OFERTA PÚBLICA PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE TRANSPORTE DE VIAJEROS EN COCHES DE CABALLOS EN ANTEQUERA



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Transcripción:

OFERTA PÚBLICA PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE TRANSPORTE DE VIAJEROS EN COCHES DE CABALLOS EN ANTEQUERA 1. Período de adjudicación de la licencia. La licencia se adjudicará por un período de dos años, contados a partir de la fecha del acuerdo adoptado por Junta de Gobierno Local, pudiendo prorrogarse por idéntico período, previa petición del interesado formulada con una antelación de dos meses a la finalización de la mencionada licencia, justificándose en base al beneficio lícito del concesionario así como la amortización de la inversión realizada. Se considera implícita en la licencia, la facultad del Ayuntamiento de revocarla antes de su vencimiento, cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su otorgamiento o sobrevengan otras que, de haber existido a la sazón, habrían justificado la denegación, pudiendo serlo además cuando se adoptaren nuevos criterios de apreciación, de conformidad todo ello con lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales. 2. Exposición de la oferta pública. En el Tablón de Anuncios Municipal y en la página web de este Excmo. Ayuntamiento. 3. Plazo de solicitud. Desde el 20 de enero al 5 de febrero, ambos inclusive, conforme a lo estipulado en el artículo 143.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Se presentará la misma, en el Registro General de Entrada en el Excmo. Ayuntamiento de Antequera. 4. Tasa. Se atendrá a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal número 53 del Excmo. Ayuntamiento de Antequera, reguladora de las tasas por actuaciones administrativas relacionadas con los coches de caballos. 5. Criterios objetivos de selección. a. Se valorará que el cochero complemente la visita con un sistema de audio guía...de 0 a 5 puntos b. Se valorará el tipo de dispositivo que se va a usar para la recogida de las defecaciones de los caballos.de 0 a 5 puntos c. Se valorará la experiencia demostrada en la prestación del servicio de transporte de viajeros en coche de caballos de alquiler con conductor mediante la presentación del oportuno curriculum. En el caso de haber ejercido este servicio como colaborador o empleado, dicha experiencia se acreditará con la presentación de la documentación pertinente de la Seguridad Social....de 0 a 5 puntos d. Se valorará la participación en cursos o actividades formativas relacionadas con este tipo de servicio turístico, en particular con el conocimiento histórico, cultural y turístico de la ciudad mediante la presentación de títulos o documentación acreditativa...de 0 a 5 puntos 1

e. Se valorará la participación en cursos, conferencias, jornadas u otras actividades relacionadas con este tipo de servicio turístico mediante la presentación de títulos o documentación acreditativa.....de 0 a 5 puntos f. Se valorará el conocimiento de otros idiomas mediante la presentación de títulos o documentación acreditativa.de 0 a 5 puntos 6. Valoración de solicitudes. El Área de Turismo será la encargada de valorar las solicitudes presentadas. 7. Presentación de documentación inicial. - Presentación del modelo de solicitud específico (disponible en el Servicio de Atención al Ciudadano y en www.antequera.es) en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento. - Ser mayor de dieciocho años, circunstancia ésta que deberá acreditarse mediante la presentación de la oportuna copia autentificada del DNI. - No padecer enfermedad o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión, extremo que deberá acreditarse mediante presentación de certificado médico oficial, que quedará unido al expediente personal del solicitante. - Declaración responsable del solicitante de la licencia al respecto de encontrarse en debida situación fiscal y de Seguridad Social con respecto a esta actividad (Anexo II). - Acreditar que posee conocimientos suficientes acerca de las siguientes materias mediante firma de Declaración Responsable (Anexo I): - Conocimiento completo de la estructura, funcionamiento, entretenimiento y conservación de un coche de caballos, sistema de frenado, guarnición, cuidado y manejo de los animales de tiro, etc. - Conocimiento completo de las obligaciones que para los cocheros establece la presente Ordenanza. - Conocimiento básico de los principales monumentos y lugares de interés turístico de la ciudad de Antequera. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Estar en posesión del carnet de conducir tipo B, circunstancia ésta que deberá acreditarse mediante la presentación de la oportuna copia autentificada. - Fotografías recientes del vehículo. - Fotografías del dispositivo que se va a usar para la recogida de las defecaciones de los caballos. - Copia autentificada de la siguiente documentación relativa al animal o animales: - Identificación individual del correspondiente microchip. - Tarjeta Equina de Identificación - Inscripción en la correspondiente Oficina Comarcal Agraria de la Consejería de Agricultura. - Documentación que acredite el desempeño de este mismo trabajo en ésta o en cualquier otra localidad. - Documentación que acredite el sistema de audio guía a instalar y en qué idiomas ó guión escrito de la explicación que se va a exponer de los diferentes monumentos en ambos recorridos. 2

El cumplimiento de estos requisitos deberá constatarse a la hora de resolver la oferta, por la oportuna diligencia suscrita por el área de Turismo del Ayuntamiento, la cual quedará unida al expediente personal del interesado. Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos establecidos en la normativa de aplicación, se requerirá al interesado para que en un plazo no superior a diez (10) días hábiles presente la misma, conforme a lo dispuesto en Art. 71 de la Ley 30/1992 de 26/11 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13/01. Una vez realizada la selección inicial, se publicará en la web del Ayuntamiento de Antequera y en el tablón de anuncios, abriéndose un plazo de diez (10) días hábiles para acceso al expediente y formular reclamaciones. Una vez finalizado el plazo y resueltas las posibles reclamaciones, se procederá a su publicación definitiva y otorgamiento, si procede. 8. Concesión de la licencia. La licencia se otorgará por sorteo público cuando los solicitantes reunieren idénticas condiciones y no existiera ningún criterio para la adjudicación, así como cuando deba resolverse un empate en los procedimientos y formas de adjudicación previstos en los apartados anteriores. Del resultado del sorteo se extenderá acta por alguno de los funcionarios públicos municipales que sea designado al efecto. El resultado del sorteo se hará público en el tablón de anuncios y en la página web de este Excmo. Ayuntamiento, pudiéndose presentar reclamaciones en el Registro General de Entrada durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación. 9. Presentación de documentación previa a la adjudicación. Una vez cumplidos los trámites administrativos pertinentes al efecto, se requerirá al posible adjudicatario para que, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido dicho requerimiento, presente la siguiente documentación: - Declaración responsable de establecimiento para actividad inocua. (Anexo I). - Presentación de la correspondiente póliza de seguros que cubrirá la responsabilidad civil y el riesgo referente a los ocupantes del vehículo y a terceros. - Certificado expedido por órgano competente de la Agencia Tributaria justificativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. - Certificado expedido por órgano competente de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante la Hacienda Autonómica. - Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de estar dado de alta en el régimen correspondiente. - Libro de reclamaciones, según el modelo oficial que corresponda. Con carácter previo al otorgamiento de una licencia para la prestación del servicio, el vehículo afecto a la misma deberá ser objeto de inspección por parte de los servicios municipales competentes, a fin de comprobar si reúne las necesarias condiciones técnicas de seguridad y adecuado estado de conservación y ornato para la prestación del servicio en condiciones óptimas. El Ayuntamiento podrá utilizar para esta inspección el asesoramiento de entidades especializadas. 3

10. Adjudicación. - La licencia se adjudicará mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local. - Posteriormente, según reflejará el acuerdo de Junta de Gobierno Local, el concesionario de la licencia deberá hacer efectivo el ingreso de la tasa correspondiente, de acuerdo con lo exigido por la Ordenanza Fiscal número 53 del Excmo. Ayuntamiento de Antequera, reguladora de las tasas por actuaciones administrativas relacionadas con los coches de caballos. - La resolución motivada de la adjudicación será notificada a todos los licitadores mediante su publicación en el perfil del contratante y en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Antequera. - En el caso de renuncia del seleccionado, se adjudicará la licencia por orden de selección del sorteo. - En el plazo máximo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de concesión de la respectiva licencia, su titular viene obligado a desarrollar la actividad de manera inmediata y con vehículo afecto a la misma. 4

ANEXO I COMUNICACIÓN DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTABLECIMIENTO PARA ACTIVIDAD INOCUA. INTERESADO: NIF/CIF/NIE: NACIONALIDAD DOMICILIO: REPRESENTANTE: NIF/PASAPORTE/NIE nº TELÉFONO ACTIVIDAD A DESARROLLAR: DECLARO bajo mi responsabilidad, a los efectos previstos en la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que: 1º. Cumplo con los requisitos establecidos en la normativa vigente para el desarrollo de la actividad indicada. 2º. Dispongo de la documentación que así lo acredita (la cual relaciono a continuación de la presente declaración). 3º. Me comprometo a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad. 4º. A los efectos previstos en el art. 2.tres de la citada ley 25/2009, todos los datos declarados son ciertos. Antequera, a de de 2015. Firma del declarante. NOTA: Adjuntar fotocopia del DNI del interesado. En caso de actuar por representante, del DNI y del poder de Representación. Si el interesado fuese persona jurídica, aportar fotocopia del C.I.F. ó Etiqueta de Identificación Fiscal, así como fotocopia de las escrituras de la sociedad y de los poderes de representación cuando proceda. Protección de Datos de Carácter Personal: De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), le informamos que los datos por 5

Vd. facilitados serán incorporados a un fichero titularidad del Excmo. Ayuntamiento de Antequera con la finalidad de gestionar el servicio por Vd. solicitado. Le informamos que las únicas cesiones de datos previstas serán, en su caso, las realizadas a otras Administraciones Públicas cuando proceda, en los términos previstos en el artículo 21 de la LOPD, las cesiones previstas en la Ley y aquellas realizadas con su consentimiento expreso. El Excmo. Ayuntamiento de Antequera pone en su conocimiento que Vd. podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos, notificándolo al Excmo. Ayuntamiento de Antequera, mediante carta dirigida a C/ Infante Don Fernando 70, CP 29200 Antequera (Málaga) o completando el correspondiente formulario de ejercicio de derechos que ponemos a su disposición en la oficina de Atención al Vecino y en el sitio web www.antequera.es. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 1.- COPIA DE D.N.I./N.I.E. /C.I.F. DEL TITULAR. 2.- COPIA DEL ALTA EN EL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS/ O MODELO 036 DE ALTA CENSAL DE LA ACTIVIDAD (SEGÚN CORRESPONDA), PRESENTADA ANTE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMÓN. TRIBUTARIA. 3.- COPIA DEL ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL. 6