MAÑANAS ANAS DE LA EDIFICACIÓN

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1 DECLARACIÓN N RESPONSABLE MAÑANAS ANAS DE LA EDIFICACIÓN Daniel Uceda Blázquez Arquitecto Arquitecto Técnico

2 INTRODUCCIÓN NUEVA CULTURA ADMINISTRATIVA Eliminación de trabas burocráticas. Simplificación de procedimientos. Reactivación económica y generación de empleo. Dinamización del ejercicio de actividades. Tramitación responsable basada en la confianza Controles fundamentalmente a posteriori Licencia expres

3 MARCO NORMATIVO NORMATIVA ESTATAL: Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios. Suprime la licencia urbanística para la realización de obras o implantación de actividades fundamentalmente comerciales. Otorga habilitación a las entidades de colaboración privadas para la comprobación de los requisitos de los declarantes Se aplica a las actividades comerciales y de servicios establecidas en el Anexo del RD-ley, cuya superficie útil de exposición y venta no supere los 300 m2. Se exceptúan las actividades desarrolladas en establecimientos que tengan impacto en el patrimonio histórico artístico, que afecten a bienes de dominio público o requieran Proyecto de obras de edificación.

4 MARCO NORMATIVO COMUNIDAD MADRID: Ley 2/2012 de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial de la Comunidad de Madrid. Se aplica a las actividades comerciales, otros servicios y oficinas, establecidas en el Anexo I de la Ley, sin límite de superficies. Se exceptúan las actuaciones sobre inmuebles declarados BIC y sobre inmuebles catalogados dentro del régimen de máxima protección en el planeamiento urbanístico aplicable (salvo que se viniese desarrollando una actividad de las del campo de aplicación de la ley y la actuación no afecte a elementos protegidos). Establece un estricto régimen sancionador en caso de no presentación de la declaración responsable o falsedad o inexactitud en la misma, con sanciones de 600 a euros Insta a los ayuntamientos a publicar y mantener actualizado un modelo de declaración responsable.

5 MARCO NORMATIVO AYUNTAMIENTO DE MADRID: Modificación de la Ordenanza por la que se establece el régimen de Gestión de control de las licencias urbanísticas de actividades (OGLUA). Las modificaciones introducidas en Ayuntamiento de Madrid para incorporar el régimen de declaración responsable se concretan en los artículos 58 al 65 de la OGLUA. La interpretación de la Ordenanza será establecida por la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (AGLA). Se mantiene la colaboración privada en las funciones de verificación y control para el procedimiento de Declaración responsable. Las actividades sometidas a DR son las establecidas por la normativa estatal y autonómica.

6 OGLUA: Declaración responsable DEFINICIÓN DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (art. 58 OGLUA) Se entenderá por declaración responsable el documento suscrito por el titular de la actividad o por su representante, en el que manifiesta, bajo su responsabilidad que: Cumple con los requisitos urbanísticos y sectoriales exigidos por la normativa vigente para implantar, modificar o ejercer la actividad. Dispone de la documentación que así lo acredita. Se compromete a mantener su cumplimiento durante el tiempo en que ejercite su actividad.

7 OGLUA: Declaración responsable ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA D.R. (art. 59 OGLUA) El procedimiento de declaración responsable será de aplicación a las actividades enunciadas a tal fin en la legislación estatal y autonómica según los criterios establecidos por el AGLA, siendo estas fundamentalmente comercio minorista, oficinas, servicios de carácter no dotacional (como peluquerías, centros de estética, agencias de viaje) y actividades industriales muy concretas (p.e. talleres de reparación de artículos eléctricos para el hogar). La limitación de superficie a menos de 300 m2 se mantiene para servicios prestados por agencias de viaje, fabricación de calzado a medida u ortopédico y confección de prendas de vestir. En el caso de las oficinas se considera de forma general que se admite cualquier tipo de oficina independientemente que esté incluida o no dentro de los epígrafes del IAE referidos en la normativa estatal o autonómica.

8 OGLUA: Declaración responsable ACTUACIONES EXCLUIDAS DEL PROCEDIMIENTO DE D.R. 1. Las que conlleven uso privativo u ocupación de los bienes de dominio público. 2.Las que se lleven a cabo sobre inmuebles declarados como Bienes de Interés Cultural, o bienes incluidos a título individual en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid, así como a los inmuebles catalogados con Nivel 1 de protección según el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Excepción: Aquellos casos en los que ya se viniera desarrollando una actividad comercial, siempre y cuando no se afecten a elementos protegidos. 3.Las que requieran de la redacción de un proyecto de obras de edificación, de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación LOE.

9 OGLUA: Declaración responsable NOTAS EXPLICATIVAS SOBRE LAS EXCLUSIONES DE D.R. Se considera que es necesaria la redacción de un proyecto de obras de edificación en aquellas intervenciones en locales que forman parte de edificios catalogados, en las que se vean afectados elementos de restauración obligatoria, de forma que se altere o modifique su configuración original (no podrán ser tramitados por Declaración responsable). No se considerará que los elementos protegidos se verán afectados por aquellas obras de restauración o rehabilitación en las que se respeten los criterios aprobados por la CPPHAN o los establecidos por la OPE para las muestras y banderines en estos ámbitos (podrán ser tramitados por Declaración responsable excepto nivel 1 de protección y BIC).

10 OGLUA: Declaración responsable EFECTOS DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE (art. 60 OGLUA) La declaración responsable facultará al titular de la actividad para: Implantar, modificar o ejercer su actividad. Ejecutar las obras declaradas. La declaración responsable correcta tendrá los efectos que antes correspondían a la licencia municipal expresa. Los efectos de la declaración responsable se producirán desde el día en que la misma tenga entrada en el Registro del Ayuntamiento.

11 OGLUA: Declaración responsable RESPONSABILIDADES (art. 60 OGLUA y art. 7,8,9 y 10 Ley 2/2012 CM) La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que acompañe a una declaración responsable, o su no presentación, determinará: La imposibilidad de forma inmediata para ejercer la actividad. Exigencia de resarcimiento de daños a los responsables (titular, técnico redactor del Proyecto y de la ECLU). Será necesario restituir el orden jurídico infringido y la realidad física alterada. Imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un periodo máximo de un año. Sanciones desde 600 a de euros.

12 OGLUA: Declaración responsable CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE (art. 61 OGLUA) Identificación del titular y, en su caso, de su representante. Identificación y superficie del local. Objeto de la declaración responsable. Viabilidad urbanística de la actuación. Que el local no se ubica en un Bien de Interés Cultural o edificio catalogado nivel 1. Cumplimiento de la normativa de aplicación (seguridad en caso de incendios, medio ambiente, seguridad de utilización y accesibilidad, publicidad exterior, restante normativa sectorial) Haber obtenido los informes favorables que le sean preceptivos y vinculantes y las autorizaciones previas exigidas por la normativa sectorial.

13 OGLUA: Declaración responsable DOCUMENTACIÓN MÍNIMA (art. 61 OGLUA) Modelo normalizado de declaración responsable firmado. Se deberá declarar la fecha de inicio de la actividad, en defecto de la cual se entenderá que el inicio se ha producido desde la entrada de la DR en registro del Ayuntamiento. Proyecto técnico cuando proceda (documentación necesaria en función del tipo de obras según clasificación de Anexo III de OGLUA). Autoliquidación del ICIO y tasa por utilización privativa o aprovechamiento del dominio público local. Escritura de constitución de la persona jurídica titular de la actividad. Copia cotejada del documento acreditativo de la representación. Acreditación del pago de la ECLU elegida por el titular.

14 OGLUA: Declaración responsable MODALIDADES DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (art. 62 OGLUA) 1) Declaración responsable acompañada del certificado de conformidad emitido por la entidad colaboradora en la gestión de licencias urbanísticas. 2) Declaración responsable sin certificado de conformidad de la entidad colaboradora en la gestión de licencias urbanísticas.

15 OGLUA: Declaración responsable con C.C. 1.- DECLARACIÓN RESPONSABLE CON CERTIFICADO DE CONFORMIDAD (art. 64 OGLUA y criterios AGLA de 3/08/2012) Presentación de modelo de DR y documentación en ECLU Plazo de 15 días para realizar la verificación documental y técnica por parte de la ECLU, pudiendo realizar requerimientos para completar la documentación o información técnica que acompaña la DR. El plazo se extiende a 2 meses para aquellas actuaciones que incluyan obras del procedimiento ordinario (Anexo III.2 de la OGLUA y Anexo III.1 que puedan tramitarse por Declaración responsable). Si la documentación es correcta se emite el Certificado de conformidad. Presentación en registro pudiendo ejercer la actividad y/o realizar las obras solicitadas desde ese momento.

16 OGLUA: Declaración responsable sin C.C. 2.- DECLARACIÓN RESPONSABLE SIN CERTIFICADO DE CONFORMIDAD (art. 65 OGLUA y criterios AGLA de 3/08/2012) Presentación de modelo de DR y documentación referida en el art. 61 de la OGLUA en la ECLU e inmediata entrada en registro del Ayuntamiento. Plazo de 15 días o 2 meses para realizar la revisión de la documentación, realizar visita de inspección y emitir informe. Si la documentación es incorrecta, según los Protocolos establecidos por el AGLA, se emite informe desfavorable y no se realiza visita de inspección. Si la documentación tiene inadecuaciones puntuales en relación a OPE o bien a la climatización o ventilación (que no sean obligatorias para ejercer la actividad) se realizará requerimiento antes de la visita de inspección. Si la documentación es correcta, se realiza visita de inspección.

17 OGLUA: Declaración responsable sin C.C. Si de la visita de comprobación resulta que el local se ajusta a la normativa, la ECLU emite informe favorable, incorporándose el mismo a la Declaración responsable. Si de la visita de comprobación resulta que existen errores o inadecuaciones puntuales, la ECLU emitirá un informe desfavorable. El informe desfavorable dará lugar a dejar sin efecto la Declaración responsable y la apertura del correspondiente expediente disciplinario y sancionador. En el caso que se declare que la fecha de finalización de las obras o inicio de la actividad sea posterior a la fecha de entrada en registro de la DR, la visita se producirá en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de finalización declarada y el informe de la ECLU se emitirá en los 5 días posteriores a la visita.

18 OGLUA: Declaración responsable (casuística) IMPLANTACIÓN DE VARIAS ACTIVIDADES EN EL MISMO ESTABLECIMIENTO: Se podrá tramitar por Declaración responsable si todas las actividades que se pretenden implantar se pueden tramitar por este procedimiento (p.e. peluquería + venta de productos de belleza). En el caso de usos asociados a una actividad se podría tramitar como D.R. si la actividad principal se puede tramitar por declaración responsable y la actividad asociada no es una actividad de la LEPAR (p.e. una oficina con uso asociado de aulas de formación) No se podría tramitar por D.R. librería con uso asociado de bar.

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