condiciones generales de prestación del servicio de ADSL + Llamadas



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Las presentes Condiciones de Contratación regulan la relación entre France Telecom España S.A. con sede social en Parque Empresarial La Finca, Paseo del Club Deportivo 1, Edificio 8-28223 Pozuelo de Alarcón- Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 13.183, Folio 129, hoja M 213468 CIF A-82009812 (denominada en adelante ' Orange' su marca autorizada para el mercado residencial y Pymes) y el titular del Servicio (en adelante el 'Cliente') que contrate cualquiera de los productos y servicios incluidos en el presente Contrato de conformidad con las siguientes Condiciones: (I) Condiciones de Prestación del Servicio Internet + Llamadas Condiciones Generales del servicio de Internet + Llamadas 1. Objeto El Servicio Internet + LLAMADAS" conlleva la contratación por parte del Cliente de los servicios de acceso a Internet y de telefonía fija de forma conjunta en el territorio español, y en concreto en las zonas geográficas donde de esté disponible (según normativa y regulación vigente), de conformidad con los términos y condiciones descritos en cada oferta concreta, en la modalidad elegida, así como de conformidad con lo previsto en el conjunto de las Condiciones de Contratación previstas y mencionadas en el presente Documento. Características de los servicios Internet + Llamadas El servicio se prestará al Cliente en su calidad de cliente final, no pudiendo este último revenderlo a terceros, limitándose al ámbito del domicilio del Cliente. El Cliente se obliga a no conectar al servicio ningún sistema informático, equipamiento o similar que esté ubicado fuera del domicilio de instalación de el servicio contratada. Estas Soluciones no serán válidas para empresas cuya base del negocio sean servicios de telecomunicaciones (plataformas telefónicas, reventas de servicios telefónicos). Cada Servicio sólo podrá utilizarse por una única línea física o canal. Oferta limitada a llamadas de voz, no permitiéndose la utilización de la misma de forma abusiva o excesiva (Por ejemplo, llamadas a numeración de Internet o entre routers o módems para la transmisión de datos). En ningún caso Orange garantiza ni se responsabiliza de todos aquellos supuestos en que la velocidad máxima establecida para cada modalidad no pueda ser llevada a cabo por razones técnicas o incompatibilidades o, en general, factores externos a Orange o no bajo el pleno control de ésta. Orange se reserva el derecho de prestar el servicio ADSL a través de la tecnología de acceso de que disponga, incluyendo la modalidad de desagregación del bucle local en la modalidad de compartido, por lo que el cliente autoriza expresamente a Orange a tramitar dicha desagregación en todos aquellos casos que Orange lo estime técnicamente necesario, sin que por ello el cliente deba soportar un coste superior del servicio frente a Orange Condiciones legales de aplicación Las presentes Condiciones Generales del servicio Internet + Llamadas se componen a su vez de las siguientes: Condiciones Generales de Prestación de Servicios de Telefonía, que serán de aplicación a la parte de Voz de el servicio contratada, y que se encuentran disponibles en http://empresas.orange.es/pymes/condiciones Condiciones Generales de Prestación de Servicios de Internet, que serán de aplicación a la parte de Internet de el servicio contratada, y que se encuentran disponibles en http://empresas.orange.es/pymes/condiciones Condiciones Particulares de Prestación de Servicios de ADSL que se encuentran disponibles en http://empresas.orange.es/pymes/condiciones s.orange.es/pymes/condiciones Condiciones Particulares de cada Servicio Internet + Llamadas descrito a continuación, relativas a todos aquellos aspectos relacionados con la prestación del servicio en su conjunto, que en todo caso prevalecerán en caso de conflicto con las anteriores para este servicio en concreto o cualquiera de sus modalidades contratadas. Todo lo no recogido en las Condiciones Particulares de cada Servicio Internet + Llamadas se regirá por lo dispuesto en las Condiciones Generales de Prestación de Servicios de Telefonía e Internet. 2.- Duración del Contrato. El presente contrato entrará en vigor desde que la solicitud realizada por el Cliente se considera válida. La solicitud realizada por el Cliente se hará a través de la aceptación expresa esa y sin reservas de las presentes Condiciones Generales, aceptación que es considerada condición esencial para la prestación de el servicio contratada por parte de ORANGE y que ocurrirá si se produce cualquiera de los siguientes eventos: (i) la activación del botón quiero darme de alta o aceptar o continuar o similar en la solicitud de alta en el Servicio (ii) la firma y/o envío de la solicitud de alta en el Servicio (iii) la solicitud de alta en el Servicio realizada por vía telefónica (iv) el pago de la correspondiente factura o cargo en caso de servicios facturables o no gratuitos así como cualquier otra acción que implique por parte del Cliente el uso del Servicio. La solicitud debe ser considerada válida (se han completado correctamente todos los datos de la solicitud de contratación, está correctamente firmada y el Cliente ha aceptado las presentes Condiciones Generales y/o las particulares asociadas), además queda sujeta y condicionada a la facultad de previa verificación por Orange de los datos, informaciones y documentos aportados por el Cliente en la contratación del mismo. Es requisito imprescindible que el Cliente devuelva a Orange el "Contrato de Prestación del Servicio de Acceso Indirecto" y la "Solicitud de Preasignación" (Marcación Directa) debidamente firmados en el caso de que la contratación no se lleve a cabo telefónicamente a través del proceso de Verificación por Terceros de conformidad con la normativa sectorial vigente. El contrato tendrá una duración indefinida a partir de la fecha de activación del servicio detallada en la descripción de cada gama. 3.- Precio del Servicio. El Cliente deberá abonar a Orange el precio del servicio contratado correspondiente a la concreta gama y modalidad elegida, de conformidad con lo establecido en las CCGG y con las tarifas de Orange vigentes en cada momento, que le serán informadas en la contratación del servicio y además están disponibles en la siguiente url: http://empresas.orange.es/pymes/tarifasvigentes. Según el servicio contratado, se incluirán en los precios de la misma unos tipos de llamadas, siendo facturadas con la tarifa estándar en vigor aquellas otras llamadas no incluidas. No obstante lo anterior, en los casos en los que Orange lance promociones temporales para estos Servicios, los precios aplicables serán los que se establezcan en la oferta correspondiente. 4.- Facturación y forma de pago. Orange facturará, de acuerdo con la modalidad elegida por el Cliente, las cantidades a abonar por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno de los servicios contratados. El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro que el Cliente haya designado, o en su defecto, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orange. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación iación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o

de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Cliente. Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a Orange, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal del dinero más dos puntos porcentuales. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. 5.- Reclamaciones. Las quejas, reclamaciones y cualquier incidencia contractual deberán ser dirigidas a Orange en el plazo de un mes desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho que las motive, bien telefónicamente al número 1414, bien a través del correo electrónico areaclientes@orange.es, o por escrito al Apdo. de Correos 62064, 28080 Madrid, indicando Ref: RECLAMACIONES. Cuando un Cliente se dirija al Servicio de Atención al Cliente (S.A.C.) deberá tener constancia de la reclamación, queja o petición efectuada, debiendo el SAC de Orange comunicarle el número de referencia dado a la misma. Si el Cliente quisiera tener constancia escrita de la reclamación efectuada, tiene derecho a solicitarla. Formulada la reclamación, el Cliente podrá dirigirse a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información en un plazo máximo de 3 meses tanto sino hubiera obtenido respuesta satisfactoria de Orange como si a la finalización del plazo del que Orange dispone para contestar, no lo hubiera hecho. Para supuestos de contratación o comunicaciones comerciales electrónicas y protección de datos personales, si no hubiera obtenido respuesta de Orange en el plazo de un mes, o ésta no fuera satisfactoria. el Cliente podrá dirigirse al procedimiento de mediación y subsiguiente arbitraje ante la Secretaria de Confianza on-line, (www.confianzaonline.org) sita en la C/ Conde de Peñalver nº 52, 1ªD, 28006 Madrid Protección de los datos personales.. A los efectos de lo dispuesto en la normativa vigente relativa a la protección de datos de carácter personal, Orange informa al Cliente de la existencia de un fichero automatizado de datos de carácter personal creado y bajo la responsabilidad de Orange, con la finalidad de realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con los Clientes. Asimismo le informa del carácter facultativo de contestar a los datos personales solicitados en el anverso del presente contrato y en caso de cumplimentarlos, sobre la posibilidad de ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los datos personales, telefónicamente llamando al número de Atención al Cliente de Orange 1414 (donde se les explicará el procedimiento a seguir) o mediante comunicación escrita acompañada de su D.N.I. a la siguiente dirección: Apdo de Correos 62064, Madrid 28080; Ref: Protección de Datos. El cliente, mediante la firma del presente contrato, presta su consentimiento expreso para: 6) Que los datos personales facilitados formen parte del mencionado fichero. 7) La cesión a las empresas del grupo France Telecom y al canal de distribuidores y agentes que, en su caso colaboren con Orange en la contratación de los diferentes productos y/o servicios, de los datos de carácter personal contenidos en el mencionado fichero con fines de comunicación comercial, contratación de nuevos servicios o prestación de servicios de valor añadido. 8) Utilizar sus datos de tráfico con fines de promoción comercial o prestación de servicios con valor añadido. No obstante el cliente podrá retirar en cualquier momento su consentimiento para el tratamiento de sus datos de tráfico dirigiéndose al SAC de Orange. 9) Remitirle Comunicaciones Comerciales a través del correo electrónico que en su caso facilite, de conformidad con lo establecido en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio electrónico (LSSICE), sin perjuicio del derecho del Cliente a poder revocar su consentimiento en cualquier momento posterior enviando un documento por escrito al Apdo de Correos 62064, Madrid 28080. 10) Recibir llamadas con fines de venta directa realizadas mediante sistemas de llamada automática. En cualquier caso el cliente podrá retirar su consentimiento al respecto dirigiéndose al SAC de Orange. Orange se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología. Utilización de Tecnología de Recogida de Información Con la finalidad de ofrecer un Servicio más personalizado al Cliente, así como ofrecerle información sobre otros servicios y/o productos de Orange que se ajusten a sus necesidades y preferencias, el Cliente acepta la posibilidad de que sean utilizados sistemas de recogida de información por Orange, respetando en todo o caso la legislación vigente. Asimismo el Cliente autoriza de manera expresa a incluir códigos ocultos u otros sistemas de medición de audiencias en las páginas web personales asociadas al servicio de las que el Cliente sea titular. Calidad del Servicio: Derechos y obligaciones Orange se compromete a prestar el Servicio conforme a los niveles de calidad establecidos en las diferentes Condiciones de aplicación. Tanto la indemnización por interrupción del servicio, como los compromisos de tiempo de interrupción ión máximo de los servicios que lo componen y las penalizaciones a aplicar en caso de incumplimiento, serán los indicados en las Condiciones Particulares de ADSL+Llamadas. TIEMPO DE INTERRUPCIÓN MÁXIMO DEL SERVICIO Y PENALIZACIONES ASOCIADAS Al ser este tipo de servicio un producto combinado (voz+acceso a Internet) los tiempos de interrupción máximo de los servicios que lo componen y las penalizaciones a aplicar, serán los indicados respectivamente en las Condiciones Particulares de ADSL (respecto a interrupciones rupciones del servicio de acceso a Internet) y en las Condiciones Específicas de Prestación del Servicio Telefónico Indirecto o bien del Servicio Telefónico Directo, (respecto a interrupciones del servicio telefónico según sean sobre Acceso Indirecto o sobre Acceso Directo). En caso de una interrupción simultánea de ambos servicios (servicio telefónico y acceso a Internet) el tiempo de interrupción máximo en un período de facturación (un mes) será de 72 horas naturales o si el período de facturación fuera anual, será de 288 horas naturales (contabilizadas en ambos casos a contar desde que el Cliente haya contactado con nuestro S.A.C. para informar sobre la existencia del problema). En los casos en los que Orange tras analizar la problemática ocurrida, haya concluido en que el tiempo máximo de interrupción al que se ha comprometido en el párrafo anterior respecto a facturaciones mensuales ha sido efectivamente sobrepasado compensará al Cliente con el importe de 1 cuota del producto contratado (si es un producto o de cuota) o en caso contrario (si el Cliente no tuviera ningún producto de cuota) se le aplicará un descuento del 25% de la factura. Respecto a facturaciones anuales se compensará al Cliente con el importe de 3 cuotas del producto contratado. La mencionada indemnización será efectiva en la factura correspondiente al período de facturación en el que se comunique y se valide la indemnización.

Particularidades A.- La indemnización aplica al producto de cuota principal, es decir la cuota del producto ADSL+Llamadas correspondiente. Si el cliente tuviese otros productos de cuota adicionales (bonos o Tarifas planas por ejemplo internacionales y de Fijo a móvil) estos últimos quedan fuera del alcance de la cuota gratis. B. Si el cliente estuviese disfrutando de alguna promoción, el descuento se aplicará una vez finalizado el período de disfrute de la misma. En caso de interrupción del servicio de acceso a Internet, el Cliente, cuando proceda, tendrá derecho a una indemnización que se determina prorrateándose la cuota mensual del servicio por el tiempo en que la línea estuvo interrumpida. En caso de interrupción temporal durante un periodo de facturacion superior a seis horas en el horario de 08:00 h a 22:00 h, la compensación será automática. Orange no garantiza: (i) que el Servicio ADSL Orange sea útil para la realización de ninguna actividad en particular distinta de la propia funcionalidad del concreto Servicio ADSL Orange (ii) la infabilidad del Servicio ADSL Orange (iii) el acceso a los distintos sitios existentes en Internet a través del Servicio ADSL Orange (iv) la privacidad y la seguridad en la utilización del Servicio ADSL Orange (v) la licitud, infabilidad, veracidad, utilidad y/o ausencia de virus o similares de los Contenidos, informaciones, opiniones o manifestación de cualquier otro tipo originados por terceros o por el Cliente (vi) la licitud, infabilidad, utilidad y/o ausencia de virus o similares de los servicios prestados por terceros a través del Servicio ADSL Orange (vii) que el Cliente o el resto de Clientes accedan y/o utilicen el Servicio de conformidad con las CC.GG y con las Condiciones Particulares (viii) la veracidad y vigencia de los datos que los Clientes proporcionan sobre sí mismos o hacen accesibles a otros Clientes. Orange no será en ningún caso responsable, ni siquiera de forma indirecta o subsidiaria, por productos o servicios prestados u ofertados por el Cliente o por terceras personas o entidades por medio del Servicio ADSL Orange, ni por ningún contenido, información, comunicación, opinión o manifestación de cualquier tipo que tengan su origen en el Cliente o en terceras personas o entidades y que se comuniquen, transmitan o exhiban a través del Servicio ADSL Orange los Servicios, ni por los daños de cualquier tipo (incluida la pérdida de datos) ocasionados en el equipo informático del Cliente o en los archivos que contenga, ni por la imposibilidad de acceder al acceso ADSL como consecuencia de no seguir el Cliente las instrucciones de configuración para las modalidades ADSL Orange. Orange responderá única y exclusivamente del servicio que preste por sí misma y de los contenidos directamente originados por Orange e identificados, en su caso, con su copyright. Dicha responsabilidad quedará excluida en los casos en que concurran causas de fuerza mayor, falta de adecuación de la configuración de los equipos del Cliente para permitir el correcto funcionamiento y/o uso del servicio, problemas originados por los proveedores de red, así como cualesquiera otras causas que escapen al control de Orange. En cualquier caso la posible responsabilidad de Orange vendrá limitada a la cantidad abonada por el Cliente como contraprestación a la prestación de estos Servicios, excluyéndose expresamente la responsabilidad por lucro cesante. No obstante lo anterior, esta limitación de responsabilidad no operará en caso de daños, muerte o lesiones causados al consumidor debidos a una acción u omisión de Orange. Salvo lo expresamente establecido a este respecto en las presentes Condiciones Particulares, en ningún caso Orange vendrá obligada a la reparación de terminales, aparatos telefónicos o de otro tipo y/o cualesquiera equipos informáticos, que en todo caso deberán contar con sus correspondientes certificados de homologación y cumplir cuantas obligaciones y especificaciones técnicas legales sean requeridas, así como cualquier otro bien o activo del Cliente, salvo en lo previsto en las presentes Condiciones Particulares. En cualquier caso la configuración y capacidad de los equipos del Cliente deberá ser suficiente iente para permitir el correcto uso del Servicio ADSL Orange que contrata. Orange en ningún caso será responsable de hechos ocasionados por circunstancias ajenas a su control y/o no causadas de manera directa por Orange, como entre otras, caídas de red, ni de los daños y/o perjuicios que los mencionados hechos pudieran causar. El Cliente será el responsable, y no podrá reclamar a Orange a causa de cualesquiera daños, errores, fallos, averías, inferior calidad, anomalías, deficiencias, indisponibilidad, interrupción, suspensión y/o terminación del Servicio ADSL Orange, cuando los mismos se deban a la voluntad, situación, acto u omisión del Cliente que contravenga lo dispuesto en las presentes Condiciones Generales. Orange le informa, así mismo, que existen determinados factores relevantes que pueden limitar la velocidad efectiva que el cliente puede experimentar en su servicio de acceso a Internet. Sin perjuicio del uso que el propio cliente haga de su servicio de acceso a Internet así como de los equipos que también pudieran afectar a la velocidad efectiva del servicio, se adjunta un listado de dichos factores relevantes que, salvo el primero en el caso de que Orange facilite los equipos, son ajenos al control por parte de Orange: a).-tipo y modelo del equipo de conexión (router / módem), b).- Longitud y estado del cableado interno en el domicilio del cliente, c.- Distancia a la central telefónica, así como el tipo, calidad y estado del cableado desde el domicilio del usuario hasta la central. d).- Protocolos de transmisión de datos (los datos de gestión ocupan un % de la capacidad de transmisión). e)- Ruidos e interferencias externas que puedan afectar a la señal en la propia central telefónica. 6.-Resolución del contrato. El presente contrato se extinguirá por las causas generales de extinción de los contratos. Por otra parte el cliente tendrá derecho a resolver este contrato en cualquier momento, telefónicamente llamando al número de Atención al Cliente de Orange 1414 o mediante solicitud escrita acompañada de fotocopia del DNI del titular del contrato, los números que desea dar de baja asociados al contrato y el número de referencia de la baja que le será facilitado en el número de Atención al Cliente 1414 al Apdo. de Correos 50618, 28080 de Madrid Ref: BAJAS, con una antelación mínima de dos días hábiles al momento en que ha de surtir efectos En el caso de que alguno de los clientes de cualquiera de los productos Orange del mercado Empresa a los que aplica el compromiso de permanencia de 12 meses desde la fecha de activación, solicite la resolución del contrato antes de cumplirse los 12 meses acordados, deberá pagar a Orange una penalización en función del tiempo transcurrido, desde la fecha de activación y hasta la solicitud de baja, siendo los compromisos los establecidos seguidamente: 7. -Compromiso de permanencia. COMPROMISO PARA PRODUCTOS DE VOZ Este compromiso implica que si el cliente se da de baja después del primer mes desde la fecha de activación pero antes de cumplidos 6 meses desde la misma, se le cobrará una penalización de 60 (precio sin impuestos indirectos). Si el cliente se diera de baja entre los meses 6 al 12 desde la activación de su producto Orange del mercado empresas con compromiso de permanencia de 1 año, se le cobrará una penalización de 30 (precio sin impuestos indirectos). COMPROMISO PARA PRODUCTOS DE ADSL O ADSL+LLAMADAS Este compromiso implica que si el cliente se da de baja desde el momento de la contratación, pero antes de cumplidos 6 meses desde la misma, se le cobrará una penalización de 160 (precio sin impuestos indirectos). Si el cliente se diera de baja entre los meses 6 al 12 se le cobrará una penalización de 100 (precio sin impuestos

indirectos). A partir del 24 de febrero de 2008 todos los nuevos clientes que contraten n un producto de Voz Orange del mercado empresas o migren desde otros productos de empresas a los anteriores (por ejemplo desde Dial-Up), tendrán que respetar un compromiso mínimo de un año de permanencia en el producto contratado, primer mes sin compromiso. El compromiso empezará a contar desde la fecha de activación del servicio. A partir del 09 de Septiembre de 2010 todos los nuevos clientes que contraten un producto ADSL o ADSL+llamadas Orange del mercado empresas o migren desde otros productos de empresas a los anteriores (por ejemplo desde Dial-Up), tendrán que respetar un compromiso mínimo de 12 meses de permanencia en el producto contratado. El compromiso empezará a contar desde la fecha de activación del servicio. La única excepción se producirá respecto a los clientes que migren de un producto o ADSL contratado con anterioridad a la entrada en vigor del compromiso de permanencia, a uno de los nuevos productos a los que si aplica el compromiso. En estos casos los clientes mantendrán las condiciones de contratación iniciales y por tanto no adquirirán ningún compromiso de permanencia. Si un cliente con un compromiso de permanencia en vigor contratase u obtuviese un nuevo equipamiento Router Wi-fi generaría un nuevo compromiso de permanencia de 12 meses, que se sumaría al compromiso adquirido por el cliente en el alta del servicio, quedando establecida la penalización por el equipamiento como la misma que se recoge en el alta del servicio y con los mismos escalados según el tiempo transcurrido. 8.- Legislación aplicable. El presente contrato se regirá por la legislación española aplicable para la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas contratado. Modificación del contrato. El contrato y sus Condiciones, incluidas las condiciones económicas y las tarifas del Servicio, podrán ser modificadas por ORANGE en cualquier momento, por motivos, técnicos, operativos, económicos, de servicio o de mercado, previa comunicación al Cliente de conformidad con la legislación vigente. e. Cualquier modificación contractual deberá ser comunicada a los clientes afectados con una antelación mínima de un mes. Si el cliente no estuviera de acuerdo con las nuevas condiciones contractuales, podrá resolver el contrato (según el procedimiento indicado icado en el apartado de Resolución del Contrato de las presentes Condiciones Generales de Servicios de Telefonía) comunicándoselo a Orange, hasta como máximo cinco días antes de la fecha de entrada en vigor de las susodichas modificaciones, sin que ello conlleve penalización alguna. En caso contrario se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones. El Cliente acepta que el servicio pueda ser modificado si una disposición legal o reglamentaria así lo exige, informándole en cualquier caso ORANGE si resulta afectado. Remisión a Condiciones Generales. Las disposiciones detalladas a continuación se podrán consultar en las Condiciones Generales de Prestación de Servicios de Voz: Depósito de garantía. Suspensión por impago; suspensión temporal, desconexión e interrupción definitiva del Servicio. Secreto de las comunicaciones. Cesión a terceros. Uso correcto de los Servicios Guarda y custodia de claves de acceso Condiciones de migración de un servicio a otro Borrado de mensajes Capacidad y tamaño No-acceso a través de telefonía móvil Modificaciones tecnológicas Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial Las Características particulares de los servicios de Acceso a Internet que componen los servicios Internet + Llamadas se regirán por las disposiciones generales de la Condiciones Generales de Prestación de Servicios de Internet y por las particulares de Tarifas Planas o ADSL según la gama y modalidad contratada. Varios En el caso de que cualquier disposición de este documento fuera considerada nula, el resto del mismo se mantendrá plenamente en vigor las demás disposiciones. La falta de ejercicio por parte de ORANGE de cualquier derecho o disposición contenidos en este documento no constituirá una renuncia al mismo, salvo reconocimiento escrito y expreso por su parte. Todas las comunicaciones o notificaciones que hayan de efectuarse por parte de ORANGE podrán ser enviadas a través del correo electrónico al buzón del que sea titular el Cliente. Impago En el supuesto de impago por el Cliente, y sin perjuicio de lo establecido en el apartado de Suspensión por Impago de las Condiciones Generales de Servicios de Telefonía, si el Cliente no atendiera el pago total o parcial de las cantidades adeudadas por el Servicio TP Internet + Llamadas, transcurrido el plazo de un mes desde la presentación a éste del documento de cargo, Orange quedará facultado para darle de baja en el acceso a internet del Servicio TP Internet+ Llamadas, permaneciendo no obstante en suspenso el servicio de telefonía en los términos establecidos en el apartado Suspensión por Impago de las Condiciones Generales de Servicios de Telefonía, de conformidad con la legislación vigente. Si el cliente procediera al abono de las cantidades pendientes, con anterioridad al transcurso de tres meses, el Cliente dispondría del servicio de voz suspendido previamente en acceso indirecto o Marcación Directa en su caso, a los precios vigentes en cada momento disponibles en http://empresas.orange.es/pymes/tarifasvigentes. Trascurridos tres meses sin que el Cliente abonara las cantidades pendientes, Orange podrá dar de baja definitiva al Cliente de conformidad con el apartado Suspensión por Impago de las Condiciones Generales de Servicios de Telefonía. En el supuesto de impago por el Cliente, y sin perjuicio de lo establecido en el apartado Suspensión por Impago de las Condiciones Generales de Servicios de Telefonía, si el Cliente no atendiera el pago total o parcial de las cantidades adeudadas por el Servicio ADSL + LLAMADAS, transcurrido el plazo de un mes desde la presentación a éste del documento de cargo, Orange quedará facultado para darle de baja en el acceso a Internet ADSL con el operador de acceso y por tanto en la modalidad ADSL + LLAMADAS contratada, permaneciendo no obstante en suspenso el servicio de telefonía en los

términos establecidos en el apartado Suspensión por Impago de las Condiciones Generales de Servicios de Telefonía, de conformidad con la legislación vigente. Si el cliente procediera al abono de las cantidades pendientes, entes, con anterioridad al transcurso de tres meses, el Cliente dispondría del servicio de voz suspendido previamente en acceso indirecto o Marcación Directa en su caso, a los precios vigentes en cada momento disponibles en http://empresas.orange.es/pymes/tarifasvigentes. tarifasvigentes. Trascurridos tres meses sin que el Cliente abonara las cantidades pendientes, Orange podrá dar de baja definitiva al Cliente en el servicio de Telefonía de conformidad con el apartado Suspensión por Impago de las Condiciones Generales de Servicios de Telefonía.