I.- DE EL COMPRADOR : (este puede ser persona física o persona moral).



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CONTRATO No. (asignado por FIRA) CONTRATO DE COMPRAVENTA A TÉRMINO DE (nombre del producto,), DE LA COSECHA DEL ESTADO (nombre de la entidad federativa) DEL CICLO AGRÍCOLA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO PRODUCTO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, (nombre de la persona física o moral), EN LO SUCESIVO DENOMINADO EL COMPRADOR, (si es persona moral) REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR (nombre de la persona física que tenga poder para representar a la persona moral), EN SU CARÁCTER DE (ejemplo: administrador, director, gerente, apoderado u otro), Y POR LA OTRA PARTE (nombre de la persona física o moral), EN LO SUCESIVO DENOMINADO EL VENDEDOR, (si es persona moral) REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR (nombre de la persona física que tenga poder para representar a la persona moral), EN SU CARÁCTER DE (ejemplo: administrador, director, gerente, apoderado u otro), EN LO SUCESIVO DENOMINADOS CONJUNTAMENTE LOS CONTRATANTES COMO LAS PARTES, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: DECLARACIONES I.- DE EL COMPRADOR : (este puede ser persona física o persona moral). I.1.- Que es persona física que realiza actividades empresariales bajo el nombre comercial de (si es el caso agregar). o bien, Que es una sociedad mercantil constituida de conformidad con las leyes mexicanas, bajo la denominación de (nombre o razón social de la empresa), como se acredita con la Escritura Pública número, de fecha, otorgada ante la fe del licenciado (nombre completo del notario), Fedatario Público número de (ciudad en donde se ubica su notaría); inscrita en el Registro Público de Comercio de, bajo el folio mercantil, o bajo el Libro, Partida, Volumen, de fecha ; que dentro de su objeto social se encuentra: (asentar los objetivos sociales que se relacionen con el objeto del contrato); y que el señor (nombre del representante), en su carácter de (ejemplo: apoderado, director, gerente, administrador u otro), está facultado para celebrar este contrato, como se acredita con la Escritura Pública del Poder Notarial número, de fecha, otorgada ante la fe del licenciado (nombre completo de notario), Fedatario Público número, de (ciudad en donde se ubica su notaría o correduría), y cuyas facultades no le han sido limitadas, modificadas o revocadas a la fecha de la firma del contrato. I.2.- Que su Registro Federal de Contribuyentes es:. I.3.- Que se identifica con, (deberá adjuntarse al contrato copia de la identificación oficial) y señala como domicilio para los fines y efectos legales a que haya lugar, derivados del presente contrato, el ubicado en y el teléfono. 1

II.- DE EL VENDEDOR : (este puede ser persona física o moral.) II.1.- Que es productor agrícola, persona física de nombre, que se identifica con el documento oficial tipo, con el número. o bien Que son un grupo de (indicar el número de productores que involucra este contrato) productores agrícolas originarios del municipio de del estado de mismos que se adhieren al presente contrato para cumplir con las obligaciones adquiridas, representados en este acto por el Sr. mediante CARTA PODER quien se identifica con el documento tipo con folio y cuyos nombres están relacionados en el ANEXO B denominado RELACIÓN DE SOCIOS/INTEGRANTES DE LA PERSONA MORAL QUE SE ADHIEREN AL ESQUEMA, el cual está debidamente suscrito por cada uno de ellos y LAS PARTES y forma parte del presente contrato. o bien, Organización de (indicar el número de productores que involucra este contrato) productores agrícolas legalmente constituida como (ejemplo: ejido, unión de ejidos, sociedad de producción rural, asociación rural de interés colectivo, etc.) como se acredita con (anotar los datos del documento legal que acredite la existencia y por tanto la personalidad de la organización); que el señor (nombre del representante) está facultado para celebrar el presente contrato como se acredita con (anotar el tipo y demás datos del documento en el que consten las facultades y cómo se expidió); y que los productores que se adhieren al presente contrato para cumplir con las obligaciones adquiridas miembros de la misma, están relacionados en el formato denominado RELACIÓN DE SOCIOS/INTEGRANTES DE LA PERSONA MORAL QUE SE ADHIEREN AL ESQUEMA, el cual está debidamente suscrito por cada uno de ellos y LAS PARTES y forma parte del presente contrato. o bien, Sociedad mercantil, constituida de conformidad con las leyes mexicanas bajo la denominación de (nombre o razón social de la empresa), como se acredita con la Escritura Pública número, de fecha, otorgada ante la fe del licenciado (nombre completo del notario), Notario Público número de (ciudad en donde se ubica su notaría); inscrita en el Registro Público de Comercio de, bajo el folio mercantil, o bajo el Libro, Partida, Volumen, de fecha ; que está constituida por (n de socios integrantes de la persona moral) socios que dentro de su objeto social se encuentra: (asentar los objetivos sociales que se relacionen con el cultivo del producto objeto del contrato); y que el señor (nombre del representante), en su carácter de (ejemplo: apoderado, director, gerente, administrador u otro), está facultado para celebrar este contrato, como se acredita con la Escritura Pública del Poder Notarial número, de fecha, otorgada ante la fe del licenciado (nombre completo del notario), Notario Público número, de 2

(ciudad en donde se ubica su notaría), y cuyas facultades no le han sido limitadas, modificadas o revocadas a la fecha. II.2.- Que su Registro Federal de Contribuyentes es:. II.3.- Que señala como domicilio para los fines y efectos legales a que haya lugar derivados del presente contrato, el ubicado en: y teléfono. II.4.- Que ha esta fecha ha celebrado un contrato de apertura de crédito con, como acreditante, mediante el cual dicha Institución financiará a EL VENDEDOR un crédito destinado a que son objeto material del presente Contrato de Compra Venta, dentro del cual EL VENDEDOR se obligó a instruir irrevocablemente a EL COMPRADOR que cualquier cantidad que le corresponda por concepto de pago en virtud de las operaciones que celebren al amparo del presente Contrato y durante todo el tiempo de vigencia del mismo, sean entregadas mediante depósito en una cuenta abierta a nombre de EL COMPRADOR en, en la fecha y por los montos que sean pagaderos o en cualquier otra cuenta que por escrito le informe en términos de lo señalado en la Cláusula TERCERA de este contrato. En su caso: II.5- Que a esta fecha ha celebrado un contrato de apertura de crédito con (Nombre del intermediario financiero) como acreditante, mediante el cual dicha Institución financiará a EL VENDEDOR un crédito destinado a que son objeto material del presente Contrato de Compra Venta, dentro del cual EL VENDEDOR se obligó a instruir irrevocablemente a EL COMPRADOR que cualquier cantidad que le corresponda por concepto de pago en virtud de las operaciones que celebren al amparo del presente Contrato y durante todo el tiempo de vigencia del mismo, sean entregadas mediante depósito en una cuenta abierta a nombre de EL COMPRADOR en (intermediario financiero), en la fecha y por los montos que sean pagaderos o en cualquier otra cuenta que por escrito le informe (el intermediario financiero) en términos de lo señalado en la CLÁUSULA TERCERA de este Contrato. III.- DE LAS PARTES : III.1.- Que declaran, bajo protesta de decir verdad, que al amparo del presente contrato celebran una compraventa a término de toneladas del PRODUCTO. III.2.- Que el formato denominado RELACIÓN DE SOCIOS/INTEGRANTES DE LA PERSONA MORAL QUE SE ADHIEREN AL ESQUEMA que se adjunta al presente suscrito por LAS PARTES, forma parte integral del presente contrato, el cual contiene la información siguiente: nombre de los productores que representa EL VENDEDOR,,primer y segundo apellido, los folios de los predios PROCAMPO o REGISTRO ALTERNO, el secuencial, la superficie programada a sembrar (hectáreas) por régimen hídrico (riego/temporal), volumen (toneladas), identificación oficial, CURP, 3

RFC, y firma de cada uno, asimismo, contiene la Entidad Federativa y municipio ubicación del predio,, el nombre y firma de EL COMPRADOR y EL VENDEDOR III.3.- Que en la celebración del presente contrato no ha existido mala fe, error, dolo o violencia de ningún tipo y que las contraprestaciones establecidas en el mismo son las justas, por lo que es su libre voluntad celebrar este contrato de compraventa a término y obligarse de acuerdo con las siguientes: C L Á U S U L A S PRIMERA.- OBJETO. EL VENDEDOR se obliga a entregar a EL COMPRADOR (cantidad con número) (cantidad con letra) de toneladas del PRODUCTO que obtendrá en la cosecha de referencia señalada en el proemio del presente documento, en el lugar y plazo establecidos en la CLÁUSULA QUINTA de este contrato y EL COMPRADOR se obliga a adquirir dicho PRODUCTO y a pagar por el mismo a EL VENDEDOR el precio establecido en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente contrato. SEGUNDA.-PRECIO. EL COMPRADOR se obliga a pagar a EL VENDEDOR un precio por tonelada del PRODUCTO entregado, con la calidad establecida en la Cláusula Cuarta del presente contrato y en la forma señalada en la CLÁUSULA TERCERA del mismo, más premio o castigo por calidad y/o ajuste por producto relacionado para cubrir el PRODUCTO motivo de este contrato. El precio corresponderá al de Mercado Vigente al momento y en el lugar de entrega. Como referencia para la construcción del precio, se presenta la siguiente fórmula: Precio teórico de referencia.- Precio pagado al Productor en Zona Productora Precio Spot de cierre en Base =? CME día + Estandarizada previo a la entrega (Dólares por tonelada) Zona Consumidor (Dólares por tonelada) a Base Máxima Regional (Dólares por tonelada) Nota: En la fórmula anterior el CME es solo un ejemplo. Para la cotización del precio se utilizará el contrato de (nombre del producto) listado en la Bolsa de (nombre de la Bolsa) tomando el precio de cierre del futuro al vencimiento más próximo al cumplimiento del contrato. A la cotización internacional se le adicionará el resultado de la diferencia entre la Base Estandarizada en la Zona Consumidora y la Base Máxima Regional publicada para este esquema, el día anterior al registro del contrato en la página de la SAGARPA y/o la Instancia Ejecutora. 4

Para calcular el equivalente en pesos del monto de las obligaciones de pago denominadas en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica se utilizará el publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior. Base Zona de Consumo.- Se considera como mínima la Base Estandarizada Zona Consumidora, la cual es anunciada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través de su publicación en la página electrónica de la SAGARPA y/o de FIRA, para este esquema, expresada en dólares por tonelada. Base Máxima Regional.- Es la zona geográfica de influencia base (base por región y/o estado-productor) anunciada por la Secretaría mediante su publicación la página electrónica de la SAGARPA y/o de FIRA. La base regional se determina de acuerdo a los costos de fletes, almacenamiento y financieros para llevar el producto de zona productora a zona consumidora. TERCERA.- FORMA DE PAGO. EL COMPRADOR se obliga a pagar a EL VENDEDOR, contra las entregas del PRODUCTO que EL VENDEDOR efectúe en el lugar de entrega y sean debidamente acreditadas ante EL COMPRADOR, conforme a lo establecido en la CLÁUSULA QUINTA del presente. En su caso: En este acto, EL VENDEDOR instruye irrevocablemente a EL COMPRADOR para que cualquier pago que deba realizar a su favor con motivo de las operaciones celebradas en virtud del presente Contrato, sean realizadas mediante transferencia a la cuenta número [*], cuenta Clabe [*],siendo titular de la misma EL VENDEDOR en o en cualquier otra que le sea notificada a EL COMPRADOR por el Intermediario Financiero, toda vez que dichas cantidades están comprometidas al pago del crédito referido en la Declaración II.4. del presente instrumento. EL COMPRADOR por este medio acepta la instrucción irrevocable y reconoce que no aceptará instrucción en contrario, a menos que cuente con la autorización expresa del Intermediario Financiero. CUARTA.- CALIDAD. EL VENDEDOR se obliga a que el PRODUCTO que entregue a EL COMPRADOR al amparo de este contrato, deberá reunir las siguientes especificaciones de calidad y humedad: (señalar la calidad y humedad pactadas). HUMEDAD: % MAXIMO IMPUREZAS: %MAXIMO. GRANO DAÑADO: %MAXIMO PESO VOLUMETRICO KGS. POR HL (MINIMO) AFLATOXINAS: MICROGRAMOS/KILOGRAMO (MAXIMO PARA CONSUMO HUMANO) Las partes acuerdan que a la recepción del producto, sea(n) tomada(s) muestra(s) para verificar la calidad del producto entregado. En caso de controversia, la verificación de la calidad solo podrá realizarse por alguna de las empresas listadas en 5

el ANEXO D o de las autorizadas por SAGARPA y publicadas en su página electrónica, conforme al esquema de evaluación de la conformidad prestablecida, sometiéndose a los resultados de los citados análisis, tanto para efectos de castigos o premios en el precio pactado, o incluso para el rechazo del producto por parte de EL COMPRADOR cuyo costo será cubierto por ambas partes por igual. QUINTA.- LUGAR, PLAZO DE ENTREGA Y DESTINO FINAL DEL PRODUCTO. EL VENDEDOR se obliga a entregar el PRODUCTO a EL COMPRADOR en el lugar y plazo que a continuación se señalan: Lugar de entrega: ENTIDAD FEDERATIVA (ORIGEN) MPIO. (ORIGEN) INFRA- ESTRUCTURA (Bodega o Centro de Acopio) DOMICILIO VOLUMEN (TON) VOLUMEN TOTAL CONVENIDO Plazo de entrega: LAS PARTES acuerdan y reconocen que el periodo de entrega del producto y el pago que EL VENDEDOR efectúe a los productores relacionados en el formato denominado RELACIÓN DE SOCIOS/INTEGRANTES DE LA PERSONA MORAL QUE SE ADHIEREN AL ESQUEMA del presente contrato, deberá ser del de del 2012 al de del 2012.Asimismo, EL COMPRADOR manifiesta bajo protesta de decir verdad que el PRODUCTO del presente contrato, tendrá como destino y uso final el que a continuación señala: ENTIDAD FEDERATIVA (Destino) MPIO. (Destino) TIPO DE INFRA- ESTRUCTURA (Bodega, centro de acopio, planta transformadora) DOMICILIO VOLUMEN (Ton) USO (humano pecuario, industrial, etc.) VOLUMEN TOTAL CONVENIDO SEXTA.- PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS DE APOYOS FEDERALES. LAS PARTES convienen que, en caso de participar en programas de subsidios federales 6

referentes al objeto del presente Contrato, se sujetan voluntariamente a los plazos, condiciones y requisitos que se establezcan en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2011,y su modificación del 23 de julio de 2012 (en lo sucesivo, Reglas de Operación ). Con fundamento en el rubro de atribuciones y sanciones de las Reglas de Operación y en la normatividad aplicable que rija en el momento de que se trate, las partes aceptan sujetarse a las verificaciones físicas y/o documentales que la Unidad Responsable de SAGARPA considere pertinente realizar, de la Instancia Ejecutora, del Órgano Interno de Control o de cualquier otra dependencia revisora. En caso de incumplimiento de sus obligaciones estipuladas en el presente Contrato, por alguna de las partes o, en caso de que la SAGARPA y/o la Unidad Responsable y/o la Instancia Ejecutora detecten alguna irregularidad, las partes aceptan que éste aplique las medidas de apremio o sanción previstas en la propia normatividad, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder por la conducta realizada, conforme a la legislación aplicable. Asimismo, manifiestan su conformidad a que, en caso de participar en programas de subsidios federales referentes al objeto del presente Contrato, SAGARPA podrá dar a conocer, en su caso, el volumen, fecha y zona de entrega, el precio de ejercicio y vencimiento de la(s) opción(es) adquiridas, así como el precio resultante a que se refiere la Cláusula SEGUNDA del presente instrumento, sin que ello implique los nombres de los contratantes. SÉPTIMA.- EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD. LAS PARTES convienen expresamente, que en caso de que el PRODUCTO objeto del presente Contrato no llegara a existir en su totalidad, por motivos no imputables a EL VENDEDOR derivados de casos fortuitos o de causas de fuerza mayor, ni EL COMPRADOR ni EL VENDEDOR estarán obligados a responder de las obligaciones establecidas en este Contrato. LAS PARTES convienen expresamente en que en caso de que, por motivos no imputables a EL VENDEDOR derivados de casos fortuitos o de causas de fuerza mayor, el volumen del PRODUCTO objeto de este Contrato resultara menor al establecido en la CLÁUSULA PRIMERA del mismo, EL COMPRADOR se obliga a recibir la cantidad que resulte y a mantener el precio por tonelada pactado conforme a la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Contrato, sin que este ajuste a la baja en los volúmenes del PRODUCTO a entregar o de la cantidad total a pagar por el mismo constituya responsabilidad para LAS PARTES, ni para la SAGARPA, la Instancia Ejecutora o la Unidad Responsable de la Dependencia. OCTAVA.- VIGENCIA. El presente Contrato permanecerá vigente a partir de la fecha de su firma y hasta 30 (treinta) días naturales después de la fecha de la última entrega del PRODUCTO. 7

NOVENA.- DOMICILIO. LAS PARTES señalan como sus domicilios los indicados en el apartado de declaraciones del presente Contrato y acuerdan que se darán aviso una a la otra, de manera fehaciente, de cualquier cambio de domicilio, de lo contrario cualquier notificación que se realice en el último domicilio registrado, será válida y surtirá efectos legales. DÉCIMA.- IMPUESTOS. Las cargas impositivas que con motivo del presente Contrato se generen correrán por cuenta de quien tenga la obligación de cubrirlas de conformidad con las leyes fiscales respectivas. DÉCIMA PRIMERA.- COMPROMISOS. LAS PARTES se obligan a sujetarse estrictamente a todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como al Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación y por los términos de los Lineamientos, procedimientos y requisitos que en su caso, establezca el Gobierno Federal a través de la Unidad Responsable de la SAGARPA. No habrá tácita interpretación ante el hecho de que una parte no reclame algún incumplimiento a una obligación contenida en el Contrato; sin embargo, cualquier reclamo por incumplimiento se deberá hacer por escrito y de manera fehaciente. Así mismo, LAS PARTES se comprometen a que, en caso de CUMPLIMIENTO PARCIAL, es decir, mínimo un 90 por ciento de la cantidad de entrega establecida en el presente Contrato de Compra-Venta a término, el pago del PRODUCTO será proporcional al mismo, conforme a lo estipulado en las CLÁUSULAS SEGUNDA y TERCERA del presente Contrato, sujeto a la emisión de declaratoria de conformidad de LAS PARTES que corresponda. Cualquier estipulación contenida en el presente instrumento, que se oponga o contravenga a las Reglas de Operación, lineamientos y demás instrumentos normativos emitidos por la SAGARPA, o por la Unidad Responsable se tendrán por no puesta, por lo que no producirán efecto legal alguno entre las partes, ni frente a terceros, cuando LAS PARTES participen en apoyos federales en términos de la cláusula sexta del presente Contrato. LAS PARTES se obligan a que, al cumplir con el objeto del presente proemio, formalizarán la terminación del Contrato otorgando el más amplio finiquito que en Derecho proceda, ANEXO C. DÉCIMA SEGUNDA.- INCUMPLIMIENTO. LAS PARTES convienen que en caso de declarar incumplimiento total de este Contrato por causas imputables a alguna de LAS PARTES según el ANEXO C, renuncian a todos los Apoyos establecidos en las Reglas de Operación de la SAGARPA relacionados con apoyos al tipo de Contratos estipulados en este documento. En su caso: DECIMA TERCERA.- CESION DE DERECHOS.- EL VENDEDOR, conviene en ceder el total de los Apoyos Federales a favor de la Institución Financiera (nombre de la institución) mismos que se aplicarán al crédito señalado en el numeral II.4. 8

De igual de forma, en caso de que el COMPRADOR haya recibido algún financiamiento relacionado con la compra de coberturas de precio, en este acto, conviene en ceder el total de los Apoyos Federales relacionados con este Contrato a favor de la Institución Financiera (nombre de la institución) DÉCIMA CUARTA.- COMPETENCIA Y LEGISLACIÓN APLICABLE. En caso de controversia sobre la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, LAS PARTES se someten a las leyes aplicables y a los tribunales competentes de la Entidad Federativa de (entidad federativa donde se suscriba el contrato), renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que en razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualesquiera otra, les corresponda o pudiera corresponderles. Ambas partes manifiestan bajo protesta de decir verdad, que han llegado a este acuerdo de voluntades, sin coacción, sin dolo, sin mala fe, ni cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera invalidarlo, por lo que conscientes de la importancia, trascendencia, alcance y fuerza legales de su contenido y de sus estipulaciones, firman de conformidad al margen y al calce, en tres ejemplares, el presente Contrato de compraventa a término, en, el de del 2012. POR EL COMPRADOR : POR EL VENDEDOR (ES) : NOMBRE Y FIRMA TESTIGO NOMBRE Y FIRMA TESTIGO NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA 9