ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE (LAS PALMAS) CON FECHA 11 DE OCTUBRE DE 2014

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1 SEG ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE CON FECHA 11 DE OCTUBRE DE 2014 ASISTENTES: ALCALDE PRESIDENTE: D. Manuel Fajardo Feo CONCEJALES: D. Remigio Joel Delgado Cáceres Dª. María Ángela Hernández Cabrera D. Roberto Vicente Herbón D. Vicente Jesús Dorta Borges D. Cristóbal Juncal Fernández Dª. María del Carmen Sáez Vidal Dª. Ascensión Toledo Hernández D. Rafael Juan González Robayna Dª. María Ángeles García Hernández Dª María Teresa Lorenzo Rodríguez D. Orlando Umpiérrez García D. Jacobo Lemes Duarte D. José Francisco Montelongo Espinosa Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández D. Pedro Marcial Viera Espinosa D. Víctor Manuel Sanginés Tremps Dª. Eva de Anta de Benito Dª. Blanca María Blancas Suárez D. Juan Jesús González Docal D. Pedro Manuel de Armas Sanginés Dª. Emilia Perdomo de Quintana En Arrecife de Lanzarote a once de octubre de dos mil catorce, siendo las ocho horas, se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, el Pleno de este Ayuntamiento en sesión Ordinaria, en primera convocatoria bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente DON MANUEL FAJARDO FEO, con asistencia de los miembros al margen relacionados. Abierta la sesión por el Sr. Alcalde, se procedió a tratar el siguiente Orden del Día: AUSENTES D. Cándido Reguera Díaz, el cual es excusado. D. Domingo García González, el cual es excusado. SECRETARIO ACUMULADO D. Leopoldo José Díaz Bethencourt INTERVENTOR D. Carlos Sáenz Melero Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página: 1 de 138

2 ORDEN DEL DÍA 1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES CELEBRADAS LOS DÍAS 13 DE ENERO, ORDINARIA, 10 DE FEBRERO, ORDINARIA, 27 DE FEBRERO, EXTRAORDINARIA Y 14 DE MARZO DE 2014, ORDINARIA. 2.- ASUNTOS DE LA ALCALDÍA PRESIDENCIA I.- PARTE RESOLUTIVA I.-A) ASUNTOS Y PROPOSICIONES DICTAMINADOS. 3.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA, REFª: 101/2014, SOBRE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Y LOS SIETE AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA Y LA ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LANZAROTE (ADISLAN). 4.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA COD02/14 SOBRE EL EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES DEPORTIVAS APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES. 6.- ACUERDO, QUE PROCEDA, SOBRE NOMINACIÓN DE VARIAS VÍAS DEL MUNICIPIO. 7.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA, REFª: RRHH 216/14, POR EL QUE SE NOMBRA SECRETARIO ACCIDENTAL DE ORDINARIO. 8.- ACUERDOS, QUE PROCEDAN, EN RELACIÓN CON EL EXPEDIENTE DEL REGLAMENTO SOBRE LA SELECCIÓN DE PERSONAL EN LAS CONTRATACIONES TEMPORALES Y NOMBRAMIENTOS Y, SOBRE LA CREACIÓN, GESTIÓN Y CONTROL DE LAS BOLSAS DE TRABAJO VINCULADAS A LAS MISMAS. 9.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL ARTÍCULO 2, SOBRE ÁMBITO TEMPORAL DEL ACUERDO APROBADO POR LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE CELEBRADA EL DÍA 2 DE JULIO DE RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA, REFª RRHH 220/2014, DE FECHA 1 DE OCTUBRE DE ACUERDO, QUE PROCEDA, SOBRE DECLARACIÓN INSTITUCIONAL RELATIVA AL SERVICIO DE GERIATRÍA DEL HOSPITAL INSULAR DE LANZAROTE APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR PARA QUE SE EJECUTE EL PRIMER PLAN DE ACCIÓN ARRECIFE SIN BARRERAS (EXPTE ) APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR INSTANDO AL GOBIERNO DE CANARIAS PARA QUE ADOPTE LAS MEDIDAS OPORTUNAS PARA MEJORAR LA SITUACIÓN DE LA SANIDAD EN LANZAROTE (EXPTE ) APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR PARA QUE SE ADOPTEN LAS MODIFICACIONES LEGALES OPORTUNAS QUE GARANTICEN EL RESPETO A LA VOLUNTAD MAYORITARIA DE LOS CIUDADANOS Y LA ESTABILIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE TAL MANERA QUE EL CABEZA DE LA LISTA MÁS VOTADA EN LAS ELECCIONES LOCALES SEA ELEGIDO ALCALDE (EXPTE ) APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL P.I.L., N.C., AC25M y PP, PARA QUE SE MODIFIQUE EL ARTÍCULO 7, APARTADO 2 DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (EXPTE ). I.-B) ASUNTOS Y MOCIONES SIN DICTAMINAR. I.-C) ASUNTOS Y MOCIONES DE URGENCIA. II. PARTE DEDICADA AL CONTROL DAR CUENTA DE LOS DECRETOS DICTADOS POR LA ALCALDÍA DURANTE EL MES DE AGOSTO DE RUEGOS Y PREGUNTAS. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 2 de 138

3 ORDEN DEL DÍA PUNTO PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES CELEBRADAS LOS DÍAS 13 DE ENERO, ORDINARIA, 10 DE FEBRERO, ORDINARIA, 27 DE FEBRERO, EXTRAORDINARIA Y 14 DE MARZO DE 2014, ORDINARIA. Seguidamente se da cuenta por el Sr. Secretario Acumulado de las siguientes actas: El Acta de fecha 13 de enero de 2014, sesión ordinaria, la cual es aprobada por la totalidad de los Sres. concejales presentes. El Acta de fecha 10 de febrero de 2014, sesión ordinaria, la cual es aprobada por la totalidad de los Sres. concejales presentes. El Acta de fecha 27 de febrero de 2014, sesión extraordinaria, la cual es aprobada por la totalidad de los Sres. concejales presentes. El Acta de fecha 14 de marzo de 2014, sesión ordinaria, la cual es aprobada por la totalidad de los Sres. concejales presentes. PUNTO SEGUNDO.- ASUNTOS DE LA ALCALDÍA PRESIDENCIA. 1.- Por el Secretario se da cuenta, tomando conocimiento todos los asistentes, de los siguientes Decretos dictados por el Sr. Alcalde: 119/14 DECRETO DE ALCALDÍA Considerando que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde. Considerando que el día 03 de septiembre de 2014, el Sr. Alcalde se encontrará ausente del Municipio. Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. RESUELVO PRIMERO. Delegar en D. José Montelongo Espinosa [Primer Teniente de Alcalde] la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el día 03 de septiembre de SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros. TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 3 de 138

4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución. QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera Sesión que esta celebre. SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a dos de septiembre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Accidental, D. Francisco Javier López Martínez, doy fe. EL ALCALDE PRESIDENTE. Ante mí, EL SECRETARIO ACCIDENTAL. SEG 120/14 DECRETO DE LA ALCALDIA Habida cuenta de la ausencia del concejal D. Víctor Sanginés Tremps, durante los días 3, 4, y 5 de septiembre de 2014, ambos inclusive, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en la materia, por medio del presente, RESUELVO: PRIMERO.- Avocar, con efecto del 3 de septiembre de 2014, la delegación de atribuciones del Área de Festejos, Limpieza, y Transportes efectuada a D. Víctor Sanginés Tremps, por Resolución de esta Alcaldía de fecha 24 de septiembre de 2012, ( refª SEG 124/12). SEGUNDO.- Delegar en el concejal D. José Montelongo Espinosa, las atribuciones que corresponden al Alcalde en el Área de Festejos, Limpieza y Transporte, durante los días 3, 4, y 5 de septiembre de 2014, ambos inclusive, con la facultad de dirigir el Área correspondiente, así como la de gestionarlo en general, e incluso la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. La presente delegación de atribuciones, se entiende sin perjuicio de la obligación del Delegado de suministrar al Delegante puntual e inmediata información de las decisiones que se adopte. TERCERO.- Las mencionadas atribuciones delegadas serán ejercidas nuevamente por el concejal D. Víctor Sanginés Tremps a partir del día 6 de septiembre de CUARTO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de conformidad con la legislación vigente. QUINTO.- De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno en la primera Sesión que se celebre. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a dos de septiembre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Accidental, D. Francisco Javier López Martínez, doy fe. EL ALCALDE. Ante mí, EL SECRETARIO ACCIDENTAL. 121/14 DECRETO DE LA ALCALDIA En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en la materia, RESUELVO: PRIMERO.- DESIGNAR a la concejal Dª Mª Teresa Lorenzo Rodríguez, para que asista en representación de este Ayuntamiento, a la Sesión Extraordinaria de la Asamblea General Extraordinaria del Consorcio del Agua de Lanzarote constituida en Junta General Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 4 de 138

5 de Inalsa, el día 05 de septiembre de 2014, a las 09:30 horas, a celebrar en la Sala de Comisiones I del Cabildo Insular de Lanzarote. SEGUNDO.- De la presente Resolución de dará cuenta al Pleno en la primera Sesión que celebre. TERCERO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de conformidad con la legislación vigente. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a cuatro de septiembre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Accidental, D. Francisco Javier López Martínez, doy fe. EL ALCALDE PRESIDENTE. EL SECRETARIO ACCIDENTAL. SEG 122/14 DECRETO DE LA ALCALDIA Habida cuenta de la ausencia del concejal D. Jacobo Lemes Duarte, desde el día 8 al 19 de septiembre de 2014, ambos inclusive, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en la materia, por medio del presente, RESUELVO: PRIMERO.- Avocar, con efecto del 8 de septiembre de 2014, la delegación d0 atribuciones del Área de Parques, Jardines, Juventud, Policía Local y Tráfico efectuada a D. Jacobo Lemes Duarte por Resolución de esta Alcaldía de fecha 05 de noviembre de 2012 ( refª SEG 139/12). SEGUNDO.- Delegar en el concejal Rafael Juan González Robayna la'; atribuciones que corresponden al Alcalde en el Área de Parques, Jardines, Juventud. Policía Local y Tráfico, desde el día 8 al 19 de septiembre de 2014, ambos inclusive, con la facultad de dirigir las Áreas correspondientes, así como la de gestionarlos en general, e incluso la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. La presente delegación de atribuciones, se entiende sin perjuicio de la obligación del Delegado de suministrar al Delegante puntual e inmediata información de las decisiones que se adopte. TERCERO.- Las mencionadas atribuciones delegadas serán ejercidas nuevamente por el concejal D. Jacobo Lemes Duarte a partir del 20 de septiembre de CUARTO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de Provincia de Las Palmas, de conformidad con la legislación vigente. QUINTO.- De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno en la primera Sesión que se celebre. Lo manda y fuma el Sr. Alcalde Presidente, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife- Lanzarote, a cinco de septiembre de dos mil catorce, de lo que como Secretario Accidental D. Francisco Javier López Martínez, doy fe. EL ALCALDEPRESIDENTE. Ante mí, EL SECRETARIO ACCTAL. SEG 123/14 DECRETO DE LA ALCALDIA Habida cuenta de la ausencia de la concejal Dª Francisca Toledo Hernández, desde el día 8 al 15 de septiembre de 2014, ambos inclusive, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en la materia, por medio del presente, RESUELVO: PRIMERO.- Avocar, con efecto del 8 de septiembre de 2014, la delegación de atribuciones del Área de Educación y Deportes, efectuada a Dª. Francisca Mª Carmen Toledo Hernández, por Resolución de esta Alcaldía de fecha 13 de marzo de 2012 (refª SEG 41/12). SEGUNDO.- Delegar en la concejal Dª. Eva de Anta de Benito las atribuciones que corresponden al Alcalde en el Área Educación y Deportes, desde el día 8 al 15 de septiembre de 2014, ambos inclusive, con la facultad de dirigir las Áreas correspondientes, así como la de gestionarlos en general, e incluso la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 5 de 138

6 La presente delegación de atribuciones, se entiende sin perjuicio de la obligación del Delegado de suministrar al Delegante puntual e inmediata información de las decisiones que se adopte. TERCERO.- Las mencionadas atribuciones delegadas serán ejercidas nuevamente por la concejal Dª Francisca Toledo Hernández, a partir del 16 de septiembre de CUARTO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de conformidad con la legislación vigente. QUINTO.- De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno en la primera Sesión que se celebre. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a cinco de septiembre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Accidental, D. Francisco Javier López Martínez, doy fe. EL ALCALDE PRESIDENTE. Ante mí, EL SECRETARIO ACCTAL. SEG 124/14 DECRETO DE LA ALCALDIA Habida cuenta de la ausencia del concejal D. José Montelongo Espinosa, durante los días 18 y 19 de septiembre de 2014, ambos inclusive, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en la materia, por medio del presente, RESUELVO: PRIMERO.- Avocar, con efecto del 18 de septiembre de 2014, la delegación de atribuciones del Área de Oficina Técnica, Infracciones y Actividades Clasificadas, efectuada a D. José Montelongo Espinosa,, por Resolución de esta Alcaldía de fecha 05 de noviembre de 2012, ( refª SEG 139/12). SEGUNDO.- Delegar en el concejal D. Víctor Sanginés Tremps, las atribuciones que corresponden al Alcalde en el Área de Oficina Técnica, Infracciones y Actividades Clasificadas, durante los días 18 y 19 de septiembre de 2014, ambos inclusive, con la facultad de dirigir el Área correspondiente, así como la de gestionarlo en general, e incluso la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. La presente delegación de atribuciones, se entiende sin perjuicio de la obligación del Delegado de suministrar al Delegante puntual e inmediata información de las decisiones que se adopte. TERCERO.- Las mencionadas atribuciones delegadas serán ejercidas nuevamente por el concejal D. José Montelongo Espinosa, a partir del día 20 de septiembre de CUARTO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de conformidad con la legislación vigente. QUINTO.- De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno en la primera Sesión que se celebre. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a diecisiete de septiembre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, doy fe. EL ALCALDE. Ante mí, EL SECRETARIO ACUMULADO. SEG 126/14 DECRETO DE LA ALCALDIA Habida cuenta de la ausencia del concejal D. José Montelongo Espinosa, durante los días 22 y 23 de septiembre de 2014, ambos inclusive, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en la materia, por medio del presente, RESUELVO: PRIMERO.- Avocar, con efecto del 22 de septiembre de 2014, la delegación de atribuciones del Área de Oficina Técnica, Infracciones y Actividades Clasificadas, efectuada a D. José Montelongo Espinosa,, por Resolución de esta Alcaldía de fecha 05 de noviembre de 2012, ( refª SEG 139/12). SEGUNDO.- Delegar en el concejal D. Víctor Sanginés Tremps, las atribuciones que corresponden al Alcalde en el Área de Oficina Técnica, Infracciones y Actividades Clasificadas, durante los días 22 y 23 de septiembre de 2014, ambos inclusive, con la Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 6 de 138

7 facultad de dirigir el Área correspondiente, así como la de gestionarlo en general, e incluso la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. La presente delegación de atribuciones, se entiende sin perjuicio de la obligación del Delegado de suministrar al Delegante puntual e inmediata información de las decisiones que se adopte. TERCERO.- Las mencionadas atribuciones delegadas serán ejercidas nuevamente por el concejal D. José Montelongo Espinosa, a partir del día 24 de septiembre de CUARTO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de conformidad con la legislación vigente. QUINTO.- De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno en la primera Sesión que se celebre. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a diecinueve de septiembre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, doy fe. EL ALCALDE. Ante mí, EL SECRETARIO ACUMULADO. 129/14 DECRETO DE ALCALDÍA Considerando que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde. Considerando que durante el día 23 de septiembre de 2014 el Sr. Alcalde se encontrará ausente del Municipio. Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. RESUELVO PRIMERO. Delegar en D. Rafael Juan González Robayna [Segundo Teniente de Alcalde] la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el día 23 de septiembre de SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros. TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución. QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera Sesión que esta celebre. SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 7 de 138

8 el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a veintidós de septiembre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Acumulado, D. Leopoldo Díaz Bethencourt, doy fe. EL ALCALDE. Ante mí, EL SECRETARIO ACUMULADO 130/14DECRETO DE ALCALDÍA Considerando que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde. Considerando que el día 26 de septiembre de 2014, el Sr. Alcalde se encontrará ausente del Municipio. Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. RESUELVO PRIMERO. Delegar en D. José Montelongo Espinosa [Primer Teniente de Alcalde] la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el día 26 de septiembre de SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros. TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución. QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera Sesión que esta celebre. SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a veinticuatro de septiembre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, doy fe. EL ALCALDE PRESIDENTE Ante mí, EL SECRETARIO ACUMULADO Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 8 de 138

9 SEG 131/14 DECRETO DE LA ALCALDIA Habida cuenta de la ausencia de la concejal Dª Mª Teresa Lorenzo Rodríguez, durante los días 26 y 29 de septiembre de 2014, ambos inclusive, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en la materia, por medio del presente, RESUELVO: PRIMERO.- Avocar, con efecto del 26 de septiembre de 2014, la delegación de atribuciones del Área de Economía y Hacienda efectuada a Dª Mª Teresa Lorenzo Rodríguez por Resolución de esta Alcaldía de fecha 19 de octubre de 2012, (ref. SEG 134/12). SEGUNDO.- Delegar en el concejal D. Rafael Juan González Robayna, las atribuciones que corresponden al Alcalde en el Área de Economía y Hacienda, durante los días 26 y 29 de septiembre de 2014, ambos inclusive, con la facultad de dirigir el Área correspondiente, así como la de gestionarlo en general, e incluso la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. La presente delegación de atribuciones, se entiende sin perjuicio de la obligación del Delegado de suministrar al Delegante puntual e inmediata información de las decisiones que se adopte. TERCERO.- Las mencionadas atribuciones delegadas serán ejercidas nuevamente por la concejal D.ª Mª Teresa Lorenzo Rodríguez a partir del día 30 de septiembre de CUARTO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de conformidad con la legislación vigente. QUINTO.- De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno en la primera Sesión que se celebre. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a veinticinco de septiembre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, doy fe. EL ALCALDE. Ante mí, EL SECRETARIO ACUMULADO. 132/14 DECRETO DE LA ALCALDIA En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en la materia, RESUELVO: PRIMERO.- DESIGNAR al concejal D. Rafael Juan González Robayna, para que asista en representación de este Ayuntamiento, a la Sesión Extraordinaria de la Junta de Gobierno del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote y a la Sesión Extraordinaria de la Junta General del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, el día 3 de octubre de 2014, a las 10:30 horas y a las 11:00 horas respectivamente, a celebrar en el Salón de Sesiones del Cabildo Insular de Lanzarote. SEGUNDO.- De la presente Resolución de dará cuenta al Pleno en la primera Sesión que celebre. TERCERO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de conformidad con la legislación vigente. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, Don Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a veintinueve de septiembre de dos mil catorce; de lo que, como Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, doy fe. EL ALCALDE PRESIDENTE. ANTE MI, SECRETARIO ACUMULADO. 134/14 DECRETO DE ALCALDÍA Considerando que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde. Considerando que durante el día 3 de octubre de 2014 el Sr. Alcalde se encontrará ausente del Municipio, desde las 09:00 horas a 11:00 horas. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 9 de 138

10 Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. RESUELVO PRIMERO. Delegar en D. Rafael Juan González Robayna [Segundo Teniente de Alcalde] la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el día 3 de octubre de 2014, desde las 9:00horas hasta las 11:00 horas. SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros. TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución. QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera Sesión que esta celebre. SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a uno de octubre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Acumulado, D. Leopoldo Díaz Bethencourt, doy fe. EL ALCALDE. Ante mí, EL SECRETARIO ACUMULADO. 140/14 DECRETO DE ALCALDÍA Conforme a lo previsto en los artículos 20 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, y 4 del Decreto 268/1996, de 18 de octubre, por el que se desarrolla la composición del Consejo Canario de la Salud, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.s de la Ley 7/1985. RESUELVO PRIMERO. Nombrar representante de este Ayuntamiento en el Consejo Canario de Salud, como titular, a la Concejal Dª Ascensión Toledo Hernández, y, como suplente, al Concejal D. Rafael Juan González Robayna, dejando sin efecto a los anteriores nombramientos. SEGUNDO. Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre. Lo manda y firma el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a diez de octubre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Acumulado, D. Leopoldo Díaz Bethencourt, doy fe. EL ALCALDE. Ante mí, EL SECRETARIO ACUMULADO. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 10 de 138

11 I.- PARTE RESOLUTIVA I.-A) ASUNTOS Y PROPOSICIONES DICTAMINADOS PUNTO TERCERO.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA, REFª: 101/2014, SOBRE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Y LOS SIETE AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA Y LA ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LANZAROTE (ADISLAN) (EXPTE ). Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Servicios Sociales e Inmigración, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: 1.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA REFª 101/2014 SOBRE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Y LOS SIETE AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA Y LA ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LANZAROTE (ADISLAN). Visto el convenio, que se transcribe: En Arrecife de Lanzarote, a de----de 2014, ante mi, Don Francisco Perdomo de Quintana, Secretario General del Pleno, actuando como Titular del Órgano de apoyo de la Secretaria del Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote. COMPARECEN De una parte, el Excmo. Sr. Don Pedro San Ginés Gutiérrez, Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, de cuyas circunstancias personales conozco por razón de mi cargo. De otra parte, el Sr. Don Manuel Fajardo Feo, Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Arrecife, de cuyas sus circunstancias tengo conocimiento por notoriedad. De otra parte, el Sr. Don José Mariano Torres Stinga Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Haría, de cuyas sus circunstancias tengo conocimiento por notoriedad. De otra parte, la Sra. Doña Maria Dolores Corujo Berriel, Alcaldesa - Presidenta del Ayuntamiento de San Bartolomé, de cuyas sus circunstancias tengo conocimiento por notoriedad. De otra parte, la Sr. Don Oswaldo Betancort García, Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Teguise, de cuyas sus circunstancias tengo conocimiento por notoriedad. De otra parte, el Sr. Don José Francisco Hernández García, Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Tías, de cuyas sus circunstancias tengo conocimiento por notoriedad. De otra parte, el Sr. Don Jesús Machín Duque, Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Tinajo, de cuyas sus circunstancias tengo conocimiento por notoriedad. De otra parte, la Sra. Doña Gladys Acuña Machín, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Yaiza, de cuyas sus circunstancias tengo conocimiento por notoriedad. De otra parte, Doña María Dolores Novás Prieto, provista de D.N.I H Presidenta de la Asociación de Personas con Discapacidad de Lanzarote (ADISLAN), con C.l.F. G C con domicilio en la Calle Arcipreste de Hita, 30 en Tahíche (Teguise). INTERVENCIONES Intervienen Don Pedro San Ginés Gutiérrez, en nombre y representación del Cabildo de Lanzarote, en su calidad de Presidente de esta institución, facultado para este acto por acuerdo del Pleno de la corporación de fecha nueve de junio de dos mil once. Don Manuel Fajardo Feo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Arrecife, en su calidad Alcalde-Presidente, facultado para este acto por acuerdo del pleno de la corporación de fecha doce de marzo de dos mil doce. Don José Mariano Torres Stinga, en nombre y representación del Ayuntamiento de Haría, facultado para este acto por acuerdo del pleno de la corporación... Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 11 de 138

12 Doña Mª Dolores Garujo Berriel, en nombre y representación del Ayuntamiento de San Bartolomé, en su calidad Alcaldesa-Presidenta, facultada para este acto por acuerdo del pleno de la corporación de fecha veintisiete de julio de dos mil once. Don Oswaldo Betancort García, en nombre y representación del Ayuntamiento de Teguise, en su calidad de Alcalde-Presidente, facultado para este acto por acuerdo del pleno de la corporación... Don José Francisco Hernández García, en nombre y representación del Ayuntamiento de Tías, en su calidad de Alcalde-Presidente, facultado para este acto por decreto de alcaldía de fecha... Don Jesús Machín Duque, en nombre y representación del Ayuntamiento de Tinaja, en su calidad de Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Tinaja, facultado para este acto por decreto de alcaldía de fecha... Doña Gladys Acuña Machín, en nombre y representación del Ayuntamiento de Yaiza, en su calidad de Alcaldesa-Presidenta, facultada para este acto por acuerdo del pleno de la corporación.... Doña Mª Dolores Novás Prieto, en nombre y representación de la Asociación de Personas con Discapacidad de Lanzarote (ADISLAN), en su calidad de Presidenta, facultada para este acto por los propios estatutos reguladores del funcionamiento de la Asociación. Y asegurando tener la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente convenio de colaboración a tenor de lo establecido en los artículo s y 34.1 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, previamente: EXPONEN Primero.- El principio de la responsabilidad pública es la garantía del derecho de la población canaria a los servicios sociales, debiendo servir dicha intervención al ideal de solidaridad y universalidad, al objeto de garantizar el derecho de todos los ciudadanos a los servicios sociales, facilitando su acceso a los mismos, orientados a evitar, y superar conjuntamente con otros elementos de régimen público de bienestar social, las situaciones de necesidad y marginación social que presenten individuos, grupos y comunidades en el territorio canario, favoreciendo el pleno y libre desarrollo de éstos. Para el logro de lo señalado se crea un sistema de servicios sociales de responsabilidad pública que tendrá, entre otras, las siguientes líneas de actuación: a) Promover y potenciar todas aquellas actividades, servicios y recursos que permitan una mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, en condiciones de igualdad, así como el incremento y mantenimiento del bienestar social. b) Atención y apoyo a las personas y grupos sociales, especialmente en casos de carencia y dependencia. c) Coordinación de la gestión administrativa de los servicios sociales y de estos con otras áreas de bienestar social, tendente a una intervención integral y globalizada respecto de las necesidades sociales. d) Proximidad al ciudadano en su propio entorno, garantizándose la efectiva desconcentración y adecuada territorialización de los mismos. Segundo.- El artículo 15 de la Ley 14/1990 de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas Canarias, establece que el Gobierno de Canarias con los Ayuntamientos y Cabildos Insulares, y éstos con los Ayuntamientos de su isla, podrán celebrar convenios en los que establezcan libremente los instrumentos de colaboración previstos para la consecución de fines comunes de interés público. A través de los convenios de colaboración las partes podrán coordinar sus políticas de fomento dirigidas a un mismo sector, distribuir las subvenciones otorgadas por una de ellas con referencia al ámbito territorial o población de otra, ejecutar puntualmente obras o servicios de la competencia de una de las partes, compartir las sedes, locales o edificios que sean precisos para el desarrollo de competencias concurrentes, ceder y aceptar la cesión de uso de bienes patrimoniales, desarrollar actividades de carácter prestacional y adoptar las medidas oportunas para alcanzar cualquier finalidad de contenido análogo a las anteriores. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 12 de 138

13 En su párrafo tercero el artículo referido señala que los Cabildos Insulares podrán suscribir con todos o algunos de los Municipios de su Isla Convenios para garantizar el acceso de la población al conjunto de los servicios municipales y la mayor eficacia de la prestación de éstos. Tercero.- La Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, modificada por la Ley Territorial 2/2002, de 27 de marzo, de establecimientos de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal y de régimen sancionador, establece en su artículo 4 que los servicios sociales se orientarán con carácter general a toda la población, considerándose áreas de actuación la información y asesoramiento de todos los ciudadanos en cuanto a sus derechos sociales y los medios existentes para hacerlos efectivos; la atención y promoción del bienestar y la familia y las unidades de convivencia alternativa, con el objetivo de prevenir y paliar, en su caso, déficit sociales mediante servicios de asesoramiento y orientación, acciones divulgativas generales y ayudas en los casos de carencias familiares y de situaciones conflictivas; la atención y promoción del bienestar de la infancia, la adolescencia y la juventud, con el objetivo de contribuir a su pleno desarrollo personal, especialmente en los casos en los que el entorno socio-familiar y comunitarios tengan un alto riesgo social, sin perjuicio de las funciones específicas de protección y tutela de menores; la atención y promoción del bienestar de la vejez; la promoción y atención de las personas con disminuciones físicas y psíquicas; la prevención y tratamiento de todo tipo de drogodependencias; la promoción de actuaciones que permitan la prevención y eliminación de cualquier tipo de discriminación; la prevención y el tratamiento social de la delincuencia; la ayuda en situaciones de emergencia social etc. Asimismo la descrita ley territorial preceptúa en su artículo 13 las competencias a desarrollar por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo a lo establecido en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias; previendo en sus artículos 10.7 y 14.2 la posibilidad de concertar convenios con el sector privado, así como con las Administraciones Públicas para la prestación de Servicios Sociales. Posteriormente, el Decreto 160/1997, de 11 de julio, delega al Cabildo de Lanzarote, las competencias en materia de Gestión de Centros de Atención a Minusválidos y Tercera Edad. Cuarto.- La integración social de las personas con discapacidad consagrada en la Declaración de Derechos de la Persona con Discapacidad Intelectual, aprobada por las Naciones Unidas el veinte de diciembre de mil novecientos setenta y uno, y en la Declaración de Derechos de los Minusválidos, aprobada por la Resolución tres mil cuatrocientos cuarenta y siete de dicha Organización, de nueve de diciembre de mil novecientos setenta y cinco, y su reflejo en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválidos, publicada el 30 de abril de 1982 que conmina a las Administraciones Públicas a amparar la iniciativa privada sin ánimo de lucro para colaborar en el desarrollo de estas actividades mediante asesoramiento técnico, coordinación, planificación y apoyo económico. Especial atención recibirán las instituciones, asociaciones y fundaciones sin fin de lucro, promovidas por las propias personas con discapacidad, sus familiares o sus representantes legales. Será requisito indispensable para percibir dicha colaboración y ayuda que las actuaciones privadas se adecuen a las líneas y exigencias de la planificación sectorial que se establezca por parte de las Administraciones Públicas. Los servicios sociales para las personas con discapacidad tienen como objetivo garantizar a éstos el logro de adecuados niveles de desarrollo personal y de integración en la comunidad, así como la superación de las discriminaciones adicionales padecidas por cuestión de raza, sexo, religión o por las personas con discapacidad que residan en las zonas rurales. La actuación en materia de servicios sociales para personas con discapacidad se acomodará a los siguientes criterios: a) Todas las personas con discapacidad, sin discriminación alguna, tienen derecho a las prestaciones de los servicios sociales. b) Los servicios sociales para personas con discapacidad podrán ser prestados, tanto por las Administraciones Públicas, como por Instituciones o personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro. c) Los servicios sociales para personas con discapacidad, responsabilidad de las Administraciones Públicas, se prestarán por las Instituciones y Centros de carácter general a Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 13 de 138

14 través de los cauces y mediante los recursos humanos, financieros y técnicos de carácter ordinario, salvedad hecha de cuando, excepcionalmente, las características de las discapacidades exijan una atención singularizada. d) La prestación de los servicios sociales respetará al máximo la permanencia de las personas con discapacidad en su medio familiar y en su entorno geográfico, mediante la adecuada localización de los mismos, a la vez que deberá contemplar, especialmente, la problemática peculiar de las personas con discapacidad que habitan en zonas rurales. e) Se procurará hasta el límite que impongan los distintos tipos de minusvalías la participación de las propias personas con discapacidad, singularmente en el caso de los adultos, en las tareas comunes de convivencia, de dirección y de control de los servicios sociales. Quinto.- El artículo 4.1. apartados c. y d. de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, preceptúa que quedan fuera del ámbito de aplicación de la presente Ley los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con la Seguridad Social, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, sus respectivos organismos autónomos y las restantes entidades públicas entre sí; y los que con arreglo a la normativa específica que los regule, celebre la administración con personas físicas o jurídicas sujetos al derecho privado, siempre que su objeto no esté comprendido en los contratos regulados en la citada ley o en normas administrativas especiales. Sexto.- La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, dictada al amparo de la competencia exclusiva del Estado para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales, conforme al artículo de la Constitución, prevé la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia con la participación y la colaboración de todas las Administraciones Públicas. Este Sistema garantiza un derecho subjetivo de ciudadanía, consistente en asegurar el acceso de cualquier persona a las prestaciones y servicios que requiera en función de la situación de dependencia en que se encuentre. Séptimo.- El artículo 3 de la citada Ley 39/2006 expone los principios que la inspiran: a. El carácter público de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. b. La universalidad en el acceso de todas las personas en situación de dependencia, en condiciones de igualdad efectiva y no discriminación, en los términos establecidos en esta Ley. c. La atención a las personas en situación de dependencia de forma integral e integrada. d. La transversalidad de las políticas de atención a las personas en situación de dependencia. e. La valoración de las necesidades de las personas, atendiendo a criterios de equidad para garantizar la igualdad real. f. La personalización de la atención, teniendo en cuenta de manera especial la situación de quienes requieren de mayor acción positiva y como consecuencia de tener mayor grado de discriminación o menor igualdad de oportunidades. g. El establecimiento de las medidas adecuadas de prevención, rehabilitación, estímulo social, mental. h. La promoción de las condiciones precisas para que las personas en situación de dependencia puedan llevar una vida con el mayor grado de autonomía posible. i. La permanencia de las personas en situación de dependencia, siempre que sea posible, en el entorno en el que desarrollan su vida. J. La calidad, sostenibilidad y accesibilidad de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia. k. La participación de las personas en situación de dependencia y, en su caso, de sus familias y entidades que les representen en los términos previstos en esta Ley. l. La colaboración de los servicios sociales y sanitarios en la prestación de los servicios a los usuarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia que se establecen en la presente Ley y en las correspondientes normas de las Comunidades Autónomas y las Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 14 de 138

15 aplicables a las Entidades Locales. m. La participación de la iniciativa privada en los servicios y prestaciones de promoción de la autonomía personal y atención a la situación de dependencia. n. La participación del tercer sector en los servicios y prestaciones de promoción de la autonomía personal y atención a la situación de dependencia. ñ. La cooperación interadministrativa. o. La integración de las prestaciones establecidas en esta Ley en las redes de servicios sociales de las Comunidades Autónomas, en el ámbito de las competencias que tienen asumidas, y el reconocimiento y garantía de su oferta mediante centros y servicios públicos o privados concertados. p. La inclusión de la perspectiva de género, teniendo en cuenta las distintas necesidades de mujeres y hombres. q. Las personas en situación de gran dependencia serán atendidas de manera preferente. Octavo.- El artículo 12 de la misma Ley 39/2006 prevé la participación de las Entidades Locales en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye. Noveno.- El artículo 14.1) de la referida Ley 39/2006, establece que prestaciones de atención a la dependencia podrán tener la naturaleza de servicios y de prestaciones económicas e irán destinadas, por una parte, a la promoción de la autonomía personal y, por otra, a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. Décimo.- De conformidad con el artículo 16.1 de la Ley 39/2006, los servicios establecidos en la misma se integran en la Red de Servicios Sociales de las respectivas Comunidades Autónomas en el ámbito de las competencias que las mismas tienen asumidas y que la red de centros estará formada por los centros públicos de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales, los centros de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y cuidado de situaciones de dependencia, así como los privados concertados debidamente acreditados. Decimoprimero.- Las Administraciones Públicas, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación y colaboración, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 3 referido a los principios generales y 4 que establece los principios de las relaciones entre las Administraciones Públicas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 3.ñ) de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia referido a la cooperación interadministrativa como principio inspirador de la citada Ley. Decimosegundo.- La cantidad a aportar por el Cabildo y los Ayuntamientos son de reconocido interés público dado que el objeto de los mismos conllevará la prestación de servicios sociales totalmente necesarios en el ámbito de los distintos niveles de circunstancias que presentan los usuarios o beneficiarios directos de los mismos. Decimotercero.- Que el Cabildo Insular de Lanzarote, los Ayuntamientos de Arrecife, Haría, San Bartolomé, Teguise, Tías, Tinaja y Yaiza, y la Asociación de Personas con Discapacidad de Lanzarote (ADISLAN) tienen el propósito de colaborar en la ejecución del "Proyecto de actuación y prestación de apoyos a personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo o con riesgo de padecerla". Decimocuarto.- La aportación del Cabildo de Lanzarote en atención a la financiación de las plazas de los sectores Retraso Mental y Necesidad de 3ª Persona que en estos momentos continúa gestionando Adislan y en atención al anexo de plazas puestas a disposición del sistema canario para la autonomía y atención a la dependencia en la Isla de Lanzarote, que incluye precio/día, de la propuesta de Convenio de Colaboración ente la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de Lanzarote, para la prestación de servicios en centros residenciales y centros de día y de noche a personas en situación de dependencia y, en general, a personas mayores o con discapacidad, así como la autorización del gasto que conlleva, acordado por el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 20 de Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 15 de 138

16 febrero de 2014, y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria así como la ocupación de plazas en este ejercicio, asciende a euros (un millón doscientos treinta y un mil quinientos euros) según el siguiente desglose: Sector Tipo de Plaza Nº de plazas Coste Coste del Recurso Plaza/día Retraso Mental Estancia Diurna 55 22, ,00 Retraso Mental Residencial 10 41,00 * ,00 3ª persona Residencial 20 60, ,00 3ª persona Estancia Diurna 40 33, , ,00 * se incorpora en el coste del recurso, el módulo de monitores de empleo (6 euros) en 5 plazas 365 días y 5 plazas 182 días. Por otro lado, el importe a abonar correspondiente a los programas de "Servicios complementarios en la atención a usuarios en plazas de los sectores Retraso Mental y Necesidad de 3ª Persona," de "Atención Temprana" y de "Equipo Transversal" que en estos momentos presta Adislan, se fija en ,15 (cuatrocientos noventa y ocho mil ochocientos noventa y nueve euros con quince céntimos) para la aportación del Cabildo y ,00 (ciento treinta y cinco mil ochocientos euros) la aportación de los Ayuntamientos de la Isla. Ascendiendo el coste total de estos programas financiados por el Cabildo y los Ayuntamientos de la Isla a ,15 (seiscientos treinta y cuatro mil seiscientos noventa y nueve euros con quince céntimos). Dichos importes se corresponden con las partidas presupuestarias del Cabildo de Lanzarote para el ejercicio en curso. El Anexo II contempla la justificación económica. La aportación económica reflejada anteriormente se revisará anualmente conforme a los precios que se aprueben por el Gobierno de Canarias como referencia para los servicios prestados o en última instancia los que se fijen mediante Convenio entre el Gobierno de Canarias y el Cabildo de Lanzarote, supeditado en cualquier caso a la disponibilidad presupuestaria. Por tanto, el presupuesto económico redactado para la financiación de programas de "Servicios complementarios en la atención a usuarios en plazas de los sectores Retraso Mental y Necesidad de 3ª Persona," de "Atención Temprana" y de "Equipo Transversal" es el que sigue: Aportación anual Arrecife ,93 Teguise ,76 Haría 6.717,28 Tías ,69 San Bartolomé ,20 Yaiza Tinajo 7.247, 12 Aportación Ayuntamientos ,00 Aportación Cabildo , 15 Total Aportación ,15 Y para plazas de los sectores Retraso Mental y Necesidad de 3ª Persona ,00 euros (un millón doscientos treinta y un mil quinientos euros). Que de la cantidad establecida para el ejercicio 2014 que asciende a ,15 (un millón ochocientos ochenta y seis mil ciento noventa y nueve euros con quince céntimos) que aporta el Cabildo y los Ayuntamientos de Arrecife, Tias, San Bartolomé, Haría, Yaiza, Tinaja y Teguise; aquél se compromete a financiar la cantidad de un millón setecientos treinta mil Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 16 de 138

17 trescientos noventa y nueve euros con quince céntimos( , 15 ) y los Ayuntamientos firmantes aportan la cantidad de ciento treinta y cinco mil ochocientos euros ( ,00 ), según la tabla descrita. El importe del crédito presupuestario que el Cabildo de Lanzarote financia se realiza con cargo a la aplicación presupuestaria "FA- Subv. Adislan Pro Discapacidad" para lo cual se tramitó retención de crédito por importe total ,15 (un millón setecientos treinta mil trescientos noventa y nueve euros con quince céntimos), nº de expediente 2/ Y habiendo convenido la suscripción del presente convenio de colaboración, lo llevan a efecto a medio del presente documento, el cual se regirá por las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA.-Objeto El presente convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre las Corporaciones Locales de la Isla y la Asociación de Personas con Discapacidad de Lanzarote, en adelante Adislan, en orden al desarrollo de un proyecto de actuación asistencial en materia de personas con discapacidad intelectual que incluye: la atención a usuarios en plazas de los sectores Retraso Mental y Necesidad de 3ª persona, la continuidad del programa de atención temprana en niños de O a 6 años con discapacidad o riesgo de padecerla, así como las fases de admisión, ingreso y seguimiento de los usuarios. SEGUNDA.- Programa a desarrollar y financiación El programa a desarrollar ha sido redactado, bajo la supervisión del Cabildo de Lanzarote, por la Asociación de Personas con Discapacidad de Lanzarote y tiene por objeto la normalización y la prestación de los servicios a aquellas personas aquejadas de discapacidades, estableciéndose dos servicios: Atención a usuarios en plazas de los sectores Retraso Mental y Necesidad de 3ª Persona, acorde a lo previsto en el Decreto 67/2002, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los centros y servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias. Servicios complementarios en la atención a usuarios en plazas de los sectores Retraso Mental y Necesidad de 3ª Persona. Servicios no recogidos o que amplían ratios previstas en el Decreto 67/2002, de 20 de julio, Centro Atención Temprana, dirigido a personas de 0 a 6 años. Equipo Transversal, equipo de apoyo dirigido a personas con discapacidad intelectual con diferentes necesidades de apoyo. Se elaborará e incorporará como Anexo 1 al presente convenio protocolo de intervención para la atención de personas con discapacidad intelectual o en riesgo de padecerla, y atención temprana con niños de O a 6 años siendo de obligado cumplimiento por las partes, obligándose las mismas a desarrollar el mismo en el plazo de un mes a partir de la firma del presente convenio. Por tanto, el presupuesto económico redactado para la financiación por parte de los ayuntamientos es el que sigue: Aportación anual Arrecife ,93 Teguise ,76 Haria 6.717,28 Tías ,69 San Bartolomé ,20 Yaiza ,02 Tinajo 7.247, 12 Aportación Ayuntamientos ,00 Que de la cantidad establecida para el ejercicio 2014 de ,00 (ciento treinta y cinco mil ochocientos euros) que aportan los Ayuntamientos de Arrecife, Tías, San Bartolomé, Haría, Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 17 de 138

18 Yaiza, Tinajo y Teguise, según la tabla descrita, el pago se realizará una vez transcurrido el plazo de exposición pública y publicación de la nominación de las subvenciones, así como de los trámites administrativos correspondientes. No obstante, los libramientos se harán previa acreditación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la Seguridad Social; a tal efecto, la aportación los Ayuntamientos firmantes, esto es, ciento treinta y cinco mil ochocientos euros ( ,00 ), importe que los Ayuntamientos firmantes autorizan expresamente al Cabildo para detraer sus aportaciones de los recursos procedentes de la Ley 20/91, según las cuantías señaladas anteriormente, y autorizan al Cabildo de Lanzarote, así mismo, la justificación de la totalidad de la aportación de los Ayuntamientos se realizará ante el Cabildo de Lanzarote, según lo previsto en la cláusula de justificación. En caso de prórroga, en las siguientes anualidades se procederá a abonar el primer pago de la aportación económica en los dos meses siguientes a la justificación, siempre que se haya justificado debidamente el gasto de la anterior aportación y según lo previsto en el plan de disposición de fondos de la Corporación. Que de la cantidad establecida para el ejercicio 2014 que corresponde financiar al Cabildo de Lanzarote y que asciende a un millón setecientos treinta mil trescientos noventa y nueve euros con quince céntimos ( ,15 ), el abono de la misma se realizará en dos libramientos. Uno de ,57 (ochocientos sesenta y cinco mil ciento noventa y nueve euros con cincuenta y siete céntimos) a la firma del presiente convenio una vez presentada toda la documentación por parte de Adislan y el segundo abono por importe de ,57 (ochocientos sesenta y cinco mil ciento noventa y nueve euros con cincuenta y ocho céntimos a principios del cuarto trimestre del ejercicio. TERCERA.- Justificación El Plazo para la ejecución de la actividad será desde el 1 de enero a 31 de diciembre de El plazo de justificación será de tres meses desde la finalización del proyecto (establecido en el punto anterior), sin perjuicio de justificaciones parciales durante la ejecución del proyecto, y la justificación se realizará mediante la aportación, junto a las facturas originales, de cuenta justificativa del gasto realizado según lo especificado en el Anexo II de justificación, que contendrá la siguiente información: -Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuesta en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, se incluirá anexo de personas atendidas por recurso durante el ejercicio haciendo constar fechas de altas/bajas y días (u horas según el caso) de atención prestados. También se incluirá anexo de gastos que refleje tanto los gastos de personal como los gastos corrientes por recursos (según lo previsto en el anexo II de justificación económica). -Declaración de gastos y liquidación final. -Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, con indicación de las desviaciones acaecidas respecto al presupuesto inicialmente estimado, según formato que se establezca desde le Área de Bienestar Social. Esta relación se presentará en formato papel y en formato de hoja de cálculo (formato ".xls" u ".ods") -El detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y procedencia -En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismo. La entidad vendrá obligada a comunicar al Cabildo de Lanzarote cualquier incidencia que se produzca en la plantilla de personal que preste el servicio. En caso de nuevas contrataciones habrá de acreditarse, con anterioridad a la efectividad del contrato que el currículo vitae de los candidatos seleccionados cumple con los requisitos mínimos requeridos. Sin perjuicio de lo anterior, el Cabildo de Lanzarote sólo abonará a ADISLAN aquellos importes que estén debidamente justificados. CUARTA.-Existencia de crédito presupuestario Tanto el Cabildo como los Ayuntamientos quedan obligados a consignar en sus respectivos presupuestos anuales las cantidades señaladas en la cláusula segunda. QUINTA.- Personal Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 18 de 138

19 El tipo de vínculo que relacione a la entidad ADISLAN con el personal de que disponga para el desarrollo de las acciones derivadas del presente convenio será decidido libremente por los mismos, sin que la suscripción del presente convenio implique la existencia de nexo jurídico laboral alguno entre el referido personal y el Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote y los Ayuntamientos firmantes. Tampoco se producirá a la finalización de la vigencia del Convenio, una subrogación empresarial del Cabildo o de los Ayuntamientos en los términos previstos, en el vigente Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 25 de marzo. SEXTA.- Vigencia La duración del presente convenio se entenderá desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2014, si bien producirá efectos económicos desde el 1 de enero de El convenio podrá prorrogarse de forma expresa por períodos anuales sucesivos, previa tramitación del correspondiente procedimiento en que deberá acreditarse la existencia de crédito suficiente y adecuado, sin que la duración total del mismo, incluidas las prórrogas exceda de CUATRO (4) AÑOS, mediante la oportuna cláusula adicional de prórroga. SÉPTIMA.- lnspección El Cabildo de Lanzarote y los Ayuntamientos de la isla podrán inspeccionar el desarrollo de los proyectos, para comprobar que las prestaciones de los servicios objeto del presente Convenio se ajustan a lo establecido en el mismo. OCTAVA.- Obligaciones de la asociación ADISLAN vendrá obligada a facilitar cuantos datos o documentos le sean requeridos por el Cabildo o Ayuntamientos de la isla, siempre que estén relacionados con la prestación de los servicios objeto del Convenio. Asimismo, con periodicidad mensual la entidad también comunicará según modelo anexo III, u otro que se especifique, la relación de usuarios atendidos donde conste fecha de alta/baja, días de atención (u horas según el caso), así corno incidencias que afecten a la prestación. La entidad beneficiaria deberá suscribir a su cargo un contrato de seguro, del que deberá presentar copia compulsada en el plazo de treinta días (30) a contar desde la rúbrica del presente convenio, para la cobertura de los siguientes riesgos: Los daños que puedan causar a las personas y a los bienes de terceros los profesionales y, en general, cualquier persona dependiente del la entidad. Los daños que pueda causar a las personas y profesionales el centro. NOVENA.- Coordinación Para el desarrollo, la coordinación, el seguimiento y la interpretación del presente convenio se creará una comisión formada por las siguientes personas: - Un representante del Área de Bienestar Social del Cabildo de Lanzarote. - Un representante de cada uno de los Ayuntamientos firmantes designados por el órgano competente para ello. Un representante de ADISLAN. DÉCIMA.- Publicidad Siempre que se haga difusión y publicidad a través de cualquier medio de comunicación de las acciones objeto del presente Convenio, será obligatorio hacer constar explícitamente que las mismas son subvencionadas por el Gobierno de Canarias, el Cabildo de Lanzarote y los Ayuntamientos de la isla en función de los programas que financia cada entidad. UNDÉCIMA.- Causas de resolución Son causas de resolución del presente convenio: a) El mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el interés público así lo aconseje. b) El incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las partes en virtud de los compromisos adquiridos en ejecución del mismo. La resolución del convenio por alguna de las causas previstas en el punto anterior dará lugar a la correspondiente liquidación de las cantidades adeudadas por la realización de las acciones convenidas una vez finalizadas las actuaciones en curso. DECIMOSEGUNDA.- Régimen Jurídico El presente convenio se califica expresamente de administrativo y para las cuestiones no previstas en el mismo se estará a: Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 19 de 138

20 a) La legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, ) de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999 (BOE núm. 12, ). b) La Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones (LGS) y normas de desarrollo que tengan carácter básico o de aplicación supletoria para la administración Local. c) La Legislación Básica del Estado reguladora de la Administración Local (Artículo 72 de la Ley 7/85, de 2 de Abril del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo). d) Las normas legales o reglamentarias que establezca la Comunidad Autónoma, en ejercicio de sus competencias de desarrollo sobre la materia o en virtud de sus competencias propias. e) El Derecho comunitario a que hace referencia el artículo 6 de la LGS. f) Las Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo de Lanzarote que estén vigentes. g) Las normas de derecho privado (constituido fundamentalmente por el Código Civil). h) Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Lanzarote. DECIMOTERCERA. Cuestiones litigiosas Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, en concreto a los tribunales de este orden con sede en Las Palmas de Gran Canaria. DECIMOCUARTA.- Ratificación del Convenio Dado que se han introducido modificaciones que no alteran el contenido esencial de la subvención aprobada por acuerdo plenario y vista la necesidad de prestar el servicio, las partes se comprometen a ratificar el presente convenio en la próxima sesión plenaria que se celebre. O T O R G A M I E N T O Las partes se obligan al exacto cumplimiento del presente convenio, conforme a las anteriores cláusulas y antecedentes, y al anexo incorporado al mismo. Así lo otorgan, aprueban, ratifican y firman conmigo los señores comparecientes, previa lectura que de este documento y por su acuerdo tácito les hice yo, el autorizante. A U T O R I Z A C I O N Del conocimiento de los otorgantes y del contenido íntegro de este documento administrativo, extendido en diez ejemplares y a un solo efecto, en el presente folio y en los anteriores, útiles solamente por su anverso y autorizados con mi sello y rúbrica, yo, el Secretario. POR EL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE POR LA ASOCIACIÓN ADISLAN EL PRESIDENTE LA PRESIDENTA POR EL AYUNTAMI ENTO DE ARRECI FE POR EL AYUNTAMIENTO DE HARÍA EL ALCALDE EL ALCALDE POR EL AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ POR EL AYUNTAMIENTO DE TEGUISE LA ALCALDESA EL ALCALDE POR EL AYUNTAMI ENTO DE TIAS POR EL AYUNTAMIENTO DE TINAJO EL ALCALDE EL ALCALDE POR EL AYUNTAMIENTO DE YAIZA LA ALCALDESA ANTE MI, EL SECRETARIO GENERAL DEL PLENO, ACTUANDO COMO TITULAR DEL ÓRGANO DE APOYO DE LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Francisco Perdomo de Quintana ANEXO II JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA La justificación se realizará acorde a cada uno de los conceptos que se subvencionan, de forma que: l. Las cuantías abonadas por las plazas de los sectores Retraso Mental y Necesidad de 3ª Persona que en estos momentos continúa gestionando Adislan, se justificarán mediante la acreditación de la ocupación de las plazas financiadas, fijándose como límite el 80% de ocupación para recibir el 100% del importe previsto financiar, no abonándose las plazas no ocupadas por debajo de este límite de ocupación. 2. Las cuantías abonadas en concepto de "Servicios complementarios en la atención a Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 20 de 138

21 usuarios en plazas de los sectores Retraso Mental y Necesidad de 3ª persona", de "Atención Temprana" y "Equipo Transversal" se justificará en función del tipo de gasto 3. En cualquier caso, se justificarán los gastos de personal mediante la presentación de: Á Copia de los contratos laborales o mercantiles realizados en el ejercicio. Á Copia de todas las nóminas de personal. Á Modelos TC-1 y TC-2 de la Seguridad Social. Modelo 110 de IRPF." Modelo 190 (en el 2º semestre). En relación al personal, la entidad vendrá obligada a comunicar al Cabildo de Lanzarote cualquier incidencia que se produzca en la plantilla de personal que preste el servicio. Y para los gastos corrientes se requerirá " Facturas formalizadas como exige el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (BOE del 1 de diciembre). " Las facturas originales, deberán permanecer a disposición del Cabildo ya que en cualquier momento se les puede requerir, para su verificación y comprobación. El resumen de los gastos, tanto de personal, como de funcionamiento se incluirá en la memoria de justificación haciendo constar la relación de todos los gastos desglosados por conceptos, recogiéndose en todo caso la siguiente información por proyecto (y en el caso de las plazas de retraso mental y necesidad de tercera personal por tipo de plaza): A: GASTOS Y PAGOS IMPUTABLES A LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA POR EL EXCMO. CABILDO DE LANZAROTE " 1. MÓDULO A - GASTOS POR RETRIBUCIONES DEL PERSONAL: A 1.a) Gastos y pagos imputables: A Sueldos y Salarios....i.. Seguridad Social a cargo del empleador.. " TOTAL " 2. MÓDULO B GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA: A 2.a) Gastos y pagos imputables J.. Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles. A Suministro de agua, gas, energía eléctrica, combustibles, carburantes y comunicaciones Adquisición de material de oficina no inventariable... A Vestuario y utensilios necesarios para el desarrollo de la actividad.. A Gastos de viaje, desplazamientos y transporte no vinculado a inversión.. A Productos alimenticios, de farmacia, sanitarios (fungibles) y de limpieza y aseo.. A Publicidad, información, difusión, propaganda y reuniones. A Otros gastos no incluidos en apartados anteriores A TOTAL A TOTAL GASTOS Y PAGOS (1 + 2)... ANEXO III MODELOS DE LISTADOS MENSUALES DE OCUPACIÓN Visto el informe emitido por el Técnico, D. Tomás Barreiro Melgarejo de fecha 6 de agosto de 2014, que se transcribe: INFORME El Ayuntamiento de Arrecife tiene previsto firmar el Convenio de Colaboración entre el Cabildo Insular de Lanzarote, los ayuntamientos de Tías, Haría, San Bartolomé, Teguise, Tinajo, Yaiza y la asociación Adislan en Orden al Desarrollo del "Proyecto de Actuación Asistencial en Materia de Discapacitados Psíquicos de la Isla de Lanzarote" Concretamente, el Ayuntamiento de Arrecife colabora económicamente con ,93 que se destinan a sufragar los gastos del "Programa de Atención Temprana y Equipo Transversal" que presta Adislan para menores de O a 6 años con discapacidad o riesgo de padecerla, siendo esta una competencia Municipal, ya que la Ley 1/97 de 7 de Febrero de Atención integral a los Menores en Canarias expone: Artículo 1.- Finalidad y objeto de la ley. 1. La ley tiene como finalidad garantizar la atención integral a los menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 21 de 138

22 2. Es objeto de la presente ley establecer la distribución de funciones y competencias de atención a los menores de las Administraciones Públicas Canarias, la regulación de las medidas y actuaciones administrativas de prevención, en situación de riesgo, de amparo e integración social de los mismos, así como el régimen de colaboración y participación social en estas actividades. Artículo 12.- Competencias de los ayuntamientos. 1. Las entidades municipales de Canarias ejercerán las competencias que integran funciones de información, promoción, detección, prevención e integración socio familiar de los menores, en los términos previstos en esta ley. 2. En particular, corresponden a los ayuntamientos canarios, a través de los servicios básicos de asistencia social o de los órganos y unidades administrativas que se determinen en sus normas orgánicas, las competencias siguientes: a) El establecimiento y gestión de servicios de atención, información y asesoramiento a los menores y a las familias. b) La recogida de datos y la realización de estudios y estadísticas sobre las necesidades de los menores y familias del término municipal, sin perjuicio de las competencias de otras Administraciones Públicas. c) La promoción de las actividades y actuaciones que redunden en la formación de los menores, facilitando el conocimiento y ejercicio de los derechos que les reconoce y garantiza el ordenamiento jurídico. d) La constitución de unidades administrativas o servicios específicos de atención a los menores. e) La creación y gestión de unidades de atención inmediata y permanente a los menores. f) La creación y fomento de escuelas de información y formación de quienes ejerzan o puedan ejercer funciones parentales y de los menores. g) La detección de situaciones de riesgo para los menores, en coordinación con los centros y unidades escolares y sanitarias de su ámbito territorial. h) La adopción, en colaboración con los consejos escolares, de las medidas necesarias para garantizar la escolarización obligatoria. i) La declaración de la situación de riesgo, adoptando las medidas necesarias para la protección de los menores. j) La asunción de la guarda provisional de los menores a solicitud de las personas que tienen la potestad sobre los mismos, en los medios y centros de titularidad municipal, hasta que se adopte una resolución por el órgano autonómico competente. k) La gestión de las prestaciones económicas destinadas a la población municipal, de acuerdo con las previsiones de los convenios que suscriban a tal fin con la Administración autonómica o con el cabildo insular. 1) Las que deriven o se relacionen con las anteriores que dimanen de las funciones de información, promoción, detección, prevención e integración sociofamiliar de los menores, aun cuando no estén específicamente previstas en esta ley. m) Cualesquiera otras que se contemplan en esta ley o se les atribuyan por el ordenamiento jurídico. Por lo que la firma de este CONVENIO, cumple con los principios de prevención, desarrollo e integración de Menores con Discapacidad, siendo beneficioso y necesario para el colectivo que va destinado el Programa. Arrecife, a 6 de agosto de Tomás Barreiro Melgarejo. Técnico de Servicios Sociales. Firmado. Visto el informe emitido por el Interventor, D. Carlos Sáenz Melero, de fecha 6 de agosto de 2014, que se transcribe: I N F O R M E Por solicitado Informe sobre el Convenio a suscribir entre el Excmo. Cabildo Insular de Lanza rote y los Ayuntamientos de Arrecife, Tías, Haría, San Bartolomé, Teguise, Tinajo, Yaiza y la Asociación de personas con discapacidad de Lanzarote (ADISLAN) en orden al desarrollo de un proyecto de actuación asistencia l en materia de discapacitados psíquicos, esta Intervención de Fondos tiene el honor de informar lo siguiente: Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 22 de 138

23 Primero: Del texto del Convenio a suscribir se deriva obligación económica para esta Corporación por cuantía de ,93 euros. La cláusula segunda del citado convenio establece "... No obstante, los libramientos se harán previa acreditación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la Seguridad Social; a tal efecto, la aportación los Ayuntamientos firmantes, esto es, ciento treinta y cinco mil ochocientos euros { ,00 }, importe que los Ayuntamientos firmantes autorizan expresamente al Cabildo para detraer sus aportaciones de los recursos procedentes de la Ley 20/91, según las cuantías señaladas anteriormente, y autorizan al Cabildo de Lanzarote, así mismo, La justificación de la totalidad de la aportación de los Ayuntamientos se realizará ante el Cabildo de Lanzarote, según lo previsto en la cláusula de justificaciones Segundo: De conformidad con el artículo 16.3 de la ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias "Las entidades locales actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación". Tercero: Por todo ello, esta Intervención de Fondos fiscaliza de conformidad el presente Expediente. Arrecife, a 6 de agosto de EL INTERVENTOR DE FONDOS. Fdo. Carlos Sáenz Melero. Vista la propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, Dª. Mª. Teresa Lorenzo Rodríguez, de fecha 6 de agosto de 2014, que se transcribe: La Concejal que suscribe propone: PRIMERO: Que se proceda a la firma del "CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Y LOS AYUNTAMIENTOS DE ARRECIFE, TÍAS, HARÍA, SAN BARTOLOMÉ, TEGUISE, TINAJO Y YAIZA Y ADISLAN, EN ORDEN AL DESARROLLO DE UN PROYECTO DE ACTUACION ASISTENCIAL EN MATERIA DE DISCAPACITADOS PSÍQUICOS" SEGUNDO: Que la aportación económica a dicho CONVEN O asciende a ,93. Arrecife, a 6 de agosto de La Concejala Delegada de Servicios Sociales, (Delegación Decreto 100/14) M. TERESA LORENZO RODRÍGUEZ. Firmado. Visto el decreto de la Alcaldía, refª 101/2014, de fecha 6 de agosto de 2014, que se transcribe: SEG 101/2014 DECRETO DE LA ALCALDIA Visto el Convenio de Colaboración entre el Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote y los Ayuntamientos de Arrecife, Tías, Haría, San Bartolomé, Teguise, Tinajo y Yaiza y la Asociación de personas con discapacidad de Lanzarote (ADISLAN) en orden al desarrollo de un proyecto de actuación asistencial en materia de discapacitados psíquicos, con fecha 7 de agosto de Vista la propuesta de la Sra. Concejal Servicios Sociales e Inmigración, Dª. Ascensión Toledo Hernández, de fecha 6 de agosto de 2014, el cual se transcribe: La Concejal que suscribe propone: PRIMERO: Que se proceda a la firma del CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE Y LOS AYUNTAMIENTOS DE ARRECIFE, TÍAS, HARÍA, SAN BARTOLOMÉ, TEGUISE, TINAJO, Y YAIZA Y ADISLAN, EN ORDEN AL DESARROLLO DE UN PROYECTO DE ACTUACIÓN ASISTENCIAL EN MATERIA DE DISCAPACITADOS PSÍQUICOS SEGUNDO: Que la aportación económica a dicho CONVENIO asciende a ,93. Arrecife, a 6 de agosto de Fdo. La Concejala Delegada de Servicios Sociales., (Delegación Decreto 100/14) M. TERESA LORENZO RODRÍGUEZ. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 23 de 138

24 Visto el informe realizado por el Técnico de Servicios Sociales, D. Tomás Barreiro Melgarejo, de fecha 6 de agosto de 2014, el cual se transcribe: INFORME El Ayuntamiento de Arrecife tiene previsto firmar el Convenio de Colaboración entre el Cabildo Insular de Lanzarote, los ayuntamientos de Tías, Haría, San Bartolomé, Teguise, Tinajo, Yaiza y la asociación Adislan en Orden al Desarrollo del Proyecto de Actuación Asistencial en Materia de Discapacitados Psíquicos de la Isla de Lanzarote Concretamente, el Ayuntamiento de Arrecife colabora económicamente con ,93 que se destinan a sufragar los gastos del Programa de Atención Temprana y Equipo Transversal que presta Adislan para menores de 0 a 6 años con discapacidad o riesgo de padecerla, siendo esta una competencia Municipal, ya que la Ley 1/97 de 7 de Febrero de Atención Integral a los Menores en Canarias expone: Artículo 1.- Finalidad y objeto de la ley. 1. La ley tiene como finalidad garantizar la atención integral a los menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. 2. Es objeto de la presente ley establecer la distribución de funciones y competencias de atención a los menores de las Administraciones Públicas Canarias, la regulación de las medidas y actuaciones administrativas de prevención, en situación de riesgo, de amparo e integración social de los mismos, así como el régimen de colaboración y participación social en estas actividades. Artículo 12.- Competencias de los ayuntamientos. 1. Las entidades municipales de Canarias ejercerán las competencias que integran funciones de información, promoción, detección, prevención e integración socio-familiar de los menores, en los términos previstos en esta ley. 2. En particular, corresponden a los ayuntamientos canarios, a través de los servicios básicos de asistencia social o de los órganos y unidades administrativas que se determinen en sus normas orgánicas, las competencias siguientes: a) El establecimiento y gestión de servicios de atención, información y asesoramiento a los menores y a las familias. b) La recogida de datos y la realización de estudios y estadísticas sobre las necesidades de los menores y familias del término municipal, sin perjuicio de las competencias de otras Administraciones Públicas. c) La promoción de las actividades y actuaciones que redunden en la formación de los menores, facilitando el conocimiento y ejercicio de los derechos que les reconoce y garantiza el ordenamiento jurídico. d) La constitución de unidades administrativas o servicios específicos de atención a los menores. e) La creación y gestión de unidades de atención inmediata y permanente a los menores. f) La creación y fomento de escuelas de información y formación de quienes ejerzan o puedan ejercer funciones parentales y de los menores. g) La detección de situaciones de riesgo para los menores, en coordinación con los centros y unidades escolares y sanitarias de su ámbito territorial. h) La adopción, en colaboración con los consejos escolares, de las medidas necesarias para garantizar la escolarización obligatoria. i) La declaración de la situación de riesgo, adoptando las medidas necesarias para la protección de los menores. j) La asunción de la guarda provisional de los menores a solicitud de las personas que tienen la potestad sobre los mismos, en los medios y centros de titularidad municipal, hasta que se adopte una resolución por el órgano autonómico competente. k) La gestión de las prestaciones económicas destinadas a la población municipal, de acuerdo con las previsiones de los convenios que suscriban a tal fin con la Administración autonómica o con el cabildo insular. l) Las que deriven o se relacionen con las anteriores que dimanen de las funciones de información, promoción, detección, prevención e integración sociofamiliar de los menores, aun cuando no estén específicamente previstas en esta ley. m) Cualesquiera otras que se contemplan en esta ley o se les atribuyan por el ordenamiento jurídico. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 24 de 138

25 Por lo que la firma de este CONVENIO, cumple con los principios de prevención, desarrollo e integración de Menores con Discapacidad, siendo beneficioso y necesario para el colectivo que va destinado el Programa. Arrecife, a 6 de agosto de Fdo. Tomás Barreiro Melgarejo. Técnico de Servicios Sociales. Visto el informe del Sr. Interventor, D. Carlos Sáenz Melero, de fecha 6 de de 2014, el cual se transcribe: I N F O R M E Por solicitado informe sobre el Convenio a suscribir entre el Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote y los Ayuntamientos de Arrecife, Tías, Haría, San Bartolomé, Teguise, Tinajo, Yaiza y la Asociación de personas con discapacidad de Lanzarote (ADISLAN) en orden al desarrollo de un proyecto de actuación asistencial en materia de discapacitados psíquicos, esta intervención de Fondos tiene el honor de informar lo siguiente: Primero: Del texto del Convenio a suscribir se deriva obligación económica para esta Corporación por cuantía de ,93. La cláusula segunda del citado convenio establece No obstante, los libramientos se harán previa acreditación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la Seguridad Social; a tal efecto, la aportación los Ayuntamientos firmantes, esto es, ciento treinta y cinco mil ochocientos euros ( ,00 ), importe que los Ayuntamientos firmantes autorizan expresamente al Cabildo para detraer sus aportaciones de los recursos procedentes de la Ley 20/91, según las cuantías señaladas anteriormente, y autorizan al Cabildo de Lanzarote, así mismo, la justificación de la totalidad de la aportación de los Ayuntamientos se realizará ante el Cabildo de Lanzarote, según lo previsto en la cláusula de justificaciones Segundo: De conformidad con el artículo 16.3 de la ley 14/ 1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias Las entidades locales actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación Tercero: Por todo ello, esta Intervención de Fondos fiscaliza de conformidad el presente Expediente. Arrecife, a 6 de agosto de Fdo.EL INTERVENTOR DE FONDOS. Carlos Sáenz Melero. En consecuencia con lo anteriormente expuesto y al amparo de las atribuciones que me confiere la vigente legislación, por el presente vengo en RESOLVER: PRIMERO.- Aprobar el Convenio de Colaboración entre el Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote y los Ayuntamientos de Arrecife, Tías, Haría, San Bartolomé, Teguise, Tinajo y Yaiza y la Asociación de personas con discapacidad de Lanzarote (ADISLAN) en orden al desarrollo de un proyecto de actuación asistencial en materia de discapacitados psíquicos SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde, D. Manuel Fajardo Feo para la firma del Convenio de Colaboración entre el Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote y los Ayuntamientos de Arrecife, Tías, Haría, San Bartolomé, Teguise, Tinajo y Yaiza y la Asociación de personas con discapacidad de Lanzarote (ADISLAN) en orden al desarrollo de un proyecto de actuación asistencial en materia de discapacitados psíquicos que se realizará el día 7 de agosto de La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de conformidad con la legislación vigente. TERCERO.- Ratificar este decreto en la primera Sesión Plenaria que se celebre. Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, de este Ayuntamiento D. Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a seis de agosto de dos mil catorce; de lo que, como Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, doy fe. EL ALCALDE. Manuel Fajardo Feo. EL SECRETARIO ACUMULADO. Leopoldo José Díaz Bethencourt. Firmado. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el concejal de AC-25m, D. Domingo García González, pregunta por el informe jurídico del Secretario en este expediente. Hace uso de la palabra el Secretario Acumulado, que dice que el informe jurídico no es preceptivo. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 25 de 138

26 Tras las intervenciones anteriores, en aplicación del voto ponderado, por quince votos a favor (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 1 del P.I.L., 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana) y nueve abstenciones (7 del grupo Popular y 2 de AC-25m), se propone al Pleno que ACUERDE Ratificar el Decreto de la Alcaldía, refª 101/14, de fecha 6 de agosto de Visto el informe jurídico emitido por el Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, de fecha 6 de octubre de 2014, que se transcribe: INFORME JURÍDICO En relación con el Convenio de Colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Arrecife y resto de los Ayuntamientos de la isla con el Cabildo Insular de Lanzarote y la Asociación de personas con Discapacidad de Lanzarote (ADISLAN) se emite el siguiente INFORME. l. ANTECEDENTES Primero. El presente Convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre las Corporaciones locales de Lanzarote y ADISLAN en orden al desarrollo de un proyecto de actuación asistencial en materia de personas con discapacidad intelectual que incluye la atención a usuarios en plazas de los sectores Retraso Mental y Necesidad de 3ª persona, la continuidad del programa de atención temprana en niños de O a 6 años con discapacidad o riesgo de padecerla, así como las fases de admisión, ingreso y seguimiento de los usuarios. Segundo. La colaboración entre el Ayuntamiento de Arrecife y los demás Ayuntamientos de la Isla con el Cabildo y ADISLAN se concreta en colaborar económicamente con ,93 que se destinan a sufragar los gastos de "programa de Atención Temprana y Equipo Transversa l" que presta ADISLAN para menores de 0 a 6 años con discapacidad o riesgo de padecerla, siendo ésta una competencia municipal a tenor de lo establecido en la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores en Canarias. II. LEGISLACION APLICABLE La legislación aplicable es la siguiente: - Ley 1/ 1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores en Canarias. Ley 13/ 1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido. - Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia. - Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Ley 14/ 1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias. - Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Decreto 160/1997, de 11 de julio. III. CONSIDERACIONES JURIDICAS Primera. La Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales establece en su artículo 4 que los servicios sociales se orientarán con carácter general a toda la población, considerándose áreas de actuación, entre otras, la promoción y atención de las personas con disminuciones físicas y psíquicas. Segunda. El Decreto 160/ 1997, de 11 de julio, delega en el Cabildo de Lanzarote las competencias en materia de Gestión de Centros de Atención a Minusválidos y Tercera Edad. Tercera. La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido, obliga a las Administraciones Públicas a proteger la iniciativa privada sin ánimo de lucro para Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 26 de 138

27 colaborar en el desarrollo de estas actividades mediante asesoramiento técnico, coordinación, planificación y apoyo económico. Cuarta. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, prevé la creación de un sistema para la autonomía y atención a la dependencia con la participación y colaboración de todas las Administraciones Públicas. El artículo 12 de esta Ley prevé la participación de las Entidades locales en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia de acuerdo con la normativa de su Comunidad Autónoma y según las competencias que tengan atribuidas. Quinta. La cooperación económica, técnica y financiera entre la Administración Local y la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollarán con carácter voluntario bajo las formas y en los términos previstos en las leyes y tienen lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que suscriban. Sexta. De acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas se rigen en sus relaciones por el principio de cooperación y colaboración. Señala, por su parte, el artículo 10 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, que la Administración local y las demás Administraciones Públicas ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos, procediendo la coordinación de las competencias de las entidades locales entre sí y, especialmente, con las de las restantes Administraciones públicas, cuando las actividades o los servicios locales trasciendan el interés propio de las correspondientes entidades, incidan o condicionen relevantemente los de dichas Administraciones o sean concurrentes o complementarias de los de éstas. Séptima. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/ 1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, las Administraciones canarias deberán atenerse en sus relaciones recíprocas a los principios contenidos en el artículo 55 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local. Este precepto establece la prestación de la cooperación y asistencia activas entre las Administraciones para el eficaz cumplimiento de sus tareas. Asimismo, entre los principios que rigen las relaciones entre las Administraciones públicas, según el artículo 4 de la Ley 30/1992, está el de prestar en el ámbito propio la cooperación y asistencia activas que las otras Administraciones pudieran recabar para el eficaz ejercicio de sus competencias. Octava. El artículo 15 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/ 1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, establece que: 1. El Gobierno de Canarias con los Ayuntamientos y Cabildos Insulares y estos con los Ayuntamientos de su isla, podrán celebrar convenios en los que establezcan libremente los instrumentos de colaboración previstos para la consecución defines comunes de interés público. 2. A través de los convenios de colaboración las partes podrán coordinar sus políticas de fomento dirigidas a un mismo sector, distribuir las subvenciones otorgadas por una de ellas con referencia al ámbito territorial o población de otra, ejecutar puntualmente obras o servicios de la competencia de una de las partes, compartir las sedes, locales o edificios que sean precisos para el desarrollo de competencias concurrentes,- ceder y aceptar la cesión de uso de bienes patrimoniales, desarrollar actividades de carácter prestacional y adoptar las medidas oportunas para alcanzar cualquiera otra finalidad, de contenido análogo a las anteriores. 3. En especial, los Cabildos Insulares podrán suscribir con todos o algunos de los Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 27 de 138

28 municipios de su isla convenios para garantizar el acceso de la población al conjunto de los servicios municipales y la mayor eficacia de la prestación de estos". Novena. El artículo 16.3 de la Ley 14/1990 establece que las entidades locales actuarán en los convenios a través de su presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. Corresponde, por tanto, al Pleno del Ayuntamiento de Arrecife la aprobación de este Convenio. Décima. El artículo 4.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público excluye de su ámbito de aplicación, entre otros negocios y relaciones jurídicas: Los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los que celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración de contratos sujetos a esta Ley, y - Los convenios que, con arreglo a las normas específicas que los regulan, celebre la Administración con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, siempre que su objeto no esté comprendido en el de los contratos regulados en esta Ley o en normas administrativas especiales. En consecuencia, este Convenio de naturaleza interadministrativa que suscribe el Ayuntamiento de Arrecife y los restantes Ayuntamientos de la isla con el Cabildo y ADISLAN queda excluido del ámbito de aplicación de la legislación reguladora de la contratación pública. IV. CONCLUSION De lo expuesto en el presente Informe, las determinaciones de la legislación aplicable y su adecuación al caso que nos ocupa, podemos concluir que procede la aprobación del Convenio por el Pleno de la Corporación. Arrecife, 6 de octubre de EL SECRETARIO ACUMULADO. Leopoldo Díaz Bethencourt. Firmado. No se producen intervenciones. El Sr. Alcalde eleva al Pleno el dictamen de la Comisión. El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes: Veintidos votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Mª. Teresa Lorenzo Rodríguez(Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 28 de 138

29 Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) ACUERDA de Ratificar el Decreto de la Alcaldía, refª 101/14, de fecha 6 de agosto El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. PUNTO CUARTO.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA COD02/14 SOBRE EL EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES DEPORTIVAS Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Educación, Cultura, Archivo, Agencia Desarrollo Local y Deportes, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: 1.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA COD02/14 SOBRE EL EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES DEPORTIVAS Visto el informe emitido por la Coordinadora Accidental de la Concejalía de Deportes, Dª. Ana Isabel Gopar Márquez, de fecha 2 de septiembre de 2014, que se transcribe: ASUNTO: INFORME DE ERROR DETECTADO EN EL NÚMERO DE CIF DE LA ENTIDAD CLUB DE BOLOS LANZAROTE TROPICAL INFORME Ana Isabel Gopar Márquez, como Coordinadora Accidental de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Arrecife, INFORMA: PRIMERO : Que visto el informe de esta técnico en calidad de Instructora del Procedimiento de Concesión de las Subvenciones Deportivas correspondientes a la temporada de donde entre otras y tras la correspondiente baremación se propone la concesión al Club de Bolos Lanzarote Tropical con CI F : G la cantidad de 5.133,11 euros. SEGUNDO: Visto el Acuerdo Plenario de 7 de abril de 2014 en el que se aprueba literalmente el contenido del informe anteriormente citado y en el que se reproduce un C.I.F. asignado a ese club que no es el correcto (G ), TERCERO: Siendo advertido y subsanado el error referente al C.I.F del Club de Bolos Lanzarote Tropical, cu yo CIF correcto es G , se informa que no existe ningún otro elemento que impida continuar con en trámite correspondiente a la concesión de la subvención por un importe de cinco mil ciento treinta y tres euros con once céntimos (5.133,1euros) que había sido propuesta tras la correspondiente baremación a dicha entidad deportiva. Y para su fiscalización y conformidad por la Intervención Municipal, firmo el presente informe en Arrecife de Lanzarote a 2 de septiembre de LA COORDINADORA DE DEPORTES. Fdo. Ana Isabel Gopar Márquez. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 29 de 138

30 Visto el Decreto de la Alcaldía, referencia COD 02/14, de fecha 2 de septiembre de 2014, que se transcribe: COD02/ 14 DECRETO DE ALCALDÍA Visto el informe de la Coordinadora Accidental de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Arrecife del tenor literal siguiente: Ana Isabel Gopar Márquez, como Coordinadora Accidental de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Arrecife, INFORMA: PRIMERO : Que visto el informe de esta técnico en calidad de Instructora del Procedimiento de Concesión de las Subvenciones Deportivas correspondientes a la temporada de donde entre otras y tras la correspondiente baremación se propone la concesión al Club de Bolos Lanzarote Tropical con CIF: G la cantidad de 5.133,11 euros. SEGUNDO: Visto el Acuerdo Plenario de 7 de abril de 2014 en el que se aprueba literalmente el contenido del informe anteriormente citado y en el que se reproduce un C.I.F. asignado a ese club que no es el correcto (G ), TERCERO: Siendo advertido y subsanado el error referente al C.I.F del Club de Bolos Lanzarote Tropical, cuyo CIF correcto es G , se informa que no existe ningún otro elemento que impida continuar con en trámite correspondiente a la concesión de la subvención por un importe de cinco mil ciento treinta y tres euros con once céntimos (5.133,1euros) que había sido propuesta tras la correspondiente baremación a dicha entidad deportiva. Y para su fiscalización y conformidad por la Intervención Municipal, firmo el presente informe en Arrecife de Lanzarote a 2 de septiembre de RESUELVO: Primero. - Conceder y abonar al Club de Bolos Lanzarote Tropical, cuyo CIF correcto es G , la subvención que se recoge en el acuerdo plenario, por importe de (5.133,11 euros) cinco mil ciento treinta y tres euros con once céntimos, tal y como le corresponde tras la baremación correspondiente atendiendo a los criterios establecidos en la ordenanza municipal. Segundo. Trasladar al Pleno Municipal Para su conocimiento y ratificación de lo anteriormente expuesto. Lo manda y firma, el Sr. Alcalde - Presidente de este Ayuntamiento Don Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote a 2 de septiembre de 2014; de lo que el Secretario Accidental, Don Francisco Javier López Martínez, doy fe. El Alcalde-Presidente. Ante mí, el Secretario Accidental. Firmado. Abierto el turno de intervenciones. Interviene la concejal del grupo P.S.O.E., Dª. Francisca Toledo Hernández, que explica el asunto. Tras deliberar sobre el asunto, en aplicación del voto ponderado, por diecisiete votos a favor (7 del grupo Coalición, 5 del grupo P.S.O.E., 2 de AC-25m, 1 del P.I.L., 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana) y 7 abstenciones (7 del grupo Popular), se propone que el Pleno ACUERDE PRIMERO.- Ratificar el Decreto de la Alcaldía, referencia COD 02/14, de fecha 2 de septiembre de 2014, y en consecuencia, conceder y abonar al Club de Bolos Lanzarote Tropical, cuyo CIF correcto es G , la subvención que se recoge en el acuerdo plenario, por importe de ( 5.133,11 euros) cinco mil ciento treinta y tres euros con once céntimos, tal y como le corresponde tras la baremación correspondiente atendiendo a los criterios establecidos en la ordenanza municipal. No se producen intervenciones. El Sr. Alcalde eleva al Pleno el dictamen de la Comisión. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 30 de 138

31 El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes: Veintidós votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Mª. Teresa Lorenzo Rodríguez(Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) ACUERDA PRIMERO.- Ratificar el Decreto de la Alcaldía, referencia COD 02/14, de fecha 2 de septiembre de 2014, y en consecuencia, conceder y abonar al Club de Bolos Lanzarote Tropical, cuyo CIF correcto es G , la subvención que se recoge en el acuerdo plenario, por importe de ( 5.133,11 euros) cinco mil ciento treinta y tres euros con once céntimos, tal y como le corresponde tras la baremación correspondiente atendiendo a los criterios establecidos en la ordenanza municipal. El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. PUNTO QUINTO.- APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES. Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, en sesión celebrada el día 6 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: 1.- APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES. Visto el informe de la Técnico, Dª. Estrella Raquel Niz Machín, de fecha 9 de septiembre de 2014, que se transcribe: INFORME TÉCNICO MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES. (B.O.P. nº de diciembre de 2011; modificación B.O.P. nº 166 de 28 de diciembre de 2012; modificación B.0.P. nº 166 de 30 de diciembre de 2013) Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 31 de 138

32 Vista la providencia de la Sra. Concejal delegada de Hacienda de este Ayuntamiento, en relación al expediente de modificación del artículo 7 apartado 2 de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, quien suscribe INFORMA : I. Que en fecha 31 de octubre de 2007 fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (nº 141), el acuerdo de aprobación de la Ponencia de Valores Totales de los Bienes Inmuebles para el municipio de Arrecife. II. Que este procedimiento de valoración colectiva supone un importante incremento de los valores catastrales de los bienes inmuebles del municipio, y por tanto, de las bases imponibles del Impuesto de Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. III. Que las bases liquidables de este impuesto (base imponible-reducción, que irá disminuyendo a lo largo de 9 años) sobre la que se aplica el tipo de gravamen para el cálculo de la cuota tributaria, se incrementará cada ejercicio. Que las bases liquidables de este impuesto sobre la que se aplica el tipo de gravamen para el cálculo de la cuota tributaria, se incrementará cada ejercicio, puesto que la reducción que se aplica a la base imponible a lo largo de 9 años, será cada año menor. IV. Que frente a este incremento de las bases liquidables, el tipo de gravamen a aplicar para el cálculo de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles se ha ido reduciendo, de acuerdo al siguiente detalle: 1 Ejercicio Tipo de gravamen ,97 % ,85 % ,65 % ,65 % ,55 % ,50 % ,48 % - Que el Ayuntamiento de Arrecife solicita, en el año 2013, al cumplir con los requisitos establecidos, la aplicación de un coeficiente de actualización de los valores catastrales, de acuerdo con el articulo 32.2 del Texto Refundido de la Ley del Catastro, Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, en la redacción dada por el apartado dos del artículo 16 de la ley 16/2012, de 27 de diciembre, que dispone que las Leyes de presupuestos generales del Estado podrán actualizar los valores catastrales de los inmuebles urbanos por la aplicación de coeficientes en función del año de entrada en vigor de la correspondiente de valores del municipio. La Orden HAP/2308/2013, de 5 de diciembre, aprueba la relación de municipios, entre los que se encuentra Arrecife, a efectos de la aplicación de los coeficientes de actualización de los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos para el año La Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014 publicada en el BOE del 26 de diciembre de 2013 en su artículo 73 fija los coeficientes de actualización de valores catastrales para el ejercicio 2014, correspondiéndole 0,73 al municipio de Arrecife. - Que a pesar de que los valores catastrales en el 2014 se reducen con la aplicación del coeficiente del 0, 73 casi no tiene incidencia sobre la base liquidable, puesto que, conforme con el articulo 66 del T.R.L.H.L., la reducción que se aplica a lo largo de nueve años desde que se aprueba la ponencia, se va siendo cada año menor Base Liquidable Total , , ,09 Nº unidades catastrales Valor Catastral Total , , ,48 Esta reducción del valor catastral si tendría efectos en otros tributos municipales como el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. - Que puesto se propone bajar el tipo impositivo debe tenerse en cuenta que el articulo 72.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales dispone que " el tipo de gravamen Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 32 de 138

33 mínimo y supletorio será el 0, 4 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles urbanos y el 0,3 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles rústicos, y el máximo será el 1,10 por ciento para los urbanos y 0,90 por ciento para los rústicos", por lo que la reducción del tipo propuesta del 0,48% al 0,40%, se encuentra dentro de los limites fijados. Además, no es de aplicación en el municipio de Arrecife, el incremento legal de los tipos de gravamen del IBI aprobada por el Real Decreto Ley 20/2011 y prorrogada para los ejercicios 2014 y Por tanto, a la hora de decidir la bajada del tipo de gravamen, se debe analizar su incidencia sobre los recursos del municipio, de acuerdo con los datos económicos proporcionados por la Gerencia de Catastro de Las Palmas previstos para el 2015 y compararlos con los de ejercicios anteriores PADRON IBI 2014 Nº UNIDADES CATASTRALES ,00 VALOR CATASTRAL TOTAL ,48 BASE LIQUIDABLES TOTAL ,09 CUOTA LIQUIDA REAL ( teniendo en cuenta en investigación, exentos, bonificaciones, recursos; de propiedad munipal...etc) ,27 TIPO IMPOSITIVO 0,48 /o PREVISIONES 2015 Nº UNIDADES CATASTRALES VALOR CATASTRAL TOTAL BASE LIQUIDABLES TOTAL , ,23 CUOTA LIQUIDA PREVISTA (0,48%) - AJUSTES ( ) ,37 2 TIPOS 0,47% ,09 0,46% ,81 0,45% ,53 0,44% ,26 0,43% ,98 0,42% ,70 0,41% ,42 0,40% ,14 En base a las previsiones anteriores, el interventor de este Ayuntamiento deberá informar. Es cuanto se tiene que informar. En Arrecife a 9 de septiembre de LA TÉCNICO. Fdo. Estrella Raquel Niz Machín. Visto el informe emitido por el Interventor, D. Carlos Sáenz Melero, de fecha 2 de octubre de 2014, que se transcribe: 3 INFORME ASUNTO: MODIFICACION ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES. En virtud de lo previsto en el artículo 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Intervención de Fondos tiene el honor de informar lo siguiente: Primero: La legislación aplicable Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de Haciendas Locales, artículos 16 y ss Segundo: Visto el informe de la jefa del servicio de rentas, doña Estrella Raquel Níz Machín, de fecha 09 de septiembre de 2014, en el que se analiza la repercusión que tendría la reducción del tipo impositivo del IBI, del 0.48% al 0. 40%, y por ende, una reducción de la recaudación por este concepto estimado en la cuantía de ,23 euros, esta Intervención considera destacar los siguientes puntos. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 33 de 138

34 En primer lugar, el ahorro bruto definido como la diferencia entre ingresos corrientes y gastos corrientes se vería mermado en la cantidad citada anteriormente, no obstante, tomando como referencia este ejercicio 2014 el ahorro bruto arroja la cuantía de ,31 euros. Así todo, disminuyendo este ahorro bruto en la cuantía de la disminución de ingresos corrientes provocada por la reducción del tipo impositivo del impuesto, el ahorro bruto continuaría siendo no sólo positivo sino con un margen de aproximadamente 5 millones de euros. En segundo lugar, respecto al Plan de Saneamiento ya elaborado en su momento, esta reducción en la recaudación no afectaría, dado que los datos fueron confeccionados en el peor de los escenarios posibles, siendo la evolución del mismo mucho mejor de lo esperado. En tercer lugar, este impacto de menos ,23 euros en ingresos corrientes para el próximo ejercicio del 2015 podrá ser asumido de la siguiente forma: 4 En el Capítulo III de Gastos, dado que se está estudiando mejorar las condiciones de tipos de interés de préstamo concertado por el RD 4/ Menores amortizaciones previstas en el plan de saneamiento. -Ampliación de plazos de amortización de las operaciones a refinanciar. -y, si fuera preciso, una disminución del capitulo VI de gastos (Inversiones Reales). Esta intervención considera, además, hacer mención especial a la elaboración del Presupuesto del ejercicio 2015: 5 En este sentido, procede, para poder dar encaje a la menor recaudación del IBI, en los términos que se mencionan en este informe, deberá procederse a la consecuente reducción de gasto. Y, en el caso, que el presupuesto no quedara aprobado en los plazos legalmente establecido, y hubiera que prorrogarlo (limite créditos iniciales del ejercicio 2014) se deberá realizar una disminución de gasto en la cuantía de ,23 euros, ya que en caso contrario, podría producirse desequilibrio presupuestario. Es cuanto se debe informar. Arrecife a 02 de octubre de EL INTERVENTOR DE FONDOS. Fdo. Carlos Sáenz Melero. Visto el informe jurídico emitido por el Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, de fecha 2 de octubre de 2014, que se transcribe: 6 EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (Reducción del tipo impositivo del 0.48 al 0.40). De acuerdo con lo ordenado por la Alcaldía, y en cumplimiento de lo establecido en la normativa vigente que es de aplicación en relación con el expediente de modificación de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e inspección de los Tributos y otros ingresos de derecho público municipales se INFORMA: PRIMERO. Los Ayuntamientos pueden acordar la imposición y supresión de sus Tributos propios y aprobar las correspondientes Ordenanzas fiscales reguladoras de los mismos. Se procederá a aprobar la modificación de dichas Ordenanzas si es necesario, las cuales deberán contener la nueva redacción de las normas afectadas y las fechas de su aprobación y del comienzo de su aplicación. SEGUNDO. La Legislación aplicable en esta materia está recogida en: - Los artículos 15 apartado 3 y 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Los artículos 22.2.d), 47.1 y 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. TERCERO. El Acuerdo de aprobación de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto es competencia del Pleno, en virtud del artículo 22.2.d) de la Ley 7/ 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la validez del Acuerdo requiere el voto favorable de la mayoría simple de los miembros presentes, como se establece en el artículo 47.1 de la Ley 7/ 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. CUARTO. El procedimiento para la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles es el siguiente, conforme lo establecido en el artículo 49 Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 34 de 138

35 de la Ley 7/ 1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el art. 17 de Real Decreto Legislativo , de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: A. Por Providencia de Alcaldía se ha de iniciar el expediente y se solicitará la el aboración de un informe técnico B. Tomando en consideración las previsiones establecidas en el informe técnico, se elaborará por los Servicios Municipales competentes en materia de hacienda, el proyecto de modificación de la Ordenanza fiscal Elaborado y recibido este proyecto, corresponderá, previo Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, la aprobación provisional por el Pleno, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.2.d) de la Ley , de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. C. Aprobada provisionalmente la modificación, se someterá el expediente a información pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia durante treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Nuestra Entidad Local al tener una población superior a diez mil habitantes deberán publicar el anuncio, además, en uno de los diarios de mayor difusión de la Provincia. D. Finalizado el plazo de información pública, se adoptará el Acuerdo definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones presentadas y la redacción definitiva de la Ordenanza [es decir, la redacción con las modificaciones que se han introducido]. En el caso de que no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el Acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de Acuerdo plenario. E. El Acuerdo de aprobación definitiva [expreso o tácito] y el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Provincia, momento en el cual entrarán en vigor. Asimismo, dicho Acuerdo de aprobación definitiva se notificará a aquellos interesados que hubieran presentado alegaciones. Al tener el Municipio de Arrecife una población superior a veinte mil habitantes, se deberá editar el texto integro de las Ordenanzas fiscales reguladoras de sus Tributos dentro del primer cuatrimestre del ejercicio económico correspondientes. Abierto el turno de intervenciones. Interviene la concejal de Hacienda, Dª. Mª. Teresa Lorenzo Rodríguez, dice que estamos satisfechos de poder traer ya la reducción del tipo de gravamen del IBI. La situación financiera del Ayuntamiento ha mejorado y eso nos permite beneficiar a los ciudadanos. Hacemos la reducción al mínimo legal. Interviene el concejal del P.N.L., D. Pedro de Armas Sanginés, dice que es una satisfacción comprobar que yo presenté una moción igual en su momento, se podía haber hecho antes y el coste hubiese sido menor. Una cuestión de orden, hay tres informes pero no está la propuesta de la concejal de Hacienda. Interviene el concejal de AC-25m, D. Domingo García González, dice que no hay una propuesta concreta. La oposición hemos planteado esta propuesta pero el Sr. Alcalde nos dijo que estaba pendiente a la publicación de los índices. Pregunta si el Ayuntamiento no lo puede hacer sin tener que esperar a esos índices. Interviene el concejal del P.I.L., D. Juan Jesús González Docal, dice que estamos a favor porque nosotros lo hemos propuesto igual. Interviene el concejal del grupo Popular, D. Roberto Vicente Herbón, dice que votaremos a favor, porque nosotros también la hemos presentado y va en el punto posterior. Dice que el grupo Popular propuso en su momento un 0,45. Interviene la concejal de Hacienda Dª. Mª. Teresa Lorenzo Rodríguez, para aclarar a la Comisión diversas dudas. Tras deliberar sobre el asunto, en aplicación del voto ponderado, por veintidós votos a favor (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 7 del grupo Popular, 1 del P.I.L., 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana) y dos abstenciones de AC-25m, se propone al Pleno que ACUERDE Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 35 de 138

36 PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza del Impuesto de Bienes Inmuebles (reducción del tipo impositivo del 0,48 al 0,40), sometiéndose el expediente a información pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y en uno de los diarios de mayor difusión de la Provincia, durante treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. SEGUNDO.- Finalizado el plazo de información pública, se adoptará el Acuerdo definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones presentadas y la redacción definitiva de la Ordenanza. En el caso de que no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el Acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de Acuerdo plenario. TERCERO.- El Acuerdo de aprobación definitiva, expreso o tácito, y el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Provincia, momento en el cual entrarán en vigor. Asimismo, dicho Acuerdo de aprobación definitiva se notificará a aquellos interesados que hubieran presentado alegaciones. Al tener el Municipio de Arrecife una población superior a veinte mil habitantes, se deberá editar el texto integro de las Ordenanzas fiscales reguladoras de sus Tributos dentro del primer cuatrimestre del ejercicio económico correspondientes. Vista la providencia de la concejal delegada de Hacienda, Dª. Mª. Teresa Lorenzo Rodríguez, de fecha 8 de septiembre de 2014, que se transcribe: PROVIDENCIA Visto procedente bajar los tipos de gravamen en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles del 0,48 % al 0,40 % DISPONGO: 1.- Que los servicios jurídicos informen sobre el procedimiento de modificación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles. 2.- Que se realice un informe técnico-económico sobre esta propuesta de modificación del tipo impositivo del Impuesto de Bienes Inmuebles para el próximo ejercicio 2015, que será llevada al Pleno de esta Corporación para su aprobación. En Arrecife de Lanzarote, a 8 de septiembre de LA CONCEJAL DELEGADA DE HACIENDA (Decreto Refª 134/2012 de 19 de octubre). Fdo. Mª Teresa Lorenzo Rodríguez. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, buenos días Sr. Alcalde, buenos días compañeros y compañeras. Simplemente, ratificarme en lo que comenté en la Comisión, que quizás en su momento, cuando presenté la moción, hace ya pues 7 u 8 meses, que suponía nada más que bajar el 0,05, y que ustedes decidieron bajarlo el 0,02, hubiese sido mucho menos el importe quizás en aquel momento, porque el 0,5 hubiese quedado en una cantidad, que prácticamente los vecinos iban a pagar lo mismo o un poquito menos. Y, vemos como ahora, el hecho de bajarlo pues el 0,8 va a suponer una cantidad importante, muy importante para las arcas del Ayuntamiento. Decir, que estamos totalmente de acuerdo con la propuesta, como no podía ser de otra forma, bajar los Impuestos siempre beneficia a todos. Y, también en aquel momento, pues podían ustedes. No lo hacía por el hecho simplemente político, sino porque la gente se estaba quejando bastante, y se sigue quejando de pagar, todos nos quejamos de pagar los Impuestos. Y, que ustedes también se podían haber apuntado el tanto perfectamente, no?, bajando ahora el 0,5 en vez del 0,8. De acuerdo con la propuesta. Y, también espero, que posteriormente se apruebe la moción nuestra, aunque ya está aprobada. Vale. Muchas gracias, buen día. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 36 de 138

37 Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, buenos días por la mañana a todos. Mostrar nuestro, por supuesto, nuestra concordancia con esta medida. La hemos propuesto, y de hecho va una propuesta, una moción conjunta de toda la Oposición en el mismo sentido. Y, a mí me gustaría solo matizar una cosa, es de los pocos Impuestos, si no el único, que está basado actualmente en algo que no es real. Y, por eso, todas las medidas que hagamos para acercar esa realidad serán buenas. No es real, porque es que las casas no valen lo que dice la Ponencia, lo valían seguramente en el 2007, cuando la Gerencia hizo esta valoración, pero ahora no lo valen. Es decir, estamos cobrando basándonos en un valor que es irreal, que es mentira, lo podemos decir como queramos, no tiene la culpa este Ayuntamiento, ni ninguno de los otros Ayuntamientos, tienen la culpa las circunstancias, la crisis, el tiempo en el que se hizo esa valoración. Y, la forma en que la Gerencia ha ido tomando esa reducción del 27%, pues bueno, dentro de que puede ser adecuada no es la mejor, porque no viene a decirnos la realidad, de lo que en este caso el Catastro vale, de lo que vale nuestras casas y la de los vecinos. Entonces, basándonos en que estamos cobrando sobre una irrealidad, pues todas estas medidas lógicamente van en beneficio de que se aminore esa presión fiscal, que por otra vuelvo a decir, que no está basada en la realidad. Totalmente de acuerdo, vamos a apoyarla. Y bueno, lo debatiremos también después en la moción que tenemos nosotros. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, gracias Sr. Alcalde, buenos días a todos. En primer lugar, felicitarlos por haber tomado la decisión de bajar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Yo creo, que era una vieja demanda de la sociedad Arrecifeña. Lástima que ustedes no se hubieran dado cuenta, cuando se lo planteamos desde la Oposición, concretamente desde el Partido Nacionalista de Lanzarote Nueva Canarias, en Octubre del año pasado, ustedes no tuvieron a bien bajarlo en aquel momento. Ahora, a 9 meses de las elecciones han tomado la decisión. Por tanto, felicitarles por haber entrado en la senda de la cordura, aunque un poco tarde, puesto que los ciudadanos en Arrecife pagan la mayor carga impositiva prácticamente de toda Canarias. Por otro lado, también sorprenderme, como se hablaba en la Comisión, de que la Providencia de la Srta. Concejal no estuviera incluida en el Expediente. Casualmente, a día de hoy, está incluida en el Expediente, pero no tiene Registro de Entrada ni Registro de Salida, con lo cual no sabemos qué estaba antes, si el huevo o la gallina, porque usted decía que lo tenía preparado, y a mí me da que en vista de la fecha del informe del Interventor ustedes no habían preparado nada, fue otra vez gracias a la presión que hizo la Oposición, presentando una iniciativa conjunta para bajar de nuevo el Impuesto de Bienes Inmuebles. En cualquier caso, ya les digo, felicitarlos, alegrarnos, porque con esta bajada los que se van a beneficiar van a ser los ciudadanos de Arrecife, que lamentablemente, y no me gusta repetir la cifra, pero sí me gusta que ustedes se enteren, para que a ver si de una vez por todas, consiguen no solo bajar el IBI sino bajar otros Impuestos que son necesarios, dada esa mejoría económica que tanto vende el grupo de gobierno. Hombre, que los ciudadanos de Arrecife sigan pagando 447 euros de Impuestos de media, frente a los 67 de inversión, hombre, la verdad es que chirría un poco, que algunos sigan diciendo que la situación económica mejora. Sí, para ustedes, pero no para los ciudadanos. Desde luego, que también es importante incluir en este punto, saber un dato que ustedes se han negado a darnos sistemáticamente, porque les recuerdo que desde el mes de Julio, el grupo Popular presentó un escrito solicitando la información acerca de lo que nos adeuda el Gobierno de Canarias en materia de Viviendas Sociales. Esa información, todavía no la tenemos. Luego, no se puede presumir de ser totalmente transparentes, cuando no se facilita la información a Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 37 de 138

38 la Oposición en un asunto, repito, tan importante como es el IBI de las Viviendas Sociales de Arrecife. Por otro lado, decirles que hay 2 maneras de hacer las cosas, una, la que hizo el Partido Popular en el anterior mandato con el Partido Independientes de Lanzarote y con Nueva Canarias, cuando en tan solo 1 año y medio bajaron un 0,30% el IBI, el Impuesto del IBI. Ustedes, en tan solo 3 años que llevan gobernando no han bajado 0,12 y 0,12 con la modificación que traen hoy, porque es que si no desde luego, tampoco hubiéramos tenido esa oportunidad. Es simplemente, para diferenciar dos maneras de trabajar, dos maneras de entender los impuestos en Arrecife, y dos maneras de entender también que los ciudadanos de Arrecife no tienen por qué pagar los desmanes que hemos sufrido en este Ayuntamiento, por causas de anteriores Alcaldesas y Alcaldes que han pasado por aquí. Muchas gracias. Interviene la Sra. Concejal del grupo CC, D. María Teresa Lorenzo Rodríguez, que dice, creo que todos lo han manifestado ya, y yo voy a reiterar mis palabras de la Comisión, que es una satisfacción poder una Administración Pública permitirse, voy a dejarlo en entre comillado, el lujo de poder bajar los Impuestos, porque es lo que se merecen los ciudadanos, el mejor servicio al menor coste. Es decir, todos sabemos que los servicios lo sostienen los ciudadanos, y si podemos prestar el mejor servicio con unos Impuestos más bajos, pués los ciudadanos obviamente nos lo agradecerán. Como digo, después de una serie de medidas que ha tomado esta Corporación, tras llegar a asumir la responsabilidad de gobernar, y ver como estaba los resultados económicos de la Administración, y la vista debe sus resultados, se han tenido que adoptar una serie de medidas de ajuste durísimas, pués de reducción de gastos, que en algunos de los casos, pues nos lo hemos aplicado nosotros mismos, porque se acuerdan que se redujo los gastos destinados a todo lo que es los cargos públicos. En otros casos, fueron ajustes impuestos por el Estado, por habernos acogido al Plan de pagos a proveedores, en el que teníamos pues que subir algunas Tasas, que por otro lado no estaban actualizadas y era necesario actualizarlas, nos lo exigían Leyes Estatales, etc. O sea, después de tomar todas esas medidas de ajuste y también reducir gastos improductivos, se ha visto una mejora de todos los parámetros de las cuentas del Ayuntamiento de Arrecife. Y, es cuando con responsabilidad, con rigor, con estudio, se puede asumir la bajada del Impuestos de Bienes Inmuebles al máximo, que al Ayuntamiento se le permite. El resto del Valor Catastral, de lo que pagan los ciudadanos en el IBI, es competencia del Estado y ahí el Ayuntamiento no puede llegar. Siguen estando los Valores Catastrales muy altos, a pesar de la reducción que se aplicó el año pasado, pero eso ya es competencia del Estado. Lo que nosotros podemos hacer, es reducir el margen que nos permite la Ley, que es competencia del Ayuntamiento, que va desde el 0,40 hasta el 1,10 como máximo. Y, esta Corporación en este momento, puede bajar el Impuesto al máximo, como digo, después de una serie de medidas adoptadas, ejecutadas, y que se han visto con buenos resultados en 2 ejercicios continuos, sobre todo en el cierre del último ejercicio 2013, en el que vamos a cumplir todos los parámetros que nos exigen, pues todas las Leyes que rigen las Cuentas de una Administración Pública, parámetros como la Estabilidad, Regla de Gasto y por primera vez el Endeudamiento también, que lo hemos reducido y ya pues verán ustedes resultados, en los que estamos dentro de los límites. Como digo, es una satisfacción, que una Administración Pública pueda reducir los impuestos a los ciudadanos, y a la vez tener una buena situación económica. Nada más. Gracias. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, gracias Sr. Alcalde. Yo, solamente, Doña María Teresa me sorprende, efectivamente se han tomado medidas tan durísimas, tan durísimas, como para tener un remanente de 19 millones de euros. Y, remanente, significa tener dinero en la caja, que no se ha gastado, que no se ha invertido. Y, 8 millones de los cuales se dedujeron, que fue de dudoso cobro. O sea, recibos por valor de 8 millones de euros, que no se pueden cobrar, no sabemos por qué. Y por Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 38 de 138

39 supuesto, que se cumplen todos los parámetros, y eso pues nos llena de satisfacción a todos, tanto al grupo de gobierno como a la Oposición, porque al fin y al cabo es una Institución Pública, donde todos remamos en el mismo sentido. Pero, estará de acuerdo que se refleja automáticamente, cuando digo que hay un remanente, porque solamente se ha invertido el 8% de todo el Presupuesto, cuando la media Canaria sabemos que ronda el 15% en el resto de las Instituciones Canarias, en los Ayuntamientos de Canarias. Simplemente, hacer esa matización, con respecto a las medidas durísimas que se han tomado. Muchas gracias. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchas gracias Don Pedro. De todas formas, yo creo que ha errado en un concepto, el concepto de remanente de Tesorería, yo creo que la Concejala se lo explicará, lo explicará de nuevo, y a ver si logramos entenderlo todos de una vez. Y, ojalá nosotros hubiésemos estado también en la media de endeudamiento canario. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, simplemente me gustaría saber, aunque puede que haya quedado claro, Sigue la idea de dirigirse a la Gerencia para hacer nueva ponencia? O, como dijo en la Comisión, ellos mantienen esa idea de esas reducciones, seguir con las reducciones? Lo cual, dentro de que nos acerca a la realidad, no deja de seguir estando fuera. Es decir, seguimos teniendo la Ponencia de Valores, siguen estando, siendo las del Con lo cual, me gustaría saber eso, si ustedes tienen la idea u otros Ayuntamientos? Porque esto nos encontramos todos los Ayuntamientos, el famoso Catastrazo, desgraciadamente le ha pasado a la mayoría de los Ayuntamientos de Canarias. Siguen en la idea de dirigirse a la Gerencia para hacer una Ponencia o ya ha habido una variación como intuíamos en la Comisión, que es seguir con esta fórmula de las minoraciones?, que dentro de que aminora algo, no es lo más justo para los ciudadanos lógicamente, porque estás aminorando sobre un valor que a día de hoy no valga. Y, la explicación que se nos daba en la Comisión, de que esas Ponencias no son muy actuales, porque bajan y suben y fluctúan, hombre, también pasó para cuando fueron muy altas no? Luego, esperar simplemente, que la ausencia del Técnico, del mayor Técnico en lo que es el tema, el Interventor, no afecte para este punto, porque cosas peores se han visto, es obligatorio, es obligatorio que en los temas económicos esté el Interventor en su aprobación. Y, como en este Ayuntamiento se ha visto de todo, alguien podría ir a anular esta aprobación por la ausencia, que esperemos que no. Esperemos que no, cuando estemos todos de acuerdo. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, gracias Sr. Alcalde. Doña María Teresa me obliga a ser usted incisivo, porque no se puede decir de, el mejor servicio al menor coste. De verdad, o sea, de usted una vuelta por los Barrios, o simplemente paguen ustedes las subvenciones atrasadas, 2 años han estado los Clubes sin cobrar en Arrecife. El mejor servicio al menor coste, mire, casi prefiero pagar más y que haya un buen servicio o por lo menos que haya servicio no?. En segundo lugar, el mejor servicio y menor coste. Ustedes saben que han subido por primera vez las tasas de las guaguas urbanas y discapacitados y jubilados pagan por primera vez en la historia de Arrecife?. Eso es el mejor servicio? O, es el mejor servicio devolver 3,8 millones de euros de inversión a los Bancos para pagar deuda viva bancaria?, Eso es el mejor servicio?. Dejar de invertir en carreteras, en alumbrado, en asfaltado, en los barrios, en parques y jardines, en parques infantiles? Es que vayas por donde vayas las cosas están rematadamente mal, y ustedes se han permitido el lujo de devolver 3,8 millones de euros a los Bancos, y encima sacando pecho. Luego, 19 Reconocimientos de Créditos Extrajudicial, usted que nos ponía a parir de un burro los Reconocimientos, eso no se puede hacer, eso Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 39 de 138

40 es un desmadre. Y, mire, usted lleva 19 Reconocimientos de Créditos, Eso es el mejor servicio al menor coste? O, También es el mejor servicio al menor coste tener un Pabellón que costó 13 millones de euros durante un año y medio cerrado? Eso es verdad, el mejor servicio al menor coste. Pero mire, no nos vendan la moto, ustedes durante estos 3 años han hecho 3 cosas fundamentalmente para bajar la deuda del Ayuntamiento. Lo primero, aplazar deuda. Sabes qué significa eso?, lo que nos está llegando ahora, Sentencias Judiciales por no cumplir con lo que teníamos que cumplir en muchísimos casos, y por no sentarse a negociar con aquellos que mantenían pleitos con Arrecife. Tenemos Sentencias, tenemos abogados, y encima tendremos que pagar los intereses de lo que se ha dejado de pagar. La verdad, que es una magnífica gestión al menor coste posible. Luego, un Fondo que les ha llegado del cielo, el Fondo de pagos a Proveedores del Estado, donde les ha dado 16 millones de euros para que ustedes puedan pagar sus facturas. Y, en tercer lugar, evidentemente la situación económica mejora si ustedes no invierte un euro en Arrecife, ha dejado de invertir en el ejercicio anterior 3,8 millones de euros, y por tanto no se puede hablar del menor servicio al menor coste, cuando en Arrecife se paga de media 447 euros y solo se reciben 67 euros. Interviene el Sr. Concejal del grupo PSOE, D. Pedro Viera Espinosa, que dice, gracias Alcalde, buenos días. El tema del debate, discusión de los Impuestos en general, y en particular el IBI, es un tema que es recurrente. La posición del grupo Socialista la vamos a enmarcar en 4 aspectos importantes. Primero, porque el propio Texto Constitucional ya lo contempla. Existe una previsión también Presupuestaria, que se tiene que tener en cuenta en el año 2015, una bajada del 2,4 millones con respecto al año La situación especial económica de la ciudad sigue siendo la que es, como consecuencia o motivo de los recortes de esa política que practica el Partido Popular, amortiguada como no, por la presencia en el gobierno de la ciudad, de un gobierno que prioriza los problemas de los ciudadanos y de las ciudadanas. Y, en último lugar, ya lo contemplaba la propia Concejala de Hacienda, la mejora de la situación económica. En todo este contexto que lo acabo de resumir, por la escasez de tiempo que tengo para poder esgrimir esos argumentos, justificaría ese paso del 0,48 a 0,40 el tipo impositivo. Ya lo hemos hecho en el grupo Socialista en esta legislatura, de bajar del 0,65 al 0,40 si hoy se aprueba. En ningún caso, se ha visto comprometido los servicios públicos, que presta el Ayuntamiento de Arrecife a los ciudadanos, como puede ser Servicios Sociales, Parques y Jardines, Vías y Obras, Sanidad, Educación y Cultura. Mire, cierto es que frente a esta política responsable en cuanto a la bajada de Impuestos, existe otro tipo de política con respecto a este mismo tema, y que consiste en que se baja el Impuesto para que no se pueda prestar ningún tipo de servicio o en caso de que se pueda prestar, que sean los propios ciudadanos los que se lo costeen. El resto de la Ordenanza queda igual, en cuanto a las bonificaciones a las familias. Y, sí me gustaría instar al grupo municipal, para que exija a sus Diputados y a su Senador, que presente alguna iniciativa legislativa, en cuanto a las modificaciones legislativas, sobre aquellas Entidades que puedan estar exentas de beneficios fiscales, como por ejemplo, la Iglesia. O también, que establezca un Impuesto para los que más ganan, más tienen y más heredan. Muchas gracias. Interviene la Sra. Concejal de Hacienda del grupo CC, D. María Teresa Lorenzo Rodríguez, que dice, vamos a ver, contestando un poco a los compañeros que han hecho pues sus intervenciones. Interviene la Sra. Concejal de Hacienda del grupo CC, D. María Teresa Lorenzo Rodríguez, que dice, Don Pedro de Armas, el remanente de Tesorería como usted recordará, la forma, los Fondos líquidos, los saldos de Banco, derechos de cobro y Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 40 de 138

41 obligaciones de pago. Si el Ayuntamiento de Arrecife, paga a los Proveedores que tenemos a corto plazo como hicimos, que teníamos más de 17 millones de deuda a corto plazo con proveedores, que eso no consta en la deuda viva del Ayuntamiento, y existía, o sea, que además tenía esa deuda. Al poder financiarla, que fue una medida acertada por parte del Estado, evidentemente mejora el remanente de Tesorería. Y eso, no quiere decir que no la hayamos gastado en Servicios necesarios a los ciudadanos. O sea, hay una parte del remanente, que evidentemente viene de la refinanciación de la deuda con proveedores. Y, hay otra parte, que viene del ahorro, que las medidas que adoptó esta Corporación y no anteriores, a pesar de los datos negativos que tenían de reducir gastos no necesarios, gastos superfluos, nunca gastos necesarios. Vale?. Otro tema, el tema de las inversiones, se invierte dentro del Presupuesto lo que se puede. Obviamente, cada Administración debe tratar de invertir el máximo posible, pero no olviden que también son necesarios los gastos corrientes, porque son los que prestan los servicios más importantes que se dan al ciudadano, como son los Servicios Sociales que son casi 4 millones de euros, como es todos los servicios de limpieza, mantenimiento, Medio Ambiente, etc. El gasto corriente es necesario, y hay un compromiso con unos Contratos, que hay que pagar. Cuando nosotros llegamos a esta Corporación, el Presupuesto lo determina el Capítulo I, pues los compromisos que hay con el personal del Ayuntamiento que es super necesario, más todo el Capítulo II que son los gastos corrientes y los préstamos que también es una herencia que tiene cada grupo que llega a gobernar. Se endeudaron en su momento, así lo decidieron, y lo que te resta son las inversiones. Este grupo de gobierno va a procurar que cada vez, o los que vengan, deben procurar que cada vez se reduzcan gastos superfluos y simplemente las inversiones. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, gracias Sr. Alcalde. Hombre, a mí escuchar las palabras del portavoz Socialista, cuando habla de que este grupo de gobierno prioriza, pues la verdad es que me produce al menos sonrojo, porque cuando hablamos de priorizar, lo que se piensa o lo que se tiene que llevar a efecto, es precisamente establecer aquellos criterios que entendemos más urgentes. Ustedes, les repito, llevan 2 años sin pagar subvenciones, han estado 7 meses sin pagar a una empresa que ha prestado un servicio como era Volconsa, cuyos trabajadores a día de hoy todavía no han cobrado. Eso es priorizar Sr. Viera?, pues válgame Señor que no, porque de verdad, cuando se hacen ese tipo de cosas, y después se hacen ese tipo de afirmaciones, hay que tener mucho rostro para después decírselo a los ciudadanos y a aquellas personas que están sufriendo esos desmanes económicos que ustedes están haciendo. Sra. María Teresa Lorenzo, muchísimas gracias por la clase de Economía. Bien. Pero, y por qué han tardado tanto en bajar los Impuestos, que era lo que estamos hablando en este punto?. A mí la clase de Economía que usted nos acaba, de Economía aplicada sobre el Presupuesto y ejecución del Presupuesto, me parece fantástico. Probablemente, tendríamos al Interventor, que nos podría dar una clase mejor, puesto que lleva mucho más tiempo que usted aquí, pero no es el objeto de debate. El objeto de debate es, cómo ustedes se pueden permitir el lujo de decir que hay un mejor servicio al ciudadano cuando eso no es cierto?, cuando tenemos un servicio como es el de Luz y Sonido que ya está agotado, que está agotado en Agosto, y que probablemente en Diciembre tengamos que traer Reconocimiento de Crédito, porque ustedes han previsto mal. Y, no es que se los diga yo, es que ya lo están haciendo, es que están pidiendo servicios sabiendo que después va a haber una aplicación Presupuestaria para eso. Es decir, Ustedes no son conscientes de que han previsto mal? No son capaces de reconocer que se han equivocado? Hombre, por Dios! Yo creo que, al César lo que es del César. Es verdad, que ustedes han mejorado la situación económica, cierto, porque han dejado de pagar, porque han dejado de pagar las subvenciones, a empresas que prestaban servicios como Volconsa, han aplazado deuda en el caso de Urbaser que ya Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 41 de 138

42 les están llegando sentencias. Es verdad que han mejorado, pero a costa de qué? O, de devolver 3,8 millones de euros a los Bancos, en detrimento de la inversión, de las carreteras? De verdad, Doña María Teresa, yo la pensaba con un poquito más de criterio en este sentido, de tener también esa sensibilidad social que se requiere. Un 31% de paro, y nos permitimos el lujo de devolver 3,8 millones de euros de inversión, y encima sacamos pecho de eso. Y, lo de priorizar, ya era el colmo del colmo. Muchísimas gracias. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchísimas gracias. Pasamos a votar. No, no, no ha habido alusiones Don Pedro. Alusiones son alusiones, y reflexiones son otra cosa Don Pedro. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, me cambio el nombre. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, no, no, usted no tiene que cambiarse el nombre porque lleva por lo menos 15 años con el mismo, Don Pedro de Armas. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, no, son dieciséis. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, por eso digo, quince. Vamos a votar. El Sr. Alcalde eleva al Pleno el dictamen de la Comisión. El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes: Veintidós votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Mª. Teresa Lorenzo Rodríguez(Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) ACUERDA Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 42 de 138

43 PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza del Impuesto de Bienes Inmuebles (reducción del tipo impositivo del 0,48 al 0,40), sometiéndose el expediente a información pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y en uno de los diarios de mayor difusión de la Provincia, durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. SEGUNDO.- Finalizado el plazo de información pública, se adoptará el Acuerdo definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones presentadas y la redacción definitiva de la Ordenanza. En el caso de que no se hubiesen presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el Acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de Acuerdo plenario. TERCERO.- El Acuerdo de aprobación definitiva, expreso o tácito, y el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Provincia, momento en el cual entrarán en vigor. Asimismo, dicho Acuerdo de aprobación definitiva se notificará a aquellos interesados que hubieran presentado alegaciones. Al tener el Municipio de Arrecife una población superior a veinte mil habitantes, se deberá editar el texto integro de las Ordenanzas fiscales reguladoras de sus Tributos dentro del primer cuatrimestre del ejercicio económico correspondientes. El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. PUNTO SEXTO.- ACUERDO, QUE PROCEDA, SOBRE NOMINACIÓN DE VARIAS VÍAS DEL MUNICIPIO. Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Oficina Técnica, Infracciones, Actividades Clasificadas, Plan General, Vías y Obras, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: 1.- ACUERDO, QUE PROCEDA, SOBRE NOMINACIÓN DE VÍAS. Vistos cada uno de los expedientes sobre las propuestas para la nominación de vías del Municipio: Librada Díaz Julián de León Félix el zapatero Paca Duque Antonio Hernández Navarro Marcelino Camacho Vista la Ordenanza reguladora de la nomenclatura y rotulación de vías y fincas de uso público del Municipio de Arrecife, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, nº 138, de 30 de octubre de 2009, así como la modificación posterior de la misma, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, nº 77, de 19 de junio de Vista el Acta de la Comisión Técnica para la nominación de vías, de fecha 3 de julio de 2014, que se transcribe: ACTA DE LA COMISION TECNICA PARA LA NOMINACION DE VARIAS VIAS DE ARRECIFE EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 3 DE JULIO DE 2014 En Arrecife de Lanzarote, siendo las 10:00 horas del día de la fecha se reúnen en Archivo Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, doña Eva de Anta de Benito, en calidad de Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 43 de 138

44 Presidenta de la Comisión, don Humberto Tavío de León y don Antonio Lorenzo Martín en calidad de vocales, y doña Pilar Machín Henríquez en calidad de secretaria de la Comisión. Se declara constituida la misma por asistir la mayoría de sus miembros, procediéndose en primer lugar a la corrección del acta del 18 de febrero de 2014 al detectarse por los miembros de la Comisión un error, siendo el mismo el siguiente: En la zona terminación de Argana Alta hacia el Monte, donde dice "guierre", debe decir "GUIRRE" y donde dice "Chortilejo" debe decir "CHORLITEJO". A continuación se pasa al debate de los expedientes siguientes: EXPEDIENTE MARCELINO CAMACHO Por mayoría de los asistentes, y en atención a lo establecido en la Ordenanza reguladora de la nomenclatura y rotulación de vías y fincas de uso público del municipio de Arrecife, y por analogía a lo establecido en la Ley de la memoria histórica, la comisión entiende que no es aconsejable utilizar el nombre propuesto para nominar alguna vía del municipio. EXPEDIENTE ANTONIO HERNANDEZ NAVARRO A tenor de lo establecido en el artículo 19 de la Ordenanza municipal anteriormente mencionada, y no venir avalada la solicitud, la comisión entiende que deberá dejarse pendiente la misma a fin de que por parte de los solicitantes se cumplan los requisitos exigidos en artículo mencionado. EXPEDIENTE FRANCISCA DUQUE Visto que por acuerdo plenario de 12 de mayo de 2008, se acuerda asignar el nombre de Francisca Duque a una calle del municipio, la comisión por unanimidad propone que se asigne dicha nombre al vial C-68. EXPEDIENTE LIBRADA DIAZ Examinado el expediente, y considerando que uno de los tramos lleva nombre de persona, la comisión propone sustituir los nombres de Granada y Mina por el de Librada Díaz, dejando el de Blasco Ibáñez. EXPEDIENTE FELIX EL ZAPATERO Examinado el expediente la comisión propone nominar el vial C-65, con el nombre de Félix el Zapatero y habiendo sido compañero en sus tarea caritativa don Juan Luzardo, la comisión propone que el vial C-64 lleve el nombre de Juan Luzardo. EXPEDIENTE JULIAN DE LEON Examinado el expediente, y habida cuenta que el Parque "Los Pinos", oficialmente nominado Félix Rodríguez de la Fuente, nombre que en el uso popular no se conoce, por ello cambiar el nombre del parque, se perdería el nombre de Julián de León, pues seguirían nominándose "parque los pinos", la comisión propone hacer un monolito con placa de mármol con una inscripción reconociendo la labor realizada por don Julián de León Tejera. Asimismo don Antonio Lorenzo propone, que el vial C-42, antiguamente se nominada calle Tití, y propone que se recupere ese nombre, para ese vial Y siendo las 11:00 horas se da por finalizada la sesión, acordándose convocar nuevamente la Comisión Técnica, para seguir con el debate y asignación de las nuevas nominaciones de vías. LA PRESIDENTA. LOS VOCALES. LA SECRETARIA. Firmado. Vista la propuesta efectuada por el Concejal de Urbanismo, D. José Francisco Montelongo Espinosa, de fecha 7 de agosto de 2014, que se transcribe: A tenor de lo establecido en el artículo 20 de la Ordenanza municipal reguladora de la nomenclatura y rotulación de vías y fincas de uso público del Municipio de Arrecife, se remite expedientes de solicitud de nombres a vías del municipio así como el acta de la Comisión Técnica, para su inclusión en el próximo Pleno a celebrar por este Ayuntamiento, por ser el órgano competente para la designación de vías públicas del municipio de Arrecife. Arrecife a 7 de agosto de EL CONCEJAL DE URBANISMO. Fdo. José Francisco Montelongo Espinosa. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el concejal del P.N.L., D. Pedro de Armas Sanginés, dice que este es un tema polémico, no se puede poner un nombre a una calle por cualquier motivo. Pregunta por la calle el Titi. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 44 de 138

45 Interviene el concejal de AC-25m, D. Domingo García González, dice que lo de dejar fuera, por falta de avales, la calle Antonio Hernández Navarro, debe ser un error, ya que el expediente es muy completo. Interviene el concejal del grupo Popular, D. Roberto Vicente Herbón, dice que de los seis expedientes, dos quedan fuera, y que al grupo Popular, el de Librada Díaz, le parece muy bien, así como el de Julián de León, que era un jardinero y que en el Parque de los Pinos se va a hacer algo. Hace uso de la palabra la concejal del grupo P.S.O.E., Dª. Eva de Anta de Benito, que explica el expediente y, dice que los que no están es porque les falta algo. Interviene de nuevo el concejal D. Domingo García González, que dice le extraña lo del expediente de Antonio Hernández Navarro. La concejal Dª. Eva de Anta de Benito, le dice que no tiene inconveniente en volver a comprobar el expediente y volverlo a tratar en la Comisión Técnica. Tras las intervenciones anteriores, en aplicación del voto ponderado, por trece votos a favor (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana) y once abstenciones (7 del grupo Popular, 2 de AC-25m, 1 del P.I.L. y 1 del P.N.L.), se propone al Pleno que ACUERDE PRIMERO.- Aprobar el expediente de nominación de vías del Municipio, propuesto por la Comisión Técnica en su acta de 3 de julio de SEGUNDO.- Someter a información pública exclusivamente el expediente de Librada Díaz Suárez por tratarse de una modificación de nombre de vía ya existente (artículo 23 de la Ordenanza reguladora de la Nomenclatura y Rotulación de Vías y Finca de Uso Público). Durante el plazo de 30 días podrán presentarse alegaciones que deberán ser resueltas mediante nuevo acuerdo. Si no se presentaran alegaciones el acuerdo se entenderá definitivo. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, gracias. Simplemente, decir que también lo que comenté, el comentario que hice en la Comisión, no cabe duda de que hay un Reglamento, pero hay algunas cosas que no las comprendo y no las comprenderé. Yo sé que es un tema muy, muy delicado, muy delicado. Pero, hay un montón de personas, personajes en esta Isla o en Arrecife en particular, ex Alcaldes, artistas, ONG, etc, que se le han negado en algún momento. Y después, no sé qué méritos tienen algunas personas para ponerles una calle, sinceramente lo digo, por la presión mediática o la presión de alguien, dice eh... Esa es mi forma de pensar, no?. El tiempo dirá si tengo o no razón. Muchas gracias, nada más. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, sin que sirva de precedente Don Pedro, coincido con usted plenamente, fíjese. Y, creo que debía haber alguna Comisión más técnica, y con un componente más objetivo si cabe, aunque no le niego la objetividad a lo interno. Pero, es verdad, que a veces se toman algunas decisiones, que fruto a lo mejor de la situación, que no son del todo racional. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, no lo pongo en duda, ni mucho menos. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 45 de 138

46 Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, no, lo tengo claro, lo tengo clarísimo, pero quiero decir que es verdad que a lo mejor debería de haber algún Ente externo al Ayuntamiento, algo similar a lo que hicimos para el cambio de la Memoria Histórica, donde hubiese gente propuestos por todos, de reconocido prestigio, y que conozcan la Historia cercana de Arrecife y hasta la lejana que es importante. Coincido con usted, en que hay un montón de personas de bien, Asociaciones, Organizaciones de Asistencia que quizás tenían que tener ya el reconocimiento público. Simplemente, explicar la coincidencia. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, no me malinterprete. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, no, no, lo tengo clarísimo, lo tengo clarísimo Don Pedro. Y, además, yo tampoco quiero que a mí se me malinterpreten mis acciones, pero es verdad que era una reflexión oportuna, y que creía que debía hacer. Doña Blanca? Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, ahora sí. Bueno, totalmente de acuerdo con lo que están comentando en estos momentos. Yo creo, que incluso podíamos llegar a más, decir bueno, pues no se ponen nombres de personas o algo así, porque es una manera de, bueno, el que a ti te parece que está haciendo una buena acción y al otro le parece que no es tan buena. En fín, yo creo que esto es una cosa que debería de ser, hilar un poquito fino. Independientemente, como le decía a Don Pedro, de las personas que estén en este momento aquí nominadas. Sí es cierto, que quería hacer un comentario sobre el tema del Expediente de Don Antonio Hernández, porque se argumenta aquí, que por una cuestión de burocracia no?. Quiero decir, que con esto la burocracia vuelve otra vez a salir, la historia de siempre, no?. Se argumenta aquí, que el Artículo 19 de las Ordenanzas, donde dice que tiene que venir defendido por Organizaciones, o por particulares o demás no?. Ese, es el argumento que se utiliza aquí, para pues dejarlo un poco pendiente de alguna manera no?. Bueno, yo creo que en este caso, entre otros está Don Félix Hormiga defendiendo esta nominación. Por otro lado, Alternativa Ciudadana presentó una moción que se quedó sobre la mesa, también reclamando esto. Yo creo, que ya este Artículo aquí no cabe, puede que sea otra historia, pero bueno, no este momento. Bien, por otro lado, se habla también de que si no está aquí propuesto es porque no está el Expediente completo, bueno, quiero decir que este Expediente se inició desde el año 2006, la documentación está ahí, porque es la que yo tengo las copias. O sea, evidentemente el Expediente existe, porque si no, no tendría yo copia de todo esto no? Desde el año 2006 se empezó el Expediente, y empezó con Doña María Isabel Denia, siguió con Don Pedro de Armas, siguió con Don Cándido Reguera, y últimamente con Don José Montelongo. Quiero decir con esto, que han habido estudios, año tras año o legislatura tras legislatura, que este caso se ha ido dando. Entonces, bueno, si hay alguna argumentación a lo mejor de peso, para que pues se retire el nombre, se retire no, no se le ponga el nombre, yo creo que es mejor decirlo claramente, decir, pues no es una persona pues que no, o sea, por la razón que sea. Pero, no tener, porque desde el año 2006 que se inicia un Expediente, para ponerle el nombre de un callejón que mide 2 metros, la verdad, deja mucho que desear, no?. Yo creo que estas cosas, o hay que liquidarlas ya de una manera o de otra, no? De todos modos, yo creo que la argumentación que se ha puesto, o se debe de hilar más fino o por lo menos ponerla con un argumento de peso, ya que repito está avalada por personas y por Partidos políticos en este caso, y no vale entonces la argumentación del Artículo que esgrimen, para decir que se echa para atrás. Nada más, muchas gracias. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 46 de 138

47 Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Roberto Vicente Herbón, que dice, sí, buenos días a todos y a todas. Bien, desde el grupo Popular, entendemos que todo vecino o vecina de Arrecife, que en su momento haya hecho alguna cosa buena por el municipio, pues bueno, que mejor que reconocérselo con pues dedicarle una calle en este caso. Y, yo destacar que de los 6 Expedientes que se trajeron a Comisión y hoy a Pleno, pues se quedan fuera dos, uno es lo que está debatiendo la compañera Doña Blanca, que es el de Don Antonio Hernández. Pero, yo quiero resaltar un poco la figura que también se le va a poner al Parque de los Pinos, una placa a Don Julián de León, que fue jardinero si mal no recuerdo de esta Corporación, ya que el Parque los Pinos el nombre original es Félix Rodríguez de la Fuente. Pero, no cabe duda, que todos lo conocemos por el Parque de los Pinos, también nos parece correcto que fue una persona que de manera altruista, pues incluso dedicando dinero de su bolsillo, para seguir manteniendo aquello, no?. Pero, me voy al Barrio de Altavista, donde allá por el 2010, a proposición de un grupo de empresarios de ese Barrio, pues proponían que la calle Granada y la calle Mina, incluso Blasco Ibáñez se le cambiara el nombre, se le pusiera Librada Díaz, por la labor que había hecho allí, donando terreno, donde hoy se encuentra pues el Parque, la Iglesia, el Centro Sociocultural, el Centro de la Tercera Edad, la cancha, en fin. Y, después de 4 años, pues parece que se hace justicia, dedicándole pues la calle Granada y la calle Mina, pasarán a llamarse Librada Díaz. Y, se seguirá manteniendo Blasco Ibáñez, no? Me parece una buena opción, porque repito, después de 4 años, lo propusieron un grupo de comerciantes, y no como otras calles que se han dedicado en este municipio, que fueron a través de la Memoria Historia, de la Memoria Histórica perdón, donde algunos quisieron cambiar la Memoria por la Historia. Y, también recordarles, que en un Pleno a propuesta del Partido Popular se trajo, y también con el apoyo incondicional del Partido Socialista, de que se le dedicara o se estudiara en la Comisión de Expertos, para que fuera o bien una calle o un parque o una plaza, al ex Presidente del Gobierno Adolfo Suárez, que yo creo que se lo tiene más que merecido no?. Por lo tanto Doña Eva, la próxima Comisión que haya de Expertos, para dedicar más calles, porque lo seguirán haciendo así, pues que tengan en cuenta y tengan a bien, pues llevar el nombre de Don Adolfo Suárez, para ver si de una vez pues sale y se le dedica, pues una calle, una plaza o un parque no?. Muchas gracias. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchas gracias Sr. Herbón. Simplemente decir, que en la argumentación yo creo que Doña, yo hablo a nivel personal, ni siquiera como grupo político de verdad. Yo creo que Doña Blanca tiene razón, en lo que se refiere a la calle, al callejoncito que está pendiente no?, porque los ciudadanos y las ciudadanas no pueden estar a expensas, no puede perjudicar o no tomar decisiones por la imposibilidad administrativa no?. Entonces, pues yo lo que sí les he trasladado a los proponentes, lo hice personalmente, porque me enteré de que se quedó fuera. Pero, es verdad que como me explicó Doña Eva de Anta, parece que tiene algún déficit procedimental. Y entonces, como vamos a tener otro Pleno en breve, que será el que corresponda al mes de Noviembre, que será en 15 ó 20 días, se le ha trasladado a los interesados para que lo cumplimenten y así no haya ningún género de dudas, porque es verdad, que a lo mejor estamos en el límite ese, porque es verdad que lo ha propuesto yo creo que una persona que sabe mucho de la Memoria de Arrecife, que es Don Félix Hormiga, que ustedes como Organización lo han propuesto. Y, le digo yo, ya me expreso a nivel personal, y a mí también me puede parecer razonable, pero para guardar el procedimiento. Yo lo que quería hacer es simplemente esta aclaración y yo espero que se resuelva en los próximos días. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 47 de 138

48 Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, simplemente una cosa. Al quitar la calle Granada, me supongo Doña Eva que tienen previsto ponerla en otro sitio, porque si no Andalucía va a pedir la independencia de Granada no?, no la vamos a dejar fuera de Andalucía?, supongo que en el futuro. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, de todas formas, yo me imagino que estamos hablando de futuribles. Pero sí es razonable, que además Granada que para algunos empezó con Don Pelayo y en otros acabó con Granada no?, cuando se constituyó el nuevo Estado, en aquel momento Reino no?. Pero bueno, será objeto de otro debate. Sí Don Pedro, usted sí que tiene oído, si canto yo salen corriendo. Pasamos a votar. El Sr. Alcalde eleva al Pleno el dictamen de la Comisión. El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes: Veintidós votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Mª. Teresa Lorenzo Rodríguez(Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) ACUERDA PRIMERO.- Aprobar el expediente de nominación de vías del Municipio, propuesto por la Comisión Técnica en su acta de 3 de julio de SEGUNDO.- Someter a información pública exclusivamente el expediente de Librada Díaz Suárez por tratarse de una modificación de nombre de vía ya existente (artículo 23 de la Ordenanza reguladora de la Nomenclatura y Rotulación de Vías y Finca de Uso Público). Durante el plazo de 30 días podrán presentarse alegaciones que deberán ser resueltas mediante nuevo acuerdo. Si no se presentaran alegaciones el acuerdo se entenderá definitivo. El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. PUNTO SÉPTIMO.- Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 48 de 138

49 RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA, REFª: RRHH 216/14, POR EL QUE SE NOMBRA SECRETARIO ACCIDENTAL DE ORDINARIO. Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Régimen Interior, Personal y Nuevas Tecnologías, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: 2.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA, REFª: RRHH 216/14, POR EL QUE SE NOMBRA SECRETARIO ACCIDENTAL DE ORDINARIO. Visto el informe emitido por el Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, de fecha 11 de septiembre de 2014, que se transcribe: Asunto: Nombramiento de "Secretario Accidental de ordinario A petición del Sr. Alcalde, procedo a emitir el siguiente INFORME: Vista la Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, sobre régimen aplicable a los nombramientos accidentales de funcionarios propios de las Corporaciones Locales Canarias, para el ejercicio de las funciones públicas inherentes a los puestos de trabajo Reservados a la Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local, en concreto, la normativa aplicable, la naturaleza jurídica y características de los nombramientos accidentales, requisitos para conferir los nombramientos accidentales, y la adscripción formal y régimen retributivo. Visto que las funciones reservadas al puesto de trabajo de Secretaría, clase 1ª, del Ayuntamiento de Arrecife, las desempeña el que suscribe, según Resolución nº 128, de 20 de febrero de 2013, del Director General de Función Pública. Visto que durante el año 2013 el funcionario que sustituyó de forma ordinaria y habitual al Secretario Acumulado fue el funcionario don Francisco Javier López Martínez. Visto el informe de la Dirección General de la Función Pública de fecha 18 de junio de 2012, con registro de entrada en el Ayuntamiento de fecha 19 de junio de 2012, donde se establecía que estando vacante la plaza de la Secretaria General, el nombramiento como Secretario Accidental de don Francisco Javier López Martínez cumplía todos los requisitos formales y materiales, en concreto, concluía: 1.-"Que, conferido trámite de audiencia a través del Boletín Oficial de Canarias, no consta en esta Dirección General petición alguna de funcionario con habilitación de carácter estatal que se hallara interesado en la provisión del puesto de trabajo de Secretaria, clase primera, del Ayuntamiento de Arrecife" 2.- "Que ha quedado acreditado el cumplimiento de los requisitos formales y materiales en el nombramiento accidental conferido por la Corporación a favor de don Francisco Javier López Martínez" Vista que en la Circular nº 3 anteriormente citada en relación a las retribuciones establece: "sería conveniente, en consecuencia, que el desempeño accidental de las funciones públicas reservadas sea remunerado a través del complemento específico,... De suerte que, por ejemplo, en aquellos puestos de trabajo que tengan, entre sus funciones, la de sustituir, de ordinario, al secretario, interventor o tesorero, ese factor o condición particular se tome en consideración a la hora de determinar la cuantía del complemento especifico". Visto que en la misma circular también establece: "Tratándose de suplencias por vacancias prolongadas de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, la retribución del funcionario propio nombrado accidentalmente - incluso en los casos de distintos grupos y subgrupos de clasificación- ha consistido, tradicionalmente, en el abono de las diferencias existentes en las retribuciones complementarias - en cuanto vinculadas objetivamente al puesto de trabajo-, entre el puesto del que es titular y el puesto desempeñado reservado a funcionarios con habilitación nacional, aunque no las retribuciones básicas,.... Esta solución ha tratado de evitar el enriquecimiento injusto de la Administración,... El tribunal Superior de Justicia de Baleares, en Sentencia de fecha 24 de abril de 1997, ha admitido que la no provisión de la vacante producida y el desempeño de Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 49 de 138

50 hecho de sus funciones provoca que quien la ejerce deforma provisional, aun si nombramiento, deba ser indemnizado por tal desempeño en la cuantía del complemento de destino y del específico, no así en cuanto al grado consolidado. " Visto que dicho puesto supone una gran responsabilidad, entre otros motivos, por la jornada de trabajo que ha de cumplir el Secretario Acumulado y por sustituirle de ordinario y con habitualidad durantes sus ausencias. Visto que el complemento específico a asignar a dicho funcionario podría ser el mismo que se establece en este Ayuntamiento para los policías locales, por tratarse de un puesto con las responsabilidades anteriormente indicadas. Visto que por Resolución de 29 de julio de 2014 de la Dirección General de Función Pública se autoriza al Ayuntamiento de Arrecife para que determinados funcionarios públicos al servicio de la Corporación, entre los que se encuentra don Francisco Javier López Martínez para el puesto de Secretaría, puedan ejercer por sustitución, mediante nombramiento accidental, las funciones públicas de los puestos de trabajo de Secretaría, reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en los supuestos de ausencia temporal de los funcionarios titulares. Visto que la Secretaria General es un departamento esencial para el buen funcionamiento del Ayuntamiento y que es necesario dotarla de personal suficiente, PROPONGO que se dicte Decreto por la Alcaldía en los siguientes términos: Primero.- Comunicar a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias que actuará como "Secretario Accidental de ordinario", durante las ausencias temporales del Secretario Acumulado, don Francisco Javier López Martínez. Segundo.- Que las remuneraciones por tales funciones sean, de acuerdo con lo establecido en la Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, a través del establecimiento, dentro de las retribuciones mensuales, de un complemento específico igual que el que se establece en este Ayuntamiento para los agentes de la policía local. Tercero.- Que en el supuesto de que el "secretario accidental de ordinario" fuera nombrado "secretario accidental", no se aplicará el régimen retributivo contemplado en el número anterior, abonándose, de conformidad con lo establecido en el Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, la diferencia entre los complementos específicos y de destino asignados al secretario, Clase 1ª, del Ayuntamiento de Arrecife, y los mismos complementos asignados al "Secretario Accidental de ordinario" Cuarto.- Que con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajos o instrumento organizativo similar se proceda a incluir esta valoración. Quinto.- Ratificar por el Pleno de la Corporación el mencionado Decreto que dicte la Alcaldía. Arrecife, 11 de septiembre de EL SECRETARIO ACUMULADO. Leopoldo Díaz Bethencourt. Firmado. Visto el FISCALIZADO Y CONFORME, estampado por el Interventor, D. Carlos Sáenz Melero, de fecha 24 de septiembre de 2014, en la página 1 de 3 del informe de Secretaría. Visto el Decreto de la Alcaldía, refª: RRHH 216/14, de fecha 29 de septiembre de 2014, que se transcribe: DECRETO REF. Nº. RRHH 216 / 14 Asunto: Nombramiento de "Secretario Accidental de ordinario". Visto el informe del Secretario Acumulado de fecha 11 de septiembre de 2014, que se transcribe a continuación: "INFORME DE SECRETARIA Asunto: Nombramiento de "Secretario Accidental de ordinario" A petición del Sr. Alcalde, procedo a emitir el siguiente INFORME: Vista la Circular nº 3, de 18 de marzo de 20 14, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, sobre régimen aplicable a los nombramientos accidentales de funcionarios propios de las Corporaciones Locales Canarias, para el ejercicio de las funciones públicas inherentes a los puestos de trabajo Reservados a la Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local, en Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 50 de 138

51 concreto, la normativa aplicable, la naturaleza jurídica y características de los nombramientos accidentales, requisitos para conferir los nombramientos accidentales, y la adscripción formal y régimen retributivo. Visto que las funciones reservadas al puesto de trabajo de Secretaría, clase 1ª, del Ayuntamiento de Arrecife, las desempeña el que suscribe, según Resolución nº 128, de 20 de febrero de 2013, del Director General de Función Pública. Visto que durante el año 2013 el funcionario que sustituyó de forma ordinaria y habitual al Secretario Acumulado fue el funcionario don Francisco Javier López Martínez. Visto el informe de la Dirección General de la Función Pública de fecha 18 de junio de 20 12, con registro de entrada en el Ayuntamiento de fecha 19 de junio de 2012, donde se establecía que estando vacante la plaza de la Secretaria General, el nombramiento como Secretario Accidental de don Francisco Javier López Martínez cumplía todos los requisitos formales y materiales, en concreto, concluía: 1.-"Que, conferido trámite de audiencia a través del Boletín Oficial de Canarias, no consta en esta Dirección General petición alguna de funcionario con habilitación de carácter estatal que se hallara interesado en la provisión del puesto de trabajo de Secretaria, clase primera, del Ayuntamiento de Arrecife 2.- "Que ha quedado acreditado el cumplimiento de los requisitos formales y materiales en el nombramiento accidental conferido por la Corporación a favor de don Francisco Javier López Martínez Vista que en la Circular nº 3 anteriormente citada en relación a las retribuciones establece: "seria conveniente, en consecuencia, que el desempeño accidental de las funciones públicas reservadas sea remunerado a través del complemento específico,... De suerte que, por ejemplo, en aquellos puestos de trabajo que tengan, entre sus funciones, la de sustituir, de ordinario, al secretario, interventor o tesorero, ese factor o condición particular se tome en consideración a la hora de determinar la cuantía del complemento especifico". Visto que en la misma circular también establece: "Tratándose de suplencias por vacancias prolongadas de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, la retribución del funcionario propio nombrado accidentalmente -incluso en los casos de distintos grupos y subgrupos de clasificación- ha consistido, tradicionalmente, en el abono de las diferencias existentes en las retribuciones complementarias - en cuanto vinculadas objetivamente al puesto de trabajo-, entre el puesto del que es titular y el puesto desempeñado reservado a funcionarios con habilitación nacional, aunque no las retribuciones básicas,.... Esta solución ha tratado de evitar el enriquecimiento injusto de la Administración,... El tribunal Superior de Justicia de Baleares, en Sentencia de fecha 24 de abril de 1997, ha admitido que la no provisión de la vacante producida y el desempeño de hecho de sus funciones provoca que quien la ejerce de forma provisional, aun si nombramiento, deba ser indemnizado por tal desempeño en la cuantía del complemento de destino y del específico, no así en cuanto al grado consolidado. '' Visto que dicho puesto supone una gran responsabilidad, entre otros motivos, por la jornada de trabajo que ha de cumplir el Secretario Acumulado y por sustituirle de ordinario y con habitualidad durantes sus ausencias. Visto que el complemento específico a asignar a dicho funcionario podría ser el mismo que se establece en este Ayuntamiento para los policías locales, por tratarse de un puesto con las responsabilidades anteriormente indicadas. Visto que por Resolución de 29 de julio de de la Dirección General de Función Pública se autoriza al Ayuntamiento de Arrecife para que determinados funcionarios públicos al servicio de la Corporación, entre los que se encuentra don Francisco Javier López Martínez para el puesto de Secretaría, puedan ejercer por sustitución, mediante nombramiento accidental, las funciones públicas de los puestos de trabajo de Secretaría, reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en los supuestos de ausencia temporal de los funcionarios titulares. Visto que la Secretaria General es un departamento esencial para el buen funcionamiento del Ayuntamiento y que es necesario dotarla de personal suficiente, PROPONGO que se dicte Decreto por la Alcaldía en los siguientes términos: Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 51 de 138

52 Primero.- Comunicar a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias que actuará como "Secretario Accidental de ordinario", durante las ausencias temporales del Secretario Acumulado, don Francisco Javier López Martínez. Segundo.- Que las remuneraciones por tales funciones sean, de acuerdo con lo establecido en la Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, a través del establecimiento, dentro de las retribuciones mensuales, de un complemento específico igual que el que se establece en este Ayuntamiento para los agentes de la policía local. Tercero.- Que en el supuesto de que el 'secretario accidental de ordinario" fuera nombrado "secretario accidental", no se aplicará el régimen retributivo contemplado en el número anterior, abonándose, de conformidad con lo establecido en el Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, la diferencia entre los complementos específicos y de destino asignados al secretario, Clase 1ª, del Ayuntamiento de Arrecife, y los mismos complementos asignados al Secretario Accidental de ordinario" Cuarto.- Que con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajos o instrumento organizativo similar se proceda a incluir esta valoración. Quinto.- Ratificar por el Pleno de la Corporación el mencionado Decreto que dicte la Alcaldía. Arrecife, 11 de septiembre de Firmado: EL SECRETARIO ACUMULADO. Leopoldo Díaz Bethencourt" Visto el FISCALIZADO Y CONFORME del Sr. Interventor de fondos de este Ayuntamiento, don Carlos Sáenz Melero, de fecha 24 de septiembre de 2014, estampado en la primera hoja del informe. Por todo ello, de conformidad con la legalidad vigente, RESUELVO: Primero.- Comunicar a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias que actuará como "Secretario Accidental de ordinario", durante las ausencias temporales del Secretario Acumulado, don Francisco Javier López Martínez. Segundo.- Que las remuneraciones por tales funciones sean, de acuerdo con lo establecido en la Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, a través del establecimiento, dentro de las retribuciones mensuales, de un complemento específico igual que el que se establece en este Ayuntamiento para los agentes de la policía local. Tercero.- Que en el supuesto de que el "secretario accidental de ordinario" fuera nombrado "secretario accidental", no se aplicará el régimen retributivo contemplado en el número anterior, abonándose, de conformidad con lo establecido en el Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, la diferencia entre los complementos específicos y de destino asignados al secretario, Clase 1ª, del Ayuntamiento de Arrecife, y los mismos complementos asignados al "Secretario Accidental de ordinario" Cuarto.- Que con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajos o instrumento organizativo similar se proceda a incluir esta valoración. Quinto.- Ratificar por el Pleno de la Corporación el mencionado Decreto que dicte la Alcaldía. Así lo manda y firma el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, en Arrecife, a 29 de septiembre de dos mil catorce, de lo que, como Secretario Acumulado, Leopoldo Díaz Bethencourt, doy fe. EL ALCALDE. EL SECRETARIO ACUMULADO. Firmado. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el concejal del P.N.L. D. Pedro de Armas Sanginés, que pide que no se me malinterprete, Javier es el secretario que sustituirá, que es auxiliar, pero me han comentado si esa plaza no debería ser ocupada por un técnico, porque me consta que se va a recurrir, es solo desde el punto de vista técnico. Hace uso de la palabra el Secretario Acumulado, que dice que es un nombramiento para sustituciones del titular, está prevista por Función pública en su Circular nº 3. La ley 27/2007, modificó los nombramientos de los secretarios accidentales que antes eran nombrados por el Alcalde, ahora tiene que ser nombrado por la Dirección General de la Función Pública, la cual nos ha pedido un listado de funcionarios que puedan sustituirlo con un orden de prelación y así se podrá hacer por el alcalde cuando haya alguna necesidad urgente. Esas personas deben tener unos requisitos pero no se exige que sea técnico sino que sea funcionario suficientemente capacitado. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 52 de 138

53 Interviene el concejal de AC-25m, D. Domingo García González, dice que tiene una duda en cuanto que si su nombramiento de Secretario Acumulado le permite ejercer debidamente su puesto, en cuanto a su horario de trabajo. Hace uso de la palabra el Sr. Alcalde Acctal., D. Rafael Juan González Robayna, que dice que este asunto no está en el Orden del Día. Interviene el Sr. Secretario Acumulado, le contesta que este tema no está en el orden del día, no obstante, si hay alguna duda en cuanto su nombramiento se pueden interponer los recursos administrativos y/o judiciales que se estimen pertinentes. El Alcalde ha contestado que el Secretario Acumulado cumple con sus funciones. Finalmente aclara a D. Domingo García González, algunos aspectos del régimen de la acumulación. Interviene el concejal del grupo Popular, D. Joel Delgado Cáceres, dice que el Partido Popular, mientras no existan informes negativos, está de acuerdo. De nuevo interviene el concejal D. Pedro de Armas Sanginés, quiere matizar que está de acuerdo, su intervención anterior era sólo para evitar contenciosos. Tras las intervenciones anteriores, en aplicación del voto ponderado, por quince votos a favor (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 1 del P.I.L., 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana) y nueve abstenciones (7 del grupo Popular y 2 de AC-25M), se propone que al Pleno que: ACUERDE Ratificar el Decreto de la Alcaldía, Refª RRHH 216/14, por el que se nombra Secretario Accidental de ordinario y cuya parte dispositiva dice: PRIMERO.- Comunicar a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias que actuará como "Secretario Accidental de ordinario", durante las ausencias temporales del Secretario Acumulado, don Francisco Javier López Martínez. SEGUNDO.- Que las remuneraciones por tales funciones sean, de acuerdo con lo establecido en la Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, a través del establecimiento, dentro de las retribuciones mensuales, de un complemento específico igual que el que se establece en este Ayuntamiento para los agentes de la policía local. TERCERO.- Que en el supuesto de que el "secretario accidental de ordinario" fuera nombrado "secretario accidental", no se aplicará el régimen retributivo contemplado en el número anterior, abonándose, de conformidad con lo establecido en el Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, la diferencia entre los complementos específicos y de destino asignados al secretario, Clase 1ª, del Ayuntamiento de Arrecife, y los mismos complementos asignados al "Secretario Accidental de ordinario" CUARTO.- Que con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajos o instrumento organizativo similar se proceda a incluir esta valoración. Tras deliberar sobre el asunto. El Sr. Alcalde eleva al Pleno el dictamen de la Comisión. El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes: Veintidós votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Mª. Teresa Lorenzo Rodríguez(Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 53 de 138

54 D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) ACUERDA Ratificar el Decreto de la Alcaldía, Refª RRHH 216/14, por el que se nombra Secretario Accidental de ordinario y cuya parte dispositiva dice: PRIMERO.- Comunicar a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias que actuará como "Secretario Accidental de ordinario", durante las ausencias temporales del Secretario Acumulado, don Francisco Javier López Martínez. SEGUNDO.- Que las remuneraciones por tales funciones sean, de acuerdo con lo establecido en la Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, a través del establecimiento, dentro de las retribuciones mensuales, de un complemento específico igual que el que se establece en este Ayuntamiento para los agentes de la policía local. TERCERO.- Que en el supuesto de que el "secretario accidental de ordinario" fuera nombrado "secretario accidental", no se aplicará el régimen retributivo contemplado en el número anterior, abonándose, de conformidad con lo establecido en el Circular nº 3, de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, la diferencia entre los complementos específicos y de destino asignados al secretario, Clase 1ª, del Ayuntamiento de Arrecife, y los mismos complementos asignados al "Secretario Accidental de ordinario" CUARTO.- Que con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajos o instrumento organizativo similar se proceda a incluir esta valoración. El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. En este momento se ausenta la concejal Dª. Mª. Teresa Lorenzo Rodríguez, PUNTO OCTAVO.- ACUERDOS, QUE PROCEDAN, EN RELACIÓN CON EL EXPEDIENTE DEL REGLAMENTO SOBRE LA SELECCIÓN DE PERSONAL EN LAS CONTRATACIONES TEMPORALES Y NOMBRAMIENTOS, Y SOBRE LA CREACIÓN, GESTIÓN Y CONTROL DE LAS BOLSAS DE TRABAJO VINCULADAS A LAS MISMAS. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 54 de 138

55 Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Régimen Interior, Personal y Nuevas Tecnologías, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: ASUNTOS DE URGENCIA:_ 4.- ACUERDOS, QUE PROCEDAN, EN RELACIÓN CON EL EXPEDIENTE DEL REGLAMENTO SOBRE LA SELECCIÓN DE PERSONAL EN LAS CONTRATACIONES TEMPORALES Y NOMBRAMIENTOS Y, SOBRE LA CREACIÓN, GESTIÓN Y CONTROL DE LAS BOLSAS DE TRABAJO VINCULADAS A LAS MISMAS. Se procede a la votación de la urgencia, que es aprobada por unanimidad de los asistentes, veinticuatro votos a favor, (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 7 del grupo Popular, 2 de AC-25m, 1 del P.I.L., 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana) Visto el informe emitido por el Técnico de Recursos Humanos, D. Jesús Manuel Alonso Barreto, de fecha 30 de septiembre de 2014, que se transcribe: ASUNTO: Consideraciones técnicas al escrito de alegación presentada por el grupo sindical F.S.P.- U.G.T. sobre la aprobación del Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones temporales y nombramientos y, sobre la creación, gestión y control de las Bolsas de Trabajo vinculadas a las mismas, en sesión extraordinaria del pleno de esta Corporación, celebrada el 14 de agosto de Que visto el escrito de alegaciones presentado por don Andrés Ginés González Fuentes, de fecha de entrada en el registro general de este Consistorio de 24 de agosto de 2014, y número de referencia , en calidad de Secretario General de la Sección Sindical de la FSP- UGT en el Ayuntamiento de Arrecife, al acuerdo plenario del día 14 de Agosto de 2014, por el que se aprobó inicialmente el Reglamento sobre la selección de Personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas ; por el que solicita la estimación de las siguientes alegaciones al citado reglamento: Primero, la incorporación al expediente de las Actas de los días 21 y 23 de julio de 2014 de las Mesas Generales de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento y documento de conformidad y constancia firmada entre las partes del acuerdo alcanzado para la aprobación entre los representantes sindicales (UGT y CCOO) y la parte de la Administración, del Reglamento para la Selección de Personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas, del Excelentísimo Ayuntamiento de Arrecife. Segundo, la emisión de Informe Jurídico sobre la legalidad del Capítulo Tercero Normas de gestión de las bolsas de trabajo emitido por el Secretario de la Corporación. Tercero, la modificación del Capítulo Tercero Normas de Gestión de las Bolsas de Trabajo para que la obligación formal de hacer las llamadas se realice mediante notificación conforme al artículo LPC., o por alguna de las vías previstas en la ley. Cuarto, que se integre a la Disposición Adicional Primera el texto subrayado se constituirá una Comisión de control y seguimiento de las Bolsas de Trabajo, que estará compuesta por el/a Concejal/a de Recursos Humanos de la Corporación o en quien delegue, por el/a Presidente/a de la Junta de Personal o en quien delegue y por el/a Presidente/a del Comité de Empresa o en quien delegue, así como los Delegados Sindicales previstos en la Ley 11/1985 de Libertad Sindical, Títulos III y IV, cuya misión fundamental será la interpretación de este Reglamento y la vigilancia del cumplimiento de los criterios que contiene, resolviendo cuantas incidencias de carácter colectivo o individual se produzcan. Ante todo ello, el técnico que suscribe, por el área de Recursos Humanos, informa al respecto lo siguiente: Primero, en referencia al primer punto de alegación, manifestar que la cumplimentación del expediente sobre aprobación del citado Reglamento, se ha realizado mediante la Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 55 de 138

56 incorporación del Certificado de los Acuerdos alcanzados por el Secretario de dicha Mesa General de Negociación, convocada reglamentariamente con fecha de 27 de julio de 2014 y, realizada en sesión doble, los días 21 y 28 de julio. No existiendo, norma, regla o precepto en el Reglamento de las Mesas Generales de Negociación de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife (B.O.P. Las Palmas, nº. 129, de 6 de octubre de 2010) que disponga la inclusión del Acta de la correspondiente Mesa General de Negociación en los correspondientes expedientes. Segundo, en referencia al segundo punto alegado, exponer que las funciones propias de la Secretaria son, entre otras, las que se establecen en el artículo 3 del Real Decreto 1174/ 1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional; el cual, literalmente dispone lo siguiente: La función de asesoramiento legal preceptivo comprende: a. La emisión de informes previos en aquellos supuestos en que así lo ordene el Presidente de la Corporación o cuando lo solicite un tercio de Concejales o Diputados con antelación suficiente a la celebración de la sesión en que hubiere de tratarse el asunto correspondiente. Tales informes deberán señalar la legislación en cada caso aplicable y la adecuación a la misma de los acuerdos en proyecto. b. La emisión de informe previo siempre que se trate de asuntos para cuya aprobación se exija una mayoría especial. En estos casos, si hubieran informado los demás jefes de servicio o dependencia u otros asesores jurídicos, bastará consignar nota de conformidad o disconformidad, razonando esta última, asumiendo en este último caso el firmante de la nota la responsabilidad del informe. c. La emisión de informes previos siempre que un precepto legal expreso así lo establezca. d. Informar, en las sesiones de los órganos colegiados a que asista y cuando medie requerimiento expreso de quien presida, acerca de los aspectos legales del asunto que se discuta, con objeto de colaborar en la corrección jurídica de la decisión que haya de adoptarse. Si en el debate se ha planteado alguna cuestión sobre cuya legalidad pueda dudarse podrá solicitar al Presidente el uso de la palabra para asesorar a la Corporación. e. Acompañar al Presidente o miembros de la Corporación en los actos de firma de escrituras y, si así lo demandaren en sus visitas a autoridades o asistencia a reuniones, a efectos de asesoramiento legal. f. Acompañar al Presidente o miembros de la Corporación en los actos de firmas de escrituras y, si así lo demandaren en sus visitas a autoridades o asistencia a reuniones, a efectos de asesoramiento legal. Por lo que, y a mejor criterio jurídico, no procede la emisión del informe de secretaria solicitado, por no concurrir ninguno de los presupuestos legalmente establecidos para su realización, sin perjuicio de que puedan ser interesado ante los órganos y por los causes reglamentariamente establecidos. Tercero, en referencia al tercer punto alegado, sobre la implementación, en el artículo 14 del Capítulo Cuarto sobre Normas de Gestión de las Bolsas de trabajo del citado Reglamento, de la obligatoriedad formal de notificación conforme al artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o por alguna de las vías previstas en la ley, este técnico que suscribe, tiene a bien exponer las siguientes consideraciones técnicas: En la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no se excluye literalmente ningún procedimiento de notificación al interesado. Ahora bien, si establece, en su artículo 59, los condicionantes que toda notificación debe cumplir, como es tener constancia de la recepción por el interesado de la notificación, con la fecha, identidad y el contenido del acto notificado. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 56 de 138

57 El Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas, recoge en su artículo 14, los medios a utilizar en el sistema de llamamiento a los/as interesad/osas: localización telefónica y/o remisión de correo electrónico. Textualmente, en su párrafo segundo, establece que: ( ) el departamento de Recursos Humanos habrá de intentar la localización del candidato/a mediante dos llamadas telefónicas o remisión doble del correo electrónico, en días y horas distintos. Disponiendo a continuación, en su párrafo tercero, lo siguiente: 3. En el expediente administrativo correspondiente, deberá constar una diligencia en la que se reflejará la fecha y hora de las llamadas telefónicas y/o remisión de los correspondientes correos electrónicos, así como la respuesta que se hubiera recibido. La elección de ambos procedimientos de notificación en el denominado Sistemas de llamadas se sustenta, tal y como se recoge en el preámbulo del Reglamento, en la necesidad de configurar un mecanismo ágil y eficaz en la gestión de las contrataciones y nombramientos temporales a realizar por el Ayuntamiento de Arrecife, ante situaciones de urgente y ineludible necesidad. Por otro lado, y en referencia a su adecuación al artículo 58 de la Ley 30/1992, podemos afirmar lo siguiente: Que la utilización de la llamada telefónica como medio de notificación, se fundamenta en la diligencia a realizar por el funcionario en cuestión; ya que tal y como recoge el artículo 52, de la Ley 7/2007, que regula el Estatuto Básico del Empleado Público, los empleados públicos, deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respecto a la igualdad entre mujeres y hombres. Que respecto a la utilización de la dirección de correo electrónico en la notificación, el artículo 39, sobre Notificación mediante recepción en dirección de correo electrónico, del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, dispone literalmente lo siguiente: Se podrá acordar la práctica de notificaciones en las direcciones de correo electrónico que los ciudadanos elijan siempre que se genere automáticamente y con independencia de la voluntad del destinatario un acuse de recibo que deje constancia de su recepción y que se origine en el momento del acceso al contenido de la notificación. En este mismo sentido, se expresa la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Arrecife (B.O.P. de Las Palmas, nº.140, de 31 de octubre de 2011), donde en sus artículos 26 y 27 (sobre Notificación y Notificación efectiva, respectivamente) recoge la aceptación de la dirección de correo electrónico como medio de notificación. Así en el párrafo dos, del citado artículo 26, se establece que: 2. ( ), todo aquel interesado que manifieste su voluntad de recibir notificación por medios electrónicos deberá disponer de una dirección de correo electrónico que cumpla los requisitos legalmente previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992 LRJPAC y los siguientes: (a) (.). Para a continuación, establecer en su párrafo tercero que: 3. La dirección de correo electrónico tendrá vigencia indefinida como dirección válida a efectos de notificación, excepto en los supuestos en que el titular solicite su revocación o modificación, ( ). Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 57 de 138

58 Así mismo, en su artículo 27, sobre Notificación efectiva, de la citada ordenanza, se dicta que: 1. La notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales en el momento en que se produzca el acceso a su contenido en la dirección de correo electrónico. El sistema de notificación deberá acreditar las fechas y horas en que se produzca la recepción de la notificación en la dirección electrónica del interesado y el acceso al contenido del mensaje de notificación por parte del ciudadano notificado, así como cualquier causa técnica que imposibilite alguna de las circunstancias anteriores. Por todo ello, y a mejor criterio jurídico, este técnico que suscribe, concluye la adecuación de los procedimientos de notificación que recoge el Reglamento en cuestión con el artículo 58 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Cuarto, en referencia al cuarto punto alegado, sobre la inclusión de así como los Delegados Sindicales previstos en la Ley 11/1985 de Libertad Sindical, Títulos III y IV, en la Disposición Adicional Primera, sobre Comisión de control y seguimiento de las Bolsas de Trabajo, párrafo primero; exponer que en el Reglamento de Composición y funcionamiento de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, dispone en su artículo 6, párrafo sexto, sobre Pactos y Acuerdos, lo siguiente: 6. Se establecerán Comisiones Paritarias de seguimiento de los Pactos y Acuerdos con la composición y funciones que las partes determinen. Dado que el propio Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de Bolsas de Trabajo vinculadas a las mismas, fue aprobado por unanimidad por las partes representadas en la Mesa General de Negociación, celebrada en doble sesión extraordinaria los días 21 y 28 de julio de 2014, y por consiguiente, esta disposición primera, el técnico que suscribe, y a mejor criterio jurídico, concluye la imposibilidad de modificación de un acuerdo adoptado por unanimidad por las partes integrantes de la Mesa de Negociación, respecto a la composición y funciones de las Comisiones Paritarias de seguimiento de Pactos y Acuerdos. Es todo lo que tiene que informar, En Arrecife, a 30 de septiembre de 2014El Técnico Municipal de Recursos Humanos Fdo.: Jesús Manuel Alonso Barreto. Vista la providencia efectuada por la concejal delegada de Recursos Humanos, Dña. María Ángeles García Hernández, de fecha 30 de septiembre de 2014, que se transcribe: PROVIDENCIA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS Asunto: Elevación al Pleno de la propuesta de resolución a la alegación sobre el Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas, para su aprobación definitiva. Visto que con fecha de 14 de agosto de 2014, en sesión plenaria de este Ayuntamiento de Arrecife, se aprobó inicialmente el denominado Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas. Visto que durante el plazo de exposición al público, tanto en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, como en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de fecha de 25 de agosto de 2014, se ha presentado la siguiente alegación: 1. De don Andrés Ginés González Fuentes, con D.N.I. número V, actuando en calidad de Secretario General de la Sección Sindical de la FSP- UGT del Ayuntamiento de Arrecife. Registro de entrada de referencia número y fecha de 24 de septiembre de Visto que respecto a las alegaciones, se ha informado por parte del técnico de la unidad administrativa de Recursos Humanos de este Consistorio, don Jesús Manuel Alonso Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 58 de 138

59 Barreto, de fecha de 30 de septiembre de 2014, que a continuación se trascribe literalmente: Que visto el escrito de alegaciones presentado por don Andrés Ginés González Fuentes, de fecha de entrada en el registro general de este Consistorio de 24 de agosto de 2014, y número de referencia , en calidad de Secretario General de la Sección Sindical de la FSP- UGT en el Ayuntamiento de Arrecife, al acuerdo plenario del día 14 de Agosto de 2014, por el que se aprobó inicialmente el Reglamento sobre la selección de Personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas ; por el que solicita la estimación de las siguientes alegaciones al citado reglamento: Primero, la incorporación al expediente de las Actas de los días 21 y 23 de julio de 2014 de las Mesas Generales de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento y documento de conformidad y constancia firmada entre las partes del acuerdo alcanzado para la aprobación entre los representantes sindicales (UGT y CCOO) y la parte de la Administración, del Reglamento para la Selección de Personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas, del Excelentísimo Ayuntamiento de Arrecife. Segundo, la emisión de Informe Jurídico sobre la legalidad del Capítulo Tercero Normas de gestión de las bolsas de trabajo emitido por el Secretario de la Corporación. Tercero, la modificación del Capítulo Tercero Normas de Gestión de las Bolsas de Trabajo para que la obligación formal de hacer las llamadas se realice mediante notificación conforme al artículo LPC., o por alguna de las vías previstas en la ley. Cuarto, que se integre a la Disposición Adicional Primera el texto subrayado se constituirá una Comisión de control y seguimiento de las Bolsas de Trabajo, que estará compuesta por el/a Concejal/a de Recursos Humanos de la Corporación o en quien delegue, por el/a Presidente/a de la Junta de Personal o en quien delegue y por el/a Presidente/a del Comité de Empresa o en quien delegue, así como los Delegados Sindicales previstos en la Ley 11/1985 de Libertad Sindical, Títulos III y IV, cuya misión fundamental será la interpretación de este Reglamento y la vigilancia del cumplimiento de los criterios que contiene, resolviendo cuantas incidencias de carácter colectivo o individual se produzcan. Ante todo ello, el técnico que suscribe, por el área de Recursos Humanos, informa al respecto lo siguiente: Primero, en referencia al primer punto de alegación, manifestar que la cumplimentación del expediente sobre aprobación del citado Reglamento, se ha realizado mediante la incorporación del Certificado de los Acuerdos alcanzados por el Secretario de dicha Mesa General de Negociación, convocada reglamentariamente con fecha de 27 de julio de 2014 y, realizada en sesión doble, los días 21 y 28 de julio. No existiendo, norma, regla o precepto en el Reglamento de las Mesas Generales de Negociación de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife (B.O.P. Las Palmas, nº. 129, de 6 de octubre de 2010) que disponga la inclusión del Acta de la correspondiente Mesa General de Negociación en los correspondientes expedientes. Segundo, en referencia al segundo punto alegado, exponer que las funciones propias de la Secretaria son, entre otras, las que se establecen en el artículo 3 del Real Decreto 1174/ 1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional; el cual, literalmente dispone lo siguiente: La función de asesoramiento legal preceptivo comprende: g. La emisión de informes previos en aquellos supuestos en que así lo ordene el Presidente de la Corporación o cuando lo solicite un tercio de Concejales o Diputados con antelación suficiente a la celebración de la sesión en que hubiere de tratarse el asunto correspondiente. Tales informes deberán señalar la legislación en cada caso aplicable y la adecuación a la misma de los acuerdos en proyecto. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 59 de 138

60 h. La emisión de informe previo siempre que se trate de asuntos para cuya aprobación se exija una mayoría especial. En estos casos, si hubieran informado los demás jefes de servicio o dependencia u otros asesores jurídicos, bastará consignar nota de conformidad o disconformidad, razonando esta última, asumiendo en este último caso el firmante de la nota la responsabilidad del informe. i. La emisión de informes previos siempre que un precepto legal expreso así lo establezca. j. Informar, en las sesiones de los órganos colegiados a que asista y cuando medie requerimiento expreso de quien presida, acerca de los aspectos legales del asunto que se discuta, con objeto de colaborar en la corrección jurídica de la decisión que haya de adoptarse. Si en el debate se ha planteado alguna cuestión sobre cuya legalidad pueda dudarse podrá solicitar al Presidente el uso de la palabra para asesorar a la Corporación. k. Acompañar al Presidente o miembros de la Corporación en los actos de firma de escrituras y, si así lo demandaren en sus visitas a autoridades o asistencia a reuniones, a efectos de asesoramiento legal. l. Acompañar al Presidente o miembros de la Corporación en los actos de firmas de escrituras y, si así lo demandaren en sus visitas a autoridades o asistencia a reuniones, a efectos de asesoramiento legal. Por lo que, y a mejor criterio jurídico, no procede la emisión del informe de secretaria solicitado, por no concurrir ninguno de los presupuestos legalmente establecidos para su realización, sin perjuicio de que puedan ser interesado ante los órganos y por los causes reglamentariamente establecidos. Tercero, en referencia al tercer punto alegado, sobre la implementación, en el artículo 14 del Capítulo Cuarto sobre Normas de Gestión de las Bolsas de trabajo del citado Reglamento, de la obligatoriedad formal de notificación conforme al artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o por alguna de las vías previstas en la ley, este técnico que suscribe, tiene a bien exponer las siguientes consideraciones técnicas: En la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no se excluye literalmente ningún procedimiento de notificación al interesado. Ahora bien, si establece, en su artículo 59, los condicionantes que toda notificación debe cumplir, como es tener constancia de la recepción por el interesado de la notificación, con la fecha, identidad y el contenido del acto notificado. El Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas, recoge en su artículo 14, los medios a utilizar en el sistema de llamamiento a los/as interesad/osas: localización telefónica y/o remisión de correo electrónico. Textualmente, en su párrafo segundo, establece que: ( ) el departamento de Recursos Humanos habrá de intentar la localización del candidato/a mediante dos llamadas telefónicas o remisión doble del correo electrónico, en días y horas distintos. Disponiendo a continuación, en su párrafo tercero, lo siguiente: 3. En el expediente administrativo correspondiente, deberá constar una diligencia en la que se reflejará la fecha y hora de las llamadas telefónicas y/o remisión de los correspondientes correos electrónicos, así como la respuesta que se hubiera recibido. La elección de ambos procedimientos de notificación en el denominado Sistemas de llamadas se sustenta, tal y como se recoge en el preámbulo del Reglamento, en la necesidad de configurar un mecanismo ágil y eficaz en la gestión de las contrataciones y nombramientos temporales a realizar por el Ayuntamiento de Arrecife, ante situaciones de urgente y ineludible necesidad. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 60 de 138

61 Por otro lado, y en referencia a su adecuación al artículo 58 de la Ley 30/1992, podemos afirmar lo siguiente: Que la utilización de la llamada telefónica como medio de notificación, se fundamenta en la diligencia a realizar por el funcionario en cuestión; ya que tal y como recoge el artículo 52, de la Ley 7/2007, que regula el Estatuto Básico del Empleado Público, los empleados públicos, deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respecto a la igualdad entre mujeres y hombres. Que respecto a la utilización de la dirección de correo electrónico en la notificación, el artículo 39, sobre Notificación mediante recepción en dirección de correo electrónico, del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, dispone literalmente lo siguiente: Se podrá acordar la práctica de notificaciones en las direcciones de correo electrónico que los ciudadanos elijan siempre que se genere automáticamente y con independencia de la voluntad del destinatario un acuse de recibo que deje constancia de su recepción y que se origine en el momento del acceso al contenido de la notificación. En este mismo sentido, se expresa la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Arrecife (B.O.P. de Las Palmas, nº.140, de 31 de octubre de 2011), donde en sus artículos 26 y 27 (sobre Notificación y Notificación efectiva, respectivamente) recoge la aceptación de la dirección de correo electrónico como medio de notificación. Así en el párrafo dos, del citado artículo 26, se establece que: 2. ( ), todo aquel interesado que manifieste su voluntad de recibir notificación por medios electrónicos deberá disponer de una dirección de correo electrónico que cumpla los requisitos legalmente previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992 LRJPAC y los siguientes: (a) (.). Para a continuación, establecer en su párrafo tercero que: 3. La dirección de correo electrónico tendrá vigencia indefinida como dirección válida a efectos de notificación, excepto en los supuestos en que el titular solicite su revocación o modificación, ( ). Así mismo, en su artículo 27, sobre Notificación efectiva, de la citada ordenanza, se dicta que: 1. La notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales en el momento en que se produzca el acceso a su contenido en la dirección de correo electrónico. El sistema de notificación deberá acreditar las fechas y horas en que se produzca la recepción de la notificación en la dirección electrónica del interesado y el acceso al contenido del mensaje de notificación por parte del ciudadano notificado, así como cualquier causa técnica que imposibilite alguna de las circunstancias anteriores. Por todo ello, y a mejor criterio jurídico, este técnico que suscribe, concluye la adecuación de los procedimientos de notificación que recoge el Reglamento en cuestión con el artículo 58 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Cuarto, en referencia al cuarto punto alegado, sobre la inclusión de así como los Delegados Sindicales previstos en la Ley 11/1985 de Libertad Sindical, Títulos III y IV, en la Disposición Adicional Primera, sobre Comisión de control y seguimiento de las Bolsas de Trabajo, párrafo primero; exponer que en el Reglamento de Composición y funcionamiento de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Excmo. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 61 de 138

62 Ayuntamiento de Arrecife, dispone en su artículo 6, párrafo sexto, sobre Pactos y Acuerdos, lo siguiente: 6. Se establecerán Comisiones Paritarias de seguimiento de los Pactos y Acuerdos con la composición y funciones que las partes determinen. Dado que el propio Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de Bolsas de Trabajo vinculadas a las mismas, fue aprobado por unanimidad por las partes representadas en la Mesa General de Negociación, celebrada en doble sesión extraordinaria los días 21 y 28 de julio de 2014, y por consiguiente, esta disposición primera, el técnico que suscribe, y a mejor criterio jurídico, concluye la imposibilidad de modificación de un acuerdo adoptado por unanimidad por las partes integrantes de la Mesa de Negociación, respecto a la composición y funciones de las Comisiones Paritarias de seguimiento de Pactos y Acuerdos. Es todo lo que tiene que informar. En Arrecife, a 30 de septiembre de FIRMADO. El Técnico Municipal de Recursos Humanos. Jesús Manuel Alonso Barreto. PROPONGO al Pleno, lo siguiente: Primero, desestimar las alegaciones presentadas por Andrés Ginés González Fuentes, en representación de la Sección Sindical de la FSP-UGT del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, por las siguientes causas: En referencia al primer punto alegado, la no existencia de precepto regulado en el Reglamento de composición y funcionamiento de la Mesa General de Negociación de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife (B.O.P. de Las Palmas, número 129, de 6 de octubre de 2010), que conlleve la obligatoriedad de la inclusión del Acta de la sección en el expediente correspondiente; siendo válida, tal como se actuó por parte de la unidad administrativa de Recursos Humanos, la inclusión en el expediente de la Certificación del Secretario/a de la Mesa General sobre los acuerdos alcanzados. En alusión al segundo punto alegado, no procede emisión del informe de secretaria solicitado por no concurrir ninguno de los presupuestos legalmente establecidos para su realización, según el artículo 3 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional; y por la existencia de informe técnico de la unidad administrativa de Recursos Humanos, órgano instructor del expediente. En cuanto al tercer punto manifestado, por entender que los procedimientos de notificación promulgados en el Reglamento, en cuanto al sistema de llamamiento a los/as candidatos/as de las correspondientes Bolsas de Trabajo, se ajustan al ordenamiento jurídico existente y, en especial, al artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tal y como reza en el informe técnico. Y por último, y en referencia al cuarto punto alegado, por estar expresamente aprobado por unanimidad, en cuanto a este punto, por todos los integrantes de la Mesa General de Negociación celebrada al efecto y, según redacción dada por el artículo 6, párrafo sexto, del Reglamento de composición y funcionamiento de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife (B.O.P. Las Palmas, número 129, de 6 de octubre de 2010). Segundo, aprobar expresamente, con carácter definitivo, la redacción final del texto del Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de las bolsas de trabajo vinculadas a las mismas. Tercero, publicar dicho Acuerdo definitivo con el texto íntegro del Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas, en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, entrando en vigor según lo Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 62 de 138

63 previsto en el artículo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. En Arrecife, a 30 de septiembre de La Concejal de Recursos Humanos. Dña. María Ángeles García Hernández. Abierto el turno de intervenciones. Interviene la concejal de Coalición Canaria, Dª. Ángeles García Hernández, que explica el expediente. Interviene el concejal del P.N.L., D. Pedro de Armas Sanginés, dice que no entiende que Andrés Ginés firmó el acuerdo de la Mesa y luego presentó alegaciones. Interviene el concejal del P.I.L. D. Juan Jesús González Docal, que dice que la forma de avisar a través de una llamada es algo se podría intentar mejorar. Interviene el concejal del grupo Popular, D. Cristóbal Juncal Fernández, pregunta por la hoja de ruta en relación con el art. 58. De nuevo interviene la concejal Dª. Ángeles García Hernández, dice que no solo está la llamada de teléfono sino que se envía un correo electrónico, y con la lectura del mismo ya estamos avalados. Creemos en la agilidad de la bolsa de empleo con todas las garantías jurídicas. Estamos cumpliendo con todos los requisitos legales. Nuevamente interviene el concejal D. Cristóbal Juncal Fernández, dice que nos está vendiendo humo. Le vuelvo a preguntar por los protocolos para hacer los llamamientos según el art. 58. Hace uso de la palabra el Sr. Alcalde Acctal., D. Rafael Juan González Robayna, que dice que debe ser usted el que lea el art. y pregunte sobre las dudas que tenga. De nuevo el concejal D. Cristóbal Juncal Fernández, dice que esto son las políticas oscurantistas del Grupo de Gobierno. Interviene el concejal de AC-25M, D. Domingo García González, que pregunta por el protocolo de llamamiento y que cómo se crean las bolsas. Interviene Dª. Ángeles García Hernández, dice que cada bolsa de empleo que salga a partir de aquí se regirá por este Reglamento, y se harán las convocatorias pertinentes. Tras las intervenciones anteriores, en aplicación del voto ponderado, por trece votos a favor (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E. y 1 del P.N.L.) y diez abstenciones (7 del grupo Popular, 2 de AC-25m y 1 del P.I.L.), se propone al Pleno que ACUERDE PRIMERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por Andrés Ginés González Fuentes, en representación de la Sección Sindical de la FSP-UGT del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, por las siguientes causas: En referencia al primer punto alegado, la no existencia de precepto regulado en el Reglamento de composición y funcionamiento de la Mesa General de Negociación de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife (B.O.P. de Las Palmas, número 129, de 6 de octubre de 2010), que conlleve la obligatoriedad de la inclusión del Acta de la sesión en el expediente correspondiente; siendo válida, tal como se actuó por parte de la unidad administrativa de Recursos Humanos, la inclusión en el expediente de la Certificación del Secretario/a de la Mesa General sobre los acuerdos alcanzados. En alusión al segundo punto alegado, no procede emisión del informe de secretaria solicitado por no concurrir ninguno de los presupuestos legalmente establecidos para su realización, según el artículo 3 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional; y por la existencia de informe técnico de la unidad administrativa de Recursos Humanos, órgano instructor del expediente. En cuanto al tercer punto manifestado, por entender que los procedimientos de notificación promulgados en el Reglamento, en cuanto al sistema de llamamiento a los/as candidatos/as de las correspondientes Bolsas de Trabajo, se ajustan al ordenamiento jurídico existente y, en especial, al artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 63 de 138

64 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tal y como reza en el informe técnico. Y por último, y en referencia al cuarto punto alegado, por estar expresamente aprobado por unanimidad, en cuanto a este punto, por todos los integrantes de la Mesa General de Negociación celebrada al efecto y, según redacción dada por el artículo 6, párrafo sexto, del Reglamento de composición y funcionamiento de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife (B.O.P. Las Palmas, número 129, de 6 de octubre de 2010). SEGUNDO.- Aprobar expresamente, con carácter definitivo, la redacción final del texto del Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de las bolsas de trabajo vinculadas a las mismas. TERCERO.- Publicar dicho Acuerdo definitivo con el texto íntegro del Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas, en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, entrando en vigor según lo previsto en el artículo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Cristóbal Juncal Fernández, que dice, buenos días Alcalde, Teniente de Alcalde y compañeros. Don Cándido Reguera que posiblemente pase a los anales de la Historia como el mejor Alcalde que ha tenido esta Casa Consistorial, una de las primeras determinaciones que adoptó, con sus socios de gobierno antaño, fue transparencia y lucidez en todos los ámbitos, transparencia y lucidez en todos los ámbitos. Un Concejal antaño, podía solicitar cualquier tipo de documentación a cualquier Concejalía y se le entregaba sobre la marcha. Hoy, a día de hoy, tenemos serios problemas con este desgobierno formado por Coalición Canaria y Partido Socialista Obrero Español, que rige el devenir político de nuestra localidad. Nos cuesta sangre, sudor y lágrimas, conseguir cualquier tipo de documentación, y eso es más o menos lo que está haciendo la Concejala de Recursos Humanos, con el Reglamento de selección de personal de Contrataciones Temporales, falta transparencia y falta lucidez en todos los ámbitos y en todos los aspectos. Estimada Doña Ángeles, en la Comisión, lo único que nos quedó claro a la Oposición, fue el poco dominio que atesoraba poseer usted en la materia, no aclaró nada en la Comisión, no explicó nada en la Comisión, no disertó nada en la Comisión, lo único que hizo en la Comisión fue leer un Artículo y el colmo de los colmos es que usted se puso nerviosa y lo leyó mal. Echamos falta que en este Reglamento que se lleva hoy aquí la ratificación, no se haya contado en ningún momento con la Oposición y es un Reglamento bastante importante. Y, lo que nos parece que está fuera de lugar y es una incapacidad por su parte, es cómo se van a realizar los llamamientos de esta Bolsa de Empleo, no lo explicó claramente, pero al final se van a hacer vía telefónica. Y, me gustaría que me respondiese a unas preguntas. Cómo queda constancia de esa llamada de teléfono, que se ha puesto en contacto con el candidato de la Bolsa?. Es decir, si el candidato de la Bolsa por cualquier motivo tiene el teléfono apagado o lo tiene desconectado pierde el llamamiento?. Y, otra cosita que quería disertarle Concejala es que, sabe usted cómo se realizan los llamamientos de la Bolsa de Empleo del Gobierno de Canarias? Sabe usted cómo realizan los llamamientos la Consejería de Educación?. Sabe usted cómo realizan los Juzgados los llamamientos de la Bolsa de Empleo?. Sabe usted cómo realiza Aena esos llamamientos?. Mi pregunta es la siguiente, Por qué motivo el Ayuntamiento y especialmente la Concejala Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 64 de 138

65 de Recursos Humanos no toma el protocolo de actuación y la Hoja de Ruta que hay marcada en este ámbito y en este aspecto como otros Organismos? Interviene la Sra. Concejal de Recursos Humanos del grupo CC, D. María Ángeles García Hernández, que dice, buenos días. Vamos a ver, como el resto de los compañeros de este Pleno no han hecho ninguna pregunta más, eso entiendo que tanto en la Comisión e incluso en la Comisión cuando ya se trajo la propuesta para Reglamento, pues han quedado claras todas las dudas o todas las cuestiones de cómo se van hacer los llamamientos o cómo va a funcionar esta propuesta que esperamos sea definitiva, tras esta contestación de alegaciones para la Regulación de las Bolsas de Empleo. Mire, vamos a ver, queda perfectamente claro, entiendo con una simple lectura, aparte de que ya se ha explicado por 2 veces por parte de esta Concejal, y especialmente por el Técnico, y especialmente por los informes que constan en ambos Expedientes, cuando se ha traído estos puntos del Orden del Día al anterior Pleno y a este, que las llamadas o sea los llamamientos, se van a realizar con llamadas a los teléfonos designados por parte de las personas que conformen la Bolsa de Empleo y con Correos Electrónicos también designados, establecidos por las personas que formen y conformen parte de una Bolsa de Empleo. La constancia de las llamadas, a través de una diligencia que deberá realizar el Empleado público, que también viene perfectamente acreditado, también cuales son las funciones y la legalidad, vigencia, regularidad de una diligencia realizada por un funcionario público, en este caso de esta Institución, para dar fé pública, entre comillas, porque la fe pública solo la puede dar el Sr. Secretario. Pero, para que quede constancia de que realmente esa llamada se ha realizado con respecto al Correo Electrónico, también ya se explicó, que con el acuse de recibo de haberse realizado la lectura, la Ley ya nos da por realizado el llamamiento a esa Bolsa de Empleo. Es la tercera vez o cuarta vez que lo explico, y espero que esta vez ya haya quedado claro, que en todo caso, no lo tengo que explicar yo, viene recogido en el Reglamento, yo no tengo que dar ningún tipo de explicaciones, viene recogido en un Reglamento y está por escrito. Y, esa es la propuesta que finalmente esperamos que sea ya aprobada. Con respecto al resto de las Bolsas de Empleo, permítame Don Cristóbal decir, que no son competencia de esta Concejal, y no la tengo que contestar sobre ellas. Gracias. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Cristóbal Juncal Fernández, que dice, estimada Doña Ángeles, le voy a disertar lo que no hay en estos llamamientos, no hay transparencia, no hay lucidez, no hay nitidez, no hay limpieza y ni mucho menos claridad. Usted sabe que está incumpliendo el Artículo 58 de la Ley 30/92? Usted lo sabe?. Pues debería saberlo, porque es letrada, debería saberlo. Y, le voy a decir lo que sí hay en cambio, hay un oscurantismo tremendo por parte de este gobierno, que lo lleva haciendo desde que empezó esta legislatura. Muchas gracias. El Sr. Alcalde eleva al Pleno el dictamen de la Comisión. El Pleno del Ayuntamiento, por Catorce votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 65 de 138

66 D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) Siete abstenciones: D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) ACUERDA PRIMERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por D. Andrés Ginés González Fuentes, en representación de la Sección Sindical de la FSP-UGT del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, por las siguientes causas: En referencia al primer punto alegado, la no existencia de precepto regulado en el Reglamento de composición y funcionamiento de la Mesa General de Negociación de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife (B.O.P. de Las Palmas, número 129, de 6 de octubre de 2010), que conlleve la obligatoriedad de la inclusión del Acta de la sección en el expediente correspondiente; siendo válida, tal como se actuó por parte de la unidad administrativa de Recursos Humanos, la inclusión en el expediente de la Certificación del Secretario/a de la Mesa General sobre los acuerdos alcanzados. En alusión al segundo punto alegado, no procede emisión del informe de secretaria solicitado por no concurrir ninguno de los presupuestos legalmente establecidos para su realización, según el artículo 3 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional; y por la existencia de informe técnico de la unidad administrativa de Recursos Humanos, órgano instructor del expediente. En cuanto al tercer punto manifestado, por entender que los procedimientos de notificación promulgados en el Reglamento, en cuanto al sistema de llamamiento a los/as candidatos/as de las correspondientes Bolsas de Trabajo, se ajustan al ordenamiento jurídico existente y, en especial, al artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tal y como reza en el informe técnico. Y por último, y en referencia al cuarto punto alegado, por estar expresamente aprobado por unanimidad, en cuanto a este punto, por todos los integrantes de la Mesa General de Negociación celebrada al efecto y, según redacción dada por el artículo 6, párrafo sexto, del Reglamento de composición y funcionamiento de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife (B.O.P. Las Palmas, número 129, de 6 de octubre de 2010). SEGUNDO.- Aprobar expresamente, con carácter definitivo, la redacción final del texto del Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de las bolsas de trabajo vinculadas a las mismas. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 66 de 138

67 TERCERO.- Publicar dicho Acuerdo definitivo con el texto íntegro del Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales y, sobre la creación, gestión y control de bolsas de trabajo vinculadas a las mismas, en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, entrando en vigor según lo previsto en el artículo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. PUNTO NOVENO.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL ARTÍCULO 2, SOBRE ÁMBITO TEMPORAL DEL ACUERDO APROBADO POR LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE CELEBRADA EL DÍA 2 DE JULIO DE Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Régimen Interior, Personal y Nuevas Tecnologías, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, emitió el siguiente dictamen que se transcribe a continuación: ASUNTOS DE URGENCIA:_ 5.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL ARTÍCULO 2, SOBRE ÁMBITO TEMPORAL DEL ACUERDO APROBADO POR LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE, CELEBRADA EL DÍA 2 DE JULIO DE Se procede a la votación de la urgencia, que es aprobada por unanimidad de los asistentes, veintitrés votos a favor, (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 7 del grupo Popular, 2 de AC-25m, 1 del P.I.L. y 1 del P.N.L.) Vista el acta de la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos, celebrada el día 30 de junio de 2014, que se transcribe: ACTA DE LA MESA DE NEGOCIACION DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE, CELEBRADA EL DIA 30 DE JUNIO DE 2014, EN SESION EXTRAORDINARIA Y URGENTE. En Arrecife de Lanzarote, siendo las horas del día de la fecha se reúnen en el Salón de Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, los Señores/as que a continuación se relacionan, al objeto de celebrar la sesión con carácter extraordinario y urgente de la Mesa General de Negociación, convocada al efecto y con el Orden del día especificado en la propia convocatoria. REPRESENTANTES POLÍTICOS Doña Mª de los Ángeles García Hernández, Concejala de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Arrecife, la cual actúa como Presidenta de la Mesa. ASESORES DE POLÍTICOS Doña Elena Martín Martín, Técnico Responsable del Área de Recursos Humanos. SECRETARIO Don Jesús Manuel Alonso Barreta, funcionario del Ayuntamiento de Arrecife, adscrito al departamento de Recursos Humanos. REPRESENTACION SINDICAL POR COMISIONES OBRERAS (CC.00.) Don Carlos Nada Alayón (Portavoz del grupo sindical CC.00.) POR LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.) Don Andrés Ginés González Fuentes (Portavoz del grupo sindical U.G.T.}. Don Mamerto Jesús Rodríguez Rodríguez. Doña David Robayna Reyes. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 67 de 138

68 La Sra. Presidenta, Dña. Ángeles García Hernández interviene declarando abierta la sesión, pasando a tratar los asuntos contenidos en el orden del día. PUNTO 1. RATIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 2, SOBRE ÁMBITO TEMPORAL, DEL ACUERDO APROBADO POR LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMI ENTO DE ARRECIFE, CELEBRADA EL DÍA 2 DE JULIO DE Exposición Doña Elena Martín Martín, técnica del área de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento e Arrecife, comienza la exposición, dando lectura al Acuerdo de las condiciones de trabajo del personal laboral del Ayuntamiento de Arrecife, aprobado por la Mesa General de Negociación, celebrada fecha de 2 de julio de Turno de Intervenciones Abre el turno de intervenciones, la Sra. Presidenta de la Mesa General de Negociación, doña Ángeles García, manifestando que el Acuerdo de referencia se adoptó en su momento por lo dispuesto en el artículo 86, apartado 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (sobre vigencia de los Convenios Colectivos) y, más concretamente, sobre su nueva redacción dada por el artículo 14.6 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. A continuación, sigue manifestando la necesidad de ratificar dicho Acuerdo y, más concretamente, su artículo 2, sobre su ámbito temporal, donde se dispone la vigencia del mismo "hasta la aprobación de la norma convencional que regule las condiciones de trabajo del personal del Ayuntamiento de Arrecife. Interviene, don Andrés Ginés González Fuentes, portavoz del grupo sindical U.G.T., el cual manifiesta también la necesidad de agilizar e intensificar los procesos negociadores en curso, a fin propiciar la adopción de un nuevo convenio colectivo. Interviene, don Carlos Nada Alayón, portavoz del grupo sindical de CC.00., el cual manifiesta estar de acuerdo en ambas posturas. Turno de votaciones Tras los turnos de intervención, doña Ángeles García, abre el turno de votaciones del punto primero y único, resultando lo siguiente: - De la Administración: FAVORABLE. - De la representación sindical: FAVORABLE. Finalizado el turno de votaciones, La Mesa General de Negociación, creada a tal efecto, ACUERDA APROBAR POR UNANIMIDAD, la siguiente propuesta: "Primero, ratificar en su totalidad el Acuerdo adoptado en la Mesa General de Negociación de los empleados públicos del Ayuntamiento de Arrecife, celebrada con fecha del día 2 de julio de Segundo, aprobar la vigencia del Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Arrecife hasta la aprobación de la norma convencional que regule las condiciones de trabajo del citado personal. Tercero, establecer los mecanismos necesarios para agilizar e intensificar los procesos negociadores en curso, que propicien la adopción de un nuevo convenio." Elevando dicha propuesta, al pleno de esta Corporación, para su aprobación Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las horas, por la Presidenta se da por concluida la Sesión, extendiéndose ella la presente acta, de todo lo cual, yo Secretario certifico. LA PRESIDENTE, Dña María de los Ángeles García Hernández. EL SECRETARIO, D. Jesús M. Alonso Barreto. PORTAVOZ DEL GRUPO SINDICAL U.G.T., D. Andrés Ginés González Fuentes. PORTAVOZ DEL GRUPO SINDICAL CC.OO, D. Carlos Noda Alayón. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 68 de 138

69 Visto el certificado emitido por el Secretario de la Mesa General de Negociación, D. Jesús Manuel Alonso Barreto, de fecha 30 de junio de 2014, que se transcribe: DON JESÚS MANUEL ALONSO BARRETO, SECRETARIO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACION DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE, CELEBRADA EL DÍA 30 DE JUNIO DE 2014, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA Y URGENTE. C E R T I F I C A Que la Mesa General de Negociación de los empleados públicos del Ayuntamiento de Arrecife, celebrada el día 30 de junio de 2.014, en sesión extraordinaria y urgente, emitió el siguiente Acuerdo, sobre el punto primero y único sobre la RATIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 2, SOBRE ÁMBITO TEMPORAL, DEL ACUERDO APROBADO POR LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE, CELEBRADA EL DÍA 2 DE JULIO DE 2013, el cual se transcribe literalmente a continuación: La Mesa General de Negociación, creada a tal efecto, ACUERDA APROBAR POR UNANIMIDAD, la siguiente propuesta: Primero, ratificar en su totalidad el Acuerdo adoptado en la Mesa General de Negociación de los empleados públicos del Ayuntamiento de Arrecife, celebrada con fecha del día 2 de julio de Segundo, aprobar la vigencia del Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Arrecife hasta la aprobación de la norma convencional que regule las condiciones de trabajo del citado personal. Tercero, establecer los mecanismos necesarios para agilizar e intensificar los procesos negociadores en curso, que propicien la adopción de un nuevo convenio. Elevando dicha propuesta, al pleno de esta Corporación, para su aprobación definitiva. Y para que así conste, expido la presente de orden y con el Visto Bueno de la Sra. Presidenta, en Arrecife a 30 de junio de VºBº. LA PRESIDENTA, Doña Ángeles García Hdez. EL SECRETARIO, Don Jesús Manuel Alonso Barreto. Firmado. Visto el informe emitido por el Técnico de Recursos Humanos, D. Jesús Manuel Alonso Barreto, de fecha 30 de septiembre de 2014, que se transcribe: Asunto: Informe sobre acuerdos alcanzados en la Mesa General de Negociación del Personal del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife de fecha de 30 de junio de El técnico que suscribe, por el área de Recursos Humanos de este Ayuntamiento de Arrecife, informa al respecto lo siguiente: Visto el Acuerdo alcanzado por unanimidad, sobre el punto uno y único de la convocatoria de la Mesa General de Negociación de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife celebrada en sesión extraordinaria y urgente, el 30 de junio de 2014, el cual se trascribe literalmente del acta de la sesión: La Mesa General de Negociación, creada a tal efecto, ACUERDA APROBAR POR UNANIMIDAD, la siguiente propuesta: Primero, ratificar en su totalidad el Acuerdo adoptado en la Mesa General de Negociación de los empleados públicos del Ayuntamiento de Arrecife, celebrada con fecha del día 2 de julio de Segundo, aprobar la vigencia del Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Arrecife hasta la aprobación de la norma convencional que regule las condiciones de trabajo del citado personal. Tercero, establecer los mecanismos necesarios para agilizar e intensificar los procesos negociadores en curso, que propicien la adopción de un nuevo convenio. Elevando dicha propuesta, al pleno de esta Corporación, para su aprobación definitiva. Considerando el apartado tercero del artículo sexto del Reglamento de composición y funcionamiento de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, donde se fija que: Los Acuerdos versarán sobre materias competencia de los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas. Para su validez y eficacia será necesaria su aprobación expresa y formal por estos órganos. ( ). Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 69 de 138

70 La falta de ratificación de un Acuerdo por el Pleno del Ayuntamiento implicará el inicio de la renegociación de las materias tratadas, en el plazo de un mes, si así lo solicitara la mayoría de la menos una de las partes. Por lo expuesto anteriormente y a tenor de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, este técnico propone que se ratifique por el Pleno de esta Corporación el acuerdo alcanzado por la Mesa General de Negociación del Personal del Exmo. Ayuntamiento de Arrecife celebrada el día 30 de junio de Es todo lo que tiene que informar, En Arrecife, a 30 de septiembre de Jesús Manuel Alonso Barreto (Recursos Humanos). Firmado. Vista la providencia emitida por la concejal delegada de Recursos Humanos, Dª. Mª. Ángeles García Hernández, de fecha 30 de septiembre de 2014, que se transcribe: PROVIDENCIA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS Ante la necesidad de proceder, con carácter urgente, a la ratificación del Acuerdo alcanzado en la Mesa General de Negociación de los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, celebrada en sesión extraordinaria y urgente, con fecha de 30 de junio de 2014, según dispone el artículo 6º, sobre Pactos y Acuerdos, apartado 3, del Reglamento de Composición y funcionamiento de dicha Mesa (B.O.P. nº. 129, ), SOLICITA tomar acuerdo plenario, sobre: 1. Punto 1: Ratificación del Artículo 2, sobre ámbito temporal, del acuerdo aprobado por la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Arrecife, celebrada el día 2 de julio de En Arrecife, a 30 de septiembre de La Concejal de Recursos Humanos. Dña. María Ángeles García Hernández Abierto el turno de intervenciones. Interviene la concejal del grupo Coalición Canaria, Dª. Ángeles García Hernández, explica que este expediente se había quedado detrás por motivo de las vacaciones del personal y explica el expediente. Tras las intervenciones anteriores, en aplicación del voto ponderado, por catorce votos a favor (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 1 del P.I.L. y 1 del P.N.L.) y nueve abstenciones (7 del grupo Popular, 2 de AC-25m), se propone al Pleno que ACUERDE Ratificar el Artículo 2, sobre ámbito temporal, del acuerdo adoptado por la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Arrecife celebrada el día 2 de julio de Tras deliberar sobre el asunto. El Sr. Alcalde eleva al Pleno el dictamen de la Comisión. El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes: Veintiún votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 70 de 138

71 Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) ACUERDA Ratificar el Artículo 2, sobre ámbito temporal, del acuerdo adoptado por la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Arrecife celebrada el día 2 de julio de El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. PUNTO DÉCIMO.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA, REFª RRHH 220/2014, DE FECHA 1 DE OCTUBRE DE Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Régimen Interior, Personal y Nuevas Tecnologías, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: ASUNTOS DE URGENCIA:_ 6.- RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA, REFª RRHH 220/2014, DE FECHA 1 DE OCTUBRE DE Se procede a la votación de la urgencia, que es aprobada por unanimidad de los asistentes, 24 votos a favor ((7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 7 del grupo Popular, 2 de AC-25m, 1 del P.I.L.,1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana). Visto el convenio a suscribir, que se transcribe: CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Y EL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE En Madrid, a 1 de junio de De una parte, el Excmo. Sr. D. Andrés Arias Astray, Vicerrector de Relaciones Institucionales y Relaciones Internacionales, en nombre y representación de la Universidad Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), actuando por delegación del Rector, según Decreto Rectoral 26/2013 de 29 de julio, sobre delimitación de los Vicerrectorados de la UCM, de delegación de competencias en órganos unipersonales y de diversas cuestiones de índole organizativa, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el día 9 de agosto de Y de otra parte, el Sr. D. Manuel Fajardo Feo, Alcalde Presidente, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, con CIF P A, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas según acuerdo plenario de 12 de marzo de Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto EXPONEN Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 71 de 138

72 I.- Fines de la UCM. Que la UCM tiene entre sus fines el acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con instituciones externas, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos. II. - Fines del Ayuntamiento de Arrecife Que el Ayuntamiento de Arrecife tiene como fines la organización y el gobierno en el municipio de Arrecife como entidad básica de la organización territorial del Estado y cauce inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. III.- Objeto genérico Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración en el desarrollo de un programa de prácticas para universitarios que les permita aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que preparen para el ejercicio de actividades profesionales y faciliten la búsqueda de empleo. IV. Normativa aplicable La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, (publicada en el BOE de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril, que regula la homologación de Planes de Estudios, Títulos Universitarios y Doctorado, y que estructura las enseñanzas universitarias en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado. Real Decreto 1497/1981, de 19 de junio, de Programas de Cooperación Educativa (BOE de 23 de julio), actualizado por el Real Decreto 1845/1994 del 9 de Septiembre (BOE de 18 de octubre). El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, (publicado en el BOE de 30 de octubre), modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, la posibilidad de introducir prácticas externas en los planes de estudio, reforzando el compromiso con la empleabilidad y enriqueciendo la formación de los estudiantes en un entorno acorde con la realidad diaria del ámbito profesional en el que desarrollarán su actividad futura. El Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, (publicado en el BOE de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. El Real Decreto 1791/201O, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, define las prácticas académicas externas como "una actividad de naturaleza formativa realizadas por los estudiantes y supervisada por las universidades, cuyo objeto es permitir a los estudiantes aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que le preparen para el ejercicio de actividades profesionales y faciliten su empleabilidad." El programa VERIFICA de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) que evalúa las propuestas de los planes de estudio de títulos universitarios oficiales diseñados en consonancia con el Espacio Europeo de Educación Superior, recomienda que "en los casos de grado de carácter profesional y de máster con orientación profesional, será especialmente importante el planteamiento de prácticas profesionales adecuadas, así como el establecimiento de convenios de colaboración con empresas y otras instituciones para la realización de dichas prácticas." Las directrices generales de la UCM para la aprobación de las enseñanzas Grado y Master aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UCM. V. Declaración de intenciones Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 72 de 138

73 Que ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes y complementarios, desean suscribir el presente Convenio a fin de mejorar sus respectivos cometidos, para lo cual formalizan el presente documento con arreglo a las siguientes, CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO. El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes de la UCM realizarán un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Master en adelante (TFG/TFM) en el Ayuntamiento de Arrecife. SEGUNDA. -CONDICIONES GENERALES DEL CONVENIO. A. OFERTA DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE El Ayuntamiento de Arrecife podrá ofrecer plazas de prácticas con la periodicidad o cuantía que desee, e indicar la oferta específica para cada plaza de prácticas. B. RÉGIMEN JURÍDICO La participación del Ayuntamiento de Arrecife en el programa de prácticas no supone la adquisición de más compromisos que los estipulados en el presente Convenio y, en ningún caso, se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral. Al no ser una relación de carácter laboral la existente entre el estudiante y el Ayuntamiento de Arrecife, en el caso de que al término de las prácticas el estudiante se incorpore a la plantilla de la misma, el tiempo de estancia no se computará a efectos de antigüedad. C. DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS Y DEL TFG/TFM. El desarrollo de las prácticas o del TFG/TFM en el Ayuntamiento de Arrecife estará sujeto al régimen que se establece en el presente Convenio. En el caso de las prácticas, los detalles concretos de cada una de ellas se recogerán en los correspondientes Anexos de Titulación que se incorporarán al Convenio. 1. Los horarios de realización de las prácticas o del TFG/TFM se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora. Los horarios, en todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante en la universidad. Con respecto a la duración de las prácticas, éstas no excederán del máximo permitido en la normativa vigente. 2. Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno del Ayuntamiento de Arrecife y seguir las instrucciones que reciba de su responsable. Deberán aplicarse con diligencia a las tareas que se les encomienden, de las cuales guardarán secreto profesional durante su estancia y una vez finalizada ésta. 3. En caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo al Centro responsable de la UCM. El régimen de permisos del estudiante será consensuado entre el tutor de la UCM y el tutor del Ayuntamiento de Arrecife 4. Por causas debidamente justificadas cualquiera de las partes podrá rescindir el período de prácticas. Si la empresa / institución lo considera conveniente la Universidad gestionará la incorporación de un nuevo estudiante que iniciará su período de formación a la mayor brevedad posible. 5. Si alguna de las partes firmantes de este Convenio o los estudiantes desearan utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en la empresa, en parte o en su totalidad para su publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc. deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, quien deberá responder en un plazo máximo de 45 días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión. En todo caso, tanto en las publicaciones como en las patentes, se respetará siempre la mención a los autores del trabajo; en estas últimas figurarán en calidad de inventores. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 73 de 138

74 6. Se establecen, al menos, dos modalidades de prácticas que pueden ser concurrentes : a) Prácticas curriculares. Son las prácticas que tienen su origen en los diversos planes de estudios. b) Prácticas extracurriculares. Son aquellas que los estudiantes realizan con carácter voluntario, durante su período de formación y que, aun teniendo los mismos fines, no están incluidas en los planes de estudios sin perjuicio de su mención posterior en el Suplemento Europeo al Título. D) SEGURO ESCOLAR Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL. Todos los estudiantes de la UCM que estén matriculados en alguna de sus enseñanzas, están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil. El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años, matriculados en los respectivos Centros y al corriente de la cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. La UCM, a través del Centro correspondiente, velará por la suscripción de la póliza de un seguro de accidentes para los estudiantes mayores de 28 años matriculados en sus respectivos centros. El Seguro Escolar protege a los estudiantes incluidos en su ámbito de aplicación, de todas aquellas contingencias expresamente reconocidas, siempre y cuando los gastos sanitarios ocasionados se produzcan dentro del territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido en la Ley General de la Seguridad Social La UCM, a través del Centro correspondiente, gestionará la suscripción de la póliza de un seguro de asistencia sanitaria y repatriación para los estudiantes que realicen las prácticas fuera del territorio nacional. TERCERA.- CORRESPONDE A LA UCM (A TRAVÉS DEL CENTRO CORRESPONDIENTE). La UCM (a través del Centro correspondiente), tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vistas al desarrollo de dicho objetivo, las siguientes actuaciones: 1. Los programas de prácticas contarán con un proyecto formativo en el que se hará constar las competencias que debe adquirir el estudiante, la dedicación en créditos ECTS, las actividades formativas que debe desarrollar el estudiante, el calendario y horario, así como el sistema de evaluación. El órgano responsable de la titulación resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas o del TFG/TFM. 2. El órgano responsable de la titulación nombrará un tutor que se responsabilizará de la tutoría de cada uno de los estudiantes participantes en las prácticas o el TFG/TFM y de la supervisión de su realización. 3. Los tutores designados por la entidad colaboradora, podrán recibir el nombramiento honorífico de "Colaborador en Docencia Práctica Externa", de acuerdo con las condiciones establecidas por el Consejo de Gobierno de la UCM. Los trámites necesarios para la obtención del reconocimiento, serán realizados por el responsable del Centro, que elevará al Vicerrectorado competente la propuesta del nombramiento. CUARTA. - CORRESPONDE AL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE. El Ayuntamiento de Arrecife tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vista al desarrollo de dicho objetivo, las siguientes actuaciones: 1) En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitará al estudiante la realización de sus exámenes y, salvo por causa debidamente justificada y comunicada previamente al Centro, no cancelará el programa que se contemple en el Anexo correspondiente. 2) De acuerdo con el órgano responsable del Grado/Máster, nombrará a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 74 de 138

75 estancia, facilitando a la UCM, al responsable de prácticas o TFG/TFM del Centro en donde esté matriculado el estudiante, el informe de aprovechamiento de las prácticas a su finalización. El informe hará constar, con el visto bueno de la empresa, el tiempo de prácticas realizado, horas totales y su contenido. 3) En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM, podrán actuar como ce-tutores investigadores o profesionales del Ayuntamiento de Arrecife en colaboración con los profesores de la UCM. 4) Manifiesta que posee los medios materiales y servicios disponibles que permiten garantizar el desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los criterios de accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en el RD Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. 5) El Ayuntamiento de Arrecife observará y hará observar las medidas de Seguridad e Higiene establecidas en el Centro de trabajo asignado. El Ayuntamiento de Arrecife informará, formará y hará cumplir y respetar al alumnado dichas medidas. QUINTA.- AYUDAS AL ESTUDIO. El Ayuntamiento de Arrecife no podrá asignar cantidad alguna mensual en concepto de ayudas al estudio, que se reflejará en el Anexo de cada estudiante. Éste será elaborado, según se especifica en el Anexo de Titulación de las prácticas curriculares, por el Centro correspondiente y quedará bajo su custodia. SEXTA.- PROTECCIÓN DE DATOS. Los datos personales que se recogen en el presente Convenio, serán incorporados a los ficheros de datos responsabilidad de las partes firmantes, y serán tratados únicamente a los efectos de llevar a buen fin el presente Convenio. Ambas partes se comprometen a tratar los mismos conforme a los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en la dirección que les indique el Centro de la UCM responsable de las prácticas, o la Entidad correspondiente, a efectos de notificaciones. Conforme al deber de secreto, regulado en el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los estudiantes estarán obligados al secreto profesional respecto a la información que acceda en el desarrollo de la actividad, comprometiéndose a prestar el máximo cuidado y confidencialidad en el manejo y custodia de cualquier documentación, no desvelar tal información ni cederla a terceros. SÉPTIMA. - COMIENZO Y DURACIÓN. La duración del presente Convenio será de cuatro años y surtirá efecto desde el día de su firma. Podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de las partes, que deberá ser formalizado por escrito, dos meses antes de la expiración del plazo convenido. OCTAVA - DENUNCIA. Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente Convenio comunicándolo a la otra por escrito con un mes de antelación a la fecha en la que desee la terminación del mismo o, en su caso, de su prórroga. NOVENA. - CUESTIONES LITIGIOSAS. Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio, deberán de solventarse por acuerdo de las partes, si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional Contencioso Administrativo de Madrid. Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente Convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados. POR LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID, Andrés Arias Astray POR EL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE, Manuel Fajardo Feo Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 75 de 138

76 PROYECTO FORMATIVO ANEXO DE TITULACIÓN Grado de Psicología El presente Anexo se incorpora al Convenio suscrito entre la UCM y EL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE firmado con fecha 1 de junio de 2014 y con una vigencia de cuatro años, cuyo objeto es regular las condiciones en la mencionada entidad. Este Anexo se acoge al Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, así como, a la Resolución de la Universidad Complutense de Madrid por la que se publica el Plan de Estudios para la obtención del Título de Grado en Psicología Con la firma de este Anexo, La Facultad de Psicología asume las condiciones establecidas en el mencionado Convenio y su cumplimiento en los términos estipulados en las correspondientes Cláusulas reguladoras. De acuerdo con el Plan de Estudios, se contempla con la denominación de Prácticas Externas y como materia obligatoria de 4 curso (7 y 8º semestre) la asignatura Practicum con una equivalencia de 12 créditos ECTS. CLÁUSULAS ESPECÍFICAS 1. Para la realización de las prácticas curriculares será necesario estar matriculado en la mencionada actividad formativa. 2. La UCM a través del Órgano responsable, tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vistas al desarrollo de las prácticas, las siguientes actuaciones: Preparará un documento en el que hará constar: a) El sistema que se establece para la adjudicación de plazas. b) El perfil académico de los candidatos. c) La dedicación máxima del estudiante. d) El procedimiento establecido por el Centro para la calificación de los correspondientes créditos. La propuesta razonada de calificación tendrá en cuenta el informe presentado por el Ayuntamiento de Arrecife y el que necesariamente deberá presentar el estudiante sobre la labor realizada. Elaborará un Anexo del Estudiante, que quedará bajo la custodia del Centro, en el que se consignarán los siguientes extremos: a) Los datos personales del estudiante que realizará las prácticas. b) La duración y horario de las prácticas c) Tutor de la Entidad Interna y Externa. d) Las ayudas al estudio, en su caso. e) Las tareas a realizar. Por la facultad de Psicología. Fdo. Gloria Castaño Collado. Por el Ayuntamiento de Arrecife Fdo.: D. Manuel Fajardo Feo. Vista la Memoria Justificativa elaborada por la Técnico de Recursos Humanos y Régimen Interior, Dª. Mª. Elena Martín Martín, de fecha 11 de septiembre de 2014, que se transcribe: MEMORIA JUSTIFICATIVA Considerando el Convenio de 1 de junio de 2014 a suscribir entre la Universidad Complutense de Madrid y el Ayuntamiento de Arrecife con el objeto de regular las condiciones en que estudiantes de la UCM realicen un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Master en el Ayuntamiento de Arrecife, quien suscribe propone la firma de dicho convenio por las razones que se exponen a continuación. Con la firma de este Convenio, los estudiantes que lo deseen podrán realizar las prácticas, trasladando sus conocimientos al área municipal. En el caso que nos ocupa, y con el fin de llevar a cabo el proyecto formativo del Grado de Psicología, interesa especialmente en el departamento de Recursos Humanos y Régimen Interior, como aglutinador de todo el personal del Ayuntamiento, y por ello, área desde la que debe Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 76 de 138

77 gestionarse la resolución de diferencias y conflictos entre empleados públicos, la motivación de los trabajadores y la mejora de la organización interna municipal. Con este instrumento de colaboración, se pretende minimizar los conflictos existentes, y a través de estrategias y herramientas adecuadas, orientar a los trabajadores hacia una mayor productividad en un clima de armonía adecuado. Para el Ayuntamiento de Arrecife, la firma de este convenio, únicamente supondrá nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su estancia, poner a disposición los medios materiales y servicios que permitan garantizar el desarrollo de la actividad formativa planificada y observar y hacer observar las medidas de Seguridad e Higiene en el centro de trabajo asignado. No implicará, en ningún caso, asignación de cantidad alguna en concepto de ayudas al estudio ni relación de carácter laboral entre el estudiante y el Ayuntamiento de Arrecife. Arrecife, 11 de septiembre LA TÉCNICO DE RECURSOS HUMANOS Y RÉGIMEN INTERIOR. Mª Elena Martín Martín. Firmado. Visto el informe emitido por el Interventor, D. Carlos Sáenz Melero, de fecha 17 de septiembre de 2014, que se transcribe: INFORME Por solicitado Informe sobre el Convenio a suscribir entre la Universidad Complutense de Madrid y el Excmo. Ayuntamiento de Arrecife con el objeto de regular las condiciones en que estudiantes de la UCM realizarán un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Máster en adelante (TGM/TFM) en el Ayuntamiento de Arrecife, esta Intervención de Fondos tiene el honor de informar lo siguiente: Primero: Del texto del citado Acuerdo a suscribir no se deriva obligación económica para esta Corporación. La cláusula segunda dispone "......en ningún caso se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral. Así mismo, la cláusula quinta establece "El Ayuntamiento de Arrecife no podrá asignar cantidad alguna mensual en concepto de ayudas al estudio..." Segundo : De conformidad con el artículo 16.3 de la ley 14 /19 90, de 2 6 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias "Las entidades locales actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación". Tercero: La duración del citado Convenio será de cuatro años y surtirá efecto desde el día de su firma. Podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de las partes, todo ello según cláusula séptima. Por todo ello, esta Intervención de Fondos fiscaliza de conformidad el presente Expediente. Arrecife, a 17 de septiembre de EL INTERVENTOR DE FONDOS. Fdo. Carlos Sáenz Melero. Visto el informe jurídico emitido por el Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, de fecha 22 de septiembre de 2014, que se transcribe: INFORME JURÍDICO Vista la propuesta de Convenio de Colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Arrecife y la Universidad Complutense de Madrid, que promueve la Concejalía de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Arrecife, se emite el siguiente INFORME. l. ANTECEDENTES Primero. El Convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes de la Universidad Complutense de Madrid realizarán un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Máster en el Ayuntamiento de Arrecife. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 77 de 138

78 Segundo. De las cláusulas del Convenio resulta que, entre otras, las obligaciones de las partes son: - El Ayuntamiento de Arrecife se compromete a nombrar un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su estancia, poner a disposición los medios materiales y servicios que permitan garantizar el desarrollo de la actividad formativa planificada y observar y hacer observar las medidas de Seguridad e Higiene en el centro de trabajo asignado. Para el Ayuntamiento no implicará asignación de cantidad alguna en concepto de ayudas al estudio ni relación de carácter laboral entre los estudiantes y el Ayuntamiento de Arrecife. - La Universidad Complutense de Madrid, a través del centro correspondiente, queda comprometida a: los programas de prácticas contarán con un proyecto formativo en el que se hará constar las competencias que debe adquirir el estudiante, la dedicación en créditos, las actividades formativas, calendario y horario, así como el sistema de evaluación; el órgano responsable de la titulación nombrará un tutor que se responsabilizará de cada uno de los estudiantes; los tutores designados por la entidad colaboradora podrán recibir el nombramiento honorífico de "colaborador en docencia práctica externa", según las condiciones establecidas por el Consejo de Gobierno de la Universidad Complutense. II. LEGISLACION APLICABLE La legislación aplicable es la siguiente: - Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora del bases del Régimen Local - Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias. - Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. III. CONSIDERACIONES JURIDICAS Primera. El artículo 25.1 de la Ley 7/1985 establece que "el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este artículo. " El Ayuntamiento de Arrecife tiene, entre otros fines, la organización y el gobierno en el Municipio como entidad básica de la organización territorial del estado y cauce inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades El objeto del convenio, al que hacemos referencia en el antecedente de este informe, permite, como dice el propio Convenio, promover la cooperación y colaboración en el desarrollo de un programa de prácticas para universitarios que les permita aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que preparen para el ejercicio de actividades profesionales y faciliten la búsqueda de empleo. Segunda. El artículo 16.3 de la Ley 14/1990 establece que las entidades locales actuarán en los convenios a través de su presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros. Correspondería, por tanto, al Pleno del Ayuntamiento de Arrecife la aprobación de los convenios. Pero, hemos de advertir que los convenios a que se refiere el citado precepto, incluidos en la sección II del capítulo II del Título I de la Ley 14/1990, son los que Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 78 de 138

79 suscriben, como recoge el artículo 15, Ayuntamientos y Cabildos Insulares con el Gobierno de Canarias y Cabildos y Ayuntamientos entre sí. Es decir, corresponde al Pleno aprobar los convenios que suscriba con otras Administraciones Públicas canarias. Requisito éste, el de la competencia plenaria, que, por analogía, extendemos a los convenios que firme el Ayuntamiento con el resto de las Administraciones Públicas. De suerte que cuando los convenios se conciertan con entidades que no constituyen Administración Pública no rige, a nuestro juicio, el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, por lo cual resulta competente para la firma el Alcalde de la Corporación en virtud de la llamada cláusula residual del artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, que señala como atribuciones del Alcalde " las demás que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al Municipio y no atribuyan a otros órganos municipales". Tercera. A los efectos de determinar el órgano competente para la firma de este convenio, hemos de resolver previamente si la Universidad Complutense de Madrid forma parte de la Administración Pública. Se consideran Administraciones Públicas las que aparecen descritas en el artículo 2 de la Ley 30/1992, entre las que no están incluidas expresamente las universidades públicas. Así, son Administraciones Públicas: a) La Administración General del Estado. b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. c) Las entidades de la Administración Local (municipios, provincias, islas, comarcas, etc.). Las entidades de Derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las anteriores cuando ejerzan potestades administrativas, es la tradicionalmente llamada Administración Institucional. Aquí se incluyen los llamados "organismos públicos" de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, que se dividen, a su vez, en "organismos autónomos" y "entidades públicas empresariales", las entidades creadas por las Comunidades Autónomas, que en Canarias, en virtud del artículo 2 de la Ley 111/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, son los "organismos autónomos", las "entidades públicas empresariales", las "entidades públicas distintas de las anteriores" y los "consorcios", y en el ámbito local las "mancomunidades de municipios", los "organismos autónomos locales" y las "entidades públicas empresariales locales" (artículos 3.2.c, 3.2.d y 85.3.b de la Ley 7/1985, así como los "consorcios" (artículo 7 de la Ley 30/1992 y 110 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril). No es Administración Pública la conocida como Administración Corporativa, es decir, aquellas corporaciones de derecho público que se someten al Derecho Público cuando actúan con facultades delegadas de las Administraciones Públicas, como, por ejemplo, los colegios profesionales, cámaras oficiales, comunidades de regantes, cofradías de pescadores, etc.). Pudiera entenderse que las universidades públicas están tácitamente contenidas en el ámbito del mencionado artículo 2.2 de la Ley 30/1992 cuando, sin nombrarlas expresamente, dice que "las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas tendrán asimismo la consideración de Administración Pública". Cuarta. Las normas sectoriales universitarias no recogen expresamente que las universidades públicas sean Administración Pública, si bien la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (parcialmente modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de reforma de la Ley de Universidades) las conceptúa como entidades de derecho público con personalidad jurídica propia (artículos 2 y 3, en relación con los Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 79 de 138

80 artículos 4.1 y 1.2), creadas para satisfacer el interés general del servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio (artículo 1.1) Asimismo, el artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2001 dice que las Universidades se regirán por dicha Ley y por las normas que dicte el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, además de que se regirán por la ley de su creación y por sus Estatutos. Esta regulación sectorial es la que lleva a la doctrina a considerar que las Universidades públicas en el desempeño de las funciones públicas que tienen encomendadas son Administración Pública. Articulistas jurídicos, como Ana l. Caro Muñoz y Juan Manuel del Valle Pascual, se pronuncian en tal sentido. En 1983 el profesor Gaspar Ariño ya se refería a la inevitable "naturaleza institucional" de las Universidades públicas. Francisco Javier Jiménez de Cisneros en 1987 decía que las universidades eran organismo autónomos con personalidad jurídica y patrimonio propio sujetos a la tutela del ente publico territorial del que dependen (Estado o Comunidad Autónoma), pero representativos porque sus órganos de gobierno y dirección son elegidos democráticamente. A partir de los años ochenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo conceptúa a las Universidades públicas como organismos autónomos de la ya extinta Ley de Entidades Estatales Autónomas, de 26 de diciembre de A lo apuntado, añadiremos que el artículo 2 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, establece que el mismo se aplicará, además de al personal funcionario, al personal laboral que está al servicio de, entre otras Administraciones Públicas, las universidades públicas. Quinta. De cuanto hemos expuesto en las consideraciones jurídicas tercera y cuarta, cabe concluir que, aunque la legislación no ha afirmado expresamente que las Universidades Públicas sean Administración Pública (salvo lo manifestado indirectamente por el citado artículo 2 del Estatuto Básico del Empleado Público), la redacción del artículo 2.2 de la Ley 30/1992, al referirse a las entidades de derecho público con personalidad jurídica que tienen la consideración de Administración Pública, y la regulación sectorial universitaria, que conceptúa como Administración Pública a las Universidades Públicas cuando ejerce las funciones públicas encomendadas, nos inducen a pensar que las Universidades Públicas son Administración Pública. Por tanto, el órgano competente para suscribir este Convenio, según lo expuesto en la consideración jurídica segunda, es el Pleno del Ayuntamiento. Sexta. La cooperación económica, técnica y financiera entre la Administración Local y la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollarán con carácter voluntario bajo las formas y en los términos previstos en las leyes y tienen lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que suscriban. Séptima. De acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas se rigen en sus relaciones por el principio de cooperación y colaboración. Señala, por su parte, el artículo 10 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, que la Administración local y las demás Administraciones Públicas ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos, procediendo la coordinación de las competencias de las entidades locales entre sí y, especialmente, con las de las restantes Administraciones públicas, cuando las actividades o los servicios locales trasciendan el interés propio de las correspondientes entidades, incidan o condicionen relevantemente los de dichas Administraciones o sean concurrentes o complementarias de los de éstas. Octava. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 80 de 138

81 Administraciones Públicas de Canarias, las Administraciones canarias deberán atenerse en sus relaciones recíprocas a los principios contenidos en el artículo 55 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local. Este precepto establece ela prestación de la cooperación y asistencia activas entre las Administraciones para el eficaz cumplimiento de sus tareas. Asimismo, entre los principios que rigen las relaciones entre las Administraciones públicas, según el artículo 4 de la Ley 30/1992, está el de prestar en el ámbito propio la cooperación y asistencia activas que las otras Administraciones pudieran recabar para el eficaz ejercicio de sus competencias. Novena. El artículo 88.1 de la Ley 30/1992 prevé que las Administraciones Públicas podrán celebrar, además de contratos, acuerdos, pactos y convenios "con personas tanto de derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al Ordenamiento Jurídico ni versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que en cada caso prevea la disposición que lo regule, pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos administrativos o insertarse en los mismos con carácter previo, vinculante o no, a la resolución que les ponga fin". Conforme establece el artículo 88.2 de la misma Ley, los citados instrumentos (entre ellos, los convenios) "deberán establecer como contenido mínimo la identificación de las partes intervinientes, el ámbito personal, funcional y territorial, y el plazo de vigencia, debiendo publicarse o no según su naturaleza y las personas a las que estuvieran destinados. Estos Convenios no pueden suponer, según lo dispuesto en el artículo 88.4 de la Ley 30/1992, "alteración de las competencias atribuidas a los órganos administrativos ni de las responsabilidades que correspondan a las autoridades y funcionarios relativas al funcionamiento de los servicios públicos". Décima. El artículo 4.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, excluye de su ámbito de aplicación, entre otros negocios y relaciones jurídicas: - Los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los que celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración de contratos sujetos a esta Ley, y - Los convenios que, con arreglo a las normas específicas que los regulan, celebre la Administración con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, siempre que su objeto no esté comprendido en el de los contratos regulados en esta Ley o en normas administrativas especiales. En consecuencia, este Convenio de naturaleza interadministrativa que suscribe el Ayuntamiento de Arrecife con la Universidad Complutense de Madrid queda excluido del ámbito de aplicación de la legislación reguladora de la contratación pública. IV. CONCLUSION De lo expuesto en el presente Informe, las determinaciones de la legislación aplicable y su adecuación al caso que nos ocupa, podemos concluir que procede la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento del Convenio de Colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Arrecife y la Universidad Complutense de Madrid, que promueve la Concejalía de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Arrecife. Arrecife, 22 de septiembre de EL SECRETARIO ACUMULADO. Leopoldo Díaz Bethencourt. Firmado. Visto el Decreto de la Alcaldía, refª RRHH 220/2014, de fecha 1 de octubre de 2014, que se transcribe: Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 81 de 138

82 RRHH: 220/2014 Asunto: Aprobación del convenio entre la Universidad Complutense de Madrid y el Ayuntamiento de Arrecife (Prácticas Académicas y trabajo de fin de Grado/ Master) DECRETO DE LA ALCALDIA Visto el borrador del Convenio entre La Universidad Complutense de Madrid y el Ayuntamiento de Arrecife, con fecha de 1de junio de 2014 y con registro de entrada a efectos de archivo: 50080/ 2014, de fecha 01de octubre de Visto la memoria justificativa del Técnico de Recursos Humanos y Régimen Interior, doña Elena Martin Martín, de 11de septiembre de 2014, que se transcribe a continuación: "MEMORIA JUSTIFICATIVA Considerando el Convenio de 1 de junio de 2014 a suscribir entre la Universidad Complutense de Madrid y el Ayuntamiento de Arrecife con el objeto de regular las condiciones en que estudiantes de la UCM realicen un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Master en el Ayuntamiento de Arrecife, quien suscribe propone la firma de dicho convenio por las razones que expone a continuación. Con la firma de este Convenio, los estudiantes que lo deseen podrán realizar las prácticas, trasladando sus conocimientos al área municipal. En el caso que nos ocupa, y con el fin de llevar a cabo el proyecto formativo del Grado de Psicología, interesa especialmente en el departamento de Recursos Humanos y Régimen Interior, como aglutinador de todo el personal del Ayuntamiento, y por ello, área desde la que debe gestionarse la resolución de diferencias y conflictos entre empleados públicos, la motivación de los trabajadores y la mejora de la organización interna municipal. Con este instrumento de colaboración, se pretende minimizar los conflictos existentes, y a través de estrategias y herramientas adecuadas, orientar a los trabajadores hacia una mayor productividad en un clima de armonía adecuado. Para el Ayuntamiento de Arrecife, la firma de este convenio, únicamente supondrá nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su estancia, poner a disposición los medios materiales y servicios que permitan garantizar el desarrollo de la actividad formativa planificada. y observar y hacer observar las medidas de Seguridad e Higiene en el centro de trabajo asignado. No implicará, en ningún caso, asignación de cantidad alguna en concepto de ayudas al estudio ni relación de carácter laboral entre el estudiante y el Ayuntamiento de Arrecife. Arrecife, 11 de septiembre de Firmado: LA TÉCNICO DE RECURSOS HUMANOS Y RÉGIM EN INT ERIOR. Mª Elena Martín Martín" Visto el informe del sr. Interventor de fondos, don Carlos Sáenz Melero, de fecha 17 de septiembre de 2014, que se transcribe a continuación: "I N F O R M E Por solicitado Informe sobre el Convenio a suscribir entre la Universidad Complutense de Madrid y el Excmo. Ayuntamiento de Arrecife con el objeto de regular las condiciones en que estudiantes de la UCM realizarán un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado (Máster en adelante (TFG/TFM) en el Ayuntamiento de Arrecife, esta Intervención de Fondos tiene el honor de informar lo siguiente: Primero: Del texto del citado Acuerdo a suscribir no se deriva obligación económica para esta Corporación. La cláusula segunda dispone "...en ningún caso se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral. Así mismo, la cláusula quinta establece El Ayuntamiento de Arrecife no podrá asignar cantidad alguna mensual en concepto de ayudas al estudio..." Segundo: De conformidad con el artículo 16.3 de la ley 14(1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias "Las entidades locales actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 82 de 138

83 el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación". Tercero: La duración del citado Convenio será de cuatro años y surtirá efecto desde el día de su firma. Podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de las partes, todo ello según cláusula séptima. Por todo ello, esta Intervención de Fondos fiscaliza de conformidad el presente Expediente. Arrecife, a 17 de septiembre de Firmado: EL INTERVENTOR DE FONDOS.- Fdo: Carlos Sáenz Melero" Aprobación del convenio entre la Universidad Complutense de Madrid y el Ayuntamiento de Arrecife (Prácticas Académicas y trabajo de fin de Grado (Master) Visto el informe del Secretario Acumulado, don Leopoldo José Díaz Bethencourt, de fecha 22 septiembre de 2014, que se transcribe a continuación: "INFORME JURÍDICO Vista la propuesta de Convenio de Colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Arrecife y la Universidad Complutense de Madrid, que promueve la Concejalía de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Arrecife, se emite el siguiente INFORME. l. ANTECEDENTES Primero. El Convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes de la Universidad Complutense de Madrid realizarán un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Máster en el Ayuntamiento de Arrecife. Segundo. De las cláusulas del Convenio resulta que, entre otras, las obligaciones de las partes son: - El Ayuntamiento de Arrecife se compromete a nombrar un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su estancia, poner a disposición los medios materiales y servicios que permitan garantizar el desarrollo de la actividad formativa planificada y observar y hacer observar las medidas de Seguridad e Higiene en el centro de trabajo asignado. Para el Ayuntamiento no implicará asignación de cantidad alguna en concepto de ayudas al estudio ni relación de carácter laboral entre los estudiantes y el Ayuntamiento de Arrecife. - La Universidad Complutense de Madrid, a través del centro correspondiente, queda comprometida a: los programas de prácticas contarán con un proyecto formativo en el que se hará constar las competencias que debe adquirir el estudiante, la dedicación en créditos, las actividades formativas, calendario y horario, así como el sistema de evaluación; el órgano responsable de la titulación nombrará un tutor que se responsabilizará de cada uno de los estudiantes; los tutores designados por la entidad colaboradora podrán recibir el nombramiento honorífico de "colaborador en docencia práctica externan, según las condiciones establecidas por el Consejo de Gobierno de la Universidad Complutense. II. LEGISLACION APLICABLE La legislación aplicable es la siguiente: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. III. CONSIDERACIONES JURIDICAS Primera. El artículo 25.1 de la Ley 7/1985 establece que "el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 83 de 138

84 prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este artículo. El Ayuntamiento de Arrecife tiene, entre otros fines, la organización y el gobierno en el Municipio como entidad básica de la organización territorial del estado y cauce inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades El objeto del convenio, al que hacemos referencia en el antecedente de este informe, permite, como dice el propio Convenio, promover la cooperación y colaboración en el desarrollo de un programa de prácticas para universitarios que les permita aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que preparen para el ejercicio de actividades profesionales y faciliten la búsqueda de empleo. Segunda. El artículo 16.3 de la Ley 14/1990 establece que las entidades locales actuarán en los convenios a través de su presidente, previa autorización expresa del Pleno de la Corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros. Correspondería, por tanto, al Pleno del Ayuntamiento de Arrecife la aprobación de los convenios. Pero, hemos de advertir que los convenios a que se refiere el citado precepto, incluidos en la sección II del capítulo II del Título 1 de la Ley 14/1990, son los que suscriben, como recoge el articulo 15, Ayuntamientos y Cabildos Insulares con el Gobierno de Canarias y Cabildos y Ayuntamientos entre sí. Es decir, corresponde al Pleno aprobar los convenios que suscriba con otras Administraciones Públicas canarias. Requisito éste, el de la competencia plenaria, que, por analogía, extendemos a los convenios que firme el Ayuntamiento con el resto de las Administraciones Públicas. De suerte que cuando los convenios se conciertan con entidades que no constituyen Administración Pública no rige, a nuestro juicio, el articulo 16.3 de la Ley 14/1990, por lo cual resulta competente para la firma el Alcalde de la Corporación en virtud de la llamada cláusula residual del artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, que señala como atribuciones del Alcalde " las demás que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al Municipio y no atribuyan a otros órganos municipales". Tercera.. A los efectos de determina el órgano competente para la firma de este convenio; hemos de resolver previamente si la Universidad Complutense de Madrid forma parte de la Administración Pública. Se consideran Administraciones Públicas las que aparecen descritas en el artículo 2º de la Ley 30/1992, entre las que no están incluidas expresamente las universidades públicas. Así, son Administraciones Públicas: a) La Administración General del Estado. b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. c) Las entidades de la Administración Local (municipios, provincias, islas, comarcas, etc.). Las entidades de Derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las anteriores cuando ejerzan potestades administrativas, es la tradicionalmente llamada Administración Institucional. Aquí se incluyen los llamados "organismos públicos" de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, que se dividen, a su vez, en "organismos autónomos" y "entidades públicas empresariales", las entidades creadas por las Comunidades Autónomas, que en Canarias, en virtud del artículo 2 de la Ley 11/12006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, son los "organismos autónomos, las "entidades públicas empresariales", las "entidades públicas distintas de las anteriores" y los "consorcios", y en el ámbito local las "mancomunidades de municipios", los "organismos autónomos locales" y las "entidades públicas empresariales locales" (artículos Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 84 de 138

85 3.2.c, 3.2.d y 85.3.b de la Ley 7/1985, así como los "consorcios" (artículo 7 de la Ley 30/1992 y 110 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril). No es Administración Pública la conocida como Administración Corporativa, es decir, aquellas corporaciones de derecho público que se someten al Derecho Público cuando actúan con facultades delegadas de las Administraciones Públicas, como, por ejemplo, los colegios profesionales, cámaras oficiales, comunidades de regantes, cofradías de pescadores, etc.). Pudiera entenderse que las universidades públicas están tácitamente contenidas en el ámbito del mencionado artículo 2.2 de la Ley 30/1992 cuando, sin nombrarlas expresamente, dice que "las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas tendrán asimismo la consideración de Administración Pública". Cuarta. Las normas sectoriales universitarias no recogen expresamente que las universidades públicas sean Administración Pública, si bien la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (parcialmente modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de reforma de la Ley de Universidades) las conceptúa como entidades de derecho público con personalidad jurídica propia (artículos 2 y 3, en relación con los artículos 4.1 y 1.2), creadas para satisfacer el interés general del servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio (artículo 1.1) Asimismo, el artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2001dice que las Universidades se regirán por dicha Ley y por las normas que dicte el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, además de que se regirán por la ley de su creación y por sus Estatutos. Esta regulación sectorial es la que lleva a la doctrina a considerar que las Universidades públicas en el desempeño de las funciones públicas que tienen encomendadas son Administración Pública. Articulistas jurídicos, como Ana l. Caro Muñoz y Juan Manuel del Valle Pascual, se pronuncian en tal sentido. En 1983 el profesor Gaspar Ariño ya se refería a la inevitable "naturaleza institucional" de las Universidades públicas. Francisco Javier Jiménez de Cisneros en 1987 dado que las universidades eran organismo autónomos con personalidad jurídica y patrimonio propio sujetos a la tutela del ente publico territorial del que dependen (Estado o Comunidad Autónoma), pero representativos porque sus órganos de gobierno y dirección son elegidos democráticamente. A partir de los años ochenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo conceptúa a las Universidades públicas como organismos autónomos de la ya extinta Ley de Entidades Estatales Autónomas, de 26 de diciembre de A lo apuntado, añadiremos que el artículo 2 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, establece que el mismo se aplicará, además de al personal funcionario, al personal laboral que está al servicio de, entre otras Administraciones Públicas, las universidades públicas. Quinta. De cuanto hemos expuesto en las consideraciones jurídicas tercera y cuarta, cabe concluir que, aunque la legislación no ha afirmado expresamente que las Universidades Públicas sean Administración Pública (salvo lo manifestado indirectamente por el citado artículo 2 del Estatuto Básico del Empleado Público), la redacción del artículo 2.2 de la Ley 30/1992, al referirse a las entidades de derecho público con personalidad jurídica que tienen la consideración de Administración Pública, y la regulación sectorial universitaria, que conceptúa como Administración Pública a las Universidades Públicas cuando ejerce las funciones públicas encomendadas, nos inducen a pensar que las Universidades Públicas son Administración Pública. Por tanto, el órgano competente para suscribir este Convenio, según lo expuesto en la consideración jurídica segunda, es el Pleno del Ayuntamiento. Sexta. La cooperación económica, técnica y financiera entre la Administración Local y la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 85 de 138

86 como en asuntos de interés común, se desarrollarán con carácter voluntario bajo las formas y en los términos previstos en las leyes y tienen lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que suscriban. Séptima. De acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas se rigen en sus relaciones por el principio de cooperación y colaboración. Señala, por su parte, el artículo 10 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, que la Administración local y las demás Administraciones Públicas ajustarán sus relaciones reciprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos, procediendo la coordinación de las competencias de las entidades locales entre sí y, especialmente, con las de las restantes Administraciones públicas, cuando las actividades o los servicios locales trasciendan el interés propio de las correspondientes entidades, incidan o condicionen relevantemente los de dichas Administraciones o sean concurrentes o complementarias de los de éstas. Octava. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, las Administraciones canarias deberán atenerse en sus relaciones recíprocas a los Principios contenidos en el artículo 55 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local. Este precepto establece la prestación de la cooperación y asistencia activas entre las Administraciones para el eficaz cumplimiento de sus tareas. Asimismo, entre los principios que rigen las relaciones entre las Administraciones públicas, según el artículo 4 de la Ley 30/1992, está el de prestar en el ámbito propio la cooperación y asistencia activas que las otras Administraciones pudieran recabar para el eficaz ejercicio de sus competencias. Novena. El artículo 88.1 de la Ley 30/1992 prevé que las Administraciones Públicas podrán celebrar, además de contratos, acuerdos, pactos y convenios "con personas tanto de derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al Ordenamiento Jurídico ni versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que en cada caso prevea la disposición que lo regule, pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos administrativos o insertarse en los mismos con carácter previo, vinculante o no, a la resolución que les ponga fin". Conforme establece el artículo 88.2 de la misma Ley, los citados instrumentos (entre ellos, los convenios) "deberán establecer como contenido mínimo la identificación de las partes intervinientes, el ámbito personal, funcional y territorial, y el plazo de vigencia, debiendo publicarse o no según su naturaleza y las personas a las que estuvieran destinados. Estos Convenios no pueden suponer, según lo dispuesto en el artículo 88.4 de la Ley 30/1992, "alteración de las competencias atribuidas a los órganos administrativos ni de las responsabilidades que correspondan a las autoridades y funcionarios relativas al funcionamiento de los servicios públicos". Décima. El artículo 4.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, excluye de su ámbito de aplicación, entre otros negocios y relaciones jurídicas: - Los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los que celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración de contratos sujetos a esta Ley, y - Los convenios que, con arreglo a las normas específicas que los regulan, celebre la Administración con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, siempre que su objeto no esté comprendido en el de los contratos regulados en esta Ley o en normas administrativas especiales. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 86 de 138

87 En consecuencia, este Convenio de naturaleza interadministrativa que suscribe el Ayuntamiento de Arrecife con la Universidad Complutense de Madrid queda excluido del ámbito de aplicación de la legislación reguladora de la contratación pública. IV. CONCLUSION De lo expuesto en el presente Informe, las determinaciones de la legislación aplicable y su adecuación al caso que nos ocupa, podemos concluir que procede la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento del Convenio de Colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Arrecife y la Universidad Complutense de Madrid, que promueve la Concejalía de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Arrecife. Arrecife, 22 de septiembre de Firmado: EL SECRETARIO ACUM ULADO.- Leopoldo Díaz Bethencourt" Vista la urgente necesidad de tramitar este expediente y, en consecuencia con lo anteriormente expuesto y al amparo de las atribuciones que me confiere la vigente legislación, por el presente vengo en RESOLVER: PRIMERO.- APROBAR el Convenio entre La Universidad Complutense de Madrid y el Ayuntamiento de Arrecife, con el objeto de regular las condiciones en que estudiantes de la UCM realicen un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Master en el Ayuntamiento de Arrecife. SEGUNDO.- Nombra como tutor para cada estudiante con las funciones que se determinan tanto en el convenio como en la memoria justificativa al Técnico-Responsable del departamento de Recursos Humanos. TERCERO.- Ratificar por el Pleno de la Corporación este Decreto. Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, Don Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote, a uno de octubre de dos mil catorce; de lo que, como Secretario Acumulado, D. Leopoldo José Díaz Bethencourt, doy fe. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el concejal de AC-25m, D. Domingo García González, dice que cuál es el motivo de la urgencia. Interviene la concejal del grupo Coalición Canaria, Dª. Ángeles García Hernández, dice que a los alumnos se les exige por la Universidad que las prácticas se realicen en un determinado plazo y por ello la urgencia. Tras las intervenciones anteriores, en aplicación del voto ponderado, por trece votos a favor (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E. y 1 de la concejal No Adscrita Dª Emilia Perdomo Quintana) y once abstenciones (7 del grupo Popular, 2 de AC-25m, 1 del P.I.L. y 1 del P.N.L.), se propone al Pleno que ACUERDE Ratificar el Decreto de la Alcaldía, refª RRHH 220/2014 y cuya parte dispositiva dice: PRIMERO.- APROBAR el Convenio entre La Universidad Complutense de Madrid y el Ayuntamiento de Arrecife, con el objeto de regular las condiciones en que estudiantes de la UCM realicen un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Master en el Ayuntamiento de Arrecife. SEGUNDO.- Nombrar como tutor para cada estudiante con las funciones que se determinan tanto en el convenio como en la memoria justificativa al Técnico-Responsable del departamento de Recursos Humanos. Abierto el turno de intervenciones. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 87 de 138

88 Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Cristóbal Juncal Fernández, que dice, por parte del grupo Popular, estamos totalmente de acuerdo con esta iniciativa, nos parece una iniciativa lógica y coherente. Lo que sí nos gustaría dejar una pregunta en el aire, Qué estudiantes van a realizar aquí unas prácticas sobre todo a Fin de Carrera, visto como se encuentra a día de hoy esta Casa Consistorial?. Muchas gracias. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, no, es que con la intervención de Don Cristóbal, digo, desde luego el que venga aquí y saque un Master!, pero vamos! A pasos agigantados, eso es un Master a todo meter, sí señor!. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, completamente de acuerdo. Y, si a alguno se le ocurre coger las actas, y ve la utilización del verbo, con la sopa de palabras que se articulan, las acepciones y las citas, no voy a calificar lo que podría ocurrir. El Sr. Alcalde eleva al Pleno el dictamen de la Comisión. El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes: Veintiún votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) ACUERDA Ratificar el Decreto de la Alcaldía, refª RRHH 220/2014 y cuya parte dispositiva dice: PRIMERO.- APROBAR el Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid y el Ayuntamiento de Arrecife, con el objeto de regular las condiciones en que estudiantes de la UCM realicen un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Master en el Ayuntamiento de Arrecife. SEGUNDO.- Nombrar como tutor para cada estudiante con las funciones que se determinan tanto en el convenio como en la memoria justificativa al Técnico-Responsable del departamento de Recursos Humanos. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 88 de 138

89 El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. PUNTO UNDÉCIMO.- ACUERDO, QUE PROCEDA, SOBRE DECLARACIÓN INSTITUCIONAL RELATIVA AL SERVICIO DE GERIATRÍA DEL HOSPITAL INSULAR DE LANZAROTE. Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Medio Ambiente, Playas, Turismo, Comercio, Consumo, Sanidad y Vivienda, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: 1.- ACUERDO, QUE PROCEDA, SOBRE DECLARACIÓN INSTITUCIONAL SOBRE EL SERVICIO DE GERIATRÍA DEL HOSPITAL INSULAR DE LANZAROTE. Se da cuenta de la propuesta de Declaración Institucional, la cual se transcribe: 1. Desde hace más de 25 años el Hospital Insular viene ofreciendo a la población de Lanzarote un servicio esmerado, especialmente a los mayores a través del Servicio de Geriatría. 2. El Hospital Insular ha servido como hospital de apoyo al Hospital General del Servicio Canario de Salud, mediante el convenio suscrito 1985, compartiendo los mismos objetivos de mejorar la atención sanitaria a la población y muchos parámetros de gestión de los servicios sanitarios del Área de Salud. 3. El Servicio de Geriatría del Hospital Insular de Lanzarote ha venido trabajando como una estructura de apoyo a la atención especializada y primaria del Área de Salud de la isla. Particularmente contribuye a aliviar la espera quirúrgica aumentando la disponibilidad de camas, al facilitar ingresos directos en hospital de día de geriatría y en camas de media estancia y rehabilitación a los pacientes más complejos y de alta difícil, que son intervenidos de cadera y otras fracturas en Traumatología. Asimismo, encargándose de las altas difíciles de los servicios médicos. También asumiendo muchos reingresos del servicio de urgencias. Apoyamos a Atención Primaria, al valorar en consultas externas de geriatría y en domicilio a pacientes geriátricos pluripatológicos. Es habitual que desde el Hospital Insular se coordine con los servicios sociales insulares una salida a los pacientes con escaso apoyo y alta dependencia, que nos derivan del Hospital Molina Orosa. Apoyamos a enfermería de enlace, para asumir el manejo de casos complejos que detectan en la comunidad. Nos hacemos cargo de pacientes no geriátricos con traumatismos craneoencefálicos y otras lesiones neurológicas graves, que regresan de los hospitales de Gran Canaria y requieren una gran dedicación durante meses hasta su alta. 4. El Servicio de Geriatría del Hospital Insular es uno de los pocos de España y el único en Canarias que cuenta con docencia acreditada para la formación de médicos especialistas en Geriatría. Es decir, que tiene un programa de especialización en Geriatría para médicos. Este aspecto es particularmente importante en una sociedad que a diario tiene que afrontar los problemas del envejecimiento de las personas. 5. El Servicio de Geriatría atrae a jóvenes médicos de todas las islas que se están formando como médicos de familia, para mejorar su especialización, y a muchos alumnos de las universidades. 6. Todo este trabajo se hace con pocos recursos pero con un personal entregado y con ilusión por prestar el mejor servicio posible. Este esfuerzo que el Cabildo de Lanzarote ha construido con mucho empeño durante los últimos años, se hace no solo con geriatras, sino también con un amplio equipo interdisciplinar muy especializado (enfermeras especialistas en geriatría, fisioterapeutas, terapeuta ocupacional, logopeda, psicóloga, farmacéuticos, T.Social, Tasoc, etc.) e imprescindible para el correcto manejo de la complejidad de los pacientes geriátricos y no geriátricos. Se trata de una respuesta a la Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 89 de 138

90 cronicidad y al progresivo envejecimiento de la población, con la única intención de completar los servicios del Área de Salud, actuando con lealtad y coordinación, desarrollando programas de atención dentro del Servicio de Geriatría, que no dupliquen la atención existente, sino que la complementen y la mejoren. 7. El artículo 50 de la Ley General de Sanidad (norma básica) y la Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias, obligan a la integración o adscripción del Hospital Insular en el servicio sanitario de la Comunidad Autónoma. Sin Embargo, la administración autonómica viene dilatando el proceso desde 2005 con todo tipo de excusas, ignorando que estamos hablando de un hospital público y el Cabildo de Lanzarote no puede actuar como contratista del Gobierno de Canarias, sino como entidad titular de un centro integrado en el Servicio de Salud Autonómico, que debe ser formalmente adscrito al mismo por medio de los cauces legalmente establecidos, tanto en la Ley General de Sanidad, como en la Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias. 8. La Gerencia de Servicios Sanitarios está creando una estructura paralela, desarrollando programas de Geriatría que nunca ha tenido, ignorando el Servicio de Geriatría del Hospital Insular, contratando nuevos efectivos médicos que suman tareas que ya se vienen realizando y que aislados y sin la coordinación de los recursos del Hospital Insular, serán poco eficientes. Sin tener en cuenta que el Servicio de Geriatría del Hospital Insular, que podría adaptarse para cubrir más demanda, sin necesidad de duplicar los servicios y los recursos humanos. Creemos que en la isla existe una estructura suficiente para cubrir la atención al envejecimiento y ala cronicidad, si se avanza en la integración del Hospital Insular en el SCS, como legalmente corresponde, o se mejora la coordinación de los servicios, reservando los escasos recursos para otras necesidades. A la vista de cuanto antecede, pedimos a todas las entidades y personas que aprecian la labor del Hospital Insular, que apoyen lo siguiente: 1. Que se defienda el Hospital Insular y su labor hacia la población de la isla, especialmente a la de más edad. 2. Que no se implanten nuevos programas o servicios de asistencia geriátrica en el Área de Salud, sin coordinación con el Servicio de Geriatría del Hospital Insular para evitar duplicidades, ineficiencia de los recursos y atención paralela, desandando el camino andado hasta el momento. 3. Que se llegue a un acuerdo entre el Cabildo de Lanzarote y el Gobierno de Canarias tendente a la integración del Hospital Insular, con un convenio favorable para las dos partes. 4. Que en tanto se avanza en dicha labor se firme un Acuerdo de Intenciones entre la Comunidad Autónoma y el Cabildo de Lanzarote respecto al Hospital Insular. 5. Que una vez firmado este Acuerdo de Intenciones, una comisión técnica coordine la atención geriátrica en asistencia especializada y primaria, con objetos comunes y con el liderazgo en dichos trabajos, que hasta el momento ha tenido el Servicio de Geriatría del hospital Insular del Cabildo de Lanzarote. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el Alcalde Acctal., D. Rafael Juan González Robayna, que la explica. Interviene el concejal de AC-25m, D. Domingo García González, dice que no entiende que esto se traiga como una declaración institucional, cuando en el Cabildo y en el Gobierno de Canarias gobiernan los mismos partidos, Coalición Canaria y P.S.O.E. y lo pueden hacer perfectamente sin necesidad de nadie. Interviene el concejal del P.I.L., D. Juan Jesús González Docal, dice que si es verdad que en su día no se hizo por motivos que ahora no vamos a explicar, es lógico que ya se haga. Interviene el concejal del grupo Popular, D. Roberto Vicente Herbón, dice que es una inversión que el Cabildo podría hacer en otra cosa, ya que las competencias sanitarias son del Gobierno de Canarias. Hay un acuerdo del Pleno a través de una moción presentada en su día por el P.I.L. y votada por el Grupo de Gobierno, P.I.L., P.P., P.S.O.E., C.C. y se Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 90 de 138

91 abstiene AC-25m, de que se absorba el coste del Hospital Insular, esa inversión que se hace en personal que la haga el Gobierno de Canarias y así ese dinero lo empleamos en otra cosa. Interviene el concejal del grupo Coalición Canaria, D. Orlando Umpiérrez García, dice que es un tema político según la oposición, pero eso sería si viene como una moción, pero en este caso es una declaración institucional. Hace uso de la palabra el Alcalde Acctal. D. Rafael Juan González Robayna, dice que la historia todos la sabemos ya, y ahora viene porque los trabajadores del Hospital se reúnen conmigo y así me lo piden. Tras deliberar sobre el asunto, en aplicación del voto ponderado, por quince votos a favor (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 1 del P.I.L., 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana) y nueve abstenciones (7 del grupo Popular y 2 de AC-25m), se propone al Pleno que: ACUERDE 1. Defender el Hospital Insular y su labor hacia la población de la isla, especialmente a la de más edad. 2. Que no se implanten nuevos programas o servicios de asistencia geriátrica en el Área de Salud, sin coordinación con el Servicio de Geriatría del Hospital Insular para evitar duplicidades, ineficiencia de los recursos y atención paralela, desandando el camino andado hasta el momento. 3. Que se llegue a un acuerdo entre el Cabildo de Lanzarote y el Gobierno de Canarias tendente a la integración del Hospital Insular, con un convenio favorable para las dos partes. 4. Que en tanto se avanza en dicha labor, se firme un Acuerdo de Intenciones entre la Comunidad Autónoma y el Cabildo de Lanzarote respecto al Hospital Insular. 5. Que una vez firmado este Acuerdo de Intenciones, una comisión técnica coordine la atención geriátrica en asistencia especializada y primaria, con objetos comunes y con el liderazgo en dichos trabajos, que hasta el momento ha tenido el Servicio de Geriatría del Hospital Insular del Cabildo de Lanzarote. Abierto el turno de intervenciones. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, en este punto sí quería hacer yo un pequeño alegato. Y, es que realmente qué es lo que pretende el grupo de gobierno al hacernos esta propuesta?, porque en definitiva no hay una propuesta clara. O sea, Queremos que el Hospital Insular pase a formar parte del Servicio Canario de Salud en su totalidad o no queremos eso? Queremos que sea simplemente un Convenio en determinadas partes?. No lo tenemos claro. Entendemos nosotros, desde nuestro punto de vista, que el Hospital Insular debía efectivamente formar parte del Servicio Canario de Salud, manteniendo la estructura que tiene desde el Servicio de Geriatría. Eso, es lo que entendemos nosotros que debía ser. Aquí, hay una serie de propuestas, una serie de Convenios, que se mantengan Convenios, que se hagan posibles Convenios y más allá, que se firme un Acuerdo de Intenciones y tal. Pero, para qué? Cuál es la finalidad? Qué siga formando parte del Cabildo? Qué sea el Cabildo el que siga manteniendo la estructura que tiene ahora? o Realmente lo que queremos es que pase al Servicio Canario de Salud? Es que eso, es lo que no tenemos claro. Por lo tanto, pregunto, realmente el fin cuál es? De todos modos, hay por ejemplo en el punto dos, que dice: Que no se implanten nuevos programas o Servicios de Asistencia Geriátrica en el Área de Salud, sin coordinación con el Servicio de Geriatría. Yo creo, que nunca se puede decir que no nos presten Servicios, o sea, en todo caso sería, que se implanten y se coordine con el Hospital Insular. No cabe decir, no me implanten nada, no, no, no, que lo implanten y lo coordinen, que sean positivas, no que estén negando que te lo Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 91 de 138

92 implanten. O sea, estás diciendo que no se implanten nuevos programas, o sea, me niego a que aquí hayan nuevas cosas. No, no, que se implanten y se coordinen desde el Hospital Insular. No puedes decir que no lo implanten. O sea, estás ya de por sí rechazando posibilidades que te da el Servicio Canario. Está diciendo, que no se implanten nuevos Servicios sin la coordinación. No, que se implanten, queremos que se implanten, es que queremos que se implanten y coordinados. No, no, y coordinados. Vale. Por otro lado: Que se llegue a un Acuerdo entre el Cabildo y el Gobierno tendente a la integración del Hospital Insular con un Convenio. Entonces, no queremos que sea del Servicio Canario de Salud, entendemos aquí. Sin embargo, nosotros queremos que sí que sea una integración total en el Servicio Canario de Salud, sin que el Cabildo tenga que estar manteniendo este Servicio, cuando es una cosa que debía de mantenerlo quien lo tiene que mantener, y nosotros dedicarnos a inversiones en otro tipo no?. Yo creo que por aquí, la cuestión es que estos puntos no tienen una claridad definida. O sea, qué es lo que queremos?. Integración en el Servicio Canario?, sí, no. Queremos mantenerlo con Convenios y que siga el Cabildo manteniéndolo?. Pues, que se aclare exactamente, porque aquí con todo esto no entendemos la claridad. Nada más, espero que me lo aclare, y así ya para tomar una decisión en este tema. Gracias. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, sí. No, bueno, creo que estamos todos en lo mismo y es la solicitud final. Y, que es, que se ha cogido pues por el Servicio Canario de Salud el Hospital, y que esos casi 8 millones de euros que sigue costando al Cabildo, pues de una vez, creo que queremos eso, creo que lo ha dicho el Portavoz en el Parlamento del Partido Socialista, lo ha dicho el Presidente del Cabildo a principio de legislatura. Y, sí hacer ver, que es que son los mismos Partidos, a lo mejor son los mismos Partidos, pero no son las mismas personas, pero es que los que gobiernan en el Gobierno de Canarias y los que gobiernan en el Cabildo son los mismos Partidos, con lo cual no hay más que ver en un fracaso en la gestión en el Cabildo, o en una falta de entendimiento entre el Gobierno de Canarias y el Cabildo, el que ésto no esté hecho a día de hoy. El Cabildo lo ha manifestado claramente, nosotros así lo hacemos en esta Declaración Institucional, y todos los Partidos del Cabildo y de aquí de Arrecife, creo que estamos de acuerdo en que el Hospital, el futuro del Hospital Insular, tiene que ser el entrar dentro del Servicio Canario de Salud, por muchísimos motivos, porque no tiene sentido que un Cabildo siga pagando médicos, porque el Cabildo no tiene los medios apropiados para que ese Hospital siga avanzando. Lógicamente, se habla también de que no haya duplicidades en Geriatría, porque eso sería ya el acabose, claro no asumen el Hospital Insular y encima crean una nueva en Geriatría. Hacer ver ese fracaso. Mostrar nuestro apoyo y nuestra firme convicción, de que más pronto que tarde, tiene que ser asumido ya por el Servicio Canario. Y, que lógicamente, ante declaraciones como la del portavoz Socialista en el Parlamento o Declaraciones de todos estos actores, pues ver que su incapacidad lógicamente, oye, no nos lo digan a nosotros, díganselo a sus propios compañeros de Partido que son los que gobiernan en el Gobierno de Canarias, y los que se hacen los remolones, y que no asumen la integración total y absoluta de este Hospital dentro del Servicio Canario de Salud. Muchas gracias. Interviene la Sra. Concejal del grupo PP, D. Ángela Hernández Cabrera, que dice, buenos días, muchas gracias. Con el tema de la Declaración Institucional, desde el Partido Popular, esperamos que esto no se vaya a quedar en un cajón, porque no es la primera vez que se hace, es verdad que se hizo ya también en el 2011, y no se llegó a firmar. Pero, también es verdad, que el Servicio en el Hospital Insular creo que hay que valorarlo, porque se le está dando ese Servicio a la población, que no se le da el Hospital General. Pero, también es verdad, que si el Gobierno de Canarias, está creando programas que ya se Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 92 de 138

93 están ejecutando en el Hospital Insular, pues desde luego, ahí se está perdiendo un dinero y se está perdiendo una oportunidad de dedicar ese dinero para otras necesidades que tiene el Hospital General. Por lo tanto, desde el Partido Popular, estamos de acuerdo con esta Declaración, desde luego que se firme ese Acuerdo de Intenciones, y que no se quede en el cajón como nos tiene acostumbrado el Gobierno de Canarias, y sobre todo a olvidarse de Lanzarote. Gracias. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, gracias. Después de oír a los compañeros, argumentos y preguntas que han hecho, pues no tengo otro remedio que intervenir. Y decir, en primer lugar, que coincido plenamente con Doña Blanca, en el sentido de que esto son Intenciones, porque se contradicen así mismo. Da la impresión de que es, no me crees algo paralelo porque yo hago política con esto, porque es la realidad. El Geriátrico, sabemos todos lo que ocurre, sabemos que es un gran Servicio que se presta, que la inmensa mayoría de los que están allí, su sueldo lo que cobran lo ingresan en el Cabildo, que aquellos que tienen propiedades y no tienen sucesores se le aporta al Cabildo, como sabemos de algunos que lo han hecho, eso en primer lugar. Lo que no puede ser es, no me hagas competencia en este Area, pero el resto que me cuesta 8 millones, vamos a dárselo a la Comunidad Autónoma, o se lo damos con todas sus consecuencias, y suponen 8 millones para las arcas del Cabildo de Lanzarote, 8 millones que se pueden perfectamente invertir o destinar a Asuntos Sociales, a donde quiera, pero son 8 millones para la Corporación. Por eso digo, hay algunos Artículos que están demás, leyendo digo, pues tiene razón, tiene razón, hay algunos que están demás. Y, siempre ocurre que vamos a remolque de lo que digan allí, cuando allí se propuso, en varias mociones en el Cabildo de Lanzarote, según quien gobernara decíamos, vamos a trasladar esto a la Comunidad Autónoma, el que estaba de turno decía, no es el momento, el Servicio no es el adecuado, o viceversa, cuando el que estaba en la Oposición entraba al grupo de gobierno, el mismo discurso que tenía el que gobernaba en aquel momento. Esto, es un tema estrictamente político y no cabe duda de que económico. Pero, como dije en la Comisión, estamos de acuerdo en sacar esto, pero que no nos hagan eh?, que sea concreto, y no esto me interesa y aquello no, o todo o nada. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, yo insisto, me hubiera gustado que me respondieran lo que yo pregunté aquí no?. Ya vimos el tema, que más que Sanitario o la defensa del Hospital Insular, está más bien yo creo el tema ahora mismo, pues un poco, aunque sea reiterativo, un poco electoral no?, porque esto es un problema que venimos acarreando años, años y años. Y, según costa aquí, en la Comisión, el argumento que se puso, por lo que se trae aquí, dice Don Rafael Juan, es que la Historia la sabemos ya, y ahora viene porque los trabajadores del Hospital se reúnen conmigo y así me lo piden. O sea, ni siquiera ha nacido del propio grupo de gobierno, porque viendo la necesidad que hay en el Hospital Insular no?, pues en fin, tampoco dé pena a que ni siquiera lo tuvieran presente, y ahora pues parece que es una medida electoralista. Yo, insisto en lo mismo, me hubiera gustado más que la definición fuera concreta, exactamente. Evidentemente, el punto primero, defender el Hospital Insular y su labor hacia la población de la Isla, especialmente a la de más edad, pues es evidente que esto está correcto, no? Pero ahora, los siguientes puntos no están definidos. Y, a nosotros nos gustaría, insisto, en que fuera un punto muy concreto que dijera, que el Servicio Canario de Salud asuma el Hospital Insular, en las características que tiene hoy en día, que es el Servicio de Geriatría, que es uno de los mejores, por no decir el mejor en Canarias. Nada más. Muchas gracias. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 93 de 138

94 Interviene el Sr. Concejal del grupo CC, D. Orlando Umpiérrez García, que dice, buenos días a todos y a todas. Yo, sí voy a dar respuesta un poco a las dudas que planteaba Doña Blanca, donde hizo lectura del punto 2, pero se quedó a medias no?. No es en ánimo de entrar en una disputa, sino de aclarar las dudas no?, que consiste en negociar aquí una Declaración Institucional. Que no se implanten nuevos programas o servicios, y me quedo leyendo ahí, sí que me lleva a la confusión. No queremos que no se implanten, sino hay una doble negación, lo que queremos es que se implanten, pero evitando duplicidades, ineficiencia de los recursos y atenciones paralelas, es lo mismo, son dos negaciones una afirmación. O sea, estamos diciendo lo mismo. En cuanto, si el tema, vamos a ver, esta Declaración Institucional tenían ustedes hace 10 días, para que hicieran algún tipo de alegaciones, no se realizó ninguna, por lo que nos sorprende que ahora en el Pleno asalten, pero bueno, tiene cabida, intentamos resolverla con el ánimo de que si el grupo de gobierno recoge una demanda de unos trabajadores, de un colectivo, lo traiga al Pleno. No es electoralista, en el sentido en que nosotros podíamos haberlo presentado como una moción, y no lo hicimos así, sino quisimos hacer partícipes a toda la Corporación, mostrando el apoyo y con el fin y el objeto que usted planteaba inicialmente. Muchas gracias. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, gracias Sr. Alcalde. Sr. Secretario, para que salga adelante de aquí una Declaración Institucional, basta con mayoría o tiene que haber unanimidad?. Interviene el Sr. Secretario Acumulado, D. Leopoldo Díaz Bethencourt, que dice, lo normal, no está previsto ni en la Normativa de Régimen Local, ni en el Reglamento del Pleno que tenemos aprobado, del Pleno que tiene aprobado el Ayuntamiento. En el Parlamento de Canarias, creo que tampoco se han aprobado Declaraciones Institucionales, pero creo que tampoco en su Reglamento está previsto. Lo normal es que si es Institucional sea por unanimidad, pero si no es por unanimidad lo podemos llamar de otra manera, o llamarlo Declaración Institucional de los que votan a favor. Pero, no está previsto, o sea, no hay ninguna figura ni en nuestro Reglamento, ni en la Legislación, para un Ayuntamiento, que diga, Qué es una Declaración Institucional? Es más bien un concepto pues político o la práctica. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchísimas gracias Sr. Secretario. Muchísimas gracias al portavoz del grupo Popular, por haber hecho la pregunta, y seguro que nos ha aclarado a nosotros algunas cosas. El Sr. Alcalde eleva al Pleno el dictamen de la Comisión. El Pleno del Ayuntamiento, por Diecinueve votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 94 de 138

95 D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) Dos abstenciones: Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) ACUERDA 1. Defender el Hospital Insular y su labor hacia la población de la isla, especialmente a la de más edad. 2. Que no se implanten nuevos programas o servicios de asistencia geriátrica en el Área de Salud, sin coordinación con el Servicio de Geriatría del Hospital Insular para evitar duplicidades, ineficiencia de los recursos y atención paralela, desandando el camino andado hasta el momento. 3. Que se llegue a un acuerdo entre el Cabildo de Lanzarote y el Gobierno de Canarias tendente a la integración del Hospital Insular, con un convenio favorable para las dos partes. 4. Que en tanto se avanza en dicha labor, se firme un Acuerdo de Intenciones entre la Comunidad Autónoma y el Cabildo de Lanzarote respecto al Hospital Insular. 5. Que una vez firmado este Acuerdo de Intenciones, una comisión técnica coordine la atención geriátrica en asistencia especializada y primaria, con objetos comunes y con el liderazgo en dichos trabajos, que hasta el momento ha tenido el Servicio de Geriatría del Hospital Insular del Cabildo de Lanzarote. El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. PUNTO DUODÉCIMO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR PARA QUE SE EJECUTE EL PRIMER PLAN DE ACCIÓN ARRECIFE SIN BARRERAS (EXPTE ). Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Oficina Técnica, Infracciones, Actividades Clasificadas, Plan General, Vías y Obras, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: 2.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR PARA QUE SE EJECUTE EL PRIMER PLAN DE ACCIÓN ARRECIFE SIN BARRERAS (EXPTE ). Vista la moción presentada por el grupo Popular, de fecha 3 de septiembre de 2014, con registro de entrada nº , que se transcribe: Los concejales integrantes del Grupo Municipal Popular, al amparo de artículos 91 al 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 95 de 138

96 Entidades Locales, formulan, para su discusión y, en su caso aprobación en el próximo Pleno Ordinario a celebrar, la presente M O C I O N, en base a la siguiente: Exposición de motivos: Nuestra ciudad presenta numerosos obstáculos, barreras y dificultades para personas con movilidad reducida, no solo en sus aceras y parques sino en edificios municipales, educativos y socio sanitarios. Algo impensable en pleno siglo XXI es precisamente contar con un ayuntamiento que no cumple con esa función tan básica y elemental de la accesibilidad para personas con movilidad reducida, pero igual de grave es sin lugar a dudas la situación de los colegios en materia de accesibilidad, contando con salidas de emergencia que no cumplen, rampas demasiado inclinadas o simplemente aceras sin rebajes en la entrada de los centros educativos. Otra situación a tener en cuenta por los responsables públicos es las dimensiones de las aceras y preservar a estas de la instalación de postes, alumbrado y otros elementos que impidan el transito de personas con movilidad reducida, además de garantizar en los extremos de la propia acera así como en los pasos de peatones los rebajes necesarios para eliminar esas barreras arquitectónicas. En el plano de servicios es importante destacar la cantidad de quejas existentes ante la falta de civismo que vivimos en algunos puntos de aparcamientos reservados para personas con movilidad reducida, así como de su vigilancia por parte de la policía local. En este sentido también es necesario resaltar el insuficiente número de aparcamientos con estas características. En definitiva, tal y como nos cuentan desde diferentes asociaciones relacionadas con este sector nos indican "que solo aquel que tiene un problema de este tipo es aquel que se da cuenta de los esfuerzos que supone transitar por arrecife". Por todo ello del Partido Popular de Arrecife pide la concienciación colectiva y ayudemos a solventar estas deficiencias y contribuir a que las personas con movilidad reducida no tengan que hacer más esfuerzos de los que ya supone encontrarse en esa situación. En este sentido el partido popular presenta para su debate y aprobación la siguiente MOCION: QUE EL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE EJECUTE EL 1er PLAN DE ACCION "ARRECIFE SIN BARRERAS" QUE CONTEMPLE: 1 Análisis y estudio de las instalaciones municipales y edificios públicos dependientes de otros organismos, detectando posibles barreras arquitectónicas, y la solución a plantear. 2 Análisis y estudio de las aceras, plazas y parques, detectando posibles barreras arquitectónicas, y la solución a plantear. 3 Crear grupo de trabajo dentro de la policía local para garantizar el correcto uso de los aparcamientos reservados para personas con movilidad reducida. 4 Habilitar más aparcamientos para personas con movilidad reducida en todo Arrecife 5 Fase definitiva, ejecutar el plan de Acción de Arrecife sin barreras" solventando todo aquello que hace difícil o imposible el transito para personas con movilidad reducida. En Arrecife a 3 de septiembre de Joel Delgado Cáceres. Portavoz del Partido Popular. Firmado. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el concejal del grupo Popular, D. Roberto Vicente Herbón, que explica la moción presentada. Interviene el concejal de AC-25m, D. Domingo García González, que dice que en la moción se dicen cosas muy ciertas. Interviene el concejal del grupo Coalición Canaria, D. Orlando Umpiérrez García, dice que en la exposición de motivos se habla de una nueva especialización en la policía local, y creo que ellos no me parece que estén para eso sino para aplicar la ley. Dice que el grupo de gobierno se va a abstener. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 96 de 138

97 Interviene nuevamente el concejal D. Roberto Vicente Herbón, dice que a lo que se refiere es que dentro de la policía se vigile la zona de aparcamientos de discapacitados. Interviene el concejal del P.N.L., D. Pedro de Armas Sanginés, dice que lo que no está limitado es el tiempo que en que se está estacionado. Dice que se va a abstener. Tras las intervenciones anteriores, en aplicación del voto ponderado, por ocho votos a favor (7 del grupo Popular y 1 del P.I.L.) y dieciséis abstenciones (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 2 de AC-25m, 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana), se propone al Pleno que ACUERDE Ejecutar el 1 er Plan de Acción Arrecife sin Barreras que contemple: 1. Análisis y estudio de las instalaciones municipales y edificios públicos dependientes de otros organismos, detectando posibles barreras arquitectónicas, y la solución a plantear. 2. Análisis y estudio de las aceras, plazas y parques, detectando posibles barreras arquitectónicas, y la solución a plantear. 3. Crear grupo de trabajo dentro de la policía local para garantizar el correcto uso de los aparcamientos reservados para personas con movilidad reducida. 4. Habilitar más aparcamientos para personas con movilidad reducida en todo Arrecife. 5. Fase definitiva, ejecutar el plan de Acción de Arrecife sin barreras" solventando todo aquello que hace difícil o imposible el transito para personas con movilidad reducida. Abierto el turno de intervenciones. Interviene la Sra. Concejal del grupo PP, D. María del Carmen Sáez Vidal, que dice, sí. Buenos días a todos. Yo creo que la moción esta está bastante clara, son 5 puntos muy concretos lo que pide el Partido Popular. Esto, es un poco como consecuencia de las conversaciones y reuniones que hemos ido teniendo a lo largo de un par de meses largos, con los distintos colectivos de personas con discapacidad, sobre todo, siempre relacionados con discapacidad en lo móvil, no?. Yo, les hago una reflexión, que además creo que cualquiera de los 25 Concejales que estamos aquí, 24 en este momento, hoy por lo menos en este Pleno, somos conscientes en este instante si cualquier ciudadano o ciudadana que hubiera querido venir a este Pleno, por la mañana a las 8 de la mañana, en el mejor de los casos, hubiera tenido que utilizar la buena voluntad de 2 ó 3 hombres ó 4 buenos que les hubieran subido a esta Sala, salvando la burrada de escalones que hay para entrar. A nadie se le esconde, y lo hemos pensado todos yo creo alguna vez, y si en el punto Tercero, hemos aprobado por unanimidad, la Ley nos ha dado un Convenio que ha firmado el Cabildo para ayudar a ADISLAN, como todos los años económicamente, y para que se mantenga la Asociación de Discapacitados de Lanzarote, que hace una labor inmensa, encomiable e indiscutible, yo, siguiendo la buena voluntad que veo a lo largo de la mañana en este Pleno, donde prácticamente todo se está aprobando por unanimidad, yo les pediría simplemente al grupo de gobierno, simplemente eso, o sea, que lo aprueben, que nos ayuden o que ayuden a la población que al fin y al cabo somos todos, y que en algún momento vamos a tener que utilizar algún medio externo para llegar a algún sitio de la ciudad, que nos ayuden, o sea, que les ayudemos nosotros a aprobarlo, que pongan los medios técnicos, un poco lo que pedimos en la moción. Yo creo que no es una moción descabellada para nada. Yo creo que todos en algún momento hemos pensado que esta ciudad es una ciudad llena de trabas y barreras, para la gente que se mueve en silla de ruedas, incluso para gente que se mueve por medios normales, gente que no le pasa absolutamente nada como son las madres con los carritos, donde hay calles donde no hay aceras, donde hay calles donde no se puede transitar porque hay farolas en el medio de la acera, donde para llegar a esta Sala en este momento, repito, no se puede subir sin la Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 97 de 138

98 ayuda de 2 ó 3 hombres buenos que te puedan subir, acarrear o transportar. Entonces, y si de alguna manera tenemos que empezar por uno mismo, deberíamos empezar por esta Casa, o sea, por este Ayuntamiento. Las adaptaciones estas se lo puedo asegurar con cierta experiencia en Obras, que no son caras, o sea si se pone buena voluntad y si se hace de parte de la Institución. Nosotros le íbamos a llamar un Plan Arrecife sin Barreras. Pero, yo creo que el Partido Popular está dispuesto a que el grupo de gobierno lo llame como quiera, que se planteen hacerlo y se planteen sobre todo ejecutarlo, porque quedaría muy bien aprobarlo hoy y por unanimidad, que sería lo justo, lo correcto y a lo mejor lo que está esperando varios cientos de familias en Arrecife, pero además hay que ejecutarlo y hay que poner medios. Estamos a poco de los Presupuestos del año que viene, que ya me imagino que los tendrán a punto de acabar y de perfilar, y piensen en este Plan que además desde el Partido Popular se lo ofrecemos sin coste alguno, que nos tienen a su disposición, para que colaboremos en aquello que podamos, incluso moviendo a todos los colectivos, y ustedes saben cuál es mi vinculación personal pues con ADISLAN y este tipo de colectivos, no solo la mía, ustedes mismos, muchos de ustedes tienen vinculación con grupos, pues de personas con movilidad reducida. Y, yo les pido de aquí, que lo aprobemos el Pleno entero por unanimidad, y después además de eso, lo pongamos en marcha y lo ejecutemos. Gracias. Interviene el Sr. Concejal del PNL D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, gracias Sr. Montelongo. Bueno, decir, que independientemente que le pueda gustar más o menos al Partido Popular, en la Comisión cuando dice un alegato con respecto a la moción, lo que digo claramente, es que si estamos hablando de 5 puntos que se llevan, que se corresponden uno con otro, al final, con lo que sería Arrecife sin Barreras. O sea, yo creo que la moción, para mí yo lo hubiese propuesto como un Plan de Acción de Arrecife sin Barreras, que incluya todo esto que tiene la moción en sí, y algo más que habrá que poner los Técnicos. Pero, si no tendríamos que estar votando uno por uno los puntos, a ver si estamos de acuerdo o no. Estoy de acuerdo con la moción, estoy de acuerdo de que Arrecife sin Barreras, estoy de acuerdo con los argumentos que ha esgrimido ahora mismo la Concejal, pero hay algunas cosas que yo creo que deberían de estar dentro de un Plan concreto, que sea Arrecife sin Barreras. Nada más. Muchas gracias. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, sí, totalmente de acuerdo. Yo, lo único que bueno, igual quitaría de aquí para darle un tono más genérico, sería lo de quitar el grupo de trabajo de la Policía. Yo creo que eso ya forma parte de su trabajo, porque es que nada más que es para garantizar el correcto uso. Yo creo, que eso ya lo hace de por sí, o debía de hacerlo de por sí la Policía Local no?, de controlar eso. Evidentemente, ante esto pues no queda otra, y además con todo el cariño, votar a favor. Pero, creo que incluso se podría hacer más, no?, si hay más aportaciones y demás. Y, lo que decía Doña Carmen en este caso, no solo es votar por unanimidad una cosa como esta, sino encima pues ponerlo en práctica no?. Yo espero, que el grupo de gobierno tenga previsto algún estudio de este tipo, y si no pues yo creo que ya es hora de empezar a hacerlo, y ponerlo sobre todo en práctica. Nada más. Muchas gracias. Durante la intervención de Dª. Blanca Mª. Blancas Suárez se ausenta de la sesión el Sr. Alcalde-Presidente y le sustituye momentáneamente el Primer Teniente, José Francisco Montelongo Espìnosa Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, sí hombre, en la misma línea. Totalmente de acuerdo, y me parece muy pertinente esta moción, porque Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 98 de 138

99 el hecho de luchar contra la barrera arquitectónica, no es un trabajo de un día, ni de un año. Hace casi 8 años, que en todos los Planes, en todas las Obras, se ponía la coletilla de barreras arquitectónicas, porque es un déficit que tienen todas las ciudades y que tiene Arrecife. Yo, afortunadamente, no lo he vivido en silla de ruedas, pero sí lo he vivido durante años con el carrito. Y, Arrecife sobre todo, en su zona Centro es diabólica, hay bordillos en Arrecife, hay bordillos de más de 25 centímetros, hay salidas, hay aceras, que luego terminan en un bordillo sin aceras, hay una serie de barreras que cualquiera que lo pueda vivir, y en ese sentido tenemos que seguir, no es una función de hoy, de mañana, sino de que cada Obra, por ejemplo como hizo el Plan de Barrios, lleve incorporada el hecho de eliminación de barreras arquitectónicas, como así pasa y como así obliga la Comunidad Europea, que todas las Obras que se hagan, pero que tenemos que seguir en ello. Sí es verdad, que el punto Tres y punto Cuatro, cuando menos son un poco, crear un grupo, parece que vamos a poner un Policía solo para el aparcamiento, entonces ya vamos a ver, es que aquí tenemos uno solo para 4 aparcamientos, otro solo para uno verde, entonces vamos a tener un déficit. En ese sentido, el espíritu de la moción es muy bueno, vamos a votar a favor. Y, el punto Cuatro también, vamos a no generalizar. Es decir, a todos nos pasa que pasamos por el aparcamiento para minusválidos y lo vemos vacío, un día, otro día, una mañana, una tarde, que se creen los que hagan falta y a petición de los minusválidos y de los residentes de la zona. No se crean vamos a rellenar, y luego resulta que afortunadamente en la ciudad pues hay un poco de movilidad reducida, es decir, se crearán las peticiones que se hagan, en los Barrios que se hagan, y los que haya, y luego los que haya por Ley. Por ejemplo, aquí tenemos que tener, en Hacienda, y en los demás sitios, pero si vamos a llenar los Barrios o las zonas de aparcamientos que luego no se usan, pues eso no parece muy lógico, no? Muchas gracias. Interviene el Sr. Teniente de Alcalde, D. José Francisco Montelongo Espinosa, que dice, gracias. Una aclaración antes de que intervenga el portavoz del grupo de gobierno, decirle que lo acaba de decir usted, que el Plan de Barrios ya incluía la mejora de la accesibilidad no?, a todas las personas con algún tipo de discapacidad. Y también, todas las intervenciones que estamos haciendo este año, ya sean nuestras o del Cabildo, van encaminadas también a ir eliminando las barreras arquitectónicas. Además, en este Presupuesto el 2014, teníamos una partida específica para ir eliminando los pasos, perdón, no eliminando los pasos de peatones, pero sí mejorando los pasos de peatones para adaptarlos a la nueva normativa. Interviene el Sr. Concejal del grupo Coalición Canaria, D. Orlando Umpiérrez García que dice, muchas gracias. Buenos días de nuevo. Vamos a ver, me gustó mucho la exposición Doña Carmen. El otro día, se hizo una exposición algo más incisiva en el grupo de gobierno actual, cuando sabemos que por aquí han pasado muchos grupos de gobierno, y que esto es un problema de muchos grupos de gobierno, un problema que tiene toda la población. El tema de los discapacitados, como alguna moción siguiente, es un tema sensible, y me voy a ceñir un poco a los 5 puntos, donde todos hemos discrepado un poco. En la Comisión, ya hablaba el Portavoz del PNL, donde se decía que aparcamientos pues consideraban que existían los necesarios, puesto que pasaban por la Avenida y hoy me pasé por la Avenida justo antes de venir al Pleno, para ver la disponibilidad de los mismos y estaban vacíos. Lo mismo acaba de comentar el Portavoz del PIL. Alternativa comentaba en la Comisión, el tema de crear un grupo policial pues no lo veían, nosotros ya lo comentábamos en la Oposición también, le decíamos que íbamos a estudiarlo. Es evidente, que el tenor o el espíritu de la moción, pues es el que todos compartimos, pero sí quizás y atendiendo a los diferentes puntos, el punto 5, Fase Definitiva, ejecutar el Plan de Acción sin Barreras solventando todo aquello que hace difícil o imposible el tránsito para personas con Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 99 de 138

100 movilidad. Ya el Teniente de Alcalde recordó que lo estamos haciendo, lo llamamos de otra manera, pero se está haciendo. Y, lo que nunca ha hecho este grupo de gobierno, es ir a la improvisación, puesto que sí que se pueden realizar los estudios, de esos estudios salen unos Proyectos, y de esos Proyectos salen unos Presupuestos. Decir que se va a ejecutar, sin saber lo que va a costar, o modificamos ese punto o en la medida de la disponibilidad Presupuestaria lo podemos modificar ese punto y lo dejamos en la moción, o eliminamos el punto 3, 4 y 5, lo podemos eliminar y dejamos el punto 1 y 2, que evidentemente es lo que todos queremos empezar a hacer. O sea, es una propuesta que lanzo, dejo sobre la mesa, a ver si los proponentes la aceptan o no. Interviene la Sra. Concejal del grupo PP, D. Carmen Sáez Vidal, que dice, bien, a mí me parecen razonables los comentarios de todos los compañeros, de casi todos los compañeros Concejales de los distintos grupos. Pero, yo creo que hay que entenderlo en el conjunto. Mire, yo he tenido particularmente años anteriores siendo Concejal y no siendo Concejal, reuniones con representantes de la Policía Local, donde hay muy buena voluntad por parte de algunos miembros o de casi todos, pero a la hora de la realidad, si no hay una directriz, si no hay una orden, y si no hay una, ustedes tienen que ejecutar una serie de indicaciones, como coche que no tenga un distintivo especial y que estén en zona de minusválidos o de personas con movilidad reducida se le multa, se le llama a la grúa, donde todos hemos visto coches de Policías Locales en aparcamientos destinados a personas con movilidad, donde todos hemos visto sobre todo en aparcamientos muy sensibles como son los del Hospital, no el Hospital General, el Hospitalito de Valterra, o sea, el Centro Sanitario de Valterra, donde hemos visto dos, y lo he visto pero en muchísimas ocasiones, donde hemos visto varios coches de personas con movilidad reducida dentro, esperando a que un coche o 2 se quitara de los aparcamientos reservados para ellos. Yo creo, que a nadie se le esconde, y que a las 7 y media de la mañana pase un Concejal de este Ayuntamiento por la zona de aparcamientos reservados para discapacitados, y no haya ningún coche con el distintivo allí, me parece natural, hoy sábado a las 7 y pico de la mañana, yo creo que es que no hay ni la mitad de los aparcamientos de Arrecife ocupados, simplemente porque los coches están en los garajes, así de sencillo. Porque le recuerdo, que habilitar un coche normal para una persona con discapacidad está en euros, y yo que tengo un coche de estos y soy discapacitado, voy a poner el ejemplo, no lo guardo en la calle, ni en un aparcamiento de este tipo, sino lo tengo en un garaje. Yo creo, que esta moción deberíamos aprobarla así, tal y como está. Aunque pudiéramos todos pensar, pues que hay un par de puntos que se podrían perfilar, y además el Partido Popular está dispuesto a perfilarlos un poco, pues que no se haga el grupo de trabajo de la Policía Local, bueno no, pero que se coordine simplemente. Interviene el Sr. Teniente de Alcalde, D. José Francisco Montelongo Espinosa, que dice, gracias. Entiendo yo, entiendo que no aceptan la modificación de la moción, tal cual se le ha hecho por parte del grupo de gobierno. Mire Doña Carmen, una aclaración, simplemente empezando por el último punto, ya lo aclaraba el portavoz del grupo de gobierno Don Orlando, es decir, ejecutar el Plan de Acción, claro que se tendrá que ejecutar una vez que se hagan los análisis, claro que se ejecutará una vez que sepamos cuanto dinero tenemos que invertir. Eso, que no le quepa la menor duda. Habilitar más aparcamientos para personas con movilidad, desde luego lo haremos en cuanto a los análisis y los estudios así nos lo digan. Y por último, crear un grupo de trabajo dentro de la Policía Local, que lo proponga el Partido Popular, cuando está criticando una y otra vez el grupo de intervención que tiene la Policía Local, pues crear más grupos dentro de la Policía Local, la verdad es que no tiene mucho sentido. De verdad y se lo digo, desde el grupo de gobierno si usted pues no acepta la modificación, al final nosotros presentaremos una Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 100 de 138

101 moción en este sentido in voce, diciendo que pues los dos primeros puntos de esta moción, que yo creo que está en el ánimo de ustedes, igual que en el ánimo del grupo de gobierno, llevar a cabo estos Planes de Acciones. Pero bueno, en cualquier caso les digo, que los 3 puntos de la moción finales no tienen pues mucho encaje en la misma. Interviene la Sra. Concejal del grupo PP, D. Carmen Sáez Vidal, que dice, sí, solamente a nivel técnico, ya que preveo y veo por donde van, que no van a levantar su mano a favor de este punto. En general y en definitiva, o sea, no hay voluntad digamos de entender las demandas de las Asociaciones de Discapacitados, porque además se han reunido todas con nosotros. Y además, les puedo asegurar que no son 3 personas, son bastantes personas, bastantes, que conllevan una población de varios miles de personas en Arrecife, que están directa o indirectamente relacionadas con esto. Bueno, ya que no lo van a tener en cuenta, les recuerdo, les voy a hacer una apreciación técnica, para que lo manden a la Oficina Técnica, que estoy segura que los Técnicos sí que van a ponerlo en marcha, y es en los pasos de peatones, a la hora de ejecutar ese Plan de Modernización, el final del Plan Zapatero, etc, etc, mándeles a los Técnicos la recomendación de que ese centímetro y medio de resalte que hay entre la calzada y la acera que lo rebajen, porque un centímetro y medio para una silla de ruedas significa puedo pasar o puedo no pasar. Interviene el Sr. Teniente de Alcalde, D. José Francisco Montelongo Espinosa, que dice, gracias Doña Carmen. Pasamos si no hay más intervenciones a votación. Abstenciones. Interviene el Sr. Teniente de Alcalde, D. José Francisco Montelongo Espinosa, que dice, muchas gracias Doña Blanca. Eleva al Pleno la moción presentada. El Pleno del Ayuntamiento, por Once votos en contra: Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) Ocho votos a favor: D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del Partido Nacionalista de Lanzarote-NC) Una abstención: Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) Rechazar la moción presentada. ACUERDA Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 101 de 138

102 El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. Interviene la concejal de AC-25m, Dª. Mª. Blanca Blancas Suárez, que explica el sentido de su abstención dice, simplemente como es un tema tan sensible, parece que cuando uno vota una cosa así, pues es simplemente que como no estoy de acuerdo con el punto este lo de la Policía, porque entiendo que es una cosa que ya se sobreentiende, pues me abstengo, porque por otra parte sí estoy de acuerdo en otros puntos. Entonces, para no. En fin, cuestiones de sensibilidades. PUNTO DECIMO TERCERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR INSTANDO AL GOBIERNO DE CANARIAS PARA QUE ADOPTE LAS MEDIDAS OPORTUNAS PARA MEJORAR LA SITUACIÓN DE LA SANIDAD EN LANZAROTE (EXPTE ). En este momento se reincorpora el Sr. Alcalde-Presidente, D. Manuel Fajardo Feo. Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Medio Ambiente, Playas, Turismo, Comercio, Consumo, Sanidad y Vivienda, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: 2.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR INSTANDO AL GOBIERNO DE CANARIAS PARA QUE ADOPTE LAS MEDIDAS OPORTUNAS PARA MEJORAR LA SITUACIÓN DE LA SANIDAD EN LANZAROTE (EXPTE ). Vista la moción presentada por el Partido Popular el día 18 de septiembre de 2014, con registro de entrada nº , que se transcribe: Los concejales integrantes del Grupo Municipal Popular, conforme a lo previsto en los artículos 91 al 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, formulan, para su discusión y, en su caso aprobación en el próximo Pleno Ordinario a celebrar, la presente M O C I O N, en base a la siguiente, Exposición de motivos: El absoluto abandono y desidia de la sanidad en Lanzarote es de tal magnitud que la oficina de Defensa de los derechos de los usuarios sanitarios recibió en el año 2013, 4197 reclamaciones, y en el primer trimestre de este año 2014, el total de reclamaciones ascendió a la cantidad de 852 reclamaciones. Listas de espera.- La lista de espera quirúrgica de larga duración en Lanzarote se multiplicado por 8 en los dos años y medio de Legislatura, lo que supone un escandaloso incremento del 714%, frente al crecimiento regional, que ha sido del 224%. En junio de 2011 esperaban más de seis meses por un quirófano un total de 133 pacientes lanzaroteños; al cierre de diciembre de 2013 esa lista había crecido hasta los pacientes. Listas de Espera Quirúrgicas - 6 meses + 6 meses TOTAL Dr. José Molina Orosa jun dic jun dic jun dic Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 102 de 138

103 Variación en dos años y medio -30% 714% 37% La mayor lista de espera quirúrgica se produce en Traumatología y Cirugía Ortopédica, en la que a 31 de diciembre del pasado año esperaban pacientes, de los cuales la mayor parte (710) llevan más de seis meses en esta situación. La Cirugía General y Digestiva es la segunda especialidad que más pacientes acumula en lista de espera por un quirófano, con 624 enfermos. En el siguiente cuadro se puede ver el detalle, según los datos publicados por el Servicio Canario de Salud en su web1, cuya veracidad cuestiona hasta el Diputado del Común en su informe del pasado año: Hospital Doctor José Molina Orosa SERVICIO QUIRÚRGICO Personas en L.E.Q. Inferior a 6 meses Superior a 6 meses TOTAL CIRUGÍA GENERAL Y DIGESTIVA DERMATOLOGÍA GINECOLOGÍA OFTALMOLOGÍA OTORRINOLARINGOLOGÍA TRAUMATOLOGÍA Y CIRUGÍA ORTOPÉDICA UROLOGÍA TOTAL Tiempos de espera.- El Hospital de Lanzarote tiene la tercera lista de espera quirúrgica más lenta de toda Canarias. La media de espera para una intervención quirúrgica en los diez hospitales del Archipiélago está en 155 días, mientras en el Dr. José Molina Orosa la espera es de 192 días, más de seis meses. (Los datos son los oficiales facilitados en respuesta escrita parlamentaria a la portavoz de Sanidad Dic-13 DEMORA MEDIA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DIAS MESES H.Insular de Gran Canaria 285 9,3 H.Dr.Negrin 218 7,1 H.Dr.José Molina Orosa 192 6,3 H.General de La Palma 190 6,2 H. Nª. Sª.de La Candelaria 173 5,7 H. Universitario de Canarias 170 5,6 H. General de Fuerteventura 146 4,8 H. Materno Infantil H. Nª. Sª. de Guadalupe 58 1,9 H.Nª. Sª. de los Reyes 55 1,8 MEDIA 155 5,1 En cuanto al acceso a la primera consulta con un médico especialista, el Hospital de Lanzarote es el cuarto con la lista de espera más lenta de Canarias. Un paciente de Lanzarote espera de 71 días de media para ser atendido, mientras la media del Archipiélago está en 63 días. Dic-13 DEMORA MEDIA PRIMERA CONSULTA ESPECIALISTA DÍAS MESES H. Universitario de Canarias 87 2,9 H. General de La Palma 82 2,7 H. Dr. Negrín Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 103 de 138

104 H. Dr. José Mollna Orosa 71 2,3 H. Nª. Sª. de los Reyes 62 2,0 H. Nª. Sª. de La Candelaria 58 1,9 H. Materno Infantil 57 1,9 H. Insular de G.C.(jun-2013) 52 1,7 H. General de Fuerteventura 47 1,5 H. Nª. Sª. de Guadalupe 34 1,1 MEDIA 63 2,1 Consultas EI año pasado fueron atendidas en la Isla de Lanzarote consultas de medicina de familia, más de la mitad de ellas en los dos Centros de Salud de Arrecife( y ), y el resto en Tías (79.013), San Bartolomé (63.842), Teguise (53.430), Playa Blanca/Yaiza (51.042), Mala (20.370) y La Graciosa (4.070). Según respuestas parlamentarias ofrecidas por la Consejería de Sanidad respecto a las previsiones de actuación hay que señalar que: - Para Costa Teguise no existe ningún proyecto, con lo que seguirán las actuales deficiencias del centro actual. - Respecto a Argana Alta y Argana Baja, el mapa vigente no recoge ningún centro de atención primaria. - Maneje no tiene previsto ningún centro de salud. - Centro de Salud de Tinajo: existe suelo y proyecto terminado pero no existe financiación. Servicio de Nefrología y enfermos renales.- La situación de los enfermos renales de Lanzarote es alarmante. A pesar de ser la tercera isla con más pacientes de todo el archipiélago, es la única que no tiene una Unidad de Diálisis Hospitalaria. El 28 de julio de 2011, el pleno del Cabildo aprobó por unanimidad de todos sus miembros la propuesta cursada por la Asociación de Enfermos Renales de Lanzarote, AERLAN, para la creación de dicha unidad en el Hospital Dr. José Molina Orosa. El 9 de septiembre de 2011, el Grupo Popular presentó una PNL en el Parlamento instando al Gobierno de Canarias para que, con carácter urgente, adoptara las medidas necesarias para que el Servicio de Nefrología de Lanzarote prestase servicio 24 horas y que se creara la Unidad de Diálisis para equiparar en igualdad de derechos a los ciudadanos de Lanzarote con los del resto de Canarias. No fue hasta el 14 de marzo de 2012 cuando el Parlamento lleva a Comisión de Sanidad y aprueba, también por unanimidad, esta Proposición no de Ley. Más de dos años después, el Hospital Molina Orosa sigue sin disponer de Unidad de Diálisis Hospitalaria y los enfermos, tanto de hemodiálisis como de tratamiento peritoneal, continúan estando en las mismas condiciones. Reconociendo que si no fuera por el esfuerzo y la profesionalidad de los trabajadores del centro la situación de deterioro sanitario sería mucho mayor y teniendo en cuenta que en Sanidad las cifras expuestas no son un simple número sino un paciente, una persona con una enfermedad otra, el Partido Popular eleva a la consideración del Pleno del Ayuntamiento la adopción de las siguientes propuestas de acuerdo: 1. Instar al Gobierno de Canarias a la adopción de las medidas oportunas para frenar el deterioro y mejorar la situación de la Sanidad en la isla de Lanzarote. 2. Instar al Gobierno de Canarias reiterando la petición realizada en el año 2011 e instándole a que agilice los trámites y proceda a la creación urgente de la Unidad de Diálisis Hospitalaria del Dr. José Molina Orosa. Arrecife, a 18 de septiembre de FDO. JOEL DELGADO CÁCERES. PORTAVOZ DE GRUPO POPULAR. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el concejal del grupo Popular, D. Roberto Vicente Herbón, que explica la moción. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 104 de 138

105 Interviene el concejal de AC-25m, D. Domingo García González, dice que cuando uno está enfermo no piensa en el dinero que viene de Madrid, en este asunto vamos a pedir que el Gobierno de Canarias se gaste más en sanidad. Interviene el concejal del grupo Coalición Canaria, D. Orlando Umpiérrez García, dice que todo lo que sea en beneficio de los ciudadanos, lo vamos a votar a favor, pero los datos son importantes y el Gobierno Español está ahogando a los Canarios. De nuevo interviene el concejal D. Domingo García González, dice que lo poco que tengamos viene del Gobierno de Canarias y es importante que el reparto se haga de otra manera, porque no se hace bien, las prioridades no son las mismas para un vecino de Lanzarote que para uno de Tenerife. Interviene el concejal del P.I.L., D. Juan Jesús González Docal, dice que el Gobierno de Canarias tiene las competencias y debe ser el que haga algo. Interviene el concejal del grupo Popular, D. Roberto Vicente Herbón, dice que a la Consejera de Sanidad del Gobierno de Canarias le preocupan poco los vecinos de Arrecife y de Lanzarote. Dice que la Directora del Hospital José Molina Orosa, ahorró dinero que se debería haber utilizado en el mismo y como así no lo hizo, fue destituida. Tras deliberar sobre el asunto, en aplicación del voto ponderado, por nueve votos a favor (7 del grupo Popular, 1 del P.I.L. y 1 del P.N.L.) y quince abstenciones (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 2 de AC-25m y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana), se propone al Pleno que: ACUERDE Instar al Gobierno de Canarias a la adopción de las medidas oportunas para frenar el deterioro y mejorar la situación de la Sanidad en la isla de Lanzarote. Instar al Gobierno de Canarias reiterando la petición realizada en el año 2011 e instándole a que agilice los trámites y proceda a la creación urgente de la Unidad de Diálisis Hospitalaria del Dr. José Molina Orosa. Abierto el turno de intervenciones. Interviene la Sra. Concejal del grupo PP, D. Ángela Hernández Cabrera, que dice, gracias. Lo que pretendemos con esta moción, es que el Gobierno de Canarias tome las medidas oportunas, para solucionar el tema que está pasando la Sanidad en Lanzarote. Según el estudio de la Federación de Asociaciones para la Defensa Asistencial, sitúa a Canarias en el último puesto de la calidad Asistencial. Necesitamos la Ordenación Sanitaria en Lanzarote, la espera quirúrgica de larga duración en Lanzarote se ha multiplicado por 8, en menos de 3 años. Los pacientes tienen una espera de 192 días para ser operados, mientras que la media en Canarias está en 155 días. Según los datos anunciados por la Consejera de Sanidad, los Hospitales Canarios, han multiplicado por 3 su lista de espera de larga duración. Desde el inicio de la presente legislatura, mientras que en el Hospital José Molina Orosa se ha multiplicado por 8, acumulando además la tercera lista de espera más lenta del Archipiélago. Por todo ello, desde el Partido Popular, esperamos que el Gobierno de Canarias, pues tome medidas para solucionar el problema. De momento, gracias. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, por temas estrictamente personales estoy totalmente de acuerdo con la moción, lo sufro no personalmente pero familiares, y sé la situación cuál es. Y, yo creo que deberíamos votar esta moción, todos por unanimidad. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, efectivamente, es una cuestión yo creo que lógica. Y, que aquí, yo creo que no a lugar, la defensa aquí que si Madrid, que si Canarias, que si el Gobierno, uno al otro se pasan la pelota. O sea, la cuestión es que Arrecife tiene que solicitar al Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 105 de 138

106 Gobierno de Canarias que es el que tiene las competencias, lo que nos corresponde, punto. Y, el Gobierno de Canarias que batalle con Madrid, pero nosotros a quien tenemos que pedirle es a quien tiene las competencias, y no hay más que hablar. O sea, lo justo, ni siquiera pedimos más, lo justo. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchas gracias Doña Blanca. Podemos a estar de acuerdo en eso. Ahora, lo que no hay nada que hablar, entiendo que debe ser cada grupo político quien lo determine, porque cuando se producen, hay que pedirle a quien tiene la competencia, pero también a quien hace dejación de su responsabilidad. Completamente de acuerdo, pero bueno, creo que un paso más allá tampoco es malo, por lo menos desde el punto de vista de Manolo Fajardo, en esto a nivel personal. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, sí, totalmente de acuerdo con los compañeros. De todos es conocido el mal estado por el que atraviesa a día de hoy, sobre todo las listas de espera y la Sanidad, que no los profesionales, que siguen siendo, pues yo ya lo he vivido porque he tenido que estar ingresado, un trato estupendo, y hacen todo lo que pueden. En el mismo, no entren en diatribas de que Madrid manda poco, pero el Gobierno de Canarias tiene las competencias. Y, el Gobierno de Canarias, la Señora Gerente devolvió 1 millón de euros, cuando todos decíamos que faltaba, falta vasos, falta agua y el que estaba allí lo sabe, falta la banderilla, no se lava como se lavaba antes y faltan un montón de cosas, y devolvió 1 millón de euros, cosa que hizo una diatriba en el Partido gobernante, que unos apoyaban y otros no, pero bueno, no es cuestión de entrar en eso. Tenemos que pedir, desde luego instamos al Gobierno de Canarias que mejore la Sanidad, porque la Sanidad va en un deterioro tremendo. Y luego, el Gobierno de Canarias pedirá a Madrid, que pida lo que quiera, pero que no ahorremos nosotros aquí queriendo mucho a los majoreros, para que tengan 1 milloncito más para terminar por fin su Hospital, que ellos sí que están un poco peor que nosotros. Interviene el Sr. Concejal del grupo CC, D. Orlando Umpiérrez García, que dice, buenos días. Bueno, vamos a ver, volvemos a tocar un tema sensible, como el de antes no? Entonces, estamos con la sensibilidad, y creo que lo vamos a tratar con sensibilidad. Se han traído aquí unos datos, en la moción hay unos datos, los datos son de Diciembre de 2013, pero es que hay unos datos nuevos que salen cada 6 meses, entonces yo también los voy a rebatir justo con los mismos datos, el mismo sitio, pero de Junio del 2014, que están más actualizados. Bueno, yo creo que una vez que haga la exposición del tema, ya veremos si sí o no, no hay nada más que hablar Doña Blanca, yo creo que hablar mucho, es al Gobierno de Canarias, y además después de la exposición, vamos a ver si logro convencerla para que también pongamos más cosas. Según el índice de competitividad regional, la Unión Europea destaca que Canarias de 262 regiones está en el puesto 36. Canarias saca una nota de 8,5 y Lanzarote de 8,69 que estamos por encima de la media en índice de satisfacción de alta Hospitalaria. La lista de espera de más de 6 meses, se reduce de que son los datos que ustedes traen a 608, o sea, se reduce a la mitad la lista de espera de más de 6 meses. La media de lista de espera del Archipiélago está en 155 días según ustedes, y que el Hospital de Lanzarote está en 192 según ustedes. Ahora resulta, que los nuevos datos están en 139, el Hospital de Lanzarote está por debajo de la media en lista de espera de Canarias. Sí que hay, no todo es lo bueno, voy a decirles que hay cosas que seguir mejorando por supuesto, como todo. Ahora mismo, un paciente en Lanzarote espera 65 días, no 71 días para ser atendido por un Especialista, o sea, que sigue la mejora. Hay que decir también, que no existe lista de espera en atención primaria, ustedes dan unos Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 106 de 138

107 datos, y hay que puntualizarlo, que lista de espera en atención primaria no existe. Y luego, en la parte de las infraestructuras, se ha mejorado las nuevas instalaciones provisionales, el Ayuntamiento de Teguise ha cedido suelo para un nuevo Centro de Salud, ya está el suelo. Y, resulta que ustedes hacen también en el punto 2, instar al Gobierno de Canarias reiterando la petición que realiza, agilice los trámites y proceda a la creación de la Unidad de Diálisis. Yo creo que esto, es quizás lo más importante y lo más significativo. Resulta que la Unidad de Diálisis, la Sanidad en Canarias pues ya está adjudicada, ahora solo falta externalizarla y aprovechar los espacios que van a quedar en el Hospital, para realizar ahí la Unidad de Diálisis interna. Yo, aquí lo dejo. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, me refería en particular al segundo punto de la moción, no era en general, sino en particular, porque conozco. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, todos estamos de acuerdo en que ya se ha iniciado y se ha adjudicado, que se implante cuanto antes. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, yo sé que hay más que hablar, yo lo sé, y nadie le ha dicho que no hay más que hablar, en el sentido de yo referirme a los demás. Estaba hablando yo por mí, que en este momento no tenía nada más que hablar, simplemente. Quién soy yo para decir que los demás no tienen nada más que hablar? Pues, sí hay que hablar, hay que hablar y mucho. Pero, lo que es lógico, es que cuando estamos aquí y estamos hablando que se tardan 65 días, número de usted, en espera a un Especialista, lo ideal sería que no pasáramos de 10. Entonces, yo creo que esta cifra, más menos en esas cantidades, hay que luchar para que se bajen, porque se bajen 3 días, pues significa más bien poco, y todos lo sabemos, sobre todo cuando estamos pasando en esos momentos, cuando estamos tenemos familiares, o nosotros mismos estamos en esa situación de espera de un Especialista, pués se nos hace eterno, se nos hace tan eterno que muchas veces pues por desgracia ya no es necesario. Entonces, yo creo que no podemos vanagloriarnos o estar contentos y decir, no, hemos rebajado 3 días, no, estaríamos contentos si desde el momento en que se pide el Especialista estemos como 5 días, 10 días, lo más. Eso, sí que sería para estar contento. Entonces, entendemos que efectivamente no está bien la Sanidad, no está bien la Sanidad en Lanzarote, en el sentido de la tardanza, no del servicio, porque de profesionales no vamos a hablar, porque creo que eso está claro para todos, del buen servicio. Pero, sí es verdad, que hay muchas carencias, es verdad que se tarda mucho para que te den hora. Eso, está ahí, y eso es lo que tenemos que reivindicar, y eso es lo que tenemos que solicitar. A quién?. A quién tiene las competencias. Quién las tiene?. El Gobierno de Canarias. Y a partir de ahí, hay más que hablar, que el Gobierno de Canarias vaya a Madrid y reclame lo que tenga que reclamar, pero es que nosotros en este momento a quien tenemos que reclamar no es a Madrid, es al que tiene las competencias, y en este caso da la casualidad que es el mismo grupo de gobierno que está en el Ayuntamiento. Gracias. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, tiene las competencias y cuya gestión ha dejado mucho que desear, porque el deterioro en estos últimos 4 años ha sido evidente, ya está. Se ha subido de número de días la lista de espera. Cada vez las pruebas se hacen menos. Las resonancias, vaya usted a hacerse una resonancia, bueno a usted a lo mejor lo tratan mejor, pero si no, váyase usted a hacerse una resonancia, eso es ciencia ficción. Limitan hasta las radiografías, por favor, hombre. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 107 de 138

108 Oncología, acudí a una Oncóloga que se ha ido, por el mal trato de los cuales se tiene a los profesionales que esa es otra, y ahora estamos con un Oncólogo solo, y para dar las citas de Oncología, están dando los sábados por la mañana, haciendo horas los que hay. Por favor, usted no me diga a mí, que por bajar 5 días, 65 días para que lo vea un Especialista y el Especialista lo derive luego a la prueba, para que luego lo vuelva a ver, es decir, meses y meses y meses. Y, ya de la operación, la lista de espera de operación, para que a usted le hagan una Artroscopia, una operación de Trauma, ya son años, de gente que se cura, de gente que fallece desgraciadamente. Es indefendible la gestión actual. Y, querer vendernos una mejora, porque los datos hayan cambiado, oye, porque habrán muerto otros, porque cambiarán, es que hay muchas variables Señor, hay muchas variables en el tema de la solicitud y de los días, porque puede haber 100 Traumas 1 año y 500 otro, y ninguno otro, porque no le da a la gente por ir a hacer Deporte. Entonces, no nos venda usted una mejora. Y, simplemente, se trata de hacer ver que la cosa está muy mal en Sanidad y que queremos que se mejore. Y, que las competencias queda claro que las tiene quien las tiene, y tiene que trabajar en ello, pero sí es que no tiene más historia. Y, querer luchar con que el papá Estado no nos da o nos corta, es verdad, se le podrá decir. Pero, en este caso, nos estamos refiriendo a quien gobierna los Hospitales de la Isla, y tiene las competencias en Sanidad, que es la Comunidad Autónoma de Canarias. Gracias. Interviene el Sr. Concejal del grupo CC, D. Orlando Umpiérrez García, que dice, yo no vendo, yo no vengo a vender, y la verdad es que me ha indignado la intervención del Concejal del PIL. Yo no vengo a vender, yo vengo a rebatir una moción que se presenta por parte de un grupo político, no vengo a venderle a usted nada. Ellos han presentado unos datos, y yo les he dado otros datos. Vale? No les vendo, les rebato, es que, es que. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, y qué quiere decir con esos datos? Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, perdón Sr. Docal, perdón, perdón Sr. Docal, Sr. Docal no está usted en el uso de la palabra, y yo le estoy diciendo que no está en el uso de la palabra. Sr. Docal, Sr. Docal después tiene 1 minuto por alusiones. Bueno, claro Sr. Docal, yo trato de ser muy justo con todos, después lo tiene, porque ahora sí ha habido una alusión personal, entonces claro, pues entonces espérese que no es malo. Siga usted Sr. Umpiérrez. Interviene el Sr. Concejal del grupo CC, D. Orlando Umpiérrez García, que dice, mire la sanidad canaria ha escogido el modelo público, no privatiza, lo mantiene, mantiene el modelo público. Eso, es lo que garantiza que todos los ciudadanos puedan recibir una atención igualitaria, que usted haga mención o que haga una insinuación de que a mí a lo mejor me atienden antes, me indigna, y lo hace aquí, en el Pleno, y lo hace aquí en el Pleno. Esas cosas, pues como que no, no caben. Pero, me ciño a la moción, Mercedes Roldós, Agosto de 2014, la actual Diputada en el Parlamento de Canarias es Consejera de Sanidad, declaró ayer que le parecía poco que el déficit de financiación del Estado con Canarias en materia Sanitaria, ascienda ya a millones de euros, si se está calculando desde el En concreto, Roldós declaró, el déficit de financiación per cápita que yo exigí cuando era Consejera era de millones de euros, a fecha del Presupuesto 2015, Baleares aumenta inversión el 86%, Canarias aumenta inversión el 4%, esa es la diferencia de los que están comprometidos con su tierra y los que defienden otros intereses, ajenos a su tierra. Canarias recibe 160 millones de euros menos que la media de inversión por habitante. La inversión por habitante es de 173 euros frente a los 249 de la media. En 2014 eran 60 euros menos que la media. En 2015, se abre esa brecha, son 77 euros menos Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 108 de 138

109 que la media de inversión diaria por habitante. Yo creo que sí que hay que hablar de muchísimas más cosas, y evidentemente, hay que exigirle al Gobierno de Canarias, pero también hay que exigirle a quien tiene que dejarnos el dinero. O sea, que lo que propongo es una modificación, que como no me va a dar tiempo exponerla, pero lo que propongo es una modificación de esta moción, donde se incluya también el Gobierno del Estado. Interviene la Sra. Concejal del grupo PP, D. Ángela Hernández Cabrera, que dice, bueno, de lo que se está tratando aquí es que la lista de espera se reduzca, que el Gobierno de Canarias tome nota de lo que nosotros le estamos pidiendo. Y además, le quiero recordar que en el 2013 hubo reclamaciones, en el primer trimestre 852 y en el primer semestre son pacientes los que han reclamado. Si con eso, me quiere decir que esto ha ido mejorando, pues igual a lo mejor están en la misma línea que está el Presidente del Cabildo con sus Consejeros y el Director del Área, que dice que la Sanidad está bien en Lanzarote. Con el tema de los Presupuestos, del Servicio Canario de Salud, en Lanzarote ha crecido un 2,7 millones entre 2011 y 2014, lo que supone un incremento del 2,4%. Las transferencias del Estado suben en 72 millones en el 2014, lo mismo que 3 millones más del Fondo de Cohesión Sanitaria. El Gobierno de Canarias y la Consejera de Sanidad, les preocupa muy poco la situación Sanitaria en Lanzarote. Con esto quiero decir, que ha venido dinero, y que el dinero no se está gestionando como se tiene que gestionar. Y, es por lo que la calidad Sanitaria en Lanzarote, va cada vez para atrás. Nada más. Gracias. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, no, simplemente era preguntarle a Doña Blanca. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, no cuando usted diga, la guagua pasa cuando pasa, y no cuando usted imponga el horario, pero es verdad que si no se coge no pasa. Sr. Docal tiene un minuto. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, a mí me ha indignado un poco también el tema de que alguien intente defender el estado actual de la Sanidad, con unos datos de mejoría de un año para otro. Vale, lo cual yo aplaudo. Pero, y no lo digo por usted, vamos a ver, lo digo que cualquier persona que a día de hoy intente por un Trauma hacerse una resonancia tiene serios problemas, serios problemas, porque la resonancia tiene un coste y te evitan. Y, no se indigne usted conmigo, no, no, a mí me parece raro que alguien intente defender, y creo que usted con la exposición de esos datos ha intentado defender una mejoría, que ojalá, ojalá haya una mejoría, y ojalá estemos hablando de lo que pasa en otras Comunidades, como es el País Vasco, y reduzcamos la lista de espera a esos criterios. Con respecto a que a ustedes los tratan peor, pues es evidente, es evidente. Vamos a tener que gobernar al final. Si hubiera gobernado el PP, ya estarían. Interviene la Sra. Concejal del grupo PP, D. Ángela Hernández Cabrera, que dice, bueno, lo que quería decir también es, que lo tenía apuntado y se me pasó, Qué cómo es que piden más dinero para la Sanidad, donde teníamos una Directora Doña Blanca Fraguela, que dejó de utilizar 1 millón de euros?. Y, yo creo que eso sí que es grave. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchísimas gracias. Bien. Ahora, vamos a pasar a votar. Y, adelanto que Coalición Canaria y el grupo de gobierno va a apoyarla, pero no puede dejar de hacer alguna reflexión. Y ahora sí, mire usted, contraponer cifras no es malo, no es malo, porque se han dicho, y entonces con todo el deber que uno tiene o la posibilidad de no tener equivocarse y el deber de corregir, yo Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 109 de 138

110 estoy seguro que la proponente del Partido Popular, la ha dado con la mejor intención del mundo, porque además me lo creo, porque la tengo por una mujer muy seria, pero es verdad que a veces se acuden a fuentes que no son las acertadas. Y, nosotros teníamos una serie de datos que el Sr. Umpiérrez no justifica, aquí no se ha justificado nada, sino que simplemente se dan una serie de cifras, que no concuerda. Ahora, es verdad que los Servicios Públicos, todo lo que se meta en Sanidad, en Asuntos Sociales y en Educación, yo por lo menos me lo creo y se lo cree Coalición Canaria, es poco. Bien, partiendo de esa base, también hay que decir una cosa, que el grupo proponente y Doña Mercedes Roldós conocía muy bién los datos, porque además los defendió, y yo en aquella época era Parlamentario en el Gobierno de Canarias, y me sentaba relativamente cerca de ella, y no dejó de reivindicar con el Gobierno de Canarias de la legislatura anterior, los más de millones que debía el Gobierno Central. Bien, y no podemos obviarlo y cuando hay que pedir perras para Canarias y para Lanzarote tenemos que estar todos a la una, completamente de acuerdo. Bien. Qué es verdad que existen déficit?, en los Servicios Públicos siempre existen, que hemos pasado por donde han pasado. Pero, también hay que decir, que en esta Comunidad no se ha cerrado ningún Hospital, y tenemos Comunidades muchos más ricas, muchísimos más ricas, y voy a poner dos ejemplos claros, la Comunidad Autónoma de Valencia y la de Madrid, donde se han cerrado Hospitales, y se han privatizado Servicios. Nada más que quería decir eso, venga. El Sr. Alcalde eleva al Pleno el dictamen de la Comisión. El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes: Veintiún votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) ACUERDA Instar al Gobierno de Canarias a la adopción de las medidas oportunas para frenar el deterioro y mejorar la situación de la Sanidad en la isla de Lanzarote. Instar al Gobierno de Canarias reiterando la petición realizada en el año 2011 e instándole a que agilice los trámites y proceda a la creación urgente de la Unidad de Diálisis Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 110 de 138

111 Hospitalaria del Dr. José Molina Orosa. El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. PUNTO DECIMO CUARTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR PARA QUE SE ADOPTEN LAS MODIFICACIONES LEGALES OPORTUNAS QUE GARANTICEN EL RESPETO A LA VOLUNTAD MAYORITARIA DE LOS CIUDADANOS Y LA ESTABILIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE TAL MANERA QUE EL CABEZA DE LA LISTA MÁS VOTADA EN LAS ELECCIONES LOCALES SEA ELEGIDO ALCALDE (EXPTE ). Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Régimen Interior, Personal y Nuevas Tecnologías, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: 3.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO POPULARSE PARA QUE SE ADOPTEN LAS MODIFICACIONES LEGALES OPORTUNAS QUE GARANTICEN EL RESPETO A LA VOLUNTAD MAYORITARIA DE LOS CIUDADANOS Y LA ESTABILIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE TAL MANERA QUE EL CABEZA DE LA LISTA MÁS VOTADA EN LAS ELECCIONES LOCALES SEA ELEGIDO ALCALDE (EXPTE ) Vista la moción presentada por el Partido Popular el día 18 de septiembre de 2014, con registro de entrada nº , que se transcribe: Los concejales integrantes del Grupo Municipal Popular, conforme a lo previsto en los artículos 91.4 y 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, desea elevar al Pleno Municipal la siguiente: M O C I O N El artículo 140 de la Constitución establece: "La Constitución garantiza la autonomía de los municipios. Estos disfrutarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración les corresponde a sus respectivos ayuntamientos, integrados por los alcaldes y los concejales. Los concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley. Los alcaldes serán elegidos por los concejales o por los vecinos. La ley regulará las condiciones en las que proceda el régimen de concejo abierto". Es decir, la Constitución contempla la posibilidad de que los alcaldes sean elegidos directamente por los vecinos. Es más, en 1978 el gobierno de Adolfo Suárez presentó un proyecto de ley de Elecciones Locales que preveía la designación automática como alcalde del cabeza de lista de la candidatura más votada. Por lo tanto, no sólo establecía un sistema de elección directa, sino que la lista que contara con un mayor respaldo ciudadano debía asumir la responsabilidad del gobierno municipal. Aunque esta previsión normativa no resultó aprobada, lo cierto es que en varios países de nuestro entorno, como Francia y Portugal se contempla la designación como alcalde de la persona que encabece la lista más votada. Asimismo, durante el actual período constitucional hubo varias propuestas o planteamientos programáticos de reforma del marco electoral municipal. Así, en 1998 el grupo parlamentario socialista planteó una proposición de ley orgánica que tenía por objeto modificar la elección de los alcaldes. En la Exposición de Motivos de la citada norma se decía: "En definitiva. las razones que justifican la elección directa del Alcalde por todos los electores son de naturaleza política, es decir, son razones fundadas en la búsqueda de una mejor gobernabilidad, de una Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 111 de 138

112 mayor identificación del Alcalde con los electores y, en fin, de un reforzamiento del Ayuntamiento como institución destinada a proporcionar servicios a los ciudadanos. " Esta iniciativa del Grupo Parlamentario socialista proponía cambios sustanciales que afectaban a la elección directa del alcalde como el establecimiento de una prima electoral para el grupo político del alcalde ganador o una segunda vuelta. Sin embargo, cuando el Congreso de los Diputados fue disuelto esta iniciativa legislativa caducó. Más adelante, en el programa electoral con que el PSOE concurrió a las Elecciones Generales de 2004, este partido volvió a plantear la elección directa De hecho, esta fue la propuesta estrella al inicio de la redacción del Libro Blanco para la reforma del régimen local que, como tantas otras del gobierno Zapatero, fue incumplida. Por otra parte, en el programa electoral con que el PP concurrió a las elecciones Generales de 2011, y en las que contó con un notable apoyo ciudadano, ya se dice que: "Promoveremos la reforma del sistema electoral municipal para respetar la voluntad mayoritaria de los vecinos garantizando, al mismo tiempo, la estabilidad de los ayuntamientos. " Una reforma electoral que permita a los ciudadanos elegir directamente al alcalde, personificando más su elección, al permitir que la máxima responsabilidad municipal recaiga sobre el cabeza de lista de la candidatura más votada. Por lo tanto, desde este grupo municipal consideramos que debe reforzarse la legitimidad popular y representativa de los alcaldes, facilitando la gobernabilidad, garantizando la estabilidad durante el Mandato electoral y posibilitando el cumplimiento del programa electoral propuesto a los ciudadanos. Por todo ello, elevamos al Pleno la adopción del siguiente acuerdo: - Manifestar la voluntad de esta Corporación Municipal de que se adopten las modificaciones legales oportunas que garanticen el respeto a la voluntad mayoritaria de los ciudadanos y la estabilidad del Ayuntamiento de tal manera que el cabeza de la lista más votada en las Elecciones Locales sea elegido alcalde. Arrecife, a 18 de septiembre de FDO. JOEL DELGADO CÁCERES. PORTAVOZ DE GRUPO POPULAR. Abierto el turno de intervenciones. Hace uso de la palabra el portavoz del grupo Popular, D. Joel Delgado Cáceres, que explica la moción. Interviene el concejal de AC-25m, D. Domingo García González, dice que no entiende bien la propuesta que formula el Partido Popular. Dice que, si ustedes mandan en Madrid, por qué no cambian lo que quieran. Interviene el concejal del P.I.L., D. Juan Jesús González Docal, dice que no hay una propuesta de cómo lo van a hacer. Dice que se va a abstener. Interviene de nuevo el concejal D. Joel Delgado Cáceres, dice que su propuesta de acuerdo está clarísima. Tras las intervenciones anteriores, en aplicación del voto ponderado, por siete votos a favor (7 del grupo Popular), dieciséis abstenciones (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 2 de AC-25M, 1 del P.I.L., 1 del P.N.L.) y 1 voto en contra (de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana), se propone que el Pleno: ACUERDE Manifestar la voluntad de esta Corporación Municipal de que se adopten las modificaciones legales oportunas que garanticen el respeto a la voluntad mayoritaria de los ciudadanos y la estabilidad del Ayuntamiento de tal manera que el cabeza de la lista más votada en las Elecciones Locales sea elegido alcalde. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, gracias Sr. Alcalde. Mire, en vista de que el Partido Socialista y el Partido Popular en el Congreso de los Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 112 de 138

113 Diputados, han accedido a negociar precisamente los Acuerdos que hoy pretendíamos traer a este Pleno, lo que vamos a plantear nosotros es retirar la moción, hasta tanto en cuanto no se llegue a un Acuerdo con el principal Partido de la Oposición, que en este caso es el Partido Socialista, que se está trabajando en el Congreso de los Diputados. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchísimas gracias. Por una cuestión formal, le decía al Secretario si hacía falta votar la tal, pero que conste que nosotros accederíamos sobre la marcha. Claro, porque son los proponentes y es razonable. Interviene el concejal del grupo Popular, D. Joel Delgado Cáceres, dice que retira la moción. PUNTO DECIMO QUINTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL P.I.L., N.C., AC25M y PP, PARA QUE SE MODIFIQUE EL ARTÍCULO 7, APARTADO 2 DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (EXPTE ). Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, en sesión celebrada el día 6 de octubre de 2014, que se transcribe a continuación: 2.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL P.I.L., N.C., AC25M y PP, PARA QUE SE MODIFIQUE EL ARTÍCULO 7, APARTADO 2 DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (EXPTE ). Vista la moción presentada por el, el día 22 de septiembre de 2014, con registro de entrada nº , que se transcribe: Los concejales abajo firmantes, miembros del PIL, NC. AC25M, PP al amparo de lo establecido en los artículos 91 al 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, formula para su discusión y, en su caso aprobación en el próximo Pleno Ordinario a celebrar la presente M O C I O N, en base a la siguiente, Exposición de motivos: Los grupos políticos PIL, NC, AC25m y PP en el Ayuntamiento de Arrecife consciente de la grave situación económica que atraviesan numerosas familias en la cuidad de Arrecife, entendemos que los responsables públicos deberíamos tomar todos aquellos acuerdos necesarios que sirvan para que las familias puedan pasar esta situación de la mejor manera posible. Una reducción en los impuestos municipales seria una de las mejores medidas que se pueden tomar por parte de los representantes locales. Una rebaja de la presión fiscal, concretamente la reducción al mínimo legal establecido del Impuesto de Bienes Inmuebles, (IBI) sería una medida directa y real que repercutiría en los vecinos de manera favorable. Esta medida se puede y de debe tomar por parte del Grupo Gobierno en el Ayuntamiento de Arrecife. Nuestra proposición va encaminada como una propuesta positiva y en favor de los vecinos, y además teniendo en cuenta el incumplimiento de las palabras y promesas realizadas en su momento y como respuesta que dio el alcalde Manuel Fajardo Feo, a los grupos de la oposición, donde se comprometió públicamente a llevar esa propuesta de bajada del IBI en el primer pleno que se celebrara en el mes de septiembre, hecho este que a quedado demostrado que ha sido totalmente incumplido. Para que entre en vigor la modificación de la ordenanza de cara al 2015, debemos aprobarla y publicarla en los correspondientes boletines antes del 1 de enero de Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 113 de 138

114 Teniendo en cuenta los motivos expuestos, eleva a la consideración del Pleno la siguiente MOCIÓN: Que el Pleno Ayuntamiento de Arrecife acuerde modificar el art. 7, apartado 2 de la ordenanza fiscal reguladora de bienes e inmuebles al mínimo legal establecido 0.40%. En Arrecife, a 22 de Septiembre de 2014 Fdo. Joel Delgado (PP). Domingo García (Ac25m). Juan J. González (PIL). Pedro de Armas (NC). Abierto el turno de intervenciones. Interviene el concejal de AC-25m, D. Domingo García González, en nombre de los proponentes que explica la moción presentada. Interviene el Alcalde Acctal., D. Rafael Juan González Robayna, dice que a los vecinos les interesa que el pago de sus impuestos sea lo más justo posible. Interviene de nuevo el concejal D. Domingo García González, dice que son los vecinos los que dicen que esto es injusto. Tras deliberar sobre el asunto, en aplicación del voto ponderado, por once votos a favor (7 del grupo Popular, 2 de AC-25m, 1 del P.I.L. y 1 del P.N.L.) y trece abstenciones (7 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E. y 1 de la concejal Dª. Emilia Perdomo Quintana), se propone al Pleno que ACUERDE Modificar el art. 7, apartado 2 de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles al mínimo legal establecido 0.40%. Abierto el turno de intervenciones. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, ya que ustedes se adelantaron, después de que nosotros le dimos la primicia, pues nada, lo que hacemos es que retiramos la moción. Muchas gracias. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, es lo mismo que sea de ustedes que nuestra. Es bueno para todos, pues ya está, retirada. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, completamente de acuerdo Doña Blanca, no lo tome usted como norma. Interviene la concejal de AC-25M, Dª. Blanca Mª. Blancas Suárez, dice que retira la moción. I.-B) ASUNTOS Y MOCIONES SIN DICTAMINAR. A) ASUNTOS DE URGENCIA I.-C) ASUNTOS Y MOCIONES DE URGENCIA. 1.- ACUERDO, QUE PROCEDA, SOBRE RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO CONTRA EL ACUERDO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN AL TRANSPORTE DE ESTUDIANTES QUE CURSAN FORMACIÓN REGLADA FUERA DE LANZAROTE DURANTE EL CURSO 2013/2014. El Sr. Alcalde justifica la urgencia. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 114 de 138

115 Se procede a la votación de la urgencia, que es aprobada por unanimidad de los asistentes, 21 votos a favor (6 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 6 del grupo Popular, 1 de AC-25M, 1 del P.I.L., 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana). Visto el escrito presentado por D. Arsenio de Rull Jiménez, como padre y en representación de D. Sergio de Rull Tello, de fecha 30 de septiembre de 2014, con registro de entrada nº Visto el informe emitido por el Técnico Municipal, D. Oscar Lorenzo García Vizcaíno, de fecha 8 de octubre de 2014, que se transcribe: ASUNTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO POR DON ARSENIO DE RULL JIMÉNEZ EN REPRESENTACIÓN DE DON SERGIO DE RULL TELLO, EXP A la vista del contenido del Recurso de Reposición presentado en fecha 30 de Septiembre de 2014 (registro entrada número ), contra el acuerdo definitivo de resolución del expediente de concesión de subvención para estudiantes que cursan formación reglada fuera de Lanzarote durante el curso 2013/2014, adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 01 de Septiembre del presente año. Examinado el expediente número , perteneciente al representado del Recurrente, y al que le es de aplicación los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Tras la correspondiente apertura de la convocatoria de la subvención, en fecha 17 de Julio de 2014 (registro entrada número ) se deposita en este Ayuntamiento la solicitud de subvención y su documentación complementaria por el interesado, entre otros se adjunta fotocopia de documento nacional de identidad cuya validez había expirado el 14 de Julio de 2013 según consta en el propio documento aportado. SEGUNDO. En fecha 30 de Julio se inserta en el tablón de Anuncios de este Ayuntamiento el Listado Provisional de solicitudes concedidas y denegadas además de aquellas otras que por haberse detectado defectos en las mismas deben ser subsanadas por los interesados en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la inserción del mencionado. TERCERO. Finalizado el periodo de exposición pública y habiéndose procedido por la Comisión de Estudio y Valoración de las solicitudes de subvención al análisis de las subsanaciones realizadas por los interesados en el plazo antes dicho, se emite por el citado órgano el informe/acta sobre las mismas, que se ratifica por el instructor junto con la propuesta de resolución final del expediente para su aprobación por el Pleno de este Ayuntamiento, acuerdo tomado el 01 de Septiembre del presente año. CUARTO. El suplico del recurso presentado solicita la nulidad del acuerdo recurrido por ser contrario al ordenamiento jurídico conforme a lo prevenido en el artículo de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Vistos los ANTECEDENTES DE HECHOS SEÑALADOS, y atendiendo al contenido del suplico y su argumentación por el interesado amparado en los artículos 58 y de la Ley 30/1992 ya citada, INFORMO que: Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 115 de 138

116 PRIMERO.- El expediente recurrido, forma parte de un procedimiento basado en la modalidad de CONCURRENCIA COMPETITIVA, mención a ello se hace en el artículo 4 de la Convocatoria de la Subvención (BOP Nº 71 de 02 de Junio de 2014). SEGUNDO.- Dispone el artículo 59.6 de la ya traída Ley 30/1992 que; La publicación [ ] sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos en los siguientes casos: B) Cuando se trata de actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo. En este caso, la convocatoria del procedimiento deberá indicar el tablón de anuncios o medios de comunicación donde se efectuarán las sucesivas publicaciones [ ]. TERCERO.- El artículo 8 de la convocatoria de la subvención antes dispuesta, a partir de su párrafo tercero dispone; En estricto cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 26 de la Ley 38/2003, y 58 y 59 de la Ley 30/1992, la resolución que emana del órgano concedente y que pone fin a la vía administrativa será objeto de publicación en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, todo ello sin perjuicio de las notificaciones individuales que deban cursarse o publicaciones preceptivas conforme disponen los preceptos antes nombrados. Así mismo los restantes actos que deban lugar con ocasión del presente procedimiento serán notificados mediante su inserción en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento sito en la Casa Consistorial con dirección en Avda. Vargas, Nº 1, conforme a lo previsto en el artículo 59.6.b, de la Ley 30/1992. Será objeto de notificación individual al interesado la resolución de aquellas solicitudes que hayan resultado denegadas, bien sea por desistimiento, renuncia al derecho, o el no cumplimiento de alguna de las reglas, requisitos o causas dispuestas en esta norma. [ ] En virtud de lo expuesto, la notificación relativa a la subsanación de defectos se ha llevado a cabo conforme a los actos y trámites oportunos conforme a la legislación aplicable al expediente, pues al no ser la resolución final del mismo no era necesaria su notificación en el domicilio, por todo ello, procede a juicio de quien firma el presente informe técnico-instructor del expediente de concesión de la subvención objeto del recurso, DESESTIMAR el recurso presentado. Todo ello con independencia de lo que otro criterio mejor fundamentado en derecho pueda interpretar sobre el asunto. Es competente para la resolución del recurso el Pleno de este Ayuntamiento, habida cuenta de lo dispuesto en el artículo 116 de Ley 30/1992, así mismo se informa que contra el acuerdo del Pleno se podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de DOS MESES computados de fecha a fecha a partir de la publicación del acuerdo cuyo recurso se pretende. En Arrecife a 08 de Octubre de TÉCNICO MUNICIPAL. ÓSCAR LORENZO GARCÍA VIZCAÍNO. Firmado. Vista la propuesta efectuada por la Concejal Delegada de Cultura, Archivo y ADL., Dª. Eva de Anta de Benito, de fecha 10 de octubre de 2014, que se transcribe: Visto el Recurso de Reposición presentado por Don Arsenio de Rull Jiménez contra el acuerdo de concesión de la subvención para estudiantes que cursan formación reglada fuera de Lanzarote durante el curso 2013/2014, y visto el informe-propuesta de resolución al citado recurso emitido por el instructor del expediente Don Óscar Lorenzo García Vizcaíno, adjunto remito los documentos citados al Pleno de este Ayuntamiento para su aprobación si así se considera de la propuesta emitida por el técnico municipal. Arrecife 10 de Octubre de CONCEJAL DELEGADA DE CULTURA, ARCHIVO Y ADL. EVA DE ANTA DE BENITO. Firmado. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 116 de 138

117 Abierto el turno de intervenciones. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Roberto Vicente Herbón, que dice, yo creo que Doña Eva un poco nos explicara este recurso. Interviene la Sra. Concejal del grupo PSOE, D. Eva de Anta de Benito, que dice, gracias Sr. Alcalde. Buenos días, a todas y a todos. Bien, como ven en el IPAD tienen el Recurso, en este caso del padre de uno de los alumnos, el informe del Técnico y la Propuesta. En este caso, es un D.N.I. caducado. Saben, que el periodo se abre el 17 de Julio, con una convocatoria de segunda concurrencia, y se termina el 30 de Julio. La Ordenanza dice que tenemos obligación de poner en el Tablón de Anuncios, y solo hay excepcionalidad a la hora de notificarlo personalmente, en el caso de las denegadas, mediante subsanación se publica en el Tablón de Anuncios, no estamos obligados. Aún así, nosotros y en varias notas de prensa, porque también lo publicamos para que pudieran venir, hemos llamado telefónicamente y lo he comentado yo alguna vez. No estamos obligados, no lo pone la Ordenanza, pero los que tenían que subsanar por distintos motivos, en el caso del D.N.I. caducado, les hemos llamado. Vinieron creo que aproximadamente 4, y quedaban 21 que tenían que subsanar. El caso de esta persona, es que ya cuando la convocatoria, presentó documentación y tenía el DNI caducado, convocatoria del 17 de Julio de 2014, y presenta la documentación con el DNI de Julio del Además, no sé, con el tema de viajar, no sé ni siquiera cómo no le han pedido, pero bueno. El Técnico lo detecta, es subsanación, en eso se informa a través del Tablón de Anuncios como dice la Ordenanza, que además informa el Técnico, en el informe que tienen colgado y no vienen. Aún así, hemos llamado telefónicamente a las 21 personas y algunas de ellas han venido, han subsanado y se les ha concedido. Si miran en el informe, y lo dice el Técnico, en el caso de las denegadas, sí hemos hecho una notificación, y de hecho muchos han venido por aquí. Y pongo un ejemplo, el tema de los 6 meses de empadronamiento, hay muchos que se han empadronado tarde, o que no cumplen lo que dice la Ordenanza, 6 meses consecutivos, esos se desestima directamente. No lo digo yo, la Comisión Técnica con la Ordenanza y con la Ley, los Técnicos la desestiman. Por lo tanto, también en este caso, no lo ha cumplido, tenía el periodo de subsanación, nos ha presentado el DNI caducado de hace un año, y lo vuelve a presentar como recurso. Por lo tanto, el informe técnico, y yo me acojo. Y, en este caso, no tengo más que decir. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, me parece perfecto, que es bueno acogerse a los informes técnicos, y nos evitamos problemas. Sí Sr. Herbón? Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Roberto Vicente Herbón, que dice, bien, nosotros lo hemos manifestado el grupo Popular más de una vez, de que realmente se desestime una ayuda, en este caso este año 300 euros, porque el DNI esté caducado o porque incluso la Declaración Jurada la firme un familiar como puede ser un padre o una madre, nos parece realmente que no podemos dejar a nuestros estudiantes que cursan estudios fuera de la Isla de Lanzarote, pues sin esa ayuda o sin esa subvención. La notificación a través de llamada telefónica, bien. Pero, por qué no se toma a lo mejor la iniciativa para que estos chicos no pierdan esa ayuda tan necesaria para ellos y a lo mejor comunicarla a través de vía burofax?, porque ahí sí sería lo más legítimo, y lo más, ya no Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 117 de 138

118 cabría recurso ni nada, porque si usted llama por teléfono puedo estar o no puedo estar, y si le mando un Correo u otro medio, realmente tampoco es justificable no?. Pero, si le mando un burofax, o sea, usted viene y me acredita de que me ha mandado un burofax, porque eso sí queda allí inscrito en Correo. Por lo tanto, incidimos en que a nosotros nos parece realmente lamentable, que en este caso este alumno se quede sin esa ayuda. Es verdad, que el DNI pues si ha pasado casi 1 año, 1 año, y lo tenía caducado y no se ha dado cuenta, pues bueno eso ya. También es verdad, que cada ciudadano debe de saber sus necesidades, como el DNI o el carné de Conducir por ejemplo no? Pero bueno, eso se ha dado, y si a lo mejor pudiera y yo quiero pensar que sí, por parte de la Concejalía de Cultura, pues intentar, pues que estos chicos que no son localizados a través de una llamada, y se cumplen los plazos que ustedes ponen que son 60 días creo, pues a lo mejor a través de vía burofax, esto a lo mejor se podría solucionar, y no creo que sea tan costoso, porque se acaba de firmar también un Convenio con Correos para que eso al Ayuntamiento le salga más. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchas gracias Sr. Herbón. Me consta que no sólo desde la Concejalía, sino desde el Registro, se ha llamado de forma insistente. Los procedimientos Administrativos están así, nosotros compartimos el sentimiento de lástima, pero los procedimientos los tenemos que respetar, y sobre todo, cuando además pues hay uno de los documentos caducado, que ahí sí que hay imposibilidad real no?, desgraciadamente. Y, la verdad, es que no es agradable. Vamos a votar. Ah, perdón, perdón. Hay alguna intervención más? Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, no, es que lamento, lo que iba a decir efectivamente, bueno, las Normas están para cumplirlas. También, hay que tener en cuenta, que no solo es este joven, porque este joven es porque puso el recurso, pero hay muchos más que no lo pusieron, y tampoco se les dio la ayuda, no? Yo entiendo que, doy fe de que efectivamente se llama de manera extraordinaria, o sea, que no está recogido. Y, si nos parece que no es la adecuada, pues vamos a cambiar las Normas. Y, entonces bueno, pues yo creo que aquí se puede lanzar ya la propuesta, pues cambiemos las Normas si no nos parecen correctas, no?. Pero vamos, yo entiendo que hasta el momento con eso nos regimos, y tenemos que cumplirlas todas, no?. También eso, insisto, doy fe de que se llama de manera reiterada, que no está recogido, y se llama, y después se toma la consideración. Yo, si los padres o los hijos vienen, pues ya es otra historia, no? Nada más que era eso. Yo, sigo felicitando en este caso a Doña Eva, que no cunde el ejemplo mucho, pero por lo menos que siga manteniendo y que intente que se siga cumpliendo, o sea, cuando son las ayudas de un Curso, que esté por lo menos en ese Curso no?, no en el curso siguiente. Y, nada más, muchas gracias. El Sr. Alcalde eleva al Pleno la propuesta presentada. El Pleno del Ayuntamiento, por Quince votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 118 de 138

119 D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del PNL-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) Seis abstenciones: D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) ACUERDA Desestimar el Recurso de Reposición presentado, contra el acuerdo de concesión de la subvención para estudiantes que cursan formación reglada fuera de Lanzarote durante el curso 2013/2014, por D. Arsenio de Rull Jiménez, como padre y en representación de D. Sergio de Rull Tello, de fecha 30 de septiembre de 2014, con registro de entrada nº El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. B) MOCIONES DE URGENCIA 1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR, PARA QUE EL AYUNTAMIENTO INSTE AL GOBIERNO DE CANARIAS A REALIZAR LAS OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA CARRETERA DE LA CIRCUNVALACIÓN (EXPTE ). El Sr. Alcalde justifica la urgencia. Se procede a la votación de la urgencia, que es aprobada por unanimidad de los asistentes, 21 votos a favor (6 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 6 del grupo Popular, 1 de AC-25M, 1 del P.I.L., 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana). Vista la moción presentada por el grupo Popular, el día 9 de octubre de 2014, con registro de entrada nº , que se transcribe: Los concejales integrantes del Grupo Municipal Popular, al amparo de lo establecido en los artículos 91 al 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, formulan, para su discusión y, en su caso aprobación en el próximo Pleno Ordinario a celebrar, la presente M O C I O N, en base a la siguiente: Exposición de motivos: Recientemente hemos conocido la noticia de que el Gobierno de Canarias no asumirá las obras complementarias de la carretera de la circunvalación especialmente a su paso por el barrio capitalino de Maneje, donde diversos parlamentarios de distintos partidos, incluidos los que apoyan al Gobierno, se comprometieron a conseguir incluirlos en el proyecto del desdoblamiento de la circunvalación. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 119 de 138

120 En principio el propio Gobierno de Canarias se comprometía también a acometer dichas intervenciones que garantizaran la seguridad de los vecinos de Maneje, es por ello, que no se entiende este paso atrás del propio ejecutivo regional, es un nuevo desplante para los vecinos de Arrecife, sin entrar a valorar los retrasos de una carretera que llevaba mas de 1O años figurando en los presupuestos regionales. Desde el Partido Popular entendemos que es necesaria una respuesta rápida y urgente por parte de este Ayuntamiento ante este nuevo desplante del ejecutivo autonómico y por ello propone al pleno la siguiente MOCION: QUE EL AYUNTAMIENTO INSTE AL GOBIERNO DE CANARIAS A REALIZAR LAS OBRAS COMPLEMENTARIAS A LAS QUE SE HABÍA COMPROMETIDO. En Arrecife a 9 de octubre de Joel Delgado Cáceres. Portavoz del Partido Popular. Firmado. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, gracias Sr. Alcalde. Pues básicamente lo que ya hemos conocido todos, no? Ha salido, yo me enteré tengo que reconocer, que me enteré por manifestaciones del Alcalde en un medio de comunicación, de que probablemente las obras complementarias de la Circunvalación, pues podrían sufrir algún tipo o de recorte o de retraso o prácticamente que a lo mejor el Gobierno de Canarias no las ejecutaba. Con buen criterio, creo que el Alcalde pues reivindicó lo que era justo, y al César lo que es del César. Yo creo que, nosotros nos queríamos sumar a esa iniciativa, y queríamos que no solo se quedara en una manifestación pública del Alcalde, con la que estamos totalmente de acuerdo, sino que además queríamos trasladar un Acuerdo Plenario para hacerlo con más fuerza, y que tenga más digamos, un acompañamiento mucho más fuerte a la hora de solicitarlo, precisamente para hacer justicia, con algo que yo creo que necesitamos en Arrecife, que es primero, culminar las obras lo antes posible porque ha sufrido retraso. Y segundo, precisamente que esas obras complementarias que muchos Parlamentarios de todos los Partidos políticos se comprometieron a ejecutar en esa reunión con los vecinos de Maneje, precisamente para garantizar la Seguridad de los vecinos que allí viven y la Seguridad de las personas que van a transitar por esa vía a su paso por el Barrio de Maneje, yo creo que era lógico. Y por ello, queremos presentar esta moción, que es precisamente para instar al Gobierno de Canarias a que ejecute esa obra complementaria, que estoy completamente convencido que para ellos no supondrá un gran esfuerzo. Pero, si tuviéramos que ejecutarla nosotros junto con el Cabildo Insular de Lanzarote, pues sí que es verdad que nos supondría un gran esfuerzo, que desde luego no podríamos asumir en estos momentos. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, totalmente a favor. Y, me imagino que será, que las haga, pero en tiempo y forma no?, porque hacerlas ya ha dicho que las iba a hacer, pero aquí no se marca el tiempo, pero bueno, que las haga en tiempo y forma. Y, ahondar en lo mismo, lo iba a hacer en Ruegos y Preguntas, pero lo voy a decir con Obras. Es bueno que estén ustedes encima de esta Obra, es fundamental, y que hagan los anuncios. Por ejemplo, tuvimos el caso de que cortaron Costa Teguise y fue un caos absoluto, y yo creo que por parte del Gobierno de Canarias o que el regente de la obra, no se dio la publicidad adecuada. Nos dimos todos, yo creo que fuimos muchos los que nos chocamos contra ese muro, sí, dimos la vuelta y nos encontramos en un atasco tremendo, con lo cual es buena la labor que están haciendo de estar encima, pasó con las Maretas, ha pasado con otras cosas, y que sigan ahí hasta el final del Y, sobre todo eso, si vuelven a hacer un corte de esa entidad que lo anuncien y que nos lo digan, porque están en su obligación no?. Gracias. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 120 de 138

121 Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchísimas gracias. Como además, este alegato va dirigido directamente al Alcalde, el Alcalde va a contestar. Completamente de acuerdo, hasta la coma, pero después de la coma el Alcalde siguió diciendo cosas, claro. Y, además a todos les consta, que estaba muy encima de esa obra, y de hecho el miércoles viene el Director General de Carreteras, porque se lo hemos solicitado el grupo de gobierno, Sr. Montelongo y yo, va a venir. Bien. Pero, después de la coma, sabe lo que dijo el Alcalde?, que hay que exigirle al Gobierno de Canarias, porque es quién está haciendo la obra. Y, esa obra viene, se origina, porque hay un Convenio Canarias-Estado, un Convenio que obligaba al Estado a transferir anualmente al Gobierno de Canarias más de 250 millones de euros, que ha tenido una merma del 75%, que también lo dijo el Alcalde, que mientras aumentan en otras Comunidades, y de forma especial para otras comunicaciones en España, en Canarias disminuye de forma disparatada. Y, sin cuartos no se pueden hacer obras. Y, es verdad, que tengo el compromiso personal, personal no, Institucional, porque no es de personas, es de Instituciones, del Gobierno de Canarias, que la obra se va a acabar como estaba proyectada, como mínimo. Pero, es que además, también tenía el compromiso Institucional de que se iba a complementar con dos cuestiones importantísimas, por las que se ha batallado desde este grupo de gobierno, que es que se contemple en el complementario el desdoblamiento por el Norte, o sea, en... Interviene el Sr. Concejal del grupo CC, D. Orlando Umpiérrez García, que dice, Tahiche Arrecife. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, si no le importa yo lo digo, eh? Yo sé, yo sí, yo lo entiendo que está nervioso, y más nervioso se va a poner. Esto, que es el desdoblamiento, que no es un tramo sino de 100 o de 150 metros, pero hay que hacerlo, hay que hacerlo, el desdoblamiento de Tahíche hasta el cruce del Más y Más, hasta la Rotonda del Más y Más. Y además, otra que es importante, que es la penetración Sur no?, la entrada esa a la inglesa que tenemos para incorporarnos no? Bien. Pero, lo otro sí se va a hacer, lo único que a lo mejor por desconocimiento no se sabe, lo otro sí se va a hacer, que es el dotar de seguridad los taludes, eso sí, porque eso entra dentro del Proyecto. Cómo van a ejecutar una obra?. Es que vamos, es que no!. Allí el problema que hay es con el complementario, el complementario de acciones que no se contemplaron en el Proyecto Inicial de la Circunvalación. Entonces, (vamos a esperar a que pase el helicóptero, ya pasó, está pasando). Sr. Delgado, usted como Portavoz, si acepta una enmienda de adición, porque claro, es que a mí directamente, y se une a la reivindicación del Alcalde, si se une en sentido estricto, o sea de todo, estoy encantado, este grupo de gobierno está encantado de que reivindiquemos, igual que lo hicimos para con la anterior moción, con respecto al Servicio Canario de Salud, porque sí, podemos tener diferencias en los números, pero las cosas importantes para adelante. O sea, hay que mejorar, porque sería absurdo que no se planteara la mejora. Y, es por eso, por lo que además haciendo alusión directa como se ha hecho, a lo que ha manifestado el Alcalde, si ustedes siguen leyendo a partir de la coma, o sea, que se exija al Gobierno de Canarias que tal, y para lo mismo se habiliten los Fondos como estaba firmado en el Convenio Canarias-Estado, estamos encantados. A partir de ahí no, porque no se correspondería con las manifestaciones completas del Alcalde. Es por eso, si admite la enmienda de adición estamos encantados. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, muchas gracias Sr. Alcalde. Mire, la carretera de la Circunvalación está Presupuestada desde hace 10 años, creo que usted era Consejero o Viceconsejero, porque prácticamente la ciudad es Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 121 de 138

122 de todos, por tanto yo no sé en qué puesto se encontraba en aquel momento. Pero, 10 años Presupuestada, incluso con el Gobierno de Rodríguez Zapatero. Mire, para el año 2015 la inversión en Canarias ha subido un 4%, y concretamente ese Convenio también que usted tanto lamenta. Otra cosa, Sr. Rafael Juan, a mí tampoco me gustan muchísimas cosas de las que dicen ustedes y sin embargo me las tengo que tragar, le pido también el mismo respeto. Por tanto, lo que quiero decirles es lo siguiente, es decir, ustedes están con la llantina permanente del Estado, del Estado, del Estado, y no son capaces de gestionar los recursos que llegan a Canarias. Y, no solo con la Sanidad, es decir, donde se ha dejado de gastar 1 millón de euros, pese a seguir reivindicando cada vez más dinero, para qué?, para dejarlos en la hucha? O los 2 millones de euros de las viviendas, para tenerlos en una cuenta a plazo fijo? Es decir, Señores Concejales seamos serios hombre, y seamos consecuente con lo que tenemos que pedir, si en este caso es el Gobierno de Canarias quien ha hecho las cosas mal, quien está anunciando que no va a ejecutar esas obras complementarias, es un disparate. Además, los Fondos son los que son, y quien los reparte es el propio Gobierno de Canarias. El gobierno de Canarias es el que decide donde se ponen los dineros que llegan del Estado. Lo que no es posible, y desde luego no es admisible, es que en Tenerife se esté planteando ya el segundo anillo Insular, y aquí todavía estemos con nuestra Circunvalación presupuestada desde hace 10 años, eso es lo que no es posible. Y otra cosa, que no quiero pasar por alto, por eso de la continua llantina referente a los recortes del Estado. Miren, saben quién firmó el Régimen Económico y Fiscal del año 2010? Es decir, cómo nos íbamos a financiar durante los siguientes años?, Lo firmó Coalición Canaria con el Partido Socialista del Sr. Rodríguez Zapatero. Oiga, si ahora estamos en desacuerdo, con esa forma de gestionar los dineros, Por qué no lo plantearon en su momento?, Por qué firmaron ese acuerdo de financiación económica para Arrecife?, Por qué? La verdad es que Sr. Alcalde, deja mucho que desear ahora sus manifestaciones, con respecto a las que había hecho en esa entrevista que le hicieron en un medio de comunicación. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchas gracias, es que cuando uno no sabe es complicado hablar no?, es que cuando uno no sabe. Mira, el REF. Perdón, pero estoy hablando yo. Pero, es que además, se utilizan recursos a veces hasta con falta de educación cuando no se tiene. Bien. No tiene nada que ver el REF con los Convenios. El Régimen Económico y Fiscal es una herramienta de financiación que tiene pactada Canarias con el Estado, dadas las especificidades del Archipiélago Canario, que pretende hacernos más iguales. Hay algún?, no hay algún micrófono?, pregunto si hay algún micrófono. Bien. Yo planteaba, que hay un Convenio firmado que incumple el Estado, y sin cuartos es imposible financiar. De las pocas obras importantes de carreteras que van a finalizarse según Proyecto, si no es la única, según Proyecto, es la Circunvalación de Arrecife. Y eso, no es fruto de la casualidad, eso es porque se ha estado de forma insistente encima, de forma insistente encima. Pero, es verdad que hacer complementarios o nuevas obras, es imposible cuando la Administración del Estado incumple, es que incumple, no es llantina. Igual que hay que exigirles al Gobierno de Canarias porque es quien tiene la competencia, a pesar de que hasta Doña Mercedes Roldós decía que faltaban millones de euros, y ahora se le olvidó, se le olvidó y eso que es médico, se le olvidó, hay que pensar que también sigue incumpliendo el Estado, pero no solo en el Convenio de Carreteras, en el de Obras Hidráulicas, en el de Turismo, en el de los Planes de Empleo, en la Asistencia para las obras de Educación, que mientras a Canarias se les trata así, y yo tengo que decirlo porque hay un trato desigual, y como hay que decirlo, es muy importante. Y, nosotros reivindicamos a donde haya que ir, al Gobierno de Canarias, al Gobierno del Estado y a donde fuere. Y, sobre todo, por cosas que afectan no solo a Canarias sino al Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 122 de 138

123 caso concreto a los ciudadanos de Arrecife, es por eso por lo que lo planteamos. Veo que no va, me gustaría pues que concretáramos, si va admitir la enmienda de adición, no de sustitución sino de adición, poniendo todo lo que dice. El Alcalde no ha variado en nada su discurso, lo único que a algunos se le olvidó leer lo que ponía después de la coma. Bien. Entonces, me gustaría saber si el Partido Popular, que es el grupo proponente, y es quién tiene que decirlo, admite la enmienda de adición. Si la admite, bien, para entonces nosotros posicionarnos en el voto.. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, Sr. Alcalde, siendo verdad todo lo que usted dice de Canarias hacia Madrid, y probablemente porque gobiernan ustedes con el Partido Socialista y no con el PP, desgraciadamente, a lo mejor les hubiera ido de otra forma. Siendo verdad todo eso, hay que decir algo claro también, que es el trato de Canarias hacia Lanzarote, y el dinero que ha venido en los últimos 10 años, la llamada deuda histórica que todos reconocemos. Cuando aquí nos estábamos peleando y es verdad que esa obra es anterior a ese Convenio, lo que pasa es que luego fue con el Convenio, estuvo parada esa obra 4 años en Patrimonio en el Cabildo por su afección, por los 8 metros de afección a las Maretas, 4 años, y cuando se desbloqueó, es cuando se desbloqueó es cuando se empezó la obra, es verdad que la obra es anterior y que se suponía que ese dinero tenía que estar, lógicamente como no se hacía, como aquí no nos poníamos de acuerdo, pues el dinero se iba al Puente de La Palma 72 millones de euros, al Túnel de La Palma, al Aeropuerto de La Palma, pero ese dinero se tenía que haber guardado. Es decir, la deuda que tiene Canarias para con Lanzarote es tremenda, y que ellos ahora nos den prioridad es totalmente lógico y normal, y que tengan que terminar esa obra porque saben que en los años anteriores, por problemas nuestros interiores y por falta, no se invirtió, lo mismo que se invirtió en otras Islas, y eso es así y no. Hay dos malos tratos ó dígalo usted como quiera, el que está teniendo Madrid para Canarias que nos afecta a todos, y que es totalmente deleznable, y hay que decirlo, los números. Y también, el que se tuvo desde Canarias hacia aquí, aprovechando que nosotros pues por medio de Patrimonio y de otras, no dábamos lo que ella a esos Proyectos. Muchas gracias. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, simplemente denunciar que efectivamente esa obra hace muchos años que está recogida en el Convenio Canarias-Estado. Pero, sí hacer una aclaratoria, que en el Convenio especifica claramente cuáles son las obras que hay que realizar. Otra cosa, es que le hayan dado prioridad al Puente como dicen, o le hayan dado prioridad al Túnel, a otro, en vez de darle prioridad a la Circunvalación de Arrecife. Pero, en el Convenio Canarias Estado, creo que especifica cuáles son las obras, no es una cantidad para destinarla a Canarias en obras, y está recogido el eje Orzola Playa Blanca, que entra dentro del Convenio Madrid Canarias. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, sí Señor, están recogidas todas, están recogidas todas. Lo único, que para hacer las obras hacen falta cuartos. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, las perras. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, exactamente Don Pedro, exactamente. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 123 de 138

124 Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, usted dijo cuartos y yo digo las perras. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, perras, cuartos, pero los dos hablamos de la cuestión crematística. Interviene el Sr. Concejal del grupo CC, D. Orlando Umpiérrez García, que dice, gracias Sr. Alcalde. Mire, para hacer la intervención del Portavoz del PP, decía, precisamente para hacer justicia, yo creo que para hacer justicia, me gustaría añadir nuevos datos, porque se han dicho cosas que igual no son del todo correcto por parte de este Portavoz. Para mí, bajo el punto de vista, la moción ya nace viciada, y nace viciada en que esto es un Convenio Canarias-Estado, no es una obra unilateral. O sea, que decir que el Ayuntamiento inste al Gobierno de Canarias exclusivamente, ya nace viciada, tendría que decir inste al Convenio o directamente al Gobierno de Canarias, Gobierno del Estado, nace viciada. También se dijeron varias cosas, y es el Gobierno de Canarias es un determinante quien decide. Yo creo que eso es incorrecto, y le digo por qué, un Convenio lleva además una Comisión Bilateral que es quien decide las obras que se van realizando, y una Comisión Técnica que es la que informa a la Comisión Bilateral de qué obras se pueden ir realizando, en base a cómo estén avanzadas las dificultades de planeamiento, etc no?. Entonces, no es correcto, no es cierto, que el Gobierno de Canarias decide unilateralmente. Y, cuando se dice que, es que hace 10 años que se podía haber hecho, pero es que hace 10 años ni por atisbo a no ser un futurólogo, se iba a pensar que llegara un Gobierno del PP y retirara los dineros de un compromiso, de un Contrato firmado, es que eso ni por atisbo. Pero, estamos hablando de las infraestructuras, usted ríase, porque le hace gracia, le hará mucha gracia que a usted los Canarios sufran el déficit de infraestructuras, que por ejemplo le ponen a los de Baleares, donde usted dijo que en Canarias había subido un 4%, y yo le digo que la diferencia con la media de inversión individual ha bajado en 60 a 77 euros, y en Canarias ha subido un 4% este año y en Baleares un 86%, ya me gustaría a mí tener un PP en Canarias como el PP de Baleares. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, ya los turnos de intervención están agotados. Ahora, sí es verdad que tiene un minuto Sr. Delgado y decirnos, para el grupo de gobierno posicionarse en su voto, si va aceptar la enmienda de adición o no, bueno, le doy la palabra. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, gracias Sr. Alcalde. De ninguna manera vamos a aceptar esa enmienda, debido a los motivos que hemos expuesto con anterioridad. Es decir, la prioridad sobre las inversiones en Canarias, desgraciadamente quien las establece es el Gobierno de Canarias. Lo que no es posible, como he repetido antes, es que en Tenerife se esté planteando ya el segundo anillo Insular, aquí todavía no tengamos nuestra Circunvalación terminada, que le repito, está Presupuestada desde que usted era Viceconsejero o era Consejero. Por cierto, Comisión quien otorgaba esa superioridad suprema intelectual que usted presume permanentemente en este Pleno, tratando de menospreciar al resto de los Partidos de la Oposición, pero es una constricción que usted lleva empleando desde hace muchísimo tiempo, y yo desde luego no voy a entrar a valorarlo, pero hombre debería hacérselo mirar. En segundo lugar, cómo es posible que en otras Islas de Canarias haya habido una prosperidad en inversión que no se corresponde con la que hay en Lanzarote?, solo basta irse y coger el Armas o el Fred Olsen, irse a Fuerteventura, la capacidad inversora que ha tenido el Gobierno de Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 124 de 138

125 Canarias allí no la ha trasladado aquí, no la ha trasladado a Lanzarote. Y repito, allí los dineros del Estado sí se ha invertido, aquí desde luego no. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchas gracias. Si no se admite la enmienda de adición, vamos a votar en contra. El Sr. Alcalde eleva al Pleno la moción presentada. El Pleno del Ayuntamiento, por Doce votos en contra: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) Siete votos a favor: D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) Dos abstenciones: Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del Partido Nacionalista de Lanzarote-NC) Rechazar la moción presentada. ACUERDA El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. 2.- MOCION DE URGENCIA SOBRE MANIFESTACIÓN CONTRA LAS PROSPECCIONES PETROLÍFERAS. El Sr. Alcalde justifica la urgencia. Se procede a la votación de la urgencia, que es aprobada por unanimidad de los asistentes, 21 votos a favor (6 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 6 del grupo Popular, 1 de AC-25M, 1 del P.I.L., 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana. Hace uso de la palabra el concejal del grupo Coalición Canaria, D. Rafael Juan González Robayna, que dice: Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 125 de 138

126 Presentamos esta moción por la vía de urgencia con la finalidad de apoyar la manifestación que se celebrará el próximo sábado 18 de Octubre en contra de las prospecciones petrolíferas, animando a la ciudadanía a la movilización y expresar su rechazo de forma pacífica, pero firme; así como las acciones futuras que se hagan con el mismo objetivo. Abierto el turno de intervenciones. Interviene el Sr. Concejal del grupo CC, D. Rafael Juan González Robayna, que dice, buenos días. Apoyar, bueno, se concentra en esto que voy a leer ahora, es bastante corto. Apoyar la manifestación que se celebrará el próximo sábado 18 de Octubre, en contra de las Prospecciones Petrolíferas, animando a la ciudadanía a la movilización y expresar su rechazo de forma pacífica pero firme, así como las acciones futuras, que se hagan con el mismo objetivo. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, gracias Sr. Alcalde. Hombre, no deja de ser curioso, que se vuelvan a convocar manifestaciones precisamente a 7 meses de las elecciones, con un claro fin electoralista desde luego, la convocatoria. Y probablemente, ya lo anticipo, en Marzo del año que viene habrá otra manifestación, con el único objetivo de desgastar al gobierno del Partido Popular. En cualquier caso es legítimo, les ampara un derecho Constitucional de derecho a manifestarse, cosa que desde luego no vamos a pisotear en ningún sentido. Eso sí, me gustaría saber si está prevista la asistencia a esa manifestación del Secretario General del Partido Socialista Pedro Sánchez, que recientemente se ha conocido que tiene acciones por valor de euros en Repsol, concretamente 177 acciones en esa compañía. Entonces claro, la pregunta es, va a venir Don Pedro Sánchez a la manifestación del petróleo que tendrá lugar el 18 de Octubre?. Es interesante saberlo, máxime cuando el Partido Socialista en Lanzarote ha castigado reiteradamente a una empresa que probablemente aquí en Lanzarote no tenga responsabilidades, porque son al fin y al cabo franquicias, no tenga responsabilidades de ningún tipo con las decisiones que se tomen en otro ámbito, y ustedes han hecho boicot permanente a diferentes gasolineros que tienen una Concesión Administrativa con Repsol, un comportamiento un tanto digamos irresponsable desde el punto de vista político. En cualquier caso, se pueden mantener posiciones distintas, en cuanto a ese tipo de acciones, pero no nos cabe la menor duda ya a estas alturas de la película, que quienes han incumplido su palabra con los ciudadanos han sido ustedes. Es decir, mientras el Sr. Jerónimo Saavedra, alto dirigente del Partido Socialista, mientras el Sr. José Miguel Pérez Secretario de organización del Gobierno del Partido Socialista y Vicepresidente del Gobierno de Canarias decían, que harían las Prospecciones con los ojos cerrados, ustedes siguen manteniéndose en esa tesitura. El propio Don Fernando Clavijo, que en algunas ocasiones ha manifestado también en el Pleno de La Laguna que no sería malo tener, poder explorar esos sondeos, esas posibilidades que tenemos cerca de las aguas Canarias, o el propio programa electoral de Coalición Canaria, página 127, punto 3º, donde se pedía precisamente las competencias de aguas Canarias para explotar los sondeos petrolíferos que se pudieran llevar a cabo. Hombre, son ustedes los que tienen que dar alguna aclaración al respecto. De verdad, seguir engañando a la ciudadanía como lo están haciendo, es cuanto menos peligroso, porque la tortilla al final se les puede venir en contra, como sigan en esa tesitura. Y, lo responsable, lo solidario, y desde luego lo sensato, es precisamente apoyar unas Prospecciones, que sabemos que van a venir bien para los intereses de España y de Canarias. Otra cosa bien distinta es, que para prolongar al Sr. Paulino Rivera al frente de su poltrona, gracias a Dios ya no será candidato para las próximas elecciones, hayan tenido que discurrir pues 2 años de enfrentamientos con el Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 126 de 138

127 Gobierno del Estado, haya tenido que ocurrir también esa desconsideración hacia los sondeos que plantea España, frente a los que puede plantear Marruecos, porque no le he visto decir ni esta boca es mía, con los sondeos que plantea Marruecos, y que ya se están haciendo. Pero, sin embargo los que molestan son los sondeos españoles. Por tanto, quiero decirles ya sobre esa posición tan contradictoria que mantienen ambas formaciones políticas, lamentarlo y pedirles por qué no que se sume a la propuesta del Partido Popular. Muchísimas gracias. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, muchísimas gracias Sr. Delgado. Parece que, como Don Pedro Sánchez con esas acciones controla el Consejo de Administración de Repsol, va a responder Don Pedro Viera. Además, mira, entre Pedros anda Repsol. Interviene el Sr. Concejal del grupo PSOE, D. Pedro Viera Espinosa, que dice, yo no tengo acciones Alcalde en Repsol, pero bueno. Pero, sí es verdad, que sabíamos de cuál era la estrategia que iba a plantear el Partido Popular con respecto al rechazo, a la manifestación del próximo día. Sí es cierto que Pedro Sánchez tiene acciones Repsol, sí, lo sabe usted y lo sabemos todos. Saben por qué?. Porque junto al resto de responsables del Partido Socialista ha hecho público sus Bienes y su Patrimonio, es un gesto que le han avalado incluso de la Revisión en Transparencia Internacional. Estamos esperando lo propio del Partido Popular, si es que se atreve. El Partido Socialista ha mostrado siempre una posición nítida, de rechazo a las Instalaciones de la Industria Petrolera en costa, con valores ambientales vitales, como es nuestro caso en Canarias, y en zonas cuyos modelos económicos basado en el negocio turístico de calidad, de paisajes, de espacios naturales, choca radicalmente con las extracciones del crudo. Desde la paralización de los permisos otorgados por José María Aznar y devenidos por Zapatero, el Partido Socialista ha mostrado su posición firme al respecto, aquí y en Madrid, y en cualquier Comunidad Autónoma. Así que, no me vengan ustedes ahora con contradicciones, y les recuerdo que los Partidos Populares de Málaga, Valencia y Baleares se han opuesto a la instalación de Plataformas en sus costas. Les recuerdo que incluso su Alcalde el del Partido Popular, ese verso suelto según comentan algunos medios de comunicación, Pancho Hernández, se ha sumado a la postura del Partido Socialista, de Coalición, del PIL, de Alternativa Ciudadana, y también de Nueva Canarias. Así que, si lo que buscan es echar balones fuera, distraer la atención o buscar coartada para su traición a Canarias, a su territorio, y a sus valores ambientales ecológicos, traigan a este Pleno las acciones de Repsol de Pedro Sánchez. Nosotros, el Partido Socialista, nos mantenemos en nuestra posición de rechazo a las Prospecciones en el debate político, en las Administraciones Públicas, y por supuesto en la calle. Nuestro apoyo es tajante a esta manifestación y a cuantas sean necesarias, para que el Ministro Soria de marcha atrás. Lo han hecho con la polémica reforma de la Ley del aborto, que lo hagan también con las licencias de petróleo en Canarias. Muchas gracias Alcalde. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, no, más que ganas es que como pensé que como esto ya estaba más que debatido que esto iba a ser un punto de nada. Pero, claro, al hablar el portavoz del grupo Popular, pues ya no te queda más remedio que saltar, no?. La verdad es que es curioso, que yo me vea ahora mismo en esta situación, defendiendo a Pedro Sánchez. Increíble!. Porque hay que reconocer, hay que reconocer que tiene mérito, va en contra de sus propios intereses económicos, es propietario de Repsol y va en contra de los intereses de Repsol. O sea, que tiene también su reconocimiento no? Yo espero, que dentro de poco Soria se eche para atrás, con toda esta defensa que tiene él a las Petroleras, y a perforar, y Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 127 de 138

128 a mancharnos todo nuestro medio ambiente, y todas estas cosas, porque pasaría lo mismo que pasó con Gallardón, el tenía la Ley del divorcio, del aborto perdón, era una cosa maravillosa, tal, defendiendo a todo el PP en peso, bien, bien, bien, saltan, lo echan fuera, y ahora todo el mundo dice, que estaban en contra de la Ley del aborto. Yo oí declaraciones de miembros del Partido Popular de Lanzarote diciendo que menos mal, que ellos no estaban en contra, pero yo nunca los oí, nunca los oí decir que estaban en contra. Yo espero oír alguna voz del Partido Popular, diciendo que están en contra de que se nos rompa el Medio Ambiente, de que nos quiten nuestro modo de vida, y que vamos, que le quiten ya de la cabeza esta locura a Soria, no?. Yo, me gustaría oír a alguien del Partido Popular. Por nuestra parte, pues nada, nosotros seguiremos defendiendo como hemos hecho toda la vida, nuestro medio ambiente, nuestro medio de vida, y seguiremos defendiendo siempre todo lo que sea en contra de las Prospecciones Petrolíferas. Nada más, muchas gracias. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, pues simplemente para que no quepa ninguna duda, mostrar nuestro apoyo a la moción, mostrar nuestro apoyo a esa, ninguna manifestación creo que es pertinente, tiene todo el sentido del mundo, porque ha habido nuevas condiciones, entre ellas está la consulta por ahí, la nueva pregunta, hay muchos temas nuevos desde la última manifestación, y ya era hora también de que viniera otra. Yo creo que va a ser un éxito, el PIL va a estar ahí. Tenemos muchos motivos para estar en contra de estas Prospecciones, y estamos muchos de acuerdo, y unos solos diciendo que no. Entonces, yo creo que hay que respetar las posturas de todos, pero yo respeto también a los integrantes del PP hacia nosotros. Y, es un debate que hemos hablado muchísimo, que no vamos a debatir ahora sobre qué, y hay muchas cosas que nos hacen unirnos a diferentes Partidos, para ir en contra de esas Prospecciones. Por eso, el PIL como ya viene haciendo desde el año 2002, seguirá luchando en contra, que no se hagan. Muchas gracias. Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, muchas gracias Sr. Alcalde. Bueno, pues no salgo de mi asombro cuando el Sr. Portavoz del Partido Socialista, en vez de hacer un debate libre y fuera de los corsé, de los discursos que les preparan, porque me imagino que al leerlo es que tienen el discurso preparado. Lo razonable sería, que habláramos de esas 52 modificaciones de Ley que ha hecho el Partido Popular en el Congreso de los Diputados, precisamente para hablar de esa Ley de Transparencia que tenemos hoy encima de la mesa, cosa que no hizo el Partido Socialista en ninguno de los años que ha gobernado en este País. Le repito, que nosotros hace 2 años nuestros dirigentes políticos, nuestros altos cargos, sacaron sus cuentas. De hecho, por eso saben que Cañete tenía acciones en distintos, o la familia de Cañete tenía acciones en distintos lugares. Precisamente por eso, porque nosotros hace 2 años que habíamos hecho ese ejercicio de transparencia que ustedes han hecho ahora, lo cual les felicito, 2 años tarde, pero les felicito. Mire, no solo eso, también hemos hecho auditorias externas de nuestras cuentas, que por cierto nos dejan un resultado, un balance de resultado muchísimo mejor que el que tienen ustedes, que deben 64 millones de euros en diferentes Entidades de Créditos. Sin entrar en eso, me gustaría también volverme a centrar en el tema que nos ocupa. No sé si ustedes conocen a Fernando Ríos, Fernando Ríos es el alto Comisionado precisamente para defender la postura en contra del Gobierno de Canarias, es de Coalición Canaria, y también tiene acciones en la Disa, a lo mejor esa es la verdadera lucha del Gobierno de Canarias, que se la llevara Disa y no Repsol. En cualquier caso, vuelve a quedar en evidencia, que ustedes hablan una cosa y practican totalmente la contraria, como la practicaron ya, esa defensa a ultranza que hacen ahora del Medio Ambiente con el tema del Puerto de Granadilla, donde llegaron a descatalogar especies protegidas, especies Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 128 de 138

129 protegidas como los cebadales de esa zona, para construir un Puerto en aquella situación, en aquella época no les escuché decir ni esta boca es mía sobre el tema Medio Ambiental, qué casualidad que ahora sí no?, por tanto remitirme a lo que he dicho. Y, Doña Blanca, con todo el cariño del mundo que le tengo, porque le he cogido muchísimo cariño en estos años de la Oposición, pero a mí me gustaría que Alternativa cuando lanzara siempre acusaciones o cuando defendiera a distintas posturas, a la hora de tocarles ejecutar a ellos mismos, las emplearon de la misma manera que se los exigen a los demás, porque eso sería bueno, predicar con el ejemplo. El Sr. Alcalde eleva al Pleno la moción presentada. El Pleno del Ayuntamiento, por Quince votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Juan Jesús González Docal (Concejal del Partido de Independientes de Lanzarote) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del Partido Nacionalista de Lanzarote-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) Seis votos en contra: D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) ACUERDA Apoyar la manifestación que se celebrará el próximo sábado 18 de Octubre en contra de las prospecciones petrolíferas, animando a la ciudadanía a la movilización y expresar su rechazo de forma pacífica, pero firme; así como las acciones futuras que se hagan con el mismo objetivo. El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. 3.- MOCION DE URGENCIA SOBRE EL PLAN DE ACCIÓN ARRECIFE SIN BARRERAS A efectos de justificar la urgencia, el Alcalde cede la palabra al Sr. Concejal del grupo PSOE, D. Pedro Viera Espinosa, que dice, sí, la moción viene a colación con lo que se debatió en el punto doce, en el punto Doce que ya lo había anunciado el portavoz de Coalición Canaria, en la defensa de la propia moción. Y, de alguna manera, lo que propone esta moción sería, El análisis y estudio de las Instalaciones Municipales y Edificios Públicos dependientes de otros Organismos, detectando posibles barreras arquitectónicas y la Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 129 de 138

130 solución a plantear, es decir el punto nº 1 y el punto nº 2, repito, de la moción presentada por el Partido Popular. Y, en segundo lugar, Análisis y estudio de las aceras, plazas, parques, detectando posibles barreras arquitectónicas y la solución a plantear. Se procede a la votación de la urgencia, que es aprobada por unanimidad de los asistentes, 21 votos a favor (6 del grupo Coalición Canaria, 5 del grupo P.S.O.E., 6 del grupo Popular, 1 de AC-25M, 1 del P.I.L., 1 del P.N.L. y 1 de la concejal No Adscrita Dª. Emilia Perdomo Quintana. Abierto el turno de intervenciones. El Sr. Alcalde le dice al Sr. Concejal del grupo PSOE, D. Pedro Viera Espinosa, que defienda la moción. Este dice, yo creo que en la moción y los argumentos que se habían planteado, se habían comunicado en ese punto. Sí es verdad que la moción no solamente correspondería, y así se lo comento a Alternativa Ciudadana, al grupo de gobierno sino también creo que se sumaba Alternativa Ciudadana, por lo que había escuchado yo en el propio debate. Por tanto, yo creo que sería una continuación de lo que se había propuesto en el punto doce, y si los Concejales lo tienen a bien, pues seguimos ahondando en el debate o bien volvemos a votar. Muchas gracias Alcalde. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, muchísimas gracias Alcalde. También aclarar que a Nueva Canarias se le hizo la oferta también de suscribir la moción. Yo, iba a votar a favor, porque es lo que defendí antes, y lo sigo defendiendo ahora no? Nada más. Muchas gracias. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice, ya de entrada ya recibí ya el primer zurriagazo, te sumas al grupo de gobierno ya. Yo, las cosas que son buenas para la ciudadanía las encuentro estupendas, no? Me da igual que venga del grupo de gobierno, que venga de la Oposición, de cualquier lado. Es buena? Buena es, y ya está, me importa poco de donde venga no? Don Joel, si no le importa, gracias. Nada, simplemente que estoy de acuerdo totalmente, que ya lo comentamos antes y yo creo que ya ni hay discusión ni nada. O sea, lo que está bien, bien está, simplemente. Y bueno, ya le pediré a Don Joel, porque antes me dejó un poco fuera de juego, le pediré explicaciones a ver a cuento de qué vino todos esos zurriagazos, sin venir a cuento. Nada más. Muchas gracias. Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice estar totalmente a favor. Interviene la Sra. Concejal del grupo PP, D. Carmen Sáez Vidal, que dice, vamos a ver, el Partido Popular no solo se va adherir, va a votar a favor, sino queremos formar parte de esa moción, ya que han rectificado, ya que han cambiado su voto de esta manera tan extraña, o sea, posiblemente como niños chicos, para no dar la razón al grupo que hace una moción, que se la estudia, que la hemos, con perdón y entrecomillas, currado bastante, hemos hablado con los Técnicos propios del Ayuntamiento, se ha hecho un trabajo de campo previo al que han hecho ustedes, porque ustedes no lo han hecho, queremos formar parte de la proposición. O sea, el Partido Popular no es que vaya a votar ahora a favor, es que otro voto sería estúpido por parte nuestra, que la hemos propuesto, entonces queremos formar parte, el Partido Popular forma parte junto con el grupo de gobierno de esa moción evidentemente. Y, vamos a votar a favor, pero es que no puede haber otro voto. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 130 de 138

131 Interviene el Sr. Concejal del grupo CC, D. Orlando Umpiérrez García, que dice, bueno, fui yo quien accedió a la bancada de enfrente, a invitar a todos que se sumaran a esta moción, porque no es un tema electoralista como estábamos también comentando en mociones anteriores. A ustedes no se les invitó, porque fue justo la propuesta que se les hizo sobre su moción y la rechazaron, hubiese sido su moción directamente y todos hubiésemos votado a favor, fue solo justo por eso. Discúlpeme usted, la próxima yo aunque sea reiterarlo, me acercaré también y le invitaré. El Sr. Alcalde eleva al Pleno la moción presentada. El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes Veinte votos a favor: D. Manuel Fajardo Feo (Alcalde- del grupo Coalición Canaria) Dª. Ascensión Toledo Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Rafael Juan González Robayna (Concejal del grupo Coalición Canaria) Dª. María Ángeles García Hernández (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Orlando Umpiérrez García (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. Jacobo Lemes Duarte (Concejal del grupo Coalición Canaria) D. José Francisco Montelongo Espinosa (Concejal del grupo PSOE) Dª Francisca Mª Carmen Toledo Hernández (Concejal del grupo PSOE) D. Pedro Marcial Viera Espinosa (Concejal del grupo PSOE) D. Víctor Manuel Sanginés Tremps (Concejal del grupo PSOE) Dª. Eva de Anta de Benito (Concejal del grupo PSOE) D. Remigio Joel Delgado Cáceres (Concejal del grupo Popular) D. Vicente Jesús Dorta Borges (Concejal del grupo Popular) D. Roberto Vicente Herbón (Concejal del grupo Popular) Dª. María Ángela Hernández Cabrera (Concejal del grupo Popular) Dª. María del Carmen Sáez Vidal (Concejal del grupo Popular) D. Cristóbal Juncal Fernández(Concejal del grupo Popular) Dª. Blanca María Blancas Suárez (Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo) D. Pedro Manuel de Armas Sanginés (Concejal del Partido Nacionalista de Lanzarote-NC) Dª. Emilia Perdomo Quintana (Concejal no adscrita) ACUERDA Ejecutar un Plan de Acción denominado Arrecife sin Barreras que contemple: (1) Análisis y estudio de las instalaciones municipales y edificios públicos dependientes de otros organismos, detectando posibles barreras arquitectónicas, y la solución a plantear. (2) Análisis y estudio de las aceras, plazas y parques, detectando posibles barreras arquitectónicas, y la solución a plantear. El Sr. Alcalde proclama el acuerdo adoptado. II. PARTE DEDICADA AL CONTROL. PUNTO DÉCIMO SEXTO.- DAR CUENTA DE LOS DECRETOS DICTADOS POR LA ALCALDÍA DURANTE EL MES DE AGOSTO DE Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 131 de 138

132 A continuación se da cuenta de los siguientes Decretos, los cuales han estado a disposición de los Sres. Concejales: DECRETOS DEL MES DE AGOSTO DE Interviene el Sr. Secretario Acumulado, D. Leopoldo Díaz Bethencourt, que dice, dar cuenta de los Decretos de la Alcaldía del mes de Agosto, que los tienen los Señores y Señoras Concejalas a su disposición. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que dice, siguiente punto Sr. Secretario. PUNTO DÉCIMO SÉPTIMO.- RUEGOS Y PREGUNTAS. 1.- Se da cuenta del escrito presentada por el grupo Popular, el día 9 de octubre de 2014, con registro de entrada nº , que se transcribe: Los concejales integrantes del Grupo Popular municipal, al amparo de lo establecido en los artículos 91 al 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales formulan, para su discusión y, en su caso aclaración en el próximo Pleno Ordinario) a celebrar, las presentes preguntas y ruegos: PREGUNTAS: En relación al incidente de la descarga eléctrica de semáforos. Hay algún informe técnico que justifique la descarga? Qué medidas se están tomando para que no vuelva a suceder? Creen los concejales del grupo de gobierno que no es necesario sacar a concurso el servicio de mantenimiento de semáforos como ya propuso el PP en el pleno de noviembre de 2013? Puede el Alcalde garantizar que esa situación no se volverá a repetir? En relación a la suciedad y la falta de servicios en la calle Campoamor de Argana Alta. Varias son las quejas de vecinos de esa calle sobre la insalubridad a la que se enfrentan cada mañana. Cuándo se implantaran los nuevos contenedores en esa zona de Argana Alta? Con qué frecuencia se limpiaran dichos contendores? Seguirán echando la culpa a los vecinos de la suciedad que se acumula en el barrio de Argana Alta, o será que falta vigilancia y más servicios y efectivos de limpiezas acorde a los más de habitantes del barrio? En relación a algunas bolsas de suelo de Arrecife. Conoce el señor alcalde al propietario del suelo denominado en el Plan Supletorio como "Capellanía" situado a la salida sur de Arrecife, entre el Cabildo Insular y San Francisco Javier? Mantienen alguna relación societaria, comercial o de intereses comunes? Es cierto que el material electoral y alguna antigua sede del PSOE es propiedad de este promotor de suelo? Por qué se le quitan los sistemas generales contemplados en la adaptación básica del 2004? Por qué se le aumentan los usos del suelo, pudiendo realizar hasta un hotel? Por qué en esta bolsa de suelo donde se pueden realizar hasta 358 viviendas no entra ninguna protegida? Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 132 de 138

133 Después de ver como cambia esta bolsa de suelo que es fundamental para Arrecife, con respecto a la adaptación básica del Siguen ustedes insistiendo en que el equipo redactor no ha recibido directrices políticas? En relación a la calle La Sotileza. Existe un cable de alumbrado público que cuelga y llega hasta la acera. Ya lo dijimos a principios de año. Cuándo piensan retirarlo antes de que ocurra una desgracia? En relación a la calle Apolo. De los 8 puntos de luz que tiene la calle solo alumbran 3. Cuándo piensan cambiarlos? RUEGOS: - Rogamos la retirada inmediata de los escombros ubicados en la zona del Cable a su paso por la avenida marítima. - Rogamos la retirada inmediata de los escombros ubicados en el solar conocido como Altavista II, justo al lado de Tenorio. - Rogamos que las preguntas que no se respondan en sesión plenaria, se hagan por escrito. En Arrecife a 9 de octubre de Joel Delgado Cáceres. Portavoz del Partido Popular. Firmado. 2.- Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, quien dice, vamos con los ruegos y preguntas que se quieran formular verbalmente: 1º.- Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice: a) Bueno, en primer lugar, saben que hubo un hecho con un niño, parece ser que le dio un pequeño calambrazo en un semáforo. Usted recuerda que yo traje unas fotos de unos palinters, que están en la Avenida Marítima, cuyos cables están fuera, son unos cables enormes, son 3 palinters ó 4, no sé cuantos son, son varios, no sé si ustedes lo han visto. Enseguida se me encendió la luz, es decir, aquello no se ha arreglado!. Y, no sé si aquello tiene corriente o no, la verdad que no lo sé. Yo, pregunté y me dijeron que sí. Si aquello tiene corriente, desde luego es un peligro terrible, porque estamos hablando de 380 ó de no sé cuánto, no tengo ni idea, pero bueno. Lo que sí, es que es un peligro, debía de arreglarse eso, que es ponerle las tapas nada más, aunque sea. b) Con respecto a los contenedores, ya lo hablé con el compañero Don Víctor, y sabe lo que hay con respecto a esos contendores del Cabildo de Lanzarote de vidrio, que se están convirtiendo en puntos donde están tirando porquería. Y, un olor, uno concretamente está en el Hospital, que no se puede pasar. c) Ayer hubo una denuncia por alguien que llamó por teléfono a una Tertulia, con respecto a los olores otra vez del Vertedero. Yo, argumenté, que creo que tiene que ver con estas fechas, en Octubre, Noviembre, por la climatología, que al estar estancado y no hay corriente, que amanecen las, puede ser que se concentre el metano o parte de ese metano, y que dé ese olor. Pero, sí pedí que se hiciera un estudio, la posibilidad de que sea contaminante. Nada más. d) Con respecto a los Plenos, no haga usted los Plenos más de ahora en adelante los sábados por favor, nos fastidia el viernes y nos fastidia el sábado. Ayer no pude ir a los Lolas, porque me tuve que ir a acostar, y como yo, usted también. Nada más, muchas gracias. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 133 de 138

134 2º. Interviene la Sra. Concejal de Alternativa Ciudadana-25 de Mayo, D. Blanca María Blancas Suárez, que dice: a) Un ruego, y es con el tema de los contenedores que se están poniendo últimamente, esos grandotes. Entre la calle Donantes de Sangre y León y Castillo, donde está me parece que es Novia Flor, el local ese, bueno, pusieron uno allí en la esquina, que para tu poder salir, acceder a la calle León y Castillo, tienes que salirte medio coche y entonces es un peligro, que si se puede ubicar en otro sitio, sería interesante. Eso, por un lado. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que contesta y dice, nada más que decir una cosa con respecto a los contenedores. Hemos tenido problemas, y además se detectó sobre la marcha, y yo mismo junto con el Concejal del Área y con el Teniente de Alcalde, tuvimos una reunión con los prestadores de servicio y están reubicando. Y, algunos por ejemplo como el de Novia Flor, me da la impresión de que ya está corregido, pero hay otros que corregir, y ya no solo viéndolos desde el punto de vista de la peligrosidad si cabe, sino además hasta tratando de conciliar la comodidad de los ciudadanos, con la posibilidad de que se recoja la basura no?. Sr. Docal?. b) Creo que a la altura de Abril o Mayo, no recuerdo exactamente, Aculanza presentó una moción, que ya lo pregunté en el Pleno anterior y que no ha llegado, no sé por qué no se ha presentado. Yo lo pregunté en el Pleno anterior, y no he sabido respuesta. Y, vuelve otra vez, porque es que hay constancia de la presentación y todo, para que venga, pues para que la defienda quien la tenga que defender. 3º.- Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice, volverles sobre la Circunvalación, a incidir en lo que les dije antes, de que no se vuelvan a producir esos grandes cortes como el de Costa Teguise, sin ningún tipo de aviso y sin que nadie lo sepa. 4º.- Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Roberto Vicente Herbón, que dice: a) La calle Sotileza que es una trasera del Nieves Toledo, ya lo habíamos traído hace unos meses, de que hay un cable, creemos que de alumbrado público, que conecta una farola a otra, está colgada en unos pósteres de madera, y en su momento lo denunciamos, y ustedes dijeron que lo iban a arreglar, porque el cable está tirado allí en la acera, y ahora aparece ser que han intentado tirar de él y todavía, está al lado de un Colegio, donde es un Colegio de Infantil Doña Paca, es un Colegio de Infantil, le compete a usted y a Doña Eva, usted lleva la Concejalía en los Colegios. El cable está allí muy mal, estaba grapado al palo, al póster de madera, un póster de teléfono, y se ha podrido el tubo que hay en el cable, y hay otro póster allí que tiene un tubo nuevo, pero el peor que está es ese, porque está cercano, ya casi al lado del Colegio. Lo hemos traído, repito, y no han hecho nada. b) Rogamos la retirada inmediata de los escombros ubicados en la zona del Cable, a su paso por la Avenida Marítima, Don Víctor. c) Rogamos la retirada inmediata de escombros ubicados en el solar conocido como Altavista II, justo al lado de Tenorio. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 134 de 138

135 d) En el edificio que está a la entrada de la calle Real, el edificio donde está la Caja de Canarias, tiene un garaje que de todos es conocido, que es al lado creo que la calle se llama Amigos de Puerto Naos, el garaje que tiene ese edificio que sale a la Marina. Y, como ahora han cambiado los contenedores de la basura, los nuevos, los han puesto allí, son más altos, los vecinos que quieren salir con el coche hacia Puerto Naos, a dios gracias, porque los tenían allí medios, los han dejado meses, los han dejado allí, han hecho, han pintado Don Víctor ahora la raya continua. Eso, ese garaje siempre se ha salido para un lado y para el otro. Ahora, han hecho, yo lo he estado viendo, han hecho como discontinua, porque es lamentable que los vecinos del garaje de al lado salgan hacia los dos lados, incluso las calles donde está el Ciao antiguamente, que puedan salir hacia los dos lados, y que aquí no puedan girar. Entonces, lo que yo estoy viendo ahora, es que han pintado la discontinua para que puedan salir, porque siempre ha sido así, hasta que se pintó la carretera, se pintó por lo que fuera, y no la dejaron, eso. Entonces, es lamentable que una persona que vive allí, que tenga que venir hacia Puerto Naos. Interviene el Sr. Teniente de Alcalde, D. José Francisco Montelongo Espinosa, que dice, Don Roberto Ruegos y Preguntas, porque si vamos a debatir como mociones, Ruegos y Preguntas. D. Roberto Vicente Herbón dice, estoy aclarando un poco lo que es, porque Don Víctor dijo que no se puede, y ahora está pintada discontinua. Lo que proponemos, a petición de reunirnos con los vecinos, que hemos estado allí, es que si enfrente para la mayor seguridad, y repito, porque los contenedores son más altos, se pueda poner en la acera enfrente un espejo, un espejo para que cuando salgan puedan ver, porque hay un paso de peatones más atrás y no ven. O, cambian los contenedores de ubicación? Nada más. 5º.- Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, lo primero, pedirle al Secretario que conste en acta, que no se nos responden a las preguntas que presentamos por escrito y queremos que conste en acta, porque de verdad, ya es que canta un poco. 6º.- Interviene el Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, que dice: a) Tienen ustedes previsto el tema de la UA-12, la implantación de las grandes superficies, que están abriendo ya, que abren el mes que viene, la movilidad? Aquello que hablábamos, el acceso, la mejora de acceso, la mejora de acceso desde la Circunvalación, lo que se nos viene. No hablamos del pasado, hablamos del mes que viene, cuando esa conocida marca comercial que tanto esperábamos abra, y esas colas que seguro que se van a producir, se lo quería preguntar a Don Jacobo. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que contesta y dice, aquí está el Alcalde. El Sr. Concejal del PIL, D. Juan Jesús González Docal, dice, aquí está el Alcalde, que fue precursor de ese Plan de Movilidad en su día. No, no, pero es muy serio, usted lo sabe que nos vamos a ver, es una zona en obras, es una zona, claro en su día, bueno sí, pero no se llegó a, ese Plan de Movilidad no existe. Y, sí tienen ustedes previsto cómo o mejorar los accesos o la avalancha que viene?, porque lógicamente eso, está el Hospital, a nadie se le escapa que está en una zona conflictiva, como bien dijo usted hace unos años, y está donde está, y la Circunvalación sin terminar. Y también, si la Circunvalación al final Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 135 de 138

136 tenía previsto una salida por ahí o no la puede tener? Eso, sí me gustaría que me lo respondieran. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que contesta y dice, le voy a responder yo porque además el Concejal de Tráfico no está. Hace bien usted en recordar que fui yo, siendo Portavoz de la Oposición, quien se abstuvo y quien propuso un Plan de Movilidad, y se están ejecutando las propuestas que nosotros habíamos hecho, avaladas por los Técnicos, que ésta es la afluencia posible. Es verdad, que en tanto se acaba, que parece que está prevista la finalización de la Rotonda de los Cuarteles, está previsto para en torno a finales de Diciembre, pues seguramente se va a producir algún problema. Y, creo que los de Mercadona tienen previsto abrir a finales de Noviembre. O sea, que vamos a tener seguro, que hay un mes de incomodidades. Pero, si ustedes pasan por la UA-12, además me consta que algún Concejal de aquí lo frecuenta pues por razones obvias, otros pasamos porque nos interesa, a ver cómo está quedando. Y, yo creo que se han resuelto muchos problemas de movilidad, con todas las Rotondas y los accesos que se han hecho. Y, si hubiese algún problema, pues entre todos seguro que íbamos a ser capaces, con lo que nos digan los Técnicos, de arreglarlo. Grupo Popular? b) Hay alguna mejoría en el tema del Pabellón de Argana? Si tienen algo decidido? ya se ha tomado alguna decisión? 7º.- Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Roberto Vicente Herbón, que dice: a) Ya lo dijo, ya lo habló Don Pedro, en relación al semáforo, a la descarga eléctrica de, creo que fue el semáforo que está a la entrada de la calle Cuba. Hay algún informe técnico que justifica la descarga?. Qué medidas se están tomando para que no vuelva a suceder?. Creen los Concejales del grupo de gobierno que no es necesario sacar a concurso el servicio de mantenimiento de semáforos como ya propuso el Partido Popular en un Pleno celebrado en Noviembre del 2013? Puede el Sr. Alcalde garantizar que esta situación no se volverá a repetir? b) En la calle Apolo, una paralela de Gómez Ulla, allí ha llegado el Plan de Barrios, a Dios gracias, y llevan de 8 farolas que hay de alumbrado público, solo alumbran las 3 primeras entrando por la calle Gómez Ulla, las otras 5, aquello parece el Bronx, está a oscuras total, llevan más de un mes en esa situación. Qué medidas van a tomar? Cómo piensan reparar eso? 8º.- Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice: a) Lamentamos que el Sr. Alcalde no esté, porque estas preguntas van dirigidas a él, la mayoría de los casos. Y, puedo entender por qué se ha ausentado de la sesión, puedo entenderlo, no lo comparto. b) En relación a la suciedad, y a la falta de servicios en la calle Campoamor de Argana Alta, varias son las quejas que nos han trasladado los vecinos sobre la insalubridad, a la que se enfrentan cada mañana o cada tarde, cuando van a dejar allí sus bolsas de basura. Me preguntan también y es una pregunta que le hacemos, Cuándo se van a implantar los nuevos contenedores en la zona de Argana Alta, concretamente en la calle Campoamor? Con qué frecuencia se limpiarán los nuevos contenedores que se están poniendo? Y, si se irá echando la culpa a los vecinos de la suciedad que se acumula en el Barrio de Argana Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 136 de 138

137 Alta o será que falta vigilancia y más servicios y efectivos de limpieza acorde a los más de habitantes del Barrio? Interviene el Sr. Concejal del grupo PSOE, D. Víctor Sanginés Tremps, que contesta y dice, sí, responderle a las preguntas que me hizo con respecto a la limpieza en el Barrio de Argana. Ya el Sistema está implantado en Argana, desde el principio de la semana anterior, desde este lunes. Y bueno, la limpieza de los contenedores nuevos y además les invito a que la vean, es bastante novedosa, el mismo camión recoge al contenedor, lo mete dentro del propio camión, y hace la limpieza en el interior. Y por supuesto, no sé de dónde saca usted que nosotros le echamos la culpa, o yo en este caso, le echo la culpa a los vecinos de Argana, con respecto a la suciedad. Le echo la culpa a diversas personas que incumplen la normativa, pero son mínimas la verdad, el vecino de Arrecife es bastante respetuoso, como usted mismo lo habrá oído por mi parte. Yo les felicito, porque están colaborando de una forma activa, con la implantación de este nuevo Sistema. Y, desde luego, yo nunca les he echado la culpa a los vecinos de Argana sobre la suciedad. Es más, tienen que padecer los actos incívicos de algún vecino, es lo que yo he dicho, y de algunas empresas, que de una forma totalmente insolidaria van al Barrio de Argana a hacer cosas que no se deben. c) En relación a esta pregunta me gustaría que me la contestaran hoy aquí, y si no por escrito. Y, lo vuelvo a reiterar, que conste en acta. En relación a algunas de las Bolsas de Suelo sobre el Plan Supletorio de Arrecife, queremos plantear la primera pregunta: 1- Conoce el Sr. Alcalde al propietario del suelo denominado en el Plan Supletorio como Capellanía, situado a la salida Sur de Arrecife, entre el Cabildo Insular de Lanzarote y San Francisco Javier?. 2 - Mantiene alguna relación societaria comercial o de intereses comunes?. 3 - Es cierto que el material electoral o alguna antigua Sede del Partido Socialista es propiedad de este promotor de suelo?. 4 - Por qué se le quitan los Sistemas Generales contemplados en la Adaptación Básica del año 2004?. 5 - Por qué se le aumentan los usos de suelo pudiendo realizar en esa zona hasta el Hotel?. 6 - Por qué en esa Bolsa de Suelo donde se pretenden realizar 358 viviendas no entra ninguna protegida?. 7 - Después de ver como cambia esta Bolsa de Suelo, que es fundamental para Arrecife, con respecto a la Adaptación Básica del 2004, la siguiente pregunta que planteamos es, Siguen ustedes insistiendo en que en el equipo Redactor no ha habido directrices políticas por parte del grupo de gobierno?. 9º.- Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, me disculpa, pero tenía una pregunta apuntada. No sé si es responsable, Don Rafael o Don Víctor? Pero, sabe que hay una queja en la Playa del Reducto, con respecto a los mosquitos, que hay una plaga o algo de eso, no se sabe, está lleno aquello de mosquitos, no se sabe de donde vienen. A ver si se puede indagar, Dónde está el foco?, porque dónde está el agua está el mosquito, eso. Interviene el Sr. Concejal del grupo CC, D. Rafael Juan González Robayna, que contesta y dice, le respondo a la de Don Pedro. Hemos solicitado al Veterinario que haga un informe, y en base a ese informe, lo trasladaremos a Salud Pública. Pero llevamos, ya se hizo uno anterior donde no se localizó el foco. Y ahora, estamos haciendo otro, y cuando lo termine se trasladará a Salud Pública. Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 137 de 138

138 Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, el agua salada no es? Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que contesta y dice, nada más que una cosita, que sepa que también, además eso también lo hice personalmente con Don Francisco Fabelo, y lo insté porque es de competencia del Cabildo, el Parque ese donde están las garzas, que procediera a la limpieza, nosotros estamos adecuando el exterior, pero que procediera. Y, me consta que ya están limpiando y además podando, porque también pudiera ser a lo mejor parte del foco, y ya lo han hecho. Y además, les adelanto que también han planteado, pues está prácticamente en el Centro de Arrecife, es una entrada importante, que se va a hacer un estudio para el traslado. Nada más, era para que lo supiera. Interviene el Sr. Concejal del PNL-NC, D. Pedro de Armas Sanginés, que dice, no, simplemente que como estuvieron en el Parque, que no había ese problema. Un foco de agua en algún sitio. Interviene el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo, que contesta y dice, a lo mejor, no te extrañe, que también con todas las obras estas de pluviales y las que está acometiendo también Canal Gestión. Y, desde que se detecte, por supuesto sí. Quería contestar? A continuación se ausenta de la sesión el Sr. Alcalde, Don Manuel Fajardo Feo. 10º.- Interviene el Sr. Concejal del grupo PP, D. Joel Delgado Cáceres, que dice, vaya el Alcalde se ausenta más de la cuenta cuando estamos en ruegos y preguntas. Que conste en acta nuestra protesta. Me quiero referir a que en determinadas ocasiones nos hemos reunido con el Alcalde para hablar precisamente de los medios de que dispone este grupo político. A día de hoy, sigue sin haber respuesta, y bastante respetuosos hemos sido en muchísimas formas con ustedes, como para mantener esta situación que nos están haciendo mantener. Yo, ya no voy a hablar por el resto de compañeros de Corporación de otros Partidos, donde sí se les ha cercenado algunas posibilidades que tenían con respecto al gobierno anterior. Yo lo que pido, es un trato igualitario y justo para el resto de grupos políticos, no estamos pidiendo nada que no esté en base a un Acuerdo Plenario de Septiembre del Hay medios que están disponibles, para que se ejecuten y se puedan aprovechar por parte de los miembros de la Oposición. Yo, les vuelvo a reiterar y les vuelvo a rogar, que cumplan con los Acuerdos Plenarios, y que den al Partido Popular las condiciones con las que se pactó en Septiembre del 2012, y al resto de los grupos exactamente lo mismo, que no pasa nada porque hagamos Oposición, de verdad. Interviene el Sr. Teniente de Alcalde, D. José Francisco Montelongo Espinosa, que accidentalmente actúa como Alcalde y dice, si no hay ninguna respuesta más a ninguna pregunta, se levanta la sesión. Por tanto, se declara concluso el acto levantándose la sesión, siendo las once horas y cuarenta minutos del día once de octubre de dos mil catorce, y para constancia de lo que se ha tratado y de los acuerdos adoptados, extiendo la presente acta con el Visto Bueno del Sr. Alcalde-Presidente, de lo que como Secretario Acumulado, doy fe. EL ALCALDE-PRESIDENTE EL SECRETARIO ACUMULADO Sesión Ordinaria del Pleno de 11 de octubre de 2014 Página 138 de 138

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