/ ANTECEDENTES CONDICIONES. Disposiciones Generales ; Derlnición de términos. Para los efectos del presente t1tulo, además de los
|
|
- José María Benítez Aguilera
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 c. t,._.~; rrn.?.e l INSTITUTO-fEDERAL DE TELECOMUIIICACIONES TITULO DE CONCESIÓN PARA USAR Y APRq A BANDAS DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELEéTRICO PARA USO PÚBU<to UE OTORGA EL INSTITUTO F~DERAL DE -- TELECOMUNICA:IONES, A FAVOR DEL INS TUíÓ POLITÉCNICO NACIONAL DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES L IL Mediante solicitud presentada el 25 de mayo <;Je 206 ante el Instituto Federal! de Telecomunicaciones, el INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL solicitó el otorgamiento de una concesión para el uso de una frecuencia del espectro radioeléctrico parq_ la prestación del servicio de televisión radioc;lifundida digital, en la localidad de Monterrey, N_yevo León, anexaqdo la documentación requerida conforme a los artícúlos 85V 86 de la LE)Y Fe;;Jeral -- de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, mediante Acuerdo,_- --- PIFT de fecha 2~ de ab ii de 207, resolvió otorgar una Concesión para usar y aprovechár bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso ::íúblico, a favor del INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Derivado de lo anterior, con fundamento en los artículos 27 párrafos cuarto y sexto, 28 párrafos décimo quinto, décimo sexto, décimo séptimo y décimo octavo de la Cdnstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;, 2,4, 5, 7, 5 fracción IV, 6, 7 fr<;: cción, 75,76 fracción y 83 de la Ley Federal d~? Telecomunicaciones y Radiodifusión; y, 4 fracción y 4 fracción X del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, se expide el presente Título de- Concesión para usar y aprovechar bandas de frecu~ncias del; espectro radioeléctrico para uso público sujeto a las siguientes: CONDICIONES Disposiciones Generales l, ; -. Derlnición de términos. Para los efectos del presente ttulo, además de los conceptos-establecidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se entenderá por: -.
2 .. Concesión de espectro radioeléctrico: La presente concesión que confiere el derecho para usar y aprovechar barélas de frecuencias del espectro -radioeléctrico para uso público que otorga el Instituto;.2. Concesionario: El titular de la Concesión de espectro radioeléctrico;.3. Instituto: EllnstitJtO Federal de Telecomunicaciones; ) Ley: Le~ Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. y..5. Servicio Público de Televisión Radiodifundida Digitali- Servicio público de interés general que se presta medianté la propagación de ondas electromagnéti~as que transportan señales de audio y video asociados. haciendo uso, aprovechamiento y explófación de canales de transmisión de radiodifusión, con -el que la población puede recibir de ma!lera directa y gratuita las señales del emisor utilizando los dispositiv6s idóneos para ello Zona de Co~ertura: Área geográfica circular determinada por ll radio de cobertura y las coordenadas de referencia, asociada a un canal de transmisión de radiodifusión, dentro de la cual se podró prestar el Servicio Público de Televisión Radiodifundida Digital. i Modalidad de uso de la Concesló n de espectro radioeléctrico. Con la concesión de espectro radioeléctrico se otorga el uso y aprovechamiento pe las bandas de frecuencias del espectro para uso público, sin finés de lucro; para el cumplimiento de susfines y atribuciones. La prestación de los servicios de radiodifusión objeto del presente tífulo y Id instalación y operación de la infraestructura asociada a los mismos, deberá sujetarse a la Constituoión Política de lps ~stados Unidos Mexicanos, a los }rotados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, leyes, reglamentos, decretos, -reglas. planes técaicos fundaméntales, Normas Oficiales Mexicanas, normas técnicas, resoluciones, acuerdos, circulares y demás disposiciones administrativas de carácter general;así como a las condiciones estabfecidas en el presente título. En el supuesto de que la legislación, normatividad y disposiciones administrativas vigentes a la fecha de otorgamiento del presente título fueraq abrogadas, derogada_s yo reformadas, la fresente quedará sujeta a las nuevas disposiciones
3 INSTITIJO FEDEilAL DE TELECOMUNICACIONES constitucionales, legales y c; dministrativas aplicables, a partir de la fecha de su entrada en vigor., 3. Domi~illo convencional. El Concesionario señaló como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos, el ubicado en: - 4, Calle Prolongación de Carpio No. 475, Colonia Casco de Santo Tomás, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 340, en la Ciudad de México En caso de que el Concesionario cambie el domicilio para oír y recibir notificaciones a que ~ refiere el párfafo anterior, deberá hacerlo del conocimiento del)nstituto con una antelación de 5 quince) días naturales previos a tal ento, en la inteligencia de que cualquier notificación que practique el Instituto durante ese periodo, se realizará eh el domicilio mencionado en el primer párrafo de este numeral, sil que afecte su validez. Condiciones del uso de la banda de frecuencias. El Concesionario podrá usar y ~provechar las bandas de frecuencias del espectro~radiojiéctrico para prestar el servicio de.televisión radiodifundida digitcj bajo los parámetros y caracter[sticas técnicas siguientes:.. l. Canal: 2. Distintivo de Uamada: 36 XHPBMY-TDT 3. Coordenadas geográficas de LN. 25"3752" referencia L.W. 00"404". 4~Población principal a servir:: Monterrey, Nuevo León 5. Radio de cobertura máximo:- 5o km Previo a fa instalación de la estación para la prestación del servicio de televisión radiodifundida digitat Ell Conc.esionario.deoerá presentar para aprobación del Instituto, dentro élel plázo de 60 sesenta) días hábiles contado a partir del día. siguiente de la fecha de rece)pción del presente títul~, la siguiente documentaciór: -, a) El Estudio de Predicción de Área de Seryicio AS-TDT);
4 -- " b) El Plano de Ubicación PU-TC:Íl), 6compañado pe la opinión favorable de la autoridad competente en materia aeronáutica; e) Croquis de operación múltiple, de ser el caso. ) El Concesionario deberá iniciar la prestación del servicio de televisión radiodifundida digital dentro del plazo de 80 ciento ochenta) días hábiles, contados a partir del día siguiente del, 6 fecha dj aprobaciór: por parte del Instituto, de los parámetros técnicos presentados, conforme a las condiciones y características establecidas en el presente título. --::.::.-- Para t<;:ll efecto, deberá dar aviso al Instituto de dicha situación dentro de los 5 cinco) díps naturales siguientes a que ello acontezca.!, Asimismo, de ntro del término de 5 quince) díasnaturales,contados a partir del día siguiente de la conclusión de los trabajos de instalación y prueba o, en SIJ caso, del vencimiento del plazo de los 80 cientb ochenta) días hábiles otorgado para el Inicio de operaciones. el Concesionario deberá cumplir ante el Instituto con lo siguiente:, i),, Presentar la documentación relativa a la acreditación del legal uso del predio en qué se instaló la. estación y ld,ncreditación del legal uso del equipo transmisor. y ii) Realizar las pruebas de comportamiento iniciales de la estación PCE-TDT y las - características técnicas de la estación CTE-TDT; ambos documentos deberá tenerlos p disposición del Instituto, y deberán elaborarse y bvalarse por una unidad de verificación y, -en ausencia de- ésta, por un perito en telecomunicaciones con especialidad en radiodifusión. Dicha información podrá ser requerida en cualquier tiempo por el Instituto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 fracción XXVIII de la Ley., El objeto de la concesión es el uso y aprovechamiento de bandas de frecuencia del espectro ródioell3ctrico para la pr_estación del serlic[? de JOdipdifusión señalado, sin fines de lucro para el cumplimiento de sus fines y atribuciones. por lo -. que, en ningún caso, podrán utilizarse las bandas dé frecuencias señaladas en el presente título para fines dstintos.
5 INSTITUTO FEDERAL DE li)j:ecomunicaciones - 5. Zona de Cobertura. El Coocesionario deberá usar y aprovechar las frecuencias radioeléctricas para prestar el Servicio Público de Televisión Radiodifundidd DigitaÍ con las características técnicas señaladas: Población prlnclp_al a servir Estado Coordenadas de referencia Latitud N) Longltl.Jd 0N) Monterrey, Nuevo León " " 6. ~vlgentla " de la Concesión. La Concesión de espectro radioeléctrico para uso público tendrá una vigencia de 5 quince) años, contados a partir del otorgbmiento del presente título y podrá ser prorrogada conforme a lo dispuesto ~la~. ) Derechos y obligaciones 7. Calldadde la Operación. El Concesionario deberá cumplir c)n lo establecido en la normatividad aplicable en materia df calidad de servicio. El Instituto podrá requerir al Concesionario un informe que contenga los resultados de sus evaluaciones, a fin de acreditar que opera de conformidad con la normatividad aplicable. 8. Interferencias Perjudiciales. El Concesionario deberá realizar las acciones necesarias para eliminar las interferehcias perjudic;;iales : ue p~dieran presentarse con otros servicios gutorizados para hacer uso _del espectro radioeléctrico, siempre y cuando dichas interferencias perjudiciales secm debidamente comprobables y atribuidas al Concesionario. De conformidad qon lo dispuesto en la legislación apli6able en materia de radiodifusión y telecomunicaciones, el Concesionario deberá acatar las disposiciones que el,lnstitut~ establezca pdra la eliminación de interferencia; perjudiciales a las que se refiere el párrafo que antecede. De igual forma, con objeto de favorecer la introducción de servicios y nu~vai tecnologías de, radiocomunicación, el Concesionario deberá acatar las disposiciones que, el lnstitutoestablezcp para garantizar la convivencia de las transmisiones en beneficio cj:l interés pyblico. 9. Modificaciones Técnicas. El Instituto podrá determinar modificaciones a las condiciones técnicas de operación!del pcesente título, según sea necesario para la --
6 adecuada introducción, implantación y operación de los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, las cuales po,drán versar en el uso de una frecuencia; la banda en que actualmente se prestan los servicios o en una diferente; el área de servicio que deberá cubrir el Concesionario; la potenci6 o cualesquier otra que. - determine el Instituto. 0. Múftlprogramaclón. El Concesionario.deberá notificar al Instituto los canales de transmisión de radiodifusión que operará bajo el esquema de multiprogramación, misma que deberá efectuarse en los términos que establecen los Lineamientos Generales para el Acces~ a la Multiprogr~mación, publicddos en el Diario Oficial de la Fe :leración el 7 <;le febrero de 205, o bien, la normativipad que en este aspecto emita el Instituto.!.. Contraprestaciones. El Concesionario queda obligado a pagar todas las contr<::lprestaciones que al efecto éstablezca el Instituto o las disposiciones aplicables en > a materia y las contribuciones que deriven del uso y aprovechamiento de la~ bandds de frecuencias del espectr~ ra~ioeléctrico. -~- ) 2. Mecanismos PG]ra garantizar e~ carácter de uso público. El Concesionario queda obligado a cumplir durante la vigencia de la concesión con los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de las Concesio~és a que se refiere el Titulo Cuarto de la Ley P~deral!de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 205, en relación con los mecanismos a que se refiere el artículo 86 de la Ley,_ que aseguren los siguientes principios: i) la independencia editorial; ii) la autonomía de gestión financiera; iii) las garantías de participación ciudadana; iv) las reglas claras para la transparencia y rendicióh de cuentas; v) defensa de sus contenidos; Vi) opciones de financiamiento; vii) el pleno acceso a tecnologías y viii) las reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales. --- j A~mismo, dentro del plazo de seis meses contpdos a partir del día siguiente de la fecha de entrega del presente título, el Concesionario deberá acredita)!ehacientemente la_inst9lación del consejo ciudpdano y la implementación de los demás mecanismos para garantizar los principios a que se refiere la preseqte condición conforme_9 la propuesta autorizada por Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones mediante Acyérdo PIFT de fecha26de abril de 207. El incumplimiento a esta obligación motivará la revocación de la concesión.
7 Jurisdicción y corrpetencla 3. Jurisdicción ycompetencia. Para todo lo reldtivo a la interpretación y cumplimiento del presente título, salvo lo; que administrativamente corresponda resolv~r al Instituto, el Concesionario deberá someterse a la jurisdicción de los Juzgados y - Tribunales Federales Especializados en Competenci~ Económica; Radiodifusión y Telecomunicaciones Ubicados en la Ciudad de México, renunc ando al fuero que pudiere correspoñderle en razón de su domicilio presente o futuro. J. Ciudad de México, a 2 2 :tum 207 INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES COMI~ONADO PRESIDENTE ALDO CONTRERAS SALDfV AR EL CONé~SIOfARIO INSTITUTO PQ TÉ NICO NACIONAL ~ ES NTANTE LEGAL, "ji men- Sld"ñ"" - -
FORMATO IFT - CONCESIÓN ÚNICA TIPO A. CONCESIÓN ÚNICA PARA USO COMERCIAL
FORMATO IFT - CONCESIÓN ÚNICA TIPO A. CONCESIÓN ÚNICA PARA USO COMERCIAL Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios: De conformidad con la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y los Lineamientos
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA PRÓXIMA LICITACIÓN DE DOS CADENAS NACIONALES DE TV ABIERTA
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA PRÓXIMA LICITACIÓN DE DOS CADENAS NACIONALES DE TV ABIERTA Comisionada María Elena Estavillo Flores 24 de abril, 2014 1 Índice I. Reforma en Telecomunicaciones II. III.
CONSIDERANDO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. 1 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2014.
DISPOSICIONES de carácter general que establecen el régimen patrimonial al que se sujetarán las administradoras de fondos para el retiro, el PENSIONISSSTE y las sociedades de inversión especializadas de
CONSIDERANDO. Que en cumplimiento a lo disp
(1) DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS ENTIDADES Y PERSONAS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, FRACCIONES IV, V, VI, VII Y VIII Y 4, FRACCIÓN XXX, DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA
SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD
PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...
México: Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones, Radiodifusión y Competencia Económica
México: Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones, Radiodifusión y Competencia Económica Adriana Labardini Inzunza Comisionada Instituto Federal de Telecomunicaciones Cartagena de Indias,
ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO
Viernes 17 de noviembre de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
CIRCULAR CONSAR 64-2, Modificaciones y adiciones a las reglas generales que establecen el procedimiento para las notificaciones por correo electrónico, así como para el envío de documentos digitales de
Informe Respecto de la Eventual Asignación de Nuevas Frecuencias de Televisión Digital Radiodifundida. Unidad de Espectro Radioeléctrico
Informe Respecto de la Eventual Asignación de Nuevas Frecuencias de Televisión Digital Radiodifundida Unidad de Espectro Radioeléctrico XII Sesión Ordinaria del Pleno del IFT. 1 de julio de 2015. Asunto
LINEAMIENTOS GENERALES
INTRODUCCIÓN El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 14 de la Ley que Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y en
Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización
Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 065-04 QUE OTORGA LICENCIA EN FAVOR DE LA SOCIEDAD ARINC REPUBLICA DOMINICANA, S.A., PARA LA UTILIZACIÓN DE LA FRECUENCIA 131.550
A N T E C E D E N T E S
CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA CESIÓN/TRANSFERENCIA DE OBLIGACIONES Y RECURSOS FEDERALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL GIMNASIO DE USOS MÚLTIPLES EN SALTILLO, COAHUILA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO
RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010
RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010 RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ORDENA LA EXPEDICIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-SECRE-2010, ESPECIFICACIONES DEL GAS NATURAL, QUE CANCELA
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Resolución Nº: AN Nª844-Telco Panamá 18 de Mayo de 2007.
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Resolución Nº: AN Nª844-Telco Panamá 18 de Mayo de 2007. "Por la cual se rechaza la asignación de setenta y seis (76) frecuencias adicionales a la concesionaria
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Nombre del Procedimiento: General de Operación interna de la Ventanilla Única Delegacional.
PAG: 1554 Objetivo: Políticas y/o Normas De Operación: Proporcionar a los ciudadanos una vía de acceso única para la introducción de sus trámites a la delegación. Las atribuciones correspondientes a esta
MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.
NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL
NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL Resolución del CONATEL 327 Registro Oficial 398 de 07-ago-2008 Ultima modificación: 08-feb-2011 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
REGLAS PARA LA GESTIÓN DE TRÁMITES POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS. (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de febrero de 2015)
Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco
Resultados Evaluación de la Publicación de Información Fundamental Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco METODOLOGÍA Qué se evalúa? Publicación de la
Uso de espacios físicos IPN
Uso de espacios físicos IPN Uso de espacios físicos a partir del año 2014 En esta Casa de Estudios, el uso de espacios físicos se otorga por medio de un contrato validado por la Oficina del Abogado General
Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica
Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios
REGLAS que establecen facilidades administrativas para el depósito del Ahorro Solidario.
DOF: 29/04/2010 REGLAS que establecen facilidades administrativas para el depósito del Ahorro Solidario. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda
SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES FIJA NORMA TECNICA PARA EL SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA (Resolución)
SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES FIJA NORMA TECNICA PARA EL SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA (Resolución) Núm. 479 exenta.- Santiago, 13 de abril de 1999.- Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977,
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL
Nombre del Servicio Solicitar el uso mediante arrendamiento, de inmuebles federales que no sean compartidos por dos o más Instituciones Públicas. Unidad Administrativa Dirección General de Administración
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 026-05 QUE OTORGA UNA CONCESIÓN A LA SOCIEDAD TECNOLOGIA DIGITAL, S.A., A LOS FINES DE OFRECER SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA LOCAL,
Sen. Javier Corral Jurado Comentarios al dictamen de la Minuta que expide la Ley Federal de Consulta Popular
COMENTARIOS AL DICTAMEN DE LA MINUTA POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE CONSULTA POPULAR 1. El documento se refiere al Instituto Federal Electoral, debería ser el Instituto Nacional de Elecciones,
FEDERACIÓN MEXICANA DE RADIOEXPERIMENTADORES, A.C.
Programa de formación de radioaficionados Curso: Conceptos básicos de la Objetivo: Proporcionar a los aspirantes los conocimientos mínimo indispensables para incursionar en la práctica de los Servicios
POLITICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Página: 1 de 5 1. Objetivo El presente documento tiene como objeto formalizar las políticas de tratamiento de la información de los datos personales obtenidos de todos los Alumnos, Padres de Familia y
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Resolución AN No.7566-RTV Por la cual se aprueban los parámetros técnicos propuestos por la empresa CONCESIONARIA DIGITAL DE TELEVISIÓN Y COMUNICACIONES, S.A.,
I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que:
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE INVESTIGACION Y GESTION DE CREDITO AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA, EL CONTRATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE - -, (EN LO SUCESIVO DENOMINADO COMO EL PRESTADOR
CONSIDERANDO. Acuerdo
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECE EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE PUBLICACIONES DE SOCIEDADES MERCANTILES Y LAS DISPOSICIONES PARA SU OPERACIÓN (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio
REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA
REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA (Artículos relacionados con la materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios) Artículo 35. (Se deroga) Artículo 36. (Se deroga)
MARCO ANTONIO GARCÍA CASTRO,
MARCO ANTONIO GARCÍA CASTRO, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, 45, fracción II, y 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 16 del Decreto de Presupuesto de Egresos
MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA. Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014.
MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014. REFORMA A LOS ARTÍCULOS. 25, 27 Y 28 CONSTITUCIÓN. Artículo 25 El sector público tendrá a su cargo las áreas estratégicas. Gobierno
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Modelo de solicitud de licencia particular colectiva intramuros y de empresas que proporcionan seguridad privada.
Modelo de solicitud de licencia particular colectiva intramuros y de empresas que proporcionan seguridad privada. Asunto: Se solicita una Licencia Particular Colectiva a favor de mi representada. México,
Del Objeto de los Lineamientos
LINEAMIENTOS Y FORMATOS A QUE DEBEN SUJETARSE LAS ORGANIZACIONES DE OBSERVADORES ELECTORALES EN LA RENDICIÓN DE SUS INFORMES SOBRE EL ORIGEN, MONTO Y APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO QUE OBTENGAN PARA EL
CIRCULAR INFORMATIVA No. 07/2015 PARA TODOS NUESTROS CLIENTES NUEVA REGULACIÓN DEL OUTSOURCING DE PERSONAL EN MATERIA DE INFONAVIT.
CIRCULAR INFORMATIVA No. 07/2015 PARA TODOS NUESTROS CLIENTES NUEVA REGULACIÓN DEL OUTSOURCING DE PERSONAL EN MATERIA DE INFONAVIT 1).- Introducción. 2).- Artículo 29 de la Ley del Infonavit. Sumario 3).-
R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O
RESOLUCIÓN Núm. RES/041/2002 RESOLUCIÓN POR LA QUE SE MODIFICA EL PERMISO DE COGENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA E/167/COG/2000, OTORGADO A ENRON ENERGÍA INDUSTRIAL DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V., AHORA TRACTEBEL
Los planes de las administraciones nacionales para la transición de la TV analógica a digital y el mejor aprovechamiento del espectro
Los planes de las administraciones nacionales para la transición de la TV analógica a digital y el mejor aprovechamiento del espectro ING. MAURICIO SAMUDIO LIZCANO Comisionado TELEVISIÓN RADIODIFUNDIDA
Estancias Posdoctorales Vinculadas al Fortalecimiento de la Calidad del Posgrado Nacional C O N V O C A B A S E S G E N E R A L E S
Estancias Posdoctorales Vinculadas al Fortalecimiento de la Calidad del Posgrado Nacional CONVOCATORIA 2016 (1) Con base a los principios establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado
Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la
Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la regla 4.8.1. Quiénes lo realizan? Personas morales constituidas
ANEXO [5] PAGOS POR TERMINACIÓN
ANEXO [5] PAGOS POR TERMINACIÓN Para los efectos del Contrato y Título de CONCESIÓN del Servicio de Alumbrado Público, en este anexo se establecen las REGLAS a las que deben sujetarse El AYUNTAMIENTO y
Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno
Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros
Programa de Transición a la Televisión Digital Terrestre. Mónica Aspe Bernal Subsecretaria de Comunicaciones
Programa de Transición a la Televisión Digital Terrestre Mónica Aspe Bernal Subsecretaria de Comunicaciones 1 Resultados de la Reforma de Telecomunicaciones 1) La posición internacional de México está
CAPITULO 1. Disposiciones Generales
REGLAS DE CARÁCTER GENERAL QUE ESTABLECEN LOS PLAZOS Y REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN.
PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013
PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013 Estimados clientes y amigos: El 18 de Febrero de 2013, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer los lineamientos para
I. OBLIGACIONES INFORMACIÓN IMPORTANTE
INFORMACIÓN IMPORTANTE I. OBLIGACIONES... 1 II. MODIFICACIONES AL TÍTULO DE PERMISO... 5 III. ACTUALIZACIONES AL TÍTULO DE PERMISO... 8 IV. CORRECCIONES AL TÍTULO DE PERMISO... 11 V. INFORMACIÓN IMPORTANTE
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO O REVOCACIÓN DE PERMISOS A TERCEROS, PARA EL USO, APROVECHAMIENTO O EXPLOTACIÓN TEMPORAL DE ESPACIOS FÍSICOS EN EL INSTITUTO 1 de agosto de
RESOLUCIÓN Núm. RES/974/2015
RESOLUCIÓN Núm. RES/974/2015 COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA APRUEBA AL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DEL GAS NATURAL EL MONTO POR CONCEPTO DE COSTOS
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003.
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003. GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz-Llave.
APROBADO POR UNANIMIDAD
No. 1 fracciones I y XII de El Reglamento, a fin de realizar mediante el procedimiento de adjudicación directa, la contratación de Servicios relativos a Salones y Servicio de Coffee Break, a celebrarse
REGISTRO DE MOROSOS: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
REGISTRO DE MOROSOS: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO De acuerdo con el Reglamento interno de control de la morosidad, aprobado por el Comité Ejecutivo de FETEIA, en sesión celebrada el día 18 de octubre de 2006,
BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V.
BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V., comunica que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante oficio número 313-114752/2014 de fecha 15 de mayo de 2014, autorizó la reforma al Reglamento
PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 29 de junio de 2016 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ACUERDO por el que se dan a conocer las cuotas complementarias y las cuotas definitivas
TÍTULO DE PERMISO E/1 040/IM P/201 3 FEVISA INDUSTRIAL, S. A. DE C. V. DE IMPORTACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA OTORGADO A CARGA SAN LUIS POTOSÍ
COMISIÓN REGULADORA DE ENÓRGIA TÍTULO DE PERMISO DE IMPORTACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA E/1 040/IM P/201 3 OTORGADO A FEVISA INDUSTRIAL, S. A. DE C. V. CARGA SAN LUIS POTOSÍ EN TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN Núm.
GOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO
GOBIERNO DEL ESTADO ACUERDO DE AJUSTE DE TARIFAS EN EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LA MODALIDAD DE URBANO Y SUBURBANO ( CAMIONES URBANOS ) ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD DE ENERGIA ELECTRICA DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE VENTAS AL POR MAYOR
Rev. 08/2003 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD DE ENERGIA ELECTRICA DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE VENTAS AL POR MAYOR CONTRATO PARA SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA COMPARECEN Contrato Núm.
FOLLETO EXPLICATIVO SIEFORE INVERCAP BÁSICA DE PENSIONES, S.A. de C.V. Sociedad de Inversión Básica de Pensiones
FOLLETO EXPLICATIVO INVERCAP BÁSICA DE PENSIONES, S.A. de C.V. Sociedad de Inversión Básica de Pensiones 1. DATOS GENERALES 1.1. Datos de la Sociedad de Inversión La INVERCAP BÁSICA DE PENSIONES, S.A.
Artículo 3.- Para efectos de los presentes lineamientos deberá estarse a las siguientes definiciones 2 :
LINEAMIENTOS GENERALES EN RELACIÓN CON LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO OCTAVO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS ARTÍCULOS 6, 7, 27, 28,
TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.
TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro
Manuel Castellanos Méndez. Si, acepto los términos. A Nombre Propio (Personas Físicas) Ninguno - (Persona Física) Página 1 de 12
Formato de Participación Ciudadana - Consulta Pública Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se expide la disposición técnica IFT-008-2015 : Telecomunicaciones-Radiocomunicación-Sistemas de radiocomunicación
Requisitos para ser Operador en MexDer
Requisitos para ser Operador en MexDer Market Data Reglas (6) VIGESIMO TERCERA.- Los Operadores, para poder celebrar las operaciones previstas en la regla anterior, tendrán que cumplir con los requisitos
UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL FACULTAD DE INGENIERÍA ELECTRÓNICA E INFORMÁTICA SÍLABO ASIGNATURA: SISTEMAS DE RADIO Y TELEVISION
SÍLABO ASIGNATURA: SISTEMAS DE RADIO Y TELEVISION CODIGO: IEE503 I. DATOS PERSONALES: 1.1 Departamento Académico : Ingeniería Electrónica e Informática 1.2 Escuela Profesional : Ingeniería Electrónica
Asunto: Se emite constancia de autorización para recibir donativos deducibles.
Administración General Jurídica Administración Central de Normatividad de Impuestos Internos Administración de Normatividad de Impuestos Internos 5 Folio: 52839 RFC: FBI090820V78 Asunto: Se emite constancia
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
14 de Enero de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN Y SE DAN A CONOCER LAS FORMAS OFICIALES PARA LA SOLICITUD DE REGISTRO
PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN (Refundido) Apruébase el siguiente Plan Técnico Fundamental de Numeración. TÍTULO I DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN
PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN (Refundido) DECRETO: Apruébase el siguiente Plan Técnico Fundamental de Numeración. TÍTULO I DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3 Artículo 4
MODELO DE CONTRATO QUE ESTABLECE LAS ESTIPULACIONES MINIMAS QUE DEBERAN CONTENER LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES QUE CON EL CARACTER DE
MODELO DE CONTRATO QUE ESTABLECE LAS ESTIPULACIONES MINIMAS QUE DEBERAN CONTENER LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES QUE CON EL CARACTER DE ARRENDATARIAS CELEBREN LAS DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACION
Departamento de Compilación
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN A QUE SE SUJETARÁN LOS IMPORTADORES DE MERCANCÍAS QUE OPTEN POR CUMPLIR CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS NOM-050- SCFI-1994 Y NOM-051-SCFI-1994
Instituto Nacional de Vias GESTIÓN CONTRACTUAL AVISO CONVOCATORIA CONCURSO DE MERITOS ABIERTO CONCURSO DE MERITOS ABIERTO
AVISO CONVOCATORIA CONCURSO DE MERITOS PÁGINA 1 DE 1 CONCURSO DE MERITOS EL INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS-INVIAS CONVOCA: A las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, consorcios y Uniones
D E C L A R A C I O N E S
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL C. ------------------- --------------------, EN ADELANTE EL ARRENDADOR, Y POR OTRA PARTE EL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA,
«S>ift INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
«S>ift RESOLUCIÓN POR LA QUE EL PLENO DEL RESUELVE EL OTORGAMIENTO DEL PERMISO PARA ESTABLECER Y OPERAR O EXPLOTAR UNA COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS DE A TECNOFON AND MARKETING, S.A. DE C.V. ANTECEDENTES
RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación
CONVOCATORIA BASES. SEGUNDA. REQUISITOS. Los interesados deberán cubrir los siguientes requisitos:
El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 15, fracción III y 23 fracción XXXVII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, publicada
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DENOMINACIÓN: "ARRENDAMIENTO DE RETROEXCAVADORA Y CAMIONES DE VOLTEO PARA TRABAJOS EN LA COMUNIDAD DE SAN ESTEBAN ZOAPILTEPEC" No. DE EXPEDIENTE: CMADJ-068/2014 UBICACIÓN: MUNICIPIO
DOCUMENTOS ORGANIZATIVOS EN CENTROS DOCENTES
DOCUMENTOS ORGANIZATIVOS EN CENTROS DOCENTES INTRODUCCION La entrada en vigor de la LOE, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; así como la LEA, Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda Delegación. Solicitud de Registro de Obra Ejecutada
Para ser llenado por la autoridad GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda Delegación FORMATO AU-16 FOLIO Solicitud de Registro de Obra Ejecutada México, D. F., a de de
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE PERSONAL EN OFICINAS DE TURISMO GESTIONADAS POR LA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE PERSONAL EN OFICINAS DE TURISMO GESTIONADAS POR LA FUNDACIÓN SIGLO PARA EL TURISMO Y LAS ARTES DE CASTILLA
Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 26 DE FEBRERO DE 2016 No. 19 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Jefatura de Gobierno Acuerdo por el que
DECLARACIONES 1. DE "LA AUDITORÍA":
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, QUE-CELEBRAN. POR UNA PARTE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN, REPRESENTADA. POR SU TITULAR EL C.P. C. ARTURO GONZÁLEZ DE ARAGÓN O. Y, POR LA
AVISO DE PRIVACIDAD que emite ADMINISTRADORA DE CARTERA, SERVICIOS LEGALES RAMÍREZ RAMÍREZ VILLEGAS Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V.
AVISO DE PRIVACIDAD EMITIDO POR ADMINISTRADORA DE CARTERA, SERVICIOS LEGALES RAMÍREZ VILLEGAS Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V. AVISO DE PRIVACIDAD que emite ADMINISTRADORA DE CARTERA, SERVICIOS LEGALES RAMÍREZ
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (Nombre del D E C L A R A C I O N E S
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (Nombre del propietario del inmueble a rentar), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO EL ARRENDADOR Y POR LA OTRA LA UNIVERSIDAD DE SONORA, REPRESENTADA
MAGON $91, CON I.V.A. HABITAT 2013 Y FORTAMUN 2013 C. JAVIER MERINO ESTRADA
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DENOMINACIÓN: "TALLER DE COMPUTACION EN RICARDO FLORES MAGON" No. De Prestación: No. De Obra HABITAT: 210191DS001 UBICACIÓN: COL. RICARDO FLORES MAGON MONTO: $91,800.00
REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES
1 TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ::::.. 3 CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES 3 CAPITULO III DE LA DURACION Y LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACION DE..... 4 CAPITULO
Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Nuntium Legalis Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Paseo de la Reforma 2654 piso 9 Col. Lomas Altas, C.P. 11950, México
ANEXO A : PRECIOS Y TARIFAS MODELO DE CONVENIO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL ACCESO Y USO COMPARTIDO DE INFRAESTRUCTURA PASIVA
ANEXO A : PRECIOS Y TARIFAS MODELO DE CONVENIO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL ACCESO Y USO COMPARTIDO DE INFRAESTRUCTURA PASIVA RADIOMÓVIL DIPSA, S.A. DE C.V. Y [*] México, D.F. [*] de [*] de
Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME
-OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: LICENCIAS/TAXIS Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. F ************
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL ABOGADO GENERAL
México, D.F., 17 de diciembre de 2008. Vistos para resolver el contenido del expediente relativo a la solicitud de acceso a la información número 1117100066508, presentada el día 21 de octubre de 2008.
DONATARIAS AUTORIZADAS Marzo de 2013
DONATARIAS AUTORIZADAS Marzo de 2013 DONATARIA AUTORIZADA Es una organización civil o fideicomiso que cuenta con autorización por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), para recibir donativos
CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid a... de octubre de 2003. REUNIDOS De una parte el Excmo.
"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo"
ADENDA AL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO "INTEGRACiÓN DE LAS ÁREAS RURALES Y LUGARES DE PREFERENTE INTERÉS SOCIAL A LA RED DEL SERVICIO MÓVIL - CENTRO NORTE" Conste por el presente documento la
C. MARIA GUADALUPE POLO TORRES
CONTRATO DE COMPRA- VENTA DENOMINACIÓN: ADQUISICION DE EQUIPOS DE COMPUTO, PARA VARIAS ESCUELAS DEL MUNICIPIO DE ATLIXCO No. DE ADQUISICION: UBICACIÓN: MUNICIPIO DE ATLIXCO MONTO: $809,189.16 CON I.V.A.
INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED
INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES POR LA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE REASIGNACIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO DE EXCEPCIONAL INTERÉS GENERAL INTRODUCCIÓN La disposición
CONTRATO DE ADHESIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FUNERARIOS Y SU REGISTRO EN PROFECO LIC. HECTOR CHAMLATI
CONTRATO DE ADHESIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FUNERARIOS Y SU REGISTRO EN PROFECO LIC. HECTOR CHAMLATI CONTRATO DE ADHESIÓN ARTÍCULO 85 DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Se entiende
Fracción arancelaria en la Comunidad Europea 1) Cupo (toneladas métricas) 30,000 1,000
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CUPOS PARA INTERNAR A LA COMUNIDAD EUROPEA EN EL PERIODO DEL 1 DE JULIO DE UN AÑO AL 30 DE JUNIO DEL AÑO SIGUIENTE, MIEL NATURAL; ESPÁRRAGOS FRESCOS O REFRIGERADOS;
Dicho dictamen fue presentado para su primera lectura en la sesión ordinaria del Pleno Senatorial del propio 14 de diciembre próximo pasado.
HONORABLE ASAMBLEA: Con relación a la minuta con proyecto de Decreto remitida por la Cámara de Diputados, por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo V SECTORES ESTRATÉGICOS, SERVICIOS Y EMPRESAS PÚBLICAS Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores
Primer Aniversario. Comunicado de Prensa No. 37/2014
México, D.F. a 9 de septiembre de 2014 Primer Aniversario EL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES VIGILA QUE LOS AGENTES ECONÓMICOS PREPONDERANTES CUMPLAN CON LAS MEDIDAS IMPUESTAS EN BENEFICIO DEL
Casas del Emprendedor
Convocatoria Casas del Emprendedor Con fundamento en las Políticas de Operación 2016 del Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE), aplicables para el ejercicio fiscal 2016, y con el propósito de asignar