CIRCULAR DE SEGURIDAD DE LA
|
|
|
- Enrique Vera Peralta
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Página 1 de 9 CIRCULAR DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN ACTIVOS DE INFORMACIÓN AVSEC
2
3 Página 3 de 9 Contenido 1. PROPÓSITO ÁMBITO DE APLICACIÓN MATERIA GENERALIDADES REFERENCIAS DEFINICIONES ABREVIATURAS PROCEDIMIENTO MANEJO DE LA DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS CON INFORMACIÓN SENSITIVA DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN... 8
4 Página 4 de 9 1. PROPÓSITO Establecer lineamientos para la clasificación, protección, divulgación y difusión de documentos que contengan información sensitiva relacionada con las medidas de seguridad de la aviación civil de la República del Ecuador, a fin de garantizar la protección de la misma para evitar que personas no autorizadas por la Autoridad Aeronáutica Civil conozcan y puedan manipular su contenido, en cumplimiento de lo establecido en el Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil, Reglamentos Técnicos de Aviación Civil y la presente Circular de Seguridad de la Aviación. 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Las disposiciones contempladas en la presente Circular de Seguridad de la Aviación, aplican para la AAC así como para todos los operadores de aeródromo o aeropuertos, operadores de aeronaves, empresas de servicios auxiliares al transporte aéreo, arrendatarios de aeropuerto, compañías de seguridad calificadas por la AAC, agentes acreditados, proveedores de servicios de tránsito aéreo, Organismos del Estado como Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), Ministerio del Interior (Migración), Secretaría de Inteligencia, Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, otros servicios públicos que tengan una estricta y legítima necesidad de conocer y aplicar la información sensitiva de seguridad de la aviación. 3. MATERIA 3.1.GENERALIDADES La información sensitiva relacionada con la seguridad de la aviación tiene el carácter de Reservada para las personas que estrictamente necesitan dicha información en el desempeño de sus funciones y que, por consiguiente, están autorizadas para tener acceso a la misma. Esto se conoce como principio de acceso selectivo. Los documentos que se mencionan a continuación, son susceptibles de contener información sensitiva de seguridad de la aviación civil: Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil Programa Nacional de Instrucción y Certificación de Seguridad de la Aviación Civil Programa Nacional de Control de Calidad en Seguridad de la Aviación Civil Programa Nacional de Manejo de Crisis en Seguridad de la Aviación Programa Nacional de Seguridad de la Carga, Correo y Suministro Aéreo de la Aviación Civil
5 Página 5 de 9 Circulares de Seguridad de la Aviación Civil declaradas como reservadas (identificadas con -R al final del código). Procedimientos internos de la DSPA Documentos previamente declarados como Reservados por la naturaleza de su contenido concerniente a la seguridad por parte de la Autoridad Aeronáutica Civil. Conjunto de Material Didáctico sobre seguridad de la Aviación Programas, planes y procedimientos en materia de seguridad de la aviación de los operadores y otras entidades. 3.2.REFERENCIAS La presente circular ha tomado como referencia para su contenido, la información establecida en los siguientes documentos: Anexo 17 Seguridad al Convenio sobre Aviación Civil Internacional Doc Manual de Seguridad de la Aviación Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la información Pública Resolución DGAC-YA R, de 13 de octubre de 2017 Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil Reglamentos Técnicos de Aviación Civil Procedimiento de Control de Documentos y Registros. 3.3.DEFINICIONES Actos de interferencia ilícita.- (definición dada a título de explicación). Actos, o tentativas, que comprometen la seguridad de la aviación civil, entre ellos los siguientes: Apoderamiento ilícito de aeronaves; Destrucción de una aeronave en servicio; Toma de rehenes a bordo de aeronaves o en los aeródromos; Intrusión por la fuerza a bordo de una aeronave, en un aeropuerto o en el recinto de una instalación aeronáutica; Introducción a bordo de una aeronave o en un aeropuerto de armas o de artefactos (o sustancias) peligrosos destinados a fines criminales;
6 Página 6 de 9 Uso de una aeronave en servicio con el propósito de causar la muerte, lesiones corporales graves o daños graves a los bienes o al medio ambiente; y Comunicación de información falsa que compromete la seguridad de una aeronave en vuelo, o en tierra, o la seguridad de los pasajeros, la tripulación, el personal de tierra y el público, en un aeropuerto o en el recinto de una instalación de aviación civil. Actuación humana.- Aptitudes y limitaciones humanas que repercuten en la seguridad operacional, protección y la eficiencia de las operaciones aeronáuticas. Aeronave.- Toda máquina que puede sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra. Aeropuerto.- Toda área de un Estado miembro de la OACI, abierta para las operaciones de aeronaves comerciales. Agente acreditado.- Agente, expedidor de carga o cualquier otra entidad que mantiene relaciones comerciales con un operador y proporciona controles de seguridad que están aceptados o son exigidos por la Autoridad Aeronáutica Civil con respecto a la carga o el correo. Autoridad Aeronáutica Civil del Ecuador.- Acrónimo de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC). Autoridad de Seguridad de la Aviación Civil.- La autoridad que cada Estado designe para que dentro de su administración, sea responsable de la preparación, aplicación y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil (PNSAC), en la República del Ecuador esta competencia se ha otorgado a la Dirección de Seguridad y Prevención Aeronáutica (DSPA). AVSEC.- expresión anglosajona que significa en idioma español Seguridad de la Aviación. Circular de Seguridad de la Aviación.- Documento emitido por la Autoridad Aeronáutica Civil de cumplimiento obligatorio, que contiene procedimientos para el cumplimiento de procesos, normas y disposiciones emanadas de la AAC. Entidades Acreditadas.- Todo operador, empresa o compañía con responsabilidades de Seguridad de la Aviación Civil de acuerdo a lo que establece el Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil. Operación de la aviación general.- Operación de aeronave distinta al transporte aéreo comercial y a los trabajos aéreos. Operación de transporte aéreo comercial.- Operación de aeronave que supone el transporte de pasajeros, carga o correo por remuneración o arrendamiento. Operador de aeródromo o aeropuerto.- Toda persona jurídica a la que se le ha otorgado la explotación, administración, mantenimiento y funcionamiento del aeropuerto, en forma total o parcial, para ejercer dichas funciones por sí o por terceros.
7 Página 7 de 9 Operador de aeronave.- Es toda persona jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que utiliza legítimamente la aeronave por cuenta propia, con o sin fines de lucro, conservando la dirección técnica de la misma. Personal de Seguridad de la Aviación.- Es toda persona que reúne los requisitos establecidos en el Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil y en los Reglamentos Técnicos de Aviación Civil, y es utilizada para ejercer labores de seguridad dedicada exclusiva y directamente con la prevención y manejo de actos de interferencia ilícita contra la aviación civil, por una organización, empresa, compañía u operador. Responsable de seguridad de la aviación en el aeropuerto.- Es el encargado de coordinar, aplicar y ejecutar las disposiciones del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil y demás normativa complementaria en materia de seguridad de la aviación, el Programa de Seguridad correspondiente a la entidad que representa. Seguridad.- Protección de la aviación civil contra los actos de interferencia ilícita. Este objetivo se logra mediante una combinación de medidas, recursos humanos y materiales. Detallar los conceptos, métodos o abreviaturas relacionados con la circular técnica. 3.4.ABREVIATURAS AAC: ASTP: AVSEC: CS: DSPA: OACI PONS: PNCC: PNICSAC: Civil PNMC: PNSAC: PNSCCA: PSA: PSO: RDAC: SARPS: SENAE: Autoridad Aeronáutica Civil del Ecuador Conjunto de Material Didáctico sobre Seguridad de la Aviación Seguridad de la Aviación / (Aviation Security) Circular de Seguridad de la Aviación Dirección de Seguridad y Prevención Aeronáutica Organización de Aviación Civil Internacional Procedimiento de Operación Normalizado de Seguridad Programa Nacional de Control de Calidad en Seguridad de la Aviación Civil Programa Nacional de Instrucción y Certificación de Seguridad de la Aviación Programa Nacional de Manejo de Crisis en Seguridad de la Aviación Civil Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil Programa Nacional de Seguridad de Carga, Correo y Suministro Aéreo Programa de Seguridad del Aeropuerto Programa de Seguridad del Operador de aeronaves Reglamentos Técnicos de la Aviación Civil Normas y Métodos Recomendados / (standards and recommended practices) Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
8 Página 8 de 9 4. PROCEDIMIENTO 4.1. MANEJO DE LA DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS CON INFORMACIÓN SENSITIVA DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN La Autoridad Aeronáutica Civil a través de la Dirección de Seguridad y Prevención Aeronáutica, emitirá y distribuirá, entre otras, documentación con información sensitiva de seguridad clasificada como RESERVADA o pública entre aquellas dependencias públicas y privadas que ameriten tal información para operar satisfactoriamente de acuerdo a lo que se establezca en la misma. Ante esta situación los operadores de aeródromo o aeropuertos, operadores de aeronaves, empresas de servicios auxiliares al transporte aéreo, arrendatarios de aeropuerto, compañías de seguridad calificadas por la AAC, agentes acreditados, proveedores de servicios de tránsito aéreo, Organismos del Estado como Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), Ministerio del Interior (Migración), Secretaría de Inteligencia, Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Otros Servicios Públicos, y toda organización o persona que tenga bajo su responsabilidad el manejo y distribución de información de naturaleza sensitiva relacionada con las medidas de seguridad de la aviación civil de la República del Ecuador, deberán cumplir con lo siguiente: a) Al recibir documentación de naturaleza sensitiva relacionada con las medidas de seguridad de la aviación civil declarada como RESERVADA o de carácter público, debe confirmar su recepción ante la Autoridad Aeronáutica Civil, de acuerdo al mecanismo seleccionado por la Dirección de Seguridad y Prevención Aeronáutica para distribuir la documentación. 1) De ser por vía electrónica, a través del Sistema de Distribución de Información (ONLYOFFICE debe emitir un correo electrónico dirigido a la Dirección de Seguridad y Prevención Aeronáutica, como conformidad de recepción. 2) De ser por entrega personal, debe emitir un Oficio ingresando a través del Sistema de Gestión Documental QUIPUX, una vez se proceda a realizar la entrega del documento debe firmar y sellar la copia del Oficio de envío, en señal de acuse de recibo. b) Después de recibido el documento, deberá estudiar y analizar su contenido y aplicar las medidas solicitadas en el mismo, debiendo dar respuesta a la Dirección de Seguridad y Prevención Aeronáutica de la AAC sobre el método de implementación de las mismas. En caso que no esté en condiciones de aplicar dichas medidas, deberá exponer sus motivos por escrito indicando la forma de como cumplirá con las medidas y su tiempo de implementación, para que sean aprobados por la AAC Los operadores de aeródromos o aeropuertos, operadores de aeronaves, empresas de servicios auxiliares al transporte aéreo, arrendatarios de aeropuerto, compañías de
9 Página 9 de 9 seguridad calificadas por la AAC, agentes acreditados, proveedores de servicios de tránsito aéreo, Organismos del Estado como Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), Ministerio del Interior (Migración), Secretaría de Inteligencia, Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Otros Servicios Públicos, y toda organización o persona que tenga bajo su responsabilidad el manejo y distribución de información de naturaleza sensitiva relacionada con las medidas de seguridad de la aviación civil de la República del Ecuador, que reciba un documento contentivo de información sensitiva declarada como RESERVADA o de carácter público, deberá restringir el acceso a la información contenida en las mismas solo a aquellas personas que, por la naturaleza de su trabajo, tenga la estricta y legítima necesidad de acceder al contenido total o parcial de estos documentos Está prohibido proporcionar información de naturaleza sensitiva relacionada con las medidas de seguridad de la aviación civil de la República del Ecuador declarada como RESERVADA o de carácter público sin autorización expresa del Director de Seguridad y Prevención Aeronáutica de la AAC Todo documento contentivo de información sensitiva relacionada con las medidas de seguridad de la aviación civil de la República del Ecuador declarada como RESERVADA o de carácter público debe estar bajo custodia del responsable de seguridad del operador, entidad acreditada, organización o de la persona a la cual se remitió la documentación Para los fines de la custodia debe utilizarse archivos bajo cerradura que impida su acceso y mantenerse un estricto control de las llaves o claves de combinaciones utilizadas para el acceso a los documentos En el caso de sospecha de violación al acceso de la documentación contentiva de información sensitiva relacionada con las medidas de seguridad de la aviación civil declarada como RESERVADA o de carácter público, los operadores de aeródromo o aeropuertos, operadores de aeronaves, empresas de servicios auxiliares al transporte aéreo, arrendatarios de aeropuerto, compañías de seguridad calificadas por la AAC, agentes acreditados, proveedores de servicios de tránsito aéreo, Organismo del Estado como Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), Ministerio del Interior (Migración), Secretaría de Inteligencia, Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, otros servicios públicos, y toda organización o persona que tenga bajo su responsabilidad el manejo y distribución de información de naturaleza sensitiva relacionada con las medidas de seguridad de la aviación civil de la República del Ecuador, deberán notificar la novedad de manera inmediata a la Dirección de Seguridad y Prevención Aeronáutica de la AAC.
Aviation Security AVSEC Seguridad de la Aviación AVSEC
Aviation Security AVSEC Seguridad de la Aviación AVSEC Pablo Lampariello Regional Officer, Aviation Security, ICAO SAM Regional Office / Especialista Regional en Seguridad de la Aviación, Oficina Regional
NORMA COMPLEMENTARIA DISPOSICIONES PARA EL USO DE AVISOS Y CARTELES DE SEGURIDAD CONTRA ACTOS DE INTERFERENCIA ILÍCITA
INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL GERENCIA GENERAL DE SEGURIDAD AERONÁUTICA GERENCIA DE SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL Código Fecha de Emisión 13-03-2011 NORMA COMPLEMENTARIA DISPOSICIONES PARA EL
SEGURIDAD EN EL TERMINAL DE CARGA DEL AEROPUERTO ARTURO MERINO BENÍTEZ DAN 17 01
SEGURIDAD EN EL TERMINAL DE CARGA DEL AEROPUERTO ARTURO MERINO BENÍTEZ DAN 17 01 HOJA DE VIDA DAN 17 01 SEGURIDAD EN EL TERMINAL DE CARGA DEL AEROPUERTO ARTURO MERINO BENÍTEZ E N M I E N D A PARTE AFECTADA
Plan de Contingencia del Aeropuerto en Conexión AVSEC & Anexo 18
Plan de Contingencia del Aeropuerto en Conexión AVSEC & Anexo 18 Pablo Lampariello Regional Officer, Aviation Security, ICAO SAM Regional Office / Especialista Regional en Seguridad de la Aviación, Oficina
PROCEDIMIENTO NORMALIZADO AVSEC PON 10/2008
Página: 1 de 13 PROCEDIMIENTO NORMALIZADO AVSEC PON 10/2008 ELABORACION DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD DE OPERADORES AEREOS Y AREAS EXCLUSIVAS/PON 09 Página: 2 de 13 HOJA DE VIDA ELABORACION DE PROGRAMAS DE
AUTORIDAD AERONÁUTICA CIVIL DIRECCION DE SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS NORMALIZADOS AVSEC
Página: 1 de 11 DIRECCIÓN DE SEGURIDAD DE AVIACIÓN CIVIL PROCEDIMIENTO OPERATIVO NORMALIZADO PON 02/2011 ELABORACION DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD DE OPERADORES AEREOS Y AREAS EXCLUSIVAS DE OPERACIÓN PANAMÁ
International Civil Aviation Organization. Medidas de seguridad sostenibles Pasajeros y equipaje de transbordo
International Civil Aviation Organization Medidas de seguridad sostenibles Pasajeros y equipaje de transbordo Seguridad de la Aviación Anexo 17, Doc. 8973/8, Doc. 9807 y Doc. 9734 CAPÍTULO 4 - MEDIDAS
PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL (PNSAC).
PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL (PNSAC). INDICE Prefacio ix 1. Objetivo 1-1-1 2. Definiciones y Acrónimos... 2-1-17 3. Legislación 3-1-4 3.2 Convenios Internacionales 3-1-4 3.3 Legislación
Unidad 3 LEGISLACIÓN NACIONAL LOS DOCUMENTOS DE LA LEGISLACIÓN NACIONAL SON LOS SIGUIENTES:
Unidad 3 LEGISLACIÓN NACIONAL REGULACIONES TECNICAS: LOS DOCUMENTOS DE LA LEGISLACIÓN NACIONAL SON LOS SIGUIENTES: Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil Reglamento para la prevención de actos
INSTRUCTORES EN SEGURIDAD DE AVIACION
INSTRUCTORES EN SEGURIDAD DE AVIACION Código del Curso : Instructores Capacitar al personal en seguridad de la aviación para que presente los cursos especializados de entrenamiento en seguridad de la aviación
CAPITULO I PROGRAMA NACIONAL DE INSTRUCCIÓN EN SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL
CAPITULO I 1.1 Objetivos PROGRAMA NACIONAL DE INSTRUCCIÓN EN SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL 1.1.1 Objetivo General 1.1.1.1 Proporcionar las normativas para la selección, instrucción y certificación del
SEMINARIO-TALLER FACILITACION DEL TRANSPORTE AEREO
SEMINARIO-TALLER FACILITACION DEL TRANSPORTE AEREO Cochabamba, Bolivia, 9 al 12 de marzo de 2015 1 Facilitación y Seguridad de la aviación en aeropuertos internacionales Pablo Lampariello Oficial Regional
IMPLEMENTADAS POR LA DGAC DEL ECUADOR
IMPLEMENTADAS POR LA DGAC DEL ECUADOR Caracas, 07 al 08-Febrero-12 Conferencia Regional sobre Seguridad de la Aviación 1 MC-1. MC-2. MC-3. MC-4. MC-5. MC-6. Actualización de la normativa nacional en materia
MARCO REGULATORIO DE SEGURIDAD DE LA A V A IACION VIACION CIVIL EN EN E L EL PERU PERU
MARCO REGULATORIO DE SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL EN EL PERU Marco Regulatorio OACI CONVENIO DE CHICAGO CONVENIOS INTERNACIONALES ANEXOS ESTADO PERUANO LEY DE AERONAUTICA CIVIL LEY N 27261 Y Su Reglamento
APENDICE 1: PROGRAMA DE INSTRUCCIÓN
Regresar... APENDICE 1: PROGRAMA DE INSTRUCCIÓN A. CURSOS PARA EL GERENTE DE SEGURIDAD DEL OPERADOR DE AERÓDROMO (14 HORAS) Deberá haber seguido los cursos establecidos por OACI o similares dictados por
Conferencia Regional de Aviación Civil
Conferencia Regional de Aviación Civil Caracas, Venezuela, 7 y 8 de febrero de 2012 SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL BOLIVIA DIRECCION GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL Evolución de las actividades referidas
División de Facilitación. Junta de Aviación Civil República Dominicana
División de Facilitación Junta de Aviación Civil República Dominicana Avances alcanzados por la República Dominicana, en cuanto a la implementación del Programa Nacional de Facilitación del Transporte
APÉNDICE I PROGRAMA DE SEGURIDAD DE LOS EXPLOTADORES DE AERONAVES
APÉNDICE I PROGRAMA DE SEGURIDAD DE LOS EXPLOTADORES DE AERONAVES PREFACIO. REGISTRO DE ENMIENDAS. Se deberá registrar las implementaciones o cambios de los procedimientos de seguridad de este programa,
Modelo de seguridad en la carga aérea: Agentes Acreditados y actuaciones de supervisión por la autoridad competente.
Modelo de seguridad en la carga aérea: Agentes Acreditados y actuaciones de supervisión por la autoridad competente. Curso de Auditores de Seguridad de la Aviación Civil DINTEL Marzo 2010 0 AESA 1 Quienes
Regulaciones Aeronáuticas del Perú REVISIÓN: 17 Regresar...
Regresar... SUB PARTE C: PROGRAMA DE SEGURIDAD PARA OPERADORES BAJO LAS PARTES 91, 133, 137 Y 142 - TRABAJO AEREO, AVIACIÓN GENERAL Y TALLERES DE MANTENIMIENTO AERONAUTICO. 108.63 Aplicabilidad (a) Este
CAPÍTULO 10 MÉTODOS PARA HACER FRENTE A ACTOS DE INTERFERENCIA ILÍCITA
CAPÍTULO 10 MÉTODOS PARA HACER FRENTE A ACTOS DE INTERFERENCIA ILÍCITA 10.1. GENERALIDADES. El explotador de aeropuerto, los explotadores de aeronaves, los proveedores de servicios de seguridad, consignatarios
CNPIC CENTRO NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS
II JORNADAS DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS Y SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO
Explicar los conceptos inspección de pasajeros. Identificar los diseños, configuraciones y tipos de Puestos de Control de seguridad
Explicar los conceptos inspección de pasajeros Identificar los diseños, configuraciones y tipos de Puestos de Control de seguridad Explicar la dotación y funciones del personal de Inspección 2 Comprender
Seguridad de la Aviación en el Centro Internacional de Instrucción Aeropuertos y Servicios Auxiliares (CIIASA)
Seguridad de la Aviación en el Centro Internacional de Instrucción Aeropuertos y Servicios Auxiliares (CIIASA) Semblanza del Centro de Instrucción de Seguridad de la Aviación (ASTC) ASA es organismo descentralizado
SAM. Lima, Perú, de marzo/march 2013
Reunión sobre los Avances en la Implantación del Programa de Seguridad Operacional de Estado (SSP) y el Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) y su Aplicación en los Equipos de Seguridad
Seminario Regional sobre Seguridad de la Aviación (AVSEC/SEM)
International Civil Aviation Organization ARREGLO DE COLABORACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE EVENTOS DE SALUD PÚBLICA EN LA AVIACIÓN CIVIL (CAPSCA) Seminario Regional sobre Seguridad de la Aviación
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL REGULACIONES TECNICAS DE AVIACIÓN CIVIL RDAC PARTE 129 OPERACIONES DE EXPLOTADORES AEREOS EXTRANJEROS
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL REGULACIONES TECNICAS DE AVIACIÓN CIVIL RDAC PARTE 129 OPERACIONES DE EXPLOTADORES AEREOS EXTRANJEROS NUEVA EDICION Control de Enmiendas RDAC 129 Enmienda Origen Temas
HOJA DE VIDA DAP CONTROL DE ENMIENDAS PARA CERTIFICADO DE AERÓDROMOS
HOJA DE VIDA DAP 14 10 CONTROL DE ENMIENDAS PARA CERTIFICADO DE AERÓDROMOS E N M I E N D A PARTE AFECTADA DEL DCTO. DISPUESTO POR Nº FECHA ANOTADO POR CAPÍTULO PÁGINAS DCTO. FECHA INDICE CONTROL DE ENMIENDAS
ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y PLAN DE CONTINGENCIA DE EXPLOTADORES DE TERMINALES DE PASAJEROS
ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y PLAN DE CONTINGENCIA DE EXPLOTADORES DE TERMINALES DE PASAJEROS HOJA DE VIDA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y PLAN DE CONTINGENCIA DE EXPLOTADORES DE TERMINALES
MÉTODOS PARA HACER FRENTE A ACTOS DE INTERFERENCIA ILÍCITA
CAPÍTULO X MÉTODOS PARA HACER FRENTE A ACTOS DE INTERFERENCIA ILÍCITA 10.1. GENERALIDADES. 10.1.1 Los órganos administrativos de gobierno, los organismos encargados de hacer cumplir la ley, las fuerzas
CONTENIDO DEL MANUAL DE SEGURIDAD PARA LA PREVENCIÓN DE ACTOS DE INTERFERENCIA ILÍCITA CON BASE EN LA CO SA-17.1/10
El contenido del MSPAII deberá estar preparado en una forma lógica con procedimientos específicos, fácil de revisar y entender, sin jerga textual o jurídica. En caso de no aplicar alguno de los numerales
HOJA DE VIDA REGLAMENTO REGLAS DE VUELO Y OPERACIÓN GENERAL DAR 91 ENMIENDA PARTE AFECTADA DEL DCTO. DISPUESTO POR
HOJA DE VIDA REGLAMENTO REGLAS DE VUELO Y OPERACIÓN GENERAL DAR 91 ENMIENDA PARTE AFECTADA DEL DCTO. DISPUESTO POR Nº FECHA ANOTADO POR CAPÍTULO PÁGINAS DOCTO. FECHA REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE DEFENSA
DIRAM PARTE 9 EQUIPAMIENTO REQUERIDO
REPÚBLICA ARGENTINA MINISTERIO DE DEFENSA ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS DIRAM PARTE 9 EQUIPAMIENTO REQUERIDO BUENOS AIRES, 04 de Diciembre de 2014 Revisión Nº 3 LISTA DE PÁGINAS EFECTIVAS
FORMATO PARA LA ELABORACIÓN DE UN PROGRAMA DE SEGURIDAD DE EXPLOTADOR AEREO.
FORMATO PARA LA ELABORACIÓN DE UN PROGRAMA DE SEGURIDAD DE EXPLOTADOR AEREO. 1. CARÁTULA 2. INDICE 3. REGISTRO DE REVISIONES 4. LISTA DE DISTRIBUCIÓN. 5. LISTADO DE PÁGINAS EFECTIVAS 6. ENMIENDAS Y CORRECIONES
Emisión y Renovación de Licencias de Estación de Radio de las Aeronaves.
Oficina de Planificación y Presupuesto / Gerencia de Organización y Calidad Marzo 2009 Emisión y Renovación de Licencias de Estación de Radio de las Aeronaves. Responsable Natural Responsable Administrativo
Programas de Inspección a los Servicios de Navegación Aérea de México
Programas de Inspección a los Servicios de Navegación Aérea de México 18 de junio de 2013 ÍNDICE 1 Marco legal nacional 2 Circulares obligatorias aplicables a los Servicios de Navegación Aérea (SNA) 3
Quinta Reunión del Proyecto CAPSCA Américas Capacitación de Asesores Técnicos
International Civil Aviation Organization ARREGLO DE COLABORACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE EVENTOS DE SALUD PÚBLICA EN LA AVIACIÓN CIVIL (CAPSCA) Quinta Reunión del Proyecto CAPSCA Américas Capacitación
Origen del USAP. Plan de acción n AVSEC adoptado por el Consejo en Junio de Regulares Obligatorias Sistemáticasticas Armonizadas
Origen del USAP Resolución n A33-1 Conferencia Ministerial alto nivel, Montreal, Febrero 2002 determina realizar Auditorías de seguridad de la aviación: Regulares Obligatorias Sistemáticasticas Armonizadas
INFORME UCSP Nº: 2013/094
MINISTERIO COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2013/094 FECHA 27/12/2013 ASUNTO Figura del Responsable de Seguridad Aérea (R.S.A.). ANTECEDENTES El presente informe se redacta a petición
ANEXO TÉCNICO 6 OPERACIÓN DE AERONAVES
ANEXO TÉCNICO 6 OPERACIÓN DE AERONAVES A. El presente Anexo Técnico del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil describe los temas que, como mínimo, deben incluir y desarrollar las Regulaciones Aeronáuticas
REPUBLICA DE GUATEMALA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL
REPUBLICA DE GUATEMALA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL RAC 17 El Director General de Aeronáutica Civil de conformidad con los artículos 6 y 7 de la Ley de Aviación Civil de la República de Guatemala
INSTRUCCIÓN EN EL N OACI ESPECIALIDAD ESTADO EXTERIOR
N OACI ESPECIALIDAD ESTADO O10 Investigación y prevención de accidentes O11 Investigación y Prevención de Argentina accidentes Bolivia Brasil Chile Colombia Ecuador Panamá Paraguray Perú Venezuela O20
REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DE LA AERONAVE, EL EQUIPAJE DE BODEGA, LA CARGA, MENSAJERÍA, COURIER Y CORREO RSA N 10
RSA Nº 10 EX-2017-34408379-APN-DSA#PSA - ANEXO I REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DE LA AERONAVE, EL EQUIPAJE DE BODEGA, LA CARGA, MENSAJERÍA, COURIER Y RSA N 10 ENERO 2018 RSA Nº 10 SECCIÓN 1. OBJETO 1.1. Establecer
TRANSPORTE SIN RIESGOS DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR VÍA AÉREA
TRANSPORTE SIN RIESGOS DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR VÍA AÉREA HOJA DE VIDA DAN 18 01 TRANSPORTE SIN RIESGO DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR VÍA AÉREA ENMIENDA PARTE AFECTADA DEL DCTO. DISPUESTO POR Nº FECHA
PROGRAMA DE SEGURIDAD OPERACIONAL Y SU RELACIÓN CON LA ADMINISTRACION POR PROCESOS
PROGRAMA DE SEGURIDAD OPERACIONAL Y SU RELACIÓN CON LA ADMINISTRACION POR PROCESOS SITUACION ACTUAL La Constitución de la República del Ecuador prevé la administración por procesos, calidad en la atención
Lista de Revisión. Artículo 1 del RSI, Definiciones. RSI Anexo 1, A, 3. OACI Anexo 14,
ARREGLOS DE COOPERACIÓN PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES MEDIANTE LOS VIAJES AÉREOS (CAPSCA) VISITA DE ASISTENCIA AL ESTADO Y AEROPUERTO POR EL EQUIPO REGIONAL DE MEDICINA DE
CLASE 2 CURSO COMANDANTE DE AERONAVE
CLASE 2 CURSO COMANDANTE DE AERONAVE NORMATIVA! Mauricio Blanco Espinoza Controlador de Tránsito Aéreo Jefe del Centro de Control de Área Santiago Introducción Cuál es la Normativa Aeronáutica que debería
Servicios de Seguridad Certificación Inspección. Nombre de la Empresa Ciudad SI NO N/A
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: L-DSA-AVS-011 Revisión: Rev. 03 Fecha: 16.06.2010 SERVICIOS ESPECIALIZADOS AEROPORTUARIOS - PARTE 111 REV 17 Y PARTE 110 REV 18 (SERVICIOS
Subsecretaría de Transporte Dirección General de Aeronáutica Civil
TÉRMINOS DE REFERENCIA RECOMENDADOS PARA PROGRAMAS DE INSTRUCCIÓN Y CAPACITACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD DE AVIACIÓN CIVILPARA CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS DE AERÓDROMOS Y OPERADORES AÉREOS Y EMPRESAS
PROYECTO DE RESOLUCION A22-9 GUIA DE REFERENCIA SOBRE PROGRAMA DE SEGURIDAD PARA LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE TRANSITO AEREO
PROYECTO DE RESOLUCION A22-9 GUIA DE REFERENCIA SOBRE PROGRAMA DE SEGURIDAD PARA LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE TRANSITO AEREO CONSIDERANDO que la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil - CLAC tiene
GUIA DE ESTUDIOS PARA LA EVALUACION DE CONOCIMIENTOS PARA LA CERTIFICACION DE INSTRUCTORES AVSEC DE NIVEL OPERATIVO
TEMA: COSA 17.1 1) A que hace referencia la COSA 17.1? 2) De acuerdo a la COSA 17.1 tiene como objetivo que todo concesionario, permisionario u operador aéreo elabore un manual para la prevención de actos
CAPÍTULO 226. PERMISOS ESPECIALES DE VUELO. Sección 1. Antecedentes
CAPÍTULO 226. PERMISOS ESPECIALES DE VUELO 1. CÓDIGOS DE ACTIVIDAD Sección 1. Antecedentes A. Mantenimiento: RESERVADO B. Aviónica: RESERVADO 3. OBJETIVO Este capítulo provee la guía para la emisión de
Escuela Técnica de Aviación Civil
Escuela Técnica de Aviación Civil Antecedentes La Escuela Técnica de Aviación Civil, fue creada en 1966 con el objeto de formar técnicos en las especialidades de Tránsito Aéreo y Electrónica. Creación
Equipo de seguridad operacional de pista (RST) de Quito. Fundamentos del SSP aplicados al trabajo del RST
Equipo de seguridad operacional de pista (RST) de Quito Fundamentos del SSP aplicados al trabajo del RST Objetivo Exponer a los participantes sobre los fundamentos del Programa de Seguridad Operacional
RAB-65 REGLAMENTO SOBRE LICENCIAS PARA PERSONAL AERONÁUTICO EXCEPTO MIEMBROS DE LA TRIPULACIÓN DE VUELO
Capitulo H Licencia de Especialista en Información Aeronáutica 65.501 Aplicación Requisitos de Licencias y habilitaciones Este capítulo establece los requisitos para el otorgamiento de la licencia de Especialista
CIRCULAR OBLIGATORIA
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL CIRCULAR OBLIGATORIA QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS PARA LA DETERMINACIÓN DE ALTURAS/ALTITUDES MÍNIMAS DE VUELO POR PARTE DEL CONCESIONARIO, PERMISIONARIO Y OPERADOR
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Decreta LEY DE CONTROL PARA LA DEFENSA INTEGRAL DEL ESPACIO AÉREO
la siguiente, LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Decreta LEY DE CONTROL PARA LA DEFENSA INTEGRAL DEL ESPACIO AÉREO CAPÍTULO I Disposiciones Generales Objeto Artículo 1. La presente
El Reglamento de la Circulación Aérea. La Ley de Navegación Aérea. La Ley de Seguridad Aérea. Organismos internacionales:
Módulo 2: El marco institucional. Normativa básica: El Reglamento de la Circulación Aérea. La Ley de Navegación Aérea. La Ley de Seguridad Aérea. Organismos internacionales: OACI: organización y funciones,
TALLER DE LA OACI SOBRE CERTIFICACION DE AERODROMOS PARA LA REGION NAM/CAR/SAM Santiago, Chile Septiembre 2002
Copyright 2002 Órgano Fiscalizador, CETAC TALLER DE LA OACI SOBRE CERTIFICACION DE AERODROMOS PARA LA REGION NAM/CAR/SAM Santiago, Chile Septiembre 2002 MPO-AIJS/2002 1 CONTENIDO - Ley Primaria - Regulaciones
CREDENCIAL AERONÁUTICA DE LA AVIACIÓN CIVIL DEL ECUADOR CREDENCIAL CIRCULACIÓN NACIONAL
CREDENCIAL AERONÁUTICA DE LA AVIACIÓN CIVIL DEL ECUADOR CREDENCIAL CIRCULACIÓN NACIONAL PROPÓSITO DE CREDENCIAL CIRCULACION AEROPORTUARIA Regular y controlar el acceso de personas a los aeropuertos del
CURSO DE INSPECTOR GUBERNAMENTAL DE AERONAVEGABILIAD. Anexo 6 07/11/2011. Oficina Regional Sudamericana de la OACI
CURSO DE INSPECTOR GUBERNAMENTAL DE AERONAVEGABILIAD Anexo 6 Oficina Regional Sudamericana de la OACI Consideraciones Las normas y métodos recomendados por la OACI son denominados Anexos a la Convención
FACILITACION Y SEGURIDAD DE LA CARGA AEREA
FACILITACION Y SEGURIDAD DE LA CARGA AEREA AGENTE ACREDITADO HISTORIA DECADA DE LOS 80 s, COMITÉ DE OPERACIONES DE CARGA AEREA, COMBEX (EXPORTACION) AÑO 1992, COMITÉ DE OPERACIONES DE LA BODEGA DE CARGA
CAPÍTULO 147. EVALUACIÓN DE UN OPERADOR RAB 133 (AVIACIÓN AGRÍCOLA)
CAPÍTULO 147. EVALUACIÓN DE UN OPERADOR RAB 133 (AVIACIÓN AGRÍCOLA) 1. CÓDIGOS DE ACTIVIDAD Sección 1. Antecedentes A. Mantenimiento: RESERVADO B. Aviónica: RESERVADO 3. OBJETIVO. Este capítulo describe
PARTE 107 SEGURIDAD AEROPORTUARIA: OPERADOR DE AEROPUERTO Entrenamiento. EGURIDAD AEROPORTUARIA: OPERADOR DE AEROPUERTO INDICE
PARTE 107 SEGURIDAD AEROPORTUARIA: OPERADOR DE AEROPUERTO INDICE 107.1 Aplicabilidad. 107.2 Definiciones 107.3 Programa de seguridad: adopción e implementación. 107.5 Aprobación del programa de seguridad.
