INSTRUMENTO NÚMERO ////////////////////////////////. ---ASP/lmrc LIBRO//////////////.- FOLIO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "INSTRUMENTO NÚMERO ////////////////////////////////. ---ASP/lmrc LIBRO//////////////.- FOLIO"

Transcripción

1 INSTRUMENTO NÚMERO ////////////////////////////////. ---ASP/lmrc LIBRO//////////////.- FOLIO //////////////////////. --- EN MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, el día ///// de ////// del año dos mil ///, Yo, el Notario //////, Licenciado ///////////////////////////////////, Asociado con el Notario///////////////////////, Licenciado /////////, HAGO CONSTAR en su Protocolo:---La CONSTITUCIÓN de la SOCIEDAD CIVIL que operará bajo la razón social ///////////////////////////////////////////, acto que otorgan los señores //////////////////////////////////////////////, a cuyo efecto me exhiben el permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores el cual agrego al APÉNDICE de esta escritura con la letra "A", que dice textualmente: Al margen izquierdo.- DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.- DIRECCIÓN DE PERMISOS ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL.- SUBDIRECCIÓN DE SOCIEDADES. Al margen derecho.- SELLO.- ESCUDO NACIONAL.- ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- SRE.- SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES.- Al margen izquierdo.- Permiso.- /////////////////.- Expediente.- ///////////////.- Folio //////////////////.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 28, fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 15 de la Ley de Inversión Extranjera y 13, 14 y 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, y en atención a la solicitud presentada por el (la) Sr(a) ///////////////////////////////////////////////////////////////////, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores en vigor, y SEXTO incisos a) fracción VI y d) fracción I del ACUERDO publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008, por el que se reforman los artículos sexto y séptimo; y se adicionan los artículos primero bis y décimo primero bis, del Acuerdo por el que se delegan facultades en los servidores públicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores que se indican, publicado el 28 de abril de 2005, se concede el permiso para constituir una SC bajo la siguiente denominación: ////////////////////////////////////////.- Este permiso, quedará condicionado a que en los estatutos de la sociedad que se constituya, se inserte la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la fracción I del Artículo 27 Constitucional, de conformidad con lo que establecen los artículos 15 de la Ley de Inversión Extranjera y 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Cabe señalar que el presente permiso se otorga sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Propiedad Industrial.- Este permiso quedará sin efectos si dentro de los noventa días hábiles siguientes a la fecha de otorgamiento del mismo, los interesados no acuden a otorgar ante fedatario público el instrumento correspondiente a la Constitución de que se trata, de conformidad con lo establecido por el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.- Asimismo, el interesado deberá dar aviso del uso de la denominación que se autoriza mediante el presente permiso a la Secretaría de Relaciones

2 Exteriores dentro de los seis meses siguientes a la expedición del mismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.- México, DF. a 25 de noviembre de EL SUBDIRECTOR.- LIC. DAVID LOPEZ RODRIGUEZ.- FIRMA.- SELLO.- ESCUDO NACIONAL.- ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- SRE.- 26 NOV Dirección General de Asuntos Jurídicos C L A U S U L A Los señores ///////////////////////////////////// constituyen la SOCIEDAD CIVIL que se regirá por los siguientes: E S T A T U T O S RAZÓN SOCIAL, DOMICILIO, DURACIÓN, OBJETO ARTICULO PRIMERO La razón social de la Sociedad es //////////////////////////////////////////////, e irá seguida de las palabras SOCIEDAD CIVIL, o de su abreviatura "S.C." ARTICULO SEGUNDO El domicilio de la Sociedad es en la Ciudad de MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales en cualquier parte de la República Mexicana o del Extranjero ARTICULO TERCERO La duración de la Sociedad es de NOVENTA Y NUEVE AÑOS, contados a partir de la fecha de la escritura constitutiva de la Sociedad ARTICULO CUARTO CONSTITUYE su objeto social: a).- La prestación de servicios profesionales jurídicos, de representación, consultivos y de asesoría legal en todas las ramas del derecho a personas físicas y morales, entidades y dependencias gubernamentales, por cuenta propia o de terceros, en México o en el extranjero b).- La prestación y contratación de servicios profesionales técnicos, consultivos, de asesoría e investigaciones de campo en las diferentes ramas del Derecho en general, pero sin que esto constituya una limitación c).- Prestar y recibir toda clase de servicios y asesorías de cualquier carácter, tales como legales, contables, administrativos y financieros d).- La prestación de servicios para la representación, gestión y trámite por cuenta de terceros de toda clase de asuntos jurídicos, contables, administrativos y financieros e).- Contratar al personal necesario para la consecución de los fines sociales f).- Establecer agencias, corresponsalías, representaciones y sucursales en cualquier otro lugar del país o del extranjero, señalar domicilios especiales y renunciar al fuero de su domicilio

3 g).- Realizar todas las operaciones permitidas por la ley con títulos de crédito sin que constituya una especulación comercial h).- Otorgar toda clase de garantías y avales, de obligaciones o títulos de crédito y recibir garantías sin que constituya una especulación comercial i).- Adquirir en propiedad o en arrendamiento toda clase de bienes muebles o inmuebles, así como derechos reales o personales sobre ellos, así como los enseres, maquinaria o materiales convenientes para el desarrollo de su objeto social j).- Contratar o subcontratar servicios profesionales y ser mandante o mandatario para el logro de sus fines k).- Promover, adquirir, enajenar, administrar por cuenta propia o de terceros, dar o tomar en arrendamiento, poseer, permutar, gravar y dar en garantía la propiedad o posesión de toda clase de bienes, así como de derechos reales y personales necesarios para el desarrollo de su objeto social l).- En general, celebrar y realizar todos los contratos y operaciones conexos y accesorios que sean necesarios o convenientes para la realización de los objetos anteriores ARTICULO QUINTO La Sociedad no admitirá directa ni indirectamente como socios a inversionistas extranjeros y sociedades sin cláusula de exclusión de extranjeros, ni tampoco reconocerá en absoluto derechos de socios a los mismos inversionistas y sociedades C A P I T A L ARTICULO SEXTO El Capital Social es de UN MIL PESOS, que estará representado por partes sociales, las que conferirán iguales derechos y obligaciones en proporción a su valor. La Sociedad llevará el Libro de Registro de Socios que contendrá el nombre, nacionalidad y domicilio de los Socios, así como la indicación de sus aportaciones. La Sociedad sólo considerará como socio a quien aparezca inscrito como tal, en ese Libro ARTICULO SÉPTIMO Los socios podrán aportar capital adicional, o bien podrán retirar sus aportaciones en todo o en parte, únicamente por acuerdo de la Asamblea de Socios ARTÍCULO OCTAVO Habrá dos clases de socios: Propietarios que son aquellos que efectúan alguna aportación al Capital Social de la Sociedad, y Ordinarios o Colaboradores que son aquellos que no efectúan tal aportación. Para ser socio propietario, se requiere ser titular de una parte social. Los socios ordinarios o colaboradores no adquirirán derecho alguno en el patrimonio social, y tendrán voz pero no voto en las Asambleas ARTICULO NOVENO Para el caso de cesión de partes sociales, los socios propietarios gozarán del derecho del tanto. Si varios socios propietarios quisieran hacer uso de tal derecho, les competerá éste 3

4 en la proporción que representen en el Capital Social. El término para hacer uso del derecho del tanto será de ocho días, contados desde la fecha en que reciban el aviso del que pretende enajenar ARTICULO DÉCIMO Los socios que no sean administradores sólo estarán obligados por el monto de sus aportaciones. Las obligaciones sociales estarán garantizadas subsidiariamente por la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios que administren ARTICULO DÉCIMO PRIMERO Los socios propietarios tienen derecho a examinar en cualquier tiempo el estado de los negocios sociales y de exigir para este fin la presentación de libros, documentos y papeles DE LAS ASAMBLEAS ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO El poder supremo de la Sociedad reside en la Asamblea de Socios. La Asamblea se reunirá cuando sea convocada por el Presidente del Consejo Directivo o por el Secretario del propio Consejo o en su caso por el Socio Administrador, ó en su defecto por dos de los socios propietarios y se reunirá por lo menos una vez al año ARTICULO DECIMO TERCERO Las asambleas serán presididas por el Presidente del Consejo Directivo o por el Socio Administrador, en su caso, y en su ausencia, por el socio que elija la Asamblea Actuará como Secretario el del propio Consejo, o en su defecto o ausencia, el socio que al efecto elija la Asamblea. El Presidente designará un escrutador que hará el recuento del capital representado en ella, teniendo a la vista el Libro de Registro de Socios a que se refiere el artículo Sexto de estos Estatutos. Si existe el quórum requerido, se desahogará el Orden del Día y concluida la Asamblea se asentará el Acta en el Libro que al efecto lleve la sociedad, y deberán firmar al calce el presidente y el secretario de la Asamblea y todos los socios que hubieren concurrido y desearen hacerlo ARTICULO DECIMO CUARTO Se requerirá el consentimiento previo y unánime de los Socios propietarios, reunidos en Asamblea para: a).- Modificar los estatutos sociales; b).- Disolver la Sociedad; y c).- Revocar el nombramiento de Administrador o el del Consejo Directivo hecho en la escritura constitutiva. Para cualquier otro caso, será necesario el acuerdo de la Asamblea en que esté presente o representado cuando menos el cincuenta y uno por ciento del capital social, y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por mayoría de votos, los cuales se computarán siempre en proporción al Capital Social aportado por los socios. Las asambleas se integrarán sólo con los socios propietarios, quienes tendrán voz y voto en ellas; los socios ordinarios podrán concurrir a las asambleas en las que sólo tendrán voz. 4

5 DE LA ADMINISTRACIÓN ARTICULO DÉCIMO QUINTO La administración de la Sociedad estará a cargo de un Socio Administrador, o de un Consejo Directivo compuesto de dos miembros o más, que durarán en su cargo indefinidamente hasta que les sea revocado por la Asamblea El Socio Administrador o los integrantes de Consejo Directivo siempre deberán ser socios propietarios. El Socio Administrador o el Consejo Directivo en su caso, ejercerá las facultades que fueren necesarias al giro y desarrollo de los negocios que forman el objeto de la sociedad y no necesitarán la autorización expresa de los demás socios para enajenar las cosas de la sociedad, para empeñarlas, hipotecarlas o gravarlas con cualquier otro derecho real, y para poder tomar capitales prestados EL SOCIO ADMINISTRADOR ó el CONSEJO DIRECTIVO gozará de las siguientes facultades: A.- PODER GENERAL para PLEITOS Y COBRANZAS, que se otorga con todas las facultades generales y especiales que requieran cláusula especial de acuerdo con la Ley, por lo que se le confiere sin limitación alguna de conformidad con lo establecido en el párrafo primero del Artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y sus correlativos de los Códigos Civiles para los Estados de la República y del Código Civil Federal, estando facultado para desistirse aún de juicios de amparo; para querellarse penalmente y desistirse de las querellas que presente; para constituirse en coadyuvante del Ministerio Público y otorgar perdón si procede de acuerdo con la Ley; para transigir, para someterse a arbitraje, para articular y absolver posiciones, para recusar jueces, recibir pagos y ejecutar todos los otros actos expresamente determinados por la Ley, entre los que se incluyen representar a la Sociedad ante autoridades y tribunales penales, civiles y administrativos y ante autoridades y tribunales del trabajo B.- PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, de acuerdo con lo establecido en el párrafo segundo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y sus correlativos de los Códigos Civiles de los Estados de la República y del Código Civil Federal C.- PODER GENERAL PARA ACTOS DE DOMINIO, de acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del Artículo Dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y sus correlativos de los Códigos Civiles para los Estados de la República y del Código Civil Federal D.- PODER GENERAL PARA SUSCRIBIR TÍTULOS DE CRÉDITO, en los términos del Artículo Noveno de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito E.- FACULTAD para abrir y cerrar cuentas bancarias a nombre de la Sociedad y designar personas que giren en contra de las mismas F.- FACULTAD para nombrar delegados para la ejecución de actos concretos y para 5

6 CONFERIR PODERES GENERALES y ESPECIALES en nombre de la sociedad, con facultades de revocar en todo o en parte las delegaciones que haga y los poderes que otorgue, reservándose para sí el ejercicio de sus facultades y atribuciones y poder para facultar a los apoderados para que a su vez puedan otorgar y revocar los poderes que en cada caso se les faculte G.- FACULTAD para nombrar y remover al Director General, a Directores, Gerentes, funcionarios y apoderados, y para determinar sus atribuciones, condiciones de trabajo, remuneraciones y garantías y en particular para conferir poderes a los Gerentes, funcionarios, abogados y demás personas que se encarguen de las relaciones laborales, a fin de que comparezcan ante autoridades laborales, con representación legal y patronal, en los términos de los artículos once, seiscientos noventa y dos fracciones dos y tres (romano), setecientos ochenta y seis, ochocientos setenta y seis y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo, quienes quedarán expresamente facultados para comparecer ante cualquier autoridad laboral y en especial a audiencias en los juicios de orden laboral y con facultades para celebrar los convenios que de dichas audiencias pudiesen resultar, así como también, en forma especial, para absolver y articular posiciones a nombre de la sociedad H.- FACULTAD para formular reglamentos interiores de trabajo I.- FACULTAD para llevar a cabo todos los actos autorizados por estos estatutos o que sean consecuencia de éstos y, J.- FACULTAD para convocar a Asambleas y para ejecutar sus resoluciones Los Administradores no estarán obligados a caucionar el manejo de sus cargos B A L A N C E ARTICULO DÉCIMO SEXTO Los ejercicios sociales comprenderán un año de calendario que se contará del primero de enero al treinta y uno de diciembre. El primer ejercicio social será irregular y se iniciará en la fecha de la firma de la presente escritura y concluirá el treinta y uno de diciembre del mismo año ARTICULO DÉCIMO SÉPTIMO Al terminar cada ejercicio se practicará un balance, que se someterá a la aprobación de la Asamblea, la que determinará la forma en que deban aplicarse los resultados. Los provechos o utilidades se repartirán entre los socios, en proporción al importe de sus aportaciones. En la misma proporción responderán de las pérdidas, las cuales se limitarán al importe de sus aportaciones DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN ARTICULO DÉCIMO OCTAVO La sociedad se disolverá por las causas previstas en el Artículo dos mil setecientos veinte del Código Civil para el Distrito Federal. Sin embargo, la muerte o incapacidad de alguno de 6

7 los socios no será causa de disolución, ya que la sociedad continuará con los socios sobrevivientes, quienes entregarán a la sucesión la parte que corresponda de capital y utilidades, en su caso, a los herederos del socio fallecido, conforme lo determine la Asamblea de Socios ARTICULO DECIMO NOVENO Disuelta la sociedad, se pondrá inmediatamente en liquidación, que estará a cargo de un liquidador, quien procederá a la misma, de acuerdo con las siguientes bases: a).- Continuar los negocios pendientes de la manera más conveniente a la sociedad, cobrando los créditos y pagando las deudas; b).- Formular el balance final de liquidación, el cual deberá ser autorizado por la Asamblea de Socios; y c).- Proponer a los Socios el proyecto de partición ARTICULO VIGÉSIMO Si cubiertos los compromisos sociales y devueltas las aportaciones de los socios, quedaren algunos bienes, se considerarán utilidades y se repartirán proporcionalmente al monto de sus respectivas aportaciones ARTICULO VIGÉSIMO PRIMERO Si no quedaren bienes suficientes para cubrir los compromisos sociales y devolver sus aportes a los socios, el déficit se considerará pérdida y se repartirá entre los socios proporcionalmente al monto de sus respectivas aportaciones CLÁUSULAS TRANSITORIAS P R I M E R A La suma de UN MIL PESOS, importe del capital social, ha quedado íntegramente suscrita y pagada por los Socios Propietarios en la forma siguiente: SOCIOS PARTES IMPORTE SOCIALES //////////////////////////////// $ UNA SETECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS- ////////////////////////////////////// $ UNA CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS ///////////////////////////////////////////////////// $ UNA CIENTO TREINTA PESOS TOTAL $1, TRES UN MIL PESOS S E G U N D A Reunidos los Socios Propietarios en Asamblea General Constitutiva, toman por su voto unánime las siguientes resoluciones: a).- Se confía la Administración de la Sociedad a un CONSEJO DIRECTIVO, el cual estará integrado por las siguientes personas y con los cargos que a continuación se indican: /////////////////////////////////////////////// PRESIDENTE

8 //////////////////////////////////////////////// SECRETARIO ///////////////////////////////////////////////////// TESORERO Los miembros del CONSEJO DIRECTIVO gozarán en lo INDIVIDUAL de los poderes y facultades que les conceden la Ley y el Artículo DÉCIMO QUINTO de los Estatutos Sociales; EL ARTICULO DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO DEL CODIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL Y DEL CODIGO CIVIL FEDERAL, DICEN: "ART En todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, bastará que se diga que se otorga con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la Ley, para que se entiendan conferidos sin limitación alguna. En los poderes generales para administrar bienes, bastará expresar que se dan con ese carácter para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas.- En los poderes generales para ejercer actos de dominio, bastará que se den con ese carácter, para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos.- Cuando se quisieren limitar en los tres casos antes mencionados, las facultades de los apoderados, se consignarán las limitaciones o los poderes serán especiales.- Los Notarios insertarán este Artículo en los testimonios de los poderes que otorguen" GENERALES E IDENTIFICACION Los otorgantes por sus generales, manifestaron ser: Mexicanos, originarios del Distrito Federal, //////, Abogados, con domicilio en ///////////////////////////////////////////////////////////, Distrito Federal; el señor //////////////, nació el día ///////////// de diciembre de ///////////; SE IDENTIFICA con su pasaporte número P MEX ///////////// P espacio MEX espacio cero //////////////////, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores en la Delegación Álvaro Obregón, el día diez de febrero de dos mil seis, con vencimiento al día diez de febrero de dos mil /////////////////////; el señor ///////////////////, nació el día /////////////// de septiembre de mil novecientos //////////; SE IDENTIFICA con su pasaporte número P MEX ////////////// P espacio MEX espacio G ////////////////, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores en //////////////////////////////////////// y declara que su Clave Única de Registro de Población (CURP) es: /////////////////8 ////////////// //////////////////; el señor ////////////, nació el día treinta de junio de mil novecientos setenta y ocho; SE IDENTIFICA con su pasaporte número P MEX ////////////////// P espacio MEX ///////////////////////, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores en la Delegación Álvaro Obregón, el día //////////////////, con vencimiento al día veinticuatro de julio de dos ///////; y declara que su Clave Única de Registro de Población (CURP) es: //////////////////;- 8

9 YO, EL NOTARIO, CERTIFICO: a).- Que previamente me identifiqué plenamente como Notario a satisfacción de los otorgantes.- b).- Que a mi juicio los otorgantes tienen capacidad legal para la celebración de este acto y que me aseguré de su identidad como consta al final de sus generales c).- Que hice del conocimiento de los otorgantes la obligación de la Sociedad de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes a que se refiere el Artículo Veintisiete del Código Fiscal de la Federación y la obligación de dar aviso a la Secretaría de Relaciones Exteriores del uso del Permiso concedido, a que se refiere el Artículo Décimo Octavo del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras d).- Que en los términos de la Regla "I " uno romano punto dos punto seis punto uno punto de la Resolución Miscelánea Fiscal para Dos Mil Diez (Diario Oficial de once de junio del año dos mil diez), solicité a los otorgantes la clave de su Registro Federal de Contribuyentes y la exhibición de sus cédulas de identificación fiscal y al efecto cumpliendo con lo dispuesto en el párrafo octavo del artículo veintisiete del Código Fiscal de la Federación, me proporcionaron su Registro Federal de Contribuyentes, que es el siguiente:- ///////////////////////////: "///////////////////".- ////////////////////////////////// "//////////////////////////".- ////////////////////////////////// "//////////////////".- Asimismo, que me cercioré de la veracidad de los anteriores registros, con las Cédulas de Identificación Fiscal respectivas, que en fotocopia que certifico concuerdan con su original, agrego al APÉNDICE de este instrumento bajo la letra "B" e).- Que tuve a la vista los documentos citados en esta escritura y que lo relacionado e inserto concuerda con los mismos f).- Que leí a los otorgantes este instrumento en voz alta y clara y les expliqué su valor y consecuencias legales y al respecto manifestó cada uno su comprensión plena, y que al mismo tiempo les hice saber el derecho que tienen de leer personalmente este instrumento a lo que me manifestaron que les basta con la lectura que del mismo les está haciendo el suscrito Notario g).- Que los otorgantes manifestaron su conformidad con este instrumento y lo ratifican y firman el día tres de diciembre del año dos mil diez, acto en que lo AUTORIZO DEFINITIVAMENTE.- DOY FE

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S - - EN LA CIUDAD DE MÉXICO, a de de dos mil, se hece constar: - - EL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO, que celebran de una parte, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, representada en este acto por su Apoderado

Más detalles

RESOLUCIONES RESOLUCIONES

RESOLUCIONES RESOLUCIONES PUNTO PRIMERO. Discusión, y en su caso, aprobación del Informe del Consejo de Administración, incluyendo los Estados Financieros de la Sociedad, tomando en cuenta el informe del Comisario, correspondiente

Más detalles

HISTORIADORES DE LAS CIENCIAS Y LAS HUMANIDADES A.C. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION

HISTORIADORES DE LAS CIENCIAS Y LAS HUMANIDADES A.C. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION HISTORIADORES DE LAS CIENCIAS Y LAS HUMANIDADES A.C. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION Artículo 1. La Asociación se denominará "HISTORIADORES DE LAS CIENCIAS Y LAS HUMANIDADES", denominación que irá siempre seguida

Más detalles

Instituto Electoral del Estado de Guanajuato

Instituto Electoral del Estado de Guanajuato Instituto Electoral del Estado de Guanajuato Modelo único de estatutos que deberán seguir las ciudadanas y ciudadanos que pretendan postular candidaturas independientes a un cargo de elección popular,

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS PARA CANDIDATURAS INDEPENDIENTE AL CARGO DE DIPUTADO POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA FCI/IMPEPAC/03/ED

MODELO DE ESTATUTOS PARA CANDIDATURAS INDEPENDIENTE AL CARGO DE DIPUTADO POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA FCI/IMPEPAC/03/ED MODELO DE ESTATUTOS PARA CANDIDATURAS INDEPENDIENTE AL CARGO DE DIPUTADO POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA OBSERVACIONES GENERALES.- Modelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de Diputado

Más detalles

Constitución de Sociedad

Constitución de Sociedad Página 1 de 6 Sociedad Mercantil SOCIEDAD ANONIMA Fedatario Lic. Municipio CARMEN (CIUDAD DEL CARMEN) Estado 4 Se constituyó la Sociedad denominada SERVICIOS INDUSTRIA PETROLERA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

Más detalles

NUMERO 36 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE LEY QUE CREA LA JUNTA DE CAMINOS

NUMERO 36 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE LEY QUE CREA LA JUNTA DE CAMINOS NUMERO 36 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE LEY QUE CREA LA JUNTA DE CAMINOS CAPITULO I DE LA CREACION Y OBJETO ARTICULO 1o.- Se crea la Junta

Más detalles

ESTATUTOS. Capítulo I De la denominación, objeto, nacionalidad, domicilio y duración.

ESTATUTOS. Capítulo I De la denominación, objeto, nacionalidad, domicilio y duración. Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana. Modelo único de estatutos que deberán seguir los ciudadanos que pretendan postularse como candidatas (os) independientes a un cargo

Más detalles

ESTATUTOS. Capítulo I De la denominación, objeto, nacionalidad, domicilio y duración.

ESTATUTOS. Capítulo I De la denominación, objeto, nacionalidad, domicilio y duración. Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana. Modelo único de estatutos que deberán seguir los ciudadanos que pretendan postularse como candidatos independientes a un cargo de

Más detalles

En la ciudad de Cartagena, el catorce (14) de enero de dos mil nueve (2009), el suscrito XXXXXXXXXXXXXX,mayor de edad, identificado con la cédula de

En la ciudad de Cartagena, el catorce (14) de enero de dos mil nueve (2009), el suscrito XXXXXXXXXXXXXX,mayor de edad, identificado con la cédula de En la ciudad de Cartagena, el catorce (14) de enero de dos mil nueve (2009), el suscrito XXXXXXXXXXXXXX,mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía Nº.XXXX expedida en Cartagena, domiciliado

Más detalles

ESTATUTOS ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE TRIBUNALES DE JUSTICIA FISCAL O ADMINISTRATIVA MODIFICACIONES

ESTATUTOS ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE TRIBUNALES DE JUSTICIA FISCAL O ADMINISTRATIVA MODIFICACIONES ESTATUTOS ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE TRIBUNALES DE JUSTICIA FISCAL O ADMINISTRATIVA MODIFICACIONES I Asamblea General Queretaro, México 21 agosto 1996 II Asamblea General Buenos Aires, Argentina 16 de

Más detalles

H. Congreso del Estado de Baja California Sur IX Legislatura. DECRETO No. 653 EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

H. Congreso del Estado de Baja California Sur IX Legislatura. DECRETO No. 653 EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR H. Congreso del Estado de Baja California Sur IX Legislatura DECRETO No. 653 EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR D E C R E T A : SE CREA LA JUNTA ESTATAL DE CAMINOS DE BAJA CALIFORNIA SUR.

Más detalles

A C U E R D O S:

A C U E R D O S: EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL S.I.A.P.A. EN SU SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DE 2013, BAJO EL SIGUIENTE:--------------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

XAVIER IBAÑEZ VERAMENDI TITULAR NOTARIA #3

XAVIER IBAÑEZ VERAMENDI TITULAR NOTARIA #3 1 ------------------VOLUMEN (2,154) CIENTO CINCUENTA Y CUATRO ------------------------- ---------NUMERO (103,640) CIENTO TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA ---------------- En la ciudad de Tijuana, Estado de

Más detalles

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE CI BANCO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, DE FECHA 6 DE FEBRERO DEL RESUMEN DE ACUERDOS

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE CI BANCO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, DE FECHA 6 DE FEBRERO DEL RESUMEN DE ACUERDOS ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE CI BANCO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, DE FECHA 6 DE FEBRERO DEL 2018. RESUMEN DE ACUERDOS PRIMERO. Se ratifican todos y cada uno de los acuerdos

Más detalles

LEY DE LA JUNTA ESTATAL DE CAMINOS PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE DURANGO CAPÍTULO PRIMERO DE LA CREACION Y OBJETO

LEY DE LA JUNTA ESTATAL DE CAMINOS PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE DURANGO CAPÍTULO PRIMERO DE LA CREACION Y OBJETO LEY DE LA JUNTA ESTATAL DE CAMINOS PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE DURANGO CAPÍTULO PRIMERO DE LA CREACION Y OBJETO ARTÍCULO 1 Se crea la Junta Estatal de Caminos para el Desarrollo del Estado de Durango,

Más detalles

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL Solicitante: (El solicitante debe ser accionista) Teléfono (s): CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL Denominación: (Proponer mínimo diez, para que la Secretaría de Economía autorice discrecionalmente una de

Más detalles

ESQUEMA DEL CONTRATO DE MANDATO

ESQUEMA DEL CONTRATO DE MANDATO ESQUEMA DEL CONTRATO DE MANDATO CONCEPTO EL MANDATO ES UN CONTRATO POR EL QUE EL MANDATARIO SE OBLIGA A EJECUTAR POR CUENTA DEL MANDANTE LOS ACTOS JURÍDICOS QUE ÉSTE LE ENCARGA. ART. 2546 CCDF. ELEMENTOS

Más detalles

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 13 de julio de 2009 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO RESOLUCION mediante la cual se modifican los artículos primero, tercero, quinto, sexto, séptimo, octavo

Más detalles

DECRETO NÚMERO 22 POR EL QUE SE CREA LA LEY DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE YUCATÁN.

DECRETO NÚMERO 22 POR EL QUE SE CREA LA LEY DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE YUCATÁN. DECRETO NÚMERO 22 POR EL QUE SE CREA LA LEY DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE YUCATÁN. DIARIO OFICIAL DEL ESTADO MERIDA, YUC., MARTES 16 DE OCTUBRE DE 2007. GOBIERNO DEL ESTADO DECRETO NÚMERO 22

Más detalles

M4 - Constitución de sociedad

M4 - Constitución de sociedad M4 - Constitución de sociedad Sociedad mercantil Sociedad Anónima Promotora de Inversión Modalidad de capital variable X Si No Por instrumento No. 324634 Volumen: 11733 De fecha: 17/01/2017 Formalizado

Más detalles

OFICIO PT-CEN-CCN-012/ Ciudad de México, marzo 02 de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. P R E S E N T E

OFICIO PT-CEN-CCN-012/ Ciudad de México, marzo 02 de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. P R E S E N T E OFICIO PT-CEN-CCN-012/20154 Ciudad de México, marzo 02 de 2015. BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. P R E S E N T E Los suscritos, con la personalidad debidamente acreditada ante el Instituto Nacional Electoral

Más detalles

Constitución de Sociedad

Constitución de Sociedad Página 1 de 10 Caracteres de Autenticidad de Inscripción Sociedad Mercantil SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Antecedentes Registrales PRIMER REGISTRO Folio Mercantil Electrónico 221647 1 Modalidad

Más detalles

MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE PRETENDA REGISTRAR CANDIDATO INDEPENDIENTE ESTATUTOS

MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE PRETENDA REGISTRAR CANDIDATO INDEPENDIENTE ESTATUTOS MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE PRETENDA REGISTRAR CANDIDATO INDEPENDIENTE ESTATUTOS CAPITULO I De la denominación, objeto social, nacionalidad, Domicilio y duración. Artículo 1º.

Más detalles

BANCA MIFEL, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO MIFEL

BANCA MIFEL, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO MIFEL En el Distrito Federal, México, a partir de las 17:00 del 19 de diciembre del 2008 se reunieron en las oficinas ubicadas en Presidente Masaryk 214, segundo piso, colonia Polanco, delegación Miguel Hidalgo,

Más detalles

COORDINADOR GENERAL DE REGULACIÓN Y PLANEACIÓN ECONÓMICA EN LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO PRESENTE

COORDINADOR GENERAL DE REGULACIÓN Y PLANEACIÓN ECONÓMICA EN LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO PRESENTE COORDINADOR GENERAL DE REGULACIÓN Y PLANEACIÓN ECONÓMICA EN LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO PRESENTE Por medio de la presente manifiesto bajo formal protesta de decir la verdad, que con base en el

Más detalles

Registro Público de Comercio

Registro Público de Comercio M4 - Antecedentes Registrales: PRIMER ANTECEDENTE Folio Mercntil Electrónico: 27125 Id: 16 Fecha de Ingreso: 23/11/2011 Modalidad: X Capital Variable. Por escritura No./Póliza No.: 328 Volumen: 06 Libro:

Más detalles

NUMERO******, LIBRO TREINTA Y CINCO.- En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas

NUMERO******, LIBRO TREINTA Y CINCO.- En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas NUMERO******, LIBRO TREINTA Y CINCO.- En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día de dos mil once.- Ante mí,, Abogado y notario, de este domicilio, comparecen: El señor de

Más detalles

2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 29 de noviembre de 2001

2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 29 de noviembre de 2001 2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 29 de noviembre de 2001 DECRETO por el que se transforma el Patronato del Ahorro Nacional, Organismo Descentralizado del Gobierno Federal, en el Banco del Ahorro

Más detalles

Constitución de Sociedad

Constitución de Sociedad Página de 5 5-02-207 5:47:24 Sociedad Mercantil SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA Fedatario Lic. Municipio NO CONSTA Estado 2 Se constituyó la Sociedad denominada COMERCIALIZADORA AGROPECUARIA DE IBARRA, S.C.

Más detalles

SE.,-,-:,,. :;;: :e

SE.,-,-:,,. :;;: :e .,-,-:,,. :;;:-... --:e,.. =-~:;:-,. M4 - Antecedentes Registrales: PRIMERA INSCRIPCION Folio Mercntil Electrónico: 8811 Id: 3 Fecha de Ingreso: 16/04/2007 C] Modalidad: X Capital Variable. Por escritura

Más detalles

OFICIO CON EL QUE REMITE MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.

OFICIO CON EL QUE REMITE MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES. OFICIO CON EL QUE REMITE MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES. PODER LEGISLATIVO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS "2008, Año de

Más detalles

Registro Público de Comercio

Registro Público de Comercio M4 - Constitución de Sociedad Antecedentes Registrales: Folio Mercantil Electrónico: 56466 Id: 1 Fecha de Ingreso: 28/04/2014 SOCIEDAD MERCANTIL Sociedad: Modalidad del capital variable: PRIMERA INSCRIPCION

Más detalles

ACUERDO NO. 3 1 C O N S I D E R A N D O.

ACUERDO NO. 3 1 C O N S I D E R A N D O. ACUERDO NO. 3 1 C O N S I D E R A N D O. I.- QUE DE CONFORMIDAD CON LA POLITICA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA Y DE LIBERALISMO SOCIAL QUE PROPUGNA EL EJECUTIVO FEDERAL, QUIEN HA INICIADO UN PROCESO DE

Más detalles

MODELO DE CONSTITUCIÓN PARA UNA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L. (CON APORTE DINERARIO)

MODELO DE CONSTITUCIÓN PARA UNA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L. (CON APORTE DINERARIO) MODELO DE CONSTITUCIÓN PARA UNA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L. (CON APORTE DINERARIO) SEÑOR NOTARIO SÍRVASE USTED EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS UNA DE CONSTITUCIÓN

Más detalles

Registro Público de Comercio

Registro Público de Comercio M4 - Antecedentes Registrales: Folio Mercantil Electrónico: 84916 Id: 1 Fecha de Ingreso: 14/03/2014 SOCIEDAD MERCANTIL Sociedad: Modalidad del capital variable: PRIMERA INSCRIPCION SOCIEDAD ANÓNIMA SI

Más detalles

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S ANEXO 19 CONTRATO DE GARANTÍA DE PAGO OPORTUNO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, EN LO SUCESIVO EL GARANTE, REPRESENTADA

Más detalles

Reglamento de la Comisión Permanente del Consejo Nacional. Capítulo I. Disposiciones Generales

Reglamento de la Comisión Permanente del Consejo Nacional. Capítulo I. Disposiciones Generales Reglamento de la Comisión Permanente del Consejo Nacional Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento de la Comisión Permanente señalada

Más detalles

Registro Público de Comercio

Registro Público de Comercio M4 - Antecedentes Registrales: PRIMERA INSCRIPCION Folio Mercntil Electrónico: 52632 Id: 1 Fecha de Ingreso: 29/11/2011 Modalidad: X Capital Variable. Por escritura No./Póliza No.: 445 Volumen: B Libro:

Más detalles

*** *** *** 1496/ R E S U L T A D O S

*** *** *** 1496/ R E S U L T A D O S 1.- dos mil trece 21 veintiún días del mes de marzo del año 2013 VISTOS ESPECIAL HIPOTECARIO *** *** ***, al cual le fueron cedidos, la propiedad y titularidad de la totalidad del crédito hipotecario ***

Más detalles

FORMATO PARA SOCIEDAD ANONIMA O SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

FORMATO PARA SOCIEDAD ANONIMA O SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE FORMATO PARA SOCIEDAD ANONIMA O SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Solicitante (El solicitante debe ser accionista): Domicilio: (Calle) (Colonia) (C.P.) (Número) (Delegación) (Entidad) Teléfono (s):

Más detalles

IMPARTIDO POR: M.I. Javier Eli Domínguez Hernández

IMPARTIDO POR: M.I. Javier Eli Domínguez Hernández IMPARTIDO POR: M.I. Javier Eli Domínguez Hernández Razón principal de sociedades unimembres La primer sociedad unimembre data de 1926, y fue en Europa. La principal razón que los llevo a crear esta sociedad,

Más detalles

LEY QUE CREA UN ORGANISMO MUNICIPAL DESCENTRALIZADO DEL AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA BAJO LA DENOMINACIÓN DE "ABASTOS DE MÉRIDA".

LEY QUE CREA UN ORGANISMO MUNICIPAL DESCENTRALIZADO DEL AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA BAJO LA DENOMINACIÓN DE ABASTOS DE MÉRIDA. H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN LEY QUE CREA UN ORGANISMO MUNICIPAL DESCENTRALIZADO DEL AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA BAJO LA DENOMINACIÓN DE "ABASTOS DE MÉRIDA". SECRETARÍA GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO UNIDAD

Más detalles

Algunos de los temas que podrían ser considerados para el estatuto de una REDEX dependerán de la forma jurídica que elija cada Red de Exportación.

Algunos de los temas que podrían ser considerados para el estatuto de una REDEX dependerán de la forma jurídica que elija cada Red de Exportación. 1 Algunos de los temas que podrían ser considerados para el estatuto de una REDEX dependerán de la forma jurídica que elija cada Red de Exportación. --------------------------------------------------------CAPÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COLEGIO DE MEDICINA INTERNA DE MÉXICO, A. C. CONSEJO DIRECTIVO 2012

REGLAMENTO INTERNO DEL COLEGIO DE MEDICINA INTERNA DE MÉXICO, A. C. CONSEJO DIRECTIVO 2012 REGLAMENTO INTERNO DEL COLEGIO DE MEDICINA INTERNA DE MÉXICO, A. C. CONSEJO DIRECTIVO 2012 PRÓLOGO Y JUSTIFICACIÓN El Colegio de Medicina Interna de México, A.C., antes Asociación de Medicina Interna de

Más detalles

Por medio de la presente te enviamos en archivo adjunto la propuesta de. redacciones fiscales para el año 2010, sugerida por la Comisión Fiscal de la

Por medio de la presente te enviamos en archivo adjunto la propuesta de. redacciones fiscales para el año 2010, sugerida por la Comisión Fiscal de la San Luis Potosí. S.L.P., a 06 de agosto de 2010 Circular Secretaría 01/2010 Redacciones fiscales Estimado compañero notario: Por medio de la presente te enviamos en archivo adjunto la propuesta de redacciones

Más detalles

Registro Público de Comercio

Registro Público de Comercio M4 - Antecedentes Registrales: Folio Mercantil Electrónico: 29830 Id: 16 Fecha de Ingreso: 02/01/2015 SOCIEDAD MERCANTIL Catalogo: Sociedad: Modalidad del capital variable: Por Instrumento No.: 670 SIN

Más detalles

TÍTULO DEL DOCUMENTO: REGLAMENTO ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LEASING CORFICOLOMBIANA. VERSIÓN: 1 PÁGINA: 1 de 5 1. OBJETIVO...

TÍTULO DEL DOCUMENTO: REGLAMENTO ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LEASING CORFICOLOMBIANA. VERSIÓN: 1 PÁGINA: 1 de 5 1. OBJETIVO... VERSIÓN: 1 PÁGINA: 1 de 5 TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVO... 1 2. REGLAMENTO INTERNO... 1 2.1 Alcance... 1 2.2 Composición de la Asamblea... 1 2.3 Clases de Reuniones... 2 2.4 Convocatoria... 2 2.5 Celebración...

Más detalles

LEY DEL INSTITUTO DEL DEPORTE DEL ESTADO DE YUCATÁN

LEY DEL INSTITUTO DEL DEPORTE DEL ESTADO DE YUCATÁN H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN LEY DEL INSTITUTO DEL DEPORTE DEL ESTADO DE YUCATÁN SECRETARÍA GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO UNIDAD DE SERVICIOS TÉCNICO-LEGISLATIVOS Última Reforma: 02-Mayo-2003 LEY

Más detalles

EXCELENTÍSIMO TRIBUNAL CONSTITU

EXCELENTÍSIMO TRIBUNAL CONSTITU ORIGI \AL ACOMPAÑA DOCUMENTO QUE INDICA EXCELENTÍSIMO TRIBUNAL CONSTITU FELIPE ARTURO CONTRERAS HUCKSTADT, abogado, en representación de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, en proceso Rol N 3321-17 INA,

Más detalles

D E C L A R A C I O N E S : I.- Declara el EL FIDEICOMISO, por medio de sus delegados fiduciarios:

D E C L A R A C I O N E S : I.- Declara el EL FIDEICOMISO, por medio de sus delegados fiduciarios: CONTRATO DE CREDITO REFACCIONARIO: (MAQUINARIA Y EQUIPO Y REFACCIONARIO: INSTALACIONES FISICAS CON GARANTIA HIPOTECARIA) QUE CELEBRAN DE UNA PARTE EL FIDEICOMISO DE INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN PARA LA REACTIVACIÓN

Más detalles

GOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO

GOBIERNO DEL ESTADO CONSIDERANDO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 14 DE FECHA 18 DE ENERO DE 2002. EL PRESENTE DECRETO FUE MODIFICADO, MEDIANTE REFORMA PÚBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NO. 204, DE FECHA 12 DE

Más detalles

DECRETO QUE CREA UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL DENOMINADO MUSEO SONORA EN LA REVOLUCIÓN

DECRETO QUE CREA UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL DENOMINADO MUSEO SONORA EN LA REVOLUCIÓN DECRETO QUE CREA UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL DENOMINADO MUSEO SONORA EN LA REVOLUCIÓN ARTÍCULO 1.- Se crea un Organismo Descentralizado de la Administración Pública

Más detalles

RESULTANDO: CONSIDERANDO:

RESULTANDO: CONSIDERANDO: CG/024/2014 En la sesión ordinaria efectuada el veintiocho de julio de dos mil catorce, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, emitió el siguiente: Acuerdo mediante el cual

Más detalles

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. POR. En la ciudad de Montevideo, el día, ante mí,, Escribano Público, comparecen: I) y II)

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. POR. En la ciudad de Montevideo, el día, ante mí,, Escribano Público, comparecen: I) y II) SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. POR. En la ciudad de Montevideo, el día, ante mí,, Escribano Público, comparecen: I) y II) Y PARA QUE LO CONSIGNE EN ESTE PROTOCOLO, DICEN QUE: PRIMERO- Los comparecientes

Más detalles

ASOC. DE PADRES COLEGIO LA SALLE TITULO PRIMERO.- CONSTITUCION, OBJETO Y DOMICILIO.- ARTICULO PRIMERO.-

ASOC. DE PADRES COLEGIO LA SALLE TITULO PRIMERO.- CONSTITUCION, OBJETO Y DOMICILIO.- ARTICULO PRIMERO.- ASOC. DE PADRES COLEGIO LA SALLE TITULO PRIMERO.- CONSTITUCION, OBJETO Y DOMICILIO.- ARTICULO PRIMERO.- Se constituye una corporación denominada Asociación de padres y Apoderados de los Alumnos del Colegio

Más detalles

ESTATUTOS DE UNA ASOCIACIÓN

ESTATUTOS DE UNA ASOCIACIÓN ESTATUTOS DE UNA ASOCIACIÓN ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID. TITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO, AMBITO TERRITORIAL, DURACIÓN Y PERSONALIDAD JURIDICA Art. 1 Con la

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 10 DE FEBRERO DE 2010

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 10 DE FEBRERO DE 2010 PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 10 DE FEBRERO DE 2010 DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL, QUE CELEBRAN EL GOBIERNO

Más detalles

Para efectos de este Acuerdo, por asistencia social se entiende el auxilio o ayuda económica, cultural o moral a personas en estado de necesidad.

Para efectos de este Acuerdo, por asistencia social se entiende el auxilio o ayuda económica, cultural o moral a personas en estado de necesidad. ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN. Aprobado por el XV Ayuntamiento de Mexicali, en sesión de Cabildo celebrada el día 25 de octubre de 1996 y publicado en el

Más detalles

D E C L A R A C I O N E S. I. El PRESTADOR DE SERVICIOS declara por conducto de su representante que:

D E C L A R A C I O N E S. I. El PRESTADOR DE SERVICIOS declara por conducto de su representante que: CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y GESTIÓN DE CRÉDITO AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ, EL CONTRATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, (EN LO SUCESIVO DENOMINADO COMO EL PRESTADOR DE

Más detalles

D E C R E T O QUE AUTORIZA LA CREACIÓN DE UN FIDEICOMISO PÚBLICO DENOMINADO PROGRESO, FIDEICOMISO PROMOTOR URBANO DE SONORA.

D E C R E T O QUE AUTORIZA LA CREACIÓN DE UN FIDEICOMISO PÚBLICO DENOMINADO PROGRESO, FIDEICOMISO PROMOTOR URBANO DE SONORA. D E C R E T O QUE AUTORIZA LA CREACIÓN DE UN FIDEICOMISO PÚBLICO DENOMINADO PROGRESO, FIDEICOMISO PROMOTOR URBANO DE SONORA. ARTICULO 1o.- Se autoriza modificar la denominación del Fideicomiso Público

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE URBANIZACIÓN MUNICIPAL ADICIONAL

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE URBANIZACIÓN MUNICIPAL ADICIONAL Se aprobó en Sesión Número 71 de fecha 18 de Diciembre de 1997 Publicado en el Periódico Oficial del Estado Número 62 de fecha 5 de Agosto de 1998 REGLAMENTO DEL SISTEMA DE URBANIZACIÓN MUNICIPAL ADICIONAL

Más detalles

Constitución de Sociedad

Constitución de Sociedad Página 1 de 5 Antecedentes Registrales Sociedad Mercantil SOCIEDAD ANONIMA Fedatario Lic Municipio QUERETARO (SANTIAGO DE Estado 22 QUERETARO) Se constituyó la Sociedad denominada DESARROLLO COMERCIAL

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. TITULO I. DEL NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA FUNDACION

Más detalles

VIII.-TIPOS DE SOCIEDADES

VIII.-TIPOS DE SOCIEDADES VIII.-TIPOS DE SOCIEDADES Tipos de Sociedades Sociedad Civil (S. C.) Sociedad en Nombre Colectivo Comandita Simple (S. EN C.) Comandita por Acciones (S. EN C. POR A.) Sociedad Anónima (S. A.) Sociedad

Más detalles

Acuerdos de Asamblea Extraordinaria

Acuerdos de Asamblea Extraordinaria BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V., INFORMA: CLAVE DE COTIZACIÓN RAZÓN SOCIAL HILASAL HILASAL MEXICANA S.A.B. DE C.V. SERIE TIPO DE ASAMBLEA FECHA DE CELEBRACIÓN HORA PORCENTAJE DE ASISTENCIA DECRETA

Más detalles

Reglas Generales de las Fracciones II y III del Artículo 29 de la Ley General de Instituciones de Seguros.

Reglas Generales de las Fracciones II y III del Artículo 29 de la Ley General de Instituciones de Seguros. Fuente: DOF Categoría: Reglas Fecha: 25/08/1981 Fecha de publicación en DOF: 29/10/1981 Título: REGLAS Generales de las Fracciones II y III del Artículo 29 de la Ley General de Instituciones de Seguros.

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS QUIÉN ES UN AFILIADO HABIL PARA PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA

INSTRUCTIVO PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS QUIÉN ES UN AFILIADO HABIL PARA PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA INSTRUCTIVO PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS QUIÉN ES UN AFILIADO HABIL PARA PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA De acuerdo con el artículo 12 de los Estatutos vigentes, Para efectos de las Asambleas

Más detalles

A continuación, el Presidente pidió al Secretario dar lectura al siguiente: ORDEN DEL DIA

A continuación, el Presidente pidió al Secretario dar lectura al siguiente: ORDEN DEL DIA HOJA No. 1 En la Ciudad de México, Distrito Federal, domicilio social de FINANCIERA AYUDAMOS, S.A. DE C.V.,, siendo las 9:00 horas del día 24 de octubre de 2013, se reunieron en el inmueble marcado con

Más detalles

CONTRATO SOCIETARIO 1. FECHA 2. COMPARECENCIA 3. CLASE DE SOCIEDAD 4. FINALIDAD 5. DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL 6. DURACIÓN

CONTRATO SOCIETARIO 1. FECHA 2. COMPARECENCIA 3. CLASE DE SOCIEDAD 4. FINALIDAD 5. DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL 6. DURACIÓN CONTRATO SOCIETARIO 1. FECHA A los 25 dias del mes de Marzo del 2017. 2. COMPARECENCIA Comparece PEDRO ROSALES en su condición de apoderado del(a) señor(a): AMMY GISSELLE LANZA CORDOVA tal y como lo acredita

Más detalles

Miércoles 31 de diciembre de 2014 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

Miércoles 31 de diciembre de 2014 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) REGLAS para el establecimiento de filiales de instituciones financieras del exterior. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Más detalles

MIFEL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO MIFEL

MIFEL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO MIFEL En el Distrito Federal, México, a partir de las 10:00 del 3 de septiembre del 2012 se reunieron en las oficinas ubicadas en Presidente Masaryk 214, segundo piso, colonia Polanco, delegación Miguel Hidalgo,

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DEL BANCO AV VILLAS S.A.

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DEL BANCO AV VILLAS S.A. REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DEL BANCO AV VILLAS S.A. ARTÍCULO 1. Objeto. El objetivo del presente reglamento es facilitar el conocimiento de las disposiciones Generales

Más detalles

(MODELO DE ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN, FUNDACIÓN O ASOCIACIÓN) CAPITULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO

(MODELO DE ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN, FUNDACIÓN O ASOCIACIÓN) CAPITULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO Página 1 de 8 (MODELO DE ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN, FUNDACIÓN O ASOCIACIÓN) CAPITULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO Artículo 1: Créase con el nombre de la CORPORACION *********** En el Departamento

Más detalles

Registro Público de Comercio

Registro Público de Comercio M4 - Constitución de Sociedad Antecedentes Registrales: Folio Mercantil Electrónico: 29000 Id: 16 Fecha de Ingreso: 20/12/2013 SOCIEDAD MERCANTIL Sociedad: Modalidad del capital variable: Por Instrumento

Más detalles

ARTICULO 119. INICIATIVA: Proyecto Constitucional del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista

ARTICULO 119. INICIATIVA: Proyecto Constitucional del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista ARTICULO 119 PUBLICACION ORIGINAL PUBLICACION: 05-02-1917 INICIATIVA: Proyecto Constitucional del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista PRESENTADA POR: Venustiano Carranza FECHA DE PRESENTACION:

Más detalles

ARTICULO 5: De su patrimonio. El patrimonio de la Fundación estará integrado por: 1. Los bienes, derechos y obligaciones de los cuales es titular.

ARTICULO 5: De su patrimonio. El patrimonio de la Fundación estará integrado por: 1. Los bienes, derechos y obligaciones de los cuales es titular. FUNDACIÓN (CIDA) ESTATUTOS (Agosto 1985) ARTICULO 1: La Fundación se denomina Centro de Investigaciones de Astronomía Francisco J. Duarte (CIDA), pudiendo usar igualmente para su identificación la palabra

Más detalles

TIPOS DE SOCIEDADES MÁS COMUNES EN MÉXICO

TIPOS DE SOCIEDADES MÁS COMUNES EN MÉXICO Tipos de sociedades más comunes en México Página 1 de 11 TIPOS DE SOCIEDADES MÁS COMUNES EN MÉXICO Página 2 de 11 Red de Plataformas Empresariales en el Exterior de Galicia (Pexga) Av. Insurgentes Sur

Más detalles

Decreto por el cual se crea el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro.

Decreto por el cual se crea el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro. Decreto por el cual se crea el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro. Publicado: D. O. F. del 9 de febrero de 1994. Texto vigente Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados

Más detalles

DECRETO POR EL QUE EL PATRONATO DE OBRAS E INSTALACI...ITÉCNICO NACIONAL, MANTENDRÁ SU CARÁCTER DE ORGANISM

DECRETO POR EL QUE EL PATRONATO DE OBRAS E INSTALACI...ITÉCNICO NACIONAL, MANTENDRÁ SU CARÁCTER DE ORGANISM DECRETO POR EL QUE EL PATRONATO DE OBRAS E INSTALACIONES DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, MANTENDRÁ SU CARÁCTER DE ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS,

Más detalles

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. I. Resoluciones correspondientes al Punto Primero del Orden del Día:

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. I. Resoluciones correspondientes al Punto Primero del Orden del Día: RESUMEN DE LOS PRINCIPALES ACUERDOS ADOPTADOS POR LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE CORPORACIÓN GEO, S.A.B. DE C.V. (LA SOCIEDAD ), CELEBRADA EL 6 DE MAYO DE 2015 (LA ASAMBLEA ). ASAMBLEA

Más detalles

Folio de constitución: SAS Denominación: COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA DE MUEBLES DE OFICINA DEL BAJÍO

Folio de constitución: SAS Denominación: COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA DE MUEBLES DE OFICINA DEL BAJÍO Folio de constitución: SAS201719320 Denominación: COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA DE MUEBLES DE OFICINA DEL BAJÍO Acto Constitutivo de Sociedad por Acciones Simplificada Acto constitutivo de Sociedad por

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO FEDERAL PARA LA MEJORA REGULATORIA (Publicado en el DOF el 23 de diciembre de 2005)

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO FEDERAL PARA LA MEJORA REGULATORIA (Publicado en el DOF el 23 de diciembre de 2005) REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO FEDERAL PARA LA MEJORA REGULATORIA (Publicado en el DOF el 23 de diciembre de 2005) Última reforma publicada DOF 17-11-2015 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que

Más detalles

RESOLUCION Núm. RES/006/99

RESOLUCION Núm. RES/006/99 RESOLUCION Núm. RES/006/99 RESOLUCION SOBRE EL OTORGAMIENTO DEL PRIMER PERMISO DE DISTRIBUCION DE GAS NATURAL PARA LA ZONA GEOGRAFICA DEL BAJIO AL GANADOR DE LA LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL LIC-GAS-011-1998

Más detalles

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que:

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE INVESTIGACION Y GESTION DE CREDITO AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA, EL CONTRATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE - -, (EN LO SUCESIVO DENOMINADO COMO EL PRESTADOR

Más detalles

Primera: Se aprueban los Estados Financieros al 31 de diciembre del 2010, que servirán de base para la fusión.

Primera: Se aprueban los Estados Financieros al 31 de diciembre del 2010, que servirán de base para la fusión. RESUMEN DE ACUERDOS ADOPTADOS POR LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE GRUPO FINANCIERO BANORTE, S.A.B. DE C.V., CELEBRADA EL DIA 30 DE MARZO DEL 2011. Acciones Representadas: 1,795 341,517

Más detalles

Registro Público de Comercio

Registro Público de Comercio M4 - Antecedentes Registrales: Folio Mercantil Electrónico: 29834 Id: 16 Fecha de Ingreso: 05/01/2015 SOCIEDAD MERCANTIL Catalogo: Sociedad: Modalidad del capital variable: Por Instrumento No.: 15932 Volumen:

Más detalles

TESTIMONIO DE LA ESCRITURA MATRIZ DE LIQUIDACIÓN

TESTIMONIO DE LA ESCRITURA MATRIZ DE LIQUIDACIÓN NÚMERO: 31 LIBRO: 2 TESTIMONIO DE LA ESCRITURA MATRIZ DE LIQUIDACIÓN Otorgado por: A FAVOR DE: Lic. Abogado y notario NUMERO TREINTA Y UNO. En la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día catorce

Más detalles

acuerdo con los lineamientos que al efecto determine la Secretaría de Educación Publica; IV.- Participar conforme a las disposiciones, legales

acuerdo con los lineamientos que al efecto determine la Secretaría de Educación Publica; IV.- Participar conforme a las disposiciones, legales DOF: 11/02/1982 Decreto mediante el cual se fija que el Consejo de Fomento Educativo CONAFE, tendrá por objeto allegarse recursos complementarios para aplicarlos al mejor desarrollo de la educación en

Más detalles

AGRICULTORES UNIDOS E INNOVADORES DE SAN ANDRES IXTLAN SPR DE RL DE CV

AGRICULTORES UNIDOS E INNOVADORES DE SAN ANDRES IXTLAN SPR DE RL DE CV ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE AGRICULTORES UNIDOS E INNOVADORES DE SAN ANDRES IXTLAN, SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. En la población

Más detalles