FONDO DE EMPLEADOS DE COLSANITAS FECOLSA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 2014 INSTRUCTIVO PARA DELEGADOS
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- Lorenzo Lagos Castellanos
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1 INTRODUCCION FONDO DE EMPLEADOS DE COLSANITAS FECOLSA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 2014 INSTRUCTIVO PARA DELEGADOS El próximo 15 de marzo del año en curso, desde las 10:00 a.m., FECOLSA llevará a cabo la reunión anual de Asamblea General Ordinaria en el Hotel Cosmos Insignia ubicado en la Cra. 11B No de la ciudad de Bogotá D.C. Teniendo en cuenta que éste es el máximo evento democrático del fondo de empleados y se espera la participación activa de los delegados electos por los asociados, la administración ha considerado pertinente emitir el presente instructivo en el que se tratan aspectos generales relacionados con dicho evento y la actividad de los delegados. Es importante resaltar que los delegados son elegidos para períodos de dos (2) años, por tanto, deberán participar en todas las reuniones de asamblea general que se programen durante el período Recuerde que de su responsabilidad y participación dependerá el éxito en el desarrollo de las actividades programadas en este evento. NATURALEZA DE LA ASAMBLEA GENERAL La Asamblea General es el órgano máximo de administración de FECOLSA, se integra, en nuestro caso, por los delegados elegidos democráticamente por lo asociados hábiles y tiene a su cargo considerar y decidir ordinariamente sobre los siguientes asuntos (Art. 56 Estatuto): 1. Aprobar su propio reglamento. 2. Determinar las directrices generales y política de FECOLSA para el cumplimiento de su objeto solidario. 3. Analizar los informes de los órganos de administración y vigilancia. 4. Considerar y aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio y los planes y programas que se presenten en la Asamblea. 5. Destinar los excedentes del ejercicio económico conforme a lo previsto en las normas legales vigentes y el presente estatuto. 6. Establecer, con carácter general, aportes extraordinarios o cuotas especiales. 7. Elegir y remover a los miembros de la Junta Directiva, del Comité de Control Social, al Revisor Fiscal y su suplente y fijarle su remuneración. 8. Conocer de la responsabilidad de los miembros de la Junta Directiva, Comité de Control Social y del Revisor Fiscal, y si es del caso, decidir en única instancia las sanciones a que haya lugar.
2 9. Decidir los conflictos que puedan presentarse entre la Junta Directiva, el Comité de Control Social y el Revisor Fiscal y tomar las medidas del caso. 10. Reformar el Estatuto. 11. Decidir sobre la fusión, incorporación, transformación, escisión y disolución para liquidación de FECOLSA. 12. Controlar y evaluar el cumplimiento de los mandatos y recomendaciones de las asambleas anteriores. 13. Las demás que de acuerdo con la ley y el presente Estatuto se derivan de su carácter de suprema autoridad de FECOLSA DERECHOS DE LOS DELEGADOS La asociación a FECOLSA hace acreedor a los asociados y a los delegados de los siguientes derechos (Art. 14 estatuto): 1. Utilizar o recibir los servicios que preste FECOLSA. 2. Participar en las actividades de FECOLSA y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales. 3. Ser informados de la gestión de FECOLSA, de sus aspectos económicos y financieros y de lo relativo a sus servicios, por medio de comunicaciones periódicas oportunas y en las reuniones de asociados o Asambleas Generales. 4. Ejercer actos de decisión en las Asambleas Generales y de elección en condiciones que garanticen la igualdad de los asociados, sin consideración a sus aportes, en los eventos previstos por el presente Estatuto y conforme a los Reglamentos. 5. Fiscalizar la gestión de FECOLSA en los términos y con los procedimientos que establezcan el Estatuto y los Reglamentos. 6. Presentar proyectos o iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de FECOLSA. 7. Retirarse voluntariamente de FECOLSA. 8. Los demás que resulten de la ley, el estatuto y los reglamentos. DEBERES DE LOS DELEGADOS Los delegados tienen como deber general de obrar de buena fe, con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios. Sus actuaciones se cumplirán en interés del fondo y sus asociados. Las pretensiones o intereses particulares del delegado deben ceder a favor de los intereses colectivos de la empresa asociativa. A continuación se describen los DEBERES que tienen los asociados para con el Fondo y establecidos en el estatuto vigente (Art. 13 Estatuto). Se resaltan los deberes relacionados directamente con la actividad de los delegados: 1. Adquirir conocimientos sobre los principios básicos de la Economía Solidaria,
3 características del acuerdo solidario y el presente estatuto. 2. Adquirir conocimientos sobre los objetivos, características y funcionamiento de los Fondos de Empleados en general y de FECOLSA en particular. 3. Comportarse con espíritu solidario frente a FECOLSA y a sus asociados. 4. Acatar las normas estatutarias y las decisiones tomadas por la Asamblea General y los órganos directivos y de control. 5. Cumplir oportunamente las obligaciones de carácter económico y demás derivadas de su asociación a FECOLSA. 6. Abstenerse de efectuar actos o incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de FECOLSA. 7. Suministrar los informes que FECOLSA les solicite para el buen desenvolvimiento de sus relaciones y hacerle saber cualquier cambio de domicilio o residencia. 8. Usar adecuadamente los servicios de FECOLSA. 9. Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias o elegir los delegados a éstas y desempeñar los cargos para los cuales sean nombrados. 10. Concurrir a los programas de educación y capacitación general, así como a los demás eventos a que se les cite. 11. Desempeñar con diligencia y eficacia los cargos y comisiones que le hayan sido encomendados por la Asamblea General o por la Junta Directiva. 12. Aceptar y cumplir las determinaciones que las directivas de FECOLSA adopten conforme al estatuto y reglamentos. 13. Guardar prudencia y discreción en materia política y religiosa en sus relaciones internas con FECOLSA y abstenerse de ejecutar actividades relacionadas con estos aspectos que afecten al Fondo. 14. Comportarse respetuosamente frente a los directivos, administradores, empleados del Fondo y los demás asociados de FECOLSA. 15. Acatar los demás que le fijen la ley, el estatuto y los Reglamentos. PARTICIPACION DEL DELEGADO SUPLENTE Es importante resaltar que el delegado suplente participará en la Asamblea únicamente por ausencia definitiva del delegado principal. En caso de presentarse esta situación deberá notificarse de la misma por escrito a la gerencia, previamente a la asamblea. PROCEDIMIENTO INTERNO DE LAS ASAMBLEAS En las reuniones de Asamblea General Ordinarias o Extraordinarias se observarán las siguientes normas: 1. El quórum de la Asamblea para deliberar y adoptar decisiones válidas lo constituye la asistencia de por lo menos la mitad de los asociados hábiles o delegados elegidos. Si una hora después de la señalada en la citación no se hubiere integrado este quórum, la Asamblea podrá deliberar y adoptar decisiones válidas con cualquier número de asociados, siempre y cuando éste no sea inferior al diez por ciento (10%) del total de asociados hábiles; ni al cincuenta por ciento (50%) requerido para constituir un Fondo de Empleados. En las Asambleas Generales de Delegados el quórum mínimo será el cincuenta por ciento (50%) de los elegidos.
4 Una vez constituido el quórum, éste no se entenderá desintegrado por el retiro de alguno o algunos de los asistentes, siempre que se mantenga el quórum mínimo a que se refiere el inciso anterior. Siempre que se realicen elecciones, deberá verificarse el quórum. 2. Verificado el quórum, la Asamblea será instalada por el Presidente de la Junta Directiva y en su defecto por el Vicepresidente o cualquier miembro de ésta. Aprobado el orden del día se elegirá del seno de la Asamblea un Presidente y un Vicepresidente para que dirijan las deliberaciones; el Secretario será el mismo de la Junta Directiva o quien designe la Asamblea. 3. A cada delegado elegido, corresponderá un solo voto. 4. Las decisiones por regla general se adoptarán con el voto favorable de la mayoría absoluta de los asociados o delegados presentes. La reforma del estatuto, la imposición de contribuciones obligatorias para los asociados y la fijación de aportes extraordinarios, requerirá el voto favorable del setenta por ciento (70%) de los asociados o delegados presentes en la Asamblea. La determinación sobre fusión, incorporación, transformación, escisión y disolución para la liquidación requerirá el voto favorable de por lo menos el setenta por ciento (70%) de los asociados o de los delegados convocados. 5. Para la elección de los miembros de la Junta Directiva y Comité de Control Social se utilizará el procedimiento de listas o planchas y se aplicará el sistema de cuociente electoral sin perjuicio de que los nombramientos puedan producirse por unanimidad o por mayoría absoluta cuando sólo se presente una plancha. Para el nombramiento del revisor fiscal se inscribirán candidatos con su respectivo suplente y se elegirá el que obtenga la mayoría de los votos de los asistentes. DERECHO DE INSPECCION Los delegados a la Asamblea General pueden ejercer el derecho de inspección que les asiste mediante la constatación directa sobre la información pertinente. Para estos efectos, los balances y demás estados financieros serán puestos a disposición de los delegados electos en las oficinas de FECOLSA, con una anticipación de 10 días hábiles a la fecha de celebración del evento, esto es, desde el 03 de marzo de Las visitas de inspección deberán ser coordinadas previamente con la gerencia del Fondo. PROCEDIMIENTO PARLAMENTARIO PARA PARTICIPACION EN LA ASAMBLEA La participación de los delegados en la reunión de asamblea general se deberá sujetar a las reglas del procedimiento parlamentario que se establecerán en el respectivo Reglamento de Asamblea.
5 La Gerencia Bogotá D.C., enero de 2014
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