09 de agosto, 2017 DCA Asunto: Se da respuesta a los oficios PV del 30 de mayo y DAJ0677del 26 de junio, ambos del presente año.
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- Gloria Ferreyra Morales
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1 09 de agosto, 2017 DCA-1716 Al contestar refiérase al oficio No Licenciados Alfredo Córdoba Soro Alcalde MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Estimado señor: Asunto: Se da respuesta a los oficios PV del 30 de mayo y DAJ0677del 26 de junio, ambos del presente año. Se atiende el oficio PV de fecha 30 de mayo de 2017 recibido en esta Contraloría General el mismo día, en el cual realiza consulta relacionada con el artículo 162 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; asimismo, mediante el correo electrónico recibido en este Órgano Contralor el día 26 de junio del año en curso, remite el oficio DAJ con el cual cumple con el requisito de acompañar su consulta con el respectivo criterio legal solicitado por nuestra División Jurídica. I-Potestad consultiva de la. La potestad consultiva de esta Contraloría General, se encuentra regulada en el artículo 29 de su Ley Orgánica (Ley 7428 del 4 de setiembre de 1994). En este sentido, el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas antes citado, establece las condiciones que rigen el trámite y la materia consultiva. En relación con lo anterior, y aplicando el reglamento al contenido de su consulta hemos de indicarle, que el numeral 8 del reglamento de cita, contempla los requisitos de presentación y admisibilidad de las consultas dirigidas al Órgano Contralor, al respecto, en su inciso 2) indica lo siguiente: Artículo 8-Requisitos para la presentación de las consultas. Las consultas que ingresen para su atención conforme el artículo 29 de la Ley 7428, deberán cumplir los siguientes requisitos: ( ) 2. Plantearse en términos generales sin que se someta al órgano consultivo a la resolución de circunstancias concretas propias del ámbito de decisión del sujeto consultante, o que atañen a la situación jurídica del gestionante Por lo anterior, el presente criterio se emitirá abarcando el tema consultado en forma general.
2 2 I. Motivo de la consulta Se indica en su consulta que el inciso b) del artículo 162 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa establece que el procedimiento de entrega según demanda será aplicable en suministros como alimentos, productos para oficina y similares, por lo que consulta: si esta modalidad también puede ser aplicable para contrataciones de servicios de construcción para el mantenimiento y mejoramiento de la red vial cantonal, en actividades que actualmente son un servicio esencial y de consumo frecuente como por ejemplo: a. Cunetas, pasos de alcantarilla, aceras o cordón y caño, los que se puede contratar por construcción lineal. b. Cabezales, cajas de registro y tragantes por metro cúbico de concreto colocado c. Estructuras de pavimento, en donde se pueda adjudicar el costo unitario por m3 de suministro acarreo y conformación de material granular sub base y base, así como el costo unitario por metro cuadrado de mezcla asfáltica colocada y compactada Asimismo, indica que en caso de aplicarse la modalidad, de suministro de entrega según demanda para contrataciones de servicios de construcción por actividad, se pueden realizar estas como de cuantía inestimable? III- Criterio de esta División. La modalidad de entrega según demanda se encuentra regulada en el artículo 162 inciso b) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Por su parte, lo relacionado con los contratos de obra pública se encuentra normado en los artículos 57 de la Ley de Contratación Administrativa y 155 de su Reglamento que señalan que las contrataciones de obra pública se harán a través de los procedimientos de licitación pública, abreviada o por contratación directa según su cuantía. Respecto a las características que se deben presentar para efectos de poder aplicar la modalidad de compra de entrega según demanda, este órgano contralor mediante el oficio (DCA-0880) del 16 de abril 2015 señaló lo siguiente: En este sentido, es preciso traer a colación lo señalado en reiteradas oportunidades por este órgano contralor, respecto a las características de esa modalidad de contratos, para lo cual nos permitimos citar en lo conducente lo señalado en el oficio No (DJ ) del 11 de marzo de 2010: Véase entonces que, en principio, la filosofía que subyace en dicha modalidad de contratación está pensada para que la Administración no adjudique un precio total ni cantidad previamente definidos, sino que adjudique sobre precios unitarios, y solicitará al contratista el bien o servicio, cada vez que lo requiera, sin que deba sujetarse a un mínimo o máximo de pedido. Bajo esa línea de pensamiento, se puede concluir, en tesis de principio, que por la naturaleza propia de estas contrataciones, las mismas se consideran de cuantía inestimable. Sin embargo, en este punto es importante aclarar que en ocasiones nos podríamos encontrar frente a contrataciones que
3 3 se han fijado con una cantidad determinada y un precio total, es decir la contratación sería estimable. Así, podría suceder que, efectivamente, la Administración haya querido fijar una cantidad determinada y por ende un monto como límite a su gestión. En estos casos, solicitaría el producto las veces que sean necesarias, eso sí hasta llegar a esa cantidad preestablecida. A pesar de que tal situación podría diferir de la concepción original de la figura de entrega según demanda, esta Contraloría General ha permitido tal situación, toda vez que la filosofía de la modalidad se mantiene, aunque un poco más limitada. Asimismo, la resolución RDCA de las 13:06 horas del 16 de febrero de 2017, indicó en cuanto al tema de los precios en la entrega según demanda que: respecto a esta figura determina esta Contraloría General que para que pueda ser aplicada la entrega según demanda se requiere imperiosamente la utilización de precios unitarios y no globales, lo cual obedece precisamente a la misma dinámica que caracteriza a dicha figura jurídica, la cual tiene como finalidad responder y atender las necesidades que le vayan surgiendo a la Administración, en su quehacer diario y de acuerdo con los fines legales encomendados, que deban ser satisfechas y no a la consecución de un objeto en específico que con la ejecución de éste se termina la relación contractual, sino que por su mismo fin depende y está al servicio de las necesidades que le surjan a la Administración. Es por ello que, necesariamente se requiere que se coticen precios unitarios para que la Administración de acuerdo con sus necesidades, cantidad y el tamaño o magnitud de éstas pueda agrupar las actividades y conformar la solución óptima para atender las que se le presenten, siendo que éstas no son iguales en todos los casos, ya que depende como se dijo de la cantidad, el tamaño, entre otras variables a considerar. En cuanto a este punto, esta Contraloría General ha señalado: El artículo 154 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa permite la contratación de suministros de bienes muebles bajo la modalidad de entrega según demanda, cuando las condiciones del mercado, así como el alto y frecuente consumo del objeto lo recomienden, en suministros tales como alimentos, productos para oficina o similares. Esta modalidad de contratación implica el compromiso de suplir los suministros periódicamente, según las necesidades de consumo que se vayan dando durante la fase de ejecución, razón por la cual las cotizaciones se deben hacer sobre la base de precios unitarios y no montos totales; de igual manera al momento de adjudicar lo procedente es adjudicar montos unitarios y no montos totales, ya que la cantidad de bienes que en definitiva se lleguen a adquirir dependerá de la cantidad de pedidos que haga la Administración durante el plazo de ejecución contractual. (Oficio número (DJ ) del 23 de marzo de 2010). En esta misma línea de pensamiento, se ha indicado que: De lo hasta aquí dicho se concluye, que en principio, dicha modalidad de contratación está pensada para que la Administración no adjudique un precio ni cantidad previamente definidos, sino que adjudica sobre precios unitarios, y solicitará al contratista el bien o servicio, cada vez que lo requiera. De allí que por la naturaleza propia de estas contrataciones, las mismas se consideran de cuantía inestimable. Sin embargo, en este punto es importante aclarar que en ocasiones nos podríamos encontrar frente a contrataciones que se han fijado con una cantidad determinada y un precio total, es decir la contratación sería estimable. Así, podría suceder que, efectivamente, la Administración haya querido fijar una cantidad determinada y por ende un monto como límite a su gestión. En estos
4 4 casos, solicitaría el producto las veces que sean necesarias, eso sí hasta llegar a esa cantidad preestablecida. (Oficio número (DCA-1474) del 08 de junio de 2011). Por otra parte, en cuanto a la posibilidad de llevar a cabo una contratación de obra pública bajo la modalidad de entrega según demanda, esta Contraloría General señaló en la resolución R-DCA antes mencionada donde se atendía un Recurso de Apelación lo siguiente: Sobre el particular, considera este órgano contralor la entrega según demanda no es un tipo de contrato en sí mismo, sino una modalidad para ejecutar tipos de contrato con lo que puede concluirse que no se opone en sí misma al contrato de obra contemplado en los artículos 57 y siguientes de la Ley de Contratación Administrativa, así como los artículos 156 y siguientes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Continúa señalando esta resolución que: respecto a la aplicación de la entrega según demanda en la ejecución de un contrato de obra pública, determina este órgano contralor que para que resulte aplicable dicha figura en un contrato de este tipo, debe partirse precisamente de un análisis técnico detallado en donde se valore si las características del proyecto lo permiten; pues ciertamente el contrato de obra es en sí mismo un contrato complejo y dinámico. De esa forma, bajo una lectura conforme al principio de eficiencia y siempre que exista una necesidad debidamente determinada, debe admitirse necesariamente la aplicación de la figura si se ha determinado que es la mejor forma de atender el interés público y que en función de las características del proyecto es factible su utilización. De esa forma, siguiendo los parámetros que ha perfilado el reglamentista al habilitar la modalidad, este órgano contralor estima que para el caso de que se estime posible la utilización de la figura, se deben cumplir al menos las siguientes tres condiciones: a) La obra debe corresponder a un objeto estandarizado o repetible, en el sentido de que sea susceptible de ser construido en serie, y que no deba ser adaptado a circunstancias particulares cada vez que requiera ser construido. Por lo cual, el objeto contractual en cada uno de los procedimientos de contratación que se lleguen a tramitar bajo esta figura de la entrega según demanda deben caracterizarse por ser técnicamente idénticos, cuyas especificaciones técnicas serán definidas por la Administración en el cartel del concurso. En el sentido de que, la Administración cada vez que requiera que sea construida la obra únicamente extienda la orden al contratista y éste en atención a los requerimientos técnicos que fueron previamente establecidos en el pliego de condiciones lleve a cabo el trabajo. Por el contrario, no sería aplicable la figura de la entrega según demanda en aquellos objetos contractuales que para ser ejecutados se requiere hacer adaptaciones en cada ocasión que se necesite la obra. b) La forma de cotizar, se requiere que lo solicitado en un cartel cuyo objeto es la construcción de obra se ajuste a las particulares de la figura de la entrega según demanda, en el sentido de que el contratista presente una propuesta económica que individualice, ya sea a partir de metros lineales, metros cuadrados, metros cúbicos o toneladas, entras otras unidades de medida, cada una de las actividades requeridas por la Administración que se deben llevar a cabo para la construcción de la obra. Es decir, que se cuente con precios unitarios a partir de los cuales en el momento de cada entrega la Administración pueda determinar el costo total de la obra en específico, según sus
5 5 características y las actividades que la componen. Lo anterior, con el propósito de que la Administración pueda tener la posibilidad de definir, de acuerdo con las necesidades públicas que deban satisfacerse, la dimensión o el tamaño de la obra pública que se requiera construir y por consiguiente pagar el precio proporcional acorde con el trabajo realizado, ya sea tanto en atención a la debida inversión de los fondos públicos y la claridad sobre las necesidades que debe suplir la Administración como en razón de los intereses particulares del contratista. Esto es así, precisamente porque la entrega según demanda es una figura que le permite a la Administración requerir al contratista únicamente lo que se demanda para cumplir con el interés público, o sea que depende de las necesidades de la Administración los requerimientos que ésta le haga al contratista. c) Se debe definir el responsable de asumir los eventuales riesgos que se podrían derivar de la aplicación de esta figura en un contrato de obra; esto resulta de especial importancia considerando que, como se ha dicho, el contrato de obra, es un contrato complejo y dinámico, que puede verse afectado durante su ejecución por diversos factores, lo que obliga a asignar los eventuales riesgos a aquella parte de la relación contractual que los pueda administrar mejor, aspecto que necesariamente deben incorporarse en las reglas específicas de toda contratación de obra y especialmente, en caso de que se pretenda utilizar la figura de entrega según demanda, que tiene como uno de sus fines la agilidad en la satisfacción de la necesidad pública. En ese sentido se debe determinar cuál es la participación y la distribución de los riesgos que asumirían cada uno de los sujetos involucrados en dicho contrato, entre otros los riesgos de diseño, construcción, demanda -entendida en el caso en concreto como la cantidad de obra que finalmente llegue a requerir la Administración-, operación, logística y cualquier otro asociado. Lo anterior, significa que cada una de las partes contratantes tenga claramente delimitadas sus responsabilidades y los riesgos que asume con la ejecución del objeto contractual. Esto, con el fin de evitar conflictos que podrían presentarse al momento de la ejecución contractual que podrían provocar consecuencias graves en la consecución del objeto contractual. Asimismo, sin detrimento de los puntos señalados, otros aspectos que deben ser considerados en el análisis que debe hacer la Administración para valorar la viabilidad o no de la aplicación de esta figura contractual se refieren al reajuste de precios, las especificaciones técnicas requeridas al objeto contractual, el responsable de la elaboración de los planos constructivos, el lugar de construcción de la obra, los estudios que deban realizarse para definición de los alcances de las obras, permisos o aprobaciones de entidades públicas, entre otros, las cuales son variables que podrían impactar, dependiendo de cada caso particular, la buena marcha de un proyecto de obra pública bajo esta modalidad de contratación y a la postre, desnaturalizar el espíritu de la figura de entrega según demanda. Hechas las consideraciones anteriores, se reitera que la Administración antes de tomar la decisión de adoptar esta modalidad para llevar a cabo un proyecto que involucre obra pública debe necesariamente estudiar cada uno de los aspectos antes explicados y determinar si resulta ser la mejor opción para la ejecución del objeto contractual, o si por el contrario en el caso en particular resulte ser más conveniente para los intereses públicos tramitar un procedimiento de contratación para una obra en concreto. Por lo cual, no resulta de ningún modo aceptable que la Administración sin ninguna valoración o estudio técnico y legal previo opte por la modalidad de la entrega según demanda, dejando de considerar las particularidades de cada objeto contractual y determinando la viabilidad de éste de poder ser tramitado bajo dicha modalidad de contratación.
6 6 A manera de conclusión se reitera que este órgano contralor no atiende consultas sobre casos concretos, por lo que le corresponderá a esa Administración, a la luz de la normativa expuesta, y quedando bajo la absoluta y exclusiva responsabilidad de esa Municipalidad valorar en el caso expuesto, la procedencia o no de realizar dicho procedimiento de contratación administrativa bajo la modalidad de entrega según demanda. Finalmente, les recordamos la importancia de registrarse y utilizar el Sistema de la Potestad Consultiva, de manera que podamos brindarle un servicio más oportuno y eficiente en la atención de su gestión. El mismo lo encuentra en nuestro sitio web De esta forma se da por atendida su gestión. Atentamente, Allan Ugalde Rojas Gerente División Ingrid Brenes Guevara Fiscalizadora Asociada IBG/AUR/apus NI:13242 G:
11 de julio del 2017 DCA-1478
Al contestar refiérase al oficio Nº 07993 11 de julio del 2017 DCA-1478 Licenciada Karol Solano Quirós Proveedora Municipal MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta relacionada
18 de octubre del 2017 DCA Asunto: Se atiende oficio n MJP de fecha 22 de agosto de 2017.
Al contestar refiérase al oficio Nº 12279 18 de octubre del 2017 DCA-2504 Señora Cecilia Sánchez Romero Ministra de Justicia y Paz MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ Estimado señor: Asunto: Se atiende oficio
17 de marzo del 2017 DCA-0610
Al contestar refiérase al oficio Nº 03312 17 de marzo del 2017 DCA-0610 Señora Cristina Araya Rodríguez Secretaria Municipal CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TUCURRIQUE Estimada señora: Asunto: Se emite
06 de marzo del 2017 DCA-0452
06 de marzo del 2017 DCA-0452 Al contestar refiérase al oficio Nº 02473 Señora Virginia Chacón Arias Directora General ARCHIVO NACIONAL Estimada señora: Asunto: Se emite criterio sobre consulta formulada
30 de octubre del 2017 DCA-2673
Al contestar refiérase al oficio Nº 12980 30 de octubre del 2017 DCA-2673 Señores Carlos Cascante Duarte Alcalde Roberto Calvo Coronado Lizzett Rodríguez Gamboa Ivonne Bertrand Carranza Josué Castro Camacho
DIVISIÓN JURÍDICA. De importancia para la resolución de la presente gestión cabe resaltar los siguientes elementos:
DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07132 26 de julio, 2010 DJ-2969 Doctor Gustavo Zeledón Donzo Director Regional. Dirección Regional de Servicios de Salud Región Huetar Norte. Estimado
23 de enero del 2017 DCA Asunto: Se da respuesta a la consulta relacionada con la modalidad de contratación de entrega según demanda.
Al contestar refiérase al oficio Nº 00797 23 de enero del 2017 DCA-0138 Oscar Alberto León Alonso Auditor Interno TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Estimado señor: Asunto: Se da respuesta a la consulta relacionada
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase al oficio Nº 06801 15 de junio del 2017 DCA-1242 Señor Adrián Blanco Varela Secretario Ejecutivo COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓN. Estimado señor: Asunto: Se emite
Asunto: Se atiende consulta respecto de la posibilidad de otorgar uniformes a los funcionarios municipales.
Al contestar refiérase al oficio Nº 11453 Señora Ginneth Bolaño Arguedas Auditoria Interna MUNICIPALIDAD DE PALMARES gbolanos@munipalmares.go.cr 11 de agosto del 2015 DJ-1563-2015 Estimada señora: Asunto:
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R-DCA-00-207 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas treinta y seis minutos del dieciséis de febrero del dos mil diecisiete. - Recurso
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 02860 14 de marzo, 2014 DCA-0755 Señor Melvin Alfaro Salas Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA Estimado señor: Asunto:
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División Jurídica. Al contestar refiérase al oficio Nº de diciembre del 2015 CGR/DJ-2280
Al contestar refiérase al oficio Nº 17664 02 de diciembre del 2015 CGR/DJ-2280 Señor Juan Carlos Corrales Salas Gerente General Banco Nacional de Costa Rica Fax: 2256-23-90, a nombre de Licda. Herradora
26 de enero, 2015 DCA-0210
Al contestar refiérase al oficio Nº 01106 26 de enero, 2015 DCA-0210 Señor Luis Durán Gamboa Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE ACOSTA Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo contralor, por no
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12148 12 de noviembre, 2014 DCA-2947 Auditor Alexánder Arias Valle Auditoría Interna PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA
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Al contestar refiérase al oficio Nº 12859 07 de setiembre del 2015 DCA-2230 Señor Omar Villalobos Hernández Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE OROTINA Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio sobre las
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Al contestar refiérase al oficio No. 05110 22 de abril del 2016 DCA-1036 Mba. Juan Alonso Araya Ordóñez Proveedor Municipalidad de Garabito Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite por no requerirlo,
22 marzo de 2018 DCA Asunto: Se da respuesta al oficio n FIDOP del 09 de febrero del 2018.
Al contestar refiérase al oficio Nº 04400 22 marzo de 2018 DCA-1166 Señor Roy Benamburg Guerrero Gerente de Fideicomisos de Obra Pública BANCO DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Se da respuesta al oficio
22 de diciembre de 2017 DCA Asunto: Se atiende la consulta SGBMI del 03 de julio de 2017.
Al contestar refiérase al oficio No. 16754 22 de diciembre de 2017 DCA-3643 Señor Marvin Corrales Barboza Subgerente General BANCO DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Se atiende la consulta SGBMI-76-106-2017
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Al contestar refiérase al oficio Nº 06520 08 de junio del 2017 DCA-1177 Señora Lilliam Jarquin Morales Presidenta Junta Administrativa DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA Estimada señora: Asunto:
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19 de enero, 2018 DCA-0234 Al contestar refiérase al oficio Nº00902 Señor Edgar Mora Altamirano Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite de refrendo,
13 de febrero, 2018 DCA Asunto: Se atiende consulta formulada mediante oficio n PD del 18 de enero del 2018.
Al contestar refiérase al oficio Nº 02102 13 de febrero, 2018 DCA-0571 Señora Paola Picado Leitón Coordinadora Deportiva COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE MORAVIA Estimada señora: Asunto: Se
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Al contestar refiérase al oficio Nº05380 16 de abril del 2015 DCA-0880 Señora Bernardita Marín Salazar Viceministra Administrativa MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA bmarins@seguridadpublica.go.cr Estimada
R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA.
R-DCA-236-2015 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo de dos mil quince.---------------------------------------------------------------------------------------
20 de julio, 2017 DCA Asunto: Se da respuesta al oficio ECR AU n del 30 de mayo de 2017.
Al contestar refiérase al oficio No. 08322 20 de julio, 2017 DCA-1554 Licenciada Marta Eugenia Solano Zapata, MAFF Auditora Interna EDITORIAL COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Se da respuesta al oficio
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Señor Ronald Campos Arias Presidente Junta Administrativa Conservatorio Castella DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 14 de setiembre de 2012 DCA-2153 Al contestar refiérase al oficio No. 09405 Estimado
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Ingeniero Rafael Obando Jiménez Director General de Infraestructura y Compras BANCO NACIONAL Fax: 2256-3090 División de Contratación Administrativa 03 de mayo, 2016 DCA-1132 Al contestar refiérase al oficio
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Al contestar refiérase al oficio No. 06047 12 de mayo de 2016 DCA-1229 Señor Sebastián Urbina Cañas Viceministro Ministerio de Obras Públicas y Transportes Estimado señor: Asunto: Con fundamento en lo
5 de agosto, 2016 DFOE-DL Se atiende consulta sobre las potestades del Concejo respecto del accionar de la Auditoria Interna.
Al contestar refiérase al oficio N. 10368 5 de agosto, 2016 DFOE-DL-0834 Licenciado Gilberth Fuentes González Auditor Interno j.auditoria@muniescazu.go.cr MUNICIPALIDAD DE ESCAZU Estimado señor: Asunto:
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06 de diciembre de 2016 DCA-3035 Al contestar refiérase al oficio No. 16075 Señor Julio Cesar Calvo Alvarado Rector Instituto Tecnológico de Costa Rica Fax: 2551-9603 Estimado señor: Asunto: Se deniega
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Al contestar refiérase al oficio Nº 06327 18 de mayo de 2016 DJ-0740-2016 Licenciado Walter Jiménez Sorio Auditor General PODER JUDICIAL Fax: 2257-0585 Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta relacionada
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27 de agosto 2018 DCA-3071 Al contestar refiérase al oficio No. 12216 Licenciado Elberth Barrantes Arrieta Alcalde Municipal Municipalidad de Golfito proveeduria.munidegolfito@gmail.com munidegolfito@hotmail.com
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Al contestar refiérase al oficio Nº 6245 17 de mayo del 2016 CGR/DJ-0728 Licenciada Irma Gómez Vargas Auditora General Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Correo electrónico: ageneral@mopt.go.cr
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23 de marzo, 2015 DCA-0721 Al contestar refiérase Al oficio No. 04406 Señor Marco Castro Camacho Departamento Recursos Materiales y Servicios Municipalidad de San José Presente Estimado señor: Asunto:
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21 de marzo, 2017 DCA-0638 División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase al oficio No. 03455 Señor Leonardo Acuña Alvarado Subgerente General BANCO DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto:
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R-DCA-334-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del ocho de julio de dos mil once. ------------------ Recurso de apelación interpuesto
20 de abril de 2018 DCA-1442
Al contestar refiérase al oficio No. 05464 Señor German Valverde González Ministro Ministerio de Obras Públicas y Transporte Estimado señor: 20 de abril de 2018 DCA-1442 Asunto: Se deniega por no requerirse,
21 de febrero de 2017 DJ Asunto: Consulta relacionada con el pago de prohibición y casos en los que
Al contestar refiérase al oficio Nº 2170 Licenciado Francisco Marín Monge Presidente de la Junta Administrativa COLEGIO SAN LUIS GONZAGA 21 de febrero de 2017 DJ- 0217 Estimado Señor: procede. Asunto:
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DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 08571 Señor Francisco Jiménez Ministro MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES Estimado señor: 22 de setiembre de 2010 DJ-03539-2010 Asunto: Consulta
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Al contestar refiérase al oficio No. 05165 13 de abril, 2015 DCA-0849 Licenciado Jairo Emilio Guzmán Soto Alcalde MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO Estimado señor: Asunto: Se autoriza a la Municipalidad de San
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
Al contestar refiérase al oficio Nro. 00547 20 de enero, 2014 DFOE-DL-0026 Licenciada Adela María Meza Sandoval auditoriamunipar@yahoo.com Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO Cartago Estimada señora:
26 de abril, 2016 DFOE-DL-0407
Al contestar refiérase al oficio N. 05220 26 de abril, 2016 DFOE-DL-0407 Licenciada Grace Chinchilla Villegas Auditora Interna grace.chinchilla@gmail.com MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ Estimada señora: Asunto:
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09113 23 de setiembre, 2010 DCA-0068 Señor Jorge Eduardo Calvo Calvo Alcalde Municipal Municipalidad de Abangares Estimado señor:
R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
R-DCA-0683-2018 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas con diez minutos del diecisiete de julio del dos mil dieciocho.--------- Recurso
R-DC CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DESPACHO CONTRALOR. San José, a las ocho horas del trece de diciembre de dos mil once.
R-DC-197-2011. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DESPACHO CONTRALOR. San José, a las ocho horas del trece de diciembre de dos mil once. I. Que los artículos 183 y 184 de la Constitución Política de
11 de setiembre, 2015 DCA-2283
Al contestar refiérase al oficio No. 13105 11 de setiembre, 2015 DCA-2283 Dr. Anner Angulo Leiva Director Médico MBA. Karolyn Briceño Alemán Directora Administrativa-Financiera a.i Hospital de La Anexión
REGLAMENTO SOBRE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE CONSULTAS DIRIGIDAS A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
REGLAMENTO SOBRE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE CONSULTAS DIRIGIDAS Resolución de Contraloría General de la República R-DC-197-2011 de las 08:00 horas del 13 de diciembre de 2011 Publicada en La Gaceta N 244
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 04500 Licenciado Álvaro Jiménez Cruz Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO Estimado señor: 10 de mayo de 2013 DCA-1033
División de Contratación Administrativa. Al contestar refiérase al oficio Nº13922
Al contestar refiérase al oficio Nº13922 13 de noviembre, 2017 DCA-2927 Señor Fernando Morales Martínez Director General Hospital Nacional de Geriatría y Gerontología Caja Costarricense de Seguro Social
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS MUNICIPALES
Al contestar refiérase al oficio No. 03545 Licenciado Alfredo Córdoba Soro Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Alajuela Estimado señor: DFOE-SM-0425 Asunto: Remisión del informe No. DFOE-SM-IF-4-2010,
Por disposición del artículo 8 del Reglamento de Refrendos, se tiene por acreditado lo siguiente:
Al contestar refiérase Al oficio No.17457 30 de noviembre, 2015 DCA-3167 Señor Rafael Ramírez Acosta Director a.i Departamento de Proveeduría Banco Central de Costa Rica Estimado señor: Asunto: Se otorga
R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
R-DCA-139-2016 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas cincuenta y seis minutos del dieciséis de febrero del dos mil dieciséis.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
30 de octubre del 2015 DCA-2763
Al contestar refiérase al oficio Nº 15853 30 de octubre del 2015 DCA-2763 Señor José Pablo Sibaja Jiménez jopasiji@gmail.com Estimado señor: Asunto: Respuesta a consulta sobre la publicidad de la información
División de Contratación Administrativa. Al contestar refiérase al oficio No de febrero del 2017 DCA-0386
20 de febrero del 2017 DCA-0386 Al contestar refiérase al oficio No. 02111 Señor Mario Coto Hidalgo Director Ejecutivo SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN (SINAC) Estimado señor: Asunto: 1) En el
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. 21 de setiembre de 2012 DCA-2226
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09701 Señora Olga Marta Vargas Obando Presidenta del Concejo Municipalidad de Buenos Aires 21 de setiembre de 2012 DCA-2226
R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
R-DCA-0829-2018 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas cinco minutos del veintisiete de agosto del dos mil dieciocho.---------- Recurso
4 de mayo del 2018 DFOE-ST-0024
Al contestar refiérase al oficio Nº 06206 4 de mayo del 2018 DFOE-ST-0024 Señor Reynaldo Vargas Soto Auditor Interno CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD (CONAVI) reynaldo.vargas@conavi.go.cr Estimada señor: Asunto:
7 de julio del 2017 DCA-1431
Licenciado Harry J. Maynard F. Auditor Interno Ministerio de Educación Pública (MEP) 7 de julio del 2017 DCA-1431 Al contestar refiérase al oficio Nº 07787 Estimado señor: Asunto: Se emite criterio jurídico
18 de octubre, 2016 DFOE-DL-1091
Al contestar refiérase al oficio N. 13494 18 de octubre, 2016 DFOE-DL-1091 Señora María Wilman Acosta Gutiérrez Intendente Municipal maria_acgu@hotmail.com CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO Abangares,
26 de mayo del 2015 DCA-1192
26 de mayo del 2015 DCA-1192 Al contestar refiérase al oficio No. 07343 Señora Laura Prado Chacón Alcaldesa Municipal Municipalidad de Santo Domingo Estimada señora: Asunto: Se autoriza a la Municipalidad
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. 09 de noviembre, 2011 DCA-2939
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 11074 09 de noviembre, 2011 DCA-2939 Señor Gerardo Mata Solís. Presidente Junta Administrativa Colegio Técnico Profesional José
Como razones dadas para justificar la solicitud, esa Institución indica lo siguiente:
Al contestar refiérase al oficio Nº 00636 15 de enero del 2016 DCA-0118 Señora Antonieta Solís Mata Subgerente Área Administrativa INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS) Estimada señora: Asunto: Se otorga
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 01298 09 de febrero del 2012 DCA-0279 Ing. Adela Rojas Fallas Jefe Área de Gestión de Bienes y Servicios Hospital México Licda.
REGLAMENTOS CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
REGLAMENTOS CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA R-DC-31-2012. DESPACHO CONTRALOR. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las trece horas del siete de marzo de dos mil doce. ----------- Considerando:
DIVISIÓN JURÍDICA. 08 de julio, 2010 DJ-2747
DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 06560 08 de julio, 2010 DJ-2747 Licenciado Guillermo Vargas V Subgerente Instituto Nacional de Seguros Atención: Lic. Francisco Cordero Fax: 2255-3427
R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
R-DCA-0543-2018 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas del once de junio del dos mil dieciocho.---------------------------------------
22 de enero de 2018 DCA-0267
Al contestar refiérase al oficio No. 01003 22 de enero de 2018 DCA-0267 Licenciada Ann Mc Kinley Meza Presidenta Ejecutiva JAPDEVA gmartinez@japdeva.go.cr Estimada señora: Asunto: Se otorga autorización
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. 31 de octubre, 2014 DCA-2844
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11671 31 de octubre, 2014 DCA-2844 Máster Walter Villareal Dijeres Administrador Área de Salud Aserrí Caja Costarricense de
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local. Al contestar refiérase
Al contestar refiérase al oficio N. 02113 Telefax 2265-2862 11 de febrero de 2016 DFOE-DL-0189 Licenciado Geovanny Chinchilla Sánchez Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE FLORES Heredia Estimado señor: Asunto:
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. 25 de setiembre, 2012 DCA-2266
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 25 de setiembre, 2012 DCA-2266 Al contestar refiérase al oficio Nº 09853 Señor Guillermo Madriz Salas Director General CENTRO NACIONAL DE LA MÚSICA Estimado señor:
4 de abril, 2016 DCA-0843
Al contestar refiérase Al oficio No.04136 4 de abril, 2016 DCA-0843 Señor Jorge Granados Soto Director Dirección de Arquitectura y Tecnologías Caja Costarricense de Seguro Social Estimado señor: Asunto:
R-DCA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
R-DCA-330-2014 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José a las ocho horas del veintiséis de mayo del dos mil catorce.--------------------------------------------------------------------------------------------
R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
R-DCA-483-2016 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas con cuarenta minutos del trece de junio de dos mil dieciséis.---------- Recurso de
R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
R-DCA-1060-2018 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las quince horas del primero de noviembre del dos mil dieciocho.------------------------- Recurso
06 de agosto de 2015 DCA-1926
Al contestar refiérase al oficio Nº 11230 Señor Pedro Suárez Baltodano VicePresidente TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO Estimado señor: 06 de agosto de 2015 DCA-1926 Asunto: Se emite criterio con relación
20 de octubre de 2015 DCA-2651
Al contestar refiérase al oficio No. 15139 Señora Virginia Chacón Arias Directora Ejecutiva Junta Administrativa del Archivo Nacional Estimada señora: 20 de octubre de 2015 DCA-2651 Asunto: Se deniega
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. 17 de julio de 2012 DCA-1672
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 07279 Doctor José Manuel Mata Ureña Director General a.i. Hospital San Vicente de Paúl Fax: 2562-8501 17 de julio de 2012 DCA-1672
Reforma Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa
Reforma Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa N 41098-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA En ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3)
División de Contratación Administrativa. Al contestar refiérase al oficio No
Al contestar refiérase al oficio No. 08747 22 de junio, 2015 DCA-1429 Señora Virginia Chacón Arias Directora Ejecutiva Junta Administrativa del Archivo Nacional Estimada señora: Asunto: Se autoriza al
R-DCA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
R-DCA-351-2016 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas con cincuenta minutos del veintiocho de abril del dos mil dieciséis.--- RECURSO
DIVISIÓN JURÍDICA. 13 de agosto, 2010 DJ-3202
DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07742 13 de agosto, 2010 DJ-3202 Ingeniero Carlos Acosta Monge Director Ejecutivo a.i. Consejo Nacional de Vialidad Estimad señor: Asunto: Se emite
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09836 25 de setiembre de 2012 DCA-2262 Señor Jorge Granados Soto Director a.i. Dirección de Arquitectura e Ingeniería Caja Costarricense
21 de agosto de 2017 DCA-1793
21 de agosto de 2017 DCA-1793 Al contestar refiérase al oficio No. 09551 Licenciada Ann Mc Kinley Meza Presenta Ejecutiva Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. 25 de abril de 2012 DCA-0950
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 03702 Señora Rolando Protti Bacca Director Departamento de Proveeduría Banco Central de Costa Rica 25 de abril de 2012 DCA-0950
03 de mayo de 2017 DCA-0899
Al contestar refiérase al oficio No. 04927 03 de mayo de 2017 DCA-0899 Señor Nelson Valerio Aguilar Director Proveeduría Institucional UNIVERSIDAD NACIONAL Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo al
27 de julio del 2017 DFOE-ST-0056
Al contestar refiérase al oficio Nº 08535 27 de julio del 2017 DFOE-ST-0056 Licenciada Liz Espinoza Quesada Directora de Recursos Humanos MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Estimada señora: Asunto: Emisión
Asunto: Se autoriza contratación de urgencia para reparaciones varias en el edificio institucional del PANI, por un monto máximo de
Al contestar refiérase al oficio Nº 13938 Licenciada Evelyn Sibaja Garbanzo Gerente de Administración PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA esibaja@pani.go.cr Estimada señora: 28 de setiembre del 2015 DCA-2430
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS MUNICIPALES
Al contestar refiérase al oficio No. 03502 Ingeniero Johnny Araya Monge Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ San José Estimado señor: DFOE-SM-0420 Asunto: Remisión del informe No. DFOE-SM-IF-3-2010,
27 de mayo de 2015 DCA-1197
Al contestar refiérase al oficio No. 07375 27 de mayo de 2015 DCA-1197 Señora Jendry Enid Castañeda Villegas Presidenta Junta de Educación Escuela El Peloncito Dirección Regional de Liberia Circuito 2
Al contestar refiérase al oficio Nº 17900
Al contestar refiérase al oficio Nº 17900 07 de diciembre, 2015 DFOE-DL-1599 Licenciada Idriabel Madriz Mora Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE OSA imadriz@munideosa.go.cr jsuarez@munideosa.go.cr Estimada