ACUERDO Nro. MAP-SRP A SRA. BLGA. MARIA CRISTINA DE LA CADENA CANDELL SUBSECRETARIA DE RECURSOS PESQUEROS, SUBROGANTE CONSIDERANDO:
|
|
- Juan Luis Macías Ferreyra
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 ACUERDO Nro. MAP-SRP A SRA. BLGA. MARIA CRISTINA DE LA CADENA CANDELL SUBSECRETARIA DE RECURSOS PESQUEROS, SUBROGANTE CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 85 y numeral 1 establece; La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: 1. Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad ; Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 276, numeral 2, dispone; El régimen de desarrollo tendrá los siguientes objetivos: 2. Construir un sistema económico, justo, democrático, productivo, solidario y sostenible basado en la distribución igualitaria de los beneficios del desarrollo, de los medios de producción y en la generación de trabajo digno y estable ; Que, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 280 establece; EI Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores ; Que, el Plan Nacional de Desarrollo Toda una Vida, fue aprobado en sesión del 22 de septiembre de 2017, mediante Resolución Nº. CNP ; mismo que en su Eje 1, Objetivo 3 determina; Garantizar los derechos de la naturaleza para las actuales y futuras generaciones. Que, la Constitución Política de la República, en su artículo 396 determina; El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas ; Que, la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero en su artículo 1 determina: "Los recursos bioacuáticos existentes en el mar territorial, en las aguas marítimas interiores, en los ríos, en los lagos o canales naturales y artificiales, son bienes nacionales cuyo racional aprovechamiento será regulado y controlado por el Estado de acuerdo con sus intereses"; Que, la Ley de Pesca y desarrollo Pesquero en su artículo 13 determina; "El Ministro del ramo queda facultado para resolver y reglamentar los casos especiales y los no previstos que se suscitaren en la aplicación de esta Ley, sin perjuicio de lo dispuesto en el número 1/5
2 5 del Art. 171 de la Constitución de la República."; Que, la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero en su el artículo 14 determina: "El Ministerio del ramo será el encargado de dirigir y ejecutar la política pesquera del país, a través de la Subsecretaría de Recursos Pesqueros."; Que, la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero en su artículo 25 establece: "Quienes se dediquen a la pesca industrial deberán disponer en propiedad, arrendamiento o asociación, de los buques necesarios técnicamente equipados de conformidad con el respectivo reglamento"; Que, el Reglamento a la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero en su artículo 15 determina: "La harina de pescado, de camarón o de otras especies bioacuáticas, se elaborarán utilizando únicamente los excedentes y desperdicios resultantes del procesamiento de los recursos para consumo humano directo y las especies que no se empleen para tal consumo. La Subsecretaría de Recursos Pesqueros, fijará anualmente los porcentajes de captura de productos bioacuáticos que podrán destinarse a la producción de harina de pescado, camarón u otras especies, de acuerdo con la política adoptada para la explotación racional de tales recursos."; Que, mediante Acuerdo Ministerial Nº 047 de fecha 09 de abril de 2010 se reforma el artículo 6 del Acuerdo Ministerial número 018 del 09 de marzo de 2010, publicado en el Registro Oficial número 156 del 23 de marzo de Que, el Instituto Nacional de Pesca (INP) desde 1981 realiza el seguimiento de la actividad extractiva de los pelágicos pequeños, a través del Programa de Peces Pelágicos Pequeños, con el fin de mantener el levantamiento continuo de la información biológica pesquera procedente de esta actividad, así como también su procesamiento y análisis, determinando que: Un producto fresco mantiene sus características casi intactas, en cambio un congelado pierde algún estado de frescura ; Que, mediante Decreto Ejecutivo número 06 de fecha 24 de mayo de 2017, se crea el Ministerio de Acuacultura y Pesca, como organismo de derecho público, con personería jurídica, patrimonio y régimen administrativo y financiero propios; Que, el artículo 3 del Decreto Ejecutivo número 06 de fecha 24 de mayo de 2017 expone; El Ministerio de Acuacultura y Pesca, en su calidad de Ministerio Sectorial, será el rector y ejecutor de la política de acuacultura y pesca, en tal virtud será el encargado de formular, planificar, dirigir, gestionar, y coordinar la aplicación de las directrices, planes, programas y proyectos de dichos sectores ; Que, la Cámara Nacional de Pesquería CNP mediante oficio Nro. CNP de fecha 12 de julio de 2017 a través de su presidente el señor Bruno Leone Pignataro, solicitó formalmente a la Subsecretaría de Recursos Pesqueros SRP, activar un grupo técnico inter-sectorial integrado por miembros de la CNP, SRP y el Instituto Nacional de Pesca INP; con el fin de analizar temas relacionados al recurso gallina o gallineta (Prionotus spp.); Que, la Cámara Nacional de Pesquería CNP una vez realizada varias reuniones de 2/5
3 trabajo, mantenidas con la Subsecretaría de Recursos Pesqueros SRP y el Instituto Nacional de Pesca INP durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2017, y según Actas de reunión números; INP PPP , INP PPP , y INP PPP , solicita formalmente la inclusión de la especie gallineta dentro del listado de especies permitidas para capturar y procesar, debido a los volúmenes de pesca registrados en años anteriores, a estudios de factibilidad y mercadeo y al bajo índice proteico que presenta esta especie ; Que, el Instituto Nacional de Pesca INP, mediante Oficio Nro. INP OF de fecha 19 de septiembre de 2017, remite a la Subsecretaría de Recursos Pesqueros el informe técnico; DISTRIBUCIÓN Y ABUNDANCIA DE GALLINETA (Prionotus spp, Bellator spp) EN AGUAS ECUATORIANAS, en el que recomienda; que hasta que no exista una demanda de gallineta establecida para consumo humano directo o exista un proyecto establecido por parte de empresas o comunidades para proporcionarle valor agregado, así como estudios técnicos específicos que denoten el estado de las poblaciones de estas especies, la gallineta puede ser utilizada para la producción de harina de pescado. ; Que, la Cámara Nacional de Pesquería CNP, mediante oficio Nº CNP de fecha 05 de diciembre de 2017 de registro MAP-CGAF E, a través de su Director Ejecutivo el señor Ab. Rafael Trujillo Bejarano, informó a la SRP en relación al asunto EXCLUSIÓN DE RECURSO "GALLINETA" DE LISTA DE ESPECIES PROHIBIDAS PARA ELABORACIÓN DE HARINA DE PESCADO, lo siguiente: Pese a que las capturas de este recurso son intermitentes en la pesquería, los resultados de los dos últimos años, asociados a las cambiantes condiciones oceanográficas requiere de un ajuste normativo que viabilice su procesamiento para harina de pescado. Se reitera que localmente, no existe demanda significativa de este recurso para consumo humano directo, por lo que el proceso de reducción para consumo humano indirecto vía harina de pescado es la alternativa más viable para el aprovechamiento de este recurso ; Que, la Dirección de Políticas y Ordenamiento Pesquero DPOP, mediante Memorando Nro. MAP-SRP M de fecha 13 de diciembre de 2017 remitió a la Subsecretaría de Recursos Pesqueros; INFORME DE PERTINENCIA PARA ELABORAR ACUERDO MINISTERIAL SOBRE PEDIDO DE LA CAMARA NACIONAL DE PESQUERIA, PARA DIRECCIONAR GALLINETA A HARINA DE PESCADO, el cual en sus consideraciones técnicas expresa; Basados en los criterios técnicos expuestos, la Dirección de Políticas y Ordenamiento Pesquero DPOP del Ministerio de Acuacultura y Pesca MAP a través de su Director el Tlgo. Boris Antonio Ayala Villa, considera procedente la solicitud de la CNP para que se permita la descarga y/o entrega para proceso de reducción, a las capturas consistentes del recurso gallineta o lechuza (Prionotus spp). Y recomienda que el ejercicio de la actividad pesquera extractiva de la gallineta o lechuza (Prionotus spp), se enmarque en las medidas de ordenamiento, regulación y control expresadas en el Acuerdo Ministerial 047 emitido el 9 de abril de 2010 ; Que, el Instituto Nacional de Pesca INP, mediante Oficio Nro. MAP-INP OF de fecha 08 de enero de 2018, remite a la Subsecretaría de Recursos Pesqueros el informe técnico; CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE GALLINETA (Prionotus spp, Bellator spp) EN AGUAS ECUATORIANAS, mediante el cual recomienda; hasta que 3/5
4 no exista una demanda de gallineta establecida para consumo humano directo o exista un proyecto establecido por parte de empresas o comunidades para proporcionarle valor agregado, así como estudios técnicos específicos que denoten el estado de las poblaciones de estas especies, la gallineta puede ser utilizada para la producción de harina de pescado ; Que, mediante Acción de Personal No. DATH de fecha 31 de enero de 2018, se nombra como Subsecretaria Subrogante de Recursos Pesqueros a la Blga. María Cristina De la Cadena Candell; En ejercicio de las competencias y atribuciones establecidas en la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero: ACUERDA: Artículo 1.- Reformar el numeral 1.2 del artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 047 suscrito el 09 de abril del 2010, por el siguiente texto: Conforme al objetivo estratégico del Estado de promover la soberanía alimentaria, las capturas de especies bioacuáticas, en general, estarán orientadas para el consumo humano directo. Se prohíbe la descarga y/o entrega para procesos de reducción las capturas consistentes en: Sardina o pinchagua (Opisthonema spp); carita (Selene oerstedii); Hojita (Chloroscombrus orqueta); Chazo o ganillaza (Peprilus medius); Huayaipe o cherna (Seriola lalandi; S. peruana; S.rivoliana); así como juveniles de pelágicos grandes y peces demersales. Artículo 2.- Se permite la descarga y/o entrega de capturas consistentes al recurso Gallineta o lechuza (Prionotus spp.) para procesos de reducción y producción de harina de pescado. Artículo 3.- Mantener vigentes las demás disposiciones contenidas en el Acuerdo Ministerial Nº 047 expedido el 09 de abril de 2010, publicado en el Registro Oficial Nº 187 del 06 de mayo de Artículo 4.- Disponer la vigencia del presente Acuerdo Ministerial a partir de su expedición sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Encárguese de la ejecución del presente Acuerdo a la Subsecretaria de Recursos Pesqueros, a través de la Dirección de Control de Recursos Pesqueros, Dirección de Pesca Industrial y a la Dirección Nacional de Espacios Acuáticos DIRNEA. COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE. - Dado en Manta, a los 31 día(s) del mes de Enero de dos mil dieciocho. 4/5
5 Documento firmado electrónicamente SRA. BLGA. MARIA CRISTINA DE LA CADENA CANDELL SUBSECRETARIA DE RECURSOS PESQUEROS, SUBROGANTE 5/5
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA
Acuerdo No. 020 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 73 establece que el Estado aplicará medidas de precaución
ACUERDO Nro. MAP-SRP A SRA. DRA. ANA ALVAREZ MEDINA SUBSECRETARIA DE RECURSOS PESQUEROS, SUBROGANTE. Considerando
ACUERDO Nro. MAP-SRP-2018-0080-A SRA. DRA. ANA ALVAREZ MEDINA SUBSECRETARIA DE RECURSOS PESQUEROS, SUBROGANTE Considerando Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 73 determina;
LA PESQUERIA DE PELAGICOS CON RED DE CERCO.
LA PESQUERIA DE PELAGICOS CON RED DE CERCO. A continuación encontrarán unos lineamientos generales sobre el ejercicio de la pesquería de pelágicos pequeños con red de cerco. Se trata de un esfuerzo, perfectible
ACUERDO Nro. MAP-SCI A SRA. TLGA. CARMITA CATALINA CARDENAS VELEZ SUBSECRETARIA DE CALIDAD E INOCUIDAD CONSIDERANDO:
ACUERDO Nro. MAP-SCI-2018-0001-A SRA. TLGA. CARMITA CATALINA CARDENAS VELEZ SUBSECRETARIA DE CALIDAD E INOCUIDAD CONSIDERANDO: Que, el artículo 83 de la Constitución de la República del Ecuador señala
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA
Acuerdo N 210 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que, el numeral 2 del Art. 281 de la Constitución de la República del Ecuador ordena "2. Adoptar políticas fiscales,
ACUERDO Nro. MAP-SRP A SRA. DRA. ANA ALVAREZ MEDINA SUBSECRETARIA DE RECURSOS PESQUEROS, ENCARGADA CONSIDERANDO:
ACUERDO Nro. MAP-SRP-2018-0061-A SRA. DRA. ANA ALVAREZ MEDINA SUBSECRETARIA DE RECURSOS PESQUEROS, ENCARGADA CONSIDERANDO: Que, el Art. 14 de la Constitución de la República del Ecuador, determina "Se
Acuerdo No. 070 MINISTERIO DE AGRICULTURA EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS ESQUEROS. Considerando:
Acuerdo No. 070 MINISTERIO DE AGRICULTURA EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS ESQUEROS Considerando: Que, el artículo 1º de la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero dispone, que los recursos bioacuáticos existentes
MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERÍA ACUACULTURA Y PESCA
Acuerdo No. 148 MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERÍA ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que, el artículo 13 de la Constitución de la República del Ecuador establece que las personas y colectividades tienen
Resolución Nro. MIPRO-SDTI R. Guayaquil, 11 de abril de 2017 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD EL SUBSECRETARIO CONSIDERANDO:
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD EL SUBSECRETARIO CONSIDERANDO: Que, el Art. 284 de la Constitución de la República establece los objetivos de la política económica entre los que se incluye el
Puerto Pesquero Artesanal de San Mateo Telfs: (593 5) Manabí Ecuador
ACUERDO Nro. MAP-2017-0012-A SRA. ING. ANA KATUSKA DROUET SALCEDO MINISTRA ACUACULTURA Y PESCA CONSIDERANDO: Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que son atribuciones
EDICIÓN ESPECIAL SECRETARÍA DEL AGUA. ACUERDO No
Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado Presidente Constitucional de la República del Ecuador Lunes, 7 de Noviembre de 2016 (R. O. Ed. Esp. 750, 7-noviembre-2016) EDICIÓN ESPECIAL SECRETARÍA
Acuerdo No Lorena Tapia MINISTRA DEL AMBIENTE. Considerando:
Acuerdo No. 052 Lorena Tapia MINISTRA DEL AMBIENTE Considerando: Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce, el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente
RESOLUCION MINISTERIAL Nº PRODUCE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 205-2006-PRODUCE CONCORDANCIA: Jurel y Caballa) D.S. N 011-2007-PRODUCE, Art. 10 (Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Lima, 11 de agosto de 2006 VISTOS: El Informe Nº 005-2006-PRODUCE/DINAMA-Darrss
Nº 261 RAFAEL CORREA DELGADO
~ CONSIDERANDO: Que el Art. 33 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de"la
EDICIÓN ESPECIAL SECRETARÍA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SENPLADES ACUERDO Nº SNPD
Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado Presidente Constitucional de la República del Ecuador Viernes, 11 de Noviembre de 2016 (R. O. Ed. Esp. 755, 11-noviembre-2016) EDICIÓN ESPECIAL SECRETARÍA
ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:
ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio
Decreto No Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Considerando:
Decreto No. 1356 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 147, numerales 3 y 5 establece que son atribuciones
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RIESGOS EN EL CANTÓN PORTOVIEJO EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RIESGOS EN EL CANTÓN PORTOVIEJO EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº PRODUCE
Establecen inicio y término de los períodos de libre pesca y de veda de las especies nativas del recurso camarón de río Cryphiops Caementarius y Macrobrachium spp RESOLUCION MINISTERIAL Nº 312-2006-PRODUCE
Resolución No. ARCONEL-072/15 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD -ARCONEL- CONSIDERANDO:
Resolución No. ARCONEL-072/15 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD -ARCONEL- CONSIDERANDO: el artículo 85 de la Constitución de la República del Ecuador establece en su numeral
Acuerdo No Marcela Aguiñaga Vallejo. Ministra del Ambiente. Considerando:
Acuerdo No. 099 Marcela Aguiñaga Vallejo Ministra del Ambiente Considerando: Que, el numeral 7 del artículo 3 de la Constitución de la República, establece como deber primordial del Estado ecuatoriano
ACUERDO No. EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA ACUACULTURA Y PESCA CONSIDERANDO
República del Ecuador ACUERDO No. EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA ACUACULTURA Y PESCA CONSIDERANDO Que la Constitución de la República, en su artículo 395 numeral 1 señala que el Estado garantizará
2 Miércoles 21 de septiembre de 2016 Registro Oficial Nº 845
2 Miércoles 21 de septiembre de 2016 Registro Oficial Nº 845 los mecanismos de interacción que sean necesarios para el cumplimiento de los requisitos y procedimientos de registro y control establecidos
DECLARA AREA NACIONAL DE RECREACION A PLAYAS DE VILLAMIL
DECLARA AREA NACIONAL DE RECREACION A PLAYAS DE VILLAMIL Acuerdo Ministerial 163 Registro Oficial Suplemento 631 de 01-feb.-2012 Estado: Vigente LA MINISTRA DEL AMBIENTE Considerando: Que, el numeral 7
SIE Derecho Público, SIE-DP-13/148
SIE Derecho Público, SIE-DP-13/148 FUENTE: Registro Oficial No. 023 FECHA: 26 de junio de 2013. ASUNTO: Apruébense y expídense los lineamientos técnicos para la determinación de la demanda pública nacional
FIEL COPIA DEL ORIGINAL TAXFINCORP CÍA. LTDA. 2016
REFORMA LISTADO INSUMOS GENEREN DIVISAS SE UTILIZARÁ COMO CREDITO TRIBUTARIO, Resolución 3, Registro Oficial Suplemento 713, 30/05/2012 Resolución 2 Registro Oficial Suplemento 838 de 12-sep.-2016 SERVICIO
Aprueban los Lineamientos para la Gestión Administrativa de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales
El Peruano / Sábado 23 de julio de 2016 Aprueban los Lineamientos para la Gestión Administrativa de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales DECRETO SUPREMO Nº 014-2016-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
SECRETARIA DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA MIRA
- SECRETARIA DEL AGUA RESOLUCIÓN 2014-003 SECRETARIA DEL AGUA CONSIDERANDO el artículo 12 de la Constitución de la República, dispone que el derecho humano al agua es fundamental e irremmciable y, asimismo
UNA OPORTUNIDAD DE NEGOCIO PARA MÉXICO
LA PESCA Y ACUACULTURA: SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA 2011 DE LA MESA DE TRABAJO NÚMERO 3 INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA UNA OPORTUNIDAD DE NEGOCIO PARA MÉXICO Cd. de México 24 de Julio
ND 97 LENÍN MORENO GARCÉS PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
ND 97 LENÍN MORENO GARCÉS CONSIDERANDO: Que, el artículo 141 de la Constitución de la República dispone que el Presidente de la República ejerce la Función Ejecutiva, es el Jefe del Estado y de Gobierno
Decreto No Lucio Gutiérrez Borbúa PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Considerando:
Decreto No 1.610 Lucio Gutiérrez Borbúa PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que la República del Ecuador es Estado Parte por adhesión del "Tratado Antártico", mediante Resolución del
Resolución Nro. INMOBILIAR-CZ R. Guayaquil, 15 de febrero de 2018 SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO, INMOBILIAR
SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO, INMOBILIAR CONSIDERANDO Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 395 del 04 de agosto del 2008, se publicó la Ley Orgánica del Sistema Nacional
GOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA SECRETARÍA GENERAL Administración
GOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL. CONSIDERANDO: Que, el artículo 30 de la Constitución de la República, establece que: "Las personas tienen derecho
Resolución Administrativa N GADPSFG. Humberto Enrique Manotoa Manotoa PRESIDENTE DEL GAD PARROQUIAL SANTA DE GALÁN
Resolución Administrativa N 055-2018-GADPSFG Humberto Enrique Manotoa Manotoa PRESIDENTE DEL GAD PARROQUIAL SANTA DE GALÁN Que, el Articulo 241 de la Constitución de la República del Ecuador señala que
COMPETENCIA EN MATERIA DE PLANTACIONES FORESTALES SUSTENTABLES
Norma: COMPETENCIA EN MATERIA DE PLANTACIONES FORESTALES SUSTENTABLES Decreto Ejecutivo # 931 Publicado: Registro Oficial # 292 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Considerando:
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO-AGROCALIDAD
Resolución No. 0178 EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO-AGROCALIDAD Considerando: Que, la Constitución de la Republica del Ecuador en el artículo 13
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIAL DEL CARCHI. Considerando:
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIAL DEL CARCHI Considerando: Que, el Art. 263 de la Constitución de la República del Ecuador prevé entre las competencias exclusivas del gobierno provincial
Adicionalmente a la Constitución del año 2008 expedida por la Asamblea Constituyente, la Asamblea Nacional ha expedido las siguientes leyes que
La Constitución de la República del Ecuador establece en su artículo 85 que la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas que garanticen los derechos reconocidos por la Constitución,
RESOLUCIÓN No. ARCONEL 005/18 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD - ARCONEL- Considerando:
RESOLUCIÓN No. ARCONEL 005/18 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD - ARCONEL- Considerando: el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador establece: 25. El
INSTRUCTIVO OTORGAMIENTO PERMISOS PARA LABORES DE MINERIA ARTESANAL
INSTRUCTIVO OTORGAMIENTO PERMISOS PARA LABORES DE MINERIA ARTESANAL Norma: Acuerdo Ministerial 286 Publicación: Registro Oficial Suplemento 531 Fecha: 09-sep-2011 Estado: Vigente EL MINISTRO DE RECURSOS
EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE CUENCA. Considerando:
EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE CUENCA Considerando: Que la Constitución de la República del Ecuador, establece los deberes primordiales del Estado entre los que se indica: artículo 3, número 5, Planificar
ACUERDO MINISTERIAL No. 4 i 2 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA CONSIDERANDO:
ACUERDO MINISTERIAL No. 4 i 2 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 13 dispone que las personas y colectividades
CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÒNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON CHAMBO CONSIDERANDO
CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÒNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON CHAMBO CONSIDERANDO Que. la Constitución de la República, en su artículo 264 numeral 1, establece que los Gobiernos municipales
REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SECRETARÍA GENERAL ORDEN GENERAL Nº 003 LUNES 06 ENERO 2014
DOCUMENTO RESERVADO PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SECRETARÍA GENERAL ORDEN GENERAL Nº 003 LUNES 06 ENERO 2014 ACUERDOS MINISTERIALES ARTÍCULO 1º Acdo. N
RESOLUCIÓN DE EMERGENCIA No. SGR DRA. MARÍA DEL PILAR CORNEJO DE GRUNAUER SECRETARIA DE GESTIÓN DE RIESGOS CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN DE EMERGENCIA No. SGR- 013-2014 DRA. MARÍA DEL PILAR CORNEJO DE GRUNAUER SECRETARIA DE GESTIÓN DE RIESGOS CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ejecutivo No 1046- A del 26 de abril del 2008, publicado
El ministerio de Relaciones Exteriores
ACUERDO MINISTERIAL No. 00230 El ministerio de Relaciones Exteriores CONSIDERANDO: Que el numeral 6 del artículo 179 de la Constitución Política de la República establece que a los Ministros de Estado
RESOLUCIÓN No. ARCONEL 002/18 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD - ARCONEL- Considerando:
RESOLUCIÓN No. ARCONEL 002/18 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD - ARCONEL- Considerando: el artículo 85 de la Constitución de la República del Ecuador determina: La formulación,
QUITO REGISTRO DE LA PROPIEDAD
QUITO RESOLUCIÓN No. RPDMQ-2017-002 Dr. Pablo Falconí Castillo REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD (E) DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO: lo Que, el Artículo 280 de la Constitución de la República
ORDENANZA No.01-GADMP-PDOT-2015
ORDENANZA No.01-GADMP-PDOT-2015 ORDENANZA DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN PENIPE EL CONSEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PENIPE Que, es necesario contar
ORDENANZA DE APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN CUMANDA.
ORDENANZA DE APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN CUMANDA. EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CUMANDA CONSIDERANDO Que, es necesario
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE LA CANELA LA CANELA - PALANDA - ZAMORA CH. - ECUADOR
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO RUC: 19601451^X>01 - Rastro Oficial 481-4 de diciembre del 2008 RESOLUCIÓN NRO. 0010-20Í5 GADPRC-R EL PLENO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
CR socución :M.inisteriaC
q::.o OEI '. -'11) CR socución :M.inisteriaC :J(D ~ 5'-2011-9,1.I:N.ft.9,1. Lima, 19 jul. 2011 Visto, el Informe 1\10 1024-2011-0AJ/MINAM de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente;
LENÍN MORENO GARCÉS PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que. el artículo 141 de la Constitución de la República dispone que el Presidente de la Reptiblica ejerce la Función Ejecutiva, es el Jefe del Estado y de Gobierno y responsable de la administración
SEGUIMIENTO A LA PESQUERÍA DE PECES PELÁGICOS PEQUEÑOS EN LA PROVINCIA DE MANABI DURANTE MAYO 2014
SEGUIMIENTO A LA PESQUERÍA DE PECES PELÁGICOS PEQUEÑOS EN LA PROVINCIA DE MANABI DURANTE MAYO 2014 Desembarques en Puertos Se visitó Salango, uno de los principales puertos de desembarque de la flota cerquera
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-04-No.051-2018 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias,
RESOLUCIÓN No EL PLENO DEL COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No. 002-2018 EL PLENO DEL CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 5 del artículo 261 de la Constitución de la República del Ecuador establece que son competencias exclusivas del Estado
Decreto N 25. Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Considerando:
Decreto N 25 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que el número 5 del Artículo 261 de la Constitución de la República establece como competencia exclusiva del Estado
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA
Acuerdo No. 273 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones
GACETA OFICIAL 10 de marzo de Ministro de la Construcción
306 Ministro de la Construcción INDUSTRIA ALIMENTARIA RESOLUCIÓN No. 25/15 POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 164 de fecha 28 de mayo de 1996, REGLAMENTO DE PESCA, artículo 4, establece que la de Pesca es
DECRETO SUPREMO Nº PCM
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros creando la Oficina de Gestión de Conflictos Sociales DECRETO SUPREMO Nº 010-2010-PCM EL
para la planificación y ordenamiento territorial
Lineamientos y directrices para la planificación y ordenamiento territorial SENPLADES Lineamientos y directrices para la planificación y ordenamiento territorial SENPLADES / 1 a edición Quito, 2014 24
RESOLUCIÓN No. ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO:
111 Agenda de RESOLUCIÓN No. ARCOTEL-2015- LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: Que, el 18 de febrero de 2015, se publicó en el Registro Oficial, la Ley Orgánica
CREA PROCESO CONTROL TECNICO DE MARCACION Y PERDIDAS DE COMBUSTIBLE
CREA PROCESO CONTROL TECNICO DE MARCACION Y PERDIDAS DE COMBUSTIBLE Resolución de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero 50 Registro Oficial 765 de 13-ago.-2012 Estado: Vigente EL DIRECTOR
PLAN GESTION PLANTADOS - ECUADOR
PLAN GESTION PLANTADOS - ECUADOR PLAN GESTION DAP s PLANTADOS FLOTA ATUNERA INDUSTRIAL ECUATORIANA NORMATIVA CIAT El ordenamiento de la Pesquería de Atunes sobre los Dispositivos Agregadores de Peces (DAPs
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA. Disposición 174/2015
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA Disposición 174/2015 Bs. As., 14/10/2015 VISTO el Expediente N S05:0056819/2015
PORCENTAJE MINIMO DE INTEGRACION DE SOFTWARE PARA TELEFONOS MOVILES
PORCENTAJE MINIMO DE INTEGRACION DE SOFTWARE PARA TELEFONOS MOVILES Acuerdo Ministerial 263 Registro Oficial Suplemento 313 de 18-ago.-2014 Estado: Vigente No. 14 263 EL MINISTRO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL HIDROCARBURÍFERO EL DIRECTOR EJECUTIVO C O N S I D E R A N D O:
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL HIDROCARBURÍFERO EL DIRECTOR EJECUTIVO C O N S I D E R A N D O: QUE el artículo 313 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que, el Estado se reserva el
SUPLEMENTO SUMARIO. Secretaría General de la Presidencia de la República:
Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado Presidente Constitucional de la República del Ecuador Jueves, 29 de Diciembre de 2016 (R. O. SP 912, 29-diciembre-2016) SUPLEMENTO SUMARIO Secretaría
PRIMERA REFORMA AL PLAN OPERATIVO ANUAL POA 2018
PRIMERA REFORMA AL PLAN OPERATIVO ANUAL POA 2018 Página 1 de 15 Contenido 1. Antecedentes... 3 2. Base Legal... 5 3. Ajustes que se incluyen en la reforma... 7 3.1. Inclusión de indicadores... 7 3.2. Detalle
Resolución Nro. MINEDUC-CGAF R. Quito, D.M., 18 de mayo de 2017 MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Ramiro Alejandro Rodríguez Medina COORDINADOR GENERAL ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL
PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL QUÉ CREE UD QUE ES EL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL? CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
SECRETARIA HIDROCARBUROS ADMINISTRARA INFORMACION HIDROCARBURIFERA EL MINISTRO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES, ENCARGADO
SECRETARIA HIDROCARBUROS ADMINISTRARA INFORMACION HIDROCARBURIFERA Norma: Acuerdo Ministerial 328 Publicación: Registro Oficial 675 Fecha: 03-abr-2012 Estado: Vigente EL MINISTRO DE RECURSOS NATURALES
SECRETARIA DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA MIRA
RESOLUCION 2014-011 APROBACIÓN PLIEGOS E INICIO PROCESO MCO-DIIMIRA-03-2014 SECRETARIA DEL AGUA CONSIDERANDO: Que, el artículo 12 de la Constitución de la República, dispone que el derecho humano al agua
RECOMENDACIONES CONFERENCIA DEL LDAC SOBRE DIMENSIÓN EXTERIOR DE LA PCP LAS PALMAS, Septiembre Consideraciones generales
RECOMENDACIONES CONFERENCIA DEL LDAC SOBRE DIMENSIÓN EXTERIOR DE LA PCP LAS PALMAS, 16-17 Septiembre 2015 Consideraciones generales 1. Reconocemos los avances alcanzados en las últimas reformas de la dimensión
ACTUALIZACIÓN
LEGISLACION LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL TOMO I Correo legal / Lunes 12 de septiembre del 2016 1 ACTUALIZACIÓN 2016-00 0027 Quito, 12 de septiembre del 2016 OBRA: LEGISLACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL
FORO EL ESTADO Y PERSPECTIVA DE LA INVESTIGACIÓN PESQUERA EN COLOMBIA CONFERENCIA: ADMINISTRACIÓN PESQUERA EN COLOMBIA
FORO EL ESTADO Y PERSPECTIVA DE LA INVESTIGACIÓN PESQUERA EN COLOMBIA Fundación País Marítimo CONFERENCIA: ADMINISTRACIÓN PESQUERA EN COLOMBIA AUTOR: DR. JOSÉ FRANCISCO TORRES. INCODER 1 ADMINISTRACIÓN
Rol de los GAD Municipales en el Estado Garante de Derechos
1 Rol de los GAD Municipales en el Estado Garante de Derechos Germán Guerra Subsecretaría de Descentralización Quito, 30 de junio de 2015 2 1. Objetivo La ponencia tiene como objetivo desarrollar, en primer
Acuerdo Interinstitucional. Ministerio del Interior y Superintendencia de Bancos
Acuerdo Interinstitucional Ministerio del Interior y Superintendencia de Bancos 7202: Dispónese que la Superintendencia de Bancos, sea la única institución competente para calificar a las compañías anónimas
Decreto No. 12. Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Considerando:
Decreto No. 12 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que el Artículo 281 de la Constitución de la República, establece que la soberanía alimentaria constituye un
Resolución Nro. APM-APM R. Manta, 04 de octubre de 2017 AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA CONSIDERANDO:
Resolución Nro. APM-APM-2017-0188-R Manta, 04 de octubre de 2017 AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República en el artículo 76, señala que en todo proceso en el que
SEGUNDO TALLER NACIONAL PESCA SOSTENIBLE. Febrero 23 de 2015 Manta - Ecuador
SEGUNDO TALLER NACIONAL PESCA SOSTENIBLE Febrero 23 de 2015 Manta - Ecuador QUÉ QUEREMOS OBTENER? VALIDAR EL DIAGNÓSTICO DEL SECTOR PESQUERO EN SUS DINÁMICAS MÁS IMPORTANTES LOGRAR CONSENSOS PÚBLICO-PRIVADO
RESOLUCIÓN Nro. ARCONEL- 031/17 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD -ARCONEL- Considerando:
RESOLUCIÓN Nro. ARCONEL- 031/17 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD -ARCONEL- Considerando: el numeral 1 del artículo 85 de la Constitución de la República del Ecuador preceptúa
Disponen inscripción de la Mancomunidad Municipal Señor Cautivo de Ayabaca en el Registro de Mancomunidades Municipales
Disponen inscripción de la Mancomunidad Municipal Señor Cautivo de Ayabaca en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 114-2011-PCM-SD Lima, 4 de marzo
o ~en»: ATialitua, Ganaltria Ar=wutura y PC$Cá
o ~en»: ATialitua, Ganaltria Ar=wutura y PC$Cá ACUERDO MINISTERIAL No. 3 7 5- MAGAP DR. RAMON LEONARDO ESPINEL MARTINEZ MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: QUE el Excmo.
RESOLUCIÓN No Registro Oficial Nro. 900 (lunes, 12 de diciembre de 2016) SUBSECRETARÍA DEL SISTEMA DE LA CALIDAD DE LA PRODUCTIVIDAD
RESOLUCIÓN No. 16 438 Registro Oficial Nro. 900 (lunes, 12 de diciembre de 2016) SUBSECRETARÍA DEL SISTEMA DE LA CALIDAD DE LA PRODUCTIVIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
CONTENIDO FUNCIÓN LEGISLATIVA LEY ASAMBLEA NACIONAL Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social
CONTENIDO FUNCIÓN LEGISLATIVA LEY ASAMBLEA NACIONAL Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social REPÚBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONAL EL PLENO CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 3 de la Constitución
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA
4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,
10 RODS-W Nº 92 Martes, octubre 1º de 2013
10 RODS-W Nº 92 Martes, octubre 1º de 2013 ABG.- Certifica que el documento que antecede es fiel copia del original que reposa en los archivos.- 06 de septiembre de 2013.- f.) Ilegible. No. D-ABG-005-07-2013
LINEAMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN DE AVALES PARA ENTIDADES DEL ÁMBITO PGE Y EMPRESAS PÚBLICAS QUE RECIBEN TRANSFERENCIAS DEL PGE
LINEAMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN DE AVALES PARA ENTIDADES DEL ÁMBITO PGE Y EMPRESAS PÚBLICAS QUE RECIBEN TRANSFERENCIAS DEL PGE REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE FINANZAS DEL ECUADOR ENERO 2016 TABLA DE
RESOLUCIÓN No. SETEC-REC Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARÍA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN No. SETEC-REC-2016-003 Mgs. Ana Isabel Ruiz Cedeño SECRETARÍA TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL CONSIDERANDO: el segundo inciso del artículo 1 de la
RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 309 (12-ago-2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN No. 14 276 Registro Oficial No. 309 (12-ago-2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,
CONVENIO DE COOPERACION PESQUERA ENTRE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPÚBLICA DEL PERU
CONVENIO DE COOPERACION PESQUERA ENTRE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPÚBLICA DEL PERU Materia : Cooperación Naturaleza : Decreto Legislativo Tipo / Documento : Convenio Bilateral Fecha de: Suscripción
ACTUALIZACIÓN PLAN OPERATIVO ANUAL 2017
UNIVERSIDAD ESTATAL DE MILAGRO ACTUALIZACIÓN PLAN OPERATIVO ANUAL 2017 (Aprobado mediante resolución OCAS-SO-27072017-N 27) Julio 2017 1 RESOLUCIÓN OCAS-SO-26072017-N o 27 EL ÓRGANO COLEGIADO ACADÉMICO
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA AUTORIZAR LA CONSTRUCCIÓN DE BUQUES PESQUEROS MAYOR A 10 UNIDADES DE ARQUEO BRUTO (AB)
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA PESQUEROS MAYOR A 10 UNIDADES DE ARQUEO (AB) Página 2 de 10 CONTENIDO I. Objetivo. II. Alcance. III. Base Legal. IV. Condiciones Relativas al Control de la Norma
4 RODS-W Nº 92 Martes, octubre 1º de 2013
4 RODS-W Nº 92 Martes, octubre 1º de 2013 Preinversión estará integrado por los siguientes miembros: e) El Ministro Coordinador de la Producción o su delegado; Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen
REFUGIO DE VIDA SILVESTRE MANGLARES EL MORRO
REFUGIO DE VIDA SILVESTRE MANGLARES EL MORRO Acuerdo Ministerial 266 Registro Oficial 180 de 28-sep.-2007 Estado: Vigente LA MINISTRA DEL AMBIENTE Considerando: Que, la Constitución Política de la República