INSPECCION TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)

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1 INSPECCION TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE) MEMORIA ECONÓMICA Y DE RECURSOS INDICE 1.- OBJETO 2.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS 3.- CONCIERTO CON LA OFICINA DE REHABILITACIÓN DEL CASCO ANTIGUO 4.- PREVISIONES DE LOS RECURSOS HUMANOS NECESARIOS 5.- PREVISIONES ECONÓMICAS 1.- OBJETO Es objeto de esta memoria describir los trabajos necesarios de la administración para desarrollar lo especificado en el proyecto de ordenanza de Inspección Técnica de Edificios (ITE en adelante), calibrar el volumen de trabajo resultante de la nueva actividad, prever los recursos necesarios y estimar las necesidades económicas en cuanto a las posibles subvenciones de las correspondientes inspecciones y obras a realizar. Además, recogerá lo concertado con la Junta de Andalucía, a través de la Oficina de Rehabilitación del Conjunto Histórico, concierto previsto fundamentalmente para los tres primeros años desde la implantación de la Inspección y con posterioridad, susceptible de ser ampliado a otras zonas. 2.- DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS Al establecerse en el proyecto de Ordenanza las disposiciones adicionales correspondientes, en las cuales se fija la implantación sucesiva de las ITEs en un periodo que comprende los 20 primeros años, en los que se prevé que todos los inmuebles pasen su primera inspección y un segundo periodo, sucesivo en el tiempo, en el que de manera cíclica volverán los inmuebles a pasar su segunda, tercera y demás inspecciones, en esta memoria nos ceñiremos fundamentalmente al primer periodo de 20 años de duración. Pag 1

2 Aunque se trata de una ordenanza cuyo ámbito de aplicación se extiende a todo el parque inmobiliario del término municipal de Jerez de la Frontera, la disposición transitoria primera prevé una aplicación paulatina de la misma en periodos sucesivos, atendiendo a razones de antigüedad de las edificaciones y el concierto con la Oficina de Rehabilitación Concertada del Centro Histórico. De esta manera el volumen de inspecciones a realizar, después de un año desde la publicación de las ordenanzas es el siguiente: Primer año: 47 expedientes correspondientes a los dos sectores de Rehabilitación Integral propuesto por la Oficina de Rehabilitación, denominados sector 1, Rendona y sector 2, Entorno Santiago, cuyas fincas pormenorizadas se numeran en el anexo A de las ordenanzas. Segundo año: 58 expedientes correspondientes al sector 3, San Pedro, descrito en el mismo Anexo. Tercer año: 29 expedientes correspondiente al sector 4, San Miguel, así mismo descrito en el anexo. A partir del cuarto año comenzamos un nuevo subperiodo que abarca hasta el octavo y que comprende las edificaciones del Centro Histórico con más de 50 años más las del resto del término que cumplan esta condición. De esta manera las previsiones de tramitación de expedientes a partir del cuarto año es el siguiente: Cuarto año: 500 expedientes Quinto año: 500 expedientes Sexto año: 500 expedientes Séptimo año: 1000 expedientes Octavo año: 1500 expedientes Llegado a este año entramos en otro subperiodo en el que se incorporan a la ITE edificios que tengan a la entrada en vigor de las ordenanzas menos de 50 años completándose al final con los que a los 20 años de entrada en vigor, tengan que pasar por primera vez esta inspección. De esta manera y dado que el número total de inspecciones a realizar resultante es de aproximadamente unas se puede estimar una media de expedientes desde el noveno año hasta el vigésimo. A partir de aquí terminaría el periodo máximo que contempla la disposición transitoria de las ordenanzas y entraríamos en una segunda fase en la que, en teoría, las inspecciones estarían implantadas de una forma rutinaria. Pag 2

3 Las edificaciones pasarán sucesivas ITEs en periodos de 10 ó 15 años dependiendo de la antigüedad de las mismas, tal y como se establece en la ordenanza. Como meros datos numéricos podemos reseñar que en el término municipal de Jerez, existen fincas catastrales que darán lugar a aproximadamente entre y inspecciones. Esto es así porque dichas fincas no son las llamadas a pasar las ITEs sino las fincas que formen un cuerpo edificatorio independiente, como por ejemplo una comunidad de propietarios asentada en un bloque vertical. Con estos datos es fácil establecer que la inspección rutinaria comprenderá un número de expedientes anuales superior a los CONCIERTO CON LA OFICINA DE REHABILITACION DEL CENTRO HISTORICO Aunque sobre este punto ya se ha reflejado algo en el apartado anterior, definiremos con mayor precisión en qué consiste. La Oficina de Rehabilitación Concertada del Conjunto Histórico de Jerez de la Frontera perteneciente a la Junta de Andalucía, establece en su Programa de Actuación del presente año unas actuaciones para la recuperación y dinamización del Centro Histórico de la ciudad. Para ello programa en el próximo cuatrienio una actuación integral en cuatro sectores diferentes definidos en el punto anterior. El objetivo de la Oficina es actuar sucesivamente en cada sector definido, no comenzando en el siguiente hasta la culminación de aquel. Para ello y a través de reuniones mantenidas, reclamaron de esta Delegación de Urbanismo colaboración en el sentido de recogerse en las ordenanzas de ITE la relación pormenorizada de edificaciones en las que tienen previsto actuar. Este es el motivo por lo que en los tres primeros años de implantación de las ordenanzas las inspecciones a realizar son exclusivamente las demandadas por la Oficina de Rehabilitación Concertada. Esto a su vez, permite al Ayuntamiento una implantación paulatina y poco traumática de estas ordenanzas 4.- PREVISIONES DE RECURSOS HUMANOS NECESARIOS En virtud del concierto definido con la Oficina de Rehabilitación hemos establecido un número de expedientes a tramitar el primero, segundo y tercer año que aunque supone un incremento porcentual de trabajo sustancioso, es posible absorber por este departamento. Pudiese aliviar la situación la incorporación de un administrativo de apoyo exclusivo a la ITE. Obviamente esto cambia a partir del cuarto año (quinto desde de su publicación), donde la tramitación se dispara a 500 expedientes llegando a de media a partir del noveno año. Este volumen de trabajo implicaría necesariamente la incorporación de personal destinado exclusivamente a este fin. El equipo básico estaría compuesto por dos técnicos, un letrado, un licenciado ayudante del letrado, un mínimo de 4 administrativos y un inspector. Pag 3

4 5.- PREVISIONES ECONOMICAS La implantación de la ITE supone un impacto social a tener en cuenta, dado que los propietarios de inmuebles se verán abocados a costear una inspección cada 10 ó 15 años. Además, de resultar negativa, deberá proceder a la reforma o rehabilitación de su vivienda con el consiguiente gasto de proyectos y tasas de las mismas además de las propias obras. Esto último no es novedoso ya que según la LOUA y otras leyes urbanísticas de nuestro ordenamiento jurídico, la propiedad tiene un componente social por el cual los propietarios están obligados a una serie de deberes. En este sentido se establece claramente el deber de edificación y conservación de los propietarios de bienes inmuebles y por lo tanto las administraciones deben velar por el cumplimiento de ello. Los departamentos dedicados a la policía edificatoria se vienen encargando de la observancia de estos deberes, actuando fundamentalmente por denuncias o en casos de emergencia, de oficio, obligando a los propietarios a realizar las obras necesarias para la correcta conservación de sus inmuebles. Por lo tanto en este sentido la ITE no hace más que reforzar esta misión de la administración. También es verdad que las administraciones deben garantizar el derecho a una vivienda digna de los ciudadanos y en un estado social y de derecho como el que nos encontramos, deben de encontrar los mecanismos adecuados para garantizar este derecho. De esta forma deberá primar con ayudas, subvenciones u otras medidas, a los propietarios de rentas más limitadas con imposibilidad para el cumplimiento de sus deberes. Durante la primera fase de implantación de la ITE, en la cual se colabora con la Oficina de Rehabilitación Concertada, estas ayudas a la ejecución de las obras no incidirán sobre el Ayuntamiento ya que esa Oficina a través de los fondos previstos por la Junta de Andalucía sería la encargada de subvencionar las obras. El problema surgiría a partir del cuarto año (quinto desde su publicación) en el que habría que articular de otro modo un sistema de subvención a las obras en aquellos casos en que la propiedad no pudiese afrontar la realización de las mismas. Aunque los datos que a continuación se exponen son estimaciones extraídas de la experiencia en el control de la edificación que se llevan a cabo desde esta Delegación, para una media de expedientes tramitados, se puede calibrar que entre el 30% serian obras susceptibles de ser subvencionadas. Del estudio de las valoraciones que el departamento realiza en los expedientes que tramita de fincas en mal estado, podemos señalar que en la actualidad y aunque las variaciones pueden ser importantes, las cifra de euros se ciñe a la media estadística. Naturalmente estas previsiones sólo son obras concernientes al cumplimiento mínimo de seguridad, estanqueidad, estabilidad y ornato público. Con estos datos es fácil deducir que el montante total de obras a realizar por los propietarios con rentas bajas, y por tanto destinatarios de subvención, asciende a de euros. Pag 4

5 En otro orden de cosas y como se apuntó anteriormente, otro costo a afrontar por los propietarios seria la propia inspección técnica. Para la realización de las ITEs los ayuntamientos en los que está implantada, suscriben acuerdos con los colegios de arquitectos y arquitectos técnicos, mediante los cuales se establecen unas tarifas especiales reducidas, siempre y cuando la realicen los colegiados que forman equipos nombrados por estos colegios. Con los datos que obran en nuestro poder, extraídos con la experiencia de otras ciudades donde se llevan realizando ITEs desde hace bastantes años, el coste medio unitario se encuentra en torno a los 500 euros. Evidentemente cuando se trate de inspecciones que afecten a comunidades de propietarios, será mayor pero proporcionalmente muy inferior por cada propietario. Por ello es posible establecer como cota superior por propietario e ITE los 500 euros antes señalados. Procediendo a analizar de nuevo la situación en nuestro Término Municipal, de igual forma que hicimos anteriormente para las obras a realizar en caso de inspecciones negativas, tendríamos que, para los tres primeros años (cuatro desde su publicación) y dado que el número máximo de expediente a tramitar es de 58 en un año, suponiendo una cobertura total para todos estos, la cantidad resultante no excedería de euros. Al igual que antes, esta situación también cambia a partir del quinto año desde la publicación de las ordenanzas. Con los mismos datos y medias establecidas a la hora de estudiar la subvención para las obras a realizar, habría que estimar una subvención de euros para la redacción de las ITEs. EL ARQUITECTO TECNIC0 JEFE DEL DEPARTAMENTO Fdo.: Juan Manuel Peña Salas Pag 5

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