Rendición de cuentas. Evolución patrimonial Declaración Patrimonial y de conflicto de intereses PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DEL SNA

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1 Rendición de cuentas Evolución patrimonial Declaración Patrimonial y de conflicto de intereses Dr. Alejandro Romero Gudiño draromerog@hotmail.com PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DEL SNA

2 Contenido 1. Conceptos Rendición de cuentas y conflicto de interés 3 2. Precedentes de la normatividad 4 3. Reforma Constitucional Ley 3 de Ley General de Responsabilidades Administrativas, Sistema de Evolución Patrimonial, de Declaración de Intereses y Constancia de Presentación de Declaración Fiscal 7. Relación de la verificación del contenido de las declaraciones patrimoniales con el ámbito penal 8. Declaración de Intereses Publicidad de las declaraciones patrimoniales y la protección de los datos personales que contienen 10. Sumario Bibliografía

3 1. Conceptos Rendición de cuentas y conflicto de interés El fundamento de la declaración patrimonial y de intereses está en la obligación de rendición de cuentas o accountability. Para Andreas Schedler accountability es la rendición obligatoria de cuentas. Incluye la exigencia de cuentas (por derecho). Como en los controles al poder, la idea de accountability contempla de antemano a las dos partes involucradas a los que rinden cuentas al igual que a los que exigen cuentas. Conforme a la Guía para el Manejo del Conflicto de Interés en el Servicio Público de la OCDE, se define el Conflicto de interés como una situación entre el deber público y los intereses privados de un funcionario público, en que el funcionario tiene capacidades de interés privado que pueden indebidamente influir el desempeño de sus deberes y responsabilidades (10). 3

4 2. Precedentes de la normatividad 21 de febrero de 1940 Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, del Distrito y Territorios Federales y de los Altos Funcionarios de los Estados. 4 de enero de 1980 Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, del Distrito Federal y de los Altos Funcionarios de los Estados. 31 de diciembre de 1982 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. 13 de marzo del 2002 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos 18 de julio del 2016 Ley General de Responsabilidades Administrativas 4

5 3. Reforma Constitucional, 2015 En su libro Visión Integral del Sistema Nacional de Combate a la Corrupción (2015), Romero Gudiño nos hace saber que la Reforma Constitucional anticorrupción eleva el mandato de rendición de cuentas a través de la declaración patrimonial, pues: La principal reforma en la materia reside en que prácticamente todos los servidores públicos de la Federación presentarán declaración de situación patrimonial y de intereses, ya que el último párrafo del artículo 108 constitucional, que fue adicionado, establece que los servidores públicos a que se refiere el presente artículo estarán obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes y en los términos que determine la ley. Esto abarca prácticamente todos los trabajadores de los tres Poderes de la Unión, así como de los Órganos Constitucionales Autónomos, además de las personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en la Asamblea Legislativa, la administración pública o el Tribunal Superior de Justicia, los tres del Distrito Federal. (p. 380) 5

6 3. Reforma Constitucional, 2015 La reforma constitucional del año 2015 en materia anticorrupción introdujo disposiciones sobre el conflicto de interés. La Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos no habla explícitamente de esa declaración de interés. Se trata en el artículo 8, fracciones X y XIV y artículo 9 con lo que se fija una obligación con relación a un posible interés personal, familiar o de negocios, así como el deber de informar por escrito a su superior inmediato. Al término de un cargo, los servidores públicos tendrán un año de impedimento para aprovechar su influencia derivada de su función, usar información o documentación. En el caso de aquellos que hayan desempeñado en cargos de Dirección en el Instituto Federal Electoral, sus Consejeros, y los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se abstendrán de participar en cualquier encargo público de la administración encabezada por quien haya ganado la elección que ellos organizaron o calificaron. (Romero, 2015, pp ) 6

7 4. Ley 3 de 3 En el mes de enero del 2016, varias organizaciones de la sociedad civil promovieron una iniciativa ciudadana de Ley General de Responsabilidades Administrativas que fue conocida como Ley 3de3. Durante la promoción de la iniciativa ciudadana Ley 3de3 el Instituto Mexicano para la Competitividad IMCO exhortó a la clase política del país para que voluntariamente y no por mandato legal, presentara a través de su plataforma digital la declaración 3de3 que incluía la declaración patrimonial, la declaración de intereses y la declaración fiscal, bajo los formatos que esa misma organización propuso. Derivado de esa invitación que el Instituto Mexicano para la Competitividad formuló a la clase política, presentaron la declaración 3de3 un total de 925 personajes, pertenecientes al Gabinete Federal, Senadores, Diputados, de Partidos Políticos, Funcionarios Estatales, etc, lo cual puede ser consultado con detalle en la liga electrónica 7

8 5. Ley General de Responsabilidades Administrativas, 2016 El 18 de julio del 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas, la cual conforme a su artículo Tercero Transitorio, se estableció una vacatio legis a efecto de que su entrada en vigor sea el 19 de julio del Esta legislación recogió varios planteamientos de la iniciativa 3de3. En materia de situación patrimonial de los servidores públicos, contiene el Capítulo III denominado De los Instrumentos de Rendición de Cuentas el cual se ubica dentro del Título Segundo Mecanismos de Prevención e Instrumentos de Rendición de Cuentas. Como aspecto novedoso, el artículo 32 establece que estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, todos los servidores y asimismo su declaración fiscal anual en los términos que disponga la legislación de la materia, con lo cual se generaliza esta obligación. 8

9 6. Sistema de Evolución Patrimonial, de Declaración de Intereses y Constancia de Presentación de Declaración Fiscal El artículo 34 de esta nueva ley y se refiere a que las declaraciones de situación patrimonial deberán ser presentadas a través de medios electrónicos, empleándose medios de identificación electrónica, precisando que las autoridades competentes tendrán a su cargo el sistema de certificación de los respectivos medios de identificación electrónica que utilicen los servidores públicos y llevarán el control de dichos medios; con lo cual, se elimina la posibilidad de presentación en formato impreso, salvo la única excepción prevista en ese mismo artículo y que se refiere al caso de Municipios que no cuenten con las tecnologías de la información y comunicación necesarias para cumplir con lo anterior, en cuyo caso podrán emplear formatos impresos, siendo responsabilidad de las autoridades respectivas verificar que dichos formatos sean digitalizados e incluir la información que corresponda en el Sistema de Evolución Patrimonial, de Declaración de Intereses y Constancia de Presentación de Declaración Fiscal. 9

10 7. Relación de la verificación del contenido de las declaraciones patrimoniales con el ámbito penal En principio, el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas prevé que en el caso de omisión en presentar la declaración inicial o modificación posterior a un requerimiento específico, se declarará que el nombramiento o contrato ha quedado sin efectos y en caso de omisión de la declaración de conclusión, se inhabilitará al infractor de 3 meses a 1 año. Por su parte, el artículo 37 de la misma ley, establece que en los casos en que se refleje un incremento de patrimonio que no sea explicable o justificable en virtud de la remuneración del servidor público, inmediatamente le solicitarán que aclare el origen de dicho enriquecimiento y de no justificarse su procedencia, se integrará el expediente para el trámite respectivo en el ámbito administrativo, además de formularse denuncia ante el Ministerio Público; esto último se vincula con lo previsto en el artículo 224 del Titulo denominado Delitos por Hechos de Corrupción del Código Penal Federal, que prevé que existe enriquecimiento ilícito cuando el servidor público no pudiere acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos de los que se conduzca como dueño. 10

11 8. Declaración de Intereses Los artículos 46, 47 y 48 establecen que se encuentran obligados a presentar declaración de intereses todos los servidores públicos que deban presentar la declaración patrimonial y que las autoridades competentes en materia de situación patrimonial se encargarán de que las declaraciones de intereses sean integradas al Sistema de Evolución Patrimonial, de Declaración de Intereses y Constancia de Presentación de Declaración Fiscal, indicándose que habrá conflicto de interés en los casos a los que se refiere la fracción VI del artículo 3 de la propia Ley, la cual prevé que para efectos de esa ley se entenderá por conflicto de interés la posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los servidores públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios 11

12 9. Publicidad de las declaraciones patrimoniales y la protección de los datos personales que contienen La Ley General de Responsabilidades Administrativas en su artículo 29, prevé como regla general, que las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas, salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución; para tal efecto, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá los formatos respectivos, garantizando que los rubros que pudieran afectar los derechos aludidos queden en resguardo de las autoridades competentes. Con lo anterior, se establece la protección de los datos contenidos en las declaraciones patrimoniales en términos de la disposiciones tanto de la Ley General como de la Federal, ambas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas respectivamente esas 3 leyes en el DOF, el 4 de mayo del 2015, el 9 de mayo del 2016 y el 26 de enero del

13 10. Sumario La idea de rendición de cuentas contempla dos partes involucradas a los que rinden cuentas y aquellos que exigen cuentas. Con el SNAC podemos considerar la existencia de 3 nuevos paradigmas: a) Fortalecimiento y coordinación entre los diferentes participantes, por lo que se generan dos caras: Sistema Nacional y Sistemas Estatales. b) Hay 2 Leyes Generales que distribuyen competencias entre la Federación, Estados y municipios: Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley General del Sistema Nacional. c) Se pasa de la persecución de hechos de corrupción a redes de corrupción. 13

14 10. Sumario Sobre la posible oposición entre transparencia y protección de datos personales: La Declaración Patrimonial es jurídicamente una manifestación unilateral de la voluntad y como tal, susceptible de autocorrección, no obstante tiene consecuencias administrativas y penales. La no presentación de la Declaración se sanciona con inhabilitación o cesación del cargo. El enriquecimiento ilícito se tipifica cuando el servidor público no pudiere acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos de los que se conduzca como dueño. 14

15 11. Bibliografía Álvarez, C., (1992), La declaración de situación patrimonial Romero A. (2015), Visión Integral del Sistema Nacional de como mecanismo de control político-administrativo de los Combate a la Corrupción, México, PGR-INACIPE-Anáhuac. Servidores Públicos, tesis para obtener el título de Licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública, UNAM. Roque, E., (2014), Obligación de la Secretaria de la Función Pública para investigar a los servidores públicos de la Administración Pública Federal inhabilitados por la omisión de realizar la declaración de situación patrimonial de conclusión, tesis para obtener el título de Licenciado en Derecho, UNAM. Amador, R., (2004), La implicación de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos en el sistema de declaración de situación patrimonial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal / tesis para obtener el título de Licenciado en Derecho, UNAM. Cuellar, M., (2012), Propuesta para excluir de la obligación de presentar declaración de situación patrimonial a los prestadores de servicios profesionales / tesis para obtener el título de Licenciado en Derecho, UNAM. Salgado, L., (2002), Omisión y presentación extemporánea de la declaración de situación patrimonial de los Servidores Públicos como fuentes de responsabilidad administrativa, tesis para obtener el título de Licenciado en Derecho, UNAM. Schedler A Qué es la rendición de cuentas?, México, IFAI, 2004 (Cuadernos de Transparencia, 3). De la Puente, Z., (2013), Problemática en torno a la declaración de situación patrimonial en el ámbito municipal del Torres, A., (2003), La responsabilidad de los Servidores estado de Sonora, tesis para obtener el título de Licenciado en Públicos del Poder judicial de la Federación por la omisión en Derecho, UNAM. la presentación de la declaración patrimonial, tesis para obtener el título de Licenciado en Derecho, UNAM. Roa, E., (2003), Análisis jurídico de la incoación del procedimiento administrativo al servidor público que omita Villanueva, E., (2012), Función pública, declaración patrimonial presentar su declaración de situación patrimonial según la Ley y transparencia, México, Novum. Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos en relación con la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas, tesis para obtener el título de Licenciado en Derecho, UNAM. 15

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