REFERENTE TÉCNICO REGIONAL DE CASTILLA Y LEÓN CERTIFICACIÓN FORESTAL REGIONAL PEFC Junio de 2009
Indicador 2.7.Técnicas de control de plagas y enfermedades (M) 1. Justificación La prevención de plagas y enfermedades forestales se podrá afrontar preferentemente adecuando sus estructuras. La utilización de técnicas de manejo integral de enfermedades y plagas específicas será acorde a esta norma, siempre que su uso sea conforme a las dosis, inocuidad, especificidad y biodegradabilidad establecida por la normativa vigente. 2. Objetivo / Meta Racionalizar el uso de técnicas de lucha contra las plagas y enfermedades. 3. Marco legal, institucional y de política forestal (normativa aplicable) Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León. Ley de Sanidad Vegetal 43/2002 de 20 de noviembre Directiva 2000/29/CE del Consejo de 8 de mayo de 2000 relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros. Orden PRE/3301/2006, de 27 de octubre, por la que se modifican los anexos II de los Reales Decretos 569/1990, de 27 de abril, y 280/1994, de 18 de febrero, por los que se establecen los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen animal y vegetal, respectivamente. Real Decreto 162/1991, de 8 de febrero, por el que se modifica la Reglamentación Técnico Sanitaria para la Fabricación, comercialización y utilización de Plaguicidas, aprobada por Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre. Real Decreto 569/1990, de 27 de abril, relativo a la fijación de contenidos máximos para los residuos de plaguicidas sobre y en los productos alimenticios de origen animal Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establecen los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos vegetales. Decreto 104/1999, de 12 de mayo, por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León. 4. Responsabilidades La Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, establece que la Junta de Castilla y León velará por la protección, defensa y conservación de los montes frente a cualquier agente de degradación, así como por la recuperación de los ecosistemas forestales ya degradados. Así mismo expone que la consejería competente en materia de montes adoptará las medidas necesarias de prevención, vigilancia, localización y control de plagas y enfermedades forestales. Del mismo modo establece que la consejería competente en materia de montes podrá declarar la existencia oficial de una plaga o enfermedad forestal, así como las medidas fitosanitarias precisas, comunicando la misma a la Administración General del Estado. La Ley también establece las obligaciones de los propietarios, gestores y titurales de montes, concretando que: Los propietarios de los montes y los titulares de los aprovechamientos forestales están obligados a comunicar a la consejería competente en materia de montes la existencia de plagas o enfermedades forestales. La declaración oficial de una plaga o enfermedad forestal conlleva la obligatoriedad de su tratamiento por los gestores de los montes afectados y faculta a la consejería competente en materia de montes a realizar su ejecución de forma subsidiaria por razones de interés general. En cualquier caso, los gestores y los titulares de los montes tendrán la obligación de extraer aquellos productos forestales que constituyan riesgo grave e inminente de plaga o enfermedad forestal, en el plazo que se determine por la consejería competente en materia de montes. El Servicio de Defensa del Medio Natural tiene competencia en el combate de plagas y enfermedades forestales que afectan a los montes de Castilla y León. El Centro de Sanidad Forestal es responsable de: documentar la planificación y el control para el tratamiento de plagas y otras enfermedades realizar evaluaciones previas que permitan reducir las intervenciones a las mínimas imprescindibles conocer el estado global de la vitalidad del arbolado con periodicidad annual el estudio y seguimiento de las poblaciones que hayan ocasionado plaga, para evaluar las posibilidades de control biológico [ 2 ]
lucha contra organismos de cuarentena la diagnosis de los problemas fitosanitarios de nuestros árboles y el análisis específico de muestras la detección de los problemas de plagas y enfermedades forestales al comienzo de los problemas y tomar las medidas oportunas para prevenirlos conforme a las técnicas de lucha integrada 5. Fuentes de información / Recolección de datos Informes de Red Europea de seguimiento de daños en los bosques, Red CE Nivel I y II, elaborado por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. Sección de Sanidad Forestal del Servicio de Defensa del Medio Natural de la Junta de Castilla y León. 6. Ciclo de actualización de datos La revisión de los parámetros coincidirá con los plazos de revisión que caractericen a las fuentes de información y obtención de datos elegidas. Las Redes de Seguimiento de daños tienen una periodicidad anual, quinquenal o decenal, según cada parámetro (véase indicador 2.3.3). 7. Responsable de actualizar los datos La recopilación de los datos para actualizar este informe corresponde en lo concerniente a la información de la Red de Daños europea a los responsables en el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM), y en lo concerniente a la información de la Red de Daños autonómica y los tratamientos llevados a cabo, a los responsables de la Sección de Sanidad Forestal de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. En la Web del Ministerio (www.marm.es ) puede consultarse el Anuario de Sanidad Forestal de 2007 elaborado por el MARM, donde en el anexo F se ofrece un listado de los responsables de cada comunidad autónoma facilitando el nombre, el organismo al que pertenecen y la dirección de contacto. 8. Relación con otros indicadores 2.1, 2.3 y 2.4. 9. Implicaciones para la unidad de gestión individual El propietario está obligado a dar parte a la Administración forestal de la existencia de daños bióticos en su masa forestal y suele ser dicha Administración la que realiza las labores de combate de los daños en los casos en que el ámbito de actuación sea muy amplio. El propietario o gestor sí que puede tomar un papel activo de gran importancia en la disminución de daños por medio de unos adecuados trabajos de prevención: elección de las especies forestales adecuadas, realización de labores selvícolas y de higiene forestal, etc. (las técnicas utilizadas dependen directamente del gestor del monte, y en el tratamiento de los pequeños focos existentes en su propiedad de acuedo con las técnicas y productos adecuados de los que conservará constancia de su aplicación). 10. Parámetros 2.7.1 Existencia de un sistema de detección de plagas y enfermedades 2.7.2 Superficie forestal tratada con fitosanitarios 2.7.3 Relación de técnicas y productos empleados [ 3 ]
Parámetro 2.7.3 Relación de técnicas y productos empleados 1 Cuando los niveles de daños en las masas superan los umbrales máximos permitidos, y se requiere el empleo de productos para controlar las poblaciones de los agentes patógenos, se planifican con detalle los tratamientos a realizar. Las técnicas más ampliamente utilizadas en la lucha y control de las plagas y enfermedades de las masas forestales de la Comunidad son los tratamientos aéreos, si bien los tratamientos terrestres son imprescindibles para el control de muchos agentes en situaciones determinadas, siendo en general más costosos y diversos. Concretamente se han realizado pequeños tratamientos en jóvenes repoblados de pinos para frenar los daños ocasionados por Rhyacionia duplana. Estos se realizan en los meses de abril y mayo aplicando mediante una mochila pulverizadora pie a pie un caldo compuesto por un inhibidor de la síntesis de la quitina, cuya materia activa es el Diflubenzuron. Se aplican 125 gr de Diflubenzuron 25% Polvo mojable (31,25 gr Diflubenzuron m.a.) en 10 litros de suspensión acuosa al que se le añade 0,1 litros de aceite mineral de verano. También se han realizado pequeños tratamientos de eliminación de bolsones de procesionaria en pequeños rodales con un foco de plaga de procesionaria localizados, con riesgo de extenderse o que estuvieran situados en zonas de alto uso social. El tratamiento se realiza mediante el clásico corta y quema manual de los bolsones o mediante una aplicación manual mediante el uso de un pulverizador manual de un caldo, aplicado en el interior del bolsón de procesionaria, compuesto por 5 gr Deltametrina m.a. (200 cc de Decis 2,5%) diluido en 100 litros de agua. Desde hace varios años no se utilizan los puntos cebo para controlar las poblaciones de escolítidos, ya que resulta más eficaz y menos impactante la colocación de trampas (normalmente de tipo Theyshön o de Embudos múltiples) en las que se añaden compuestos feromonales de agregación específicos para cada especie de insecto. Las aplicaciones con medios aéreos siempre se hacen a dosis de ultra bajo volumen (ULV) que reducen los costes de la aplicación sin reducir la eficacia, siempre que se realicen estas ampliaciones bajo unas condiciones estrictas de viento, temperatura, humedad relativa y riesgo de precipitación, como factores más importantes. En el año 2008 para los tratamientos aéreos se han utilizado dos diferentes productos fitosanitarios, por un lado el Bacillus thuringiensis variedad kurstaki (Btk), que es un insecticida biológico constituido por esporas y toxinas de bacteria B. thuringiensis que se ha usado en parte de los tratamientos realizados sobre procesionaria del pino, y por otro lado un inductor de la síntesis de la quitina, cuya materia activa es Tebufenocida, el cual se ha empleado en la mayor parte de los pinares que se han tratado contra procesionaria del pino, así como en el resto de plagas tratadas con medio aéreos. La dosis de aplicación empleada con el Bacillus thuringiensis variedad kurstaki (Btk) ha sido de 3,5 litros de caldo/ha, constituyéndose el caldo por producto comercial puro, y siendo la dosificación usada de 44,4 BIU/ha (BIU = Billion International Units). En los tratamientos realizados con el Inductor de la síntesis de la quitina la dosis de aplicación empleada ha sido de 5,0 litros de caldo/ha, constituyéndose el caldo por 0,5 litros de producto comercial y el resto 4,5 litros por agua. La dosificación usada fue de 123 gramos de materia activa/ha, siendo la materia activa el principio químico denominado Tebufenocida. 1 La información sobre este parámetro se presenta simultáneamente junto a la del parámetro 2.7.2 Superficie forestal tratada con fitosanitarios. En Anexos puede consultarse con mayor detalle los tratamientos aéreos realizados por la Consejería de Medio Ambiente sobre masas forestales dañadas. [ 4 ]
Además de las actuaciones de lucha que se llevan a cabo ante la aparición de problemas fitosanitarios concretos, no hay que olvidar las líneas de trabajo e investigación que se establecen de cara a conocer, mejorar o desarrollar otras técnicas de lucha integrada o control biológico en los montes, en ocasiones en colaboración con otras instituciones o administraciones (centros de investigación, universidades, INIA, Ministerio de Medio Ambiente, etc.), así como la labor divulgativa que se desarrolla para dar a conocer todas estas actuaciones, avances y conocimientos. Entre ellas se pueden destacar las siguientes: Seguimiento y estudio de las poblaciones de escolítidos y de sus enemigos naturales. Estudio de distribución del cerambícido Monochamus galloprovincialis, vector de la enfermedad del nematodo del pino, en Castilla y León. Zonificación periódica de zonas afectadas por el chancro del castaño, estudio de la variabilidad de cepas y ensayos para el control mediante hipovirulencia en zonas afectadas. Estudio de los complejos parasitarios de las principales plagas castellanoleonesas. Estudio de eficacia e impacto de nuevos productos y técnicas de control. Estudio del decaimiento en amplias zonas de pinar donde intervienen hongos de azulado y su relación con posibles agentes vectores. Inventario de olmos y olmedas supervivientes a la grafiosis. Publicación de hojas divulgativas de las principales plagas y enfermedades que afectan a los montes de la región. Cursos formativos a agentes implicados ante la acción de determinados agentes patógenos. En la elección de los productos a emplear siempre se opta, dentro de las materias activas y formulados autorizados para cada especie plaga y hospedante, por aquellos menos impactantes sobre los ecosistemas, empleando productos biorracionales con una alta especificidad (inhibidores o inductores de la muda o insecticidas biológicos). Los resultados obtenidos del Inventario de Daños Forestales detectados en la Red Europea de Seguimiento de Daños en los Bosques de Nivel I, y sobre todo los resultados obtenidos a partir de las Redes de Seguimiento de daños en los Bosques de la Junta de Castilla y León (Rango I y II), permiten conocer la evolución del estado fitosanitario del arbolado en esos puntos y detectar la posible presencia de factores bióticos y abióticos que actúan a mayor o menor escala causando daños. No obstante, es el seguimiento del estado de las masas forestales a través de la labor continua de los Agentes Medioambientales, los técnicos de las Secciones Territoriales y de Protección de la Naturaleza de los Servicios Territoriales y los de Sanidad Forestal de la Dirección General del Medio Natural, así como de los técnicos del Centro de Sanidad Forestal de la Junta de Castilla y León, el que permite un conocimiento más exhaustivo del estado fitosanitario del arbolado en cada monte. Existen herramientas de homogenización de datos como partes de plagas y de seguimiento de plagas que permiten valorar mediante parámetros uniformes los problemas fitosanitarios concretos que van surgiendo en cada monte, creando así un registro de daños a partir de una base de datos específica. Además de los problemas que se detectan a través de la revisión cotidiana de las masas, o la revisión de los puntos de las Redes de Seguimiento de daños, existen otras prospecciones dirigidas que se realizan de forma periódica para valorar el estado fitosanitario del arbolado, así como determinar la ausencia/presencia de determinados agentes patógenos: Revisión del estado fitosanitario de ejemplares arbóreos de especial relevancia. Revisiones periódicas en viveros forestales. Prospecciones periódicas ante determinadas plagas o enfermedades que actúan de forma habitual en los montes y sobre los que se realizan campañas anuales de tratamientos, por ejemplo la procesionaria del pino. Prospecciones contra organismos de cuarentena: toma de muestras en montes, aserraderos o zonas de decaimiento contra el nematodo de la madera del pino (Bursaphelenchus xylophilus), toma de muestras en montes, zonas de decaimiento y viveros contra el chancro del pino (Fusarium circinatum), toma de muestras contra Phytophtora ramorum, Dryocosmus kuriphilus etc. [ 5 ]
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