Jornada de Capacitación Docente

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Transcripción:

Jornada de Capacitación Docente

Unificación de las normas contables vigentes CPCECABA y FACPCE

Quién emite las Normas contables profesionales? El Consejo Profesional de cada Jurisdicción. Hasta 2000 la FACPCE agrupaba a todos los Consejos del país. El CPCECABA se escinde de la FACPCE en diciembre de 2000.

Cada provincia ha realizado modificaciones a los proyectos de las nuevas RTs pero, finalmente la FACPCE emitió un trabajo conjunto que reunión a los Consejos de las provincias, pero NO al CPCABA. El CPCECABA y la FACPCE han emitido sendas resoluciones para armonizar la normativa contable en el país. En Junio de 2007 se materializó el acuerdo que permitió el reingreso del CPCECABA a la FACPCE.

Contexto Se inicia un proceso de armonización de las normas contables argentinas con las Normas Contables Internacionales. Normas Contables Internacionales = International Accounting Standards emitidas por el International Accounting Stardards Board (IASB).

Unificación de normas La unificación de la normativa se ha practicado de acuerdo con la necesidad de contar con normas contables profesionales unificadas en todo el país y tomando en cuenta la importante y beneficiosa utilidad para los emisores y usuarios de los estados contables, los organismos de control y para la labor de los profesionales en Ciencias Económicas. La unificación permite que la presentaciones que se efectúan en el exterior, muestren estados e informes contables elaborados con criterios homogéneos a lo largo de las distintas jurisdicciones del país.

Unificación de normas El criterio de unificación de las normas contables ha sido analizado en forma conjunta entre el CPCECABA y la FACPCE, en el marco de un proceso iniciado con la firma de un convenio de declaración de voluntades en el mes de julio de 2004. Finalmente en marzo de 2005, se consolidaron los términos del acuerdo.

Unificación de normas El nuevo esquema normativo tendrá vigencia para los ejercicios completos o períodos intermedios correspondientes a los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2006, admitiéndose su aplicación anticipada.

Alcance Estados contables preparados para su difusión externa, salvo que expresamente se indique lo contrario. NO se aplica en entes que no son una empresa en marcha.

Derogadas Resolución técnica 4 Resolución técnica 5 Resolución técnica 10 Resolución técnica 12 Resolución técnica 13 Nuevas normas..

Vigencia a partir de ejercicios iniciados RT 17 18 19 20 21 22 23 CPCECABA 1 de julio de 2002 1 de julio de 2002 1 de julio de 2002 1 de enero de 2003 1 de abril de 2003 1 de julio de 2005 1 de julio de 2006 FACPCE 1 de julio de 2002 excepto: Impuesto diferido (obligatorio a partir 1 de enero de 2006) 1 de julio de 2002 1 de julio de 2002 1 de abril de 2002 1 de abril de 2003 1 de enero de 2005 1 de enero de 2006 (*) (*) No aprobado por ningún Consejo aún- La CNV aprobó su aplicación para ejercicios iniciados a partir del 1 de abril de 2007

Normas de armonización La FACPCE emitió la Resolución 312/05 y el CPCECABA la Resolución 93/05 para eliminar las diferencias entre normas contables en el país. Estas resoluciones NO tienen la misma fecha de entrada en vigencia y, para algunos puntos, la vigencia fue postergada. Asimismo, los organismos de control en algunos casos fijaron posición respecto de los temas en discusión.

Principales cambios Relacionados con temas financieros: Intereses implícitos Tasas de interés de mercado Activación de costos financieros

Principales cambios Relacionados con temas de valuación: Llaves de negocio Límites de valuación Impuesto diferido

Intereses Implícitos

Intereses implícitos RT17... las diferencias entre precios de compra (o venta) al contado y los correspondientes a operaciones a plazo deben segregarse y tratarse como costos (o ingresos) financieros. Cuando el precio de contado no fuere conocido o no existieran operaciones basadas en él, se lo estimará mediante la aplicación de una tasa de interés que refleje las evaluaciones del mercado sobre el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de la operación, en el momento de efectuar la medición.

Intereses implícitos La RT 17 presupone que TODA transacción (salvo pocas excepciones) contienen intereses implícitos. Requiere que se expongan las transacciones al valor contado o descontado: Ventas Compras Gastos La determinación de intereses implícitos es OBLIGATORIA. Los intereses se exponen NETOS de sus componentes inflacionarios.

Intereses implícitos En estabilidad monetaria puede segregarse solamente los saldos de cierre (hasta 1/1/2006) Luego de la unificación será obligatorio la segregación de intereses implícitos en cada caso. Sin cambios Transitorio: permitido sólo en los dos primeros años de aplicación de la RT17 Transitorio: permitido sólo en los Tres primeros años de aplicación de la RT17 para EPEQ

Tasas de interés de mercado

Tasa de interés de mercado CPCECABA Si no se puede obtener una tasa de mercado se aplicará la tasa de interés del BNA para Cajas de ahorro. Vigente hasta 1/1/2006 FACPCE Si las características del contexto económico plantean dificultades para obtener una tasa de mercado entonces se admite la información a valor nominal EL CPCECABA ADOPTÓ EL CRITERIO DE LA FACPCE

Activación de costos financieros

Activación de costos financieros EN MATERIA DE ACTIVAR COSTOS FINANCIEROS LA UNIFICACIÓN ADOPTÓ LOS CRITERIOS DE LA FACPCE Tratamiento preferible: NO activar costos financieros La CNV y la IGJ (Res. 7/2005) prohíben la activación de costos financieros de capital propio.

Bienes de cambio con proceso de producción o construcción prolongado La activación de costos financieros es permitida cuando: El activo se encuentra en producción, construcción, montaje o terminación y son procesos prolongados. Los procesos no son interrumpidos. El período de producción, construcción, montaje o terminación no excede del técnicamente requerido. El activo no está en condiciones de ser vendido, usado en la producción o puesto en marcha.

Si permite activarlos En entes que no hacen oferta pública, primero se deben activar los costos financieros de financiación externa. Los bienes tienen que estar valuados a costo, no se permite activación de intereses si los bienes están valuados a reposición. Se debe informar por nota: Metodología aplicada Tasa de interés utilizada en cada mes por el que se calcularon costos financieros de capital propio Monto que queda activado en cada rubro

Marco Internacional El tratamiento alternativo permitido por la Norma Internacional permite la activación de intereses los costos por intereses que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo se incluyen como costos del mismo. Tales costos por intereses se capitalizarán, formando parte del costo del activo, siempre que sea probable que generen beneficios económicos futuros a la empresa y puedan ser medidos con suficiente fiabilidad. Los demás costos por intereses se reconocen como gastos del periodo en que se incurre en ellos.

Llave de negocio

Llave de negocio Se reconocen por Adquisiciones de participaciones permanentes en otras sociedades sobre las que se ejerce control, control conjunto o influencia significativa. NO se reconoce: Llave autogenerada Cambios en el valor de la llave adquirida Llave positiva: Costo original menos amortizaciones acumuladas menos desvalorizaciones por comparación con valores recuperables. Llave negativa: Costo original menos amortizaciones acumuladas.

Vida útil indefinida para Llave de negocios positiva CRITERIO ADOPTADO POR LA UNIFICACIÓN Se elimina la presunción de una vida útil de 20 años como máximo. Se admite vida útil indefinida para Llave de negocios positiva. Si la vida útil se considera indefinida, la llave/ intangible no debe depreciarse. Se debe realizar el análisis del valor recuperable en forma anual. Se debe analizar anualmente si sigue teniendo vida útil indefinida. En caso que deje de tenerla, se tratará como un cambio en la estimación contable.

Vida útil indefinida de otros activos intangibles CPCECABA 1/1/2006 / FACPCE 1/7/2005 (ej. Marcas) Se elimina la presunción de una vida útil no mayor a 20 años. Se admite vida útil indefinida para otros activos intangibles. Si la vida útil se considera indefinida, la llave / intangible no debe depreciarse. Se debe realizar el análisis del valor recuperable en forma anual. Se debe analizar anualmente si sigue teniendo vida útil indefinida. En caso que deje de tenerla, se tratará como un cambio en la estimación contable.

Límite de valuación

Límite de valuación Mayor entre: Valor Neto de Realización (VNR): Precio de venta de contado entre partes independientes en condiciones normales. MÁS: ingresos adicionales no atribuibles a la financiación. MENOS: costos ocasionados por la venta. Valor de uso Suma de flujos de fondos derivados del uso de los bienes y de su disposición al final de su vida útil, descontado en caso de corresponder. El valor actual esperado de los flujos de fondos netos derivados del uso de los bienes y su disposición al final de la vida útil.

Límite de valuación CPCECABA 1/1/2008 / FACPCE 1/7/2005 Se adopta el criterio de la FACPCE, pero su entrada en vigencia (obligatoria) es a partir de ejercicios iniciados el 1 de enero de 2008. Hasta ese momento, en la Ciudad de Buenos Aires puede seguir aplicándose la comparación considerando los flujos de fondos sin descontar. Para la CNV la entrada en vigencia del cambio de metodología es el 1/1/2006.

Frecuencia de las comparaciones Cada vez que se preparan estados contables: Cuentas a cobrar. Bienes de cambio. Instrumentos derivados sin cotización. Bienes tangibles e intangibles no disponibles para el uso. Participaciones en sociedades valuadas al costo. Participaciones en sociedades valuadas a VPP si: La sociedad tiene intangibles con vida útil mayor a 20 años. La sociedad muestra indicios de desvalorización. Bienes destinados al alquiler. Intangibles no utilizados en la producción o venta de bienes /servicios y que genera un flujo de fondos propio.

Frecuencia de las comparaciones Si existe indicio de desvalorización: Bienes de uso. Intangibles empleados en la producción o venta de bienes y servicios. Otros intangibles que no generan un flujo de fondos propio. Participaciones permanentes valuadas a VPP.

Indicios de desvalorización De origen externo - cambios importantes En los valores de mercado. En el contexto tecnológico, económico o legal del ente. En la tasa de interés. Valor total de las acciones del ente no atribuibles a variaciones en su patrimonio. Expectativa de pérdidas operativas futuras.

Indicios de desvalorización De origen interno Obsolescencia o daño físico del activo. Cambios en la manera en que son usados, planes de discontinuación o reestructuración de operaciones. Prestaciones de los bienes distintas de las previstas. Expectativa de pérdidas operativas futuras.

Comparación con valores recuperables de bienes de uso y similares CPCECABA 1/1/2008 / FACPCE 1/7/2005 IFRS! Debe realizarse a nivel de cada bien Si no fuera posible, se realiza a nivel de Actividad Generadora de Efectivo (AGE) AGE = actividad o línea de negocio (agropecuaria, industrial, comercial, servicios, etc.). De presentar Información por segmento se deben considerar los mismos criterios en la determinación del AGE Un cambio en AGE se considera un cambio en la política contable y en consecuencia genera AREA

Impuesto Diferido

Analizando las causas Distinta vida útil para los inmuebles Cargos por incobrables/obsolescencia de inventarios reconocidos contablemente antes que impositivamente Amortización acelerada de instalaciones y equipamientos Cargo por previsión para juicios no deducible hasta que el juicio tenga sentencia firme en contra Gastos no deducibles Ingresos exentos

Analizando las causas Efecto impositivo futuro? Distinta vida útil para los inmuebles Cargos por incobrables/obsolescencia de inventarios reconocidos contablemente antes que impositivamente Amortización acelerada de instalaciones y equipamientos Cargo por previsión para juicios no deducible hasta que el juicio tenga sentencia firme en contra Gastos no deducibles Ingresos exentos SI SI SI SI NO NO

Objetivos Reconocer el monto de impuestos por pagar Corriente Reconocer los activos y pasivos por las consecuencias fiscales futuras de hechos reconocidos en momentos diferentes en los estados contables o en las determinaciones de impuestos Diferido

Ajuste por inflación Si el ajuste por inflación es aplicado tanto para fines contables como impositivos, el método brinda resultados razonables. Si el ajuste por inflación no es aceptado impositivamente, se genera una pérdida no deducible o una ganancia no gravada que es una diferencia que no tendrá efectos impositivos futuros.

Ajuste por inflación Hoy: El ajuste por inflación es obligatorio para cuentas locales (aunque se suspendió a partir del 28-02-2003 por decreto) No se permite el ajuste por inflación para efectos impositivos El impacto más importante Los bienes de uso se ajustan por inflación contablemente y no para impuestos. Esta diferencia de valor, es una diferencia temporaria?

Diferencia temporaria? Argumentos a favor: Mantiene una tasa efectiva de impuestos Hay antecedentes en las normas internacionales Argumentos en contra: No genera efectos impositivos futuros

Ajuste por inflación Para la FACPCE: La diferencia de valor contable e impositivo generada por la aplicación del ajuste por inflación ES una diferencia temporaria. Para el CPCECABA: La diferencia de valor contable e impositivo generada por la aplicación del ajuste por inflación NO ES una diferencia temporaria.

AxI de bienes de uso e impuesto diferido CPCECABA 1/1/2008 / FACPCE 1/7/2005 Se considera que el AxI en los bienes de uso es una diferencia TEMPORARIA. PODRÁ no registrarse el pasivo por impuesto diferido (siempre que no se lo haya reconocido antes), pero se debe informar por nota: Monto del pasivo no reconocido. Plazo de reversión y el importe que corresponde a cada ejercicio anual. Valor actual del pasivo no reconocido. Efecto en el cargo por impuesto a las ganancias.

Valuación Los activos y pasivos por impuestos diferidos se valúan. Valor descontado Valor nominal Esto implica: Estimar cuándo se reversaran las diferencias temporarias. Considerar una tasa de descuento.

Medición de activos y pasivos por impuestos diferidos CPCECABA 1/1/2006 / FACPCE 1/7/2005 Se medirán a su valor nominal. Los entes que no hagan oferta pública podrán medirlos a su valor descontado. El criterio elegido como consecuencia de la resolución de armonización no podrá modificarse en el futuro. De hacerlo, se considera un cambio de política contable y genera AREA.

Marco Conceptual En caso de que existan cuestiones no previstas en las normas contables generales o particulares y que no puedan resolverse mediante la utilización del Marco Conceptual de las mismas, deberán aplicarse en forma supletoria las Normas Internacionales de Información Financiera e interpretaciones aprobadas por el Internacional Accounting Standards Board - en su conjunto IFRS que se encuentren en vigencia.

Muchas gracias!!!