El citado servicio se ofrecerá atendiendo a las siguientes particularidades.

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Transcripción:

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONCESION DE LA GESTIÓN Y SERVICIOS DEL CAMPO DE FUTBOL DE MONTEFUERTE, DEL AYUNTAMIENTO DE ARIGORRIAGA El citado servicio se ofrecerá atendiendo a las siguientes particularidades. A.1.-Colaboración y asesoramiento con la Dirección en la organización y/o difusión de las actividades gestionadas directa o indirectamente por dicha área relacionadas con la comunidad mediante: la elaboración de folletos; paneles y publicaciones; organización de foros, seminarios y charlas; elaboración de estadísticas; información e inscripción de personas interesadas en participar en las actividades organizadas. A.2.-El Ayuntamiento de Arrigorriaga tiene especial interés en potenciar la participación y actividad deportiva en Arrigorriaga y, como es el caso, en el barrio de Abusu. En este sentido se mantendrá una reunión anual y previa a la temporada deportiva para coordinar con las entidades del barrio los usos y necesidades de cada entidad, dando prioridad a las necesidades de éstas. En caso de discrepancia, el Ayuntamiento de Arrigorriaga decidirá al respecto. Así mismo a lo largo del año se podrán dar situaciones de necesidad puntual que obliguen a dar respuesta con carácter prioritario a las demandas del ayuntamiento, procurando el menor perjuicio para la entidad adjudicataria. A.3.-Elaboración de una memoria anual que recoja las incidencias en la prestación del servicio, su evaluación y propuestas de actuación para el siguiente periodo durante el tiempo que permanezca vigente el contrato. Dicha memoria deberá entregarse dentro del primer trimestre siguiente al de finalización de cada contrato anual. A.4.-Cuantas otras de preceptivo cumplimiento sean fijadas por el Ayuntamiento de Arrigorriaga, en cumplimiento de disposiciones de carácter general. 1.-CONVENIO COLECTIVO DE APLICACIÓN: CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR de locales y campos deportivos de Bizkaia.

2.- DURACIÓN DEL CONTRATO: Un periodo máximo de 4 años sin prórroga. 3.- LA PROPUESTA TÉCNICA DEBERÁ DE CONTENER COMO MÍNIMO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: Programa que debe contener: 1. Plan de Viabilidad de la explotación debidamente justificado en todas sus partidas 2. Un plan de gestión que comprenderá: -Plan de mantenimiento, -Plan de limpieza, -Plan de calidad -Plan de convivencia con grupos deportivos locales. 4.-GESTIÓN DEL SERVICIO Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA O ENTIDAD ADJUDICATARIA RELATIVAS A LA GESTION Y EXPLOTACION DEL SERVICIO 4.1. De la instalación..-el Ayuntamiento de Arrigorriaga pondrá a disposición de la empresa o entidad adjudicataria la totalidad de las instalaciones deportivas y equipamientos que forman parte del edificio. Estas instalaciones se detallan en el anexo I.-Extinguido el contrato, las instalaciones y equipamiento objeto de concesión inventariados al comenzar el contrato, se entregará al Ayuntamiento de Arrigorriaga en perfecto estado de conservación y conforme al uso a que cada uno de ellos va destinado incluidas aquellas mejoras y/o renovaciones de equipamiento que con el transcurso del tiempo se vayan efectuando..-antes del inicio de la prestación de los servicios objeto de este pliego, la empresa o entidad adjudicataria podrá revisar las instalaciones y el equipamiento debiendo expresar su conformidad con el estado de las mismas y su adecuación..-serán de cuenta y cargo de la empresa o entidad adjudicataria todos los gastos relativos a la gestión y mantenimiento básico de la instalación (excepto luz, agua y gas).-del mismo modo le corresponderá la percepción de todos los ingresos generados por la instalación salvo los que expresamente se deriven de actuaciones propias el Ayuntamiento..-La empresa o entidad adjudicataria deberá cumplir toda la normativa aplicable y cumplirá todas las ordenanzas del Ayuntamiento respecto a instalaciones, a las tareas que desarrolle y a los bienes puestos a su disposición para el uso previsto.-corresponderá a la entidad adjudicataria la obtención de cuantas autorizaciones de cualquier orden resulten necesarias para el uso de las instalaciones y los servicios que se presten por la entidad adjudicataria en las mismas, debiendo mantenerlas vigentes durante toda la vida del contrato.

4.2. Sobre la publicidad..-la instalación cedida tiene carácter público y por tanto la empresa o entidad adjudicataria para poder utilizar su imagen interna o externa deberá contar con la autorización del Ayuntamiento de Arrigorriaga..-La publicidad que se realice en las instalaciones deberá contar con la autorización del Ayuntamiento de Arrigorriaga, de manera que se respeten sus compromisos y deberá ajustarse a la normativa en vigor. Los derechos económicos que genere la misma se considerarán ingresos propios y específicos de la instalación, salvo actos organizados por el propio Ayuntamiento y partidos de competición oficial en el ámbito federado y otros en los que se podrá utilizar publicidad específica para dichos actos en beneficio del organizador.. -Toda la información referida a los servicios que se prestan (horarios, tarifas,...) deberá ser divulgada de tal forma que los usuarios/as en todo momento la conozcan..- El Ayuntamiento podrá realizar publicidad institucional y la empresa o entidad adjudicataria tendrá la obligación de hacer llegar la divulgación de los servicios que se ofrezcan. 4.3. Relaciones de la empresa o entidad adjudicataria con terceros y personal propio..-las relaciones de la empresa o entidad adjudicataria con terceros y personal propio, no supondrán la adquisición de obligaciones para el Ayuntamiento de Arrigorriaga..- En concreto, se observan las siguientes prescripciones: Los daños y perjuicios que puedan ocasionar a los usuarios o a otras personas no generarán ningún tipo de responsabilidad para el Ayuntamiento de Arrigorriaga y serán asumidos íntegramente por la empresa o entidad adjudicataria o por el tercero con quien hayan contratado..-en ningún caso el Ayuntamiento asumirá responsabilidad alguna por cualquier tipo de relación jurídica tanto contractual como extracontractual que establezca el adjudicatario. 4.4. Horario. Las instalaciones abrirán al público todos los días de la semana en horario ininterrumpido de 10.00 h. a 22:30 h. Salvo autorización expresa del Ayuntamiento, el uso de las instalaciones en ningún caso se prolongará más allá de las 22:30 h. - Tanto el calendario como el horario de funcionamiento podrán ser modificados por el Ayuntamiento.

4.5.Inventario La empresa o entidad adjudicataria está obligado a mantener un libro inventario de los bienes muebles existentes en la instalación, donde se expresarán las características de los mismos, así como su valoración económica y su estado actual. 4.6 Otras funciones de la adjudicataria. 1.-La empresa o entidad adjudicataria asumirá la responsabilidad plena del funcionamiento del servicio. Coordinará cuantas actividades sean organizadas en el centro. 2.-Elaborará en el plazo de seis meses desde la adjudicación, un borrador de reglamento interno que regule el uso de la instalación para el conjunto de los usuarios y que deberá de ser posteriormente aprobado por el Ayuntamiento de Arrigorriaga. 3.-OBLIGACIONES de la empresa o entidad adjudicataria relativas al mantenimiento de la instalación. Necesariamente la empresa adjudicataria deberá tener el servicio en perfecta disposición de uso antes de la apertura de las instalaciones al público y dejar las instalaciones en las debidas condiciones de seguridad y mantenimiento una vez se realice el cierre de las mismas, según el horario especificado. - Vigilancia del recinto, con la obligación de permanencia de una persona responsable en las instalaciones siempre que estén abiertas. Durante los entrenamientos se tendrá especial atención de cerrar todas las instalaciones, vestuarios, siendo controladas por la persona responsable del equipamiento para evitar cualquier sustracción de material. - Velar que el comportamiento de los usuarios/as se ajuste al cumplimiento de la normativa sanitaria vigente y al reglamento de uso interno de la instalación, para lo cual se difundirá el mismo entre las personas usuarias. - Socorrismo y primeros auxilios. Avisar inmediatamente a los servicios de urgencia sanitarios ante cualquier síntoma anormal o indicativo de patología que detecten en un usuario/a. - Responsabilidad del botiquín y estricto control e inventario del mismo. - Acondicionar en todo momento la instalación para la prestación de las distintas actividades ofertadas.

- Limpieza y conservación del material e instalaciones, así como el control y mantenimiento del material deportivo y de las dependencias habilitadas para su almacenaje. - Control y corrección periódica de desagües con el fin de evitar posibles atascos. - Control del confort ambiental de toda la instalación. - Cualquier otro que por la naturaleza del servicio concedido, deban realizarse para la adecuada presentación del mismo - Control y recepción del acceso a las instalaciones, pudiendo, si llegara el caso, negar la entrada a determinadas personas siempre según su prudente juicio, para lo que, si fuere preciso, podrá solicitar la presencia de la Policía Local en apoyo de las decisiones que adopte para la protección del mejor funcionamiento del servicio. Estos servicios serán atendidos de forma permanente, durante el horario al público al menos por una persona, y sus funciones serán como mínimo, las siguientes: - La información a la persona usuaria de las normas de régimen interno establecidas, de su ubicación en la entrada y en el interior de las instalaciones y de la obligatoriedad de conocer, cumplir y respetar su contenido. - Atender las llamadas telefónicas que se reciban. - Cumplimentar la documentación administrativa que a tal efecto le sea ordenada por el Ayuntamiento, y en particular, todo lo referido a fichas, inscripciones, controles estadísticos, controles de seguimiento y cuanta demás documentación se requiera para el buen funcionamiento. - Todas aquellas funciones, que relacionándolas con el servicio, les fuesen encomendadas por el Ayuntamiento. En el diseño deberá ir la imagen del Ayuntamiento y de cualquier espónsor que el Ayuntamiento estime oportuno de acuerdo con el adjudicatario Para el mantenimiento de las instalaciones se desarrollarán, entre otros, los siguientes trabajos: Con carácter general: - Control y limpieza - Comprobar los distintos consumos de la instalación. - Comprobación de lubricación de los grupos y reposición de aceites. - Purgación al arrancar la instalación. - Reparaciones urgentes o inmediatas que eviten daños a los usuarios, mayores destrozos y consiguientes gastos. - Reparaciones menores, de materiales deteriorados, tales como cristales, grifos, puertas, percheros, taquillas, bancos, etc.

- Repaso y control de desagües y reparación de atascos. - Repaso de líneas de alimentación de agua. REPASO POR AREAS: - Electricidad: Reconocimiento de controles, revisión de instalaciones, revisión de circuitos eléctricos, revisión de puntos de luz, situación y regulación, reparación de averías eléctricas menores y comunes, revisión y mantenimiento del sistema de calefacción y refrigeración, mantenimiento del sistema de riego. - Fontanería: Revisión de aparatos sanitarios, revisión de circuitos (Tuberías, desagües, sifones, etc.), reparación de cisternas, grifería en general, válvulas, etc. - Albañilería: Revisión y reparación de cristalería en general, de tipo ordinario, reparación de pequeños desperfectos producidos por el uso diario, repaso de juntas y suelos, revisión y reparación de bordillos. - Carpintería: Revisión de juntas y dilataciones, reparaciones menores de puertas, ventanas, techos y elementos de madera o derivados. - Agua caliente: Cuidado de quemadores, revisión del ciclo funcional, limpieza de filtros, control de termostatos, medición del combustible, repaso de circuitos,... Así mismo el control de Legionella y Salmonelosis conforme al protocolo que será entregado en el plan de gestión, en el cual se destacará el cumplimiento de la ley y las formalidades de diligencia de libros al respecto. - La adjudicataria correrá con los gastos de teléfono, ADSL y comunicaciones. La empresa o entidad adjudicataria del servicio, dispondrá de los medios, materiales y personales necesarios para la gestión del servicio y, respecto de las personas bajo su dependencia cumplirá con las obligaciones sociales que procedan, pudiendo ser requerido en cualquier momento por el Ayuntamiento para su acreditación. En Arrigorriaga a 11 de julio de 2011. La Técnico de Cultura y Deportes. Fdo: Amagoia Garaizabal Armesto.

ANEXO I INSTALACION DEPORTIVA CAMPO DE MONTEFUERTE SE AJUNTAN FOTOGRAFIAS DE MATERIAL Y DE ESPACIOS 1.- VESTUARIOS 4 espacios con bancos y perchas corridas y una papelera cada uno 2.- ALMACEN DE BAR Con estanterías metálicas 3.- VESTUARIO ARBITRO Mesa, silla, ordenador, bancos corridos y perchas 4.- ALMACEN DE MATERIAL 2 espacios con estanterías metálicas 5.- OFICINA 1 2 mesas, 3 sillas, i armario metálico y estanterías de trofeos 6.- ALMACEN DE MATERIAL OFICINA 1 Estanterías metálicas 7.- OFICINA 2 1 mesa, 4 sillas, 1 armario metálico y estanterías para trofeos 8.- ALMACEN DE MATERIAL OFICINA 2 Estanterías metálicas 9.- TAQUILLA 1 mesa, 1 silla 10.- MARCADOR ELECTRICO DE PARED EXTERIOR 11.- 6 VALLAS DE PLASTICO

ANEXO II TARIFAS ACTUALES SEGUN TASA EN VIGOR 2011 PISTAS Y SERVICIOS Lunes a viernes de 9:00 h. a 15:00 h. (excepto festivos) Resto de horas y festivos Luz CAMPO DE FUTBOL 11 70,00 /h 75,00 /h Incluida CUALQUIER OTRA INSTALACIÓN SUSCEPTIBLE DE USO PRIVATIVO (campo de futbol 7,...) 38,00 /h 43,00 /h 3,50 /h