PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Dirección de Doctorado

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Dirección de Doctorado"

Transcripción

1 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Dirección de Doctorado PROTOCOLO SOBRE PROCEDIMIENTO PARA LA CREACIÓN DE UN NUEVO PROGRAMA DE DOCTORADO EN LA UC PROCEDIMIENTO PARA LA CREACIÓN DE UN NUEVO PROGRAMA DE DOCTORADO EN LA UC 1. Cómo surgen las propuestas de nuevos programas de doctorado a) Pueden generarse por la iniciativa de un profesor, un grupo de profesores o de la Dirección de alguna Unidad Académica (UA). La Dirección de Doctorado (VRI/CPD) también puede proponer a alguna UA la creación de un doctorado. En cualquiera de estos casos, la propuesta debe contar con el respaldo de la facultad y debe estar aprobada por el Consejo de Facultad (o instancia similar). b) La Facultad debe generar un pre proyecto de máximo 15 páginas, que debe incluir los siguientes puntos: i. Antecedentes ii. Justificación y Pertinencia del Programa iii. Características Principales iv. Objetivos v. Claustro Académico (estimado) Este pre proyecto debe ser enviado al Vicerrector de Investigación, con copia a la Dirección de Doctorado. c) El Vicerrector de Investigación se reunirá con el decano de la(s) facultad(es) involucradas, con el objetivo de presentar el proyecto y evaluar su factibilidad. d) Una vez que el Vicerrector de Investigación apruebe el pre proyecto, la Facultad comenzará a trabajar en la propuesta de doctorado, que se explica a continuación. 2. Proceso de desarrollo de la propuesta a) La propuesta de creación de un nuevo programa de doctorado tiene que contener todos los antecedentes necesarios para su evaluación académica y económica (según Anexo 1). Además, debe ajustarse al Reglamento General de Estudios de Doctorado y al Reglamento del Alumno de Doctorado de la Universidad y también de aquellos determinados por la Comisión Nacional de Acreditación (CNA Chile). 1

2 b) El Decano debe enviar el proyecto, mediante una carta conductora, al Vicerrector de Investigación. Esto, con el fin de formalizar el inicio del proceso de revisión por parte de la Dirección de Doctorado. c) La Dirección de Doctorado de la VRI emite un informe y las recomendaciones necesarias para mejorar la propuesta. d) Una vez incorporadas y validadas todas las observaciones realizadas por la Dirección de Doctorado, se inicia un proceso iterativo, en conjunto con la Unidad Académica que lo propone, de corrección revisión del documento del proyecto hasta que éste se ajusta a los requerimientos de dicha dirección. En esta etapa se produce un diálogo entre los coordinadores del proyecto y el equipo VRI/CPD, a través del cual se llegan a algunos consensos respecto del documento finalmente aprobado. e) El proyecto debe ser aprobado por el Consejo de Facultad (o instancia similar), acogiendo todos los comentarios de la Dirección de Doctorado. f) El documento aprobado es enviado a evaluación de dos pares académicos externos a la Universidad, de los cuales al menos uno debe ser extranjero. Recibidas las observaciones de los expertos, éstas son enviadas al jefe de programa, quien debe responderlas y, cuando proceda, modificar el documento originalmente aprobado. g) En forma paralela a la evaluación externa, el proyecto es enviado a la Vicerrectoría Económica, donde se evalúa la factibilidad económica del proyecto. Además, la Dirección Ejecutiva de la VRI revisa la evaluación económica. h) Una vez que la VRI recibe el documento modificado de la Unidad Académica, según las observaciones de los evaluadores externos y el informe económico de la VREG, el proyecto es enviado, con la aprobación del Vicerrector de Investigación, a Secretaría General para su presentación ante el CTG. 3. Presentación ante CTG a) Para poder entrar en la agenda del CTG, se debe enviar una copia física del proyecto de doctorado a Secretaría General. En caso que se considere el grado de magister como grado o salida intermedia, se debe indicar en el resumen ejecutivo del proyecto. b) Esta última confirmará la fecha de la presentación. c) Al menos diez días antes de la fecha confirmada se deben entregar copias físicas para cada miembro del comité, es decir, Secretaria General, Vicerrector Académico, Pro Secretaria General y los cuatro decanos miembros del CTG, la Directora de Doctorado, la Coordinadora de Área Aseguramiento de la Calidad y el Jefe de Programa (en caso que el programa solicite la participación de más personas, por parte del programa, y sea aprobado por Secretaría General, también tendrán que incluirse copias impresas para ellos). No se deben anillar estas copias antes que el CPD los revise. Debe imprimirse solo por un lado y el programa paga y coordina las impresiones. Una vez revisados los 2

3 documentos, por la Coordinadora de Aseguramiento de la Calidad, las copias se anillan y se envían a Secretaría General. d) Se debe seguir el formato entregado por el CTG para la presentación, la cual no debe superar los 20 minutos de duración. El Jefe de Programa es quien expone y debe asistir el o los decanos de las facultades que albergarán el doctorado. También, puede ir otro académico que haya apoyado durante la creación del proyecto, pero esto debe ser informado al CPD, para así proceder con la citación. Después de la presentación, hay una ronda de preguntas y, luego, se entrega la decisión del CTG. e) El proyecto puede ser aprobado, aprobado con modificaciones o rechazado. Si el doctorado no se aprueba, debe someterse, nuevamente, a revisión y presentación ante el CTG. Si es aprobado con modificaciones y éstas son de consideración, el proyecto tendrá que ser presentado en una segunda oportunidad ante la Comisión. De lo contrario, la VRI es responsable de que los cambios solicitados sean efectuados. La Pro Secretaria General y la Coordinadora del Área Aseguramiento de la Calidad del CPD toman nota de los comentarios y sugerencias del CTG y, en un plazo máximo de diez días, se envía el acta de la reunión, con las modificaciones que deben acogerse, al programa. f) Una vez que el proyecto cumple con todas las exigencias de la Comisión de Títulos y Grados, entonces es presentado por la Pro Secretaria General al Honorable Consejo Superior, donde la iniciativa puede ser aprobada o rechazada. Solo cuando se entrega la versión con los cambios solicitados (revisados por la Prosecretaria General) se puede pedir agenda ante el HCS. 4. Presentación de la propuesta al HCS Se debe enviar, con al menos ocho días de anticipación, la versión digital del proyecto, siendo enviada, por Secretaría General, a todos los miembros del HCS. En esta instancia participan el Jefe de Programa y los Decanos involucrados. a) Se introduce la presentación del proyecto de creación del programa, a cargo del o los decanos respectivos. b) Se realiza la presentación del proyecto (justificación y aspectos claves), a cargo del Jefe de Programa o del Director de Investigación y Postgrado, según defina la facultad. c) La presentación debe ser breve (máximo 20 minutos, contados por reloj) y siguiendo el mismo formato de aquella realizada ante el CTG. Luego de eso, hay preguntas. Una vez terminada la presentación, el Jefe de Programa se retira y los miembros del HCS toman la decisión de aprobar o reprobar el programa de doctorado. 5. Creación del Proyecto de Doctorado a) Una vez aprobado el proyecto, Secretaría General emite un Decreto de Rectoría que crea el programa y el grado respectivo. Posteriormente, la Coordinadora del Área Curricular del CPD confecciona la resolución del plan de estudios, la cual debe ser revisada y aprobada 3

4 por el programa. Luego, es enviada a la VRA para su aprobación y emisión. Con el fin de formalizar los perfiles de ingreso y egreso, se debe dejar, en Secretaría General, una copia impresa del proyecto de doctorado asociada al decreto. En ésta, se debe mencionar cuyo texto se adjunta y forma parte del siguiente registro. De esta forma, se oficializan los perfiles del programa y es útil en la presentación ante la CNA. b) La Facultad debe gestionar el nombramiento del Jefe de Programa. c) Una vez creado el programa, se procede a la difusión del mismo y a la creación de cursos correspondientes. El responsable de difundir es el mismo programa, mientras que la creación de cursos se realiza en conjunto con el Área Curricular del CPD. d) Se evaluará, caso a caso, el momento adecuado en el cual el programa entrará al proceso de acreditación. El proceso completo de la creación de un programa de doctorado se encuentra diagramado en el Anexo 2. 4

5 ANEXO 1 GUÍA PARA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS PARA CREACIÓN DE PROGRAMAS DE DOCTORADO 1. ANTECEDENTES GENERALES Indicar la o las facultades involucradas en el programa, su aporte e impacto. 2. FUNDAMENTACIÓN DEL PROGRAMA Señalar cómo se insertaría, el doctorado, en los planes de desarrollo académico y en las líneas de investigación de la Unidad Académica correspondiente, por qué es recomendable crear el grado académico o la mención en nuestra Universidad, cuál sería la demanda por el programa y sus egresados y cuál es el contexto regional y nacional en el cual se enmarca. Problema, desafío y oportunidad. Situación en Latinoamérica Situación en Chile Situación en la Universidad 3. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROGRAMA Definición: indicar el carácter y jornada Objetivos Perfil de los postulantes Perfil de egreso Inserción laboral (campo ocupacional) 4. DIMENSIÓN INTERNACIONAL DEL PROGRAMA En este apartado se debe establecer si existirán colaboraciones con otras instituciones nacionales o extranjeras. También, dar a conocer el grado de avance en cuanto a la formalización de éstas 5. LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN Indicar las líneas de investigación del programa, señalando los académicos relacionados a cada línea (del claustro y colaboradores). Todas las líneas deben estar sustentadas por al menos dos académicos pertenecientes al claustro. 6. ACADÉMICOS Se debe establecer el número de profesores, su afiliación y su productividad. Se sugiere generar gráficos Conformación con estos indicadores, del cuerpo con académico datos de los últimos cinco años. Se recomienda seguir los criterios de productividad Publicaciones de de la los CNA, últimos del cinco área años correspondiente, para elegir a los miembros del claustro. Además, Proyectos se debe de dar investigación a conocer el de número los últimos de horas cinco de años dedicación al programa y a otros dentro de la UC: 5

6 Conformación del cuerpo académico Publicaciones de los últimos cinco años Proyectos de investigación de los últimos cinco años 7. ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL PROGRAMA Plan de estudio Requisitos de ingreso, egreso y graduación Becas (se debe indicar el número de becas que se solicitará a la VRI para los dos primeros años del programa) Viajes y viáticos Localización administrativa Recursos e infraestructura Administración del programa 8. CONSIDERACIONES ECONÓMICAS En este apartado se deben detallar todos los aspectos económicos del proyecto. Esta información servirá como insumo para la posterior evaluación económica que realizará la Vicerrectoría Económica. Arancel Estimación de ingreso de alumnos nuevos por año (proyección diez años) Estimación de alumnos regulares por año (proyección diez años) Costos asociados al programa: inversión en nueva infraestructura, cargos académicos y/o administrativos, etc. 9. REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO Este debe estar estructurado de acuerdo al formato VRI (Anexo 3) 10. ANEXOS FICHA ACADÉMICOS DEL CLAUSTRO: Se debe incluir categoría académica, institución que otorgó grado(s) y título y año de obtención de los mismos. También, proyectos de investigación y publicaciones de los últimos cinco años. Además, se puede agregar el número de tesis dirigidas. MALLA CURRICULAR DEL PROGRAMA DE DOCTORADO PROGRAMAS DE CURSOS Debe traer consigo la sigla propuesta para el curso, nombre del mismo, créditos que otorgará, requisitos y restricciones para tomar el curso, tipo de calificación, tipo de actividad (cátedra, otro), profesor encargado, módulos docentes, descripción, objetivos, contenidos, metodología, evaluación y bibliografía. Otros documentos que el programa estime pertinente. 6

7 ANEXO 2 DIAGRAMA DE PROCESO DE CREACIÓN DE PROGRAMAS DE DOCTORADO 7

8 ANEXO 3 GUÍA SOBRE LA ESTRUCTURA DE UN REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN. DISPOSICIONES PRELIMINARES El Programa de Doctorado en de la Pontificia Universidad Católica de Chile se regirá por el presente reglamento. A falta de disposición expresa, le serán aplicables la Declaración de Principios de la Universidad, los Estatutos Generales de la Universidad, el Reglamento General de Estudios de Doctorado, el Reglamento del Alumno de Doctorado, el Reglamento sobre Comités Ético Científicos, el Reglamento de Propiedad Intelectual e Industrial, el Reglamento del Académico, las Políticas de Gestión del Cuerpo Académico, la legislación vigente y demás normas generales que regulen los estudios de doctorado de la Pontificia Universidad Católica de Chile. TÍTULO I DEFINICIÓN DEL PROGRAMA Art. 1º El programa deberá presentar el doctorado, el nombre del grado académico que otorga, la fecha de creación, y el número del decreto que lo aprobó. DEL OBJETIVO Art. 2º El objetivo del programa es la formación de científicos capaces de (el programa redacta el contenido que estime pertinente) TÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN DEL PROGRAMA DE DOCTORADO Art. 3º [Cómo se organiza el programa] La dirección del programa estará a cargo del jefe de programa, y será asesorado por el comité de doctorado. Podría darse el caso de que la jefatura del programa sea asumida por el Director de Postgrado de la facultad y que el Comité de Doctorado sea el Comité de Postgrado. Si es así, debe señalarse aquí, pero, para efectos del reglamento, se hablará de Jefe de Programa y de Comité de Doctorado. En caso que el programa se relacione con el Consejo Académico de la Facultad, también debe mencionarse. DEL JEFE DE PROGRAMA Art. 4º Se sugiere algo como lo que sigue: El Jefe de Programa será de la confianza del Decano y recaerá sobre un académico que sea miembro del claustro del programa. Su designación se formalizará mediante resolución del Rector, quien deberá oír, previamente, al Consejo de la Unidad Académica. Para ser designado en este cargo, será requisito tener el grado de Doctor y ser profesor de la Facultad de, teniendo una de las dos más altas categorías académicas de la Universidad. 8

9 Por lo tanto, podría tener doble nombramiento, como Director de Postgrado y como Jefe de Programa. Art. 5º Corresponderá al Jefe de Programa: (Art. 35º del RGED) a) Dirigir la ejecución y desarrollo del programa y velar por el cumplimiento del currículo vigente; b) Elaborar la programación académica y presupuestaria anual del programa, proponerla a las autoridades correspondientes de la Unidad Académica respectiva y velar por su cumplimiento; c) Velar por el cabal cumplimiento de la política académica de Doctorado y las normas vigentes; d) Asignar, conjuntamente con el Jefe del Departamento respectivo o con la autoridad académica que corresponda, las funciones de docencia, tutorías, dirección de tesis y otras de cada académico del programa; e) Organizar y dirigir los servicios y orientación para los alumnos de doctorado; f) Autorizar a los alumnos de programa a realizar cursos optativos en otros programas de postgrado y que alumnos de otros programas de doctorado realicen cursos en el programa que él dirige; g) Evaluar la realización de tesis interdisciplinarias o en cotutela en los casos que sean requeridos; h) Designar a los integrantes del Comité de Examen de Candidatura o instancia equivalente al Comité de Tesis de los alumnos del programa, oídas las opiniones del alumno y las del Director de Tesis; i) Aprobar la participación de un Codirector de Tesis, correspondiente a otra Unidad Académica u otra universidad, nacional o extranjera; j) Autorizar suspensiones y anulaciones según consta en el Reglamento del Alumno de Doctorado; k) Desarrollar los procesos de acreditación del programa que corresponda según la legislación vigente, en coordinación con la Vicerrectoría de Investigación; y l) Cumplir funciones de guía o tutor de los alumnos; (Agregar las que la autoridad competente de la Facultad, Instituto o Escuela estime conveniente) DEL COMITÉ DE DOCTORADO Art. 6º El comité de doctorado estará integrado al menos por: a) El jefe de programa, quien lo presidirá; b) xx profesores, renovables cada dos o tres años, y que tengan la CATEGORÍA, que PERTENEZCAN A y que sean propuestos por y nombrados por c) Un representante de los alumnos de doctorado, sin derecho a voto; d) Otros que el programa estime pertinente. Art. 7º El Comité de Doctorado deberá asesorar al Decano y al Consejo en materias de estudios de doctorado y realizará las tareas de coordinación y control del Doctorado en xxx, según lo indicado en el Reglamento General de Estudios de la Universidad. (ver Art. 36º, 37º y 38º RGD para definición, composición y funciones): 9

10 Corresponderá al Comité de Doctorado: a) Proponer al Consejo de la Unidad Académica correspondiente las modificaciones curriculares y normativas de los programas de doctorado, sin perjuicio de las instancias posteriores correspondientes; b) Proponer al Consejo de la Unidad Académica correspondiente los requisitos que deberán cumplir los académicos para participar en los diversos programas de doctorado de acuerdo con las políticas y normas vigentes en esta materia de la universidad. c) Seleccionar a los académicos que participarán en los programas de doctorado de la Unidad Académica en conformidad con las normas generales vigentes en la universidad, incluyendo las estipuladas en el Título III del presente reglamento y con las particulares de cada programa de doctorado que establezca al efecto el Consejo respectivo; d) Establecer el diseño y el sistema de evaluación de los procesos de admisión al programa de doctorado; e) Evaluar los antecedentes académicos de los postulantes al programa de doctorado de la Unidad Académica y proponer los seleccionados a la Comisión Técnica de Admisión de la universidad. A dicha Comisión le corresponderá velar para que en la selección se hayan cumplido las normas y los requisitos de admisión que se hayan establecido; f) Fijar, para cada alumno, los cursos de nivelación a los que se refiere el art. 27 del presente reglamento; g) Aprobar las convalidaciones de estudios realizados antes de ingresar al programa; h) El Decano, con la aprobación del Consejo de Facultad, podrá decidir si el Comité de Doctorado delega en los Jefes de Programa las actividades contempladas en las letras e), f) y g) precedentes; i) Informar a los alumnos que desarrollen tesis con posibles productos patentables y/o en relación con sector privado, sobre la normativa de propiedad intelectual vigente en la universidad. j) Velar por el adecuado nivel académico del programa de doctorado de la Unidad Académica. k) Asesorar al decano, al Director de Escuela o al Director del Instituto y al Consejo correspondiente en todas aquellas materias de doctorado que le sean encomendadas por dichas autoridades; y l) Evaluar la continuidad de alumnos que han caído en causal de eliminación. m) Agregar: Especialmente todas las funciones que dicen relación al control y seguimiento de los alumnos pertenecientes al programa, en consideración de los plazos de permanencia establecidos en el Reglamento General de Estudios de Doctorado y en el Reglamento del Alumno de Doctorado TÍTULO III DE LA ADMISIÓN AL PROGRAMA Art. 8º Para ser admitido en el programa de doctorado, se requiere lo siguiente: (Arts. 2º y 3º del RGED) a) De los requisitos de postulación Estar en posesión del grado académico de licenciado y/o magister otorgados por universidades chilenas. En caso de poseer grados académicos de origen extranjero, éstos deberán ser equivalentes a los citados anteriormente. (La consideración de las equivalencias de los grados académicos extranjeros se basará en la Clasificación Internacional de la Educación (CINE), creada por UNESCO, que se encuentre vigente a la fecha de la postulación); Acreditar antecedentes académicos y profesionales que den cuenta de la formación y experiencia previa del postulante, acordes a los requerimientos formativos del programa. (curriculum vitae del postulante); Presentar una declaración escrita de propósitos que explique el interés del postulante en el programa y sus objetivos académicos para proseguir estudios de doctorado, así como los 10

11 compromisos de dedicación que suscribe. (carta de intención exponiendo intereses y motivaciones); Comprensión del idioma inglés, suficiente para entenderlo en forma escrita, a un nivel que les permita leer artículos, libros y acceder a los documentos y bases de datos internacionales; (En caso de no poseerlo, durante el proceso de matrícula deberán rendir un examen de diagnóstico con el fin de evaluar su nivel del idioma e inscribirse en los cursos indicados para lograr las competencias exigidas) Al menos dos cartas de recomendación; Certificado de ubicación o ranking del alumno entre los graduados de los últimos cinco años o el percentil en que se encontró al momento de obtener grados anteriores. Indicar si son de pre o postgrado. Otros antecedentes que el programa de doctorado estime pertinente. b) Del proceso de postulación Describir procedimiento. Podría ser algo como lo que sigue: Se realizará a través del sistema de postulación en línea, (especificar si es de la Unidad o de la Universidad) remitiendo, tal cual se indique, los requisitos y antecedentes señalados en el punto anterior y en las fechas estipuladas por la autoridad competente para cada temporada inicial del doctorado. c) Del proceso de selección Debe considerar al menos lo señalado en el apartado a) del presente artículo. Además, es conveniente incluir referencias respecto de lo siguiente: indicar instancia de selección, los criterios y la ponderación de cada uno de éstos. Ejemplo: El proceso de selección será realizado por... e incluirá una entrevista personal o por teleconferencia. Tomará en cuenta los antecedentes curriculares de los postulantes, pudiendo considerar elementos de evaluación particulares como: exámenes de conocimientos generales; motivación por ingresar al programa (carta de intención); rendimiento académico en sus estudios previos; conocimiento y experiencia en el área; presentación de artículos científicos; habilidad para trabajar sobre principios y métodos científicos y capacidad para llevar a buen término sus estudios de doctorado; Contar con el apoyo de un profesor del programa El Comité de Doctorado se reserva el derecho de no asignar todas las vacantes disponibles si considera que no hay suficientes postulantes que cumplan las exigencias del programa de doctorado. 11

12 d) De la admisión al programa de doctorado Describir cómo se formaliza la admisión al programa. La admisión o rechazo al programa de doctorado será notificada por medio de una carta formal dirigida al postulante. e) Del proceso de matrícula Complementar con las especificidades del programa solo si lo amerita El procedimiento de matrícula se rige por lo estipulado en el Título II del Reglamento del Alumno de Doctorado. En adición a lo anterior, los estudiantes que no estén en posesión de un certificado que acredite el nivel de dominio del idioma inglés (ALTE 3 ), requerido para la obtención del grado académico de doctor, deberán rendir un examen de diagnóstico con el fin de evaluar su nivel del idioma e inscribirse en los cursos indicados para lograr las competencias exigidas. DE LA DECLARACIÓN JURADA Art. 9º En este artículo, corresponde al programa determinar el contenido (ver Art. 16º del RGD) Se sugiere: En los casos en que el trabajo de tesis lleve a la obtención de elementos susceptibles de ser protegidos, ya sea a través de patente, derecho de autor, secreto industrial u otro medio, y/o que estén relacionados con empresas o instituciones privadas, el estudiante deberá firmar la Declaración Jurada de Alumnos Respecto de Invenciones Desarrolladas en la Universidad (VRI Dirección de Transferencia y Desarrollo), la cual va en línea con los procedimientos y lineamientos definidos en el Reglamento de Propiedad Intelectual e Industrial de la Universidad, aprobado por D.R. Nº 306/2010. Dependiendo de la temática, el Comité de Doctorado decidirá, caso a caso, el momento y la pertinencia de la firma antes señalada. TÍTULO IV DEL PLAN DE ESTUDIOS DE SU COMPOSICIÓN CURRICULAR Art. 10º Se sugiere que en este punto el programa solo presente datos generales de su plan de estudio, pues el detalle de éste será contenido en una resolución específica que aprueba el plan de estudios. Puede ser un texto como el siguiente: 12

13 Estará compuesto por un total de XX créditos PUC y contempla la realización de los siguientes tipos de actividades: Con créditos: Cursos Seminarios Trabajos de investigación Tesis Sin créditos: Examen de calificación Proyecto de tesis Actividades anuales de seguimiento Tres talleres de habilidades transversales, uno de los cuales será de naturaleza ética Requisito segundo idioma DEL MAGÍSTER, COMO GRADO Y SALIDA INTERMEDIA Art. 11º En este artículo, los programas pueden definir si entregarán o no el Magister como grado y salida Intermedia. En caso de ofrecer ambas modalidades, acá se deberá precisar si fue o será creado como grado intermedio es decir, con el plan de estudios del doctorado y cuáles serán los mecanismos y requisitos asociados de acuerdo con los art. 10º del RGD y 46 al 48º del RAD). Las unidades académicas pueden entregarlo a todos los que cumplan con ciertos requisitos como grado intermedio. Las unidades académicas pueden entregarlo a quienes reprueben el examen de candidatura en dos oportunidades, como salida intermedia. Se sugiere: El Programa de Doctorado entregará el Magíster en XX como grado intermedio a los alumnos que cumplan los siguientes requisitos: a) Tener una permanencia mínima de dos semestres en el programa; b) Haber aprobado todos los cursos lectivos (xx créditos en cursos mínimos y xx créditos en cursos optativos de profundización); c) Tener aprobado el Proyecto de Tesis (XX créditos) y d) Haber aprobado el Examen de Candidatura (X créditos), que incluye la defensa del proyecto de tesis, en un plazo no superior a un año contado desde la fecha en que el alumno apruebe el último curso de su currículum mínimo. Se ofrece, también, el grado de Magíster como salida intermedia a aquellos alumnos que, habiendo reprobado en dos ocasiones su examen de candidatura, presenten un proyecto de investigación equivalente a la Tesis requerida por el Programa de Magíster en. Para esta opción, el alumno debe elevar una solicitud al Comité de Doctorado, el que definiría al respecto. Nota: en cada Unidad Académica deberá revisarse la situación del alumno que queda eliminado del Programa de Doctorado y pasa a ser alumno del Magister. Debería ser un trámite interno, ya que actualmente quedan con el rótulo de No vigente, en abandono. Resolver cómo se hace, administrativamente, porque, por haber sido eliminado, no puede entrar a otra carrera. Consultar con DARA si es vía cambio de currículum, o de plan de estudios. 13

14 TÍTULO V DE LA CANDIDATURA AL DOCTORADO DE LOS REQUISITOS PARA SER CANDIDATO A DOCTOR Art. 12º En este artículo el Programa deberá establecer los requisitos para ser candidato a doctor, incorporando los mínimos establecidos por el Art. 9º RGD y los Arts. 46 al 49º RAD, que son los siguientes: (y aquellos que el Programa especifique). a) Tener una permanencia mínima de dos semestres en el programa; b) Haber aprobado la totalidad de los cursos y actividades definidas previas al examen de candidatura, según se establece en la secuencia curricular anexa a la resolución; c) Haber aprobado el examen de candidatura y su defensa del proyecto de tesis dentro del plazo máximo que fije cada programa, el cual no podrá ser superior a un año contado desde la fecha en que el alumno apruebe el último curso exigido en el plan de estudios respectivo, definido en el Reglamento General de Estudios de Doctorado; El candidato podrá reprobar sólo una vez. Si en un segundo examen resulta reprobado, el estudiante perderá su derecho a optar al grado correspondiente. d) Haber cumplido las demás exigencias que cada programa especifique. DEL COMITÉ DE CANDIDATURA Art. 13º Se propone lo siguiente: Los integrantes serán nombrados por el Jefe de Programa a proposición del Director de Tesis. El comité de candidatura estará integrado por: Podría ser que el Director de Tesis del alumno no podrá formar parte del comité de candidatura. La formulación y evaluación del examen es de responsabilidad del comité de candidatura, el que debe evaluar el conocimiento y la capacidad de análisis crítico que tiene el alumno respecto de las materias relacionadas con el área,y la propuesta de investigación. DE LOS PLAZOS Para aprobar el examen de candidatura y el proyecto de tesis Art. 14º Acá el programa deberá establecer el tiempo máximo para rendir el examen de candidatura, en línea con lo establecido por el art. 47º del RAD: Todo alumno deberá aprobar el examen de candidatura y su proyecto de tesis dentro del plazo máximo que fije cada programa, el cual no podrá ser superior a un año contado desde la fecha en que el alumno apruebe el último curso de la fase previa al examen de candidatura en el plan de estudios respectivo. 14

15 Para mantener la calidad de candidato a doctor Art. 15º Ver art. 49º RAD: La calidad de candidato a Doctor tendrá una duración máxima de diez semestres. Transcurrido este plazo, el alumno perderá su calidad de Candidato a Doctor. Este plazo podrá ser excepcionalmente extendido por un semestre adicional, sin superar los 15 semestres totales de permanencia en el Programa, a solicitud del Comité de Doctorado o su instancia equivalente de la Unidad Académica a la Vicerrectoría de Investigación. Del seguimiento del plazo de candidato a doctor Art. 16º El Comité de Doctorado será el encargado de cautelar la realización de las tareas de seguimiento del plazo de candidato a doctor. TÍTULO VI DE LA TESIS De la definición de la tesis Art. 17º Definir contemplando lo establecido en los Arts. 11º del RGD y Título XIII, Arts. 50º al 57º del RAD. De la presentación de la tesis Art. 18º Aquí las Unidades Académicas podrán describir sus propios protocolos o condiciones para presentar las tesis. Se sugiere El alumno deberá presentar a su comité de tesis el borrador de su trabajo doctoral. La presentación, redacción y edición del documento deberá regirse por las normas que la UA tiene para la elaboración de una tesis de doctorado Se sugiere también abordar cuál será la postura del programa en el contexto de tesis en cotulela con universidades extranjeras, en caso que corresponda (Ej. Que el alumno presente la tesis en dos idiomas, etc.). Del director de tesis Art. 19º Pronunciarse sobre este punto de acuerdo a lo estipulado en los arts. 12º y 14º RGED y a los arts. 50 º al 56º RAD. Se sugiere: El director de tesis será nombrado por el jefe del programa, en consulta con el alumno y con el Comité de Doctorado de la Facultad (art. 14º RGED) Corresponde al director de tesis asesorar, guiar y evaluar, semestralmente, al alumno durante el proceso de desarrollo de su tesis (art. 14º RGED). Podrán ser designados como director de tesis aquellos profesores que, según lo señalado en el Reglamento del Académico, sean reconocidos por el Comité de Doctorado de la Facultad como profesor de doctorado en lista preestablecida o en una decisión ad hoc. (art. 14º RGED). Se sugiere agregar lo específico del claustro del programa de doctorado. El director de tesis de doctorado podrá renunciar a su condición si el estudiante de doctorado no cumple con los requisitos establecidos en su programa. (art. 12º RGED) 15

16 Del comité de tesis y su composición Art. 20º Ver Art.12º RGED, complementar con las especificidades del programa solo si lo amerita. Se sugiere precisar, en este punto, la postura del programa en el contexto de tesis en cotutelas con universidades extranjeras, en caso que corresponda. De las funciones del comité de tesis Art. 21º Explicar de acuerdo a las particularidades del programa, incorporando lo establecido en el Art. 12º RGED, 8º párrafo, y Art. 55º RAD, tercer párrafo. Y complementar solo si lo amerita. Corresponderá al comité de tesis guiar, asesorar y determinar la aprobación o reprobación de la tesis. Agregar aquí que: También corresponde, al Comité de Tesis, la evaluación de las actividades anuales de seguimiento, instancia en la cual el alumno presentará de forma oral o escrita los avances realizados en su tesis. (Art. 13º RED) Del proceso de evaluación y calificación de la tesis Art. 22º Art. 59º RAD y Art.12º RGD, complementar con las especificidades del programa solo si lo amerita. También, ver art. 20º, que dice alternativamente, las actividades académicas podrán ser calificadas mediante los conceptos de Distinguido (D), Aprobado (A) y Reprobado (R) De la Inscripción de la residencia y del beneficio de residencia Art. 23º La idea no es que se repita lo establecido en el Art.57º RAD, sino que complementar con las especificidades del programa (solo si lo amerita). La actividad de residencia es evaluada como aprobada o reprobada por el director de tesis e informada al comité de doctorado. De las actividades anuales de seguimiento de la tesis Art. 24º Se recomienda explicitar, considerando los Art.13º RGD y 56º RAD. Asignarle sigla, créditos y calificarla con A o R. 16

17 Se sugiere: Durante el tiempo involucrado en el desarrollo del trabajo de tesis, el candidato deberá rendir dos instancias denominadas Actividad Anual de Seguimiento I y Actividad Anual de Seguimiento II. La primera de ellas debe ser realizada un año después de la aprobación del examen de candidatura. Se diseña y se inscribe en el segundo semestre o paralelo a la tesis II, pues se califica al final del semestre o bien se deja nota P, para ser calificado dentro de los próximos 15 días del semestre siguiente. Estas actividades, que pueden ser orales o escritas, y en las cuales se presenta el avance de la tesis, no otorgan créditos, pero deben ser aprobadas ante el Comité de Tesis. En caso de que el candidato no apruebe alguna de estas instancias, caerá en causal de eliminación, pudiendo contar con una nueva opción en caso de que el Comité de Tesis así lo establezca. DE LAS TESIS DE DOCTORADOS EN COTUTELA De la definición de una tesis en cotutela Art. 25º En este punto se recomienda agregar la siguiente definición, a modo de promover este tipo de tesis: La cotutela de tesis de doctorado ofrece al estudiante la posibilidad de tener un director de tesis en la universidad de la cual procede y otro en la universidad que lo recibe. De acuerdo a la naturaleza del convenio firmado entre las instituciones involucradas, la realización de una tesis en cotutela lleva a un doble grado, o grado conjunto, según se determine explícitamente para cada caso: a) Doble grado: el estudiante tiene la posibilidad de obtener el grado de Doctor en xxxx en la Pontificia Universidad Católica de Chile y en la universidad que lo recibe en cotutela; b) Grado conjunto: el estudiante obtiene al final de sus estudios un único grado, el cual es reconocido por las universidades participantes de la cotutela. La realización de una tesis en cotutela o en codirección deberá ser aprobada por el comité de doctorado. Se desarrollará conforme a lo señalado en el art. 18º del Reglamento General de Estudios de Doctorado. Se recomienda: Especificar donde se espera que los alumnos ingresados a través de la Pontificia Universidad Católica de Chile rindan su defensa de tesis en cotutela. En general, los alumnos la defienden en la Universidad donde primero se matricularon. 17

18 DE LAS TESIS DE DOCTORADOS INTERDISCIPLINARIOS De la definición de la tesis interdisciplinaria Art. 26º En este punto se recomienda agregar la siguiente definición, a modo de promover este tipo de tesis: Art. 53º RGED reformulado: Una tesis se considera interdisciplinaria cuando requiere de la concurrencia de dos o más directores de tesis pertenecientes a claustros de programas de doctorado diferentes. Para considerar una tesis como interdisciplinaria, al menos una de las disciplinas debe reconocer en ella un aporte original y significativo en el área, mientras que en las otras disciplinas al menos una aproximación rigurosa a su base conceptual, según se indica en el Artículo 53º del Reglamento General de Doctorado. Agregar lo que el programa estime pertinente. A modo de ejemplo: En la dirección de tesis interdisciplinaria debe participar como Codirector un profesor del claustro de cada programa involucrado : De la composición del comité de tesis interdisciplinaria Art. 27º Pronunciarse sobre este punto de acuerdo al Reglamento del Alumno de Doctorado en sus arts. 53º y 54º (solo en caso de existir alguna especificidad adicional para el programa). TÍTULO VII REQUISITOS DE EGRESO Y OBTENCIÓN DE GRADO Art. 28º Art. 29º Del egreso Completar de acuerdo con el Art. 15º del RGD Haber aprobado el plan de estudios según art. 9º precedente. Haber aprobado investigación y texto original de la tesis por el Comité de Tesis Otros establecidos por la UA De obtención de grado Se presentan los requisitos que establece el RGD. A éstos, el programa podrá agregar los que correspondan (ver art. 17º RGD y art. 60º RAD): a) Cumplir con los requisitos de egreso; b) Haber tenido una permanencia mínima de cuatro semestres en el Programa; c) Haber aprobado su tesis, incluidos sus exámenes de defensa privado y público; 18

19 d) Haber acreditado y certificado el dominio del idioma inglés o de otro distinto a la lengua materna a nivel avanzado y con aplicación en ámbitos académicos, equivalente a un nivel ALTE 3 (Association Language Testers of Europe) e) Ser el autor principal en al menos un artículo científico en proceso de revisión en una revista o libro de corriente principal o ser inventor de una patente en tramitación que proteja una invención que ha sido resultado de su investigación doctoral. Excepcionalmente, el Comité de Doctorado respectivo podrá autorizar el no cumplimiento de esta exigencia cuando se estime que esto podría favorecer la publicación posterior de artículos de mayor impacto. f) Haber aprobado al menos tres talleres de habilidades transversales, uno de los cuales deberá ser de naturaleza ética. g) Realizar una estadía/pasantía de investigación en el extranjero con equipos que trabajen temas atingentes a su tesis. En casos de fuerza mayor, debidamente justificados, el Comité de Postgrado del Programa estará facultado para analizar y considerar casos excepcionales, para eximir la exigencia de este requisito. h) Haber realizado al menos una actividad anual de seguimiento mientras el alumno fue beneficiado con residencias. i) Cumplir lo dispuesto en el Título XIV del Reglamento del Alumno de Doctorado; En forma adicional a los requerimientos académicos antes señalados, al momento de optar al grado de Doctor en XXXX, el estudiante no podrá estar registrado como deudor de ninguna índole con la Universidad. TÍTULO VIII DE LAS EXIGENCIAS ACADÉMICAS Y SANCIONES Sobre los requisitos de aprobación Art. 30º En este punto, cada programa debe fijar un promedio ponderado acumulado mínimo que el alumno deberá mantener al término de cada período académico. Dicho promedio mínimo no podrá ser inferior a 4.5 ni superior a 5.0. De las causales de eliminación Art. 31º Se presentan los establecidos el RGED. A éstos, el programa podrá agregar los que correspondan (Ver Art. 29º RAD): a. Obtener un promedio ponderado acumulado inferior a los mínimos fijados por el programa de doctorado y/o la VRI (promedio mínimo no puede ser inferior a 4,5 ni superior a 5.0 Art. 30º) b. Reprobar el examen de candidatura (o su equivalente) o no haber rendido, una vez transcurrido un año desde la fecha en que el alumno apruebe el último curso de su currículo mínimo en el programa respectivo; 19

20 c. Reprobar las actividades asociadas a la realización de la Tesis, como los avances, actividades de seguimiento y examen de defensa o bien o no haber realizado su defensa de tesis una vez transcurridos 14 semestres desde su ingreso al programa. d. Reprobar cualquier curso o actividad académica mencionada en el plan de estudios. (Interpretación VRI, según art. 29 RAD) e. Otras del programa específico TÍTULO IX DEL RECONOCIMIENTO Y LA CONVALIDACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE ESTUDIO Art. 32º El reconocimiento y convalidación de los programas de estudios estará sujeto a las normas indicadas en los arts. 27º y 28º del Reglamento del Alumno de Doctorado. TÍTULO X DE LA ÉTICA Y EL CUMPLIMIENTO EN LA CONDUCCIÓN DE LAS INVESTIGACIONES Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL De la ética y el cumplimiento en la conducción de las investigaciones Art. 33º En este punto se busca dejar explícito que: Para estos efectos, los alumnos se regirán por el Reglamento sobre Comités Ético Científicos de la Pontificia Universidad Católica de Chile, aprobado por Decreto de Rectoría 231/ Agregar lo que el programa estime pertinente al respecto. De la propiedad intelectual Art. 34º Se sugiere: El desarrollo de una tesis que contenga elementos susceptibles de ser protegidos, ya sea a través de patente, derecho de autor, secreto industrial u otro medio, y/o que esté relacionada con empresas o instituciones privadas, deberá regirse por los procedimientos y lineamientos definidos en el Reglamento de Propiedad Intelectual e Industrial de la Universidad aprobado por Decreto de Rectoría Nº 306/2010. Se debe considerar que, al iniciar el proceso de desarrollo de la tesis, es responsabilidad del Comité de Doctorado indicar al alumno los procedimientos destinados a proteger la propiedad intelectual de la tesis y sus posibles productos patentables. 20

21 TÍTULO XI DE LOS ACADÉMICOS DEL PROGRAMA DE DOCTORADO Art. 35º Art. 36º Art. 37º De los requisitos para impartir docencia De la responsabilidad de la dirección de tesis De los profesores invitados En este punto, el programa podrá exponer lo que estime pertinente en alineación con los arts. 30º, 31º y 32º del RGED. TÍTULO XII DE LAS INFRACCIONES ACADÉMICAS Y DISCIPLINARIAS Art. 38º En las materias que dicen relación con infracciones académicas y disciplinarias, los alumnos del programa se regirán por lo establecido en los artículos 33º al 36º del Reglamento del Alumno de Doctorado. Complementar con las especificidades del programa solo si lo amerita. TÍTULO XIII DEL TRASLADO, SUSPENSIÓN, ANULACIÓN, ELIMINACIÓN Y RENUNCIA Art. 39º En las materias de traslado, suspensión, anulación, eliminación y renuncia, los alumnos del programa se regirán por lo establecido en los artículos 37º al 45º del Reglamento del Alumno de Doctorado de la Universidad. TÍTULO XIV DISPOSICIONES FINALES Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán resueltas por el Vicerrector de Investigación o aquel en quien este último delegue tal atribución. Santiago, XX de XX de XX 21

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ESTADISTICA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ESTADISTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ESTADISTICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del Programa

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO III. De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO III. De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA. TITULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA. TITULO I De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del

Más detalles

DIRECCIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO / INSTITUTO DE ESTÉTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE POSTGRADO MAGISTER EN ESTUDIOS DE CINE

DIRECCIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO / INSTITUTO DE ESTÉTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE POSTGRADO MAGISTER EN ESTUDIOS DE CINE PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE DIRECCIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO / INSTITUTO DE ESTÉTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE POSTGRADO MAGISTER EN ESTUDIOS DE CINE REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ESTUDIOS

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN MATEMÁTICA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN MATEMÁTICA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN MATEMÁTICA DISPOSICIONES PRELIMINARES El Programa de Doctorado en Matemática de la Pontificia Universidad Católica de Chile se regirá por el presente Reglamento.

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGLAMENTO DEL PROGRAMA MAGISTER EN PROCESAMIENTO Y GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN (MPGI) Reglamento del programa de Magíster en Procesamiento y Gestión de la Información: TÍTULO I: DEFINICIÓN Artículo Nº 1:

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA INGENIERÍA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA INGENIERÍA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA INGENIERÍA DISPOSICIONES PRELIMINARES El Programa de Doctorado en Ciencias de la Ingeniería de la Pontificia Universidad Católica de Chile se regirá

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN TITULO III DE LAS NORMAS GENERALES

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN TITULO III DE LAS NORMAS GENERALES REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN TITULO I DE LAS NORMAS GENERALES Artículo 1º: El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CONSTRUCCIÓN

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CONSTRUCCIÓN REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CONSTRUCCIÓN TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del Programa

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARTES Y MENCIONES

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARTES Y MENCIONES REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARTES Y MENCIONES TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN FÍSICA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN FÍSICA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN FÍSICA DISPOSICIONES PRELIMINARES El Programa de Doctorado en Física con sus dos variantes: Física Experimental y Física Teórica, de la Pontificia Universidad Católica

Más detalles

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA. REGLAMENTO DE MAGISTER TÍTULO I DEL GRADO DE MAGISTER

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA. REGLAMENTO DE MAGISTER TÍTULO I DEL GRADO DE MAGISTER UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA. REGLAMENTO DE MAGISTER TÍTULO I DEL GRADO DE MAGISTER Art. 1 Es el grado académico de posgrado, otorgado por la Universidad Finis Terrae a quien ha aprobado

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I. De las Normas Generales TITULO II

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I. De las Normas Generales TITULO II REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos 1 TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE HISTORIA PROGRAMA DE MAGISTER REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN HISTORIA

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE HISTORIA PROGRAMA DE MAGISTER REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN HISTORIA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE HISTORIA PROGRAMA DE MAGISTER REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN HISTORIA Título I.- Definición y Objetivos Art. 1-. El programa de Magíster en

Más detalles

REGLAMENTO DE MAGÍSTER EN LINGÜÍSTICA APLICADA AL INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA. TÍTULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO DE MAGÍSTER EN LINGÜÍSTICA APLICADA AL INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA. TÍTULO I De las Normas Generales REGLAMENTO DE MAGÍSTER EN LINGÜÍSTICA APLICADA AL INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA TÍTULO I De las Normas Generales ART. 1 El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD TÍTULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES Artículo 1º TITULO I De las Normas Generales El presente Reglamento establece las

Más detalles

REGLAMENTO'DEL'PROGRAMA'DE'DOCTORADO'EN'LINGÜÍSTICA'

REGLAMENTO'DEL'PROGRAMA'DE'DOCTORADO'EN'LINGÜÍSTICA' REGLAMENTODELPROGRAMADEDOCTORADOENLINGÜÍSTICA DISPOSICIONESPRELIMINARES ElProgramadeDoctoradoenLingüísticadelaPontificiaUniversidadCatólicadeChileseregirápor el presente Reglamento. A falta de disposición

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN TRABAJO SOCIAL TÍTULO III. De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN TRABAJO SOCIAL TÍTULO III. De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN TRABAJO SOCIAL TÍTULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del

Más detalles

REGLAMENTO DE MAGISTER

REGLAMENTO DE MAGISTER REGLAMENTO DE MAGISTER TITULO I DEL GRADO DE MAGISTER Art. 1º : Magister es un Grado Académico de postgrado, otorgado por la Pontificia Universidad Católica de Chile a quien ha aprobado un programa de

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN BIOÉTICA. TÍTULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN BIOÉTICA. TÍTULO I De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN BIOÉTICA TÍTULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del Programa

Más detalles

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES PROGRAMA DE MAGISTER EN MATEMATICA DEPARTAMENTO DE MATEMATICAS FACULTAD DE CIENCIAS REGLAMENTO DE ESTUDIOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. El Magíster en Matemática es un programa, de carácter

Más detalles

REGLAMENTO Y PLAN DE FORMACIÓN DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS ODONTOLÓGICAS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II

REGLAMENTO Y PLAN DE FORMACIÓN DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS ODONTOLÓGICAS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II Anexo Nº 2: Reglamento vigente de funcionamiento del programa. REGLAMENTO Y PLAN DE FORMACIÓN DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS ODONTOLÓGICAS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 : El presente

Más detalles

REGLAMENTO DE MAGISTER

REGLAMENTO DE MAGISTER REGLAMENTO DE MAGISTER TITULO I DEL GRADO DE MAGISTER Art. 1º : Magister es un Grado Académico de postgrado, otorgado por la Pontificia Universidad Católica de Chile a quien ha aprobado un programa de

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE DOCTORADO

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE DOCTORADO REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE DOCTORADO TITULO I DEL GRADO ACADÉMICO DE DOCTOR Art. 1º : Doctor es el más alto grado académico que otorga la Pontificia Universidad Católica de Chile. El grado académico

Más detalles

A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales

A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales A. REGLAMENTO TITULO I Disposiciones Generales Artículo 1 El presente Reglamento establece las normas básicas de la estructura, organización y administración del Programa de Magíster en Ciencias de la

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN QUIMICA MODIFICADO PARA LA ACREDITACIÓN CONICYT 2006

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN QUIMICA MODIFICADO PARA LA ACREDITACIÓN CONICYT 2006 Pontificia Universidad Católica de Chile Facultad de Química Dirección de Investigación y Postgrado REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN QUIMICA MODIFICADO PARA LA ACREDITACIÓN CONICYT 2006 TITULO I

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN ARTES DISPOSICIONES PRELIMINARES TITULO I DEFINICIÓN DEL PROGRAMA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN ARTES DISPOSICIONES PRELIMINARES TITULO I DEFINICIÓN DEL PROGRAMA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN ARTES DISPOSICIONES PRELIMINARES El Programa de Doctorado en Artes de la Pontificia Universidad Católica de Chile se regirá por el presente Reglamento. A falta de

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ENFERMERÍA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ENFERMERÍA REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ENFERMERÍA TÍTULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del Programa

Más detalles

TALCA, 2 O LNL 2U14 N 135

TALCA, 2 O LNL 2U14 N 135 UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA CONTROL PREVIO DE LEGALiO..C APROBADO PROMULGA ACUERDO N 1615 DEL CONSEJO ACADÉMICO QUE MODIFICA LA R.U. N 705 DE 2006 DEL REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE MAGISTER REEMPLAZANDO

Más detalles

REGLAMENTO MAGÍSTER EN CIENCIAS, MENCIÓN GEOLOGÍA A. REGLAMENTO DEL PROGRAMA. TITULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO MAGÍSTER EN CIENCIAS, MENCIÓN GEOLOGÍA A. REGLAMENTO DEL PROGRAMA. TITULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO MAGÍSTER EN CIENCIAS, MENCIÓN GEOLOGÍA A. REGLAMENTO DEL PROGRAMA TITULO I Disposiciones Generales Artículo 1 El presente documento establece las normas básicas de la estructura, organización

Más detalles

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA FACULTAD DE DERECHO Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA FACULTAD DE DERECHO Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS 72 CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA FACULTAD DE DERECHO Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0019338 de 31 de mayo de 2012 1.- Apruébase la creación

Más detalles

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS. Decreto Universitario N de 2 de septiembre de 2005

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS. Decreto Universitario N de 2 de septiembre de 2005 77 CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0025712 de 2 de septiembre de 2005 1) Apruébase la creación del Grado de Magister en Derecho

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN TEOLOGIA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN TEOLOGIA 1 REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN TEOLOGIA DISPOSICIONES PRELIMINARES El Programa de Doctorado en Teología de la Pontificia Universidad Católica de Chile (en adelante «la Facultad») se rige: a)

Más detalles

TITULO I De las Normas Generales. TITULO II De la Definición del Programa de Magíster en Educación. TITULO III De la Administración del Programa

TITULO I De las Normas Generales. TITULO II De la Definición del Programa de Magíster en Educación. TITULO III De la Administración del Programa REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN Y MENCIONES: DIRECCIÓN Y LIDERAZGO EDUCACIONAL, DIFICULTADES DE APRENDIZAJE, CURRICULUM ESCOLAR, Y EVALUACIÓN DE APRENDIZAJES TITULO I De las Normas Generales

Más detalles

Magíster en Tecnologías de la Información A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales

Magíster en Tecnologías de la Información A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales UNIVERSIDAD DE CHILE Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas Escuela de Postgrado Magíster en Tecnologías de la Información A. REGLAMENTO Artículo 1 TITULO I Disposiciones Generales El presente Reglamento

Más detalles

CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I

CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I 138 CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0018662 de 21 de noviembre de 2000 1. Apruébase la creación del

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA COTUTELA CONDUCENTE A DOBLE GRADO

PROCEDIMIENTO PARA COTUTELA CONDUCENTE A DOBLE GRADO PROCEDIMIENTO PARA COTUTELA CONDUCENTE A DOBLE GRADO CONCEPTOS. La Cotutela de Tesis de Doctorado, ofrece al alumno la posibilidad de tener dos directores de tesis; uno en la universidad de procedencia

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA PROGRAMA DE DOCTORADO ÍNDICE DEL REGLAMENTO

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA PROGRAMA DE DOCTORADO ÍNDICE DEL REGLAMENTO PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA PROGRAMA DE DOCTORADO ÍNDICE DEL REGLAMENTO TÍTULO I Definición. 1 TÍTULO II De la administración del Programa de Doctorado en Ciencia

Más detalles

Reglamento académico- administrativo del Programa de Doctorado en Ciencias Veterinarias

Reglamento académico- administrativo del Programa de Doctorado en Ciencias Veterinarias Reglamento académico- administrativo del Programa de Doctorado en Ciencias Veterinarias TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES El Reglamento General de los Programas de Doctorado (033/21 septiembre 2009) (RGPD),

Más detalles

UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA

UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA 1ROL PREVIO DE LEGAf PROMULGA ACUERDO N 1555 DEL CONSEJO APROBAD;, ACADÉMICO QUE APRUEBA NUEVO REGLAMENTO 7 i; / DEL PROGRAMA DE DOCTORADO. TALCA, O 4 SET. 2013 N i.1 2 1

Más detalles

REGLAMENTO MAGISTER EN ANTROPOLOGIA SOCIOCULTURAL A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO MAGISTER EN ANTROPOLOGIA SOCIOCULTURAL A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO MAGISTER EN ANTROPOLOGIA SOCIOCULTURAL A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El presente Reglamento establece las normas de la estructura, organización y administración de

Más detalles

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE DIPLOMADO. TÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES.

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE DIPLOMADO. TÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES. UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE DIPLOMADO. TÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES. El presente Reglamento establece el conjunto de normas que regulan los Programas

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISION

REGLAMENTO DE ADMISION REGLAMENTO DE ADMISION TITULO I DEFINICION Art. N 1 La admisión a la Pontificia Universidad Católica de Chile es el procedimiento de ingreso en virtud del cual se adquiere la calidad de alumno regular

Más detalles

CENTRO REGIONAL DE ESTUDIOS Y EDUCACIÓN AMBIENTAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA

CENTRO REGIONAL DE ESTUDIOS Y EDUCACIÓN AMBIENTAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DEL CENTRO REGIONAL DE ESTUDIOS Y EDUCACIÓN AMBIENTAL DE LA Título I Disposiciones generales Artículo 1º. El programa de Magíster

Más detalles

REGLAMENTO ACADEMICO Y PLAN DE ESTUDIOS DEL GRADO DE DOCTOR EN HISTORIA

REGLAMENTO ACADEMICO Y PLAN DE ESTUDIOS DEL GRADO DE DOCTOR EN HISTORIA REGLAMENTO ACADEMICO Y PLAN DE ESTUDIOS DEL GRADO DE DOCTOR EN HISTORIA Disposición Preliminar Artículo 1º El programa de Doctorado en Historia es un programa de postgrado cuyo objetivo es la formación

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN PSICOLOGÍA EDUCACIONAL

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN PSICOLOGÍA EDUCACIONAL REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN PSICOLOGÍA EDUCACIONAL TÍTULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

FACULTAD DE COMUNICACIONES DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO REGLAMENTO DEL DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN.

FACULTAD DE COMUNICACIONES DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO REGLAMENTO DEL DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN. 1 FACULTAD DE COMUNICACIONES DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO REGLAMENTO DEL DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN Diciembre 2011 2 ÍNDICE TITULO I. DE LA DEFINICIÓN Y OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO PROGRAMA DOCTORADO EN ECONOMÍA

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO PROGRAMA DOCTORADO EN ECONOMÍA TITULO I. DE LA DEPENDENCIA TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO PROGRAMA DOCTORADO EN ECONOMÍA ARTICULO 1 El Programa de Doctorado en Economía del Instituto de Economía ofrece el grado de Doctor. Su obtención requerirá

Más detalles

Universidad del Bio-Bio Facultad Ciencias Empresariales

Universidad del Bio-Bio Facultad Ciencias Empresariales Universidad del Bio-Bio Facultad Ciencias Empresariales Reglamento General de Programas Especiales de Continuación de Estudios Aprobado en Consejo FACE, Septiembre 2007 Última Modificación: Noviembre de

Más detalles

Documentación de Títulos y Grados

Documentación de Títulos y Grados Documentación de Títulos y Grados Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Carrera de Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Facultad de Ingeniería y Negocios Universidad de Las Américas

Más detalles

REGLAMENTO TITULO I. Disposiciones Generales

REGLAMENTO TITULO I. Disposiciones Generales REGLAMENTO TITULO I Disposiciones Generales Artículo 1 El presente Reglamento establece las normas especiales para la administración académica del Programa conducente al Grado de Magister en Bioquímica

Más detalles

SANTIAGO, RESUELVO: 1. APRUÉBENSE las siguientes Normas Internas del Programa de Magíster en Manejo Ambiental de Humedales.

SANTIAGO, RESUELVO: 1. APRUÉBENSE las siguientes Normas Internas del Programa de Magíster en Manejo Ambiental de Humedales. REPUBLICA DE CHILE UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE VICERRECTORIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DIRECCION GENERAL DE GRADUADOS ESTABLECE NORMAS INTERNAS DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN MANEJO AMBIENTAL DE

Más detalles

Reglamento de Licenciatura y Titulación de Pre-grado ESCUELA DE PSICOLOGÍA

Reglamento de Licenciatura y Titulación de Pre-grado ESCUELA DE PSICOLOGÍA Reglamento de Licenciatura y Titulación de Pre-grado ESCUELA DE PSICOLOGÍA Vigencia hasta el cierre de los planes de estudios previos a 2017 Para: Dirección Escuela de Psicología Referencia: Modificación

Más detalles

Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración

Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración Requisitos De ingreso Los aspirantes a ingresar al plan de estudios del doctorado deberán obtener su carta de aceptación por parte del Comité

Más detalles

Universidad de Sonora División de Ciencias Exactas y Naturales Posgrado en Matemáticas

Universidad de Sonora División de Ciencias Exactas y Naturales Posgrado en Matemáticas . Universidad de Sonora División de Ciencias Exactas y Naturales Posgrado en Matemáticas LINEAMIENTOS Y CRITERIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE POSGRADO EN MATEMÁTICAS (MAESTRÍA Y DOCTORADO) I. De

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA GRADOS DE DOCTOR Y MAGÍSTER. Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre de 2010.

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA GRADOS DE DOCTOR Y MAGÍSTER. Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre de 2010. UNIVERSIDAD TÉCNICA FEDERICO SANTA MARÍA DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA GRADOS DE DOCTOR Y MAGÍSTER. Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE CICLOS BASICOS Y TERMINALES

REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE CICLOS BASICOS Y TERMINALES REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE CICLOS BASICOS Y TERMINALES TITULO I DEL CICLO BASICO Art. N 1 El Ciclo Básico se define como un conjunto de cursos y actividades académicas que conforman una secuencia curricular

Más detalles

REGLAMENTO DE TESIS PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRÍA

REGLAMENTO DE TESIS PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRÍA UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CHILE DIRECCIÓN DE POSGRADO REGLAMENTO DE TESIS PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRÍA CADM24122013-281 ii CADM24122013-281 CONTENIDO TÍTULO II. DEL COMITÉ DE TESIS... 1 TÍTULO III.

Más detalles

RESOLUCION EXENTA VRA.Nº 024 DE 12 DE ENERO DE 2006 PROCEDIMIENTO DE ADMISION Y MATRICULA PARA PROGRAMAS DE POSTGRADO.

RESOLUCION EXENTA VRA.Nº 024 DE 12 DE ENERO DE 2006 PROCEDIMIENTO DE ADMISION Y MATRICULA PARA PROGRAMAS DE POSTGRADO. RESOLUCION EXENTA VRA.Nº 024 DE 12 DE ENERO DE 2006 PROCEDIMIENTO DE ADMISION Y MATRICULA PARA PROGRAMAS DE POSTGRADO. 1.De la admisión.- Artículo 1º La presente normativa regula los procesos de admisión,

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud Maestría en Biología Grado: Maestro o Maestra en Biología PLAN DE ESTUDIOS I. OBJETIVO GENERAL Formar

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

REGLAMENTO PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN FACULTAD DE COMUNICACIONES DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO REGLAMENTO PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN Aprobado por el H. Consejo Superior Santiago, diciembre 2011 (NOTA: ESTE

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN PSICOLOGÍA CLÍNICA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN PSICOLOGÍA CLÍNICA REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN PSICOLOGÍA CLÍNICA TÍTULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES.

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES. 209 REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR Artículo 1 Decreto Universitario N 0028011 de 5 de octubre de 2010 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES El presente

Más detalles

REGLAMENTO SEMINARIO Y TALLER DE TÍTULO

REGLAMENTO SEMINARIO Y TALLER DE TÍTULO REGLAMENTO SEMINARIO Y TALLER DE TÍTULO Escuela de Diseño Pontificia Universidad Católica de Chile Disposiciones generales Artículo 1º El presente documento regula las acciones y requisitos para obtener

Más detalles

PROTOCOLO N 2: ÁREA ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD PRESENTACIÓN DE FORMULARIO DE ANTECEDENTES Y ANEXOS OBLIGATORIOS

PROTOCOLO N 2: ÁREA ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD PRESENTACIÓN DE FORMULARIO DE ANTECEDENTES Y ANEXOS OBLIGATORIOS PROTOCOLO N 2: ÁREA ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD PRESENTACIÓN DE FORMULARIO DE ANTECEDENTES Y ANEXOS OBLIGATORIOS ACREDITACIÓN DE PROGRAMAS DE DOCTORADO El área de Aseguramiento de la Calidad del Colegio

Más detalles

REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE EDUCACION CONTINUA DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE

REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE EDUCACION CONTINUA DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE EDUCACION CONTINUA DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE TITULO I PROGRAMAS DE EDUCACION CONTINUA DEFINICION Y OBJETIVOS Art. 1 : Se entiende por Educación Continua

Más detalles

APRUEBA REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE GRADUADOS DE LA FACULTAD DE DERECHO

APRUEBA REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE GRADUADOS DE LA FACULTAD DE DERECHO 48 APRUEBA REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE GRADUADOS DE LA FACULTAD DE DERECHO Decreto Universitario N 0010683 de 19 de octubre de 1996 Apruébase el siguiente REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE GRADUADOS DE LA FACULTAD

Más detalles

PROCESO DE ACREDITACIÓN GUÍA PARA LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO

PROCESO DE ACREDITACIÓN GUÍA PARA LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO PROCESO DE ACREDITACIÓN GUÍA PARA LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO POR QUÉ ACREDITAR EL PROGRAMA? Porque certifica la calidad de un programa de Doctorado en función de los propósitos declarados y de los criterios

Más detalles

MATERIA: Concursos profesores y ayudantes

MATERIA: Concursos profesores y ayudantes Contenidos: Cargos a concursar; requisitos mínimos para postular; llamado a concurso; la comisión de selección; resolución del concurso, apelaciones y nombramiento. REGLAMENTO DE CONCURSO PARA PROFESORES

Más detalles

Con esta fecha, la Rectoría de la Universidad de Chile ha expedido el siguiente decreto: DECRETO:

Con esta fecha, la Rectoría de la Universidad de Chile ha expedido el siguiente decreto: DECRETO: UNIVERSIDAD DE CHILE Crea grado de Magíster en Gestión y Planificación Ambiental que Impartirá la Universidad de Chile, y aprueba su Reglamento y Plan de Estudios. DECRETO EXENTO N 006690 10. JUNIO. 1998

Más detalles

REGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION

REGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION REGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION Secretaria General Departamento de Títulos y Grados 2008 1 TITULO I : Disposiciones Generales. TITULO II : Del Egreso. TITULO III : Titulación. TITULO IV : De la Ceremonia

Más detalles

SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN

SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN TÍTULO 1: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El presente reglamento establece un conjunto de normas especiales que regulan las prácticas y la titulación

Más detalles

REGLAMENTO DEL DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

REGLAMENTO DEL DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN REGLAMENTO DEL DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN 30 DE ENERO DE 2009 TITULO I DEFINICIÓN Y OBJETIVOS Art. Nº 1 El Programa de Doctorado es un espacio académico orientado a la formación de Doctores

Más detalles

Universidad Austral de Chile Secretaría General

Universidad Austral de Chile Secretaría General REF: Promulga Reglamento de Escuelas de Graduados de la Universidad Austral de Chile. Nº 016 VALDIVIA, 09 de junio de 2015 VISTOS: Lo acordado por el Consejo Académico, en Sesión Nº07/2015 de 06 de mayo

Más detalles

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración de Negocios con Orientación en Dirección de

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración de Negocios con Orientación en Dirección de Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración de Negocios con Orientación en Dirección de Marketing Maestría en Administración de Negocios con Orientación

Más detalles

Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial

Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial Estas normas están referidas al Reglamento de Titulación, aprobado por el

Más detalles

PLAN DE ESTUDIOS - DOCTOR EN CIENCIAS BIOLÓGICAS MENCIÓN EN BIOLOGÍA CELULAR Y MOLECULAR

PLAN DE ESTUDIOS - DOCTOR EN CIENCIAS BIOLÓGICAS MENCIÓN EN BIOLOGÍA CELULAR Y MOLECULAR PLAN DE ESTUDIOS - DOCTOR EN CIENCIAS BIOLÓGICAS MENCIÓN EN BIOLOGÍA CELULAR Y MOLECULAR 1º PLAN DE ESTUDIOS El plan de estudios estará compuesto de 30 créditos desglosados en: A. Currículo mínimo: 330

Más detalles

REGLAMENTO DEL ALUMNO DE EDUCACIÓN CONTINUA Y EXTENSIÓN PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Decreto de Rectoría nº 70/2009

REGLAMENTO DEL ALUMNO DE EDUCACIÓN CONTINUA Y EXTENSIÓN PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Decreto de Rectoría nº 70/2009 REGLAMENTO DEL ALUMNO DE EDUCACIÓN CONTINUA Y EXTENSIÓN PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE Decreto de Rectoría nº 70/2009 TITULO I DEFINICION Art. 1 : El presente Reglamento del Alumno de Educación

Más detalles

Reglamento General de Estudios de Postgrado y Educación Continua

Reglamento General de Estudios de Postgrado y Educación Continua Reglamento General de Estudios de Postgrado y Educación Continua Aprobado por Resolución de Rectoría Nº 02/2013 de fecha 21 de enero de 2013. Modificado por Resolución de Rectoría Nº 03/2018 de fecha 17

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACIÓN ESCUELA DE INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE SEDE PUERTO MONTT TÍTULO 1.

REGLAMENTO DE TITULACIÓN ESCUELA DE INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE SEDE PUERTO MONTT TÍTULO 1. 13 REGLAMENTO DE TITULACIÓN ESCUELA DE INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE SEDE PUERTO MONTT TÍTULO 1. NORMAS GENERALES 1. El Seminario de Titulación es una actividad de aplicación

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES.

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES. 209 REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR Artículo 1 Decreto Universitario N 0028011 de 5 de octubre de 2010 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES El presente

Más detalles

REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO

REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO Escuela de Diseño Pontificia Universidad Católica de Chile Vigencia a partir de marzo 2010_ modificado Julio 2014 Disposiciones generales El presente

Más detalles

REGLAMENTO ACADÉMICO DE PREGRADO FACULTAD DE MEDICINA Clínica Alemana - Universidad del Desarrollo

REGLAMENTO ACADÉMICO DE PREGRADO FACULTAD DE MEDICINA Clínica Alemana - Universidad del Desarrollo REGLAMENTO ACADÉMICO DE PREGRADO FACULTAD DE MEDICINA Clínica Alemana - Universidad del Desarrollo ARTÍCULO ÚNICO. Reemplázase, a contar del 1 de enero del año 2008, el Reglamento de Pregrado Facultad

Más detalles

Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires. Reglamento General de Postgrados

Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires. Reglamento General de Postgrados Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires Reglamento General de Postgrados I- Consideraciones Generales 1.- La enseñanza para graduados en la Universidad Nacional del Centro de la

Más detalles

REGLAMENTO DEL ALUMNO DE PROGRAMAS DE POSTGRADO

REGLAMENTO DEL ALUMNO DE PROGRAMAS DE POSTGRADO REGLAMENTO DEL ALUMNO DE PROGRAMAS DE POSTGRADO Control de versión Para mantener el control y la trazabilidad de los cambios realizados en el presente reglamneto, a continuación se presenta la estructura

Más detalles

CONVOCATORIA CONDUCENTE A GRADO BECAS VID 2018

CONVOCATORIA CONDUCENTE A GRADO BECAS VID 2018 CONVOCATORIA CONDUCENTE A GRADO BECAS VID 2018 1. OBJETIVO La Vicerrectoría de Investigación y Doctorados de la Universidad del Desarrollo, a través de la Dirección de Desarrollo del Cuerpo Académico (DDCA),

Más detalles

GUÍA DE POSTULACIÓN PROGRAMA DE INTERCAMBIO ESTUDIANTES UAH INFORMACIÓN GENERAL

GUÍA DE POSTULACIÓN PROGRAMA DE INTERCAMBIO ESTUDIANTES UAH INFORMACIÓN GENERAL INFORMACIÓN GENERAL I. Objetivos del Programa de Intercambio El programa de intercambio permite que alumnos que hayan aprobado al menos el cuarto semestre de su carrera puedan estudiar en una universidad

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIOS

REGLAMENTO DE ESTUDIOS INSTITUTO DE MATEMATICAS FACULTAD DE CIENCIAS REGLAMENTO DE ESTUDIOS PROGRAMA DE MAGISTER EN MATEMATICA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. Art. 2. El presente Reglamento regula el Programa de Magister

Más detalles

REGLAMENTO DEL PLAN DE MAESTRÍAS

REGLAMENTO DEL PLAN DE MAESTRÍAS REGLAMENTO DEL PLAN DE MAESTRÍAS Artículo 1: Descripción general. Las carreras de Maestría de la Facultad de Enfermería son programas de posgrados con un mínimo de duración de dos (2) años. Sus programas

Más detalles

GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN PROYECTO DE CREACIÓN O DE MODIFICACIÓN DE UN PROGRAMA DE POSGRADO (DOCTORADO)

GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN PROYECTO DE CREACIÓN O DE MODIFICACIÓN DE UN PROGRAMA DE POSGRADO (DOCTORADO) GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UN PROYECTO DE CREACIÓN O DE MODIFICACIÓN DE UN PROGRAMA DE POSGRADO (DOCTORADO) 1 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO PROGRAMA DE PROYECTO QUE SE PRESENTA: CAMPOS DE CONOCIMIENTO

Más detalles

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIA LABORAL EN TRABAJO SOCIAL

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIA LABORAL EN TRABAJO SOCIAL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIA LABORAL EN TRABAJO SOCIAL Reglamentación interna i Artículo 1º: El Programa de Formación y Experiencia Laboral en Trabajo Social está orientado a complementar

Más detalles

DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN

DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN VERSIÓN INTERNACIONAL OBJETIVO DEL PROGRAMA El Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración (DCA), impartido por la Facultad de Administración y Economía

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CHILE

UNIVERSIDAD DE CHILE UNIVERSIDAD DE CHILE DOCTORADO EN CIENCIAS SILVOAGROPECUARIAS Y VETERINARIAS Decreto Universitario Nº 0041432 de 27 de octubre de 2014 FACULTAD DE CIENCIAS AGRONÓMICAS FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS

Más detalles