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SRES/AS. ASISTENTES SESION EXTRAORDINARIA Y URGENTE DEL AYUNTAMIENTO PLENO DIA 18 DE JUNIO DE 2014 SR. ALCALDE-PRESIDENTE D. José Miguel Mollá Nieto SRES/AS. CONCEJALES P.P: D. Francisco José Torres Gil Dª. M. Angeles del Valle Gómez D. Francisco Luis Estarellas Puissegur PSOE: Dª. Concepción Vinader Conejero D. Julen Sánchez Pérez Dª. Isabel Mª. Sánchez Sáez Dª. Josefa Torres Navarro CONCEJALES NO ADSCRITOS: D. Joaquín Medina Íñiguez D. Miguel Llorens Tecles En la Sala de la Villa, debidamente habilitada para este acto, a dieciocho de junio de dos mil catorce. Debidamente convocados y notificados en forma, se reunieron bajo la Presidencia del Sr. Alcalde- Presidente, D. José Miguel Mollá Nieto, en primera convocatoria los Sres./as expresados al margen que integran la mayoría de la Corporación para celebrar sesión extraordinaria urgente y pública correspondiente a este día siendo el orden del día el abajo indicado. Siendo las diez horas y cuarenta y cinco minutos, la Presidencia declara abierto el acto. Excusan su asistencia Dª. Amelia María Verdú Carrión D. José Miguel López López Dª. M. del Mar Requena Mollá D. José Antonio Montesinos Sánchez Dª. Mª Dolores Vinader Cañadas D. Enrique Pagán Acuyo D. Ambrosio Sánchez Amorós SRA. SECRETARIA Dª. Rocío de Ossorno de la Fuente SRA. INTERVENTORA Dª M. Luisa Gómez Gómez ORDEN DEL DÍA 1º.- RATIFICACIÓN CARÁCTER URGENTE DE LA SESIÓN. 2º.- APROBACIÓN PLAN DE AJUSTE POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN. 3º.- APROBACIÓN POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN OPCIÓN A) DEL PLAN DE PRO- VEEDORES EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN LA PROPUESTA DE ALCALDÍA, de fecha 17 de junio de 2014. 4º.- DEJAR SIN EFECTO PARCIALMENTE EL ACUERDO ADOPTADO POR EL PLENO DE ESTA CORPORACIÓN EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 30-05-2014 DE APROBACIÓN OPCIÓN B)

DEL PLAN DE PROVEEDORES, MANTENIÉNDOSE LA VIGENCIA DE LOS TRES REQUISITOS BÁSICOS APROBADOS: a) Adhesión a la plataforma Emprende en 3. b) Lista de licencias o autorizaciones de inicio de actividad económica que se sustituirán por declaraciones responsables. c) Adhesión automática al Punto general de entrada de facturas electrónicas de la AGE. El Sr. Alcalde-Presidente, pregunta a los Sres. asistentes si existe alguna objeción a la convocatoria de fecha 18 de junio de 2014, para el Pleno Extraordinario y Urgente que consta de cuatro puntos en el orden del día. Sra. Vinader Conejero, vuelve a rogar que los plenos sean por la tarde, para que así todos los compañeros pueden ejercer su labor de concejal sin limitaciones. No existiendo ninguna objeción a la convocatoria, se pasan a tratar los puntos del orden del día establecido. PRIMERO.- RATIFICACIÓN CARÁCTER URGENTE DE LA SESIÓN. asistentes, ACUERDA: Ratificar el carácter urgente de la sesión plenaria convocada a los efectos previstos en los artículos 46.2, letra b), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 79 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. SEGUNDO.- APROBACIÓN PLAN DE AJUSTE POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN. Sr. Torres, lee el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Patrimonio de fecha de hoy, 18/06/2014 y expone que se trata de un plan de ajuste con una líneas basicas de cumplimiento para poder acogernos a la ampliación de plazo de amortización y de período de carencia del préstamo de proveedores. Ha sido un plan de ajuste elaborado y consensuado entre todos los grupos políticos del ayuntamiento. Para poder conseguirlo se ha reducido un 5% los gastos de funcionamiento y como ingresos se ha tenido en cuenta los incrementos aprobados de tasas. Hay unas condiciones generales que tenemos que cumplir y que son la adhesión automática al punto general de entrada de facturas electrónicas y a la plataforma Emprende 3. También hay que proceder a la sustitución inmedianta de al menos un 30% de las vigentes autorizaciones y licencias de inicio de actividad económica por declaraciones responsables y unas condiciones adicionales y consistentes en una reducción de los gastos de funcionamiento en el ejercicio inmediato siguiente y congelación para los dos posteriores. Otra exigencia es que al cuarto año desde la aprobación del nuevo plan de ajuste revisado los servicios públicos que se presten se tienen que autofinanciar con tasas, y sólo se podrán adoptar medidas que determinen un incremento del importe global de las cuotas de cada tributo. Sólo se podrán reconocer beneficios fiscales establecidos con carácter obligatorio por las leyes estatales, y en cuanto a los potestativos sólo se podrán aplicar los que estén justificados por motivos sociales. Si la entidad local tuviese impagos con el fondo de financiación de pago a proveedores, debe obligatoriamente abir una cuenta bancaria restringida para atender primeramente esas deudas con los acreedores públicos. Sr. Medina, lo que se trae aquí hoy no deja de ser un plan que habrá que cumplirlo, no estamos intervenidos pero sí controlados, lo cual no es malo y va a beneficiar para el buen funcionamiento del ayuntamiento. Con este punto se demuestra que la oposición colabora.

Sr. Lloréns, quiero hacer hincapié en que ha habido entendimiento y espero que se pueda llevar a cabo este plan de ajuste, que nos supone un respiro y va a permitir continuar cumpliendo con las obligaciones y servicios que tiene este ayuntamiento. Sra. Vinader Conejero, nos alegramos todos de que el plan de ajuste salga adelante, en ningún momento hemos querido obstaculizar la labor del equipo de gobierno, somos una oposición responsable y por ello hicimos unas propuestas económicas, de las cuales se ha recogido parte de ellas y vamos a votar a favor. Sr. Torres, quiero explicar que con las medidas anteriores que proponía el equipo de gobierno la tesorería la solventábamos en 4 meses, con lo que aprobamos hoy se va a tardar 2 años, se va a conseguir el mismo objetivo pero después. Está claro que tenemos que seguir por el camino de la colaboración entre todos los grupos políticos, que estas sean las mejores opciones o no, el tiempo lo dirá, vamos a seguir gestionando y ver los resultados que da. asistentes, ACUERDA: 1º.- Aprobar un nuevo Plan de Ajuste como requisito imprescindible para acogerse a la OPCIÓN a) 2. Ampliación del período de carencia en dos años y el período de amortización a 20 años con una reducción mínima del diferencial aplicable sobre el Euribor a 3 meses, no estando este municipio adherido a las medidas del Titulo II del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, medidas orientadas a mejorar las condiciones económico-financieras de las operaciones formalizadas en el marco de la primera fase del mecanismo de pago a proveedores del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero. 2º.- Remitir el Plan de ajuste al órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en los términos establecidos en la normativa. TERCERO.- APROBACIÓN POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN OPCIÓN A) DEL PLAN DE PROVEEDORES EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN LA PROPUESTA DE ALCALDÍA, de fecha 17 de junio de 2014. Sr. Torres, lee el dictamen de la la Comisión Informativa de Hacienda y Patrimonio de fecha de hoy, 18/06/2014. Este punto es continuidad del anterior, aquí aprobamos la ampliación del préstamo a 20 años de amortización y 2 de carencia, cumpliendo las condiciones que se han estipulado en el plan de ajuste. A continuación procede a dar lectura a la propuesta de alcaldía. Sra. Vinader Conejero, lo que se pretende con la adhesión a la plataforma Emprenden3, al Punto General de Entrada de facturas electrónicas y las listas de licencias para el inicio de actividad económica es la actualización y modernización de la administración local. Entendemos que la opción que vamos a aprobar hoy, del plan de pago a proveedores, es la más acertada y beneficiosa a largo plazo por lo que vamos a votar a favor. asistentes, ACUERDA: 1º.- Aprobar la OPCIÓN a) 2. Ampliación del período de carencia en dos años y el período de amortización a 20 años con una reducción mínima del diferencial aplicable sobre el Euribor a 3 meses, no estando este municipio adherido a las medidas del Titulo II del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, en los términos previstos en la Propuesta de Alcaldía, de fecha 17 de junio

de 2014, cuya transcripción literal es la siguiente: PROPUESTA APROBACIÓN OPCIÓN a) PLAN DE PAGO A PROVEEDORES Los artículos 3º y 4º de la ORDEN PRE/966/2014, de 10 de junio, por la que se publican las características principales de las operaciones de endeudamiento suscritas con cargo al mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de la entidades locales, disponen lo siguiente: Tercera. Condiciones generales aplicables a todas las Entidades Locales a las que se aplique el presente Acuerdo. Todas las Entidades Locales a las que se apliquen las medidas contenidas en este Acuerdo deberán incluir como parte de su plan de ajuste revisado y aprobar los siguientes compromisos: 1. La adhesión automática al Punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado de acuerdo con lo previsto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. 2. Adhesión automática a la plataforma Emprende en 3 prevista en el Acuerdo del Consejo de Ministros para impulsar y agilizar los trámites para el inicio de la actividad empresarial de 24 de mayo de 2013. 3. Proceder a la sustitución inmediata de, al menos, un 30% de las vigentes autorizaciones y licencias de inicio de actividad económica por declaraciones responsables, de acuerdo con lo previsto en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, y elaborar un informe de evaluación de las normas de la entidad local que deben modificarse por resultar incompatibles con la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de acuerdo con las directrices fijadas por el Consejo para la unidad de mercado. Cuarta. Condicionalidad adicional aplicable a los municipios que se acojan a la ampliación del período de amortización y que no estaban ya adheridas a las medidas del título II del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio. Los municipios que se acojan a la ampliación del período de amortización de los préstamos formalizados en la primera fase del mecanismo de pagos a proveedores y que no se hayan acogido a las medidas extraordinarias de apoyo financiero contenidas en el título II del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, quedarán sujetos, además de a las condiciones generales antes mencionadas, a las siguientes condiciones: Aprobación de un nuevo plan de ajuste en el que incluirán las nuevas condiciones que elijan de entre las que se recogen en el capítulo III del título II del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, y entre las que necesariamente deben estar las siguientes: Reducción del 5% de los gastos de funcionamiento en el ejercicio inmediato siguiente, y congelación en los dos ejercicios siguientes; Al cuarto año desde la aprobación del nuevo plan de ajuste revisado, los servicios públicos que presten se autofinancien con tasas y precios públicos; Sólo podrán aprobar medidas que determinen un incremento del importe global de las cuotas de cada tributo; Sólo podrán reconocer los beneficios fiscales establecidos con carácter obligatorio por las leyes estatales y, en cuanto a los potestativos, sólo podrán aplicar los que estén justificados por motivos sociales; Deberán acogerse a la aplicación de coeficientes previstos en el apartado 2 del artículo 32 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, cuando se trate de municipios que hayan sido objeto de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general para los bienes inmuebles urbanos como consecuencia de una ponencia de valores total aprobada con anterioridad al año 2003, o aprobar, para cada año, tipos de gravamen en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de modo que, en cualquier caso, se garantice el mantenimiento del importe global de la cuota íntegra del ejercicio anterior. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se reserva la capacidad de incluir como parte del citado plan de ajuste y exigir que apliquen de forma obligatoria otras medidas de las recogidas en el capítulo III del título II del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, si se considerase necesario para asegurar la sostenibilidad financiera de la entidad, así como la valoración y ponderación de las medidas que hayan podido adoptar las corporaciones locales en el presente mandato en relación con los gastos de funcionamiento y con la financiación de los servicios públicos.. Si además la Entidad Local tuviese impagos con el FFPP: deberá abrir una cuenta bancaria de uso restringido para atender deudas con acreedores públicos y vencimientos de deuda financiera, incluidos los de la ope-

ración de endeudamiento con cargo al FFPP. A esta cuenta bancaria se transferiría su participación en tributos del Estado. En el caso de incumplimientos del plan de ajuste, o de impagos al FFPP, quedarían obligados a someter a informe preceptivo y vinculante del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas los presupuestos de los cinco ejercicios presupuestarios siguientes. Todo ello sin perjuicio de la aplicación, de lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas elevará a la CDGAE, un informe anual del seguimiento y evaluación de la condicionalidad específica contenida en este Acuerdo. Por todo lo anteriormente expuesto, y visto el Acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el 30 de mayo de 2014, esta Alcaldía, PROPONE AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO acogerse a la opción: a) Ampliación del período de carencia en dos años y el período de amortización a 20 años con una reducción mínima del diferencial aplicable sobre el Euribor a 3 meses, con el fin de mejorar las condiciones económico-financieras de las operaciones formalizadas en el marco de la primera fase del mecanismo de pago a proveedores del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero 2º.- Remitir Certificado del presente Acuerdo al órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en los términos establecidos en la normativa. CUARTO.- DEJAR SIN EFECTO PARCIALMENTE EL ACUERDO ADOPTADO POR EL PLENO DE ESTA CORPORACIÓN EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 30-05-2014 DE APROBACIÓN OP- CIÓN B) DEL PLAN DE PROVEEDORES, MANTENIÉNDOSE LA VIGENCIA DE LOS TRES RE- QUISITOS BÁSICOS APROBADOS: a) Adhesión a la plataforma Emprende en 3. b) Lista de licencias o autorizaciones de inicio de actividad económica que se sustituirán por declaraciones responsables. c) Adhesión automática al Punto general de entrada de facturas electrónicas de la AGE. Sr. Torres, lee el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Patrimonio de fecha de hoy, 18/06/2014 Sr. Medina, considero que esta opción es la menos mala, y el control que se va a llevar a partir de ahora para cumplir con lo que aprobamos, creo que se tenía que haber puesto antes, para no gastar más de lo que se ingresa. Sra. Vinader Conejero, estamos de acuerdo con la opción que se ha aprobado porque lo que se pretende aquí es que si este año o el próximo el ayuntamiento puede estar más desahogado, pero que rápidamente se pueda amortizar este préstamo y no estemos 20 años pagándolo. Sr. Torres, esto es un plan que se debe de cumplir, previsto para 2 ó 3 años, pero no olvidemos que el ejercicio anterior se cerró con un remanente negativo de 1.200.000, y con esta opción tenemos que tener en el siguiente ejercicio ingresos suficientes para poder cubrirlo. Ahora tenemos que trabajar para llegar a cumplir los compromisos que hemos adquirido. asistentes, ACUERDA: 1º.- Dejar sin efecto parcialmente el Acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 30 de mayo de 2014, de aprobación OPCIÓN b) Ampliación del período de carencia en un año, pero no la del período de amortización, con una reducción intermedia del diferencial aplicable sobre Euribor a meses, manteniéndose la vigencia del Acuerdo adoptado en

cuanto a la aprobación de los siguientes compromisos: 1. La adhesión automática al Punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado de acuerdo con lo previsto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. 2. Adhesión automática a la plataforma Emprende en 3 prevista en el Acuerdo del Consejo de Ministros para impulsar y agilizar los trámites para el inicio de la actividad empresarial de 24 de mayo de 2013. 3. Proceder a la sustitución inmediata de, al menos, un 30% de las vigentes autorizaciones y licencias de inicio de actividad económica por declaraciones responsables, de acuerdo con lo previsto en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, y elaborar un informe de evaluación de las normas de la entidad local que deben modificarse por resultar incompatibles con la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de acuerdo con las directrices fijadas por el Consejo para la unidad de mercado. 2º.- Remitir certificado del presente Acuerdo al órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en los términos establecidos en la normativa. Y no siendo otro el objeto de la presente sesión, y siendo las once horas y treinta minutos, el Sr. Alcalde levantó la sesión, y para que conste, se autoriza este documento con la firma de la Sra. Secretaria y el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente. EL ALCALDE-PRESIDENTE, LA SECRETARIA GENERAL,