ARGENTI NA 2000 (DEROG ADO EN 2013) PER U 2001 (e) EL SALVADO R 2016 (f) BRASI L 2010 (a) ARGENTINA COOPERAD ORES 2016 JURISDIC CION (*)

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1 PRESENTACIÓN UNIFICADA DE LISTAS RELACIONADAS CON GUARIDAS FISCALES PAÍSES ANALIZADOS CON LISTAS DE GUARIDAS ARGENTINA, BRAL, MÉXICO, ECUADOR, COLOMBIA, PERÚ Y EL SALVADOR. ULTIMA LISTA VIGENTE DE CADA PAÍS (EXCEPTO ARGENTINA CON LA DE GUARIDAS DEROGADA EN 2013 Y LA ÚLTIMA DE "COOPERADORES" VIGENTE) BRA L 2010 (a) PER U 2001 (e) EL SALVADO R 2016 (f) ARGENTI NA 2000 (DEROG ADO EN 2013) ARGENTINA COOPERAD ORES 2016 JURISDIC CION (*) MEXICO 2013 (b) ECUADOR 2015(c) COLOMBIA 2014(c) VEC ES Antigua y Barbuda 6 Commonwe alth de Dominica 6 Commonwe alth de las Bahamas 6 Estado de Bahrein 6 Estado Independien te de Samoa Occidental 6 Federación de San Cristóbal y Nevis 6 Granada 6

2 Islas Cook 6 Labuán 6 de las Islas Marshall 6 de Liberia 6 de Maldivas 6 de Nauru 6 de Seychelles 6 de Vanuatu 6 San Vicente y las Granadinas 6 Santa Lucía 6 Anguila 5 Aruba 5 Barbados 5 Belice 5 Bermudas 5 Brunei Darussalam 5 Gibraltar 5 Hong Kong 5

3 Isla Caimán 5 Isla de Man 5 Isla Qeshm 5 Islas de Guernesey, Jersey, Alderney, Isla Great Sark, Herm, Little Sark, Brechou, Jethou 5 Islas Turcas y Caicos 5 Islas Vírgenes Británicas 5 Islas Vírgenes de Estados Unidos de América 5 Macao 5 Montserrat 5 Principado de Andorra 5 Principado de Liechtenstei n 5

4 Principado de Mónaco 5 de Chipre 5 de Mauricio 5 de Panamá (**) 5 Santa Elena 5 Sultanía de Omán 5 Antillas Holandesas 4 Campione D Italia 4 Emiratos Árabes Unidos 4 Estado de Kuwait 4 Isla de Norfolk 4 Isla de San Pedro y Miguelón 4 Islas Salomón 4 Madeira 4 Niue 4 Pitcairn 4

5 Reino de Tonga 4 Samoa Americana 4 Serenísima de San Marino 4 Tristán de Cunha 4 3+GR IS Malta GRIS Archipiélago de Svalbard 3 Ascensión 3 Curazao 3 Estado de Qatar 3 Gran Ducado de Luxemburg o (**) 3 Islas Azores 3 Kiribati 3 Libano 3 Polinesia Francesa 3 Reino Hachemita de Jordania 3

6 de Albania 3 de Angola 3 de Cabo Verde 3 de Djibouti 3 de Guyana 3 de Trinidad y Tobago 3 del Yemen 3 San Maarten 3 Estado Libre Asociado de Puerto Rico 2 Groenlandia 2 Guam 2 Irlanda 2 Isla de Christmas 2 Islas de Cocos o Kelling 2

7 Patau 2 Reino de Swazilandia 2 de Costa Rica 2 de Túnez 2 Socialista Democrática de Sri Lanka 2 Singapur 2 Tokelau 2 Tuvalu 2 Zona Libre Ostrava 2 1+GR Suiza GRIS (**) IS 1+GR IS Islandia GRIS Bonaire, Saba y San Eustaquio 1 Bosnia Heerzegovin a 1 Botswana 1 Bulgaria 1

8 Dakota del sur (USA) 1 Delaware (USA) 1 Eslovenia 1 Estonia 1 Florida (USA) 1 Georgia 1 Hungría 1 Islas Canarias 1 Islas Malvinas 1 Islas Pacífico 1 Latvia 1 Lithuania 1 Macedonia 1 Moldavia 1 Montenegro 1 Myanmar (ex birmania) 1 Nevada (USA) 1 Nevis 1 Nigeria 1 Polonia 1

9 Reino de Arabia Saudita 1 Checa 1 de Honduras 1 de Kazajstan 1 de Turquia 1 del Paraguay 1 Oriental del Uruguay 1 Rumania 1 San Kitts 1 Serbia 1 Suazilandia 1 Taiwan 1 Trieste 1 Uzbekistan 1 Wyoming (USA) 1 Zona Especial Canaria 1

10 Austria GRIS GRIS Dinamarca GRIS GRIS Holanda GRIS GRIS USA GRIS GRIS España (*) 0 (*) Estados Federados de Micronesia (*) 0 (*) Islas Marianas del Norte (*) 0 (*) Tanger, Marruecos (*) 0 (*) TOTAL Fuente: Elaboración Juan Valerdi sobre la base de normativa de Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, El Salvador, México y Perú. Aclaración metodológica: Las jurisdicciones que no están presentes en los listados se encuentran con un "NO" en la columna correspondiente. El total al final de la columna incluye todos los paises que se hayan listado aunque por cuestiones de agrupamiento de algunas islas puede haber pequeñas diferencias. Para los detalles de inclusíon parcial o total de las personas físicas y jurídicas debe consultarse los cuadros correspondientes a cada país y las notas correspondientes. Consignarlos en el presente cuadro hubiera recargado demasiado el mismo. Los totales de cada columna de este cuadro pueden diferir de los de detalle de cada país debido a diferentes modos de agrupar islas

11 o denominaciones alternativas de una misma jurisidicción. En el caso de Brasil se incluye su "lista gris" consignando con "Gris" las jurisdicciones que allí estuvieren. (*) La totalidad de las jurisdicciones presentadas tiene o tuvo presencia en alguno de los listados de los 7 países analizados en el documento que presentan listas de guaridas fiscales (incluida Argentina con su derogada "lista negra") tanto en el ultimo vigente con sus modificaciones, como en la versión original del mismo así como en listados anterioes, por ello algunas jurisdicciones estan presentes en el listado a pesar de no tener ninguna columnas de "Lista negra"con un "". España está en "lista gris" de Brasil pero suspendida, Micronesia e Islas Marianas en "lista negra" previa de El Salvador y Tanger en "lista negra" de Argentina derogada en (**) Algunas jurisdicciones de El Salvador son incluidas con limitaciones, ver el cuadro de detalle de ese país para tener los datos correspondientes. En rigor es como si estuvieran en una "lista gris" por estas restricciones de inclusión, sin embargo por estar en el mismo listado no se considera como "lista gris". (a) Brasil: "Lista Negra" art. 1 IN 1037/2010 y modificatorias: Acto Declaratorio Ejecutivo 11/2010, IN 1474/2014 e IN 1658/2016) Vigencia: 7/6/2010 a la fecha de elaboración del presente documento (diciembre de 2016) + "Lista Gris" 2010 "Regímenes Fiscales Privilegiados" (art. 2 IN 1037/2010) Vigencia: 7/6/2010 a la fecha de elaboración del presente documento (diciembre de 2016). (b) México: "Lista Negra" de la nueva Ley de Impuesto a la Renta 2013, vigente, emitida el 11/12/2013, vigente desde el 1/1/2014 hasta el presente (c) Ecuador: "Lista Negra" de 2015, artículo 2 de la Resolucion NAC- DGERCGC del 28/1/2015. (Modificada por Resolución NAC- DGERCGC del 7/4/2016)

12 (d) Colombia: "Lista Negra" 2014 Artículo 1 del Decreto No del 7/10/2014, modificado por el Decreto 2095 del 21/10/2014. (e) Perú: "Lista Negra" de 2001, Decreto 45 del 16 de marzo del año La misma lista sin alteraciones ha permanecido vigente hasta la fecha. (f) El Salvador: "Lista Negra" publicada como Guía de Orientación N DG- 001/2016 del 28/9/2016, vigente para el año fiscal CUADRO 2 BRAL PRESENTACIÓN UNIFICADA DE LAS LISTAS "NEGRAS" Y DE LA LISTA "GRIS" JURISDICCIÓ N LN1999/200 0(1) LN2001 (2) LN200 2(3) LN2010 (4) Andorra Anguilla Antigua (a) (a) (a) (a) Antigua y Barbuda (a) (a) Antillas Holandesas (b) (b) GRIS201 0(5)

13 Aruba NO NO Austria (A) NO NO NO NO (A) Bahamas (c) (c) (c) Bahrein Barbados Barbuda (a) (a) (a) (a) Belize (d) Bermuda (e) (e) (e) Brunei NO NO NO Campione de Italia NO NO Chipre Comunidad de Bahamas (c) (c) (c) Curazao (b) (b) (b) (b) Dinamarca (B) NO NO NO NO (B) Djibouti Dominica (d) España (C) NO NO NO NO (C) Emiratos Arabes Unidos NO NO Federación de San Cristobal y Nevis (i) (i) (i) Gibraltar Granada Holanda (D) NO NO NO NO (D) Hong Kong NO NO

14 Hungria (E) NO NO NO NO (E) Irlanda (o) NO NO NO Isla de Man Isla Niue (j) (j) (j) Isla Norfolk NO NO NO Isla Pitcairn NO NO NO Isla Queshm NO NO NO Islandia (F) NO NO NO NO (F) Islas Ascension NO NO NO Islas Bermudas (e) (e) (e) Islas Cayman islas Cook Islas de Madeira Islas de San Pedro y Miguelon NO NO NO Islas de Santa Elena NO NO NO Islas del Canal (Alderney, Jersey, Guernsey y Sark) (f) Islas Marshall Islas Mauricio Islas Montserrat (k) (k) Islas Samoa (h) (d) (h) (h)

15 Islas Solomon NO NO NO Islas Turcas y Caicos Islas Vírgenes Americanas (d) Islas Vírgenes Británicas Kiribati NO NO NO Lebuan (l) Libano NO NO Liberia Liechtenstein Luxemburgo * (G) NO NO * NO (G) Macao NO NO Malta (H) NO (H) Maldivas NO NO Monaco (d) Montserrat (k) (k) (k) (k) Nauru (d) Nevis (i) (i) (i) (i) Nieui (j) (d) (j) (j) Panamá Polinesia Francesa NO NO NO de Costa Rica (g) Saint Kitts (i) (i) (i) (i)

16 Samoa Americana (h) (h) (h) Samoa Occidental (h) (h) (h) San Maarten (b) (b) (b) (b) San Marino (d) San Vicente y Granadinas (m) Santa Lucía (d) Seychelles Singapur NO NO St. Kitts y Nevis (i) (i) (i) (i) Suazilandia NO NO NO Suiza (n) (I) NO NO NO (n) (I) Sultanato de Omán NO NO Tonga Tristan da Cunha NO NO NO Uruguay (J) NO NO NO NO (J) USA (K) NO NO NO NO (K) Vanuatu TOTAL Fuente: Elaboración Juan Valerdi sobre la base de normativa del Gobierno de Brasil. Aclaración metodológica: Las jurisdicciones que no han estado presentes en los listados se encuentran con un "NO" en la columna correspondiente (Excepto la Lista Gris que tiene solo los correspondientes "" debido a sus pocos casos). Las que estuvieron en el listado y

17 posteriormente fueron eliminadas tienen un "" tachado junto a la nota aclaratoria de la eliminación. Las que estuvieron en alguna lista y no se presentan en la/s posterior/es tienen una nota aclaratoria en el nombre con una explicación para su exclusión o la mención de que no se ha conocido razón para la misma. El total al final de la columna incluye todos los paises que se hayan listado sin tener en cuenta su posterior eliminación o una inclusión tardía a dicho listado. * Luxemburgo: se consideraba incluido en la "Lista negra" de 2002 solo en lo referente a las sociedades holding regidas, en la legislacion de Luxemburgo, por la ley del 31 de julio de Luego pasó a lista gris en 2010 y finalmente se excluyó de la misma en Notas aclaratorias de encabezado de columnas (1) "Lista Negra" 1999/2000 "Países o dependencias que no tributan a la renta o que tributan a una alicuota inferior al 20%" (art. 1 Instrucción Normativa (IN) 164/99 y modificaciones de la IN 68/2000) Vigencia: 1/1/2000 a 2/4/2001 (2) "Lista Negra" 2001 "Países o dependencias que no tributan a la renta o que tributan a una alicuota inferior al 20%" (art. 1 IN 33/2001) Vigencia: 3/4/2001 a 8/8/2002 (3) "Lista Negra" 2002 "Países o dependencias que no tributan a la renta o que tributan a una alicuota inferior al 20% o aquellos cuya legislación interna mantenga secreto respecto a informaciones relativas a la composición societária de personas jurídicas o a su titularidad" (art. 1 IN 188/2002) Vigencia: 9/8/2002 a 6/6/2010 (4) "Lista negra" 2010 "Países o dependencias que no tributan a la renta o que tributan a una alicuota inferior al 20% o aquellos cuya legislación interna mantenga secreto respecto a informaciones relativas a la composición societária de personas jurídicas o a su titularidad" (art. 1 IN 1037/2010 y modificatorias: Acto Declaratorio Ejecutivo 11/2010, IN 1474/2014 e IN 1658/2016) Vigencia: 7/6/2010 a la fecha de elaboración del presente documento (diciembre de 2016) sin vencimiento previsto. (5) "Lista Gris" 2010 "Regímenes Fiscales Privilegiados" (art. 2 IN 1037/2010) Vigencia: 7/6/2010 a la fecha de elaboración del presente documento (diciembre de 2016) sin vencimiento previsto. (a) En la lista de 1999/2000 se presentaban como "Antigua" y "Barbuda" por separado, desde la lista de 2001 se presentan juntas como "Antigua y Barbuda". (b) Desde la lista de 1999/2000 se presentaban como "Antillas Holandesas", hasta septiembre de 2016 en que son reemplazadas por "Curazao" y "San Marteen" en el listado emitido en (c) En las listas de 1999/2000 y 2001 se llamaba "Bahamas" y desde la lista de 2002 se pasa a denominar "Comunidad de Bahamas" (d) No presente en lista de 1999/2000, agregada en junio del (e) En las listas de 1999/2000 y 2001 se llamaba "Bermuda" desde la lista de 2002 se denomina "Islas Bermudas" (f) "Sark" se incorpora entre las "Islas del Canal" desde el listado del año (g) En las listas de 1999/2000 y 2001 se presentaba como "Costa Rica" y desde la lista de 2002 se pasa a denominar " de Costa Rica"

18 (h) En los listados de 1999/2000 y 2001 se presentaba como "Islas Samoa" y a partir del listado de 2002 separadamente como "Samoa Occidental" y "Samoa Americana" (i) En el listado de 1999/2000 se presentaban por separado "Saint Kitts" y "Nevis", en los listados de 2001 se presentan juntas como "Saint Kitts y Nevis" pero esta ultima denominación se elimina en septiembre de 2016 ya que al parecer se superponía con "Federación de San Cristobal y Nevis" que se incorporó en (j) En los listados 1999/2000 y 2001 figuraba como "Nieui" y desde el listado del 2002 como "Isla Niue" (k) En el listado de 1999/2000 se presentaba como "Montserrat" y desde el listado de 2001 "Islas Montserrat" (l) En el listado de 1999/2000 figuraba como "Labuan" y desde el listado de 2001 "Lebuan" (m) En los listados de 1999/2000 y 2001 se presentaba como "Saint Vicent" y desde el listado de 2002 como "San Vicente y Granadinas" (n) Suiza se incorpora por primera vez en la lista negra de 2010, siendo suspendida a los 20 dias por norma del 24/6/2010. Es eliminada definitivamente de la lista negra por norma de junio de 2014 e incorporada a lista gris por la misma norma. (o) Irlanda se incorpora por primera vez en la lista negra por la modificacion al listado de 2010 hecha en septiembre de Notas aclaratorias relacionadas con la "Lista Gris" de 2010 y sus modificaciones. (A) Austria incorporada en la "lista gris" de 2010 mediante una modificación a la lista original realizada el 13/9/2016 por Instrucción Normativa RFB N 1658 (B) Dinamarca fue incorporada a la "lista gris" de 2010 al emitirse la misma el 7/6/2010 y en lo referente a sus "Holding Company", sin embargo, posteriormente, en junio de 2010 se aclaró que se aplicaba solo cuando "no ejerzan actividad económica sustantiva" (C) España fue incorporada a la "lista gris" de 2010 al emitirse la misma el 7/6/2010 y en lo referente a sus "Entidades de tenencia de valores extranjeros (E.T.V.E)", sin embargo, poteriormente fue suspendida de los efectos de la lista mediante al Acto Declaratorio Ejecutivo N 22 del 30 de noviembre de 2010 y aún se encuentra en dicho estado. (D) Holanda (Reino de los Paises Bajos) fue incorporada a la "lista gris" de 2010 al emitirse la misma el 7/6/2010 y en lo referente a sus "Holding Company", sin embargo, posteriormente, en junio de 2010 se aclaró que se aplicaba solo cuando "no ejerzan actividad económica sustantiva" (E) Hungria fue incorporada a la "lista gris" de 2010 al emitirse la misma el 7/6/2010 y en lo referente a sus "Offshore KFT", sin embargo, el 18/6/2014 fue excluída del listado por Intrucción Normativa RFB N (F) Islandia fue incorporada a la "lista gris" de 2010 al emitirse la misma el 7/6/2010 y en lo referente a sus "International Trading Company". (G) Luxemburgo fue incorporada a la "lista gris" de 2010 al emitirse la misma el 7/6/2010, sin embargo, dado que las sociedades de tipo "Holding Company exentas ley 1929" se extinguieron el 31/12/2010 y por ellas se encontraba incluido en la "Lista Gris", fue dado de baja del listado por medio del Acto Declaratorio Ejecutivo RFB 3 del 25 de marzo de (H) Malta fue incorporada a la "lista gris" de 2010 al emitirse la misma el 7/6/2010 y en lo referente a sus "International Holding Company (IHC)" e "international Trading Company (ITC)"

19 (I) Suiza fue incorporada a la "lista gris" de 2010 en una modificacion realizada a la original mediante Instrucción Normativa RFB 1474 del 18/6/2014. La inclusión corresponde a personas jurídicas constituidas bajo la forma de Holding Company, Domiciliary Company, Auxiliary Company, Mixed Company y Administrative Company cuyo tratamiento tributario resulte en incidencia del Impuesto sobre la Renta de Personas Jurídicas (IRPJ), de forma combinada, inferior a 20% (veinte por ciento), según la legislación Federal, Cantonal y Municipal, así como el régimen aplicable a otras formas legales de constitución de personas jurídicas, mediante rulings emitidos por autoridades tributarias, que resulte en incidencia de IRPJ, de forma combinada, inferior a 20% (veinte por ciento), según la legislación Federal, Cantonal y Municipal. (J) Uruguay fue incorporada a la "lista gris" de 2010 al emitirse la misma el 7/6/2010, sin embargo, dado que las sociedades de tipo "Safis" se extinguieron el 31/12/2010 y por ellas se encontraba incluido en la "Lista Gris", el 31/12/2010 fue dado de baja del listado tal cual estaba previsto en la redacción original de su inclusión. (K) USA fue incorporada a la "lista gris" de 2010 al emitirse la misma el 7/6/2010 y en lo referente a sus "LLC estaduales" cuya participación sea compuesta de no residentes no sujetos al impuesto a la renta federal. CUADRO 3 MÉXICO PRESENTACIÓN UNIFICADA DE LISTAS RELACIONADAS CON GUARIDAS FISCALES JBIF 1997 (1) ReFiPres2002 DDJJ2005 JURISDICCIÓN (2) (3) Anguila (a) Antigua y Barbuda Antillas Neerlandesas (b) Archipiélago de Svalbard NO Aruba Ascensión NO Barbados DDJJ2013 (4)

20 Belice Bermudas Brunei Darussalam (c) Campione D Italia Commonwealth de Dominica (d) Commonwealth de las Bahamas (e) Emiratos Árabes Unidos Estado de Bahrein (f) Estado de Kuwait Estado de Qatar (g) Estado Independiente de Samoa Occidental (h) Estado Libre Asociado de Puerto Rico (i) Gibraltar Gran Ducado de Luxemburgo (*) (*) NO NO Granada Groenlandia NO Guam Hong Kong Isla Caimán (j) Isla de Christmas NO Isla de Norfolk (k) Isla de San Pedro y Miguelón NO

21 Isla del Hombre(l) Isla Qeshm NO Islas Azores NO Islas Canarias NO Islas Cook Islas de Cocos o Kelling NO Islas de Guernesey, Jersey, Alderney, Isla Great Sark, Herm, Little Sark, Brechou, Jethou (m)(**) Islas Malvinas NO Islas Pacífico Islas Salomón NO Islas Turcas y Caicos Islas Vírgenes Británicas Islas Vírgenes de Estados Unidos de América Kiribati Labuán Macao NO Madeira Malta (n) Montserrat Nevis Niue Patau Pitcairn NO Polinesia Francesa

22 Principado de Andorra Principado de Liechtenstein Principado de Mónaco Reino de Swazilandia (o) Reino de Tonga (p) Reino Hachemita de Jordania NO de Albania de Angola NO de Cabo Verde de Costa Rica de Chipre de Djibouti de Guyana de Honduras de las Islas Marshall de Liberia de Maldivas (q) de Mauricio (r) de Nauru de Panamá de Seychelles de Trinidad y Tobago de Túnez NO de Vanuatu del Yemen NO

23 Oriental del Uruguay Socialista Democrática de Sri Lanka (s) Samoa Americana San Kitts San Vicente y las Granadinas Santa Elena NO Santa Lucía NO Sark (**) (**) (**) Serenísima de San Marino (t) Sultanía de Omán (u) Tokelau NO Trieste NO Tristán de Cunha NO Tuvalu Zona Especial Canaria Zona Libre Ostrava TOTAL Fuente: Elaboración Juan Valerdi sobre la base de normativa del Gobierno de México. Aclaración metodológica: Las jurisdicciones que no han estado presentes en los listados se encuentran con un "NO" en la columna correspondiente. Las que estuvieron en el listado y posteriormente fueron eliminadas tienen un "" tachado junto a la nota aclaratoria de la eliminación. Las que estuvieron en alguna lista y no se presentan en la/s posterior/es tienen una nota aclaratoria en el nombre con una

24 explicación para su exclusión o la mención de que no se ha conocido razón para la misma. El total al final de la columna incluye todos los paises que se hayan listado sin tener en cuenta su posterior eliminación o una inclusión tardía a dicho listado. (*) Luxemburgo figura en las lista JBIF1997 sin aclaraciones, en la lista de ReFiPres2002 en cambio se consigna en nota al pie: Para los efectos de lo dispuesto en la fracción anterior, el Gran Ducado de Luxemburgo será considerado como territorio con régimen fiscal preferente hasta en tanto entre en vigor el Convenio para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el capital entre dicho país y los Estados Unidos Mexicanos. Desde la lista de DDJJ de 2005 Luxemburgo no se incluyó ya que firmó Convenio de No Doble Tributación en febrero de (**) Sark en la lista de 1997 estaba expuesta sola, desde la lista de 2002, inclusive, en adelante se expone en conjunto con las otras "Islas del canal" Notas aclaratorias de encabezado de columnas (1) "Lista negra" de la Ley de Reforma del Impuesto a la Renta de 1980, del 29/12/1997, vigente desde el 1/1/1998 hasta 31/12/2001 (2) "Lista negra" de la nueva Ley de Impuesto a la Renta 2002, emitida el 1/1/2002, vigente desde el 1/1/2002 hasta 31/12/2004 (3) "Lista negra" de la Reforma a la Ley de Impuesto a la Renta del 2002, emitida el 1/12/2004, vigente desde el 1/1/2005 hasta el 31/12/2013 (4) "Lista negra" de la nueva Ley de Impuesto a la Renta 2013, vigente, emitida el 11/12/2013, vigente desde el 1/1/2014 hasta el presente Notas aclaratorias de los países del listado: (a) Cambio nombre, de "Isla Anguila" de la lista JBIF1997 a "Anguila" en las demás listas posteriores. (b) Cambio nombre, de "Antillas Holandesas" de la lista JBIF1997 a "Antillas Neerlandesas" en las demás listas posteriores. (c) Cambio nombre, de "Sultanato de Brunei" de la lista JBIF1997 a "Brunei Darussalam" en las demás listas posteriores. (d) Cambio nombre, de " de Dominica" de la lista JBIF1997 a "Commonwealth de Dominica" en las demás listas posteriores. (e) Cambio nombre, de "Las Bahamas" de la lista JBIF1997 a "Commonwealth de las Bahamas" en las demás listas posteriores. (f) Cambio nombre, de "Bahrein" de la lista JBIF1997 a "Estado de Bahrein" en las demás listas posteriores. (g) Cambio nombre, de "Qatar" de la lista JBIF1997 a "Estado de Qatar" en las demás listas posteriores. (h) Cambio nombre, de "Samoa del Oeste" de la lista JBIF1997 a "Estado Independiente de Samoa Occidental" en las demás listas posteriores. (i) Cambio nombre, de "Puerto Rico" de la lista JBIF1997 a "Estado Libre Asociado de Puerto Rico" en las demás listas posteriores. (j) Cambio nombre, de "Islas Caimanes" de la lista JBIF1997 a "Isla Caimán" en las demás listas posteriores. (k) Cambio nombre, de "Isla Norfolk" de la lista JBIF1997 a "Isla de Norfolk" en las demás listas posteriores. (l) "Isla del Hombre" es la normalmente denominada "Isla de Man"

25 (m) En el listado JBIF1997 se presentan solo como Islas de Guernsey y de Jersey (Islas del canal)" y "sark" por separado. Desde la lista ReFiPres2002 se deja de presentar "Sark" por separado y se la incluye en las "Islas del canal", las cuales se presentan, desde ReFiPres2002 hasta la de DDJJ2013 más detalladas. (n) Cambio nombre, de " de Malta" de la lista JBIF1997 a "Malta" en las demás listas posteriores. (o) Cambio nombre, de "Swazilandia" de la lista JBIF1997 a "Reino de Swazilandia" en las demás listas posteriores. (p) Cambio nombre, de "Tonga" de la lista JBIF1997 a "Reino de Tonga" en las demás listas posteriores. (q) Cambio nombre, de "Maldivas" de la lista JBIF1997 a " de Maldivas" en las demás listas posteriores. (r) Cambio nombre, de "Islas Mauricio" de la lista JBIF1997 a " de Mauricio" en las demás listas posteriores. (s) Cambio nombre, a "Sri lanka" de la lista JBIF1997 se le agregó " Socialista democrática de " (t) Cambio nombre, a " de San Marino" de la lista JBIF1997 se le agregó "Serenísima " (u) Cambio nombre, de "Sultanato de Omán" de la lista JBIF1997 a "Sultanía de oman" en las demás listas posteriores. CUADRO 4 ECUADOR PRESENTACIÓN UNIFICADA DE LISTAS NEGRAS DE 2008 Y 2015 JURISDICCIÓN LN2008(1) LN2015(2) ANGUILA (Territorio no autonomo del Reino Unido) ANTIGUA Y BARBUDA (Estado independiente) ANTILLAS HOLANDESAS (Territorio de Países Bajos) (a) (a) ARCHIPIELAGO DE SVALBARD ARUBA

26 BARBADOS (Estado independiente) BELICE (Estado independiente) BERMUDAS (Territorio no autónomo del Reino Unido) BONAIRE, SABA Y SAN EUSTAQUIO (a) BRUNEI DARUSSALAM (Estado independiente) CAMPIONE D'ITALIA (Comune di Campioned'Italia) COLONIA DE GIBRALTAR COMUNIDAD DE LAS BAHAMAS (Estado independiente) CURAZAO (a) ESTADO ASOCIADO DE GRANADA (Estado independiente) ESTADO DE BAHREIN (Estado independiente) ESTADO DE KUWAIT (Estado independiente) ESTADO DE QATAR (Estado independiente)(b) NO ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO (Estado asociado a los EEUU) EMIRATOS ARABES UNIDOS (Estado independiente) FEDERACION DE SAN CRISTOBAL (Islas Saint Kitts and Nevis: independientes)

27 GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO GROENLANDIA GUAM (Territorio no autónomo de los EEUU) HONG KONG (Territorio de China) (g) NO ISLA DE ASCENON ISLAS AZORES ISLAS CAIMAN (Territorio no autonomo del Reino Unido) ISLAS CHRISTMAS ISLAS DEL PACÍFICO (g) NO ISLA DE COCOS O KEELING ISLA DE COOK (Territorio autonomo asociado a Nueva Zelanda) ISLA DE MAN (Territorio del Reino Unido) ISLA DE NORFOLK ISLA DE SAN PEDRO Y MIGUELON ISLAS DEL CANAL (Guernesey, Jersey, Alderney, Isla de Great Stark, Herm, Little Sark, Brechou, Jethou, Lihou) ISLA QESHM ISLAS SALOMON ISLAS TURKAS E ISLAS CAICOS (Territorio no autonomo del Reino Unido)

28 ISLAS VIRGENES BRITANICAS (Territorio no autónomo del Reino Unido) ISLAS ViRGENES DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA KIRIBATI LABUAN MACAO MADEIRA (Territorio de Portugal) MANCOMUNIDAD DE DOMINICA (Estado asociado) (c) MONTSERRAT (Territorio no autónomo del Reino Unido) MYANMAR (ex Birmania) NIGERIA NIUE PALAU PITCAIRN POLINEA FRANCESA (Territorio de Ultramar de Francia) PRINCIPADO DE LIECHTENSTEIN (Estado independiente) PRINCIPADO DE MONACO PRINCIPADO DEL VALLE DE ANDORRA REINO DE SWAZILANDIA (Estado independiente) REINO DE TONGA (Estado

29 independiente) REMO HACHEMITA DE JORDANIA REPUBLICA COOPERATIVA DE GUYANA (Estado independiente) REPUBLICA DE ALBANIA REPUBLICA DE ANGOLA REPUBLICA DE CABO VERDE (Estado independiente) REPUBLICA DE CHIPRE REPUBLICA DE DJIBOUTI (Estado independiente) REPUBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL (Estado independiente) REPUBLICA DE LIBERIA (Estado independiente) REPUBLICA DE MALDIVAS (Estado independiente) REPUBLICA DE MALTA (Estado independiente) REPUBLICA DE MAURICIO REPUBLICA DE NAURU (Estado independiente) REPUBLICA DE PANAMA (Estado independiente) REPUBLICA DE SEYCHELLES (Estado independiente) REPUBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO REPUBLICA DE TÚNEZ

30 REPUBLICA DE VANUATU REPUBLICA DEL YEMEN REPUBLICA DEMOCRATICA SOCIALISTA DE SRI LANKA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (d) NO SAMOA AMERICANA (Territorio no autonomo de los EEUU) SAMOA OCCIDENTAL SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS (Estado independiente) SANTA ELENA SANTA LUCIA SAN MARTIN (a) (a) SERENIMA REPUBLICA DE SAN MARINO (Estado independiente) SULTANADO DE OMAN TOKELAU TRIESTE (Italia)(e) (e) TRISTAN DA CUNHA (SH Saint Helena) TUVALU ZONA ESPECIAL CANARIA (f) (f) NO ZONA LIBRE DE OSTRAVA TOTAL Fuente: Elaboración Juan Valerdi sobre la base de normativa del Gobierno de Ecuador.

31 Aclaración metodológica: Las jurisdicciones que no han estado presentes en los listados se encuentran con un "NO" en la columna correspondiente. Las que estuvieron en el listado y posteriormente fueron eliminadas tienen un "" tachado junto a la nota aclaratoria de la eliminación. Las que estuvieron en alguna lista y no se presentan en la/s posterior/es tienen una nota aclaratoria en el nombre con una explicación para su exclusión o la mención de que no se ha conocido razón para la misma. El total al final de la columna incluye todos los paises que se hayan listado sin tener en cuenta su posterior eliminación o una inclusión tardía a dicho listado. Notas aclaratorias de contenido de columnas (1) Lista Negra de Ecuador de 2008: artículo 2 de la Resolucion No. NAC-DGER del 29/2/2008. "Para todos los efectos previstos en la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, se consideran como paraísos fiscales y como regímenes fiscales preferentes, incluidos, en su caso, dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados, aquellos que se detallan a continuación:" (Modificada por Resolución NAC- DGERCGC , del 30/10/2009 y Resolución NAC-DGERCGC A, del 26/5/2011) (2) Lista Negra de Ecuador de 2015: artículo 2 de la Resolucion NAC-DGERCGC del 28/1/2015. "Paraisos fiscales.-se consideran como paraisos fiscales, incluidos, en su caso, dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados, aquellos que se detalla a continuación:" (Modificada por Resolución NAC-DGERCGC del 7/4/2016) Notas aclaratorias de los países del listado: (a) Cambio de nombre en 2015 lo que se presentaba como Antillas Holandesas en 2008 en el 2015 se divide en tres: curazao, san martín y tres islas agrupadas: Bonaire; Saba y San Eustaquio (b) Qatar, presente en el listado del año 2008, deja de estar en el listado de Paraísos Fiscales de Ecuador ya que en el año 2016 firmo acuerdos de cooperación económica, inversiones y un Convenio de No Doble Tributación (CNDT). (c) Cambio de nombre, lo que era "El commonwealth de Dominica (estado asociado)" en la lista de 2008 ahora en la lista de 2015 es "Mancomunidad de Dominica (estado asociado)" (d) Uruguay es eliminado del listado del 2008 en el 2009 por resolucion NAC-DGERCGC y no se presenta en el listado de 2015 (e) Trieste (Italia) Es eliminado de la lista de 2015 en abril de 2016 por Resolución NAC-DGERCGC (f) La Zona Especial Canaria (ZEC) es eliminado del listado del 2008 en el 2011 por resolucion NAC-DGERCGC y no apareció en el listado de (g) No se conocen las razones de la que Hong Kong (China) e Islas del Pacífico hayan estado presentes en el listado de 2008 y ausentes en el de 2015.

32 CUADRO 5 COLOMBIA PRESENTACIÓN UNIFICADA DE LISTAS NEGRAS DE 2013 Y 2014 Y LISTA GRIS DE 2013 JURISDICCIÓN LG2013(1) LN2013(2) LN2014(3) ANGUILA (a) NO ANTIGUA Y BARBUDA ARCHIPIELAGO DE SVALBARD BAILAZGO DE NO

33 JERSEY (a) BARBADOS NO (b) BERMUDA (c) NO NO COLECTIVIDAD TERRITORIAL DE SAN PEDRO Y MIGUELON EMIRATOS ARABES UNIDOS NO (b) ESTADO DE BRUNEI DARUSALAM ESTADO DE KUWAIT NO ESTADO DE QATAR NO ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA OCCIDENTAL GUERNESEY (c) NO NO GRANADA HONG KONG ISLA DE MAN (a) NO ISLA QUESHM ISLAS CAIMAN (a) NO ISLAS COOK ISLAS PITCAIRN, HENDERSON, DUCIE Y OENO ISLAS SALOMON

34 ISLAS VIRGENES BRITANICAS (a) NO LABUAN MACAO MANCOMUNIDAD DE DOMINICA MANCOMUNIDAD DE LAS BAHAMAS PRINCIPADO DE ANDORRA (a) NO PRINCIPADO DE LIECHTENSTEIN (a) NO PRINCIPADO DE MONACO (d) REINO DE BAHREIN REINO HACHEMI DE JORDANIA REPUBLICA COOPERATIVA DE GUYANA REPUBLICA DE ANGOLA REPUBLICA DE CABO VERDE REPUBLICA DE CHIPRE (a) NO REPUBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL REPUBLICA DE LIBERIA

35 REPUBLICA DE MALDIVAS REPUBLICA DE MAURICIO REPUBLICA DE NAURU REPUBLICA DE PANAMA NO (e) REPUBLICA DE SEYCHELLES REPUBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO REPUBLICA DE VANUATU REPUBLICA DEL YEMEN REPUBLICA LIBANESA SAN KITTS & NEVIS SAN VICENTE Y LAS GRANDINAS SANTA ELENA, ASCENON Y TRISTAN DE CUNHA SANTA LUCIA SULTANIA DE OMAN TOTAL Fuente: Elaboración Juan Valerdi sobre la base de normativa

36 del Gobierno de Colombia. Aclaración metodológica: Las jurisdicciones que no han estado presentes en los listados se encuentran con un "NO" en la columna correspondiente (Excepto la Lista Gris que tiene solo los correspondientes "" debido a sus pocos casos). Las que estuvieron en el listado y posteriormente fueron eliminadas tienen un "" tachado junto a la nota aclaratoria de la eliminación. Las que estuvieron en alguna lista y no se presentan en la/s posterior/es tienen una nota aclaratoria en el nombre con una explicación para su exclusión o la mención de que no se ha conocido razón para la misma. El total al final de la columna incluye todos los paises que se hayan listado sin tener en cuenta su posterior eliminación o una inclusión tardía a dicho listado. Notas aclaratorias de encabezado de columnas (1) "Lista Gris" 2013 Artículo 2 del Decreto No del 7/102013: "Transitorio. Debido a que a la fecha de expedición de este Decreto, el Gobierno Nacional se encuentra adelantando los trámites tendientes a suscribir tratados o acuerdos que le permitan intercambiar efectivamente información tributaria con las jurisdicciones que se enuncian en este artículo, se excluye transitoriamente de la lista de paraísos fiscales a las siguientes jurisdicciones:" (2) "Lista Negra" 2013 Artículo 1 del Decreto No del 7/10/2013: "De conformidad con los criterios señalados en el artículo del Estatuto Tributario, a continuación se determinan los países, jurisdicciones, dominios, estados asociados o territorios que se consideran paraísos fiscales:" (3) "Lista Negra" 2014 Artículo 1 del Decreto No del 7/10/2014, modificado por el Decreto 2095 del 21/10/2014: "De conformidad con los criterios señalados en el artículo del Estatuto Tributario, a continuación se determinan los países, jurisdicciones, dominios, estados asociados o territorios que se consideran paraísos fiscales:" Notas aclaratorias de los países del listado: (a) Países presentes en la "Lista Negra" de 2014 y que no estuvieron presentes en la "Lista Negra" 2014 por firma de acuerdo. (b) Países presentes en la "Lista Negra" 2014 en su versión inicial, que habían estado en la "Lista Gris" de 2013, y que fueron eliminados a las dos semanas de emisión de la lista Negra 2014 por firma de acuerdo. (c) Países presentes en la "Lista Gris" de 2013 y que no estuvieron presentes en la lista Negra 2014 por firma de acuerdo. (d) Mónaco firmó el 13 de octubre de 2014 su adhesión al Convenio multilateral de asistencia mutua en materia tributaria de la OCDE y habiendo adherido Colombia a dicho convenio en mayo de 2012, la adhesión de Mónaco al permitir, a criterio de la DIAN y según lo plasmado en el Convenio, el intercambio de información tributaria entre ambos participantes y por ende es causa suficiente para eliminarlo de la lista negra de 2014 en que estaba presente.

37 (e) Panamá estaba en la versión original de la "Lista Negra" de 2014 y en la "Lista Gris" de Fue eliminado a las dos semanas de emisión de la lista Negra 2014 por una supuesta negociación de firma de acuerdo que aun no firmó a la fecha de elaboración de este documento. (dic. 2016) CUADRO 6 PERÚ LISTA DE PAÍSES O TERRITORIOS CONDERADOS DE BAJA O NULA IMPOCIÓN Alderney Andorra JURISDICCIÓN PERÚ 2001 UNICA (1)

38 Anguila Antigua y Barbuda Antillas Neerlandesas Aruba Bahamas Bahrain Barbados Belice Bermuda Chipre Dominica Guernsey Gibraltar Granada Hong Kong Isla de Man Islas Caimán Islas Cook Islas Marshall Islas Turcas y Caícos Islas Vírgenes Británicas

39 Islas Vírgenes de Estados Unidos de América Jersey Labuán Liberia Liechtenstein Luxemburgo Madeira Maldivas Mónaco Monserrat Nauru Niue Panamá Samoa Occidental San Cristóbal y Nevis San Vicente y las Granadinas Santa Lucía Seychelles Tonga Vanuatu TOTAL 43

40 Fuente: Normativa del Gobierno de Perú. (1) Las Jurisdicciones de Baja y Nula imposición y cuestiones vinculadas son incorporadas en la normativa peruana por medio del Decreto 45 del 16 de marzo del año La misma lista sin alteraciones ha permanecido vigente hasta la fecha de elaboración del presente documento (diciembre de 2016) CUADRO 7 EL SALVADOR PRESENTACIÓN UNIFICADA DE JURISDICCIONES CATALOGADAS COMO BAJA O NULA TRIBUTACIÓN O POR OCDE Cada listado figura encabezado por su año de emisión y tiene vigencia para el año fiscal posterior a su emisión. JURISDICCIÓN GUIA 2010 GUIA 2011 GUIA 2012 GUIA 2013 (4) GUIA 2014 (5) GUIA 2015 (6) GUIA 2016 (7)

41 (1) (2) (3) Albania BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Andorra OCDE NULA NULA BAJA BAJA BAJA BAJA Anguila OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA Antigua y Barbuda NO NO NULA NULA NULA NULA NULA Aruba NO NO NULA NULA NULA NULA NULA Bahamas OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA Bahrein NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Barbados NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Belice OCDE NO NO NO NO NULA NULA Bermudas NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Bosnia Heerzegovina NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Botswana NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Brunei NO NO NULA NULA NULA NULA NULA Bulgaria NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Campione D Italia, Italia NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Chipre BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Curacao NO NO NULA NULA NULA NULA NULA Dakota del Sur (USA) NO NO NO NO NO NO NULA Delaware (USA) BAJA BAJA BAJA BAJA NULA NULA NULA Dominica OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA Amiratos Arabes Unidos NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Eslovenia NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Estados Federados de Micronesia (a) BAJA BAJA BAJA BAJA NO NO NO

42 Estonia NO NO NO NO NO NO BAJA Florida (USA) NO NO BAJA BAJA NULA NULA NULA Georgia NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Gibraltar NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Granada OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA Guernsey NO NO NULA NULA NULA NULA NULA Hong Kong BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Hungria NO NO NO NO NO NO BAJA Irlanda NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Isla de Man NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Isla Norfolk NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Islandia NO NO NO NO NO NO BAJA Islas Azores, Portugal NULA NULA NULA NULA BAJA BAJA BAJA Islas Caiman NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Islas Cook OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA Islas de Santa Elena y Tristan da Cunha (b) NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Islas Maldivas (c) NULA NULA NO NO NO NO NO Islas Marianas del Norte (d) BAJA BAJA BAJA BAJA NO NO NO Islas Marshall OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA Islas Vírgenes Britanicas NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Islas Vírgenes de los Estados Unidos NO NO NULA NULA NULA NULA NULA Jersey NO NO NULA NULA NULA NULA NULA Kuwait BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Labuan, Malasia BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA

43 Latvia NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Libano BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Liberia OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA Liechtenstein BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Lithuania NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA NULA Luxemburgo(**)(A) NO NO (**) NULA(A) NULA(A) NULA(A) NULA(A) Macao BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Macedonia NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Maldivas NO NO NULA NULA BAJA BAJA BAJA Malta NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Mauricio (e) BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Moldavia NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Monaco NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Montenegro NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Montserrat OCDE OCDE NULA NULA NULA NULA NULA Nauru OCDE OCDE OCDE OCDE OCDE OCDE NULA Nevada (USA) NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Niue (f) OCDE OCDE OCDE OCDE OCDE OCDE NO Oman NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Panamá (A)(B) NO NO NO NULA(A) NULA(B) NULA(B) NULA(B) Polonia NO NO NO NO NO NO BAJA Qatar NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Qeshm, Iran (g) NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Reino de Arabia Saudita NO NO NO NO NO NO BAJA Checa BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA

44 de Kazajstan NO NO NO NO NO NO BAJA de Turquia NO NO NO NO NO NO BAJA del Paraguay NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Oriental del Uruguay (h) BAJA BAJA NO NO NO NO NO Rumania NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Samoa NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA San Cristóbal y Nieves OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA San Marino NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA San Marteen NO NO NULA NULA NULA NULA NULA San Vicente y las Granadinas OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA Santa Lucia OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA Serbia OCDE NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Seychelles NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Singapur BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA BAJA Suiza (*) BAJA BAJA (*) BAJA (*) BAJA (*) BAJA (*) BAJA (*) Taiwan NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Tanger, Marruecos (i) BAJA BAJA NO NO NO NO NO Turks & Caicos NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA Uzbekistan NO NO NO BAJA BAJA BAJA BAJA Vanuatu OCDE NULA NULA NULA NULA NULA NULA Wyoming (USA) NULA NULA NULA NULA NULA NULA NULA SUBTOTAL NULA (A) 38 (B) 39(B) 41(B) SUBTOTAL BAJA SUBTOTAL OCDE

45 TOTAL (alguna vez listado 93) Fuente: Elaboración Juan Valerdi sobre la base de normativa del Gobierno de El Salvador. Aclaración metodológica: Las jurisdicciones que no han estado presentes en los listados se encuentran con un "NO" en la columna correspondiente. Las que estuvieron en el listado de Nula Tributación, de baja Tributacion y de OCDE figuran con "NULA", "BAJA" u "OCDE" respectivamente. Las que estuvieron en alguna lista y no se presentan en la/s posterior/es tienen una nota aclaratoria en el nombre con una explicación para su exclusión o la mención de que no se ha conocido razón para la misma. El total al final de la columna incluye todos los paises que se hayan listado sin tener en cuenta su posterior eliminación o una inclusión tardía a dicho listado. Notas aclaratorias de encabezado de columnas (1) Primera Guía de Guaridas Fiscales de El Salvador, publicada como Guía de Orientación N DG-002/2010 por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el 24 de febrero de 2010 y modificada por cuestiones menores de errores de redacción el 26 de marzo de La Primera Guía correspondía aplicarse en el año fiscal (2) Segunda Guía de Guaridas Fiscales de El Salvador, publicada como Guía de Orientación N DG-001/2011 por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el 29 de septiembre de 2011, aplicable para el período fiscal (3) Tercera Guía de Guaridas Fiscales de El Salvador, publicada como Guía de Orientación N DG-003/2012 por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el 21 de septiembre de 2012, aplicable para el período fiscal (4) Cuarta Guía de Guaridas Fiscales de El Salvador, publicada como Guía de Orientación N DG-001/2013 por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el 25 de septiembre de 2013, aplicable para el período fiscal (5) Quinta Guía de Guaridas Fiscales de El Salvador, publicada como Guía de Orientación N DG-002/2014 por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el 22 de septiembre de 2014, aplicable para el período fiscal (6) Sexta Guía de Guaridas Fiscales de El Salvador, publicada como Guía de Orientación N DG-001/2015 por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el 16 de septiembre de 2015, aplicable para el período fiscal (7) Ultima Guía de Guaridas Fiscales de El Salvador emitida hasta el momento de confeccionar el presente documento, publicada como Guía de Orientación N DG-001/2016 por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el 28 de septiembre de 2016, vigente para el año fiscal Notas relacionadas con baja tributación (*) Suiza figuró en 2010 y 2011 con su nombre y sin aclaraciones o limitaciones. Desde 2012 en adelante figura con asterisco y la siguiente aclaración/limitación: "El canton de Ginebra no es considerado como territorio de baja tributación, excepto en el caso que el sujeto domiciliado, constituido o ubicado en dicho territorio, se encuentre operando bajo bajo alguno de los siguientes regímenes fiscales: a) companias holdings, b)

46 sociedad principal, c) empresas auxiliares o mixtas, d)empresas de servicios, e)sucursales de finanzas o poder financiero, f) empresas a las cuales el canton de ginebra les hubiera otorgado exenciones del impuesto sobre la renta en sus diferentes denominaciones." Se entenderá por: a) Compañía Holding: aquella que obtiene al menos 2/3 de sus ingresos provenientes de dividendos remitidos por la filial, o tiene por lo menos 2/3 de sus activos en acciones de otras sociedades, o la proporción que estblezca la legislación. b) Sociedad Principal: régimen fiscal aplicable a empresas con sede en Suiza, que suelen producir en el extranjero a través de los fabricantes por contrato y vender en el extranjero por los agentes locales. c) Empresas auxiliares o Mixtas: Empresa auxiliar, se aplica a las empresas con sede en Ginebra que realizan su actividad comercial fuera de Suiza. Empresa Mixta, son empresas con domicilio en Suiza y tienen las características de controlada y de sociedad holding. d) Empresas de servicios: empresas cuya única actividad es la la prestación de asistencia técnica, gestión, marketing, publicidad, asistencia administrativa, y financiera a las empresas extranjeras que forman parte de un grupo del que la empresa de servicios es miembro. e) sucursales de finanzas o poder financiero: esta estructura suele consistir en un holding europeo con una sucursal registrada en Ginebra, que utiliza los fondos obtenidos en la oficina central para financiar las filiales del Grupo." Notas relacionadas con nula tributación (**) En 2012 Luxemburgo figura con su nombre en la lista de nula tributación y la siguiente aclaración de nota al pie: "Luxemburgo es considerado territorio de nula tributación, solo en el caso en que el sujeto domiciliado, constituído o ubicado en dicho territorio, se encuentre operando bajo el régimen de Sociedad gestora de Patrimonio familiar (SPF). La SPF no está sujeta al impuesto a la renta a las empresas, del impuesto municipal y el patrimonio neto de impuestos. Su actividad esta estrictamente limitada a a adquisición, y realización de los activos financieros, tales como: acciones, obligaciones, acciones de empresas cotizadas o empresas privadas, los fondos de titularizacion, entre otros." (A) Luxemburgo y Panamá no figuran en el listado de países de nula tributación de El Salvador en el 2013 pero al pie del listado se aclara lo siguiente en una nota (en estos casos no se contabilizan estos paises en los totales por columna): "Tambien se encuentran comprendidas dentro de este apartado y por lo tanto se les aplica lo establecido en la presente guía: Las sociedades que se encuentre operando en Luxemburgo bajo el Régimen de Sociedad gestora de Patrimonio Familiar (SPF) Las sociedades que se encuentren operando en Panamá bajo el régimen de Sede de Empresas Multinacionales (SEM) según Ley 41 de de 2007 o aquella que la sustituya" (B) En el 2014 la nota aclaratoria al pie es similar a la nota (A) del 2013 pero se agregan a Panamá, además de las SEM de la nota (A) otras empresas, sociedades o fideicomisos que operan bajo los siguientes regímenes (en estos casos no se contabilizan estos paises en los totales por columna): Los Fideicomisos que según artículo 35 de la Ley 1 de 1984, gozan de exención del Impuesto Sobre la Renta en dicho país. Las Empresas con las que se celebren Contratos de Arrendamiento Financiero Internacional, a los que se hace referencia en el artículo 30 literal a) de la Ley 7 de 1990, o aquella que la sustituya.

47 Notas relacionadas con nombres de Jurisdicciones y salidas de lista: (a) Cambio de nombre, en 2010 y 2011 figuraba como "Micronesia" y en 2012 y 2013 "Federación de Micronesia". De 2014 en adelante no figura en los listados sin razon explícita. (b) Cambio de nombre, en 2010 y 2011 figuraba como "Santa Elena y Tristan da Cunha", desde 2012 se agrega "Islas de " (c) Islas Maldivas, figuró en listados en 2010 y De 2012 en adelante no figura en los listados sin razon explícita. (d) Cambio de nombre, en 2010 y 2011 figuraba como "Islas Marianas" y en 2012 y 2013 "Islas marianas del Norte". De 2014 en adelante no figura en los listados sin razon explícita. (e) Cambio de nombre, en 2010 y 2011 figuraba como "Islas Mauricio" y en 2012 y 2013 "Mauricio". De 2014 en adelante no figura en los listados sin razon explícita. (f) Niue, figuró en la lista de OCDE de 2011 a En 2016 no hay lista de OCDE y El Salvador no lo incorpora en ninguna lista. (g) Cambio de nombre, en 2010 y 2011 figuraba como "Herm Qeshm" y de 2012 en adelante como "Qeshm, Iran". (h) Uruguay, figuró en listados en 2010 y De 2012 en adelante no figura en los listados sin razon explícita. (i) Tanger, Marruecos, figuró en listados en 2010 y De 2012 en adelante no figura en los listados sin razon explícita.

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