CONTRATO TARJETA DE DEBITO



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La sociedad IP INGENIERÍA DE PRODUCIÓN S.L con domicilio social en Avda. Puente Cultural, 10 Loc 2 bloque B, San Sebastián de los Reyes, Madrid.

Transcripción:

CONTRATO TARJETA DE DEBITO OFICINA FECHA DE SOLICITUD PRODUCTO NO. DE CONTRATO DATOS DEL TITULAR DE LA TARJETA Nombre Domicilio Documento de Identificación Nacionalidad: Fecha de nacimiento Utilización de la tarjeta Individual (Consumidor) No Consumidor Número de tarjeta asignado: Cuenta de cargo de la tarjeta C.C.C. Moneda de la cuenta corriente: CONDICIONES DE LA TARJETA LIMITE DIARIO DE COMPRAS : LIMITE DIARIO EN CAJEROS: COMISIONES APLICABLES Comisión de Emisión: Comisión Anual: Comisión por transacciones de compras en España: Comisión por transacciones de compras en China: Comisión por transacciones de compras en Otros Países: Comisión por disposición en Cajeros (España) Red Euro 6000: Servired La Caixa: Otros: Comisión por disposiciones en cajeros ICBC China Comisión por disposiciones en cajeros otros bancos en China Otras Comisiones: Vencimiento del contrato de tarjeta de debito: El plazo será de 1 año, desde la fecha de firma del presente contrato; renovable tácitamente cada año, salvo renuncia de las partes de acuerdo con lo estipulado en las CONDICIONES DE ESTE CONTRATO. Dirección: Paseo de Recoletos, 3, 28004, Madrid España 1

NOTA: Las comisiones arriba indicadas no incluye las que puedan aplicarse por cambio de moneda El Banco se reserva el derecho de modificar los límites inicialmente solicitados, lo cual se le comunicará al cliente con la antelación mínima aplicable según la legislación vigente. El cliente presta su conformidad a los límites iníciales previstos en este contrato en el momento de activar la tarjeta. CONDICIONES ESPECIFICAS APLICABLES AL PRODUCTO: LIMITACION DE USO Y UTILIZACION DE LA TARJETA DE DEBITO CHINA UNION PAY Límites geográficos de utilización: El cliente conoce y entiende que la tarjeta de debito objeto de este contrato no puede ser utilizada por cuestiones técnicas, en el área geográfica de los países SEPA. El cliente asume toda responsabilidad por su utilización en países en los que es de aplicación la Directiva Europea de Servicios de Pago, y descarga al Banco de cualquier responsabilidad en el caso de cualquier incidencia por utilización de la misma en la mencionada área geográfica. El cliente entiende y asume que las CONDICIONES GENERALES DE TARJETA DE DEBITO, quedan limitadas en lo que respecta a la responsabilidad del Banco, por las condiciones especificas recogidas en la presente CLAUSULA. En el supuesto de utilización de la tarjeta de crédito objeto de este contrato, en los comercios, bancos, o terminales de disposición de efectivo, que permitan su utilización dentro del área geográfica SEPA, será por cuenta y responsabilidad del cliente cualquier disputa que pudiera surgir. El Banco no aceptará ninguna reclamación por esta circunstancia. Servicio de atención telefónica para comunicación de robo o sustracción, el cliente entiende y conoce que el mencionado servicio se facilita exclusivamente en idiomas ingles y chino. El cliente asume cualquier responsabilidad derivada del conocimiento de los mencionados idiomas. El teléfono de atención telefónica para este servicio figura en la tarjeta de debito. El cliente presta su conformidad especifica al contenido de la presente clausula. El titular firmante, solicita la tarjeta anteriormente reseñada, entendiendo, aceptando y dando plena conformidad a las CONDICIONES ESPECIFICAS DEL PRODUCTO sí como a las Condiciones Generales de las Tarjetas de Debito, tanto a las recogidas en el presente contrato como a las indicadas en las CONDICIONES GENERALES que el cliente confirma haber entendido y recibido copia en el acto de firma del CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE. El cliente confirma recibir copia del presente contrato. Industrial and Commercial Bank of China (Europe), S.A. Sucursal en España p.p. El Titular de la Tarjeta Dirección: Paseo de Recoletos, 3, 28004, Madrid España 2

CONDICIONES GENERALES TARJETA DE DEBITO 1. REGULACION La utilización de las Tarjetas de Debito expedidas por Industrial and Commercial Bank of China (Europe), S.A. Sucursal en España, (en lo sucesivo el Banco) se rigen por las presentes condiciones, por las Condiciones Generales del contrato de cuenta corriente, y las que en lo sucesivo se establezcan. De acuerdo con lo establecido en la Ley de Servicios de Pago 16/2009, los requisitos referidos a Titular Consumidor y no Consumidor permiten diversos niveles de exigencia y protección. Determinadas especificaciones del presente contrato son de aplicación exclusiva a Consumidores Definición de TITULAR CONSUMIDOR (Ley 16/2009 de servicios de pago): Persona física que en los contratos de servicios de pago, objeto de la presente Ley, actúa con fines ajenos a su actividad económica, comercial o profesional 2. TITULARIDAD Las Tarjetas son propiedad del Banco y se entregan a su Titular en calidad de usuario de servicio. El titular responderá frente al Banco del cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del presente contrato. La Tarjeta es personal e intransferible y se emitirá a nombre de una persona física. La firma de esta como Titular, figurará registrada en la propia Tarjeta. A solicitud del cliente, el Banco podrá emitir una segunda tarjeta a nombre de un autorizado (persona física) por el Titular. Cualquier obligación derivada de la utilización de esta segunda tarjeta será directamente exigible al cliente Titular del Contrato de la Tarjeta de Debito. Siendo a cargo del Titular del Contrato las disposiciones, pagos por compras comisiones y gastos derivados de su utilización para lo cual el Titular autoriza en este acto expresamente el adeudo en su cuenta corriente en el Banco de todos cualesquiera adeudos que correspondan. La Tarjeta junto con PIN/CONTRASEÑA será entregada exclusivamente en las oficinas del Banco, previa identificación y acreditación del Titular de la misma. El PIN/CONTRASEÑA se entregará por los empleados del Banco en sobre cerrado. 3. OPERACIONES Obtener dinero efectivo en las máquinas automáticas indicadas en el página 1 de este contrato. Solicitar dinero efectivo en las Oficinas del Banco, es decir oficinas de ICBC (Europe), S.A. Sucursal en España. Efectuar pago de bienes y servicios en cualquiera de los establecimientos adheridos al sistema o que acepten este medio de pago. Ser usuario de cualquier otro servicio que en el futuro se pueda establecer para su utilización. El importe máximo de las operaciones que puedan efectuarse incluidos comisiones gastos e impuestos en su caso, no podrá exceder del saldo disponible en la cuenta asociada. El uso de la Tarjeta supone el adeudo inmediato del importe de la operación en la cuenta asociada. La Tarjeta tendrá un límite máximo diario por motivos de seguridad. La utilización de la Tarjeta fuera de España, deberá ajustarse en todo caso, al régimen vigente para el control de cambios. Las infracciones a dicho régimen serán únicamente responsabilidad del Titular de la Tarjeta, quedando el Banco exento de toda responsabilidad. La justificación de los gastos y pagos realizados en el exterior, la realizará el Titular de la Tarjeta, y en su caso ante las autoridades que se lo requieran, sin que el Banco tenga obligación alguna de llevar a efecto tal justificación. Para el adeudo de las sumas derivadas de la utilización de la Tarjeta en los países fuera de la zona euro, se aplicará el cambio a euros sobre la divisa del país origen de la transacción correspondiente al día en que el Banco haya satisfecho el importe de la operación. El importe del cambio será incrementado con las comisiones que para este tipo de operaciones tenga establecido el Banco, de conformidad con este contrato y con la legislación vigente. Dirección: Paseo de Recoletos, 3, 28004, Madrid España 3

4. IDENTIFICACION El Titular de la Tarjeta se obliga a: Acreditar su identidad cuando sea requerido para ello Firmar la Tarjeta a su recepción, en el espacio destinado a tal fin y las facturas y justificantes de las operaciones realizadas, expedidos por el establecimiento comercial u oficina bancaria que las atienda. Ello implicará la conformidad a la operación realizada y el compromiso de reembolso de su importe al Banco en la forma y condiciones establecidas en el contrato. De la misma manera el cliente se obliga a introducir la clave personal (PIN/CONTRASEÑA) asignada cuando ese sea el sistema de identificación requerido. La verificación del PIN/CONTRASEÑA implicará de igual forma la conformidad con la operación realizada y el compromiso de reembolso de su importe al Banco. Utilizar correctamente la Tarjeta y emplear la debida diligencia en la conservación de la misma y del número secreto, así como a tomar las precauciones adecuadas para garantizar la seguridad de ambos. 5. COMISIONES CUOTAS Y GASTOS EL Banco percibirá en el momento de la emisión de la Tarjeta la cuota de suscripción. Las cuotas anuales sucesivas se percibirán en la misma fecha de emisión de la Tarjeta. El Titular acepta expresamente las cuotas que figuran en el APARTADO COMISIONES APLICABLES de este contrato, página 1, así como las tarifas vigentes en cada momento. 6. MODIFICACION DE CONDICIONES Titulares consumidores (de acuerdo con lo establecido en la Ley de Servicios de Pagos 16/2009 y la Orden Ministerial EHA 1608/2010) El Banco podrá modificar las condiciones contractuales, tanto particulares como generales del contrato, comunicándolo al cliente (consumidor) con una antelación no inferior a dos meses, respecto a la fecha en que entre en vigor la modificación propuesta. El titular solicita y acepta expresamente al Banco que las comunicaciones individualizadas de las nuevas condiciones se puedan realizar por escrito, medios electrónicos, teléfono móvil, servicio de Banca a Distancia (telefónico o por Internet) o a cualquiera de las direcciones de correo electrónico que los titulares tengan comunicadas al Banco en cada momento. Se advierte expresamente y el Titular acepta de forma expresa, que en el supuesto de modificación por parte del Banco de las condiciones, las nuevas condiciones propuestas se considerarán aceptadas si los titulares no comunican su NO ACEPTACION, con anterioridad a la fecha propuesta de entrada en vigor. En el caso de no aceptación de las modificaciones por parte del Titular, este tendrá derecho a resolver el contrato marco de forma inmediata y sin coste alguno antes de la fecha propuesta para la aplicación de las modificaciones. 7. DURACION DEL CONTRATO, VALIDEZ DE LA TARJETA Y CANCELACION El contrato tendrá una validez de un año, prorrogándose tácitamente por plazos sucesivos de igual duración El Titular autoriza al Banco a renovar la Tarjeta a su vencimiento, si procede, sin necesidad de previa solicitud así como a entregarle la que sustituya a la anteriormente expedida. No obstante si la Tarjeta renovada ofrece servicios diferentes a los proporcionados por la Tarjeta sustituida se requerirá el previo aviso y aceptación del Titular en la forma prevista en este Contrato para la aceptación de nuevas condiciones contractuales. El Banco se reserva el derecho de resolver el contrato cancelar la Tarjeta por el solo aviso al titular con una antelación mínima de dos meses (Titular Consumidor) a la fecha en que deba considerarse cancelada. El Titular podrá resolver en cualquier momento el contrato, siempre que lo comuniquen al Banco por escrito con una antelación de un mes, previa devolución de la tarjeta. Dirección: Paseo de Recoletos, 3, 28004, Madrid España 4

8 IMPUTACION DE PAGOS El Banco registrará en la cuenta a la que la Tarjeta está asociada, designada por el Titular de la Tarjeta todas las operaciones que se vayan realizando por el Titular así como los gastos derivados de la expedición y uso de la misma. El Titular del contrato acepta que el Banco compense con cargo a otras cuentas corrientes, libretas de ahorros, cuentas de depósito a plazo, certificados, valores o cualquier otro bien depositado a su nombre en la Entidad las obligaciones derivadas de la utilización de la Tarjeta. Al mismo tiempo autorizan expresamente al Banco para realizar aquellos bienes y valores disponiendo de los mismos a fin de obtener liquidez a efectos de la compensación indicada. 9. CONSERVACION DE LA TARJETA SUSTRACCION Y EXTRAVIO El Titular de la tarjeta se obliga a: Conservar la Tarjeta que se le entrega para su uso y cuya propiedad corresponde al Banco, y a utilizarla exclusivamente de conformidad con las instrucciones generales contenidas en este contrato y las que en su caso se faciliten en cada momento. Adoptar bajo su exclusiva responsabilidad cuantas precauciones sean necesarias a fin de evitar el robo, hurto o extravío de la Tarjeta y evitar que figure en la misma o en cualquier documento que la acompañe información que pueda facilitar el conocimiento d la clave personal secreta (PIN/CONTRASEÑA). Notificar de inmediato al Banco cualquier error o irregularidad detectados en el extracto contable de las operaciones realizadas con la Tarjeta, así como el robo, hurto o extravío de la Tarjeta y/o el conocimiento por terceras personas, contra su voluntad, de la clave personal para su manejo. En el supuesto de que el titular recupere con posterioridad la Tarjeta deberá entregarla al Banco para su anulación. La notificación de robo, hurto o extravío de la tarjeta deberá hacerse telefónicamente al Banco, o mediante comparecencia personal en sus oficinas cuando proceda, entregando o remitiendo con la mayor brevedad posible copia de la denuncia ante la autoridad nacional o extranjera competente. Devolver la tarjeta si su utilización queda bloqueada y en cualquier supuesto de resolución de contrato o de cancelación de la cuenta asociada. Destruir la tarjeta en desuso y que sea renovada por otra a utilizar con el mismo fin contractual. El Titular (CONSUMIDOR), soportará hasta un máximo de 150 euros las pérdidas derivadas de operaciones realizadas con la Tarjeta resultantes de su hurto, robo o extravío. Con excepción de actuaciones fraudulentas, incumplimiento deliberado o negligencia grave en la custodia, seguridad, utilización de la misma, o demora indebida de la obligación de comunicación. En estos supuestos el titular de la tarjeta soportará el total de las pérdidas. 10 BLOQUEO DE SERVICIO El Banco se reserva el derecho de bloquear la utilización de la tarjeta por razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad de la misma. El Banco informará a los titulares del bloqueo del instrumento de pago de acuerdo con la normativa vigente en cada momento. El Banco quedará exento de toda responsabilidad derivada de discrepancias, desatenciones que pudieran producirse entre el Titular de la tarjeta y un establecimiento comercial o entidad financiera que acepte la utilización de la Tarjeta. 11 TRANSPARENCIA DE LAS CONDICIONES Y REQUISITOS DE INFORMACION Serán de aplicación los requisitos de transparencia e información recogidos en la Orden EHA/1608 /2010de 14 de junio excepto en caso de que el titular sea NO CONSUMIDOR 12 TITULARES NO CONSUMIDORES Para el caso de que el Titular de la Tarjeta sea NO CONSUMIDOR, se conviene expresamente lo siguiente: a) Que no les resultará de aplicación el título III de la citada Ley de Servicios de Pagos, ni los preceptos que recoge el articulo 23 apartado primero de la misma, ni la Orden EHA 1608/2010 de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago. Dirección: Paseo de Recoletos, 3, 28004, Madrid España 5

b) Que no les será de aplicación el importe máximo de responsabilidad del ordenante en caso de operaciones de pago no autorizadas, establecido en el artículo 32 apartado 1 de la LSP. c) Que el Banco podrá modificar las condiciones del contrato comunicándolo al Titular con un plazo de 15 días de antelación. En caso de disconformidad con las nuevas condiciones, podrá procederse a la resolución del contrato sin coste alguno si se efectúa dentro de los citados 15 días, y liquidar los importes pendientes por cualquier concepto de acuerdo con las últimas condiciones aceptadas por los titulares o a la formalización de un nuevo contrato donde se recojan las condiciones que regirán desde aquel momento. d) Que se podrá resolver el contrato por el Banco o el Titular con el simple aviso por escrito que se haga con una antelación de 10 días, como mínimo, no teniendo el Titular derecho a reembolso por el Banco de los gastos y las comisiones que se cobran periódicamente por el servicio que se haya pagado por anticipado e) Que tal y como esta previsto en el presente contrato deberán comunicar al Banco a la mayor brevedad posible, el hurto, robo, extravío u operación no autorizada realizada con la Tarjeta de Debito. 13 PROTECCION DE DATOS ICBC como responsable del fichero automatizado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal. Así, de acuerdo con la misma, el Cliente (entendiéndose por tal la persona física firmante del contrato correspondiente o, en su caso, los apoderados, intervinientes, autorizados o avalistas de la persona jurídica firmante) queda informado y presta su consentimiento a la incorporación de sus datos a los ficheros automatizados existentes en ICBC y al tratamiento de los mismos, así como de los datos a que ICBC tenga acceso como consecuencia de su navegación por las páginas web de internet o sistema de comunicación equivalente, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada; con el fin de poderle enviar comunicaciones comerciales, incluidas las comunicaciones comerciales electrónicas a los efectos del artículo 21 de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información, comercialización de productos financieros, de inversión y otros propios de ICBC. Los destinatarios de dichos datos serán los servicios técnicos o comerciales de ICBC. Solo será necesario suministrar los datos identificativos relativos a la solvencia del interesado cuando la operación exija su conocimiento. El resto de los datos personales se recabarán exclusivamente con la finalidad establecida en este párrafo, salvo aquellos que sean legalmente exigidos. El Cliente acepta que sus datos puedan ser cedidos, exclusivamente para las finalidades a las que se refiere el párrafo anterior, a otras entidades pertenecientes al grupo ICBC dedicadas fundamentalmente al ámbito financiero, asegurador, inmobiliario, de distribución o venta de productos. Asimismo, el Cliente acepta que ICBC o su sociedad matriz o filiales de esta, le remitan información sobre cualesquiera productos o servicios que comercialicen (el Cliente puede encontrar información detallada sobre las entidades que integran el grupo ICBC en el siguiente enlace www.icbc.com). La aceptación del Cliente para que puedan ser tratados o cedidos sus datos, tiene siempre carácter revocable, sin efectos retroactivos, de conformidad con la legislación vigente. En cualquier momento se podrá denegar el consentimiento prestado o ejercitar cualquiera de los derechos mencionados a través de los canales detallados en el párrafo anterior. Las entidades de crédito y demás proveedores de servicios de pago, así como los sistemas de pago y prestadores de servicios tecnológicos relacionados a los que se transmitan datos para llevar a cabo transacciones pueden estar obligados por la legislación del Estado donde operen, o por acuerdos concluidos por este, a facilitar información sobre la transacciones del Cliente a las autoridades u organismos oficiales de otros países, situados tanto dentro como fuera de la Unión Europea, en el marco de la lucha contra la financiación del terrorismo y la prevención de blanqueo de capitales. Asimismo le informamos de que la legislación vigente sobre prevención de blanqueo de capitales obliga a las entidades bancarias a obtener de sus clientes información de su actividad económica y a realizar una comprobación de la misma. Con dicho objetivo, el Cliente autoriza a ICBC para que en su nombre pueda solicitar a la Tesorería General de la Dirección: Paseo de Recoletos, 3, 28004, Madrid España 6

Seguridad Social toda la información relativa a su actividad económica. Los datos obtenidos de la dicho organismo serán utilizados exclusivamente para la gestión señalada. Le informamos de la obligación que tiene ICBC, de declarar a la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), los datos necesarios para identificar a las personas con quienes se mantengan, directa o indirectamente, riesgos de crédito, así como las características de dichas personas y riesgos, incluyendo en particular, las que afecten al importe y la recuperabilidad de estos. Cuando se trate de empresarios individuales, actuando en el ejercicio de su actividad empresarial, se hará constar tal condición. Asimismo le informamos del derecho que asiste a ICBC para obtener de la CIRBE informes sobre las posiciones de riesgo que pudiera tener registradas. El titular del riesgo declarado a la CIRBE podré ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación de acuerdo con los términos en la legislación aplicable dirigiéndose al Banco de España. En el caso de que el titular del riesgo sea una persona jurídica, podrá también ejercitar dichos derechos dirigiéndose por escrito a ICBC (Servicio de Atención al Cliente, Paseo de Recoletos nº 3 Madrid -28004-). La política de privacidad de ICBC S.A. le asegura, en todo caso, el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, información de valoraciones y oposición, en los términos establecidos en la legislación vigente, pudiendo ponerse en contacto con ICBC a través del servicio de atención al cliente de la entidad. En cualquier caso, el titular siempre podré dirigirse por escrito a ICBC: Dirección General de Medios - Seguridad Informática. Paseo de Recoletos 3 Madrid (28004). Si usted no desea recibir información sobre los productos y servicios de ICBC o de las sociedades de sus grupo, indíquenoslo marcando la casilla siguiente: 14 LEGISLACION Y FUERO El presente contrato se rige por la Ley Española. Siempre que la Ley así lo permita y en tanto en cuanto el presente contrato no afecte a consumidores finales, ambas partes se someten expresamente al fuero de los Tribunales de Madrid capital, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, para cuantas reclamaciones judiciales puedan suscitarse entre ICBC y el Cliente. Industrial and Commercial Bank of China (Europe), S.A. Sucursal en España p.p. El Titular de la Tarjeta Dirección: Paseo de Recoletos, 3, 28004, Madrid España 7

Dirección: Paseo de Recoletos, 3, 28004, Madrid España 8