REGLAS MÍNIMAS DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS JUDITH VEGA MEJÍA

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Transcripción:

REGLAS MÍNIMAS DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS JUDITH VEGA MEJÍA

27 años en prisión en defensa de los Derechos Humanos a la igualdad, la democracia y la promoción de una cultura de paz en el mundo 18 de julio destinado a la promoción de condiciones de encarcelamiento dignas, sensibilizar acerca de que las personas privadas de libertad son parte integrantes de la sociedad y valorar la labor del personal penitenciario como servicio social de particular importancia

JUSTIFICACIÓN Humanización de la justicia penal y la protección de los Derechos Humanos

PRINCIPIOS BÁSICOS 1) Las Reglas se aplicarán de forma imparcial y sin discriminación. 2) El sistema penitenciario no deberá agravar los sufrimientos que implican la privación de la libertad y el despojo del derecho a la autodeterminación de las personas detenidas. 3) Todas las personas detenidas serán tratadas con el respeto que merece su dignidad y su valor intrínseco en cuanto seres humanos. 4) Nadie será sometido a tortura ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes. 5) Se tendrán en cuenta las necesidades individuales de las personas detenidas, en particular las de las categorías más vulnerables en el contexto penitenciario. 6) Se deberán reducir al mínimo las diferencias entre la vida en prisión y la vida en libertad. 7) Las medidas privativas de libertad tienen por objetivo proteger a la sociedad contra el delito y reducir la reincidencia.

BASAMENTO LEGAL Ámbito internacional Sistema ONU Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976) Sistema OEA Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (1948) Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) (1969)

Ámbito Nacional Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Ley Orgánica del Poder Judicial Ley del Sistema de Justicia Código de Ética del juez venezolano y de la jueza venezolana Ley Orgánica de Defensa Pública Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Código Orgánico Procesal Penal Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Código Orgánico de Justicia Militar Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia Código Orgánico Penitenciario

REGLAS MANDELA Conformadas por 122 reglas Divididas en: REGLAS DE APLICACIÓN GENERAL Desde la número 1 hasta la 85 REGLAS APLICABLES A CATEGORÍAS ESPECIALES Desde la 86 hasta la 122

I) REGLAS DE APLICACIÓN GENERAL (1) Principios fundamentales: 1 a 5 Gestión de los expedientes de los reclusos: 6 a 10 Separación por categorías: 11 Alojamiento: 12 a 17 Higiene Personal: 18 Ropas y cama: 19 a 21 Alimentación: 22 Ejercicio físico y deporte: 23

REGLAS DE APLICACIÓN GENERAL (2) Servicios médicos: 24 a 35 Restricciones, disciplinas y sanciones: 36 a 46 Instrumentos de coerción física: 47 a 49 Registro de reclusos y celdas: 50 a 53 Información y Derecho de Queja de los reclusos: 54 a 57 Contacto con el mundo exterior: 58 a 63 Biblioteca: 64

REGLAS DE APLICACIÓN GENERAL (3) Religión 65 y 66 Depósito de objetos pertenecientes a los reclusos: 67 Notificaciones: 68 a 70 Investigaciones: 71 y 72 Traslados de reclusos: 73 Personal penitenciario: 74 a 82 Inspecciones internas y externas: 83 a 85

II) REGLAS PARA CATEGORÍAS ESPECIALES (1) A) Reclusos penados: 86 a 108 - Principios rectores: 86 a 90 - Tratamiento: 91 y 92 - Clasificación e individualización: 93 y 94 - Beneficios: 95 - Trabajo: 96 a 103 - Instrucción y recreo: 104 y 105 - Relaciones sociales y ayuda pospenitenciaria: 106 a 108

REGLAS PARA CATEGORÍAS ESPECIALES (2) B) Reclusos con discapacidades o enfermedades mentales: 109 y 110 C) Personas detenidas o en espera de juicio: 111 y 112 D) Personas encarceladas por causas civiles: 121 E) Personas detenidas o encarceladas sin imputación de cargos: 122

ÁREAS TEMÁTICAS (1) 1) Dignidad de los reclusos como seres humanos: De 1 a 5 2) Grupos vulnerables entre los privados de libertad: 2, 5.2, 39.3, 55.2, 109 y 110 3) Servicios médicos: 24 a 27 y 29 a 35 4) Restricciones, disciplinas y sanciones: 36 a 39 y 42 a 53

ÁREAS TEMÁTICAS (2) 5) Investigación de muertes y tortura de reclusos: 6 a 10 y 68 a 72 6) Acceso a la representación jurídica: 41, 54,55, 58 a 61 y 119 a 120 7) Quejas e inspecciones: 54 a 57, 83 a 85 8) Terminología 9) Capacitación del personal: 75 y 76

CUÁL ES NUESTRA REALIDAD? RETENES DE MÉRIDA - Glorias Patrias - Ejido - Lagunillas - Tovar

CCP1 344 detenidos Glorias Patrias: 265 189 hombres procesados 76 hombres sentenciados

CCP3 62 personas 36 hombres y 2 mujeres procesadas 18 hombres y 2 mujeres sentenciadas

CCP4 Lagunillas: 39 28 hombres procesados 8 hombres sentenciados

CCP5 49 29 hombres procesados 16 hombres sentenciados