CONTRATO DE SEGURO. Elementos de Derecho Comercial Prof. Lisandro A. Allende
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- Víctor Manuel de la Cruz Benítez
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1 CONTRATO DE SEGURO Elementos de Derecho Comercial Prof. Lisandro A. Allende
2 REGULACIÓN Ley de Seguros Ley , aseguradoras y su control, modificada por decreto 558/2002 Res. Gral. SSN : Reglamento Gral. De la actividad aseguradora (reglamenta a la Ley )
3 CONCEPTO Art. 1: Contrato en virtud del cual un asegurador se obliga mediante una prima o cotización a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.
4 CARACTERÍSTICAS Consensual Aleatorio Bilateral Oneroso No formal De ejecución continuada Típico Nominado De adhesión
5 PARTES DE LA RELACIÓN ASEGURATIVA (i) Asegurador (ii) Tomador (iii) Asegurado (iv) Beneficiario
6 PARTES DE LA RELACIÓN ASEGURATIVA (cont.) (i) Asegurador: debe necesariamente ser una de las empresas conformadas según los tipos societarios autorizados por la Ley y con habilitación de la SSN.
7 PARTES DE LA RELACIÓN ASEGURATIVA (cont.) (ii) Tomador: es la persona que celebra el contrato con el Asegurador. Puede hacerlo por cuenta propia o por cuenta ajena.
8 PARTES DE LA RELACIÓN ASEGURATIVA (cont.) (iii) Asegurado: resulta siempre ser el titular del interés asegurado.
9 PARTES DE LA RELACIÓN ASEGURATIVA (cont.) (iv) Beneficiario: es la persona que recibe la indemnización en el caso de la ocurrencia del siniestro previsto al contratar. Importante: NO es parte del Contrato.
10 ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO DE SEGURO Riesgo: es la posibilidad de que se produzca un evento incierto, casi siempre futuro, que influye desfavorablemente sobre el patrimonio de una persona. Prima: es la contrapartida del riesgo, y estará determinada por la tasación que la aseguradora efectúe del mismo.
11 PRIMA GASTOS Y PRIMA PURA + = GANANCIA Es la porción financiera necesaria para que determinado riesgo pueda ingresar a la masa asegurada. PREMIO o PRIMA COMERCIAL Resulta ser, en definitiva el precio del seguro
12 RIESGO ASEGURABLE (i) Interés lícito. (ii) El evento debe ser incierto y de ocurrencia posible, que no dependa de la voluntad de las partes. (iii) El evento debe ser ordinario, de manifestación regular.
13 RIESGO ASEGURADO El riesgo cuyo acaecimiento genera al Asegurador la obligación de indemnizar es el expresamente previsto y enmarcado en el contrato.
14 RIESGO EXCLUIDO El riesgo excluido es aquel que el Asegurador ha manifestado explícitamente su voluntad de no cubrirlo desde el principio del contrato. Puede ser convencional o legal (ej. suicidio en el caso de seguro de vida)
15 INTERÉS ASEGURABLE Art. 2: El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos, si existe interés asegurable, salvo prohibicíón expresa de la Ley. Importante: el seguro no cubre cosas o bienes, sino los intereses que existan sobre ellos.
16 RETICENCIA Es el instituto mediante el cual se procura garantizar la precisa determinación del riesgo asumido por el Asegurador. El Tomador tiene el deber de declarar con exactitud el estado del riesgo.
17 RETICENCIA - REQUISITOS (i) que el Tomador haya conocido la circunstancia omitida o inexactamente declarada; (ii) que el Asegurador no haya conocido dicha circunstancia; (iii) que sea influyente, de modo que de haberlo conocido el Asegurador no hubiera contratado en esos términos; (iv) que exista relación de causalidad entre la circunstancia omitida y el siniestro ocurrido.
18 RETICENCIA - EFECTOS (i) Buena fe: rescisión del contrato con devolución de prima previa deducción de gastos o reajuste de la prima. (ii) Mala fe: rescisión, más obligación del Tomador de abonar las primas transcurridas.
19 AGRAVACIÓN DEL RIESGO Implica la ocurrencia de algún hecho y/o circunstancia que altere el estado del riesgo asegurado. La Ley obliga al Asegurado a DAR AVISO al Asegurador sobre cualquier circunstancia que implique una agravación del riesgo asegurado.
20 PÓLIZA DE SEGURO Póliza Contrato de Seguro El Asegurador emite la póliza como prueba del contrato. El Asegurador debe entregar al Tomador o Asegurado una póliza debidamente firmada, con redacción clara y fácilmente legible
21 OBLIGACIONES DEL ASEGURADO a. Denunciar correctamente el estado del riesgo. b. Pagar la prima. c. Dar aviso sobre cualquier agravación del riesgo. d. No provocar siniestro por culpa o dolo. e. Denunciar el siniestro en tiempo oportuno (3 días), así como los daños sufridos. f. Abstenerse de cambiar las cosas dañadas. g. Salvamento. h. Dar aviso sobre la existencia de otros seguros.
22 OBLIGACIONES DEL ASEGURADOR a. Entregar la póliza. b. Pronunciarse sobre la aceptación de la cobertura, dentro de los 30 días de haber sido notificado del siniestro. c. Abonar la suma asegurada, en caso de aceptación.
23 MODALIDADES DE CONTRATACIÓN DE SEGURO (i) A favor de tercero (Ej. Seguro de vida). (ii) Por cuenta ajena (Ej. Seguro de transporte) (iii) Seguro múltiple (son tomados varios seguros de un mismo alcance temporal)
24 REASEGURO Es la contratación de un seguro, por parte del Asegurador, para asegurar los riesgos asegurados. Importante: El Asegurado carece de acción contra el Reasegurador.
25 REASEGURO (cont.) el reaseguro constituye la columna vertebral del seguro, pues, al igual que la del cuerpo humano, el reaseguro, desempeña el papel de sostén de toda la estructura técnica-económica aseguradora, permitiéndole mantenerse en pie y caminar. (Fernández Duribe, A.)
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