N MTC/21. Lima,
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- Vicenta Medina Montero
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1 < ejca p 441? ego Liquidación de Contrato N MTC21. N MTC/21 Lima, 1 2 MAYO 2016 VISTO: El Memorando N MTC/21.UGTR e Informe N MTC/21.UGTR- MADN, de la Unidad Gerencial de Transporte Rural, recibidos el ; y CONSIDERANDO: Que, con fecha , Provías Descentralizado y el Consorcio Puentes Modulares suscribieron el Contrato N MTC/21 para la contratación del Servicio General de Instalación de Puentes Modulares Provisionales Paquete 7, ubicados en el departamento de Cusco, con un plazo de ejecución de 90 días calendario y por el monto de 2'130, (Dos millones ciento treinta mil setecientos ochenta y uno con 81/100 Nuevos Soles), incluido IGV; Que, con fecha , Provías Descentralizado y el Consorcio Pacolo Ingenieros suscribieron el Contrato N MTC/21 para la supervisión del referido servicio, con un plazo de ejecución de 105 días calendario y por el monto de 88, (Ochenta y ocho mil ciento cinco y 00/100 Nuevos Soles), incluido IGV; Que, mediante Resoluciones Directorales N 653, N 845, N 846, N 847 y N MTC/21, de fechas , , y , se autorizaron el cambio de los profesionales solicitados por el contratista, disponiéndose además, que la Unidad Gerencial de Transporte Rural evalúe la posibilidad de aplicar la penalidad que corresponda, en atención a lo señalado por la cláusula décimo cuarta del Contrato N MTC/21; Que, mediante Resoluciones Directorales N MTC/21 y N MTC/21, de fechas y , se declararon improcedente las solicitudes de Ampliación de Plazo N 01 y N 2 del Contrato N MTC/21 por causas imputables al contratista; Que, con fechas y , el Comité de Recepción designado mediante Resolución Directoral N MTC/21, de fecha , otorgó la conformidad mediante Actas de Recepción de Servicios de los puentes instalados; Que, mediante Carta N CONSORCIOPUENTESMODULARES/R.L, recibido por la supervisión el , el contratista, Consorcio Puentes Modulares, presenta la Liquidación del Contrato N MTC/21, por el monto final de 2130, (Dos millones ciento treinta mil setecientos ochenta y uno con 81/100 Nuevos Soles), incluido IGV, y un saldo a su favor de 1.1, (Cien 9 un mil quinientos cincuenta y uno con 91/100 Soles), incluido IGV;
2 Que, mediante Carta N /MAB/RCC-C.P.I, recibido el , el supervisor, Consorcio Pacolo Ingenieros, reformula la liquidación presentada por el contratista señalando que existe un saldo a favor del ejecutor por la suma de 85, (Ochenta y cinco mil doscientos sesenta y siete con 91/100 Soles), incluido IGV; Que, mediante Memorando N MTC/21.CUS e Informe N MTC/21- CUS-ER, recibidos el , el Coordinador Zonal de Cusco y el Especialista Regional señalan que existe un saldo a favor del contratista de 165, (Ciento sesenta y cinco mil cuatrocientos setenta y cinco con 38/100 Soles), incluido IGV, remitiendo el expediente a la Unidad Gerencial de Transporte Rural para su trámite correspondiente; Que, mediante los documentos del visto, la Unidad Gerencial de Transporte Rural ha emitido la opinión técnica de su competencia, solicitando se apruebe la liquidación por el monto de 2'130, (Dos millones ciento treinta mil setecientos ochenta y uno con 81/100 Soles), incluido IGV, con un saldo a cargo del contratista de 101, (Ciento un mil quinientos cincuenta y uno con 91/100 Soles), incluido IGV. La referida unidad gerencial recomienda además: Se apruebe la penalidad por el monto de 277, (Doscientos setenta y siete mil uno con 64/100 Soles), incluido IGV, el mismo que incluye: i) La máxima penalidad del 10% del monto contratado por incumplimiento en el plazo contractual equivalente a 213, (Doscientos trece mil setenta y ocho con 18/100 Soles), incluido IGV y ii) La penalidad por cambio de personal, considerada en el rubro de otras penalidades, por la suma de 63, (Sesenta y tres mil novecientos veintitrés con 46/100 Soles), incluido IGV, conforme indica el Informe N MTC/21.UGTR-MADN. Que, el primer párrafo de la Cláusula Décima del Contrato N MTC/21, suscrito con el Consorcio Puentes Modulares establece: "La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento, y será emitida por el supervisor del servicio luego de la presentación formal, oportuna y sin observaciones del Informe Final del servicio prestado". Que, el primer párrafo del artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones establece: "La recepción y conformidad es responsabilidad del órgano de administración o, en su caso, del órgano establecido en las Bases, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organización interna de la Entidad. Asimismo, en el último párrafo se señala: La recepción conforme de la Entidad no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos"; Que, el numeral 22.0 de los términos de referencia del Contrato N MTC/21 establece: "Una vez recepcionado el servicio, el contratista presentará la liquidación del contrato al supervisor o inspector en un plazo de 15 días calendario";
3 031.,1CA DEt p 42- N MTC/21 Lima, 11»YO 2016 Que, el artículo 177 del referido Reglamento precisa: "Luego de haberse dado la conformidad a la prestación se genera el derecho al pago del contratista. Efectuado el pago culmina el contrato y se cierra el expediente de contratación respectivo"; Que, el artículo 165 del Reglamento establece en caso que el contratista se retrase injustificadamente en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicará una penalidad por cada día de atraso "hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente Que, el artículo 166 del Reglamento referido a otras penalidades puntualiza: "En las Bases se podrán establecer penalidades distintas (...), siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora"; Que, el último párrafo del numeral 2.3 de la Opinión N /DTN del OSCE, respecto a la sumatoria del cálculo de la "penalidad por mora" y de las "otras penalidades" señala: "(...) en caso coexistan en una misma relación contractual la aplicación de penalidad por mora y otras penalidades, el tope máximo total por el cual pueden aplicarse estas penalidades es el veinte por ciento (20%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse; del cual, el diez por ciento (10%) corresponderá al tope máximo de la penalidad por mora y el diez por ciento (10%) restante al tope máximo de las otras penalidades"; Que, mediante Informe N MTC/21.UGAL, de fecha , esta Unidad erencial recomienda la aprobación de la Liquidación del Contrato de Servicios N , ATC/21, en los términos y montos propuestos por la Unidad Gerencial de Transporte Rural, según?rama"" el Anexo de Liquidación que acompaña a esta resolución; Con la visación de las Unidades Gerenciales de Administración, Transporte Rural y Asesoría Legal, cada una en el ámbito de su competencia; De conformidad con el Decreto Supremo 1\ MTC y Resoluciones Ministeriales N MTC/02, N MTC/01 y N MTC/01;
4 SE RESUELVE: ARTÍCULO la.- Aprobar la Liquidación del Contrato N MTC/21 suscrito con el Consorcio Puentes Modulares, para el Servicio General de Instalación de Puentes Modulares Provisionales Paquete 7, ubicados en el departamento de Cusco, por el monto total de 21 30, (Dos millones ciento treinta mil setecientos ochenta y uno con 81/100 Soles), incluido IGV, con un saldo a favor del contratista de 101, (Ciento un mil quinientos cincuenta y uno con 91/100 Soles), incluido IGV, por las razones señaladas en los considerandos y conforme al anexo que forma parte de la presente resolución. ARTÍCULO 2.- Aprobar la penalidad por el monto de 277, (Doscientos setenta y siete mil uno con 64/100 Soles), incluido IGV, el cual incluye: i) La máxima penalidad del 10% del monto contratado por incumplimiento en el plazo contractual, por la suma de 213, (Doscientos trece mil setenta y ocho con 18/100 Soles), incluido IGV, y ii) La penalidad por cambio de personal, considerada en el rubro de otras penalidades, por la suma de 63, (Sesenta y tres mil novecientos veintitrés con 46/100 Soles), incluido IGV, conforme indica el Informe N MTC/21.UGTR-MADN. ARTÍCULO 3.- Notificar la presente resolución al Consorcio Puentes Modulares, al supervisor Consorcio Pacolo Ingenieros, a la Oficina de Coordinación Cusco, a las Unidades Gerenciales de Administración y Transporte Rural, para conocimiento y fines correspondientes. ARTÍCULO 4.- Insertar la presente resolución en el expediente de contratación relacionado al Contrato N MTC/21, formando parte integrante del mismo. Regístrese y comuníquese. Econ. ALEXEI OF3LITAS CHACON Director Ejecutivo PROVIAS DESCENTRALIZADO
5 Ministerio PERU de Transportes y Comunicaciones ANEXO DE LIQUIDACION FINAL Contrato N (SUMA ALZADA) Contratista CONSORCIO PUENTES MODULARES Servicio SERVICIO GENERAL DE INSTALACIÓN DE PUENTES MODULARES - PAQUETE 7 Puentes Modulares CCOYA, ILLICHIHUA Y QUESHUACHACA I.- AUTORIZADO Y PAGADO AUTORIZADO SIN I.G.V. Contractual Puente Ccoya 579, Contractual Puente Illichihua 451, Contractual Puente Queshuachaca 775, MONTO PARCIAL 1,805, IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (I.G.V.) Contractual Puente Ccoya 104, Contractual Puente Illichihua 81, Contractual Puente Queshuachaca 139, MONTO PARCIAL 325, TOTAL AUTORIZADO 2,130, PAGADO SIN I.G.V. Contractual Puente Ccoya 550, Contractual Puente Illichihua 422, Contractual Puente Queshuachaca 746, IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (I.G.V.) Contractual Puente Ccoya 99, Contractual Puente Illichihua 76, Contractual Puente Queshuachaca 134, ,719, , TOTAL PAGADO SI. 2,029, /// En efectivo 86, En I.G.V. 15, , / II.- ADELANTO OTORGADO Y AMORTIZADO Monto Neto Otorgado (con I.G.V.) 639, Amortizado (con 1.0N.) -639, III.- OTROS : PENALIDADES (VER ANEXO DE PENALIDADES) Monto Neto APLICADAS: Maxima Penalidades por atraso 10% monto contractual (con I.G.V.) -213, RETENIDAS: Penalidad retenida por cambio de profesionales con I.G.V. -63, MONTO POR PENALIDAD -277, Monto por penalidad cobrado 277, IV.- RESUMEN DE S (Incluye I.G.V.) I AUTORIZADO Y PAGADO II ADELANTO III OTROS: RETENCIONES Y MULTAS CONCLUSION: A FAVOR DEL 101, , , A CARGO DEL El resumen de la Liquidación Final del contrato N MTC/21 expresa como resultado el monto de 101, a favor del Contratista Especialista Regional Coordinador Zonal Administrador Contrato Gerente de la UCTR
6 Ministerio de Transportes y Comunicaciones ANEXO DE LIQUIDACION FINAL Contrato N (SUMA ALZADA) Contratista CONSORCIO PUENTES MODULARES Servicio SERVICIO GENERAL DE INSTALACIÓN DE PUENTES MODULARES - PAQUETE 7 Puente CCOYA I.- AUTORIZADO Y PAGADO AUTORIZADO Contractual Puente Ccoya MONTO PARCIAL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (I.G.V.) Contractual Puente Ccoya MONTO PARCIAL TOTAL AUTORIZADO SIN I.G.V. 579, , PAGADO SIN I.G.V. Contractual Puente Ccoya 550, IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (I.G.V.) Contractual Puente Ccoya 99, TOTAL PAGADO 579, , , , , , // En efectivo En I.G.V. 28, , , II.- ADELANTO OTORGADO Y AMORTIZADO Monto Neto Otorgado (con I.G.V.) 173, Amortizado (con I.G.V.) -173, III.- OTROS : PENALIDADES (VER ANEXO DE PENALIDADES) Monto Neto RETENIDAS: Penalidad retenida por cambio de profesionales con I.G.V. -21, MONTO POR PENALIDAD -21, Monto por penalidad cobrado 21, SI. IV.- RESUMEN DE S (Incluye I.G.V.) I AUTORIZADO Y PAGADO II ADELANTO III OTROS: RETENCIONES Y MULTAS CONCLUSION: A FAVOR DEL 33, , , A CARGO DEL El resumen de la Liquidación Final del contrato N MTC/21 expresa como resultado el monto de 33, a favor del Contratista Especialista Regional Coordinador Zonal Administrador Contrato Gerente de la UGTR
7 >se Ministerio de Transportes y Comurucaciones ANEXO DE LIQUIDACION FINAL Contrato N (SUMA ALZADA) Contratista CONSORCIO PUENTES MODULARES Servicio SERVICIO GENERAL DE INSTALACIÓN DE PUENTES MODULARES - PAQUETE 7 Puente QUESHUACHACA I.- AUTORIZADO Y PAGADO AUTORIZADO SIN I.G.V. Contractual Puente Queshuachaca 775, MONTO PARCIAL 775, IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (I.G.V.) Contractual Puente Queshuachaca 139, MONTO PARCIAL 139, TOTAL AUTORIZADO 914, PAGADO SIN I.G.V. Contractual Puente Queshuachaca 746, IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (I.G.V.) Contractual Puente Queshuachaca 134, , , / TOTAL PAGADO 9/. 880, En efectivo 29, En I.G.V. 5, , II.- ADELANTO OTORGADO Y AMORTIZADO Monto Neto Otorgado (con I.G.V.) 232, Amortizado (con I.G.V.) -232, III.- OTROS : PENALIDADES (VER ANEXO DE PENALIDADES) Monto Neto APLICADAS: Maxima Penalidades por atraso 10% monto contractual (con I.G.V.) -213, RETENIDAS: Penalidad retenida por cambio de profesionales con I.G.V. -21, MONTO POR PENALIDAD -234, Monto por penalidad cobrado 234, / IV.- RESUMEN DE S (Incluye I.G.V.) I AUTORIZADO Y PAGADO II ADELANTO III OTROS: RETENCIONES Y MULTAS CONCLUSION: A FAVOR DEL 34, , , A CARGO DEL El resumen de la Liquidación Final del contrato N MTC/21 expresa como resultado el monto de 34, a favor del Contratista Especialista Regional Coordinador Zonal Administrador Contrato Gerente de la UGTR
8 inisterio de Transportes y Comunicaciones ANEXO DE LIOUIDACION FINAL Contrato N Contratista Servicio Puente (SUMA ALZADA) CONSORCIO PUENTES MODULARES SERVICIO GENERAL DE INSTALACIÓN DE PUENTES MODULARES - PAQUETE 7 ILLICHIHUA I.- AUTORIZADO Y PAGADO AUTORIZADO Contractual Puente Illichihua MONTO PARCIAL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (I.G.V.) Contractual Puente Illichihua MONTO PARCIAL SIN I.G.V , , , TOTAL AUTORIZADO PAGADO Contractual Puente Illichihua IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (I.G.V.) Contractual Puente Illichihua TOTAL PAGADO En efectivo En I.G.V. SIN I.G.V. 422, , , , , , , , , // // II.- ADELANTO OTORGADO Y AMORTIZADO Otorgado (con I.G.V.) Amortizado (con I.G.V.) III.- OTROS : PENALIDADES (VER ANEXO DE PENALIDADES) RETENIDAS: Penalidad retenida por cambio de profesionales con I.G.V. MONTO POR PENALIDAD Monto por penalidad cobrado IV.- RESUMEN DE S (Incluye I.G.V.) I AUTORIZADO Y PAGADO II ADELANTO III OTROS: RETENCIONES Y MULTAS CONCLUSION: Monto Neto 135, , Monto Neto -21, A FAVOR DEL 33, , , , A CARGO DEL El resumen de la Liquidación Final del contrato N MTC/21 expresa como resultado el monto de 33, a favor del Contratista Especialista Regional Coordinador Zonal Administrador Contrato Gerente de la UGTR
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