I.E.S. VICTORIA KENT PLAN DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "I.E.S. VICTORIA KENT PLAN DE CONVIVENCIA DEL CENTRO"

Transcripción

1 I.E.S. VICTORIA KENT PLAN DE CONVIVENCIA DEL CENTRO Enero de 2016

2 Sapere aude (atrévete a saber) Las relaciones personales están basadas en el respeto mutuo. Se respetará la integridad física y moral de los demás, absteniéndose de enfrentamientos, insultos, burlas, hurtos, humillaciones, bromas de mal gusto y novatadas. Debemos vestir adecuadamente y cuidar las normas básicas de higiene. COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO El Director 1. Corresponde al Director velar por la realización de las actividades programadas dentro del Plan de Convivencia del centro, garantizar el cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interno, resolver los conflictos escolares e imponer las sanciones que corresponda a los alumnos, sin perjuicio de las competencias que se le atribuyen directamente al profesorado y las que están reservadas al Consejo Escolar. 2. En el ejercicio de estas funciones, el Director es el competente para decidir la incoación y resolución de expedientes sancionadores, así como para la supervisión del cumplimiento efectivo de las sanciones en los términos que hayan sido impuestas. El Jefe de Estudios El Jefe de Estudios es el responsable directo de la aplicación de las Normas de Conducta y de la disciplina escolar. Deberá llevar control de las faltas de los alumnos cometidas contra las citadas Normas de Conducta y de las sanciones impuestas y deberá informar de ellas, periódicamente, a los padres o tutores. El profesorado 1. Los Profesores del centro, en su labor formativa, ejercerán la autoridad sobre sus alumnos, y tienen el derecho y el deber de hacer respetar las Normas de Conducta establecidas en el centro y corregir en aquellos comportamientos que sean contrarios a las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid (BOCM 97 de 25 de abril de 2007) y en el Reglamento de Régimen Interior del centro. 2

3 2.Corresponde al Profesor tutor valorar la justificación de las faltas de asistencia de sus alumnos, fomentar la participación de estos en las actividades programadas dentro del Plan de Convivencia y mantener el necesario contacto con las familias a fin de que se cumplan los objetivos de dicho Plan. 3. El Claustro de Profesores deberá informar las Normas de Conducta y las actividades incluidas en el Plan de Convivencia. Asimismo, conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velará por que estas se atengan a la normativa vigente. El Consejo Escolar 1. El Consejo Escolar es el competente para aprobar el Plan de Convivencia del centro, garantizando que en su elaboración hayan participado todos los sectores de la comunidad educativa, así como que las Normas de Conducta establecidas se adecuen a la realidad del centro educativo. 2. Corresponde al Consejo Escolar del centro conocer la resolución de conflictos disciplinarios, velar por el correcto ejercicio de los derechos y cumplimiento de deberes de los alumnos y por que la resolución de conflictos se atenga a la normativa vigente. Comisión de convivencia del Consejo Escolar 1. Por el Consejo Escolar del centro se constituirá la Comisión de convivencia, cuyos componentes se elegirán de entre sus miembros, por los sectores del mismo. 2.Formarán parte de la Comisión de convivencia el Director, el Jefe de Estudios, los Profesores designados por el Consejo Escolar, un padre de alumno y un alumno, cuando el alumnado tenga representación en el Consejo Escolar, y podrá actuar presidida por el Jefe de Estudios por delegación al efecto del Director del centro. 3. La Comisión de Convivencia, que se reunirá con carácter semanal para analizar las cuestiones disciplinarias que se produzcan, tendrá las siguientes atribuciones: a) Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el respeto, la tolerancia, el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes, así como proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro. b) Proponer el contenido de las medidas a incluir en el Plan de Convivencia del centro. c) Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la observancia de las Normas de Conducta. d) Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y los resultados de aplicación de las Normas de Conducta. e) Informar de sus actuaciones al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar del centro, al menos dos veces a lo largo del curso, así como de los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas. 3

4 REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO 1. APERTURA Y CIERRE 1. Las puertas de acceso al Centro se abrirán con quince minutos de adelanto sobre la hora de entrada a clase (8:30 horas). No se permitirá el acceso a la zona de aulas a los alumnos después de pasados diez minutos (8:40 horas). Los profesores de guardia se harán cargo de los alumnos que lleguen tarde, en la Biblioteca, y los apuntarán en el correspondiente parte de retrasos. 2. Las puertas del Centro permanecerán cerradas durante toda la jornada lectiva. 3. Los alumnos no podrán abandonar el Centro durante su jornada escolar excepto con la autorización por escrito de sus padres o responsables legales. Los alumnos de ESO sólo podrán salir del Centro acompañados de una persona mayor de edad y debidamente autorizada. 4. Los alumnos de 2º de bachillerato que no cursen todas las asignaturas podrán salir del Centro en las horas que no tengan clase. Para facilitar el control de entrada y salida, a dichos alumnos se les proporcionará un carné con foto en el que figure su horario de clases que deberán enseñar cuando les sea requerido. 5. No está permitido el acceso de personas ajenas al Centro a ninguna dependencia del mismo, salvo autorización expresa de la Dirección o Jefatura de Estudios. Los conserjes controlarán el acceso de dichas personas. 2. ZONAS DE AULAS Y RECREOS 1. Los alumnos se comportarán correctamente en las entradas, salidas, cambios de aula, etc, evitando carreras, gritos y otras manifestaciones molestas. 2. El toque del timbre avisa al profesor del final de la clase para incorporarse a la siguiente. Sólo los alumnos que necesitan cambiar de aula podrán salir de la misma. En ningún caso podrán permanecer en el pasillo ni ir a la cafetería. 3. El profesor que se encuentre en clase al iniciarse el recreo, saldrá el último del aula junto con el delegado, asegurándose de que lo hayan hecho todos los alumnos. La luz quedará apagada y la puerta cerrada con llave. En la planta baja las ventanas quedarán cerradas y las persianas bajadas. 4. El Delegado del curso tendrá la llave del aula y será el encargado de cerrarla durante los recreos y cuando el aula esté vacía y abrirla puntualmente al comienzo de las clases. 5. Durante los recreos los alumnos no permanecerán en las aulas y pasillos. Las auxiliares de control y profesores de guardia vigilarán el desalojo de las aulas y las puertas de acceso. 4

5 6. En caso de inclemencia meteorológica, los profesores de guardia podrán autorizar a los alumnos su permanencia en las aulas durante los recreos. En ningún caso los alumnos podrán permanecer en el aula, durante los recreos, sin autorización expresa de algún profesor. 7. En caso de ausencia o retraso de un profesor, los alumnos permanecerán en el aula y el Delegado comunicará tal circunstancia a los profesores de guardia. 8. Durante las horas de clase los alumnos deben permanecer dentro del aula. Aquellos alumnos que se encuentren en los pasillos, patio o cafetería serán mandados a su clase dejando constancia en Jefatura de Estudios del hecho. Los alumnos de 2º de Bachillerato que no lo cursen completo sí podrán estar en la cafetería (nunca en los pasillos) en las horas que no tengan clase. Tendrán que enseñar, si se les pide, el carné que se menciona en el punto 1.4 para comprobar que no tienen clase a esa hora. 9. Durante los exámenes los alumnos que terminen antes deben permanecer en el aula hasta que acabe la clase. Cuando se realicen exámenes de recuperación que no afecten a todos los alumnos del grupo en una hora normal de clase, el profesor se hará cargo del resto de los alumnos en el aula. 3. OTRAS DEPENDENCIAS. CONSIDERACIONES 1. Todos los miembros de la Comunidad Educativa respetarán el edificio, instalaciones, mobiliario y material; lo utilizarán responsablemente y colaborarán en la limpieza y orden del Centro. 2. Cuando se produzca algún desperfecto intencionadamente o por negligencia en el material o en las instalaciones del Instituto, el alumno o alumnos responsables deberán limpiar o reparar el desperfecto, y, en su caso, hacer la aportación económica que se considere pertinente, sin perjuicio de las posibles sanciones que determinen el Equipo Directivo o la Comisión de Convivencia. 3. Queda prohibida la publicidad de bebidas alcohólicas y tabaco así como su venta, suministro y consumo en todo el recinto escolar. 4. Los alumnos sólo utilizarán el pasillo que da acceso a los Despachos cuando tengan que dirigirse a estas dependencias. 5. Los alumnos no entrarán en la sala de profesores. 6. La Biblioteca será utilizada como sala de lectura y estudio, por tanto el silencio es imprescindible. Podrán acceder a ella todos los alumnos del Centro, en el horario que se establezca. 7. Los alumnos utilizarán únicamente los aseos específicamente señalizados para ellos. 8. Los alumnos no permanecerán en el gimnasio, las pistas o en los vestuarios sin permiso de los profesores de Educación Física. 5

6 9. Quedan terminantemente prohibidos los juegos de azar en todo el recinto del Instituto. 10. No se permitirá el uso en el Centro de teléfonos móviles, equipos de música, videoconsolas y demás aparatos electrónicos de comunicación, grabación, reproducción y/u ocio, excepto en el contexto de una actividad escolar y bajo la expresa autorización y supervisión de un profesor 11. Los alumnos deberán traer obligatoriamente la agenda y el material escolar correspondiente y presentárselo a los profesores que lo soliciten. 12. Existe un Plan de Evacuación del Centro. En el primer trimestre del curso se hará un simulacro de evacuación. 4. ASISTENCIA A CLASE 1. Cuando un alumno ha formalizado la matrícula oficial, su asistencia a clase es obligatoria. 2. El alumno que no asista a clase por motivos justificados lo notificará a los profesores afectados y al profesor tutor, mediante el apartado correspondiente de la agenda, firmado por sus padres o representantes legales, detallando los motivos de su ausencia y en el plazo de tres días a partir de su incorporación, acompañando justificación acreditativa. Los padres tienen la obligación de notificar previamente, cuando lo sepan, la falta a clase de su hijo. 3. Sólo se considerarán motivos justificados para no asistir a clase los siguientes: - Consulta médica - Enfermedad personal - Enfermedad grave de un familiar en primer grado - Fallecimiento de un familiar. - Pruebas de evaluación en centros oficiales. - Otras causas, comunicadas con la debida antelación a los profesores y con el visto bueno del tutor. 4. Las faltas de asistencia a clase por quedarse estudiando no están justificadas. 5. Cuando las faltas de asistencia a clase y de puntualidad sean reiteradas y los padres no se interesen, el caso se pondrá en conocimiento de instancias superiores. (Comisión de Absentismo Escolar del Ayuntamiento, Dirección de Área Territorial, etc ) 6. Las faltas injustificadas tendrán el carácter de: - LEVES: Primer aviso de falta leve a las 10 faltas, segundo aviso a las 5 faltas y tercer aviso a las 5 faltas. - GRAVES: la acumulación de tres faltas leves. Cada falta leve se notificará a los padres o representantes legales de los alumnos. La primera falta leve conllevará una sanción correctora consistente en el cumplimiento del 6

7 horario completo (8,30 a 15,15 h.) por parte del alumno, durante el periodo de tiempo que estime oportuno el Tutor y el Equipo Directivo. Cuando la falta pase a ser grave, se actuará conforme al D 15/2007, de 19 de abril, BOCM 97 de 25 de abril de 2007, por el que se establece el marco regulador de las Normas de Convivencia en los Centros Docentes de la Comunidad de Madrid. 7. La acumulación de retrasos en una o varias asignaturas serán también objeto de sanción por parte del Tutor o del Equipo Directivo. 8. Procedimiento de control de faltas de asistencia: a) Los profesores introducirán las faltas de asistencia en la aplicación WAFD, al menos semanalmente. Además dejarán constancia de las faltas y de los retrasos en el parte de clase. b) Los padres recibirán vía SMS las faltas de asistencia de sus hijos, salvo comunicación expresa en sentido contrario. c) Los partes de clase se entregarán a los tutores semanalmente. Los tutores comprobarán qué faltas están justificadas y cuáles no, y comunicarán a Jefatura de Estudios qué alumnos acumulan un número de faltas injustificadas que, de acuerdo con el Reglamento, sean objeto de sanción. d) En el boletín de calificación escolar figurará el total de faltas de asistencia sin justificar de la evaluación. e) Además habrá en las aulas un parte diario de asistencia que será recogido por el delegado del grupo a primera hora en conserjería y será cumplimentado cada hora por los profesores. En él se reflejaran tanto las faltas de asistencia como los retrasos. Al finalizar la jornada el delegado entregará el parte de asistencia en Conserjería. Este parte servirá para el control puntual e inmediato de casos especiales y para el cómputo de los retrasos. 9. La falta de asistencia a clase de modo reiterado puede hacer imposible la aplicación de los criterios de evaluación y de evaluación continua. Cuando superen el número máximo de faltas sin justificar tendrán que realizar un ejercicio a final de curso de los contenidos que determinen los Departamentos de la materia o materias en las que hayan perdido el derecho a la evaluación continua. El número de faltas injustificadas de asistencia por curso que darán lugar a la pérdida de la evaluación continua es el siguiente: 7

8 Asig. de 4 o más horas semanales Asig. de 3 horas semanales Asig. de 2 horas semanales Asig. de 1 horas semanales Primer Apercibimiento Segundo Apercibimiento Comunicación. Pérdida de evaluación continua El profesor de la asignatura notificará a los padres o tutores legales del alumno del riesgo de llegar a esta situación y por supuesto en el momento de aplicar la sanción. Los alumnos a los que, por superar ese número de faltas injustificadas de asistencia, no se les pueda aplicar la evaluación continua, realizarán las pruebas específicas que determine cada departamento. 10 En caso de ausencia de algún profesor, la Jefatura de Estudios podrá autorizar la anticipación de clases, o la salida de los alumnos que no tengan clase a última hora en Bachillerato (nunca en la ESO), siempre que el alumno cuente en la agenda con la autorización escrita de sus padres. 5. EXÁMENES Y EVALUACIONES 1. Los exámenes de evaluación se programarán y se comunicarán a los alumnos con la suficiente antelación. 2. Sólo si el alumno justifica su inasistencia a un examen, según los motivos recogidos en este Reglamento, la prueba le será realizada. 3. Los ejercicios de recuperación pueden hacerse: a) Dentro del horario escolar. Los alumnos que no tengan que hacer dicho ejercicio permanecerán en el aula realizando las actividades que el profesor considere oportunas. b) Fuera del horario lectivo. Sólo asistirán los alumnos que deban hacer la prueba. 4. Las reclamaciones de calificaciones seguirán el cauce reglamentario: a) Profesor (a lo largo del curso). b) Profesor, Departamento, Jefatura de Estudios y Director (a las calificaciones finales). 6. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES 1. En el seno del Consejo Escolar se constituirá una comisión encargada de las actividades extraescolares. Dicha comisión estará formada por el Jefe de estudios, el Jefe del Departamento de Extraescolares y un representante del profesorado. La comisión deberá 8

9 aprobar o no las actividades que no estén incluidas en la programación general anual. 2. Las actividades extraescolares se comunicarán al Departamento de Extraescolares con un mínimo de 15 días de antelación. Así mismo, ocho días antes de su realización, dichas actividades quedarán cerradas, estando debidamente abonadas por los alumnos y teniendo el profesor organizador la lista final de los alumnos autorizados y no autorizados, para informar de ello al resto de los profesores. 3. Si un alumno tuviera dificultades económicas para pagar alguna actividad, lo comunicará a su tutor y a la Junta Directiva para estudiar la posibilidad de que le sea financiada por el Centro. 4. No podrán participar en los viajes (fin de secundaria, esquí,...) aquellos alumnos que tengan más de tres partes o sanciones acumuladas, o un número de faltas que sean objeto de falta grave. Los profesores organizadores podrán impedir justificadamente a un alumno acudir a una actividad extraescolar o complementaria cuando su comportamiento sea inadecuado. 5. Con carácter general, el número de alumnos participantes en las actividades extraescolares, ya sean de un nivel o grupo determinado, deberá ser superior al 75 %. En el caso de no alcanzar este porcentaje, el Departamento Didáctico podrá solicitar a la Comisión de Extraescolares la autorización pertinente. 6. La Dirección del Centro o la Comisión de Extraescolares del Consejo Escolar podrá suspender cualquier actividad cuando la situación lo requiera. 7. GUARDIAS 1. El profesor de Guardia es responsable inmediato del orden en el Centro, por ello el Equipo Directivo y el personal auxiliar de control estará en todo momento al corriente del lugar donde se encuentra. Por el mismo motivo, permanecerá en la Sala de profesores aunque exista total normalidad, a fin de atender los problemas que pudiesen surgir. 2. La guardia comienza con el toque de timbre y termina al sonar el de finalización del período lectivo correspondiente. 3. Funciones del profesor de guardia: a) Cuidar la entrada puntual a las clases. b) Registrar en el parte de guardia las ausencias del profesorado y los cursos afectados, así como las incidencias (retrasos manifiestos, problemas de orden ) que se hayan producido. De todo ello dejará constancia con su firma. c) Sustituir al profesor que falte y dejar constancia de los alumnos que están presentes. En el caso de que se produzcan a un tiempo varias ausencias del profesorado, tomará las medidas pertinentes para guardar el orden en las clases afectadas y el silencio en los pasillos. d) Cuando un alumno requiera atención médica se avisará a su familia para que se haga cargo de la situación o al 112 si fuera necesario. Cuando la situación lo aconseje, se trasladará al alumno a un centro médico, notificándolo al Equipo directivo. e) Los alumnos de ESO tendrán que permanecer en su aula con un profesor de guardia, no pudiendo adelantar clase en ningún caso. 4. Existen cuatro tipos de guardias: 9

10 I. Guardias de aula a) Al comienzo de la guardia los profesores verán la carpeta de guardias, donde se les notificarán las incidencias previstas. b) Controlarán qué grupos están sin profesor y que no haya alumnos en los pasillos ni en el patio. c) Permanecerá en el aula donde falte el profesor. Los alumnos realizarán las tareas que les encomiende el profesor de guardia. d) Al finalizar la guardia, los profesores volverán a la Sala de Profesores, anotarán las incidencias y firmarán el parte de guardia. II. Guardias de recreo a) Los profesores encargados de guardia de recreo controlarán que no quede ningún alumno en la zona de aulas y vigilarán el buen orden en los patios. b) Al finalizar la guardia, los profesores volverán a la Sala de Profesores para anotar de las incidencias y firmar el parte de guardia. III. Guardias de biblioteca a) El profesor de guardia de biblioteca velará por el orden y el silencio en la sala y atenderá a los préstamos y devoluciones de libros a los alumnos. b) Al finalizar la guardia, los profesores anotarán las incidencias y firmarán el parte de guardia. IV. Guardias de apoyo a) Los profesores con guardia de apoyo se presentarán al comienzo de la misma en la Sala de profesores. En caso de que los profesores de guardia no puedan cubrir todas las incidencias que se produzcan, el profesor con guardia de apoyo pasará a cumplir las mismas funciones que los anteriores. b) El profesor con guardia de apoyo estará localizable por si se requiere su intervención. 8. NORMAS DE CONDUCTA Ámbito de aplicación Con el objeto de garantizar la convivencia en el Centro, se corregirán los actos contrarios a las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interno que realicen los alumnos en el recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y extraescolares y servicios educativos complementarios. Igualmente se podrán corregir todos aquellos actos de alumnos realizados fuera del recinto escolar cuando tengan su origen o estén directamente relacionadas con la actividad escolar o afecten a los miembros de la comunidad educativa. En caso de comisión de actos que pudieran ser constitutivos de delito o falta penal, los Profesores y el equipo directivo del centro tienen la obligación y el deber de poner los hechos en conocimiento de los Cuerpos de Seguridad correspondientes o del Ministerio Fiscal. 10

11 9. FALTAS DE DISCIPLINA. CLASIFICACIÓN Se considerarán faltas de disciplina aquellas conductas que infrinjan las normas de convivencia del centro. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves. a) FALTAS LEVES 1. Se calificará como falta leve: a) Cualquier infracción a las normas de conducta cuando, por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta grave ni de muy grave. b) Tendrá la consideración de falta leve el mero uso, fuera de clase, de teléfonos móviles, equipos de música, videoconsolas y demás aparatos electrónicos de comunicación, grabación, reproducción y/u ocio, excepto en el contexto de una actividad escolar y siempre bajo la expresa autorización y supervisión de un profesor, siempre que este no constituya una falta grave o muy grave. c) Se incurrirá en la misma tipología de falta a quienes no portasen o hiciesen un uso indebido de la agenda, siempre que este no supusiese una falta grave o muy grave 2. Las faltas leves se corregirán de forma inmediata aplicando alguna o algunas de las siguientes sanciones: a) Amonestación verbal o por escrito. b) Expulsión de la sesión de clase con amonestación escrita y con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director c) La privación del tiempo de recreo. d) Permanencia en el centro después de la jornada escolar. e) La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado. f) La realización de tareas o actividades de carácter académico. g) Cualquier otra medida similar de aplicación inmediata. b) FALTAS GRAVES 1. Se califican como faltas graves las siguientes: a) Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del tutor, no estén justificadas. b) Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio. c) Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros miembros de la comunidad escolar. d) Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro. e) Los daños causados en las instalaciones o el material del centro. f) Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa. g) La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las Normas de Conducta. 11

12 h) Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave, según el presente Reglamento. i) La reiteración en el plazo de tres meses de tres o más faltas leves. j) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve. k) Abandono injustificado del centro durante la jornada escolar. l) El uso en clase de teléfonos móviles, equipos de música, videoconsolas y demás aparatos electrónicos de comunicación, grabación, reproducción y/u ocio, excepto en el contexto de una actividad escolar y siempre bajo la expresa autorización y supervisión de un profesor 2. Las faltas graves se corregirán con las siguientes sanciones: a) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata. b) Permanencia en el centro después del fin de la jornada escolar. c) Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del centro. d) Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de un mes. e) Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos. f) Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos. g) El uso en clase de teléfonos móviles, equipos de música, videoconsolas y demás aparatos electrónicos de comunicación, grabación, reproducción y/u ocio, excepto en el contexto de una actividad escolar y siempre bajo la expresa autorización y supervisión de un profesor, será sancionado con al menos un día de expulsión. 3. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones previstas en las letras d), e) f) y g) del apartado anterior, durante el tiempo que dure la sanción, el alumno realizará las tareas o actividades que determine el profesorado que le imparte clase. c) FALTAS MUY GRAVES 1. Son faltas muy graves las siguientes: a) Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia los Profesores y demás personal del Centro. b) El acoso físico o moral a los compañeros. c) El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales contra los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa. d) La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. e) La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de sonido y/o imágenes de cualquier miembro de la comunidad educativa, constituyendo un 12

13 agravante de la misma, si estos sonidos y/o imágenes reflejan algún tipo agresión o humillación cometida. f) Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las instalaciones, materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. g) La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos académicos. h) El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. i) La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y, en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta. j) La reiteración en el plazo de seis meses de tres o más faltas graves. k) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave. 2. Las faltas muy graves se corregirán con las siguientes sanciones: a) Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán contribuir al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados. b) Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de tres meses. c) Cambio de grupo del alumno. d) Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días e inferior a dos semanas. e) Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a un mes. f) Cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por tratarse de un alumno de enseñanza obligatoria. g) Expulsión definitiva del centro. 3. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones previstas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, el alumno realizará las tareas y actividades que determine el profesorado que le imparte clase. 4. La aplicación de las sanciones previstas en las letras f) y g) del apartado 2 se producirá cuando la gravedad de los hechos cometidos y la presencia del alumno que los cometa en el centro supongan menoscabo de los derechos o de la dignidad para otros miembros de la comunidad educativa. Asimismo, se adoptará esta sanción en caso de agresión física, amenazas o insultos graves a un profesor. 5. La sanción prevista en la letra f) del apartado 2 procederá en el caso de alumnos de enseñanza obligatoria, y hasta el curso en que cumpla dieciocho años de edad. En ese supuesto, la Consejería de Educación realizará el cambio de centro, garantizándole un puesto escolar en otro centro público o sostenido con fondos públicos, con los servicios complementarios que sean necesarios. El Director del centro elevará petición razonada ante el Director de Área Territorial, quien tramitará esta propuesta en el plazo máximo de cinco días hábiles. 13

14 El alumno que sea cambiado de centro deberá realizar las actividades y tareas que se determinen, y que se desarrollarán en la forma en que se articule conjuntamente por los equipos directivos de los dos centros afectados. 6. Las sanciones derivadas de la grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de sonido y/o imágenes de cualquier miembro de la comunidad educativa, reflejasen o no algún tipo agresión o humillación cometida, no limitarán de ningún modo cualquier actuación jurídica que los afectados sus pudiesen considerar d) CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y AGRAVANTES 1. Para la graduación de las sanciones se apreciarán las circunstancias atenuantes o agravantes que concurran en el incumplimiento de las normas de conducta. 2. Se considerarán circunstancias atenuantes: a) El arrepentimiento espontáneo. b) La ausencia de intencionalidad. c) La reparación inmediata del daño causado. d) La presentación de excusas por la conducta incorrecta. e) No haber incumplido las normas de convivencia anteriormente. 3. Se considerarán circunstancias agravantes: a) La premeditación y la reiteración. b) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas, de menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro. c) Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al centro. d) Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por padecer discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra condición personal o circunstancia social. e) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de la comunidad educativa. e) RESPONSABILIDAD Y REPARACIÓN DE LOS DAÑOS 1. Los alumnos quedan obligados a reparar los daños que causen, individual o colectivamente, de forma intencionada o por negligencia, a las instalaciones, a los materiales del centro y a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa, o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Asimismo, estarán obligados a restituir, en su caso, lo sustraído. Los padres o representantes legales asumirán la responsabilidad civil que les corresponda en los términos previstos por la Ley. 2. Asimismo, cuando se incurra en conductas tipificadas como agresión física o moral a sus compañeros o demás miembros de la comunidad educativa, se deberá reparar el daño moral causado mediante la presentación de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad 14

15 en los actos, bien en público o bien en privado, según corresponda por la naturaleza de los hechos y de acuerdo con lo que determine el órgano competente para imponer la corrección. 10. INSTRUCCIONES PARA RESOLVER LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA a) PROCEDIMIENTO PARA AMONESTACIONES 1. Los profesores y el tutor pueden amonestar y sancionar a los alumnos mediante la agenda utilizando el apartado de comunicaciones del Centro. 2. Cuando la importancia o reiteración de los hechos lo requiera, el alumno será amonestado con un parte de disciplina. Para ello: a) El profesor pedirá la agenda al alumno y cumplimentará un parte en la sección correspondiente de la agenda. Deberá, además, reflejar dicha amonestación en el apartado correspondiente de la aplicación WAFD, que será controlado periódicamente por el Tutor y el Jefe de Estudios. b) El alumno acudirá de forma inmediata a Jefatura de Estudios para que se le firme el parte en la agenda y ser sancionado como corresponda. c) Al día siguiente el alumno volverá a Jefatura de Estudios para la comprobación de la firma de los padres. d) Jefatura de Estudios comunicará al tutor los partes de los alumnos de su grupo. 3. La acumulación de tres faltas leves supone una falta grave que será motivo de sanción que será decidida por la Junta Directiva o la Comisión de Convivencia según corresponda. Con el fin de tratar de evitar, en la medida que sea posible, esta circunstancia, tras el segundo parte de un alumno el tutor establecerá contacto con los padres para tratar el tema. 4. Asimismo, tras cada parte de amonestación, los tutores podrán proponer o determinar la amonestación o sanción correctora que consideren, en función de la gravedad de la falta y de acuerdo con la tipificación de sanciones que se especifica en el apartado siguiente. 5. Plazos de prescripción: 1. Las faltas leves prescribirán en el plazo de tres meses, las graves en el de seis meses y las muy graves en el plazo de doce meses, sendos plazos contados a partir de la fecha en que los hechos se hubieran producido. 2. Asimismo, las sanciones impuestas sobre faltas leves y graves prescribirán en el plazo de seis meses, y las impuestas sobre las muy graves en el plazo de doce meses, ambos plazos contados a partir de la fecha en que la sanción se hubiera comunicado al interesado. 3. Los períodos de vacaciones se excluyen del cómputo de los plazos. b) PROCEDIMIENTO SANCIONADOR I. Procedimiento ordinario 15

16 Ámbito de aplicación del procedimiento ordinario 1. El procedimiento ordinario es el que se aplicará con carácter general respecto de las faltas leves, así como a las graves cuando, por resultar evidentes la autoría y los hechos cometidos, sea innecesario el esclarecimiento de los mismos. 2. Podrá también aplicarse el procedimiento ordinario en relación con las faltas muy graves en caso de ser flagrante la falta y, por tanto, resulten evidentes la autoría y los hechos cometidos, siendo innecesario el esclarecimiento de los mismos y la realización de los actos de instrucción previstos en el procedimiento especial. No obstante, si quien vaya a imponer la sanción considera que es de aplicación el cambio de centro o la expulsión definitiva, se abstendrá de resolver, debiendo remitir el asunto al Director, para la tramitación del procedimiento especial regulado en el Decreto 15/2007. Tramitación del procedimiento ordinario 3. Las faltas leves cuyos hechos y autoría resulten evidentes podrán ser sancionadas de forma inmediata por el Profesor. El Profesor comunicará al tutor y al Jefe de Estudios la sanción impuesta. 4. Cuando sea necesaria la obtención de información que permita una correcta valoración de los hechos y de las consecuencias de los mismos, no será de aplicación de lo previsto en el apartado anterior. En este caso, el tutor, una vez recibida la comunicación de la falta cometida, oirá al alumno infractor y, en su caso, a cuantas personas se considere necesario. Posteriormente, impondrá la sanción correspondiente de manera inmediata. No obstante, el tutor propondrá la sanción al Jefe de Estudios o al Director en los casos en que el órgano competente para imponer la sanción propuesta sea alguno de estos. 5. En cualquier caso, deberá respetarse el derecho de audiencia del alumno o, en su caso, de sus representantes legales, con carácter previo a la adopción de la sanción.4. La duración total del procedimiento desde su inicio no podrá exceder de siete días naturales. II. Procedimiento especial 1. El procedimiento especial es el que, con carácter general, se seguirá en el caso de las faltas muy graves, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 2 del apartado titulado Ámbito de aplicación del procedimiento ordinario. Incoación de expediente y adopción de medidas provisionales 2. El Director del centro incoará el expediente, bien por iniciativa propia, bien a propuesta del profesorado, y nombrará a un instructor, que será un Profesor del centro, designado por sorteo entre los profesores que no imparten clase al alumno implicado en los hechos. 3. Como medida provisional, y comunicándolo al Consejo Escolar, podrá decidir la suspensión de asistencia al Centro, o a determinadas actividades o clases, por un período no superior a cinco días lectivos. Este plazo será ampliable, en supuestos excepcionales, hasta la finalización del expediente. 16

17 El procedimiento de resolución del expediente se realizará de acuerdo con las instrucciones que figuran en los artículos 24, 25, 26, 27 y 28 del Decreto 15/ PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO Desde el Equipo Directivo se potenciarán las actuaciones de los mediadores de aula y de la Junta de Delegados. a) DELEGADOS DE GRUPO 1. Cada grupo de estudiantes elegirá, por sufragio directo y secreto, durante el primer mes del curso escolar, un delegado de grupo, que formará parte de la junta de delegados. Se elegirá también un subdelegado, que sustituirá al delegado en caso de ausencia o enfermedad y lo apoyará en sus funciones. 2. Las elecciones de delegados serán organizadas y convocadas por el jefe de estudios, en colaboración con los tutores de los grupos y los representantes de los alumnos en el consejo escolar. 3. Los delegados y subdelegados podrán ser revocados, previo informe razonado dirigido al tutor, por la mayoría absoluta de los alumnos del grupo que los eligieron. En este caso, se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones, en un plazo de quince días y de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior. 4. Los delegados no podrán ser sancionados por el ejercicio de las funciones que les encomienda el presente Reglamento. 5. Los miembros de la junta de delegados, en ejercicio de sus funciones, tendrán derecho a conocer y a consultar las actas de las sesiones del consejo escolar, y cualquier otra documentación administrativa del instituto, salvo aquella cuya difusión pudiera afectar al derecho a la intimidad de las personas. 6. Funciones de los delegados de grupo a) Asistir a las reuniones de la junta de delegados y participar en sus deliberaciones. b) Exponer a las órganos de gobierno y de coordinación didáctica las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan.. c) Fomentar la convivencia entre los alumnos de su grupo. d) Colaborar con el tutor y con la junta de profesores del grupo en los temas que afecten al funcionamiento de éste. e) Colaborar con los profesores y con los órganos de gobierno del instituto para el buen funcionamiento del mismo. f) Cuidar de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del instituto. g) El delegado será el encargado de custodiar el parte diario de faltas hasta su entrega al final de la jornada. Asimismo colaborará con los profesores en el control de la asistencia. h) El delegado será el responsable de la apertura y cierre del aula. b) JUNTA DE DELEGADOS 1. Está constituida por los delegados de los alumnos de los distintos grupos y por los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar. 2. Composición y régimen de funcionamiento de la Junta de delegados 17

18 La Junta de delegados podrá reunirse en pleno o, cuando la naturaleza de los problemas lo haga más conveniente, en comisiones, y en todo caso lo hará antes y después de cada una de las reuniones que celebre el Consejo Escolar. El Jefe de estudios facilitará a la Junta de delegados un espacio adecuado para que pueda celebrar sus reuniones y los medios materiales necesarios para su correcto funcionamiento. 3. Funciones a) Elevar al equipo directivo propuestas para la elaboración del Proyecto Educativo del Instituto y de la Programación General Anual. b) Informar a los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar de los problemas de cada grupo o curso. c) Recibir información de los representantes de los alumnos en dicho Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, y de las confederaciones, federaciones estudiantiles y organizaciones juveniles, legalmente constituidas. d) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de este. e) Elaborar propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interior, dentro del ámbito de su competencia. f) Informar a los estudiantes de las actividades de dicha junta. g) Formular propuestas de criterios para la elaboración de los horarios de las actividades docentes y extra escolares. h) Debatir los asuntos que vaya a tratar el Consejo Escolar en el ámbito de su competencia y elevar propuestas de resolución a sus representantes en el mismo. i) Cuando lo solicite, la Junta de delegados, en pleno o en comisión, deberá ser oída por los órganos de gobierno del instituto, en los asuntos que, por su naturaleza, requieran su audiencia y, especialmente, en lo que se refiere a: I. Celebración de pruebas y exámenes. II. Establecimiento y desarrollo de actividades culturales, recreativas y deportivas en el instituto. III. Presentación de reclamaciones en los casos de abandono o incumplimiento de las tareas educativas por parte del instituto. IV. Alegaciones y reclamaciones sobre la objetividad y eficacia en la valoración del rendimiento académico de los alumnos. V. Propuesta de sanciones a los alumnos por la comisión de faltas que lleven aparejada la incoación de expediente. VI. Otras actuaciones y decisiones que afecten de modo específico a los alumnos. 12. FUNCIONAMIENTO DE LA BIBLIOTECA 1. La biblioteca permanecerá abierta durante el recreo para el préstamo de libros, como lugar de estudio o para jugar al ajedrez. 2. En la biblioteca no se podrá consumir alimentos ni bebidas. 3. Por ser un lugar de trabajo, se requiere estar en silencio. Los alumnos que no se mantengan con la actitud apropiada o no guarden silencio, serán expulsados de la biblioteca. 18

19 PRÉSTAMO a) Para el préstamo será necesario presentar el carné de alumno. b) El préstamo se hará por un período de 15 días naturales, renovables por 15 días más. c) El máximo número de ejemplares prestados por alumno será de dos. d) Las enciclopedias y diccionarios están excluidos del préstamo. e) El profesor encargado de realizar el préstamo, lo registrará en el Cuaderno de préstamos. Ningún libro podrá ser prestado sin que quede anotado en el mismo. f) En caso de pérdida o deterioro del libro prestado, el alumno será responsable de restituirlo por otro o pagar su importe. g) En el caso de no que no se devuelvan los libros en el plazo correspondiente, se sancionará al alumno impidiéndole tomar un nuevo libro durante quince días. Además, en aquellos casos en los que no se devuelvan durante el trimestre, podrá ser retenido el Boletín de Calificaciones de dicho alumno. En caso de incumplimiento reiterado, el profesor responsable de la Biblioteca lo notificará a la Jefatura de Estudios para que se impongan las sanciones pertinentes. 19

PLAN DE CONVIVENCIA. (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007)

PLAN DE CONVIVENCIA. (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007) PLAN DE CONVIVENCIA (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007) - Cualquier profesor testigo de una infracción de las Normas de Conducta, de consideración leve, está facultado

Más detalles

PLAN DE CONVIVENCIA (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007)

PLAN DE CONVIVENCIA (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007) PLAN DE CONVIVENCIA (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007) - Cualquier profesor testigo de una infracción de las Normas de Conducta, de consideración leve, está facultado

Más detalles

ASA Málaga PLAN DE CONVIVENCIA EDUCATIVA ASA PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 1. DEL ALUMNADO

ASA Málaga PLAN DE CONVIVENCIA EDUCATIVA ASA PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 1. DEL ALUMNADO Málaga PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 1. DEL ALUMNADO Con el objeto de garantizar el cumplimiento del Plan de Convivencia de, se corregirán, los actos contrarios a las normas establecidas en este Reglamento

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA

NORMAS DE CONVIVENCIA NORMAS DE CONVIVENCIA Para garantizar la armonía comunitaria y estimular la responsabilidad y participación y al mismo tiempo favorecer el máximo rendimiento educativo de aquellos alumnos verdaderamente

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA

NORMAS DE CONVIVENCIA NORMAS DE CONVIVENCIA La asistencia a clase es obligatoria. Toda ausencia será convenientemente justificada. Los alumnos de ESO y menores de edad no podrán salir del Centro. Los alumnos menores de edad

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA (Decreto 16/2016)

NORMAS DE CONVIVENCIA (Decreto 16/2016) NORMAS DE CONVIVENCIA (Decreto 16/2016) Curso 2016-2017 NORMAS BÁSICAS DE COMPORTAMIENTO En todo el Centro Respetar a los profesores, compañeros y todo el personal del centro. Cuidar el edificio, las instalaciones,

Más detalles

NORMAS DE ACTUACIÓN ANTE LAS FALTAS DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA EN LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES ORGANIZADAS POR LA AMPA DEL CEIP PADRE POVEDA

NORMAS DE ACTUACIÓN ANTE LAS FALTAS DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA EN LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES ORGANIZADAS POR LA AMPA DEL CEIP PADRE POVEDA NORMAS DE ACTUACIÓN ANTE LAS FALTAS DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA EN LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES ORGANIZADAS POR LA AMPA DEL CEIP PADRE POVEDA (BASADAS EN EL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL COLEGIO,

Más detalles

IES LA SERNA PLAN DE CONVIVENCIA

IES LA SERNA PLAN DE CONVIVENCIA IES LA SERNA PLAN DE CONVIVENCIA Este Plan de Convivencia se ha desarrollado con arreglo al decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros

Más detalles

ANEXO I REGLAMENTO DISCIPLINARIO DEL PROYECTO CAMPVS

ANEXO I REGLAMENTO DISCIPLINARIO DEL PROYECTO CAMPVS ANEXO I REGLAMENTO DISCIPLINARIO DEL PROYECTO CAMPVS CAPÍTULO I: LA POTESTAD DISCIPLINARIA Art. 1. Ámbito de aplicación. El presente Reglamento será de aplicación a los estudiantes del proyecto CAMPVS

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA

NORMAS DE CONVIVENCIA NORMAS DE CONVIVENCIA Colegio La Purísima Madrid Madrid, 29 de junio, 2015 Reunión del Consejo Escolar C. La Purísima, Madrid Plan de Convivencia. Anexo II: Extracto del DECRETO 15/2007 (BOCM). 1 Anexo

Más detalles

NORMAS MÍNIMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LA CONVIVENCIA EN ESTE CENTRO:

NORMAS MÍNIMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LA CONVIVENCIA EN ESTE CENTRO: NORMAS MÍNIMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LA CONVIVENCIA EN ESTE CENTRO: 1. Deben respetarse los horarios del centro: El alumnado de todos los niveles educativos entrarán por la cancela pequeña de la

Más detalles

ELECCIÓN DE DELEGADO/A

ELECCIÓN DE DELEGADO/A ELECCIÓN DE DELEGADO/A Objetivos: 1.- Habituar a los alumnos a participar de forma democrática y responsable. 2.- Que el grupo valore las funciones básicas que debe cumplir el Delegado. 3.- Reconocer la

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA

NORMAS DE CONVIVENCIA Colegio MM. Concepcionistas C/ Princesa, 19 28008 Madrid NORMAS DE CONVIVENCIA De acuerdo con el Reglamento de Régimen Interior del Centro y el Decreto 15/2007 (BOCM de 25 de abril de 2007) que recoge

Más detalles

COLEGIO SAN JUAN BOSCO REGLAMENTO DEL SERVICIO DE MADRUGADORES FAMILIAS

COLEGIO SAN JUAN BOSCO REGLAMENTO DEL SERVICIO DE MADRUGADORES FAMILIAS COLEGIO SAN JUAN BOSCO REGLAMENTO DEL SERVICIO DE MADRUGADORES FAMILIAS El comportamiento de los alumnos durante el desarrollo del servicio de madrugadores deberá ajustarse, en todo momento, al exigido

Más detalles

CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO Serán consideradas conductas contrarias: a) Los actos injustificados que perturben el normal desarrollo de las actividades del centro. - Permanecer

Más detalles

PLAN DE CONVIVENCIA IES CLARA DEL REY

PLAN DE CONVIVENCIA IES CLARA DEL REY PLAN DE CONVIVENCIA IES CLARA DEL REY INDICE Capítulo I. Introducción... 5 Capítulo II. Disposiciones generales... 6 1. Derechos generales... 6 2. Obligaciones generales... 6 3. Clima de convivencia...

Más detalles

Reglamento de Régimen Interior

Reglamento de Régimen Interior Reglamento de Régimen Interior De acuerdo con lo dispuesto en el decreto 15/2007 de 19 de abril Comunidad de Madrid (Modificado por acuerdo de Consejo Escolar de 13 de octubre de 2015) 1 DERECHOS Y DEBERES

Más detalles

COLEGIO NUEVO EQUIPO. PLAN DE CONVIVENCIA.

COLEGIO NUEVO EQUIPO. PLAN DE CONVIVENCIA. COLEGIO NUEVO EQUIPO. PLAN DE CONVIVENCIA. El Plan de Convivencia del Colegio Nuevo Equipo es el marco que regula las normas y las actuaciones que se deben seguir para la correcta convivencia en el centro.

Más detalles

CONSERVATORIO PROFESIONAL DE DANZA MARIEMMA MADRID Plan de convivencia

CONSERVATORIO PROFESIONAL DE DANZA MARIEMMA MADRID Plan de convivencia CONSERVATORIO PROFESIONAL DE DANZA MARIEMMA MADRID Plan de convivencia OBJETIVOS DEL PLAN DE CONVIVENCIA a) Facilitar a los órganos de gobierno y al profesorado instrumentos y recursos para promover la

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR COLEGIO EL VALLE

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR COLEGIO EL VALLE COLEGIO EL VALLE De acuerdo con lo dispuesto en el decreto 15/2007 de 19 de Abril Comunidad de Madrid (Modificado por acuerdo de consejo escolar de 27 de octubre de 2010) 1 DERECHOS Y DEBERES DE LOS Derechos

Más detalles

PLAN DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO CONCERTADO CIUDADESCUELA MUCHACHOS

PLAN DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO CONCERTADO CIUDADESCUELA MUCHACHOS PLAN DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO CONCERTADO CIUDADESCUELA MUCHACHOS Marco regulador de la convivencia en el Colegio Concertado Ciudadescuela Muchachos (CEMU) C.P.C. de Ed. Infantil, Primaria y E.S.O. CIUDADESCUELA

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA

NORMAS DE CONVIVENCIA Instituto Español «Cañada Blanch» 317 Portobello Road LONDON W10 5SZ Tel: 020 8969 2664 Fax: 020 8968 9432 canada.blanch.uk@educacion.es CONSEJERÍA Índice Principios básicos de las normas de convivencia...2

Más detalles

NORMAS DE CONDUCTA. Relacionadas con el deber básico del estudio.

NORMAS DE CONDUCTA. Relacionadas con el deber básico del estudio. Relacionadas con el deber básico del estudio. NORMAS DE CONDUCTA 1. Asistir a clase. Los alumnos justificarán debidamente las faltas de asistencia a través de la agenda al tutor y a cada uno de los profesores

Más detalles

EXTRACTO DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL I.E.S. ALVAREDA ENTRADAS Y SALIDAS AL/DEL CENTRO

EXTRACTO DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL I.E.S. ALVAREDA ENTRADAS Y SALIDAS AL/DEL CENTRO EXTRACTO DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL I.E.S. ALVAREDA ENTRADAS Y SALIDAS AL/DEL CENTRO 1. La entrada y salida de alumnos se realizará por las cancelas pequeñas situadas en la calle peatonal y en la

Más detalles

FALTAS Y MEDIDAS CORRECTORAS. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN.

FALTAS Y MEDIDAS CORRECTORAS. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN. FALTAS Y MEDIDAS CORRECTORAS. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN. Las conductas contrarias a las normas de convivencia se clasifican en faltas leves, graves y muy graves. La tipificación de las mismas, así como

Más detalles

Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF)

Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) 2.5. Alumnado Deberes del alumnado. Son deberes del alumnado: a) El estudio, que se concreta en: 1. La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad. 2. Participar activa y diligentemente

Más detalles

NORMAS. Curso

NORMAS. Curso Curso 2010-11 NORMAS Colegio Paraíso Sagrados Corazones c/ Padre Damián, 34 28036 Madrid Tfno. 91 344 16 93 Fax. 91 344 08 92 e- mail: secretaria@colegiopariso.es 1. OBJETO DEL DOCUMENTO El presente documento,

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL CLUB DEPORTIVO BÁSICO CLAUDINA THÈVENET JESÚS-MARÍA

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL CLUB DEPORTIVO BÁSICO CLAUDINA THÈVENET JESÚS-MARÍA REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL CLUB DEPORTIVO BÁSICO CLAUDINA THÈVENET JESÚS-MARÍA TITULO I- PRINCIPIOS GENERALES Artículo 1. Definición y Remisión 1.- La presente normativa se desarrolla de conformidad

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA

NORMAS DE CONVIVENCIA Instituto Español «Cañada Blanch» 317 Portobello Road LONDON W10 5SZ Tel: 020 8969 2664 Fax: 020 8968 9432 canada.blanch.uk@educacion.es Índice Principios básicos de las normas de convivencia... 2 I.-

Más detalles

1. NORMAS DE CONVIVENCIA

1. NORMAS DE CONVIVENCIA Reglamento de Régimen Interno IES Avempace F0038 Rev:00 Origen Consejo Escolar Destino: Comunidad Educativa Fecha: 10/09/2015 Página 1 de 6 1. NORMAS DE CONVIVENCIA... 1 Relativas a las relaciones entre

Más detalles

Del Reglamento de Régimen Interior: Art Normas de convivencia

Del Reglamento de Régimen Interior: Art Normas de convivencia Las normas de convivencia del Centro, recogidas en el Reglamento de Régimen Interior, podrán concretar los deberes de los alumnos y establecerán las correcciones que correspondan por las conductas contrarias

Más detalles

CONVIVENCIA EN EL CENTRO

CONVIVENCIA EN EL CENTRO CONVIVENCIA EN EL CENTRO NORMATIVA SOBRE CONVIVENCIA ESCOLAR EN CASTILLA Y LÉON: EL DECRETO 51/2007, DE 17 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULAN LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y LA PARTICIPACIÓN Y LOS

Más detalles

Convivencia Escolar. CEIP Arroyo. Resumen Decreto 51/2007. Normas específicas de centro. CEIP Arroyo.

Convivencia Escolar. CEIP Arroyo. Resumen Decreto 51/2007. Normas específicas de centro. CEIP Arroyo. CEIP Kantic@ Arroyo C/Arnaldo Vilanova 10. Arroyo de la Encomienda. 47195 VALLADOLID. Tfno.: 983597086. E-mail: 47011267@educa.jcyl.es http://ceipkanticaarroyo.centros.educa.jcyl.es Facebook: kanticaarroyo

Más detalles

Normas de Convivencia

Normas de Convivencia Normas de Convivencia 2 COLEGIO SANTA MARÍA DEL CAMINO ÍNDICE Normas de organización y funcionamiento...4 1. Normas de carácter general...5 1.1. Comportamiento y Convivencia...5 1.2. Asistencia y puntualidad...5

Más detalles

CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA TERESA DE CALCUTA

CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA TERESA DE CALCUTA CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA TERESA DE CALCUTA C/Clara Campoamor, 3 28702 San Sebastián de los Reyes (Madrid) C.C. 28064421 Tel.: 91 667 04 74 Fax: 91 667 73 12 cp.teresadecalcuta.sansebastian@educa.madrid.org

Más detalles

FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 13 de febrero de 2008

FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 13 de febrero de 2008 PDF WORD FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 13 de febrero de 2008 DECRETO 15/2007, DE 19 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE EL MARCO REGULADOR DE LA CONVIVENCIA EN LOS CENTROS DOCENTES DE LA COMUNIDAD DE MADRID. DECRETO

Más detalles

PLAN DE CONVIVENCIA 1. DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO:

PLAN DE CONVIVENCIA 1. DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO: PLAN DE CONVIVENCIA 1. DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO: La Escuela Oficial de Idiomas de Almería es una escuela de tamaño medio en la que se imparten 5 idiomas: alemán, árabe, francés,

Más detalles

Fax:

Fax: 1 El Reglamento de Régimen Interno tiene en cuenta que, en los primeros años de escolaridad, Infantil y 1º y 2º de Primaria, es un período de adaptación donde el niño o la niña tiene que aprender las normas

Más detalles

CAPÍTULO PRIMERO. Participación de los alumnos. Artículo 32. Cauces de participación de los alumnos en el funcionamiento y el gobierno del Centro.

CAPÍTULO PRIMERO. Participación de los alumnos. Artículo 32. Cauces de participación de los alumnos en el funcionamiento y el gobierno del Centro. TÍTULO II DE LOS ALUMNOS CAPÍTULO PRIMERO Participación de los alumnos Artículo 32. Cauces de participación de los alumnos en el funcionamiento y el gobierno del Centro. 1. Los alumnos participarán en

Más detalles

1.- HORARIO DEL CENTRO Y NORMAS SOBRE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

1.- HORARIO DEL CENTRO Y NORMAS SOBRE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD 1.- HORARIO DEL CENTRO Y NORMAS SOBRE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD 1.1.- Horario general del centro Art. 1.- El Centro se organiza bajo el siguiente horario aprobado por el Consejo Escolar a propuesta del

Más detalles

IES MARÍA DE MOLINA PROYECTO PARA LA CONVIVENCIA

IES MARÍA DE MOLINA PROYECTO PARA LA CONVIVENCIA IES MARÍA DE MOLINA PROYECTO PARA LA CONVIVENCIA CONTENIDO JUSTIFICACIÓN... 3 FUNCIONAMIENTO... 4 A. PÉRDIDA DE... 4 B. INFORMACIÓN A ALUMNADO Y FAMILIAS... 6 C. RECUPERACIÓN DE... 6 2 JUSTIFICACIÓN La

Más detalles

CLUB GIMNASIA RÍTMICA VALLE MAGERIT

CLUB GIMNASIA RÍTMICA VALLE MAGERIT REGLAMENTO DE REGIMEN DISCIPLINARIO 2016 TITULO I- PRINCIPIOS GENERALES Artículo 1. Definición y Remisión 1.- La presente normativa será de aplicación a todos los deportistas y socios del Club, pudiéndose

Más detalles

NORMAS DE ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS CURSO CONVIVENCIA

NORMAS DE ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS CURSO CONVIVENCIA NORMAS DE ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS CURSO 2018-2019 CONVIVENCIA Página 1 de 8 Normas de convivencia 1. DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO Son los mismos para todas las personas, sin más distinciones que

Más detalles

I. Los alumnos deberán: EMBAJADA DE ESPAÑA

I. Los alumnos deberán: EMBAJADA DE ESPAÑA EMBAJADA DE ESPAÑA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN AGRUPACIÓN DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS Documento de organización, funcionamiento y convivencia de las Aulas de la Agrupación de Lengua y Cultura Españolas en

Más detalles

Normas de Conducta. Derechos y deberes de los alumnos. IES Ciudad de los Ángeles

Normas de Conducta. Derechos y deberes de los alumnos. IES Ciudad de los Ángeles Normas de Conducta. Derechos y deberes de los alumnos. IES Ciudad de los Ángeles Revisadas y actualizadas por el Consejo Escolar del Instituto el 8 de septiembre de 2009 Art. 1.- Los derechos y deberes

Más detalles

RESUMEN NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO IES PEÑAS NEGRAS, MORA OCTUBRE 2013

RESUMEN NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO IES PEÑAS NEGRAS, MORA OCTUBRE 2013 RESUMEN NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO IES PEÑAS NEGRAS, MORA OCTUBRE 2013 TIPOS DE SANCIONES APLICABLES EN EL AULA APERCIBIMIENTOS AULA DE CONVIVENCIA MAÑANA PARTES CONDUCTAS CONTRARIAS

Más detalles

1.1 PLAN DE CONVIVENCIA NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR. C.E.I.P. JOAQUÍN COSTA Curso 2016/17 NORMAS PARA

1.1 PLAN DE CONVIVENCIA NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR. C.E.I.P. JOAQUÍN COSTA Curso 2016/17 NORMAS PARA 1.1 PLAN DE CONVIVENCIA NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR. C.E.I.P. JOAQUÍN COSTA Curso 2016/17 NORMAS PARA NORMAS PARA FAMILIAS Los padres y madres tienen la obligación de hacer que sus hijos/as asistan regularmente

Más detalles

NORMAS DE CONDUCTA CURSO

NORMAS DE CONDUCTA CURSO Colegio Jesús María Avda Institución Libre de Enseñanza, 68 28037 MADRID Telf: 91 367 16 60 - Fax: 91 367 92 04 Email: jesusmariam@planalfa.es http://www.jesusmariagarcianoblejas.org NORMAS DE CONDUCTA

Más detalles

1.3.1 NORMATIVA DE CONVIVENCIA APROBADA POR EL CONSEJO ESCOLAR DE I,E.S. SEVERO OCHOA.

1.3.1 NORMATIVA DE CONVIVENCIA APROBADA POR EL CONSEJO ESCOLAR DE I,E.S. SEVERO OCHOA. 1. CONVIVENCIA EN EL CENTRO 1.1.1 MARCO LEGAL GENERAL R.D. 732/1995, del 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros. Orden de 28

Más detalles

CEIP. CERVANTES ALCALÁ DE HENARES CEIP. CERVANTES ALCALÁ DE HENARES. Estimados padres:

CEIP. CERVANTES ALCALÁ DE HENARES CEIP. CERVANTES ALCALÁ DE HENARES. Estimados padres: materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. g) La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos académicos. h) El

Más detalles

ESCUELAS SAN JOSÉ - JESUITAS

ESCUELAS SAN JOSÉ - JESUITAS ESCUELAS SAN JOSÉ - JESUITAS CENTRO CONCERTADO 46012094 C.I.F. R-4600489-A 0087/05 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE ALTERACIONES DE LA CONVIVENCIA EN VIAJES Y CAMPAMENTOS ORGANIZADOS POR LAS ESCUELAS SAN JOSÉ.

Más detalles

Nº de retrasos Actuación Intervienen

Nº de retrasos Actuación Intervienen RETRASOS Nº de retrasos Actuación Intervienen 5 Amonestación escrita para que la firmen los padres. PROFESOR Y TUTOR 10 Amonestación escrita (tutor) y notificación por teléfono a los padres TUTOR Y JEFE

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ORCERA (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE ORCERA (JAÉN) Número 226 Lunes, 27 de Noviembre de 2017 Pág. 15809 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ORCERA (JAÉN) 5336 Aprobación definitiva del Reglamento de la Escuela Municipal de Idiomas. Anuncio No habiéndose

Más detalles

TITULO PRELIMINAR. PRINCIPIOS GENERALES DE NUESTRA ACTIVIDAD EDUCATIVA.

TITULO PRELIMINAR. PRINCIPIOS GENERALES DE NUESTRA ACTIVIDAD EDUCATIVA. TITULO PRELIMINAR. PRINCIPIOS GENERALES DE NUESTRA ACTIVIDAD EDUCATIVA. El R.R.I. del I.E.S. "ALPAJÉS" es un documento jurídico administrativo-laboral, elaborado con las aportaciones de todos los sectores

Más detalles

ELECCIÓN DE DELEGADOS INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL

ELECCIÓN DE DELEGADOS INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL ELECCIÓN DE DELEGADOS 2015-16 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL El Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación

Más detalles

NORMAS DE CONDUCTA CURSO

NORMAS DE CONDUCTA CURSO Colegio Jesús María Avda Institución Libre de Enseñanza, 68 28037 MADRID Telf: 91 367 16 60 - Fax: 91 367 92 04 Email: jesusmariam@planalfa.es http://www.jesusmariagarcianoblejas.org NORMAS DE CONDUCTA

Más detalles

EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COLEGIO

EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COLEGIO EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COLEGIO (CON LAS SECCIONES QUE AFECTAN A LA NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA DE LOS ALUMNOS) SECCIÓN XVIII NORMAS DE CONDUCTA DE LOS ALUMNOS EN EL CENTRO

Más detalles

COLEGIO SAN JUAN BOSCO REGLAMENTO ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES FAMILIAS

COLEGIO SAN JUAN BOSCO REGLAMENTO ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES FAMILIAS COLEGIO SAN JUAN BOSCO REGLAMENTO ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES FAMILIAS El comportamiento de los alumnos durante el desarrollo de las actividades extraescolares deberá ajustarse, en todo momento, al exigido

Más detalles

Terminado de revisar en la Dirección Provincial de Educación de Ávila el 14 de marzo de 2008

Terminado de revisar en la Dirección Provincial de Educación de Ávila el 14 de marzo de 2008 Terminado de revisar en la Dirección Provincial de Educación de Ávila el 14 de marzo de 2008 1 Página Índice 1 Disposiciones de carácter general 3 Principios generales 5 Derechos de los alumnos 7 Deberes

Más detalles

AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE ALOVERA

AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE ALOVERA BOP de Guadalajara, nº. 110, fecha: jueves, 08 de Junio de 2017 AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE ALOVERA REGLAMENTO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE IDIOMAS 1750 ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA El Pleno del Ayuntamiento,

Más detalles

GUÍA DEL ESTUDIANTE Escuela de F.P. Virgen del Buen Suceso CURSO ACADÉMICO

GUÍA DEL ESTUDIANTE Escuela de F.P. Virgen del Buen Suceso CURSO ACADÉMICO GUÍA DEL ESTUDIANTE Escuela de F.P. Virgen del Buen Suceso CURSO ACADÉMICO 2016 2017 Ciclo: Grado Medio: Soldadura y Calderería Instalaciones Eléctricas y Automáticas. Sistemas Microinformáticos y Redes.

Más detalles

Entradas/salidas del comedor:

Entradas/salidas del comedor: El Consejo Escolar, para asegurar el cumplimiento de lo establecido en los apartados: f), g), h) y k) del artículo 14 de la Orden de 11 de septiembre de 1996, BOC, nº- 119 de 18-9-96, modificada por la

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA SECUNDARIA Y BACHILLERATO COLEGIO SAGRADO CORAZÓN GODELLA

NORMAS DE CONVIVENCIA SECUNDARIA Y BACHILLERATO COLEGIO SAGRADO CORAZÓN GODELLA NORMAS DE CONVIVENCIA SECUNDARIA Y BACHILLERATO COLEGIO SAGRADO CORAZÓN GODELLA DE LOS DEBERES DEL ALUMNADO 1. Para crear un ambiente educativo adecuado en el que el estudio (deber básico de los alumnos

Más detalles

EL AULA DE CONVIVENCIA. por Mª Carmen Ramírez Serrano

EL AULA DE CONVIVENCIA. por Mª Carmen Ramírez Serrano EL AULA DE CONVIVENCIA por Mª Carmen Ramírez Serrano 1. INTRODUCCIÓN Los centros educativos son espacios para que los niños y niñas aprendan a convivir, desarrollen las capacidades necesarias para convertirse

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA UPA UNIVERSIDAD POPULAR DE ALCOBENDAS

NORMAS DE CONVIVENCIA UPA UNIVERSIDAD POPULAR DE ALCOBENDAS NORMAS DE CONVIVENCIA UPA UNIVERSIDAD POPULAR DE ALCOBENDAS 1 ÍNDICE: 1. Introducción 2. Normas 2.1. Normas generales 2.2. Normas servicio 2.3. Normas Secundaria 3. Comisión de convivencia 3.1. Miembros

Más detalles

INTRODUCCIÓN LAS NORMAS DE CONDUCTA

INTRODUCCIÓN LAS NORMAS DE CONDUCTA INTRODUCCIÓN Según la Ley Orgánica de Educación, aprobada el 3 de mayo de 2006, todos los centros deben incluir en su proyecto educativo un Plan de Convivencia, así como establecer las normas que garanticen

Más detalles

ANEXO I PROTOCOLO DOCUMENTO ÓRGANOS QUE INTERVIENEN

ANEXO I PROTOCOLO DOCUMENTO ÓRGANOS QUE INTERVIENEN ANEXO I PAUTAS DE CLASIFICACIÓN DE COMPORTAMIENTOS IRREGULARES O INADECUADOS Y MEDIDAS A APLICAR Aunque es deseable que la conducta de los alumnos no exija la aplicación de medidas extraordinarias para

Más detalles

PRINCIPIOS GENERALES

PRINCIPIOS GENERALES PRINCIPIOS GENERALES El Plan de Convivencia de nuestro centro tiene como objeto promover y desarrollar actuaciones relativas al fomento de la convivencia. Pretendemos con él desarrollar adecuadamente las

Más detalles

PLAN DE CONVIVENCIA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

PLAN DE CONVIVENCIA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PLAN DE CONVIVENCIA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO Capítulo I: Naturaleza, competencias y responsabilidades. Artículo 1.- Naturaleza La convivencia es un factor de máxima importancia en la educación de

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA EOIP

NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA EOIP NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA EOIP Aprobadas en el consejo escolar del día 25 de junio de 2015. Objetivo de estas normas: Todas las personas miembros de la comunidad escolar tienen derecho a convivir en

Más detalles

7.1- CORRECCIONES EDUCATIVAS

7.1- CORRECCIONES EDUCATIVAS 7.1- CORRECCIONES EDUCATIVAS 1. PRINCIPIOS GENERALES Las medidas correctoras que hayan de aplicarse por el incumplimiento de las normas de convivencia deben: - Tener un carácter educativo y recuperador

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PREÁMBULO: 1.9.- PAUTAS PARA LA CONVIVENCIA: * Dadas las características de esta Residencia, los residentes no están autorizados a salir del Centro fuera de las actividades obligatorias marcadas en el

Más detalles

LEGISLACIÓN VIGENTE DISTINTOS TIPOS DE CONDUCTAS Y MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS

LEGISLACIÓN VIGENTE DISTINTOS TIPOS DE CONDUCTAS Y MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS LEGISLACIÓN VIGENTE DECRETO 201/2008, de 2 de diciembre, sobre derechos y deberes de los alumnos y alumnas de los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco. BOPV N.º 240

Más detalles

CEIPS MONCAYO. Comunicado a los Padres/Madres de Educación Infantil y Primaria en el comienzo del curso escolar

CEIPS MONCAYO. Comunicado a los Padres/Madres de Educación Infantil y Primaria en el comienzo del curso escolar CEIPS MONCAYO Comunicado a los Padres/Madres de Educación Infantil y Primaria en el comienzo del curso escolar 2012-2013 Estimados padres/madres de nuestros alumnos/as: Queremos darles la bienvenida en

Más detalles

I.E.S. ALONSO SÁNCHEZ INFORMACIÓN PARA EL PERSONAL DOCENTE SOBRE DETERMINADOS ASPECTOS RECOGIDOS EN NUESTRO ROF. 09/10/2015.

I.E.S. ALONSO SÁNCHEZ INFORMACIÓN PARA EL PERSONAL DOCENTE SOBRE DETERMINADOS ASPECTOS RECOGIDOS EN NUESTRO ROF. 09/10/2015. I.E.S. ALONSO SÁNCHEZ INFORMACIÓN PARA EL PERSONAL DOCENTE SOBRE DETERMINADOS ASPECTOS RECOGIDOS EN NUESTRO ROF. 09/10/2015. CURSO 2015/16 1.- ATENCIÓN AL ALUMNADO DURANTE LAS HORAS DE GUARDIA DE DIURNO

Más detalles

IES UNIVERSIDAD LABORAL (Toledo) NORMAS DE CONVIVENCIA. Extracto. Guía de aplicación de Medidas Correctoras

IES UNIVERSIDAD LABORAL (Toledo) NORMAS DE CONVIVENCIA. Extracto. Guía de aplicación de Medidas Correctoras IES UNIVERSIDAD LABORAL (Toledo) NORMAS DE CONVIVENCIA Extracto. Guía de aplicación de Medidas Correctoras NOTA PREVIA. El presente extracto tiene por objeto informar a los padres sobre las normas más

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA

NORMAS DE CONVIVENCIA NORMAS DE CONVIVENCIA INDICE: I. Introducción. II. Normas de Conducta. 1. Referidas al deber básico del estudio. 2. Referidas a la utilización de los espacios. 3. Referidas a las relaciones entre las personas.

Más detalles

Elige responsablemente al Delegado de tu grupo

Elige responsablemente al Delegado de tu grupo Elige responsablemente al Delegado de tu grupo Asigna a cada casilla una puntuación de a 5. El significa que discrepas radicalmente de la afirmación y el 5 que estás totalmente de acuerdo con la afirmación.

Más detalles

ANEXO III: TIPIFICACIÓN DE FALTAS/SANCIONES Curso

ANEXO III: TIPIFICACIÓN DE FALTAS/SANCIONES Curso FALTAS LEVES Para determinar la aplicación de sanciones correspondientes a la comisión de una falta leve, serán competentes los profesores del Centro, dando cuenta de ello al tutor mediante la anotación

Más detalles

C.E.I.P. SEIS DE DICIEMBRE

C.E.I.P. SEIS DE DICIEMBRE PLAN DE CONVIVENCIA C.E.I.P. SEIS DE DICIEMBRE 1. Introducción 3 2. Justificación del Plan 3 3. Objetivos 4 4. Actitudes que favorecen la convivencia 4 5. Normas de Convivencia 5 6. Actividades para el

Más detalles

B. Correcciones previstas a las conductas contrarias a las normas de convivencia y personas competentes para imponerlas.

B. Correcciones previstas a las conductas contrarias a las normas de convivencia y personas competentes para imponerlas. A. Conductas contrarias a las normas de convivencia. a) La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículum, así como el seguimiento

Más detalles

ANEXO III: TIPIFICACIÓN DE FALTAS/SANCIONES Curso

ANEXO III: TIPIFICACIÓN DE FALTAS/SANCIONES Curso FALTAS LEVES Para determinar la aplicación de sanciones correspondientes a la comisión de una falta leve, serán competentes los profesores del Centro, dando cuenta de ello al tutor mediante la anotación

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA

NORMAS DE CONVIVENCIA CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL REVILLAGIGEDO - Jesuitas Mariano Pola, 46 - Teléfono 985 321 315 - Fax 985 322 230 33212 GIJÓN www.revillagigedo.es CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL FUNDACIÓN REVILLAGIGEDO

Más detalles

REGLAMENTO REGIMEN INTERNO ASOCIACION CORUÑESA DE WATERPOLO REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO

REGLAMENTO REGIMEN INTERNO ASOCIACION CORUÑESA DE WATERPOLO REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO REGLAMENTO REGIMEN INTERNO ASOCIACION CORUÑESA DE WATERPOLO 1 PROLOGO SOBRE LOS ENTRENAMIENTOS SOBRE LAS COMPETICIONES SOBRE LOS DESPLAZAMIENTOS SOBRE LOS ALOJAMIENTOS SOBRE CUOTAS ALTAS Y BAJAS DEL CLUB

Más detalles

3. Todo el alumnado tiene el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.

3. Todo el alumnado tiene el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias. Decreto 249/2007, de 26 de septiembre, por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos del Principado

Más detalles

CORRECCIONES EDUCATIVAS

CORRECCIONES EDUCATIVAS CENTRO INTEGRADO de FORMACIÓN PROFESIONAL Principado de Asturias Jefatura de Estudios CORRECCIONES EDUCATIVAS Contenido CORRECCIONES EDUCATIVAS (propuesta)... 1 Principios generales... 2 Gradación de las

Más detalles

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS. NORMAS DE CONVIVENCIA

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS. NORMAS DE CONVIVENCIA 1. DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO. Para crear un ambiente educativo adecuado en el que el respeto a la dignidad de las personas y al estudio esté presente, se concretan los siguientes derechos y deberes

Más detalles

ANEXO III: NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA ESO. PROTOCOLO ANTE SU INCUMPLIMIENTO. Normas de Convivencia ESO

ANEXO III: NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA ESO. PROTOCOLO ANTE SU INCUMPLIMIENTO. Normas de Convivencia ESO ANEXO III: NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA ESO. PROTOCOLO ANTE SU INCUMPLIMIENTO. Normas de Convivencia ESO 1. TIPIFICACIÓN DE NORMAS DE LA SECCIÓN DE SECUNDARIA. 1.1. Sobre el comportamiento del alumno 1.2.

Más detalles

Normas internas disciplinarias FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE NATACIÓN. Plazas al Centro Nacional de Tecnificación Deportiva Ciudad Deportiva de Cáceres

Normas internas disciplinarias FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE NATACIÓN. Plazas al Centro Nacional de Tecnificación Deportiva Ciudad Deportiva de Cáceres Aclaración: El Centro Nacional de Tecnificación Deportiva, en adelante, CNTD, abarcará, como concepto, las instalaciones y material con los que los deportistas que gocen de plaza asignada por la Federación

Más detalles

NORMAS DE CONDUCTA DE ALUMNOS IES SAN JUAN DE LA CRUZ POZUELO DE ALARCÓN ÍNDICE

NORMAS DE CONDUCTA DE ALUMNOS IES SAN JUAN DE LA CRUZ POZUELO DE ALARCÓN ÍNDICE NORMAS DE CONDUCTA DE ALUMNOS IES SAN JUAN DE LA CRUZ POZUELO DE ALARCÓN ÍNDICE NORMAS DE CONDUCTA DE LOS ALUMNOS. 1. DERECHOS Y DEBERES 2. PARTICIPACIÓN 3. FUNCIONAMIENTO 4. ASISTENCIA A CLASE 5. DISCIPLINA

Más detalles

Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro educativo y medidas correctoras Artículo 35. Tipificación

Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro educativo y medidas correctoras Artículo 35. Tipificación CAPÍTULO II Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro educativo y medidas correctoras Artículo 35. Tipificación Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia del centro

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO Estas normas de convivencia se basan en el DF 47/2010, modificado por el DF 57/2014 y, en concreto, en sus artículos 3, 4 y 5 que desarrollan los principios generales de

Más detalles

RRI JESÚS-MARIA FUENSANTA. Aprobado en diciembre 2008

RRI JESÚS-MARIA FUENSANTA. Aprobado en diciembre 2008 RRI JESÚS-MARIA FUENSANTA Aprobado en diciembre 2008 ESQUEMA TÍTULO PRELIMINAR NATURALEZA Y FIN DEL REGLAMENTO TITULO I COMUNIDAD EDUCATIVA TÍTULO II ACCIÓN EDUCATIVA TÍTULO III ORGANOS DE GOBIERNO, PARTICIPACIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO La organización práctica y fórmula de dinamización de la participación de todos los miembros de la comunidad educativa y el funcionamiento de las estructuras de participación

Más detalles