SUGERENCIAS AÑO 2014

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SUGERENCIAS AÑO 2014 Fecha Tema Autoridad Competente 01/08/2014 Espacios Públicos y Edificación Div. Espacios Públicos Dir. Patricia Roland 30/09/2014 Patrimonio Unidad de Patrimonio Dir. Ernesto Spósito.

Montevideo, 1 de agosto de 2014 Arquitecta Patricia Roland. Directora de Espacios Públicos y Edificación Intendencia de Montevideo Estimada Arq. Roland, Me pongo en comunicación con Usted a los efectos de presentar una sugerencia en relación con el reclamo N 2009, recibido por la Defensoría del Vecino con fecha 26/05/2011. Este reclamo está vinculado al expediente municipal nº 3380-002265-09, referente a contaminación acústica y ocupación del espacio público provocado por el funcionamiento de la empresa Unión Eléctrica S.R.L. ubicada en calle Cuaró N 3100 bis, padrón N 417.601. Antecedentes: En el año 2009 el señor ******* radicó una denuncia ante la Intendencia de Montevideo por ruidos molestos, rompimiento de vereda y ocupación indebida del espacio público. Luego de la intervención del Municipio C y la División Espacios Públicos y Edificación y habiendo comprobado la existencia de los perjuicios denunciados, en el año 2012 se ordenó el traslado de la empresa Unión Eléctrica S.R.L. El señor ******* se comunicó en diversas ocasiones con la Defensoría luego de que a la empresa se le otorgaran varias prórrogas que desde su punto de vista determinaron la continuación del perjuicio asociado a las situaciones objeto de la denuncia. A partir de la actuación defensorial, que implicó búsqueda de información, investigación, reuniones con la División de Espacios Públicos y Edificación, pedidos de expedientes y visitas al lugar del problema, con fecha 21/02/2014 la presentó la Recomendación nº 87 a través de la cual sugirió el no otorgamiento de más plazos a la empresa denunciada, recomendación que recibió una respuesta negativa por parte de la Intendencia. Con fecha 26/06/2014 se comunica nuevamente el vecino denunciante solicitando retomar la actuación de la Defensoría en tanto entiende se mantienen los mismos perjuicios sin que la empresa haya mostrado signos de traslado. A partir de este pedido del vecino desde la Defensoría nos contactamos con Contralor de la Edificación Locales, donde nos informan que la empresa ha solicitado una nueva extensión del plazo hasta el 31 de enero del año 2015. Según la información de la que disponemos en la Defensoría el 11 de febrero del 2014 la Arquitecta Asesora del municipio C (Arq. Cecilia Fernández Bardesio), a pedido del gobierno municipal, elevó un informe que en sus párrafos finales establece: Visto que esta empresa ha comprado el padrón mencionado, que manifiesta su voluntad de trasladar el depósito de materiales y la actividad de empresa constructora, se considera conveniente otorgar el plazo solicitado manteniendo la habilitación hasta el 30/06/2014, con las siguientes condiciones:

- Iniciar previamente la Viabilidad de Uso de Suelo para la ubicación propuesta en un plazo de 15 días calendario (le fue solicitada en el informe del Arq. Urrutia en informe a f 124, de fecha 21/6/2013). Adjuntar comprobante. - Establecer, también previamente, claramente cuáles son las actividades que se propone mantener en el local motivo de estas actuaciones. Adjuntar documentación, también en un plazo de 15 días. - Clausurar sin más trámite este local en el caso de que al 1º/7/2014 no se hubiera realizado el traslado de acuerdo a lo declarado El 22 de julio del corriente enviamos un mensaje electrónico a su nombre consultando si desde Contralor de la Edificación se había tomado una resolución al respecto. El día 30 de julio, en conversación telefónica, Usted nos trasmitió que la decisión aún no ha sido tomada, que la Intendencia cuenta con información respecto a avances llevados adelante por la empresa hacia su traslado y que la resolución final será consultada con el Municipio C. Teniendo en cuenta los antecedentes detallados, desde la Defensoría y en el marco de lo establecido en el Artículo 14 Numeral 1 del decreto 34844 de la Junta Departamental, presentamos la siguiente Sugerencia en relación con la solicitud elevada por Unión Eléctrica S.R.L.: envío de inspecciones con el fin de corroborar el cumplimiento de las medidas que dicha empresa ha expresado haber adoptado; comprobación en el proceso de inspección respecto a que fueron eliminados los perjuicios planteados por el vecino ******* en su reclamo (ruidos molestos, rompimiento de vereda y ocupación indebida del espacio público); en caso de que estos persistan y que se decida otorgar el plazo de extensión solicitado, condicionar dicha extensión a la puesta en práctica de medidas de mitigación. Quedando a las órdenes para cualquier aclaración agradezco desde ya la consideración de esta Sugerencia. A.S. Dra. Ana Agostino Defensora del Vecino de Montevideo

Montevideo, 30 de setiembre de 2014 Arquitecto Ernesto Spósito. Director Unidad del Patrimonio Intendencia de Montevideo Estimado Arq. Spósito, Me pongo en comunicación con Usted a los efectos de presentar una sugerencia en relación con el reclamo ingresado originalmente a la Defensoría con el Nº 1547 el 15 de abril de 2009. Este reclamo está vinculado a los expedientes municipales nº 3340-011513-06 y 4112-004958-12, referentes a contaminación acústica y habilitaciones de la empresa que gira en el rubro Herrería de obra y Fragua, ubicada en calle Niña Nº 1927, padrón Nº 116993. Antecedentes: Habiéndose iniciado denuncia por ruidos molestos en el año 2006 en el Centro Comunal Zonal nº 12, se constató la presencia de ruidos molestos, el funcionamiento por parte de la empresa de referencia sin las habilitaciones correspondientes, y la incompatibilidad de la actividad desarrollada con las características de la zona (tipo A, actividades no ruidosas, ni molestas, ni insalubres) (Expediente municipal nº 3340-011513-06). Con fecha 15 de mayo de 2012 se resolvió la clausura del mencionado local comercial por falta de habilitaciones comerciales -Res. Nº 175/12/1000-, medida que fue levantada el 28 de mayo de 2012 a través de la Res. Nº 238/12/1000, luego que se presentaran ante el Municipio G las tarjetas de trámite para las habilitaciones requeridas. A través de esta resolución se permitió el funcionamiento de la empresa de manera provisoria hasta obtener el resultado de viabilidad de uso. Como parte del estudio para otorgar la viabilidad de uso, desde la Comisión de Apoyo Patrimonial de Colón y Villa Colón se analizó la situación en profundidad, (actuaciones a través del expediente nº 4112-004958-12). Se entendió que para que dicha empresa pudiera funcionar en ese lugar debía realizar un plan de aislación acústica que eliminara la emisión de ruidos molestos, por lo que se convocó en varias ocasiones al propietario de la firma sin lograr resultados positivos. El expediente ha estado bajo consideración durante 2 años a la espera de mediar en una solución que contemple los derechos de todos los involucrados. Por el momento, sin embargo, y como señala la Arq. Silvia Gonzalez en informe del 24 de julio de 2014, no se ha logrado la colaboración del interesado. Teniendo en cuenta los antecedentes detallados, el hecho de que varios informes incluidos en el expediente destacan el arraigo histórico de la mencionada firma así como que esta constituye la fuente de ingresos de varias familias, desde la Defensoría y en el marco de lo establecido en el Artículo 14 Numeral 1 del decreto 34844 de la Junta Departamental, presentamos la siguiente

Evaluar la posibilidad de otorgar beneficios desde el punto de vista económico posibles exoneraciones temporarias- que posibiliten a los interesados invertir en el proyecto acústico necesario para compatibilizar la actividad que desarrollan con las características del entorno, siempre y cuando estos demuestren voluntad real de llevar a cabo las obras requeridas. De lo contrario, y tomando como punto de partida la denuncia por ruidos molestos que derivó en la intervención de esta institución, además del citado informe de la Arq. González, se sugiere impedir el funcionamiento de dicha empresa en tanto no elimine las molestias que motivaron estos obrados. Quedando a las órdenes para cualquier aclaración agradezco desde ya la consideración de esta Sugerencia. A.S. Dra. Ana Agostino Defensora del Vecino de Montevideo