PNT PLAN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN DE RESIDUOS PNIR CASTILLA LA MANCHA
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- Juan Carlos Alarcón Aguilar
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2 Página 2 de 14 ÍNDICE 1. JUSTIFICACIÓN OBJETIVOS ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL IMPLICADO RESPONSABILIDADES DEFINICIONES DESARROLLO O DESCRIPCIÓN... 9 a) TRAMITACIÓN PNIR CASTILLA-LA MANCHA b) RESULTADOS PNIR CASTILLA-LA MANCHA c) MEDIDAS A ADOPTAR EN EL ÁMBITO DE ACTUACIONES DEL PNIR REGISTROS DIFUSIÓN REVISIÓN EVALUACIÓN MARCO NORMATIVO ANEXOS Anexo I: Manual de usuario de la aplicación PNIR: Anexo II: Cuestionario de medidas como consecuencia de la detección de no conformidades:... 14
3 Página 3 de JUSTIFICACIÓN Dentro del planteamiento global y uniforme de control oficial en el ámbito de la Unión Europea, los Estados Miembros establecen y aplican planes nacionales de control plurianual de acuerdo con unas directrices amplias elaboradas a nivel comunitario. Asimismo, los planes nacionales de control plurianuales deben constituir una base sólida para que los servicios de inspección de la Comisión efectúen controles en los Estados Miembros. Los planes de control han de permitir a los servicios de inspección de la Comisión verificar si los controles oficiales de los Estados Miembros se organizan de acuerdo con los criterios preestablecidos en los Reglamentos. Cuando resulta apropiado, y, en particular, cuando la auditoría de los Estados Miembros basada en los planes nacionales de control plurianuales pone de manifiesto puntos débiles o fallos, deben efectuarse inspecciones y auditorías pormenorizadas (Reglamento 882/2004). Dentro de los planes nacionales de control se encuentra el Plan Nacional de Investigación de Residuos (PNIR) regulado por el Real Decreto 1749/98 (Directiva 96/23/CE) por el que se establecen las medidas aplicables a determinadas sustancias y sus residuos en los animales vivos y sus productos. Mediante esta disposición se crea un órgano de coordinación de la ejecución de las investigaciones de sustancias y de sus residuos, en el territorio nacional. Asimismo se regula tanto la metodología de la recogida de muestras como los aspectos relativos al procedimiento administrativo, a las infracciones y sanciones aplicables en el caso de incumplimiento en lo dispuesto en la misma. El Real Decreto 1749/98 en el objeto y ámbito de aplicación establece las medidas de control y su organización relativas a las sustancias o a sus metabolitos y a los grupos de residuos que pueden ser administrados a los animales, para su detección en cualquier fase. En consecuencia, al actuar en los distintos eslabones de la cadena alimentaria, existen actuaciones de control oficial por distintas autoridades
4 Página 4 de 14 competentes (Ganadería y Sanidad) y por lo que en la ejecución de este plan intervienen distintos servicios de la Administración Autonómica. El PNIR de Castilla-La Mancha debe cumplir los requerimientos fijados en el Real Decreto 1749/98 dirigidos a: a) Prever la detección e investigación de los diferentes grupos de residuos o sustancias, según el tipo de animal o producto. b) Precisar, en particular, las medidas de detección e investigación de la presencia de los citados residuos : - En los animales, en los piensos y en el agua de bebida de los mismos en los emplazamientos donde se críen - En los líquidos biológicos, tejidos, órganos y productos de origen animal como la carne, la leche, los huevos, productos de la acuicultura y la miel. c) Respetar las normas, los niveles y frecuencia de muestreo Asimismo, el Plan Autonómico debe desarrollar los requerimientos establecidos en el Art. 6 del Real Decreto 1749/98 que fija los aspectos relacionados con el seguimiento de manera que deben especificarse los siguientes puntos: 1º) Las normas seguidas para la toma de muestras oficiales y, en particular, las referentes a las indicaciones que deben figurar en las mismas. 2º) La naturaleza de las medidas previstas por las autoridades competentes en lo referente a los animales o los productos en los que se haya comprobado la presencia de residuos.
5 Página 5 de 14 3º) La infraestructura de los servicios (en especial la naturaleza e importancia de los servicios que participen en la ejecución de los planes). 4º) La lista de laboratorios autorizados con indicación de su capacidad de tratamiento de muestras. 5º) La lista de sustancias que se pueden detectar, los métodos de análisis y las normas de interpretación de resultados, así como el nº de muestreos que se efectúen. 6º) El nº de muestras oficiales que deben tomarse, en relación con el nº de animales sacrificados en los años anteriores, según niveles de frecuencia preestablecidos. Entre las responsabilidades de las unidades administrativas de la Consejería de Sanidad se encuentran algunas de las actuaciones a llevar a cabo en el PNIR de Castilla-La Mancha. En síntesis, el esquema básico de responsabilidades es el siguiente: Servicio de Sanidad Alimentaria. Desempeña, en estos momentos, las actuaciones dirigidas a la tramitación y coordinación general del Plan (interviene directamente en los puntos, 1, 2, 3 y 6). Servicios Oficiales de Salud Pública adscritos a las Direcciones Provinciales de Sanidad y a los Distritos de Salud (SOSP). Responsables de la ejecución de la toma de muestras y de las medidas aplicables ante la detección de no conformidades a residuos en los productos (puntos 2 y 6), así como del traslado de los expedientes que requieren incoación de procedimiento sancionador. Servicio de Sanidad Ambiental, Salud Laboral y Laboratorios. Responsable del análisis laboratorial y de la investigación de las sustancias (puntos 3, 4 y 5).
6 Página 6 de 14 Asesoría Jurídica Responsable de llevar a cabo todas las actuaciones derivadas de la incoación de los procedimientos sancionadores. El Programa de Coordinación del Servicio de Sanidad Alimentaria establece que se elaborarán Programas Específicos y Procedimientos Normalizados de Trabajo (PNT), para las distintas actuaciones de los SOSP. Para la correcta ejecución de las actuaciones en el PNIR, es necesario establecer procedimientos específicos en relación con la metodología de la toma de muestras así como procedimiento relativos a la aplicación de medidas en relación a la aparición de no conformidades, entre otros aspectos. Previamente al desarrollo de estos PNT específicos, es necesario establecer en un procedimiento general común PNT- PNIR Castilla-La Mancha donde se fije el esquema básico de actuaciones en las unidades administrativas de la Consejería de Sanidad así como los aspectos genéricos de tramitación y obtención de resultados del Plan (PNT/PNIR/1). 2. OBJETIVOS 1. Definir la responsabilidad de las distintas unidades administrativas de Sanidad Alimentaria en las actuaciones del PNIR Sanidad. 2. Promover la detección e investigación de los diferentes grupos de residuos o sustancias. 3. Precisar, en particular, las medidas de detección e investigación de la presencia de los citados residuos. 4. Respetar las normas, los niveles y frecuencia de muestreo contemplados en el Real Decreto 1749/ Fijar los mecanismos de colaboración con los otros Servicios que participan en la ejecución del Plan aplicando las medidas necesarias para la coordinación y seguimiento del mismo.
7 Página 7 de ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito territorial de Castilla-La Mancha. 4. PERSONAL IMPLICADO Servicio de Sanidad Alimentaria de la DGSPyC: Sección de Inspección y Control o Sección de Higiene de los Alimentos según se designe por la Jefatura de Servicio de Sanidad Alimentaria. Se asignará la vocalía regional del PNIR a uno de estos Servicios. Direcciones Provinciales de Sanidad: Sección de Inspección y Control, Sección de Higiene de los Alimentos o Coordinación Veterinaria según se designe por la Jefatura de Servicio de Salud. Servicios Oficiales de Salud Pública adscritos a los Distritos de Salud Pública y Servicios Veterinarios Oficiales de Matadero adscritos a las áreas de matadero. 5. RESPONSABILIDADES Servicio de Sanidad Alimentaria Se designará entre los miembros del servicio a un responsable que será nombrado Vocal del PNIR Autonómico participando como representante en la Comisión Nacional del PNIR. Entre las funciones de coordinación general se encuentran: 1. Tramitación del Plan Autonómico anual.
8 Página 8 de Envío de los resultados del Plan Autonómico anual y de las actuaciones ante no conformidades a la Comisión Nacional del PNIR. 3. Elaborar las memorias o informes demandados por la Comisión Nacional del PNIR. 4. Coordinar las actuaciones entre los distintos departamentos implicados en el PNIR autonómico (Sanidad, Ganadería y Laboratorios). 5. Trasladar las notificaciones a los departamentos implicados. Entre las funciones de coordinación en la parte PNIR Sanidad: 1. Elaborar la propuesta de Plan Autonómico de Sanidad, desglosando el Plan Autonómico en las áreas provinciales que se estimen necesarias. 2. Desarrollar los procedimientos normalizados de trabajo para las unidades administrativas de los Direcciones Provinciales de Sanidad y los Servicios Oficiales de Salud Pública adscritos a los distritos y a los mataderos que ejecutan actuaciones en el ámbito del PNIR. 3. Elaborar los resultados finales del Plan Autonómico de Sanidad. 4. Coordinar y trasladar las notificaciones a las Direcciones Provinciales de Sanidad. Direcciones Provinciales de Sanidad. Entre sus funciones se encontrarán: 1. Ejecutar y coordinar el Plan Autonómico en el ámbito de su provincia, aplicando los PNT específicos elaborados para tal fin.
9 Página 9 de Elaborar los resultados del PNIR provinciales. 3. Trasladar las instrucciones y notificaciones a los Servicios Oficiales de Salud Pública. Servicios Oficiales de Salud Pública 1. Aplicar los PNT relativos a la toma de muestras. 2. Aplicar los PNT relativos a la actuación de sospechosos o no conformidades. 6. DEFINICIONES Deben consultarse las establecidas en el Art. 2 del Real Decreto 1749/ DESARROLLO O DESCRIPCIÓN Para alcanzar los objetivos fijados en este procedimiento general común, el personal implicado de las distintas unidades administrativas anteriormente señaladas, reunirán el conjunto de datos y formularán las propuestas que estimen necesarias para que sean analizadas en el Grupo de Trabajo Específico de Plan Nacional de Residuos constituido en la Comisión de Seguridad Alimentaria de Castilla La Mancha. El Servicio de Sanidad Alimentaria establece las relaciones necesarias con los servicios implicados autonómicos (Sanidad Ambiental, Ganadería, Policía Judicial, Departamentos Jurídicos) al objeto de: a) Tramitación PNIR Castilla-La Mancha. b) Resultados PNIR Castilla-La Mancha. c) Medidas a adoptar en el ámbito de actuaciones del PNIR.
10 Página 10 de 14 a) TRAMITACIÓN PNIR CASTILLA-LA MANCHA Tras la consulta y aprobación de los servicios implicados en la ejecución del Plan Autonómico se procede a la tramitación del Plan a la Comisión Nacional del PNIR (Vocal del PNIR Autonómico). Dicho Plan se presenta de 2 formas: Plan de Producción: donde se establece el nº de muestras a tomar y analizar en base a los datos de sacrificio y producción, y a los resultados obtenidos en años anteriores. Plan de Análisis: donde se establece para cada muestra a analizar en los distintos Laboratorios de Salud Pública, la matriz de estudio, los analitos a detectar, la técnica analítica a utilizar, límite de detección y límite de acción. Asimismo este Plan Autonómico se comunicará en sub-planes a las áreas provinciales encargadas de la ejecución del PNIR Sanidad, incluyendo el esquema de distribución de las muestras en la Red de Laboratorios de Salud Pública. También se informará el Plan de Producción al Servicio de Sanidad Ambiental y Laboratorios. b) RESULTADOS PNIR CASTILLA-LA MANCHA Se procederá al envío a la Comisión Nacional de los resultados obtenidos y grabados en la aplicación del plan aprobado en el año anterior, así como las medidas de control seguidas en las actuaciones ante no conformidades, a más tardar el 20 de febrero de cada año (Vocal del PNIR Autonómico). Cada Servicio Provincial trasladará los resultados que se soliciten derivados de la aplicación del plan aprobado. c) MEDIDAS A ADOPTAR EN EL ÁMBITO DE ACTUACIONES DEL PNIR Los departamentos implicados podrán:
11 Página 11 de 14 - Sugerir medidas dirigidas a la previsión en la detección de sustancias en los distintos grupos de residuos (ampliaciones de nuevos residuos a investigar). - Sugerir medidas de detección e investigación de residuos en relación con cambios en la investigación de líquidos biológicos, tejidos, órganos etc. - Llevar propuestas relativas al análisis de normas, los límites de tolerancia, así como cualquier otra información que se haya trasladado desde la Comisión Nacional del PNIR. 8. REGISTROS Tramitación del plan. Resultados PNIR autonómico. Medidas a adoptar en el ámbito de actuaciones del PNIR. Sin menoscabo de la cumplimentación de otros registros que se estimen necesarios en cada área de ejecución de PNIR se deberá reflejar los datos demandados por la Comisión Nacional del PNIR y que son los que figuran en el anexo (II). 9. DIFUSIÓN La Dirección General de Salud Pública y Consumo remitirá una copia del procedimiento a los Servicios de Salud de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Sanidad, quienes se encargarán de su difusión a los Distritos de Salud y Equipos de Matadero. Los Distritos de Salud Pública (J.D.) y los Equipos de Mataderos (J.E.M.) garantizarán la difusión del Procedimiento y la aplicación del mismo por los Servicios Oficiales de Salud Pública del Distrito o del Equipo.
12 Página 12 de 14 La última revisión de este PNT se encontrará siempre disponible on line en la aplicación informática INEA en: Usuarios/Procedimientos Documentados. 10. REVISIÓN Este Procedimiento será revisado siempre que el marco normativo haga necesaria la introducción de nuevas medidas o la modificación de las aquí desarrolladas. 11. EVALUACIÓN La Dirección General de Salud Pública y Consumo y los Servicios de Salud de las Direcciones Provinciales de Sanidad, en función de sus responsabilidades, evaluarán la aplicación de este procedimiento. 12. MARCO NORMATIVO Real Decreto 971/2014, de 21 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de evaluación de productos fitosanitarios. Real Decreto 109/95, de 27 de enero de 1995, sobre medicamentos veterinarios. Directiva 96/23/CE, de 26 de abril de 1996 sobre medidas de control aplicables a determinadas sustancias y sus residuos en los animales vivos y sus productos. (DOCE L 125) Decisión Nº 98/179/CE, de 23 de febrero de Toma de muestras oficiales para el control de residuos en los animales vivos y sus productos. Real Decreto 1749/1998 de 31 de Julio, por el que se establecen las medidas de control aplicables a determinadas sustancias y sus residuos en los animales vivos y sus productos.
13 Página 13 de 14 Real Decreto 2178/2004, de 12 de noviembre. Prohibición de utilizar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático, y sustancias beta-agonistas de uso en la cría de ganado. Reglamento (CE) nº 1881/2006, de 19 de diciembre de 2006, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios. Reglamento CE Nº 470/2009, de 6 de mayo de Procedimiento comunitario para la fijación de los límites de residuos de las sustancias farmacológicamente activas en los alimentos de origen animal. Real Decreto 1409/2009, de 4 de septiembre, por el que se regula la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos. Reglamento UE Nº 37/2010, de 22 de diciembre de 2010 relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal. Reglamento (CE) Nº 124/2009 de 10 de febrero de 2009 que establece los contenidos máximos de coccidiostáticos e histomonóstatos presentes en los alimentos como resultado de la transferencia inevitable de estas sustancias en los piensos a los que no están destinadas. Capítulo III del Código Penal Español. 13. ANEXOS Anexo I: Manual de usuario de la aplicación PNIR: Se consultará en la página Web de la aplicación previa introducción de usuario y contraseña de aquellas personas dadas de alta en la aplicación informática.
14 Página 14 de 14 Anexo II: Cuestionario de medidas como consecuencia de la detección de no conformidades: CUESTIONARIO DE MEDIDAS ADOPTADAS COMO CONSECUENCIA DE RESULTADOS NO CONFORMES EN 20 Comunidad Autónoma: Fecha: CASTILLA- LA MANCHA Sustancias del Grupo A Resultados no conformes ESPECIE Actuaciones realizadas Sustancias del Grupo B Resultados no conformes ESPECIE Actuaciones realizadas Actuaciones en explotación: Actuaciones en mataderos: Actuaciones administrativas:
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