicio muy agradecido por los pacientes que lo utilizan. La elaboración de SPD post-dispensación conlleva un esfuerzo extra de tiempo y responsabilidad, además de cierta inversión. Por tanto, es un servicio que no se puede hacer de forma altruista, entre muchos motivos porque 7
8 8 Refranero popular
9 Los usuarios, pacientes o sus familiares. Ayuntamientos, Diputación, asociaciones, organizaciones varias. La administración Sanitaria. La empresa privada (mutuas, entidades financieras, etc). 9
10 Renovación del convenio de colaboración con entidad financiera. Entre otras entidades, Caixabank presentó una oferta de servicio al COFGU. Nos ofrecieron la posibilidad de colaborar a través de Obra social La Caixa. 10
11 Partimos de la base que los spd es un servicio de pago, no accesible a todos los pacientes. Enlazamos los spd con Obra social la Caixa. Para dar transparencia en la elección de los pacientes, implicamos a Bienestar social en el proyecto. 11
12 Enero 2015: Comienzan las negociaciones con la entidad Marzo 2015: Se va dando forma al proyecto 8 abril 2015: Se aprueba en Asamblea General de Colegiados la firma del Convenio de Colaboración. 29 abril 2015: Se firma Convenio de Colaboración (30,000 Obra Social SPD). Se comienza a dar forma al proyecto. En Julio 2015, arranco el proyecto con los primeros pacientes.
13 EL PROYECTO SE HA PRESENTADO EN DISTINTOS CENTROS DE SALUD DE LA PROVINCIA, EN ASOCIACIONES DE MAYORES, TRABAJADORES SOCIALES, ETC. REQUISITOS A CUMPLIR POR LA FARMACIA. REQUISITOS A CUMPLIR POR EL FARMACEUTICO/CA. CRITERIOS DE INCLUSION DE PACIENTES. 13
14 Trabajar con La Caixa en la provincia de Guadalajara (domiciliado SOE) 14
15 Trabajar con La Caixa en la provincia de Guadalajara (domiciliado SOE) 15
16 Trabajar con La Caixa en la provincia de Guadalajara (domiciliado SOE) Tener un farmacéutico en la farmacia que se haya formado con curso acreditado para realizar SPD. 16
17 Trabajar con La Caixa en la provincia de Guadalajara (domiciliado SOE) Tener un farmacéutico en la farmacia que se haya formado con curso acreditado para realizar SPD. Firmar compromiso de adherencia al proyecto. 17
18 Trabajar con La Caixa en la provincia de Guadalajara (domiciliado SOE) Tener un farmacéutico en lafarmacia que se haya formado con curso acreditado para realizar SPD. Firmar compromiso de adherencia al proyecto. Certificado de tener la LOPD al día (expedido por empresa certificadora LOPD) 18
19 Trabajar con La Caixa en la provincia de Guadalajara (domiciliado SOE) Tener un farmacéutico en la farmacia que se haya formado con curso acreditado para realizar SPD. Firmar compromiso de adherencia al proyecto. Certificado de tener la LOPD al día (expedido por empresa certificadora LOPD) Trabajar con los blísteres proporcionados por el Colegio. 19
20
21 Trabajar con La Caixa en la provincia de Guadalajara (domiciliado SOE) Tener un farmacéutico en la farmacia que se haya formado con curso acreditado para realizar SPD. Firmar compromiso de adherencia al proyecto. Certificado de tener la LOPD al día (expedido por empresa certificadora LOPD) Trabajar con los blísteres proporcionados por el Colegio. Exponer al público en la farmacia el cartel elaborado por Obra Social La Caixa. 21
22
23 23
24 Haberse formado con curso acreditado oficialmente por una Comisión de Formación Continuada para realizar SPD. 24
25 Haberse formado con curso acreditado oficialmente por una Comisión de Formación Continuada para realizar SPD. Firmar el compromiso de adherencia al proyecto. 25
26 Haberse formado con curso acreditado oficialmente por una Comisión de Formación Continuada para realizar SPD. Firmar el compromiso de adherencia al proyecto. Disponer de un seguro de Responsabilidad Civil que incluya SPD. 26
27 Usuario del Sescam (tarjeta sanitaria en vigor). Para usuarios de otras entidades (ISFAS, MUFACE) se solicitará certificado de empadronamiento 27
28 Usuario del Sescam (tarjeta sanitaria en vigor). Paciente no institucionalizado en Centro Sociosanitario (exceptuando los Centros de Día y Casas Tuteladas) 28
29 Usuario del Sescam (tarjeta sanitaria en vigor). Paciente no institucionalizado en Centro Sociosanitario (exceptuando los Centros de Día y Casas Tuteladas) Tener más de 64 años o informe médico que indique la conveniencia del uso de los dispositivos (según modelo Colegio Oficial de Farmacéuticos de Guadalajara) 29
30 Usuario del Sescam (tarjeta sanitaria en vigor). Paciente no institucionalizado en Centro Sociosanitario (exceptuando los Centros de Día y Casas Tuteladas) Tener más de 64 años o informe médico que indique la conveniencia del uso de los dispositivos (según modelo Colegio Oficial de Farmaceuticos de Guadalajara) Tomar 5 o más medicamentos de forma crónica. 30
31 Usuario del Sescam (tarjeta sanitaria en vigor). Paciente no institucionalizado en Centro Sociosanitario (exceptuando los Centros de Día y Casas Tuteladas) Tener más de 64 años o informe médico que indique la conveniencia del uso de los dispositivos (según modelo Colegio Oficial de Farmacéuticos de Guadalajara) Tomar 5 o más medicamentos de forma crónica. Pertenecer al grupo de aportación TSI001 ó TSI
32 Usuario del Sescam (tarjeta sanitaria en vigor). Paciente no institucionalizado en Centro Sociosanitario (exceptuando los Centros de Día y Casas Tuteladas ) Tener más de 64 años o informe médico que indique la conveniencia del uso de los dispositivos (según modelo Colegio Oficial de Farmacéuticos de Guadalajara) Tomar 5 o más medicamentos de forma crónica. Pertenecer al grupo de aportación TSI001 ó TSI002. Compromiso de no pertenecer a ningún otro proyecto de SPD. 32
33 Usuario del Sescam (tarjeta sanitaria en vigor). Paciente no institucionalizado en Centro Sociosanitario (exceptuando los Centros de Día y Casas Tuteladas) Tener más de 64 años o informe médico que indique la conveniencia del uso de los dispositivos (según modelo Colegio Oficial de Farmaceuticos de Guadalajara) Tomar 5 o más medicamentos de forma crónica. Pertenecer al grupo de aportación TSI001 ó TSI002. Compromiso de no pertenecer a ningún otro proyecto de SPD (convenios con ayuntamientos como Quer, Trillo, etc) Propuesta de inclusión en el proyecto, elaborado por el trabajador social del SESCAM o de la JCCM. 33
34 Inclusión de pacientes por tres vías, las cuales terminan con la propuesta de derivación del trabajador social: A propuesta del farmacéutico en base al conocimiento de sus pacientes. A propuesta del medico de Atencion primaria. A propuesta del trabajador social (municipal, del Sescam o de la JCCM). (Habrá pacientes que demanden el servicio y puedan costeárselo) 34
35 Entrega de material de acondicionamiento a farmacias con pacientes en activo. Previa presentación de la documentación solicitada: 5 euros/ semana / paciente. Se factura mensualmente. 35
36 CIRCULAR CGCOF: 794/14 DEL 15/10/2014: Como se desprende de su contenido, los servicios de SPD prestados por los farmacéuticos a los pacientes que lo soliciten, tienen la consideración de servicios de asistencia sanitaria que se prestan por un profesional sanitario, según lo previsto en el artículo 20, apartado uno número 3º de la Ley 37/1992 del IVA, por lo que esta prestación de servicios queda sujeta al Impuesto (IVA) pero exenta del mismo. 36
37 20 farmacias adheridas al proyecto. De las 20, 9 farmacias están trabajando spd dentro del proyecto. El resto están en stand by. 30 farmacéuticos totales, entre titulares y adjuntos. 45 pacientes están beneficiándose del proyecto. 2 bajas de pacientes. 37
38 LA FARMACIA ESTA PREPARADA PARA OFRECER SPF. PERO 38
39 QUEREMOS TRABAJAR EN SPF? 39
40 Farmaceuticos innovadores (FI). Farmaceuticos cumplidores (FC). Farmaceuticos inactivos(fi). FI>>>>>FC>>>FI = Farmacia HQ 40
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Colegio Oficial de Médicos de A Coruña
Documento de carácter sanitario, normalizado y obligatorio mediante el cual los médicos, odontólogos o podólogos, prescriben a los pacientes los medicamentos o productos sanitarios sujetos a prescripción
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