INVITACIÓN GENERAL PARA COLABORAR CON LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES EN EL TERCER PROGRAMA DE MENTORING EN COMERCIO ELECTRÓNICO C-017/14-ED



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Transcripción:

INVITACIÓN GENERAL PARA COLABORAR CON LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES EN EL TERCER PROGRAMA DE MENTORING EN COMERCIO ELECTRÓNICO C-017/14-ED La Entidad Pública Empresarial Red.es (en adelante Red.es ), adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, tiene como función impulsar el fomento y desarrollo de la sociedad de la información en España. Las funciones de Red.es le han sido legalmente atribuidas en virtud de la norma prevista en el artículo 55 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, por el que se modifica la disposición adicional sexta de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, expresamente declarada en vigor por la disposición derogatoria única de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones (para mayor información puede consultar la página web www.red.es). En el ejercicio de sus funciones, Red.es fomenta y desarrolla la sociedad de la información. En este marco, Red.es gestiona, en coordinación con otras Administraciones Públicas y Organismos Públicos estatales, autonómicos y locales, diversos programas de difusión y extensión de la sociedad de la información. El Consejo de Ministros aprobó, en su reunión del 15 de febrero de 2013, la Agenda Digital para España, que marca la hoja de ruta para el cumplimiento de los objetivos de la Agenda Digital para Europa en 2015 y en 2020, e incorpora objetivos específicos para el desarrollo de la economía y la sociedad digital en España. La Agenda Digital para España se ha elaborado mediante un proceso abierto, transparente y participativo que ha contado con la colaboración de todos los actores implicados del sector: grupos de expertos, consulta pública, Comisión de Industria del Congreso de los Diputados, consulta a Comunidades Autónomas y Entes Locales, Consejo Superior de Administración Electrónica, etcétera. La Agenda Digital para España contiene 106 líneas de actuación estructuradas en torno a seis grandes objetivos: 1. Fomentar el despliegue de redes ultrarrápidas. 2. Desarrollar la economía digital. 3. Mejorar la administración electrónica y los servicios públicos digitales. 4. Reforzar la confianza en el ámbito digital. Pág. 1 de 44 Observaciones Página 1/44

5. Impulsar la I+D+i en las industrias de futuro. 6. Apoyar la inclusión digital y la formación de nuevos profesionales TIC. La puesta en marcha de la Agenda se articula mediante nueve planes: 1) Plan de telecomunicaciones y redes ultrarrápidas para fomentar la inversión eficiente en nuevas redes de banda ancha. 2) Plan de TIC en pyme y comercio electrónico orientado a maximizar las oportunidades que ofrecen las nuevas tecnologías para mejorar la productividad y competitividad. 3) Plan integral para la industria de contenidos digitales para aprovechar su potencial de crecimiento e impulsar la economía. 4) Plan de Internacionalización de Empresas Tecnológicas para fomentar su presencia internacional. 5) Plan de Acción de Administración Electrónica de la Administración General del Estado para maximizar la eficiencia de la Administración mediante las TIC y el uso de los servicios de Administración. 6) Plan de Servicios Públicos Digitales para continuar impulsando la digitalización de la Justicia, la Salud y la Educación Digital. 7) Plan de confianza en el ámbito digital para generar sistemas de seguridad y confianza para el usuario. La ciberseguridad es un elemento fundamental para impulsar el comercio electrónico y la economía digital. 8) Plan de desarrollo e innovación del sector TIC para aprovechar el potencial de crecimiento y de creación de empleo de las industrias de futuro como la computación en la nube (Cloud Computing), las ciudades inteligentes (Smart Cities) y el tratamiento masivo de datos (Big Data). 9) Plan de inclusión digital para conseguir que la población use Internet con regularidad y para aprovechar las posibilidades de la banda ancha móvil. Los objetivos definidos en la Agenda se configuran como nuevas referencias para la actividad de Red.es de cara a los próximos años, con el fin de seguir siendo un agente clave en el desarrollo de la sociedad de la información y continuar trabajando por una sociedad en red. Dentro del marco de la Agenda Digital para España, Red.es promueve el desarrollo de la economía digital para lograr el crecimiento, la competitividad y la internacionalización de las empresas españolas. Desde Red.es impulsamos diferentes iniciativas y acciones en el ámbito de los contenidos digitales, el comercio electrónico y las infraestructuras TIC encaminadas a aumentar el uso de las TIC por parte de las pymes y autónomos y equiparar así los ratios de productividad, Pág. 2 de 44 Observaciones Página 2/44

rentabilidad y competitividad a los países más avanzados de la Unión Europea. (Para más información www.red.es). Con la ejecución de estos programas se pretende que todos los ciudadanos de nuestro país, sin exclusión, tengan acceso a la sociedad de la información, adquieran los conocimientos necesarios para ejercer ese acceso y encuentren Servicios y contenidos de utilidad para su vida cotidiana. Algunos de estos programas cuentan con financiación procedente de los Programas Operativos FEDER, que pretenden dar un fuerte impulso a la disponibilidad y utilización de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, poniendo en marcha servicios, y desplegando infraestructuras de redes y acceso a Internet de banda ancha en los ámbitos de mayor necesidad y cercanía al ciudadano (como por ejemplo, escuelas, bibliotecas, entornos rurales ), así como creando contenidos digitales e implementando servicios que faciliten el acceso de los ciudadanos a la sociedad de la información y el conocimiento. En este sentido, las actuaciones previstas en esta Invitación serán financiables con cargo a los Fondos FEDER del período de programación 2007-2013, en concreto con cargo a los Programas Operativos Regionales de las CC.AA. que sean de aplicación. En los últimos años el comercio electrónico entre empresas y consumidores (conocido como B2C por las siglas en inglés de Business to Consumer ) no ha dejado de crecer, pero la oferta y la demanda lo han hecho a distinta velocidad. Según los últimos estudios del Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (ONTSI), en 2012, el mercado B2C en España creció respecto a 2011 un 13,4% hasta los 12.383 millones de euros, con un incremento de un 15% en el número de internautas compradores. Estos datos evidencian que el comercio electrónico es una modalidad joven en pleno crecimiento y una alternativa tanto de expansión como de supervivencia para los negocios en tiempos de crisis. Por ello, y tras haber detectado la necesidad de dirigir esfuerzos a potenciar el comercio electrónico, Red.es lanzó la iniciativa Vendes en Internet? para impulsar la oferta de productos y servicios en la red de la empresa al consumidor, tanto ampliando dicha oferta como mejorándola con tiendas online de gran calidad y potencial de crecimiento. Dos de las actuaciones que se han realizado dentro de la iniciativa son las convocatorias de ayudas que se publicaron en 2011 y 2013, la primera de ellas bajo el nombre Programa de Asesoramiento a pymes en Comercio Electrónico B2C y la segunda convocatoria bajo el nombre Programa de Mentoring en Comercio Electrónico, con más de 400 pymes españolas que se beneficiaron de ayudas financieras para servicios de asesoramiento experto y de ayudas para la implantación. En vista de la gran demanda de pymes que solicitaron las ayudas antes mencionadas, se considera oportuna la realización de un Tercer Programa de Mentoring en Comercio Electrónico (en adelante, el Programa ), que pretende desarrollar y fortalecer la capacidad de la pyme para expandir y potenciar su negocio a través de nuevos canales de venta, adoptar una estrategia comercial para iniciar un proyecto de venta online, facilitar su posicionamiento en Internet y Pág. 3 de 44 Observaciones Página 3/44

destacar la importancia de los aspectos operativos, técnicos, logísticos y legales para garantizar el éxito de una tienda virtual. Los resultados de estas actuaciones en cada pyme beneficiaria permitirán que el empresario disponga de los conocimientos y las herramientas necesarias para incorporar o fortalecer con éxito el comercio electrónico en su negocio y explorar nuevos mercados, retener, fidelizar y captar clientes, comprobando que las inversiones en las tecnologías de la información y comunicación contribuyen a mejorar la competitividad de su negocio, la productividad y su crecimiento. En el desarrollo de este Programa, Red.es seleccionará a las pymes beneficiarias de las ayudas (en adelante, las pymes beneficiarias ), mediante la correspondiente convocatoria pública (C-010/14- ED). En las Bases que rigen dicha Convocatoria (en adelante, la Convocatoria ), se regulará la concesión de dos lotes de ayudas: Un Lote I de ayuda para recibir asesoramiento especializado ( mentoring ) en comercio electrónico. Un Lote II de ayuda para implantar soluciones de comercio electrónico. La presente Invitación General está dirigida a empresas prestadoras de servicios de asesoramiento especializado en comercio electrónico, con el fin de homologar a las empresas que podrán ser elegidas por los beneficiarios de las ayudas para prestar los servicios de asesoramiento en Comercio Electrónico del Lote I, de acuerdo con las bases de la Convocatoria. Nota: Cualquier consulta en relación con la presente Invitación debe dirigirse por correo electrónico a la dirección sg.contratacion.consultas@red.es indicando: Asunto: INVITACIÓN GENERAL PARA COLABORAR CON LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES EN EL TERCER. Cuerpo: nombre de la empresa, datos de la persona que realiza la consulta y texto de la consulta. El plazo de recepción de consultas finalizará 3 días hábiles antes del fin del plazo de presentación de solicitudes. Red.es no tendrá obligación de responder las consultas realizadas transcurrido dicho plazo. Pág. 4 de 44 Observaciones Página 4/44

Contenido PRIMERA.- OBJETO DEL PROGRAMA Y TERMINOLOGÍA... 7 I. OBJETO... 7 II. TERMINOLOGÍA... 7 SEGUNDA.- TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA COLABORACIÓN... 8 TERCERA.- PARTICIPACIÓN Y REQUISITOS DE SOLVENCIA... 8 I. PARTICIPACIÓN... 8 II. REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA... 9 III. REQUISITOS DE SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL... 10 CUARTA.- FINANCIACIÓN... 10 QUINTA.- ACTUACIONES A EJECUTAR POR LOS COLABORADORES... 11 I. CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO A PRESTAR POR LOS COLABORADORES... 12 II. ENTREGABLE DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO... 13 III. REPOSITORIO DE INFORMACIÓN... 15 IV. REQUISITOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS REALIZADOS Y EL COBRO DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN... 15 SEXTA.- ACTUACIONES A EJECUTAR POR RED.ES... 16 I. PLANIFICACIÓN, DIRECCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS... 16 II. AUDITORÍAS... 17 III. ABONO DE LA SUBVENCIÓN... 17 SÉPTIMA.- PLAZOS... 17 I. PLAZO DE SOLICITUD:... 17 II. PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN:... 17 OCTAVA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR... 17 I. SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN... 18 II. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE SOLICITUD... 18 III. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE SOLVENCIA... 19 IV. PRESENTACIÓN DEL SOLICITANTE:... 20 NOVENA.- RECEPCIÓN Y ACEPTACIÓN DE SOLICITUDES... 20 Pág. 5 de 44 Observaciones Página 5/44

DÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE SOLICITUDES Y SUSPENSIÓN DE LA COLABORACIÓN... 21 UNDÉCIMA.- LOGOTIPOS, MARCAS Y PROPIEDAD INTELECTUAL... 21 DUODÉCIMA.- COMUNICADOS DE PRENSA... 22 DÉCIMOTERCERA.- NO EXCLUSIVIDAD... 22 DÉCIMOCUARTA.- RESOLUCION DE LA SELECCIÓN DE COLABORADORES Y SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN... 22 DÉCIMOQUINTA.- LOPD Y LSSICE... 23 DÉCIMOSEXTA.- JURISDICCIÓN... 23 ANEXO I: MODELO DE CERTIFICADO DE CLIENTES... 24 ANEXO II: DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASESORAMIENTO... 26 1. Servicio de asesoramiento obligatorio... 26 2. Servicios de asesoramiento opcionales... 34 ANEXO III: CONVENIO DE COLABORACIÓN... 40 EXPONEN... 40 CLÁUSULAS... 41 PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO... 41 SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL COLABORADOR... 41 TERCERA.- OBLIGACIONES DE RED.ES... 42 CUARTA.- PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD... 42 QUINTA.- MODIFICACIÓN... 42 SEXTA.- RESOLUCIÓN... 42 SÉPTIMA.- NATURALEZA... 43 OCTAVA.- JURISDICCIÓN... 43 NOVENA.- VIGENCIA DEL CONVENIO... 43 ANEXO IV: PUBLICIDAD DE LAS ACTUACIONES OBJETO DE AYUDA... 44 Pág. 6 de 44 Observaciones Página 6/44

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN LA INVITACIÓN GENERAL PARA COLABORAR CON LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES EN EL TERCER PROGRAMA DE MENTORING EN COMERCIO ELECTRÓNICO PRIMERA.- OBJETO DEL PROGRAMA Y TERMINOLOGÍA I. OBJETO El Tercer Programa de Mentoring en Comercio Electrónico (en adelante, el Programa ), tiene por objeto proporcionar servicios de asesoramiento especializado o mentoring en comercio electrónico a pymes, a través de asesorías externas, personalizadas e individualizadas, realizadas por profesionales expertos en técnicas de comercio electrónico, para impulsar el potencial de la pyme y posicionarla estratégicamente en el mercado online. Red.es publica la presente Invitación General para seleccionar a las entidades colaboradoras para el desarrollo del Programa que podrán ser elegidas por las pymes beneficiarias de las ayudas para la prestación de los servicios de asesoramiento especializado en comercio electrónico. Cada pyme beneficiaria elegirá a la entidad colaboradora que le prestará dichos servicios y con quien establecerá la relación privada correspondiente. II. TERMINOLOGÍA A continuación, se definen una serie de términos relacionados con el comercio electrónico y con el Programa a los que se hace referencia en la presente Invitación: Comercio electrónico (E-Commerce). En el ámbito de este programa, se entiende por comercio electrónico cualquier forma de transacción o intercambio de información comercial, basada en la transmisión de datos sobre redes de comunicación, como Internet, y que permita las transacciones económicas por medios electrónicos. Programa. Tercer Programa de Mentoring en Comercio Electrónico, que tiene como objetivo ofrecer servicios de asesoramiento especializado en comercio electrónico, a través de la asesoría personalizada e individualizada realizada por profesionales expertos del sector, para impulsar el potencial de la pyme y posicionarla estratégicamente en el mercado on-line. Solicitante. Entidad que se encuentra interesada en la participación como Colaborador del Programa bajo las condiciones reflejadas en la presente Invitación. Entidad Colaboradora / Colaborador/a. Empresa especializada en comercio electrónico que, tras haber sido seleccionada mediante el presente procedimiento de Invitación General, presta servicios de asesoramiento personalizado a las pymes beneficiarias del Programa en alguna de sus convocatorias de ayudas, tomando en Pág. 7 de 44 Observaciones Página 7/44

consideración sus características particulares y partiendo de la identificación de sus necesidades específicas. Los Colaboradores que sean seleccionados a través de la presente Invitación podrán participar como Colaborador en la Convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el convenio de colaboración que se firme como consecuencia de esta Invitación Pyme beneficiaria. Pyme, seleccionada como receptora de la ayuda, mediante la correspondiente convocatoria pública de ayudas. SEGUNDA.- TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA COLABORACIÓN La participación como Colaborador del Programa supone la aceptación de los términos y condiciones establecidos en la presente Invitación General. El objeto de la colaboración consistirá en la prestación, por los Colaboradores de los Servicios de asesoramiento especializado en comercio electrónico, a las pymes beneficiarias del Programa que los seleccionen como proveedores, así como el apoyo en la gestión de la subvención concedida a dichas pymes, mediante el adelanto de su importe en la factura correspondiente. La relación entre los colaboradores del Programa y cada una de las pymes beneficiarias se formalizará a través del correspondiente contrato privado de prestación de servicios. Red.es no se hará responsable de los posibles conflictos derivados de la relación privada que se establezca entre la empresa colaboradora y la pyme beneficiaria. Corresponderá, en todo caso, a la Entidad Pública resolver las cuestiones relativas a la presente Invitación, así como los términos y condiciones de la colaboración. TERCERA.- PARTICIPACIÓN Y REQUISITOS DE SOLVENCIA I. PARTICIPACIÓN Podrán participar en el proceso de selección aquellas entidades (en adelante, los Solicitantes ) que presten servicios de asesoramiento especializado en comercio electrónico a través de la asesoría personalizada e individualizada, realizada por profesionales expertos del sector, para impulsar el potencial de la pyme y posicionarla estratégicamente en el mercado online y que, a su vez, cumplan con el resto de los requisitos de solvencia establecidos en el presente apartado. Así mismo, podrán participar en el proceso de selección uniones temporales de empresas (UTEs) y asociaciones empresariales, con personalidad jurídica propia, que puedan prestar los servicios referidos en el párrafo anterior y que cumplan con los requisitos de solvencia establecidos en el presente apartado. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la UTE o asociación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, le correspondan como entidad Colaboradora. Pág. 8 de 44 Observaciones Página 8/44

En el caso de que participen asociaciones empresariales, se deberá indicar en su solicitud el listado de empresas que prestarán el servicio de asesoramiento a las pymes beneficiarias. A lo largo del proyecto, este listado sólo podrá modificarse previa autorización de Red.es. Los empresarios que deseen participar integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres de las empresas que la constituirán, la descripción del grado de participación de cada una, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados. Para poder concurrir al procedimiento de la Invitación, los Solicitantes deberán no hallarse incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar con la Administración previstas en el artículo 60.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, mediante declaración responsable firmada por el representante apoderado de la entidad solicitante, acreditando, adicionalmente, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como del pago de las obligaciones de rembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Red.es podrá comprobar el cumplimiento de estos requisitos en cualquier momento previo a la firma de los convenios de colaboración que se suscriban con cada una de las Entidades Colaboradoras. II. REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Las entidades Solicitantes deberán acreditar que la media de los importes netos de la cifra de negocio correspondientes a las tres últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil sea, al menos, de 750.000. En caso de Solicitantes con menos de tres años de antigüedad, se deberá justificar este requisito de solvencia como media de los importes netos de la cifra de negocios de las cuentas anuales que disponga. En el caso de uniones temporales de empresarios, la solvencia económica será justificada a través de la suma de las medias de los importes netos de la cifra de negocio, correspondientes a las tres últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil, de la propia UTE o de las empresas que conformen la UTE. En el caso de asociaciones de empresarios, la solvencia económica será justificada a través de la suma de las medias de los importes netos de la cifra de negocio, correspondientes a las tres últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil, de las empresas que conformen la asociación. Pág. 9 de 44 Observaciones Página 9/44

III. REQUISITOS DE SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL Las entidades Solicitantes deberán contar con experiencia en los últimos CINCO (5) años en proyectos de consultoría, asesoría o formación in-company personalizados a pyme en materia de comercio electrónico. Los solicitantes deberán acreditar, al menos, haber desarrollado, durante los últimos CINCO (5) años, OCHO (8) proyectos que cumplan las siguientes características: Ningún proyecto habrá tenido un presupuesto inferior a 5.000 (impuestos indirectos incluidos). Al menos TRES (3) proyectos se habrán llevado a cabo en pymes que ya realizaban transacciones (ventas) comerciales por Internet previamente al proyecto. Al menos CINCO (5) de las pymes destinatarias, realizan transacciones (ventas) comerciales por Internet tras el asesoramiento recibido. Las pymes destinatarias de los proyectos, en su conjunto, deberán pertenecer al menos a TRES (3) actividades económicas diferentes, de acuerdo con el CNAE 2009. En cada uno de los proyectos se deberán haber prestado servicios de asesoramiento en al menos los siguientes temas: Asesoramiento para la elaboración de un Plan Estratégico de Negocio de venta online. Asesoramiento para la elaboración de un Plan de marketing en Internet. Asesoramiento para la implantación de una Plataforma e-commerce. Asesoramiento personalizado sobre implantación de medios de pago, logística o internacionalización en el ámbito del e-commerce. Asesoramiento personalizado en materia de normativa y legislación relacionada con el proyecto de venta online (implantación de códigos de buenas prácticas para la gestión de la Seguridad de la Información, aspectos de carácter legal sobre Protección de Datos de Carácter Personal o Protección de la Propiedad Intelectual, Publicidad y Comunicaciones Comerciales y Derechos de Marcas, etc.). En caso de asociaciones o uniones temporales, la solvencia técnica podrá ser justificada a través del conjunto de proyectos de consultoría realizados por alguna o todas las empresas que constituyan la asociación o unión temporal. No será admisible la cesión de solvencia técnica entre empresas establecida en el artículo 63 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. CUARTA.- FINANCIACIÓN Red.es subvencionará un porcentaje del coste de la actuación (impuestos indirectos excluidos) de cada pyme beneficiaria hasta el máximo que Red.es disponga en cada convocatoria. Pág. 10 de 44 Observaciones Página 10/44

Dado que la subvención estará ligada a precio, formará parte de la base imponible de la factura que remita el Colaborador a cada pyme beneficiaria, por lo que los impuestos indirectos se calcularán sobre el coste de la actuación sin deducir la subvención. A estos efectos, los Solicitantes deberán presentar en su solicitud una oferta económica del coste de la actuación por pyme. La oferta económica podrá ser superior o inferior a la aportación máxima de Red.es por beneficiario, no estableciéndose ningún límite al respecto. Este coste debe contemplar todos los requisitos descritos en las condiciones de la presente Invitación, y debe ser el mismo para todas las pyme beneficiarias independientemente de su ubicación y casuística particular. Todos los gastos ocasionados por los desplazamientos, alojamiento y dietas del personal de la empresa colaboradora durante el desarrollo del Programa se encontrarán contenidos en el coste de la actuación por pyme beneficiaria de cada uno de los Colaboradores, de acuerdo con la oferta presentada en la presente Invitación. El Colaborador no podrá imputar como horas de asesoramiento aquéllas que se empleen en los viajes o desplazamientos necesarios a las ubicaciones de las pymes beneficiarias. La oferta económica será vinculante para el Colaborador y no podrá variarse para los servicios de Asesoramiento que la entidad colaboradora preste a los beneficiarios de la convocatoria de este Programa. En la Convocatoria se subvencionará el 80% del coste de la actuación (impuestos indirectos excluidos) de cada pyme beneficiaria, hasta un máximo de 5.000, por los servicios de asesoramiento en comercio electrónico. QUINTA.- ACTUACIONES A EJECUTAR POR LOS COLABORADORES El Colaborador desarrollará y mantendrá los conocimientos, metodologías y herramientas necesarias para asegurar el desarrollo óptimo del proyecto en cada pyme beneficiaria y para garantizar la prestación de los servicios de asesoramiento personalizados con los máximos niveles de calidad, siendo responsable del cumplimiento de las condiciones de esta Invitación General. Las propuestas de los Solicitantes deberán presentarse de acuerdo con el formato y contenido descritos en la condición OCTAVA.-DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR de la presente Invitación. Pág. 11 de 44 Observaciones Página 11/44

I. CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO A PRESTAR POR LOS COLABORADORES Con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos del Programa, el Colaborador deberá realizar las siguientes actuaciones: Proporcionar servicios de mentoring en comercio electrónico a pyme, a través de la asesoría personalizada e individualizada, realizada por profesionales expertos del sector, para impulsar el potencial de la pyme y posicionarla estratégicamente en el mercado online. Las pymes beneficiarias, al presentar su solicitud de participación en el Programa, deberán seleccionar el Colaborador que le prestará los servicios de asesoramiento. El servicio a prestar por los Colaboradores constará del asesoramiento sobre un conjunto de aspectos, técnicas y recomendaciones fundamentales en comercio electrónico, de carácter obligatorio, complementado con DOS (2) temáticas opcionales, a elegir por la pyme beneficiaria, entre CINCO (5) posibles, con el fin de adecuarse a sus objetivos y características particulares. El alcance del servicio de asesoramiento obligatorio incluirá los siguientes puntos: Servicio de asesoramiento obligatorio Asesoramiento personalizado en el desarrollo del Plan Estratégico de Comercio Electrónico en la pyme. Asesoramiento personalizado en el desarrollo o actualización de un plan de comunicación y marketing en Internet. Asesoramiento tecnológico personalizado sobre plataformas de e-commerce. Asesoramiento personalizado en la implantación de código de buenas prácticas para la gestión de la seguridad de la información, aspectos de carácter legal, publicidad y comunicaciones comerciales, Derecho de Marcas y derechos de los consumidores. Asesoramiento personalizado sobre las necesidades para llevar a cabo un sistema de gestión de fraude online en una estrategia de e-commerce, así como los medios de pago adecuados. Los servicios de asesoramiento opcionales, entre los cuales el beneficiario deberá seleccionar DOS (2) serán los siguientes: Servicios de asesoramiento opcionales Asesoramiento personalizado en atención al cliente. Pág. 12 de 44 Observaciones Página 12/44

Asesoramiento personalizado sobre logística y distribución en e-commerce (efulfillment) y sobre diseño de packaging, envases y etiquetado. Asesoramiento personalizado en el diseño de un Plan de Internacionalización y expansión a nuevos mercados a través del e-commerce. Asesoramiento personalizado para mejorar el posicionamiento web de la pyme y en analítica web, medición del retorno de la inversión online e inteligencia competitiva. Asesoramiento tecnológico personalizado sobre la aplicación de la actividad de comercio electrónico mediante dispositivos móviles. El Colaborador deberá garantizar la prestación de los servicios de asesoramiento que se describen en este apartado con los niveles de calidad y completitud que permitan a la pyme beneficiaria adquirir sólidos conocimientos de la temática a la que se refiere cada uno de los servicios que conforman el Programa. El desarrollo y ejecución del proyecto será supervisado en todo momento por Red.es. II. ENTREGABLE DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Al finalizar los servicios de asesoramiento realizados sobre cada beneficiario, el colaborador le entregará un Informe de Asesoramiento con los siguientes contenidos: a) Análisis de la situación inicial del beneficiario respecto al comercio electrónico (según su sector, actividad, mercado y objetivos). b) Estructura y organización del beneficiario (descripción, estructura y organización de la empresa, descripción de las áreas de la empresa analizadas y un diagnóstico de cada una de ellas). c) Análisis de los sistemas de información de la empresa (descripción de los sistemas de información, disponibilidad y acceso, datos que contiene cada uno de ellos). d) Descripción detallada de los resultados de cada uno de los servicios de asesoramiento prestados. e) Recomendaciones y vigencia de éstas. f) Previsiones de mejora y su impacto en los resultados del negocio. g) Riesgos y aspectos claves de impacto. h) Conclusiones del proyecto. Pág. 13 de 44 Observaciones Página 13/44

Los informes de asesoramiento deberán respetar los siguientes criterios de calidad: Criterios de calidad de los entregables Los entregables deberán desarrollarse de manera personalizada para cada beneficiario e incluyendo todos los contenidos establecidos en la presente condición. Los informes de asesoramiento deberán tener un mínimo de 125 páginas. Todos los entregables deberán entregarse firmados por la empresa Colaboradora y además deberá venir identificada perfectamente la pyme beneficiaria. Los entregables deberán hacer mención a la financiación FEDER, incluyendo el logotipo indicado en el Anexo IV de esta Invitación, así como la mención al Programa Operativo a cargo del que se financiación, Programa Operativo Economía Basada en el Conocimiento (POEC) En el caso de que los entregables incluyan contenidos extraídos de fuentes externas, estos deberán referenciarse con un código con formato [REF-X]. El entregable incluirá un apartado final de Referencias en el que se listarán todas las referencias por su código, indicando para cada una, al menos, la siguiente información: título del recurso del que se obtiene la información, autor de la información, fecha de publicación o fecha de acceso, y la dirección (URL) del recurso si se encuentra en Internet. Ejemplo: [REF-1] Estudio B2C 2011, Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, 2012, http://www.ontsi.red.es/ontsi/es/estudios-informes/estudio-b2c-2011-edicion- 2012. En el caso de que los entregables correspondientes al servicio prestado a un beneficiario por parte del Colaborador, a juicio de Red.es, no incluyan los contenidos mínimos necesarios, éstos no estén suficientemente personalizados a la situación y circunstancias del beneficiario o no hayan sido realizados con la diligencia del ordenado empresario, Red.es no abonará el trabajo de asesoramiento realizado a dicho Colaborador, independientemente de la aceptación de los servicios por parte del beneficiario. Adicionalmente, en la citada situación de incumplimiento de los requisitos mínimos necesarios en los entregables generados por el Colaborador en el Pág. 14 de 44 Observaciones Página 14/44

marco de la Convocatoria, este estará obligado a devolver el pago realizado por el beneficiario por tales servicios prestados. III. REPOSITORIO DE INFORMACIÓN El Colaborador pondrá a disposición de Red.es un repositorio de documentación a través de un servicio de alojamiento de archivos multiplataforma en la nube. El servicio permitirá a los colaboradores almacenar y sincronizar archivos en línea y entre ordenadores y compartir archivos y carpetas con Red.es. Todos los Colaboradores deberán utilizar el mismo servicio de alojamiento que elegirá Red.es y les comunicará al inicio del proyecto. Los Colaboradores tendrán la obligación de actualizar el contenido de este repositorio con la documentación generada de acuerdo con las directrices que Red.es establezca en cuanto a estructura y denominación de ficheros. IV. REQUISITOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS REALIZADOS Y EL COBRO DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN Tras la finalización de los trabajos que se describen en la presente Condición QUINTA.- ACTUACIONES A EJECUTAR POR LOS COLABORADORES, la Entidad Colaboradora emitirá una factura a la pyme beneficiaria, de acuerdo con los requisitos establecidos en la presente condición, y el beneficiario, si está de acuerdo con los servicios recibidos, deberá abonarle la parte no subvencionada de la misma más los impuestos indirectos aplicables. En caso que Red.es considere que los entregables o los servicios realizados por el Colaborador en general no cumplan con los requisitos establecidos tanto en la citada condición QUINTA.- ACTUACIONES A EJECUTAR POR LOS COLABORADORES de la Invitación General, como lo indicado en las bases reguladoras de la Convocatoria, el Colaborador no podrá reclamar el pago de la subvención por tales servicios prestados a Red.es, y estará obligado a la devolución de las cantidades aportadas por el beneficiario en concepto de pago de los mismos. Para que Red.es pueda abonar al Colaborador el importe de la subvención, la pyme beneficiaria, o en su nombre el Colaborador, deberá presentar, y ser validada por Red.es, la siguiente documentación: - Facturas emitidas por el Colaborador a la pyme beneficiaria (original o equivalente) que identifiquen claramente a la pyme beneficiaria y que contemplen la siguiente información: Coste de la actuación subvencionable identificando la relación de trabajos realizados (+) Impuestos indirectos aplicables sobre el coste de la actuación Pág. 15 de 44 Observaciones Página 15/44

Subvención aplicada (-) Total a pagar - Justificantes del pago por parte de la pyme beneficiaria. Estos justificantes son: Extractos o certificaciones bancarias (original o equivalente) señalando los movimientos justificativos correspondientes al pago en cuestión. - Informe de asesoramiento descrito en el apartado II de la presente condición. El plazo máximo de presentación de esta documentación será el establecido en la condición SÉPTIMA. PLAZOS de esta Invitación. Toda la documentación se deberá presentar a través de la sede electrónica de Red.es. Sólo cuando hayan finalizado todas las actuaciones correspondientes a cada beneficiario, se podrá remitir a Red.es la documentación justificativa de la totalidad de las actuaciones para el abono del importe de la subvención correspondiente a dicho beneficiario. SEXTA.- ACTUACIONES A EJECUTAR POR RED.ES I. PLANIFICACIÓN, DIRECCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS Corresponde a Red.es la supervisión y dirección del Programa, proponer las modificaciones convenientes o, en su caso, proponer la suspensión del mismo si existiese causa suficientemente motivada. Para la supervisión de la marcha del Programa se establecerá un Comité de Seguimiento, compuesto por uno o varios representantes de Red.es, y por al menos el Director de Proyecto designado por el Colaborador. La Dirección Técnica de los proyectos corresponderá a Red.es en la figura de la persona encargada del Proyecto. El Colaborador designará un único Director de Proyecto, que ejercerá de interlocutor con Red.es (en caso de agrupaciones, deberán designar también un único Director de Proyecto en representación de todas las empresas prestadoras de los servicios de asesoramiento). Red.es podrá convocar cuantas reuniones de seguimiento de proyecto sean necesarias para su correcto desarrollo. Red.es designará una persona de la Entidad encargada del Proyecto (Director Técnico) cuyas funciones en relación con la presente Invitación serán: Velar por el correcto desarrollo del programa. Verificar y validar la documentación exigida en la condición QUINTA.- ACTUACIONES A EJECUTAR POR LOS COLABORADORES. Pág. 16 de 44 Observaciones Página 16/44

II. AUDITORÍAS Red.es se reserva el derecho de llevar a cabo auditorías para verificar el correcto desarrollo del Programa en los términos establecidos en la presente Invitación. Las auditorías se podrán realizar durante la ejecución de los trabajos y hasta los 5 años siguientes a la finalización de la prestación de los servicios de asesoramiento. Dichas auditorías podrán realizarse in-situ en la sede de la pyme beneficiaria, y el Colaborador podrá ser requerido para asistir presencialmente a la comprobación de la correcta prestación del servicio objeto de la auditoría. III. ABONO DE LA SUBVENCIÓN Una vez recibida y validada la documentación presentada por la entidad Colaboradora para la justificación de la subvención, de acuerdo con el apartado IV de la condición QUINTA.- ACTUACIONES A EJECUTAR POR LOS COLABORADORES, Red.es abonará al Colaborador la cuantía correspondiente a la subvención de la pyme beneficiaria. SÉPTIMA.- PLAZOS I. PLAZO DE SOLICITUD: El plazo para solicitar la participación en el Programa como entidad colaboradora será de UN MES desde la fecha de publicación de la presente Invitación en el perfil del contratante de Red.es. El último día de plazo de solicitud sólo se podrán presentar solicitudes hasta las 13:00 horas. Si el último día para la presentación de solicitudes no fuese hábil, el plazo se extenderá hasta el siguiente día hábil. A estos efectos, el sábado no se considera día hábil. II. PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN: El plazo máximo de ejecución y presentación de la documentación de justificación de los trabajos realizados de los trabajos objeto de la presente Invitación, según lo establecido en la condición QUINTA.- ACTUACIONES A EJECUTAR POR LOS COLABORADORES, será de CUATRO (4) meses a contar desde la fecha de publicación de la resolución de la correspondiente Convocatoria de ayudas a pymes. El último día de plazo de justificación sólo se podrá presentar la documentación justificativa hasta las 13:00 horas. Si el último día para la presentación de solicitudes no fuese hábil, el plazo se extenderá hasta el siguiente día hábil. A estos efectos, el sábado no se considera día hábil. OCTAVA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Las propuestas de colaboración incluirán la información y documentación que se describe en los siguientes apartados. Pág. 17 de 44 Observaciones Página 17/44

Red.es se reserva el derecho a exigir a los Solicitantes que presenten documentación adicional que acredite la veracidad de la información presentada en la propuesta, o bien información adicional sobre el contenido de la misma. Red.es podrá requerir a los Solicitantes que formulen por escrito las aclaraciones necesarias para la comprensión de algún aspecto de la propuesta. En ningún caso se admitirá que durante el proceso de aclaraciones el solicitante varíe los términos expresados en su propuesta. Sólo puede ser considerada como información que facilite el análisis de la solución propuesta inicialmente. I. SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Los solicitantes podrán presentar solicitud únicamente por vía telemática, con certificado digital válido (DNI electrónico o el Certificado de usuario Clase 2 CA de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre), a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/), donde deberán cumplimentar el formulario electrónico que se habilitará al efecto. Tanto la solicitud, como los ficheros adjuntos, deberán ser firmados digitalmente. Los requisitos de configuración para operar con la Sede Electrónica se encuentran en el Manual de Requisitos Técnicos, disponible en la propia Sede. En el caso de que la solicitud se presente a través de uno o varios representantes, tanto la solicitud, como los ficheros adjuntos, deberán ser firmados digitalmente con los DNIs electrónicos o certificados digitales personales de los representantes apoderados al efecto. La solicitud junto con los ficheros a adjuntar, deberán ser presentados en el plazo de solicitud indicado en la Base SÉPTIMA.- PLAZOS. Para la admisión de la solicitud es imprescindible cumplimentar correctamente todos los campos requeridos en el formulario correspondiente. Los solicitantes, en el formulario de solicitud, podrán autorizar a Red.es a recabar los datos relativos a algunos de los documentos exigidos (según formulario), quedando en tal caso eximidos de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. II. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE SOLICITUD Fichero con la copia digitalizada del Certificado original acreditativo del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social fechado. Fichero con la copia digitalizada del Certificado original acreditativo del cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria fechado. Fichero con la copia digitalizada del DNI del firmante/s de la solicitud. En caso de que la solicitud esté firmada con el DNIe del apoderado, no se requiere copia del mismo. Ficheros con las copias digitalizadas de la Documentación acreditativa de la condición de representante legal del/de los firmante/s: Pág. 18 de 44 Observaciones Página 18/44

o En el caso de empresas: deberán presentar Escritura de apoderamiento del firmante/s de la solicitud y estatutos de la empresa en los que figuren los poderes suficientes de dicho/s firmante/s. o En el caso de UTE: deberán presentar la documentación solicitada a cada empresa individual más el compromiso de constitución de la UTE firmado por los representantes de cada empresa que la componen, que incluya qué persona actuará en representación de la UTE y la mención del porcentaje de participación de cada una de las empresas que la componen. o En el caso de asociaciones deberán presentar: Estatutos o documento de constitución equivalente en los que figure en sus fines la prestación de los servicios objeto de esta invitación y en los que figuren los poderes del cargo de la persona que firma la solicitud. Acta del órgano competente en el que se nombre al representante que firma la solicitud. En el caso de las entidades que ya hayan participado como Colaboradores de la anterior INVITACIÓN GENERAL PARA COLABORAR CON LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES EN EL PROGRAMA DE MENTORING EN COMERCIO ELECTRÓNICO C-071/12-ED, no será necesario que presenten de nuevo los mismos documentos que presentaron en dicho proceso de homologación, si no han variado y siguen en vigor. En este caso deberán presentar en su lugar una declaración responsable, firmada por el representante acreditado en el que indique qué documentos de la anterior Invitación no presenta al considerar que ya obran en poder de Red.es. En el caso de que Red.es no cuente con dicha documentación o no sea válida, se requerirá al solicitante que la presente durante el plazo de subsanación. III. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE SOLVENCIA 1. Solvencia económica y financiera Solicitante único: Ficheros con las copias digitalizadas de las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios depositadas en el Registro Mercantil. Uniones temporales de empresarios: Ficheros con las copias digitalizadas de las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios depositadas en el Registro Mercantil, de cada una de las empresas que prestarán el servicio. Asociaciones: Ficheros con las copias digitalizadas de las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios depositadas en el Registro Mercantil, de empresas que formen parte de la asociación. Pág. 19 de 44 Observaciones Página 19/44

2. Solvencia técnica y profesional Ficheros con las copias digitalizadas de Certificados originales firmados por los clientes del Solicitante donde se justifique la experiencia requerida en el apartado III, de la condición TERCERA.- PARTICIPACIÓN Y REQUISITOS DE SOLVENCIA, utilizando para ello el modelo del Anexo II. El solicitante deberá presentar un certificado por cada proyecto que presenta como justificante de su experiencia, que incluirá un resumen de los principales aspectos del proyecto. Los certificados serán tratados por Red.es de forma confidencial, y únicamente para los fines de acreditación de la solvencia técnica y profesional. Red.es se reserva el derecho de contactar con las empresas emisoras de los certificados, con el fin de conocer con detalle el tipo de trabajos desarrollados en cada proyecto. Para ello, los certificados deberán incluir los datos de contacto del cliente. IV. PRESENTACIÓN DEL SOLICITANTE: Opcionalmente, el Solicitante podrá incorporar a su propuesta una presentación (con una extensión máxima de 10 páginas), que amplíe la información relacionada con los servicios objeto de la presente Invitación y/o con su experiencia. Red.es se reserva el derecho a exigir a los Solicitantes que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en la propuesta, o bien, información adicional sobre el contenido de la misma. En caso de resultar Colaborador, y una vez firmado el convenio de colaboración, la oferta económica del Solicitante y la presentación mencionada en el párrafo anterior serán publicadas en la web de Red.es, para que los beneficiarios de la Convocatoria puedan seleccionar el Colaborador más adecuado a sus necesidades. NOVENA.- RECEPCIÓN Y ACEPTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de las solicitudes será el establecido en la condición SÉPTIMA. PLAZOS de esta Invitación. Las solicitudes podrán presentarse únicamente de forma telemática, a través de la sede electrónica de Red.es, tal y como se describe en el apartado I de la condición OCTAVA. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. Si la documentación aportada en la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos requeridos, con advertencia de que, si no lo hiciese, se considerará que ha desistido de su solicitud. Pág. 20 de 44 Observaciones Página 20/44

DÉCIMA.- ACEPTACIÓN DE SOLICITUDES Y SUSPENSIÓN DE LA COLABORACIÓN Red.es únicamente tomará en consideración las propuestas presentadas por las entidades que, cumpliendo los requisitos establecidos en las Condiciones SEGUNDA.- TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA COLABORACIÓN y TERCERA.- PARTICIPACIÓN Y REQUISITOS DE SOLVENCIA, y aceptando en su solicitud de participación con carácter general las condiciones de la Invitación General, hayan remitido en plazo la Solicitud, junto con el resto de documentación exigida en la Condición OCTAVA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. Red.es se reserva el derecho de no aceptar una Solicitud de participación cuando ésta no contribuya, según criterio exclusivo de Red.es, a lograr la consecución de los fines y objetivos para los que ha sido concebida. Red.es se reserva el derecho de declarar desierta la presente Invitación, por considerar que ninguna de las Solicitudes de participación cumple los requisitos necesarios para la colaboración requerida. Red.es se reserva el derecho de suspender temporal o definitivamente la colaboración con un determinado Colaborador cuando éste realice, a juicio de la Entidad Pública: Acciones contrarias a la actuación. Acciones contrarias a los intereses de Red.es Cuando incumpla las obligaciones establecidas en la presente Invitación. Cuando la calidad del trabajo realizado y/o de los entregables sea deficiente, no se adecúe a las particularidades de los beneficiarios o no sea realista con las expectativas que genere. En el supuesto de que un Colaborador pierda o renuncie a tal condición, Red.es no estará obligada a restituirle los gastos que éste hubiera realizado con motivo de su participación. UNDÉCIMA.- LOGOTIPOS, MARCAS Y PROPIEDAD INTELECTUAL El Colaborador autoriza a Red.es para que pueda utilizar sus logotipos, marcas y símbolos en las actuaciones realizadas en el marco de este Programa. En caso de utilizarlos, Red.es hará sus mejores esfuerzos para conciliar las políticas de los Manuales de Identidad Corporativa de los distintos colaboradores con las necesidades del Programa. En todo caso, corresponderá a Red.es resolver las cuestiones relativas al uso de los logos y marcas del Colaborador en el marco del Programa. Toda imagen relacionada con el Programa que sea diseñada por el Colaborador deberá ser aprobada previamente por Red.es. El Colaborador tendrá el derecho de publicar y difundir su participación en el Programa. Red.es deberá autorizar al Colaborador para que, a los efectos señalados, pueda utilizar los logotipos, símbolos e imagen del Programa. Pág. 21 de 44 Observaciones Página 21/44

En ningún caso dicha autorización comprenderá el consentimiento del uso del logotipo de la entidad pública empresarial Red.es o de los logotipos, símbolos, imagen o iniciativas del Programa fuera de los supuestos comprendidos en la presente Invitación. El Colaborador garantiza a Red.es que ostenta legítimamente los derechos de Propiedad Intelectual/Industrial relacionados con los productos/servicios que utilizará para las acciones a desarrollar en el marco del Programa. El Colaborador se compromete a mantener indemne a Red.es frente a las reclamaciones que pudieran surgir por parte de terceros relacionados con Propiedad Intelectual/Industrial. DUODÉCIMA.- COMUNICADOS DE PRENSA Los Colaboradores tendrán el derecho de publicar y difundir su participación en el Programa. No obstante, Red.es deberá aprobar cualquier información referente al Programa que el Colaborador pretenda divulgar para los efectos señalados. Para ello, el Colaborador deberá remitir a Red.es, antes de su publicación, los comunicados de prensa que hagan referencia al Programa. En ningún caso dicha aprobación comprenderá el consentimiento del uso de información del Programa fuera de los supuestos comprendidos en la presente Invitación General. DÉCIMOTERCERA.- NO EXCLUSIVIDAD En ningún caso, un Colaborador podrá exigir participar en el Programa desarrollando una serie de acciones con carácter exclusivo. DÉCIMOCUARTA.- RESOLUCION DE LA SELECCIÓN DE COLABORADORES Y SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN Red.es efectuará la selección de Colaboradores mediante acuerdo de la Dirección General de la entidad, a propuesta de la Dirección de Economía Digital, tras la verificación del cumplimiento de los requisitos de solvencia de las solicitudes recibidas y del cumplimiento de las condiciones mínimas de las propuestas de los Solicitantes. Aquellos Solicitantes que no cumplan con los requisitos de solvencia establecidos en la condición TERCERA.- PARTICIPACIÓN Y REQUISITOS DE SOLVENCIA o cuyas propuestas no cumplan las condiciones mínimas de servicio establecidas en la condición QUINTA.- ACTUACIONES A EJECUTAR POR LOS COLABORADORES serán excluidas del presente procedimiento de homologación. Una vez seleccionadas, las entidades Colaboradoras procederán a la formalización del correspondiente Convenio de Colaboración. En el ANEXO III: CONVENIO DE COLABORACIÓN, se incluye el modelo de convenio, a título informativo. Pág. 22 de 44 Observaciones Página 22/44