DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial
|
|
- Purificación Bustamante Acosta
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 ORDEN 8835/2012, DE 19 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2012/2013 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, de 3 de mayo (B.O.E. de 4 de mayo), la Administración educativa debe establecer anualmente el calendario escolar, que comprenderá un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias. A tal fin, de conformidad con las disposiciones vigentes, oídas las organizaciones representativas del profesorado y consultado el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 149/2011 de 28 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo. DISPONGO Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación La presente Orden tiene por objeto establecer el calendario escolar para el curso 2012/2013, siendo su contenido de aplicación en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria, Formación Profesional de Grado Superior, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Personas Adultas en la. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial 2.1. Actividades escolares. Las actividades escolares se desarrollarán entre el día 3 de septiembre de 2012 y el 28 de junio de 2013, salvo en las Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos que desarrollarán su actividad escolar entre el día 3 de septiembre de 2012 y el 31 de julio de 2013, con excepción, en todos los casos, de las correspondientes vacaciones y días festivos Actividades lectivas En las Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos las actividades lectivas darán comienzo el día 6 de septiembre de 2012 y finalizarán el día 31 de julio de Los niños escolarizados en unidades de segundo ciclo de Educación Infantil en Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos podrán hacer uso del calendario de primer
2 ciclo de Educación Infantil, en las condiciones que oportunamente establezca la Consejería de Educación y Empleo Los centros que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Especial comenzarán las actividades lectivas el día 10 de septiembre de 2012 y las finalizarán el 25 de junio de Artículo 3. Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Aulas de Compensación Educativa, Ciclos Formativos de Grado Medio, Ciclos Formativos de Grado Superior, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Personas Adultas Actividades escolares Las actividades escolares se desarrollarán entre el 3 de septiembre de 2012 y el 28 de junio de 2013, con excepción de las correspondientes vacaciones y días festivos Actividades lectivas Los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior comenzarán sus actividades lectivas el día 11 de septiembre de 2012 para el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria y el 12 de septiembre de 2012 en el resto de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y segundo curso de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior. El primer curso de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio lo hará el 20 de septiembre de 2012 y en el primer curso de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior comenzará el 1 de octubre de Las actividades lectivas de los citados centros terminarán el día 25 de junio de 2013, excepto para el alumnado de segundo de Bachillerato, que finalizará sus actividades lectivas en función de las necesidades derivadas de la celebración de las pruebas de acceso a la Universidad. No obstante, la finalización de las actividades de docencia directa con los alumnos deberá estar acorde con lo establecido en el Anexo II del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre (BOE de 6 de noviembre de 2007) y su corrección de errores en el BOE de 7 de noviembre de En los centros de Educación de Personas Adultas las actividades lectivas darán comienzo el día 17 de septiembre de 2012, excepto en los centros penitenciarios, que comenzarán el 10 de septiembre de 2012, y para los alumnos que se incorporen por primera vez a un centro de adultos en los niveles I y II de las enseñanzas conducentes al Titulo de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, comenzarán, como máximo el 24 de septiembre. La finalización de las actividades lectivas será el día 25 de junio de 2013.
3 En los centros de Enseñanzas Artísticas Superiores, Real Conservatorio Superior de Música, Escuela Superior de Canto, Real Escuela Superior de Arte Dramático, Conservatorio Superior de Danza, Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y Escuela Superior de Diseño, las actividades lectivas darán comienzo el día 17 de septiembre de 2012 y finalizarán el día 14 de junio de En los Conservatorios Profesionales de Música las actividades lectivas darán comienzo el día 17 de septiembre de 2012 y finalizarán el día 14 de junio de En los Conservatorios Profesionales de Danza las actividades lectivas darán comienzo el día 17 de septiembre de 2012 y finalizarán el 14 de junio de En las Escuelas de Arte las actividades lectivas darán comienzo el día 17 de septiembre de 2012 y finalizarán el día 25 de junio de En el caso del primer curso de los Ciclos Formativos de Grado Superior, la actividad lectiva comenzará el día 1 de octubre de En las Escuelas Oficiales de Idiomas las actividades lectivas darán comienzo el día 1 de octubre de 2012 y finalizarán el día 25 de junio de En los centros integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y/o Secundaria: - Las enseñanzas de Música que se imparten de forma no integrada en estos centros seguirán el calendario establecido para los Conservatorios Profesionales de Música. - Las enseñanzas que se imparten de forma integrada en estos centros comenzarán sus actividades lectivas el día 10 de septiembre de 2012 en Educación Primaria, el día 11 de septiembre en Educación Secundaria Obligatoria, y finalizarán ambas el 25 de junio de Artículo 4. Vacaciones escolares y otros días no lectivos para los centros educativos Vacaciones De Navidad. Comprenderán desde el día 22 de diciembre de 2012 hasta el día 6 de enero de 2013, ambos inclusive, excepto en las Escuelas Infantiles y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos, que comprenderán desde el 22 de diciembre de 2012 hasta el 2 de enero de 2013, ambos inclusive De Semana Santa. Comprenderán desde el día 23 hasta el día 31 de marzo de De verano. Se iniciarán el día 29 de junio de 2013 excepto en Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con
4 fondos públicos, en los que se iniciarán el 1 de agosto de En todos los centros terminarán el día anterior al comienzo del curso 2013/ Festividades y otros días no lectivos Las festividades y los otros días no lectivos tendrán los mismos efectos para los centros educativos que las vacaciones escolares Festividades - Año 2012: - 12 de octubre: Fiesta Nacional de España. - 1 de noviembre: Festividad de todos los Santos. - 6 de diciembre: Fiesta de la Constitución Española. - Los días de fiesta de ámbito local que haya determinado cada municipio para el año 2012 y así aparezcan publicados en el Boletín Oficial de la. - Año 2013: Los días festivos para el año 2013, que serán establecidos con posterioridad a la firma y difusión de la presente Orden, tendrán efecto sobre el curso 2012/2013. Dichos días festivos serán los siguientes: - Los que determine la Comunidad Autónoma de Madrid para el año 2013 en el ejercicio de sus competencias. - Los días de fiesta de ámbito nacional no trasladables que se establezcan para el año Los días de fiesta local que determine cada municipio para el año 2013 y así aparezcan publicados en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Otros días no lectivos También serán no lectivos para los centros educativos los siguientes días: - 2 de noviembre de de diciembre de de enero de de marzo de de abril de de mayo de En el caso de Escuelas Infantiles y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos, serán de aplicación únicamente el 2 de noviembre de 2012 y 3 de mayo de Los centros públicos de Enseñanzas de Régimen Especial y los centros privados sostenidos con fondos públicos podrán trasladar, previo acuerdo del Consejo
5 Escolar y notificación a la correspondiente Dirección de Área Territorial, uno de los citados días no lectivos para facilitar la celebración del patrono del centro. Dichos traslados de fecha deben ser notificados con antelación suficiente tanto a las familias como a las Direcciones de Área Territorial. Artículo 5. Especificaciones para la aplicación del calendario escolar en los centros educativos de titularidad pública Inicio de la actividad en los centros: El profesorado iniciará las actividades escolares en sus centros el día 3 de septiembre de 2012 para tareas de preparación, programación, coordinación, organización del curso, etc, de conformidad con las horas semanales reglamentariamente establecidas Comedor escolar en Colegios de Educación Infantil y Primaria y Centros de Educación Especial: conforme a la normativa vigente que regula los comedores escolares en los centros públicos no universitarios de la, el servicio de comedor escolar se prestará, con carácter general, durante todos los días lectivos del curso. 5.3 Jornada intensiva en Colegios de Educación Infantil y Primaria y Centros de Educación Especial: en los períodos comprendidos entre el 10 y 28 de septiembre de 2012 y entre el 3 y 25 de junio de 2013, las actividades lectivas podrán desarrollarse durante la mañana, en jornada de cuatro horas. Asimismo, previo acuerdo del Consejo Escolar, el día 21 de diciembre de 2012, podrán desarrollarse las actividades lectivas durante la mañana, en jornada de cuatro horas, debiendo permanecer abierto el servicio de comedor Evaluaciones y trabajos relacionados con la finalización del curso escolar: A partir de la fecha establecida para la finalización de las actividades lectivas, los días hábiles restantes se dedicarán a completar la evaluación de alumnos, reuniones del claustro de profesores y del Consejo Escolar y demás actividades recogidas en las disposiciones normativas que regulan tales extremos, todo ello dentro de la autonomía organizativa de los centros que siempre debe ser ejercida para el mejor desempeño de sus funciones. Asimismo, en los centros donde se impartan Enseñanzas de Régimen Especial, a partir de la fecha de finalización de las actividades lectivas, los días hábiles restantes se dedicarán a las actividades académicas establecidas en la normativa vigente que regula dichas enseñanzas. Artículo 6. Especificaciones para la aplicación del calendario escolar en centros privados sostenidos con fondos públicos Jornada intensiva en los centros privados sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil y Primaria: En los periodos comprendidos entre el 10 y el 28 de septiembre de 2012, el día 21 de diciembre de 2012 y entre el 3 y el 25 de junio de 2013, las actividades lectivas en dichos centros podrán desarrollarse en jornada intensiva si así lo acuerda el titular del centro.
6 Artículo 7. Cumplimiento y publicidad 7.1. En los centros sostenidos con fondos públicos, las fechas de inicio y final de curso para cada etapa o enseñanza tienen carácter de mínimos obligatorios. El curso no podrá iniciarse después, ni finalizar antes, de las fechas señaladas en cada caso El calendario escolar se expondrá, en cada centro docente, de forma visible para todos los interesados y se entregará copia del mismo a los miembros del Consejo Escolar y a la Asociación de Madres y Padres de Alumnos, para el conocimiento de toda la comunidad educativa Los directores de los centros educativos son los responsables del cumplimiento del presente calendario escolar El presente calendario escolar no podrá ser modificado salvo en casos excepcionales que deberán ser adecuadamente justificados y comunicados con la debida antelación. En todo caso, la modificación deberá ser previamente autorizada por la Viceconsejería de Educación a propuesta de la Dirección de Área Territorial o de la Dirección General correspondiente.
DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial
ORDEN 2182/2013 DE 4 DE JULIO DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2013/2014 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS
1. PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL
INSTRUCCIONES DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN POR LAS QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO ESCOLAR 2009/2010 EN LAS ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN
Calendario Escolar 2013-2014
Consejería de Educación, Juventud y Deporte Comunidad de Madrid Calendario Escolar 203-204 AÑO 203 AÑO 204 SEPTIEMBRE 30 OCTUBRE 2 3 4 5 6 7 8 9 0 2 3 4 5 6 7 8 9 20 2 22 23 24 25 26 27 28 29 30 3 NOVIEMBRE
1. PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL
INSTRUCCIONES DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN POR LAS QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO ESCOLAR 2008/2009 EN LAS ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN
,,il.'l: tqg5 lta rf. fl -tf''+:-',='ff g"e-?d#-cjacron' r-;'"--.i:;;;'-*;'";***- 2l_ O'f. Gomunidad de Madrid. 2.1. Actividadesescolares.
n r:::ü;;t;üi;il"ie;,_ ;;i;, i r-;'"--.i:;;;'-*;'";***- fl -tf''+:-',='ff g"e-?d#-cjacron' Gomunidad de Madrid.:,,", j: ii;'liñ ;É f ljl;i; 1; ",.illl'/i{i,- i.',,il.'l: tqg5 lta rf ;:'-.r;.:, 2l_ O'f
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Consejería de Educación y Empleo Comunidad de Madrid Calendario Escolar del 2011-2012 AÑO 2011 AÑO 2012 SEPTIEMBRE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 OCTUBRE
Calendario escolar curso 2010-11 D. G. de Educación Infantil y Primaria C/ Alcalá, 32 Código Postal: 28014 Distrito: Centro
Calendario escolar curso 2010-11 D. G. de Educación Infantil y Primaria C/ Alcalá, 32 Código Postal: 28014 Distrito: Centro Atención al Ciudadano Orden 3371/2010 de 16 de junio de la Consejería de Educación
1. PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL. 1.1. Actividades Escolares.
INSTRUIONES DE LA DIREIÓN GENERAL DE ENTROS DOENTES POR LAS QUE SE DITAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL ALENDARIO ESOLAR PARA EL URSO ESOLAR 2006/2007 EN LAS ENSEÑANZAS DE EDUAIÓN INFANTIL, EDUAIÓN PRIMARIA,
I. Comunidad Autónoma
Página 20807 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 7647 Resolución de 3 de mayo de 2012, por la que se establece el período lectivo del curso escolar
I. Comunidad Autónoma
Página 21337 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 8028 Resolución de 10 de mayo de 2013, por la que se establece el periodo lectivo del curso escolar
d) La finalización del régimen ordinario de clase será el 23 de junio de 2016.
RESOLUCIÓN DE 29 DE MAYO DE 2015 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA
1. El curso académico se iniciará el día 1 de septiembre de 2015 y finalizará el día 30 de junio de 2016.
Resolución de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Sevilla por la que se dictan las normas que han de regir el calendario escolar para el curso 2015/2016 en todos los centros docentes,
La Orden 947/2006, de 24 de febrero, de la Consejería de Educación, regula el funcionamiento de las Casas de Niños con extensión de servicios.
CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES POR LA QUE SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS CASAS DE NIÑOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL CURSO 2007/2008 El Decreto 117/2004, de 29 de julio,
III. Otras Resoluciones
Boletín Oficial de Canarias núm. 94 11345 Jueves 12 de mayo de 2011 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes 2520 Dirección General de Centros e Infraestructura
III. Otras Resoluciones
24169 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 3899 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 3 de septiembre de 2014, por
CALENDARIOS ESCOLARES DE INFANTIL, PRIMARIA, ESO, BACHILLERATO Y FP DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. CURSO 2011-2012
CALENDARIOS ESCOLARES DE INFANTIL, PRIMARIA, ESO, BACHILLERATO Y FP DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. CURSO 2011-2012 ANDALUCÍA: Infantil y Primaria: del 12 de septiembre al 22 de junio ESO: del 15 de septiembre
En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente, DISPONGO
ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD, POR LA QUE SE REGULA LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS DOCENTES QUE IMPARTEN SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID.
JUÍ1TA DE f\íidju.u(lf\a DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Delegación Territorial en Córdoba
JUÍTA E f\íiju.u(lf\a E EUCACIÓN, CUTURA Y EPORTE RESOUCIÓN E A EEGACIÓN TERRITORIA E A CONSEJERÍA E EUCACIÓN, CUTURA Y EPORTE EN CÓROBA, POR A QUE SE APRUEBAN E CAENARIO Y A JORNAA ESCOAR EN OS CENTROS
Delegación Provincia! Córdoba
UHTR E RTiAUCm CONSEERÍA E EUCACIÓN elegación Provincia! RESOUCIÓN E A EEGACIÓN PROVINCIA E EUCACIÓN E CÓROBA, POR A QUE SE APRUEBAN E CAENARIO Y A ORNAA ESCOAR EN OS CENTROS OCENTES NO UNIVERSITARIOS
III. Otras Resoluciones
16383 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 3308 Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.- Resolución de 4 de junio de 2013, por la que se establece
JUÍITA DE RT1DRIÜC1R. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Córdoba
JUÍITA E RTRIÜCR elegación Territorial de Educación, Cultura y eporte en Córdoba RESOUCIÓN E A EEGACIÓN TERRITORIA E EUCACIÓN, CUTURA Y EPORTE EN CÓROBA, POR A QUE SE APRUEBAN E CAENARIO Y A JORNAA ESCOAR
MODIFICACIÓN DEL CALENDARIO ESCOLAR EN CATALUÑA
MODIFICACIÓN DEL CALENDARIO ESCOLAR EN CATALUÑA El 8 de Febrero se ha publicado la Orden de calendario escolar para los cursos 2010-2011 y 2011-2012 en los centros educativos no universitarios de Cataluña.
DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
ORDEN DE DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2013/2014 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS
DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
ORDEN 2459/2011 DE 16 DE JUNIO DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2011/2012 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS
El Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, (BOE de 21 de febrero).
CIRCULAR DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE SOBRE LA CONSTITUCIÓN Y RENOVACIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS (CURSO 2014/2015) I.-
TIEMPOS ESCOLARES. Calendario escolar
VII. TIEMPOS ESCOLARES Calendario escolar 1. El calendario escolar, de conformidad con lo que se determina en el artículo 12.1 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción
DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
ORDEN 502/2013, DE 25 DE FEBRERO DE 2013, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN,, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA SOLICITAR EL CAMBIO DE JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS PÚBLICOS QUE IMPARTEN
Indice Anexo Legislativo
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - España 1 Indice Anexo Legislativo ANEXO LEGISLATIVO... 2 1. ORGANIZACIÓN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO... 2 2. PARTICIPACIÓN SOCIAL Y ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA...
3. Ot r a s disposiciones
Página 64948 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 19287 Orden de 9 de noviembre de 2009, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la
LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.
MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN con las modificaciones 1 introducidas por la LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.
INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN INFORMÁTICA CALENDARIOS ESCOLARES 2013-2014
INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN INFORMÁTICA CALENDARIOS ESCOLARES 2013-2014 GENERALIDADES El funcionamiento general de la nueva aplicación de Calendario Escolar es similar al de la aplicación usada hasta
Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 48587 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/580/2012, de 13 de julio, por la que se modifica la Orden EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por
FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO
ESTRUCTURA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL (F.P.) La F.P. se estructura en Familias Profesionales. Dentro de cada Familia Profesional, la F.P. organiza en Ciclos Formativos (CC.FF.): CC.FF. de Grado Medio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 54 MARTES 5 DE MARZO DE 2013 Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 2 ORDEN 502/2013, de 25 de febrero, por la que se regula el
CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES 2015-2016 (Aprobado en el Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2015)
VICERRECTORADO DE DOCENCIA CALENDARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES 2015-2016 (Aprobado en el Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2015) El calendario de actividades docentes es el marco temporal en el que
Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes INSTRUCCIONES
INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA EN CENTROS PRIVADOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Mediante la Orden 3272/2011, de 25
Primero.- Establecer mediante la presente resolución el Calendario Escolar correspondiente al curso 2015-2016.
BORRADOR RESOLUCIÓN de de de 2015, del Director General de Política Educativa y Educación Permanente del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el calendario escolar
1. Ratios profesor/unidad escolar
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROFESORADO EN LOS CENTROS PRIVADOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS EN EL CURSO 2005-2006 1. Ratios profesor/unidad escolar
QUÉ SE PUEDE HACER AL TERMINAR BACHILLERATO IES SANTA TERESA. DEPARTAMENTO DE ORIENTACION
QUÉ SE PUEDE HACER AL TERMINAR BACHILLERATO IES SANTA TERESA. DEPARTAMENTO 1 Con TÍTULO de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria Cursar una de las tres modalidades de Bachillerato. Acceder a Ciclos
Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.
Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. MARCO LEGAL: Orden De 10-8-07 (Art. 7 y Anexo II) LEA (Art. 50
Calendario Académico curso 2015 2016
curso 2015 2016 Aprobado por Comisión Académica de fecha 21 de enero de 2015 Aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 29 de enero de 2015 Índice 1 INTRODUCCIÓN... 5 2 PREINSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN... 5 2.1
I. DATOS BÁSICOS. NIVEL NACIONAL CURSO 2008-2009
1. Clasificación de los centros por enseñanza que imparten y variación respecto al curso anterior Enseñanzas de Régimen General TOTAL 24.949 23.642 1.307 5,5% Centros E. Infantil (1) 6.011 4.911 1.100
Educación Secundaria Obligatoria
Principios generales Tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende cuatro cursos académicos. Con carácter general, el alumnado tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario hasta los dieciocho años.
Datos avance 2011 2012
Nota: Estadística de las Enseñanzas no universitarias. Datos avance 2011 2012 Se publican los resultados avance de la Estadística de las Enseñanzas no universitarias correspondientes al curso 2011-2012.
NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN
NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN (Consejo de Gobierno de 17 de Diciembre de 2004, modificada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007) El Real Decreto
Comisión Diocesana de Educación Católica y Pastoral Universitaria. Arzobispado de Valencia PLURILINGÜISMO
PLURILINGÜISMO 1. DECRETO 127/2012 de 3 de agosto (DOCV n. 6834/06.08.2012) Art. 3. Definiciones: 1. Programas lingüísticos (PL): además del valenciano o castellano como lengua vehicular, una lengua extranjera,
RESOLUCIÓN: Primero. Objeto y ámbito de aplicación
16329 RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2014 / 2015. (2014061112) La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
JUIITR DT RTII}RLUIIA
JUIITR DT RTII}RLUIIA Resolución de 25 de mayo de 2Ol2 de la Delegación Provincial de Educación en Sevilla por la que se dictan las normas que han de regir el calendario escolar para el curso 2012/2OL3
MINISTERIO DE EDUCACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y COOPERACION TERRITORIAL
Proyecto de REAL DECRETO.. /, de de, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñará sus funciones en las Etapas de Educación infantil y de Educación primaria
I. Comunidad Autónoma
Página 24329 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones 7311 Resolución de 8 de junio de 2015, por la que se establece el periodo lectivo del curso escolar 2015-2016. En cumplimiento de la disposición
EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL
EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL en el curso de referencia de esta publicación, 2003-2004, se encuentra regulado por la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) en los niveles anteriores
MODIFICACIONES CALENDARIO ESCOLAR 14-15
MODIFICACIONES CALENDARIO ESCOLAR 14-15 Consecuencia de la publicación de la OF 86/2014 de 18 de septiembre y la RESOLUCIÓN 506/2014 de 16 de octubre *NOTA: Los cambios con respecto a lo programado en
Este proyecto de decreto presenta una estructura que consta de las siguientes partes:
DOCUMENTO DE TRABAJO PARA LA COMISIÓN DE DICTÁMENES E INFORMES (CDI 2/2015) SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN DEL PRÁCTICUM DE LOS ALUMNOS DE
Ley Orgánica 2/2006 de Educación y la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía.
INSTRUCCIONES DE 31 DE MAYO DE 2013 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO PARA EL DESARROLLO DEL PRÁCTICUM UNIVERSITARIO DE LAS TITULACIONES ACOGIDAS A CONVENIO EN
DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN
Ref: 09/930748.9/14 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación, Juventud y Deporte DISPONGO
B.O.C.M. Núm. 12 MARTES 15 DE ENERO DE 2013 Pág. 71 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 11 ORDEN 11994/2012, de 21 de diciembre, por la que se regula
ANEXO LEGISLATIVO 1.- ORDENACIÓN DE CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL CON CARÁCTER GENERAL.
ANEXO LEGISLATIVO 1.- ORDENACIÓN DE CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL CON CARÁCTER GENERAL. - Ley Orgánica 1/90, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4). Capítulo
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
13724 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2015, de la Secretaría General de Educación, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2015/2016. (2015060880) La Ley
DIRECCIÓN GENERAL DE ENSEÑANZAS ESCOLARES Subdirección Gral. de Inspección y Ordenación Académica Servicio de Ordenación Académica
INSTRUCCIONES DE LA SOBRE LA EXPEDICIÓN DE LOS TÍTULOS DE GRADUADO ESCOLAR Y BACHILLERATO UNIFICADO Y POLIVALENTE A AQUELLOS ALUMNOS QUE HUBIERAN CURSADO SIN FINALIZARLOS ESTUDIOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
I. Disposiciones generales. Otras Administraciones. Boletín Oficial de Canarias núm. 37, martes 24 de febrero de 2009 3669
Boletín Oficial de Canarias núm. 37, martes 24 de febrero de 2009 3669 Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 3 de febrero de 2009,
CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA
DOG Núm. 113 Miércoles, 17 de junio de 2015 Pág. 24081 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA ORDEN de 8 de junio de 2015 por la que se aprueba el cendario
El Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, (BOE de 21 de febrero).
IRULAR DE LA VIEONSEJERÍA DE EDUAIÓN SOBRE LA ONSTITUIÓN Y RENOVAIÓN DE LOS ONSEJOS ESOLARES DE LOS ENTROS DOENTES SOSTENIDOS ON FONDOS PÚBLIOS. URSO 2012/2013 I.- INTRODUIÓN Iniciado el curso escolar,
antes del 30 de Junio aula de fisioterapia
INTRUCCIONES PARA LA TRAMITACIÓN DEL EQUIPAMIENTO ESPECÍFICO PARA ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES ESCOLARIZADOS EN ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL, COLEGIOS PUBLICOS DE EDUCACION INFANTIL,
Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 43416 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/493/2013, de 20 de junio, por la que se modifican las Órdenes EDU/1061/2008, de 19 de junio, por
TITULO II. De la gestión presupuestaria CAPITULO I. De la gestión de los presupuestos docentes.
TITULO II De la gestión presupuestaria CAPITULO I De la gestión de los presupuestos docentes. Artículo 17. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.
Región de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO
Región de Murcia CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN DE 29 DE DICIEMBRE DE 2009 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS POR LA QUE SE ESTABLECEN
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS. 1.- OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es la prestación del servicio de Educación Permanente de Adultos para el Municipio de
MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA. BOE 13 julio 1994, núm. 166/1994 [pág. 22487]
MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA. BOE 13 julio 1994, núm. 166/1994 [pág. 22487] - BOE 30 julio 1994, núm. 181/1994 [pág. 24741] (RCL 1994\2233). Esta corrección está incorporada en el texto de la disposición.
Por ello, esta Dirección General, ha resuelto dictar las siguientes instrucciones:
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE PARA EL DESARROLLO DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO DURANTE EL CURSO 2009-2010. La Orden de la Consejería
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
5991 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2010 por la que se regula el desarrollo del Practicum correspondiente al título de Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Organización y funcionamiento de las Escuelas Infantiles en los Centros Penitenciarios
C 14/97 TP Asunto: Organización y funcionamiento de las Escuelas Infantiles en los Centros Penitenciarios Área de Aplicación: EDUCACION Y FORMACION SOCIOCULTURAL Descriptores: Plan anual de Centro. Memoria
DISPONGO. Capítulo I Autorización
ORDEN,, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE AUTORIZA A TRES COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA A IMPARTIR EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y SE DAN INSTRUCCIONES PARA
Los centros privados sostenidos con fondos públicos contarán con la figura del Director, según establece el Art. 54 de la LODE.
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES PARA LA REGULACIÓN DE LA GESTIÓN RELATIVA A LA FINANCIACIÓN DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA EN LOS CENTROS PRIVADOS SOSTENIDOS TOTAL O PARCIALMENTE CON
CONCEPTOS Y FUENTES. Instituto de Estadística de Extremadura
CONCEPTOS Y FUENTES El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte elabora anualmente la publicación Estadísticas de la Educación en España en la que se recoge los resultados más recientes de las estadísticas
Ley Orgánica 2/2006 de Educación y la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía.
INSTRUCCIONES DE 11 DE JUNIO DE 2015 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO PARA EL DESARROLLO DEL PRÁCTICUM UNIVERSITARIO DE LAS TITULACIONES DE GRADO, MÁSTER Y EQUIVALENTE
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Núm. 62 Lunes 14 de marzo de 2011 Sec. I. Pág. 27975 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 4628 Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio,
Teléfono de Información 012 www.gva.es
Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Proceso de preinscripción y matrícula para el curso académico 2014-2015 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana. Objeto del trámite El
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
10915 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2013, de la Secretaría General de Educación, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2013/2014. (2013060741) La Ley
1. PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL
INSTRUCCIONES DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN POR LAS QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO ESCOLAR 2008/2009 EN LAS ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN
DOCUMETO PARA IFORMACIÓ PÚBLICA VERSIÓ II-17-MARZO-2015
PROYECTO DE ORDE DE LA COSEJERA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIEDA POR LA QUE SE DESARROLLA LA DISPOSICIÓ ADICIOAL TERCERA DEL DECRETO 78/2007, DE 18 DE ABRIL Y SE REGULA LA JORADA Y HORARIO
CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA
CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA DOCUMENTO INFORMATIVO La Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía está tramitando un proyecto de Orden para regular las enseñanzas de Formación
LEYORGÁNICA 4/2011, COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE (B.O.E. 12/03/2011)
LEYORGÁNICA 4/2011, COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE (B.O.E. 12/03/2011) Artículo primero. Modificación de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación
REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO
REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO PREÁMBULO El Real decreto 1393/2007, del 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, dispone
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA (Madrid) Plaza Mayor, 1 28470 CERCEDILLA (Madrid) Telfs. 91-852.57.40 Fax. 91-852.22.00
CONTRATOS GESTION SERVICIOS 2016/2 789 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EL CONTRATO PLURIANUAL DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE LA ESCUELA INFANTIL RINCON FLORIDO situada en la Ctra.
Distribución del horario para el profesorado de Secundaria. Cuaderno explicativo. Curso 2014-2015.
Distribución del horario para el profesorado de Secundaria. Cuaderno explicativo. Curso 2014-2015. aps asociación de profesores de secundaria de navarra. c/ tajonar 14 (cap pamplona, aula 31) nafarroako
INSTRUCCIONES. CAPITULO I. Educación Secundaria Obligatoria. 1. Horarios.
Ref: 09/770303.9/15 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL SOBRE ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
ORDENO: Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
ORDEN FORAL /, de de, del Consejero de Educación, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas de Bachillerato para personas adultas en régimen presencial y en régimen a distancia en el ámbito de la
INSTRUCCIONES DE INICIO DE CURSO CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA 2014/2015
INSTRUCCIONES DE INICIO DE CURSO CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA 2014/2015 NORMATIVA GENERAL DE APLICACIÓN Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013,
Los proyectos podrán ser propuestos por el profesorado del ciclo formativo o por el alumnado.
Instrucción nº 3/2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, sobre el módulo profesional de Proyecto incluido en los títulos de formación profesional de grado superior
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN
Proyecto de Real Decreto por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas
b) El sistema educativo español. La etapa de Educación Infantil
Bloque I: Contextualización del proceso de enseñanza-aprendizaje b) El sistema educativo español. La etapa de Educación Infantil Índice Legislación Niveles de concreción curricular El sistema educativo
DISPOSICIONES GENERALES
12078 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DECRETO 111/2010, de 7 de mayo, por el que se regulan las asociaciones de madres y padres del alumnado y se crea el registro de estas entidades en
DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2018/2019 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA
NORMATIVA DEL TRABAJO FIN DE GRADO DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA CEU DE MAGISTERIO DE VIGO
NORMATIVA DEL TRABAJO FIN DE GRADO DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA CEU DE MAGISTERIO DE VIGO Aprobada en la Junta de Centro del día 3/10/2013 Modificada en la Junta de Centro del día 2/10/2014 NORMATIVA DEL
Propuesta de Organización y Horario del Bachillerato en Extremadura
Consejería de Educación Dirección General de Calidad y Equidad Educativa JUNTA DE EXTREMADURA Delgado Valencia, 6 06800 MÉRIDA http://www.juntaex.es Teléfono: 924 00 67 64 Fax: 924 00 67 28 Propuesta de
1. RATIOS GENERALES PROFESOR / UNIDAD ESCOLAR
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES POR LAS QUE SE ESTABLECEN LAS RATIOS PROFESOR / UNIDAD ESCOLAR Y LA FINANCIACIÓN DEL SERVICIO DE ORIENTACIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES PRIVADOS SOSTENIDOS
I. Comunidad Autónoma
Página 27568 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 9947 Orden de 21 de junio de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se
AÑO VII 10 de septiembre de 2010 BOUC nº 12 I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.1. CONSEJO DE GOBIERNO I.1.1. Vicerrectorado de Doctorado y Titulaciones Propias Acuerdo del Consejo de Gobierno de
2.1. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO)
EDUCACIÓN SECUNDARIA 2.1. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO) 2.1.1. DESCRIPCIÓN GENERAL CARACTERÍSTICAS La Educación Secundaria Obligatoria (ESO) es obligatoria y, por tanto, gratuita. Comprende de