INFORME N SUNAT/7T0000 MATERIA:
|
|
|
- Ramón Salas Escobar
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 INFORME N SUNAT/7T0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de una empresa extranjera (empresa X ) que escinde un bloque patrimonial conformado por acciones emitidas por una empresa constituida en el Perú, para la constitución de una nueva empresa extranjera (empresa Y ); siendo que esta última emite acciones a favor del único accionista de la empresa escindida (empresa Z ), quien se convierte en propietario del 100% de las acciones de la escindida (empresa X ) así como de la nueva empresa (empresa Y ). Al respecto, se consulta si la transferencia del bloque patrimonial por parte de la empresa escindida origina una ganancia de capital realizada gravada con el impuesto a la renta para dicha empresa. BASE LEGAL: - Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el y normas modificatorias (en adelante, Ley del Impuesto a la Renta ). ANÁLISIS( 1 ): 1. Sobre la escisión, Juan Luis Hernández Gazzo( 2 ) señala que esta se define como la transferencia en un solo acto, a una o más sociedades, de uno o más patrimonios netos conjunto de activos y pasivos vinculados a una o más líneas de producción, comercialización o servicios. Asimismo, según Enrique Elías Laroza( 3 ), mientras en las fusiones encontramos siempre una transmisión de la integridad de todos y cada uno de los patrimonios, en bloque y a título universal, en las escisiones se permite, por el contrario, la transmisión de elementos patrimoniales aislados Cabe señalar que en el análisis que a continuación se efectuará no se tomará en cuenta las disposiciones contenidas en el Capítulo XIII de la Ley del Impuesto a la Renta sobre reorganización de sociedades o empresas, toda vez que de acuerdo con lo establecido por el artículo 67 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el y normas modificatorias), se entiende que existe reorganización solo si todas las sociedades y empresas intervinientes, incluyendo en su caso la sociedad o empresa que al efecto se cree, tienen la condición de domiciliadas en el país según lo dispuesto en dicha norma. Citado por Alex Córdova Arce, en El régimen fiscal de las fusiones y adquisiciones de empresas, pág. 13 ( Citado por Alex Córdova Arce, ob.cit., pág.13.
2 Indica este autor( 4 ), que constituyen caracteres esenciales de la escisión los siguientes: a) La transmisión de patrimonios en bloque, de las sociedades escindentes( 5 ) a las beneficiarias, bajo la forma de bloques patrimoniales ( 6 ). b) La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad escindente, en la escisión total o propia, sin que ello importe disolución ni liquidación de la misma. c) La subsistencia de la persona jurídica escindente, en la escisión parcial o impropia( 7 ), con el consiguiente ajuste de su capital, salvo en casos de excepción. d) La formación del capital social de las sociedades beneficiarias de la escisión, cuando se trata de sociedades nuevas. e) La entrega de las acciones o participaciones que sean emitidas por las sociedades beneficiarias, en favor de los socios de la sociedad escindente. Como se puede apreciar de los párrafos precedentes, en virtud de una escisión se produce una transmisión de bloques patrimoniales, el cual puede estar integrado, entre otros, por acciones representativas del capital de una empresa (activos). 2. De otro lado, el artículo 1 de la Ley del Impuesto a la Renta señala que este impuesto grava, entre otros, las ganancias de capital. A su vez, el artículo 2 de dicha ley indica que, para tal efecto, constituye ganancia de capital cualquier ingreso que provenga de la enajenación de bienes de capital; y que se entiende por bienes de capital a aquellos que no están destinados a ser comercializados en el ámbito de un giro de negocio o de empresa. De acuerdo con el mismo artículo, entre las operaciones que generan ganancias de capital se encuentran la enajenación, redención o rescate, En: Derecho Societario Peruano, la Ley General de Sociedades del Perú, Editora Normas Legales S.A., Trujillo, pág Denominadas escindidas en el Título III referido a la escisión, de la Ley General de Sociedades, Ley N , publicada el y normas modificatorias. Los cuales se pueden conformar a título individual o global. Así, a título ilustrativo, el artículo 369 de la Ley General de Sociedades entiende por bloques patrimoniales, entre otros, un activo o un conjunto de activos de la sociedad escindida. La que es materia de consulta. 2/5
3 según sea el caso, de acciones y participaciones representativas del capital, acciones de inversión, certificados, títulos, bonos y papeles comerciales, valores representativos de cédulas hipotecarias, certificados de participación en fondos mutuos de inversión en valores, obligaciones al portador u otros valores al portador y otros valores mobiliarios. De manera que las ganancias de capital son generadas, entre otras operaciones, por la enajenación de acciones y participaciones representativas del capital, estando dicha ganancia gravada con el impuesto a la renta. Por su parte, el segundo párrafo del artículo 6 de la Ley del Impuesto a la Renta establece que en el caso de contribuyentes no domiciliados en el país, de sus sucursales, agencias o establecimientos permanentes, el Impuesto a la Renta recae sobre las rentas gravadas de fuente peruana. Conforme al inciso h) del artículo 9 de la referida ley, son rentas de fuente peruana las obtenidas por la enajenación, redención o rescate de acciones y participaciones representativas del capital, acciones de inversión, certificados, títulos, bonos y papeles comerciales, valores representativos de cédulas hipotecarias, obligaciones al portador u otros valores al portador y otros valores mobiliarios cuando las empresas, sociedades, Fondos de Inversión, Fondos Mutuos de Inversión en Valores o Patrimonios Fideicometidos que los hayan emitido estén constituidos o establecidos en el Perú. En consecuencia, los sujetos no domiciliados en el país tributan el impuesto a la renta por sus rentas de fuente peruana, entre las cuales se encuentra el ingreso proveniente de la enajenación, redención o rescate de acciones y participaciones representativas del capital (ganancias de capital). Siendo así, corresponde analizar si una escisión parcial como la que es materia de consulta, configura un supuesto de enajenación de acciones representativas del capital de empresas o sociedades constituidas en el Perú. Al respecto, cabe señalar que el artículo 5 de la Ley del Impuesto a la Renta establece que para los efectos de dicha ley, se entiende por enajenación la venta, permuta, cesión definitiva, expropiación, aporte a sociedades y, en general, todo acto de disposición por el que se transmita el dominio a título oneroso. Así pues, todo acto a título oneroso por el que se transmite la titularidad de un bien o derecho constituye enajenación. Ahora bien, conforme con lo expresado en el numeral anterior del presente rubro, la escisión supone la transmisión de bloques patrimoniales de la sociedad escindida a la sociedad beneficiaria, los que pueden estar 3/5
4 integrados, entre otros, por acciones representativas del capital de una sociedad constituida en el país. En cuanto al carácter oneroso de una operación, esta Administración Tributaria( 8 ) ha señalado que: - El carácter gratuito de una operación se vincula a la circunstancia de que el contrato otorgue determinadas ventajas a una de las partes, independientemente de toda prestación suya; mientras que, cuando es a título oneroso, las ventajas concedidas provienen de prestaciones realizadas o que el propio contratante beneficiado se haya obligado a ejecutar. - Bajo estas consideraciones, la adquisición del activo por la IEP, a propósito de la absorción de la sociedad anónima, genera ventajas recíprocas en la medida que la IEP recibe el referido activo a cambio de lo cual los accionistas de la sociedad absorbida adquieren la condición de asociados y los derechos que le podría otorgar dicha condición. Nótese que tanto en los casos de fusión como escisión, el patrimonio de la sociedad incorporada, absorbida o escindida es transferido a otra sociedad, y los accionistas de aquella pasan a ser accionistas de esta última, para lo cual esta se obliga a emitir acciones a nombre de los accionistas de aquella sociedad. Vale decir, que la transferencia del patrimonio por parte de la sociedad incorporada, absorbida o escindida a otra sociedad, obliga a esta última, al cumplimiento de una prestación consistente en la emisión de acciones a los accionistas de aquella sociedad. De lo expuesto fluye que la escisión implica una enajenación en la medida que la empresa escindida transmite la titularidad de bienes o derechos a otra sociedad, a título oneroso. Cabe señalar que dicha afirmación resulta de aplicación inclusive cuando la empresa escindida cuenta con un solo accionista( 9 ). 8 9 En el Informe N SUNAT/4B0000 ( el cual se encuentra referido a un supuesto de fusión por absorción llevada a cabo entre una Institución Educativa Particular (IEP) jurídicamente conformada como persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro y una sociedad anónima, actuando la primera como entidad absorbente. Para el efecto, es necesario distinguir entre las transacciones que se realizan en el marco de las operaciones societarias de fusión y escisión, las cuales originan efectos tributarios propios y específicos para las sociedades involucradas, y el canje de acciones que se verifica únicamente respecto de los accionistas de las sociedades incorporadas, absorbidas o escindidas, respectivamente, caso en el que se generan efectos tributarios independientes de aquellos previstos para las sociedades. Así pues, en el canje de acciones no se produce una enajenación tal como esta administración tributaria ha tenido ocasión de señalar en el Informe N SUNAT/4B0000, disponible en el 4/5
5 En consecuencia, en el supuesto que una empresa extranjera escinda un bloque patrimonial conformado por acciones emitidas por una empresa constituida en el Perú, para la constitución de una nueva empresa extranjera, la cual emite acciones a favor del único accionista de la empresa escindida, quien se convierte en propietario del 100% de las acciones de la escindida así como de la nueva empresa extranjera, la aludida transferencia, al constituir una enajenación, origina una ganancia de capital gravada con el impuesto a la renta para la empresa escindida, al tratarse de rentas de fuente peruana de conformidad con lo previsto en el inciso h) del artículo 9 de la Ley del Impuesto a la Renta. CONCLUSIÓN: En el supuesto que una empresa extranjera escinda un bloque patrimonial conformado por acciones emitidas por una empresa constituida en el Perú, para la constitución de una nueva empresa extranjera, la cual emite acciones a favor del único accionista de la empresa escindida, quien se convierte en propietario del 100% de las acciones de la escindida así como de la nueva empresa extranjera, la aludida transferencia, al constituir una enajenación, origina una ganancia de capital gravada con el impuesto a la renta para la empresa escindida, al tratarse de rentas de fuente peruana de conformidad con lo previsto en el inciso h) del artículo 9 de la Ley del Impuesto a la Renta. Lima, 12 DIC Original firmado por: FELIPE EDUARDO IANNACONE SILVA Intendente Nacional (e) INTENDENCIA NACIONAL JURÍDICO TRIBUTARIO SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS 5 mfc CT IRENTA Ganancias de capital Escisión de Sociedades Portal SUNAT ( en el cual se indica que, en los casos de fusión y escisión, los accionistas mantienen la titularidad del capital transferido, siendo que la representación de ese capital, al ser ahora parte de otra sociedad, es la que varía, produciéndose un canje de las acciones emitidas por la sociedad que transfiere el patrimonio, por las de aquella que recibe ese patrimonio; en ese sentido, el canje de acciones que se produce como consecuencia de una fusión o escisión no implica una enajenación ni una adquisición de acciones; sino que dichas acciones representan el capital invertido por los accionistas en la sociedad incorporada, absorbida o escindida, que luego pasa a formar parte de la sociedad incorporante o absorbente. Similar criterio figura en el Informe N SUNAT/2B0000, disponible en el Portal SUNAT ( en el que se señala que para que se configure una ganancia de capital gravada con el impuesto a la renta debe existir una enajenación, lo que no se produce en la relación de canje, inclusive cuando esta supone un cambio en la valorización de la inversión efectuada por el accionista. Dicha valorización no resulta alcanzada con el impuesto a la renta en aplicación del criterio de flujo de riqueza, puesto que nada nuevo llega desde terceros al patrimonio del contribuyente (en este caso, el accionista). 5/5
1. La renta generada por la enajenación posterior de los mencionados inmuebles se encuentra gravada con el Impuesto a la Renta?
INFORME N. 104-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de personas naturales no generadoras de rentas de tercera categoría, que, desde antes del 1.1.2004, han poseído de manera continua, pacífica
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 109-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de un fideicomiso de titulización constituido o estructurados( 1 ), siendo que dichas inversiones generan renta gravada de fuente extranjera.
En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:
INFORME N. 101-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. En el caso de
ASPECTOS TRIBUTARIOS DEL CONTRATO DE PERMUTA
ASPECTOS TRIBUTARIOS DEL CONTRATO DE PERMUTA El contrato es una de las instituciones jurídicas y económicas más importantes de nuestra sociedad, pues a través de esta institución las personas (naturales
En relación con las empresas que se dedican a la compra y venta de moneda extranjera (casas de cambio), se consulta lo siguiente:
INFORME N. 057-2017-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con las empresas que se dedican a la compra y venta de moneda extranjera (casas de cambio), se consulta lo siguiente: 1. Las operaciones de compra
- Reglamento de la LIR, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y normas modificatorias (en adelante, el Reglamento ).
INFORME N. 066-2014-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con la base de cálculo del Impuesto a la Renta sobre los dividendos provenientes de sucursales u otro tipo de establecimientos permanentes de personas
Lima, 7 de Febrero de Informe N SUNAT/5D0000
Lima, 7 de Febrero de 2017 Informe N 001-2017-SUNAT/5D0000 Incurre en la infracción del 176.1 quien no presente oportunamente el PDT Otras Retenciones Formulario Virtual N 617 aun cuando pague el tributo
Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm).
INFORME N. 005-2017-SUNAT/5D0000 En relación con la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría que es efectuada por los contribuyentes dentro del plazo de prescripción, se consulta lo siguiente:
- Código Civil, aprobado por Decreto Legislativo N. 295 (publicado el y normas modificatorias).
INFORME N. 0152-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Tratándose del supuesto en que el proveedor de una entidad del Estado hubiera cedido a un tercero su derecho a cobrar el precio de los bienes, servicios u obras
1. Cuál es el tipo de cambio que se deberá tomar para efectos de calcular el importe en nuevos soles por las transacciones que realizan las ETF?
INFORME N. 0183-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con las Empresas de Transferencia de Fondos (ETF) que llevan contabilidad en moneda nacional( 1 ), domiciliadas en el país, generadoras de rentas
En relación con el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) de comprobantes de pago, se formulan las siguientes consultas:
INFORME N. 017-2017-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) de comprobantes de pago, se formulan las siguientes consultas: 1. Las empresas que prestan el servicio
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 062-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 7.2 del artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N. 286-2009/SUNAT, tratándose del registro de
LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA (*)
CONSULTAS ABSUELTAS POR SUNAT (Conclusiones) LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA (*) INFORME N 208-2007-SUNAT/2B0000 (13.11.2007) 1. Para evaluar si existe un Impuesto a la Renta inferior al que hubiera correspondido
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 074-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el caso de una empresa domiciliada en el Perú que tiene dos sucursales en dos países con los cuales no se ha suscrito un Convenio para evitar la doble
Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolución de Superintendencia N /SUNAT, publicada el y normas modificatorias.
INFORME N. 039-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas respecto a la emisión de recibos por honorarios electrónicos conforme al sistema creado por la Resolución de Superintendencia
- Código de Comercio, publicado el y normas modificatorias.
INFORME N. 117-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con lo dispuesto en el numeral 69.3 del artículo 69 del Código Tributario, se plantea el supuesto de un deudor tributario que no se encuentra obligado
Tipo de cambio aplicable para el SPOT en caso se emita nota de débito
Lima, 21 de Julio de 2016 Informe N 118-2016-SUNAT/5D0000 Tipo de cambio aplicable para el SPOT en caso se emita nota de débito Mediante el informe bajo comentario la SUNAT ha señalado que en caso se emita
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 104-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el caso de personas naturales que realizan actividades artísticas( 1 ), que celebran contratos con empresas, por los cuales perciben ingresos que declaran
c) Qué infracción se configuraría con la presentación de la declaración jurada rectificatoria?
INFORME N. 056-2017-SUNAT/5D0000 MATERIA: Con relación al cambio de régimen previsto en el primer párrafo del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N. 1269, que crea el Régimen MYPE Tributario
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 134-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Respecto al recargo al consumo que se aplica en los establecimientos de hospedaje o expendio de comidas o bebidas, en base a lo dispuesto por la quinta disposición
PROYECTO DE ESCISIÓN DEL BLOQUE PATRIMONIAL. Sección Bloque Patrimonial conformado al 31 de agosto de Como Sociedad Beneficiaria :
1. Sociedades partícipes en el proceso de escisión(las Partes ): 1. Como Sociedad Beneficiaria : CONECTA RETAIL S.A. es una sociedad anónima inscrita en la Partida Electrónica Nº 11010724 del Registro
2. Se encuentra sujeta a la aportación al Sistema Nacional de Pensiones (SNP)?
INFORME N. 080-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas con relación a la diferencia entre la prestación económica de ESSALUD y la remuneración mensual del trabajador contratado
Precios de Transferencia
Precios de Transferencia Modificaciones respecto de la obligación de presentar la Declaración Jurada Anual Informativa y el Estudio Técnico de Precios de Transferencia Mediante Resolución de Superintendencia
Señor JORGE ELÍ VARGAS TSURUDA Gerente General Cámara de Comercio e Industria Peruano Japonesa - CCIPJ Presente
Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú "Año de la consolidación del Mar de Grau" CARTA N. 058-2016-SUNAT/600000 Lima, 14 JUN 2016 Señor JORGE ELÍ VARGAS TSURUDA Gerente General Cámara de Comercio
1. Es posible extinguir la deuda tributaria de sociedades extinguidas conforme a la Ley General de Sociedades?
INFORME N. 096-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas: 1. Es posible extinguir la deuda tributaria de sociedades extinguidas conforme a la Ley General de Sociedades? 2. En el supuesto
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias.
INFORME N. 118-2014-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si, aun con la dación del Decreto Supremo N. 008-2011-EF, se mantiene vigente para los ejercicios gravables anteriores al 2011, el criterio contenido
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula las siguientes consultas:
INFORME N. 130-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula las siguientes consultas: 1. Las actividades realizadas por las empresas corredoras de reaseguros domiciliadas en el Perú a favor de compañías reaseguradoras
Exportación de servicios en el caso de sujetos que presten a la vez servicios de hospedaje y servicios de agencia de viajes
Lima, 27 de Junio de 2016 Informe N 101-2016-SUNAT/5D0000 Exportación de servicios en el caso de sujetos que presten a la vez servicios de hospedaje y servicios de agencia de viajes Mediante el informe
Aspectos tributarios relevantes en operaciones con No Domiciliados. Daniel Arana
Aspectos tributarios relevantes en operaciones con No Domiciliados Daniel Arana Criterios de imposición Residencia Somete a gravamen las rentas de fuente mundial (nacional + extranjera) de un residente.
LEY GENERAL DE SOCIEDADES
LEY GENERAL DE SOCIEDADES Ley N 26887 (9/12/1997) LIBRO PRIMERO LIBRO SEGUNDO SECCIÓN PRIMERA Título SECCIÓN SEGUNDA I II V SECCIÓN TERCERA I SECCIÓN CUARTA Título Primero Título Segundo Capítulo I Capítulo
- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias.
INFORME N. 034-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si tratándose de solicitudes de devolución de saldos no aplicados de percepciones debe computarse el plazo de prescripción de forma independiente tomando
2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción?
INFORME N. 0154-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas sobre las denominadas cartas inductivas que utiliza la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 004-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula las siguientes consultas sobre el procedimiento para la actualización excepcional de la deuda tributaria (AEDT) regulada en el Capítulo I del Título
Ley N , Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, la Ley de Amazonía).
INFORME N. 010-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si los productores de café y cacao( 1 ) de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco y las provincias de Chanchamayo y Satipo del departamento
- Ley General de Sociedades, Ley N. 26887, publica da el 9.12.1997, y normas modificatorias (en adelante, LGS).
INFORME N. 061-2014-SUNAT/5D0000 Tratándose de una fusión por absorción de dos empresas domiciliadas, en donde la sociedad absorbida prestó servicios de ejecución continua a un tercero con anterioridad
- Decreto Legislativo N. 973, que establece el RER A del IGV, publicado el y norma modificatoria.
INFORME N. 064-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con el Régimen Especial de Recuperación Anticipada (RERA) del Impuesto General a las Ventas (IGV), se consulta si se tiene derecho a la devolución
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 107-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el supuesto del pago -prepago o pospago- efectuado por usuarios (personas naturales y jurídicas) a empresas intermediarias que brindan un sistema de
Modifican el Reglamento para la presentación de la DAOT y aprueban el Cronograma de vencimiento para la presentación - Ejercicio 2013
Modifican el Reglamento para la presentación de la DAOT y aprueban el Cronograma de vencimiento para la presentación - Ejercicio 2013 Norma: Resolución de Superintendencia Nº 017-2014/SUNAT Modifican el
En relación con los procesos de adquisición y expropiación de inmuebles, regulados en el Decreto Legislativo N. 1192, se co nsulta:
INFORME N. 0149-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con los procesos de adquisición y expropiación de inmuebles, regulados en el Decreto Legislativo N. 1192, se co nsulta: a) Si algún concepto que integra
- Ley N , Ley de Regalía Minera, publicada e l , modificada por la Ley N ( 1 ) (en adelante, Ley de Regalía Minera).
INFORME N. 014-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si procede deducir como gasto para la determinación del Impuesto a la Renta del ejercicio 2011, la parte de la Regalía Minera, Impuesto Especial a
En relación con el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT) se formulan las siguientes consultas:
INFORME N. 098-2011-SUNAT/2B0000 MATERIA: En relación con el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT) se formulan las siguientes consultas: 1. Los contratos de prestación
- Ley N. 28424, Ley que crea el Impuesto Temporal a los Activos Netos, publicada el 21.12.2004, y normas modificatorias (en adelante, Ley del ITAN).
INFORME N. 009-2012-SUNAT/2B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas relativas al tratamiento de las cuotas del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) pagadas por una empresa absorbente
PROYECTO DE FUSIÓN POR ARBSORCIÓN SIMPLE ENTRE BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A INTERBANK Y CORPORACIÓN INMOBILIARIA DE LA UNIÓN 600 S.A.
PROYECTO DE FUSIÓN POR ARBSORCIÓN SIMPLE ENTRE BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A INTERBANK Y CORPORACIÓN INMOBILIARIA DE LA UNIÓN 600 S.A. 1. Información General Corporación Inmobiliaria de la Unión 600
Modificaciones al Reglamento de la Ley del IR y análisis de las recientes acciones de la SUNAT para incrementar la recaudación
Modificaciones al Reglamento de la Ley del IR y análisis de las recientes acciones de la SUNAT para incrementar la recaudación Régimen de Transparencia Fiscal Para: IPDT 23 de Enero de 2013 Luis Hernández
CESIÓN GRATUITA DE BIENES MUEBLES
-CESION GRATUITA DE BIENES - VALOR DE MERCADO DE LAS OPERACIONES - RETENCIONES - RETENCION ENEJENACION INMUEBLES DE NO DOMICILIADOS - CREDITOS POR RETENCIONES - RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS NOTARIOS
LAS GANANCIAS DE CAPITAL PROVENIENTES DE LA ENAJENACIÓN DE VALORES MOBILIARIOS EN EL CDI PERÚ-SUIZA
LAS GANANCIAS DE CAPITAL PROVENIENTES DE LA ENAJENACIÓN DE VALORES MOBILIARIOS EN EL CDI PERÚ-SUIZA Nora Orihuela Vassallo 1 I. INTRODUCCIÓN El Convenio para evitar la Doble Imposición suscrito entre Perú
2. Cuál es la tasa del Impuesto a la Renta que aplica sobre dicha renta?
INFORME N. 080-2016-SUNAT/5D0000 Se plantea el supuesto de un fondo de inversión cuyos partícipes son todos personas naturales domiciliadas en el país, que, al amparo de lo dispuesto por el inciso h) del
Decreto Legislativo N Ley de Arrendamiento Financiero, publicado el , y normas modificatorias.
INFORME N. 043-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Tratándose de centros comerciales adquiridos a través de operaciones de arrendamiento financiero, respecto de los cuales se opta por la tasa de depreciación máxima
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 110-2016/SUNAT SE APRUEBAN NUEVAS VERSIONES DEL PDT PREDIOS FORMULARIO VIRTUAL N. 3530 Y DEL PDT PRECIOS DE TRANSFERENCIA FORMULARIO VIRTUAL N. 3560 Y SE MODIFICA EL FORMULARIO
TITULO VI REORGANIZACIÓN DE SOCIEDADES CAPITULO I TRANSFORMACIÓN
TITULO VI REORGANIZACIÓN DE SOCIEDADES CAPITULO I TRANSFORMACIÓN 1. Casos de transformación Las sociedades reguladas por esta ley pueden transformarse en cualquier otra clase de sociedad o persona jurídica
Lima, 15 de Junio de Informe N SUNAT/5D0000
Lima, 15 de Junio de 2016 Informe N 104-2016-SUNAT/5D0000 La SUNAT es competente para determinar la naturaleza laboral de las actividades artísticas que realizan personas naturales a efecto de establecer
INFORME N SUNAT/4B0000 MATERIA: Respecto del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:
INFORME N. 051-2014-SUNAT/4B0000 MATERIA: Respecto del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. Para efecto del cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta a que se refiere el artículo
Deducibilidad de la depreciación anotada en una cuenta de orden
Lima, 1 de Agosto de 2016 Informe N 120-2016-SUNAT/5D0000 Deducibilidad de la depreciación anotada en una cuenta de orden Mediante el informe bajo comentario la SUNAT ha señalado que en los casos en que
- Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N. 133-2013-EF, publicado el 22.6.2013 y normas modificatorias.
INFORME N. 73-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas relacionadas con la utilización del Formulario N. 820 Comprobante por Operaciones No Habituales por personas naturales sin
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT
MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,
Se formula las siguientes consultas sobre el Reintegro Tributario del Impuesto General a las Ventas (IGV) para la Región Selva:
INFORME N. 025-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula las siguientes consultas sobre el Reintegro Tributario del Impuesto General a las Ventas (IGV) para la Región Selva: 1. El traslado del domicilio a
- Decreto Legislativo N. 757, Ley Marco para el cre cimiento de la Inversión Privada, publicado el y normas modificatorias.
INFORME N.º 0133-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con contratos de arrendamiento financiero celebrados por empresas que han suscrito con el Estado convenios de estabilidad jurídica, se consulta lo
NORMAS TRIBUTARIAS SUPLEMENTO ELECTRÓNICO DE ANÁLISIS TRIBUTARIO
NORMAS TRIBUTARIAS SUPLEMENTO ELECTRÓNICO DE ANÁLISIS TRIBUTARIO Nº 34 Noviembre 2015 1 NORMAS TRIBUTARIAS 2 APLICAN LA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES RELACIONADAS
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 087-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si la tramitación de una demanda contencioso-administrativa iniciada por un contribuyente contra una resolución del Tribunal Fiscal que confirma una
- Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias.
INFORME N. 061-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En el marco de lo dispuesto por el numeral 3 del a rtículo 137, el segundo párrafo del artículo 141 y el penúltimo párrafo de l artículo 146 del Código Tributario,
Régimen tributario aplicable a los fondos y fideicomisos Ejercicio gravable Arturo Tuesta M.
Régimen tributario aplicable a los fondos y fideicomisos Ejercicio gravable 2006 Arturo Tuesta M. Evolución del Régimen del Impuesto a la Renta para Fideicomisos y Fondos Mixto Transparencia absoluta -
Reorganización de Empresas
Reorganización de Empresas Andrés Valle Agosto, 2009 Temas a tratar Formas de reorganización Transferencia de activos Pérdidas tributarias Atributos tributarios Reorganizaciones en el exterior 2 Formas
DE LA TRANSMISIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA. Silvia León Pinedo
DE LA TRANSMISIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA Silvia León Pinedo A través del presente trabajo se efectuará un análisis de los distintos supuestos establecidos en el Artículo 17 del Código Tributario, referidos
TEST La ley que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es la
TEST 1 1. La ley que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es la a) 5/2004, de 5 de marzo b) 35/2006, de 28 de noviembre c) 27/2014, de 27 de noviembre d) 19/1991, de 6 de junio 2.
ELECTRA CALDENSE, S.A.
ELECTRA CALDENSE, S.A. Por acuerdo del Consejo de Administración de la sociedad ELECTRA CALDENSE S.A. de 30 de marzo de 2016, por el presente se convoca a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de
Julio A. Fernández Cartagena
Julio A. Fernández Cartagena 1 Toda suma o entrega en especie que resulte renta gravable de la tercera categoría, en tanto signifique una disposición indirecta de dicha renta no susceptible de posterior
UNIDAD II IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
TRB Diplomado en Tributación UNIDAD II IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS Víctor Valdez Ramírez 1 El IVA en el Perú: El Impuesto General a las Ventas El IGV es un impuesto plurifásico y de tasa única; estructurado
Lima, 18 de Julio de Informe N SUNAT/5D0000
Lima, 18 de Julio de 2016 Informe N 107-2016-SUNAT/5D0000 Nacimiento de la obligación del IGV por la prestación de servicios de transporte y peaje en caso el pago se haga mediante dispositivos electrónicos.
En el marco de la Ley N , Ley de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, se formulan las siguientes consultas:
INFORME N. 136-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: En el marco de la Ley N. 27688, Ley de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, se formulan las siguientes consultas: 1. Se encuentran gravadas con el Impuesto
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) Contenido de la Capacitación Tema 1 Tema 2 Tema 3 Objetivo Base Legal Casos Prácticos CONTENIDO DE LA CAPACITACIÓN Objetivo Proporcionar los conocimientos necesarios a
2. Se encuentran gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV) los citados abonos no identificados?
INFORME N. 0146-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de una empresa domiciliada en el país, a la que se le han efectuado, en sus cuentas bancarias en el Perú, depósitos de dinero en efectivo,
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 082-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si las sumas de dinero que se otorga a los beneficiarios de las becas para la repatriación de investigadores peruanos residentes en el extranjero(
LOS SUJETOS PASIVOS RESPONSABLES EN MATERIA TRIBUTARIA. IX Jornadas Nacionales de Derecho Tributario - IPDT 14 y 15 de noviembre de 2006
LOS SUJETOS PASIVOS RESPONSABLES EN MATERIA TRIBUTARIA IX Jornadas Nacionales de Derecho Tributario - IPDT 14 y 15 de noviembre de 2006 I. ASPECTOS GENERALES 1 I. Aspectos Generales 1. OBJETIVO DE LAS
En relación con los cementerios privados, se formulan las siguientes consultas:
INFORME N. 001-2014-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con los cementerios privados, se formulan las siguientes consultas: 1. Se encuentra gravada con IGV la cesión de uso perpetuo de sepulturas y nichos?
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 043-2017/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 182-2008/SUNAT Y NORMAS MODIFICATORIAS A FIN DE GENERALIZAR LA EMISIÓN
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N. 122-94-EF, publicado el 21.9.1994, y no rmas modificatorias.
INFORME N. 027-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de una empresa no domiciliada que presta íntegramente en el Perú un servicio de asesoría y consultoría a una empresa domiciliada en el país,
Reglamento de la LIR, aprobado por Decreto Supremo N EF, publicado el , y normas modificatorias.
INFORME N.º 069-2014-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se efectúan diversas consultas referidas a la normativa del Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas y comprobantes de pago, en relación con los Residuos
Principales impuestos aplicables a la actividad empresarial
Principales impuestos aplicables a la actividad empresarial 1. Impuesto a la Renta IMPUESTO A. Rentas empresariales B. Dividendos TASA APLICABLE 28.0% (2015-2016) 27.0% (2017-2018) 26.0% (2019 en adelante)
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Pago del Impuesto al Valor Agregado Originado por el Autoconsumo de Bienes y Auto prestación
Impuesto a la Renta Rentas de Capital Personas Naturales. PDT 681- Persona Natural Renta Anual 2012 Caso Práctico
Impuesto a la Renta Rentas de Capital Personas Naturales PDT 681- Persona Natural Renta Anual 2012 Caso Práctico PDT 681 Persona Natural Otras Rentas Aprobado por Resolución de Superintendencia No. 304-2012/SUNAT.
