Prevención Del Riesgo Químico En El Ámbito Laboral



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Transcripción:

Prevención Del Riesgo Químico En El Ámbito Laboral

Edita: Secretaría de Salud Laboral CC.OO. Castilla y León Maquetación: Plan C estudioplanc.com Imprime: Imprenta Manolete Depósito legal:

índice Prevención del Riesgo Químico en el Ámbito Laboral 1. Nota previa... 7 2. Las sustancias químicas... 9 2.1. CLASIFICACIÓN... 9 2.2. IDENTIFICACIÓN... 13 2.3. VÍAS DE ENTRADA Y MECANISMOS DE ACCIÓN... 16 3. Principales efectos sobre la salud... 19 3.1. ACCIDENTES DE TRABAJO CON SUSTANCIAS PELIGROSAS (INCLUYENDO REACCIONES PELIGROSAS)... 21 3.2. ENFERMEDADES PROFESIONALES... 22 3.3. RIESGOS PARA LA REPRODUCCIÓN... 24 4. Almacenamiento de productos químicos... 30 5. Identificación... 31 5.1. ETIQUETADO... 32 5.2. LA FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD (FDS)... 35 6. Medidas preventivas generales... 38 6.1. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPIS)... 39 7. Intervención sindical frente al riesgo químico... 42 7.1. SUSTITUCIÓN O ELIMINACIÓN... 42 7.2. EVALUACIÓN DE RIESGOS HIGIÉNICA... 44 7.3. VALORACIÓN DEL RIESGO... 47 7.4. CONTROL DEL RIESGO Y PLANIFICACIÓN DE LA ACTUACIÓN... 48 7.5. VIGILANCIA DE LA SALUD... 51 5

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1. NOTA PREVIA Al efecto de no realizar una redacción demasiada compleja, en el texto de estas acciones se ha utilizado el masculino como genérico para englobar a los trabajadores, sin que esto suponga ignorancia de los géneros existentes. 7

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2. LAS SUSTANCIAS QUÍMICAS Según define el nuevo reglamento (CE) 1272/2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, conocido como Reglamento CLP, una sustancia es un elemento químico y sus compuestos naturales o los obtenidos por algún proceso industrial incluidos los aditivos necesarios para conservar su estabilidad y las impurezas que inevitablemente produzca el procedimiento, con exclusión de todos los disolventes que puedan separarse sin afectar a la estabilidad de la sustancia ni modificar su composición. En el caso de tener varias sustancias se denomina mezcla. Un producto químico peligroso, también conocido como producto tóxico, es aquel que durante su fabricación, manipulación, uso, transporte o almacenamiento puede presentar un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras o para el medio ambiente debido a: - Sus propiedades físicoquímicas, químicas o toxicológicas (inflamable, corrosivo ). - A la forma en que se utiliza (cantidades, aplicación, etc.). - A la forma en la que está presente en el lugar de trabajo (se utiliza en el proceso de fabricación, en la limpieza, está almacenado ). Según el Artículo 2 del Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo, se define como agente químico todo elemento o compuesto químico, por sí solo o mezclado, tal como se presenta en estado natural o es producido, utilizado o vertido, incluido el vertido como residuo, en una actividad laboral, se haya elaborado o no de modo intencional y se haya comercializado o no. Y agente químico peligroso agente químico que puede presentar un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras debido a sus propiedades fisicoquímicas, químicas o toxicológicas y a la forma en que se utiliza o se halla presente en el lugar de trabajo. 2.1. clasificación Los productos químicos pueden clasificarse de diversas formas. 1. Según el estado en que se encuentren: Pueden ser sólidos, polvos, líquidos, vapores y gases. Sólidos: a pesar de ser la forma en que es menos probable que provoquen daños a la salud, algunas veces pueden penetrar en nuestro organismo por contacto con la piel o por ingestión con otras sustancias o alimentos. Hay que tener en cuenta que algunos productos químicos 9

en estado sólido pueden transformarse y pasar a otros estados de mayor peligrosidad. Por ejemplo, puede aparecer polvo durante el pulido de objetos o desprenderse vapores por calentamiento. Polvos: son pequeñas partículas de sólidos que pueden encontrarse en el lugar de trabajo procedentes de sustancias que se encuentren normalmente en ese estado o por desprenderse en algún proceso de trabajo. Pueden entrar en los pulmones cuando respiramos e incluso, en determinadas condiciones, explotar. A menor tamaño de partícula, mayor es la posibilidad de que penetren en nuestro organismo llegando incluso a la sangre y, por tanto, a otros órganos del cuerpo. Líquidos: muchas sustancias son líquidas a temperatura ambiente (ácidos, disolventes ). Pueden dañar los ojos o la piel al entrar en contacto con ellos, ser absorbidos por la piel y pasar a la sangre, causando efectos perjudiciales en distintas partes del organismo, o incluso pueden desprenderse vapores que al ser inhalados provoquen daños importantes daños a la salud. Vapores: son gotitas de líquido suspendidas en el aire. Pueden ser inflamables o explosivas, irritar los ojos y la piel e incluso provocar efectos graves en la salud si se inhalan. Gases: pueden estar en forma de gas a temperatura ambiente o pasar a ese estado al aumentar la temperatura. Al igual que los vapores, pueden ser inflamables o explosivos y provocar irritación en contacto con la piel o daños a la salud por inhalación. 2. Según los efectos que producen: Accidentes: 1 Inflamables: se inflama con el aire o con facilidad o puede provocar fuego o contribuir a provocar fuego por fricción. Tienen un punto de ignición bajo (de 21ºC a 55ºC), se inflaman por un breve contacto con una fuente de ignición y una vez separado de la misma continúa quemándose. 1 Fácilmente inflamables, que pueden ser: o Sustancias y preparados que pueden calentarse o inflamarse con el aire a temperatura ambiente sin aporte de energía o si la llama se propaga rápidamente. o Sólidos que fácilmente se inflamen por un breve contacto con una fuente de ignición, tal como una cerilla encendida, y que sigan quemándose una vez retirada la fuente. o Líquidos con un punto de inflamación muy bajo (menor de 21ºC sin que sean extremadamente inflamables). o Sustancias o mezclas que desprendan gases extremadamente inflamables, en cantidades peligrosas, al entrar en contacto con agua o incluso con aire húmedo. 1 Muy inflamables: arden al entrar en contacto con el aire en condiciones normales. Sustancias o mezclas líquidas con un punto de inflamación extremadamente bajo (in- 10

ferior a 0ºC) y un punto de ebullición bajo (menor o igual que 35ºC), y gases que a temperatura y presión normales sean inflamables en contacto con el aire. 1 Comburentes u oxidantes: en contacto con otras sustancias, principalmente las inflamables, producen reacciones fuertemente exotérmicas. Es decir, por lo general al desprender oxígeno, pueden provocar o favorecer la combustión de otros materiales. 1 Explosivos: de manera espontánea, por reacción química, pueden reaccionar de forma exotérmica (desprende calor) incluso en ausencia de oxígeno, desprendiendo gases a una temperatura, presión y velocidad tales que pueden ocasionar daños a su entorno dando lugar a detonaciones, deflagraciones o incluso explosiones. Pueden clasificarse a su vez en riesgo (simple) de explosión y alto riesgo de explosión. 1 Corrosivos: pueden dañar, desgastar o incluso destruir materiales o tejidos vivos. Daños a la salud: 1 Nocivos: pueden provocar efectos agudos o crónicos o incluso la muerte. 1 Tóxicos: en pequeñas cantidades (menores que las sustancias nocivas) pueden causar efectos adversos para la salud agudos, crónicos o incluso la muerte. 1 Muy tóxicos: pueden provocar problemas graves para la salud o incluso la muerte en muy pequeña cantidad. 1 Sensibilizantes: pueden ocasionar una reacción de hipersensibilización, de forma que una exposición posterior produzca reacciones alérgicas al entrar en contacto con la piel o de las vías respiratorias por inhalación, dando lugar a efectos negativos característicos. 1 Irritantes: se denominan así a aquellas sustancias o mezclas no corrosivas que producen una inflamación por acción física o química en las zonas del cuerpo con las que entran en contacto, fundamentalmente con la piel y las mucosas del sistema respiratorio. 1 Cancerígenos o carcinógenos: sustancias o mezclas que pueden producir cáncer o aumentan su incidencia. 1 Mutágenos: pueden producir un cambio permanente en la cantidad o en la estructura del material genético de una célula. Es decir, pueden generar alteraciones genéticas hereditarias o aumentar su frecuencia. 1 Tóxicos para la reproducción: pueden producir alteraciones en la capacidad de concebir hijos o en la lactancia, así como efectos negativos no hereditarios en el desarrollo de la descendencia o aumentar la frecuencia de éstos. 1 Disruptores endocrinos: pueden alterar el equilibrio hormonal y provocar daños en la salud de las personas, animales o sus descendientes. 11

o Radiactivos: emiten radiaciones nocivas para la salud. Daños en el medio ambiente: 1 Ecotóxicos: pueden ser absorbidos por el ecosistema y alterar su equilibrio. 1 Contaminantes de las aguas. 1 Contaminantes de suelos. 1 Contaminantes atmosféricos. 1 Persistentes: permanecen mucho tiempo en el ambiente, resistiendo la degradación incluso decenas de años. 1 Bioacumulativos: se acumulan en los organismos de los seres vivos provocando daños a cierto plazo. 3. Según el Reglamento CLP: Este Reglamento lleva a cabo una clasificación de las sustancias y las mezclas en 3 tipos de peligro, 28 clases y 79 categorías. PELIGROS FÍSICOS explosivos: 7 divisiones (explosivo inestable, líquidos pirofóricos: 1 categoría divisiones 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5 y 1.6) gases inflamables: 2 categorías sustancias y mezclas que en contacto con el agua desprenden gases inflamables: 3 categorías aerosoles inflamables: 2 categorías sólidos pirofóricos: 1 categoría gases comburentes: 1 categoría líquidos comburentes: 3 categorías gases a presión: 4 categorías sólidos comburentes: 3 categorías sustancias y mezclas que reaccionan líquidos inflamables: 3 categorías espontáneamente: 5 categorías sólidos inflamables: 2 categorías corrosivos para los metales: 1 categoría sustancias y mezclas que experimentan peróxidos orgánicos: 5 categorías calentamiento espontáneo: 2 categorías PELIGROS PARA LA SALUD toxicidad aguda: 4 categorías carcinogenicidad: 3 categorías corrosión o irritación cutánea: 4 categorías toxicidad específica en determinados órganos (exposición única): 3 categorías lesiones oculares graves o irritación ocular: 2 categorías toxicidad para la reproducción/lactancia: 3/1 categorías 12

sensibilización respiratoria o cutánea: 2 categorías mutagenicidad: 3 categorías toxicidad específica en determinados órganos (exposición repetida): 2 categorías peligro por aspiración: 1 categoría PELIGROS PARA EL MEDIO AMBIENTE Peligroso para el medio ambiente acuático: 5 categorías Peligroso para la capa de ozono: 1 categoría 2.2. identificación Los productos químicos y sus peligros pueden identificarse a través de símbolos o pictogramas de peligro. El Reglamento sobre Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas (R.D. 363/1995), establece que se considerarán peligrosas para el hombre y el medio ambiente las siguientes sustancias y preparados químicos (con sus correspondientes pictogramas): Explosivos Comburentes Inflamables y extremadamente inflamables Corrosivos o Irritantes, Nocivos o Sensibilizantes Tóxicos, Muy tóxicos Carcinogénicos, Mutagénicos, Tóxicos para la reproducción. Esta clasificación y los símbolos recogidos por dicho Real Decreto, está siendo sustituida progresivamente por el Reglamento (CE) 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (conocido como CLP por sus siglas en inglés), que entró en vigor en julio de 2008. 13

Desde su entrada en vigor se fijaron unos plazos para ir adaptando la clasificación, etiquetado y envasado a esta nueva normativa, conviviendo ambos sistemas de clasificación hasta - El 1 de diciembre de 2010 para las sustancias. - El 1 de junio de 2015, para las mezclas 1. A partir de esa fecha tan sólo se utilizará el CLP, siendo los nuevos pictogramas recogidos en el mismo: Símbolo Peligro Símbolo Peligro Explosivos Sensibilizantes, mutagénicos, carcinogénicos y tóxicos para la reproducción y para órganos específicos Comburentes Tóxicos, irritantes y sensibilizantes Inflamables y pirofóricos (los pirofóricos son los que reaccionan con el aire produciendo su encendido instantaneo) Corrosivos Gases a presión Peligrosos para el medio acuático Tóxicos 1 Para algunas sustancias y mezclas se aplica un plazo transitorio de 2012/2017. Para más información: www.portalreach.info 14

PELIGRO CLASIFICACIÓN (R.D. 363/1995) SÍMBOLOS DE PELIGRO (R.D. 363/1995) PICTOGRAMAS DE PELIGRO (CLP) PRODUCTOS QUE ORIGINAN ACCIDENTES EXTREMADAMENTE INFLAMABLES INFLAMABLES FÁCILMENTE INFLAMABLES COMBURENTES OXIDANTES EXPLOSIVOS CORROSIVOS PRODUCTOS O SUSTANCIAS QUE PRODUCEN DAÑOS A LA SALUD TÓXICOS MUY TÓXICOS NOCIVOS CORROSIVOS SENSIBILIZANTES IRRITANTES CARCINOGÉNICO MUTAGÉNICOS TÓXICOS PARA LA REPRODUCCIÓN PRODUCTOS O SUSTANCIAS QUE DAÑAN EL MEDIO AMBIENTE PELIGROSOS PARA EL MEDIO AMBIENTE (ECOTÓXICOS, CONTAMINAN- TES DE LAS AGUAS, CONTAMI- NANTES DE LOS SUELOS, CON- TAMINANTES ATMOSFÉRICOS, PERSISTENTES, BIOACUMULATIVOS) 15

2.3. Vías de entrada y mecanismos de acción Las sustancias químicas pueden entrar en contacto con nuestro organismo a través de una o varias de las siguientes vías: 1. Inhalatoria o respiratoria: es el principal medio de contacto de los químicos, accediendo al respirar. Además de poder producir daños en el sistema respiratorio, pueden pasar a la sangre desde los pulmones y afectar a otros órganos e incluso en caso de embarazo, producir daños en el feto. 2. Digestiva: los agentes químicos se introducen por la boca al entrar en contacto con alimentos, bebidas, las manos 3. Dérmica: algunas sustancias producen daños al entrar en contacto con la piel, las mucosas o los ojos o al penetrar en nuestro organismo a través de pequeñas lesiones cutáneas. 4. Parenteral: los agentes químicos penetran por discontinuidades en la piel como cortes, pinchazos, heridas, etc. Cuando estamos expuestos a los agentes químicos y entramos en contacto con ellos, se producen una serie de procesos que son: 1. Absorción. Tras entrar en nuestro organismo a través de alguna de las vías de entrada citadas, el contaminante pasa a la sangre y de ahí a los tejidos. 16

2. Distribución. Una vez en la sangre, las sustancias químicas se mueven y distribuyen por todo el organismo hasta los diferentes tejidos. 3. Acumulación. Los tóxicos se fijan en los órganos o tejidos con los que tienen mayor afinidad (generalmente los ricos en lípidos o grasas y los más vascularizados). Puede producirse una fijación local y/o una acumulación que prolongaría los efectos del tóxico en el tiempo tras el cese de la exposición, debido a su liberación progresiva. Cerebro: plomo, mercurio, cadmio y sus compuestos, monóxido de carbono, disolventes plaguicidas. Pulmones: amianto, amoníaco, cloro, dióxido de nitrógeno, monóxido de carbono y humos en general Corazón: disolventes Leche materna: cadmio, órganoclorados, bifenoles policlorados. Hígado: hidrocarburos, plaguicidas, disolventes. PVC Riñones: mercurio, cadmio y sus compuestos, hidrocarburos, disolventes. Sistema nervioso: mercurio, cadmio y sus compuestos, órganofosfatos, carbonatos y disolventes Órganos reproductores (en hombres y mujeres): plomo y sus compuestos, formaldehido, disolventes, órganoclorados, hidrocarburos, PVC Féto: Plomo, mercurio, monóxido de carbono, cadmio y sus compuestos, disolventes, plaguicidas, órganoclorados, carbonatos, órganofosfatos. Médula ósea: benzeno Piel: detergentes, plaguicidas, hidrocarburos, aceites minerales, ácidos, álcalis. 17

4. Metabolización. Los tóxicos se transforman por su interacción en el organismo antes de ser eliminados, dando lugar a productos resultantes (metabolitos) que pueden ser de menor, igual o mayor toxicidad que el producto original. 5. Eliminación. Pueden eliminarse por diferentes vías, siendo las más importantes a través de la orina y la bilis. Otras vías de eliminación son: El aire expirado, a través de los pulmones. El sudor Las uñas Las lágrimas El semen La leche materna (siendo muy importante tenerlo en cuenta por la posible trasferencia al recién nacido). 18

3. PRINCIPALES EFECTOS SOBRE LA SALUD Hay diversos factores que influyen en los efectos que tienen los agentes químicos en nuestra salud: Toxicidad del contaminante o capacidad de ocasionar daños a la salud. Intensidad y duración de la exposición. Dosis o concentración del contaminante a la que está expuesto el trabajador o trabajadora. Características físico-químicas del producto tóxico. Vías de entrada en el organismo. Susceptibilidad individual (no todas las personas reaccionan igual ante una misma exposición, influyendo factores como la edad, el sexo, los hábitos de vida, etc.) Estado fisiológico del trabajador o trabajadora (los tóxicos no afectan igual a personas sanas que enfermas, en tratamiento médico, mujeres embarazadas, etc.) Los tóxicos pueden provocar daños a la salud o intoxicaciones leves, moderadas o severas dependiendo de la gravedad de los efectos. Los efectos de los contaminantes químicos pueden ser: Locales, si aparecen en el lugar de contacto del tóxico con el cuerpo, o generales, si es en puntos alejados del mismo. Reversibles o irreversibles, en función de la posibilidad de recuperación del cuerpo tras la exposición al tóxico. Si son reversibles es posible una recuperación completa pero si son irreversibles no. Acumulativos, cuando la velocidad a la que se eliminan del organismo es muy lenta o nula y van siendo acumulados, o no acumulativos si la eliminación es rápida. Estocásticos, en los que la posibilidad de generar alteraciones, su intensidad o gravedad en el organismo aumenta con la dosis recibida, o no estocásticos si dichos efectos dependen directamente de la dosis. En función de la velocidad en la que se produce y de la gravedad los daños, la intoxicación puede ser: Aguda: alteración grave que se manifiesta en un corto período de tiempo, pudiendo causar hasta la muerte. Puede deberse a una sola dosis o exposición o a múltiples dosis más cortas absorbidas en un breve período de tiempo. 19

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Subaguda: es menor grave que la aguda, siendo debida generalmente a exposiciones repetidas durante varios días o semanas antes de que aparezcan los síntomas. Crónica: Se produce cuando hay una exposición repetida al tóxico durante mucho tiempo, penetrando en nuestro organismo en dosis incluso mínimas, casi inapreciables, que son insuficientes para generar una toxicidad aguda o subaguda per que, por acumulación en el organismo, provocan daños a la salud. Este tipo de toxicidad es frecuente en el entorno laboral y puede aparecer por: - Acumulación de dosis: se absorben o se retienen en el organismo más tóxicos de los que se eliminan, llegando un momento en el que los niveles son suficientes para que se manifieste la intoxicación. - Acumulación de efectos. en este caso no se acumula la cantidad o dosis de tóxico sino el efecto que produce. Retardadas: Los efectos aparecen tras una única exposición a mayor o menor plazo, después de haber desaparecido el tóxico del organismo. 3.1. accidentes de trabajo con sustancias peligrosas (incluyendo reacciones peligrosas) Pueden producirse múltiples accidentes durante el transporte, manipulación, fabricación o almacenamiento de sustancias químicas. Accidentes que en función de las características y peligrosidad de dichas sustancias pueden dar lugar a efectos catastróficos. RD 374/2001. Artículo 7. Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y emergencias. Cuando en la evaluación de riesgos se ponga de manifiesto la necesidad de tomar medidas frente a accidentes, incidentes y emergencias el empresario debe planificar las actividades a desarrollar en caso de que se produzcan tales accidentes, incidentes o emergencias y adoptar las medidas necesarias para posibilitar, en tal caso, la correcta realización de las actividades planificadas. Estas medidas comprenderán la dotación de los medios necesarios para paliar las consecuencias del accidente, incidente o emergencia y, en particular, para el control de la situación de peligro e incluso, la evacuación de los trabajadores y los primeros auxilios. La empresa estará obligada a dar la formación adecuada a los trabajadores que deban realizar o participar en dichas actividades, incluyendo la práctica de ejercicios de seguridad a intervalos regulares. 21

Y también a organizar las relaciones con los servicios externos a la empresa, informándoles sobre las medidas de emergencia establecidas, a fin de permitir una respuesta adecuada y, en particular, el rápido inicio de las medidas de control de la situación de peligro, así como de las operaciones de asistencia, evacuación y salvamento. Cuando se trabaja con este tipo de sustancias, los delegados y delegadas de prevención es importante que: - Conozcan la normativa específica de aplicación, y en concreto si nuestra empresa está afectada por el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, y el Real Decreto 948/2005, de 29 de julio, por el que se modifica el RD 1254/1999. - Comprueben que si alguna de las sustancias presentes en la empresa se encuentran en el Anexo I del RD 948/2005 en las cantidades en él establecidas. - Comprueben si el riesgo de accidente grave se recoge adecuadamente en la evaluación de riesgos y en el plan de emergencias y evacuación. - Soliciten a la empresa el protocolo de actuación en caso de accidente, en el que se incluyan los posibles accidentes debidos a estas sustancias y los accidentes graves. - Propongan la adopción de acuerdos y compromisos con los responsables de la empresa para evitar o reducir la utilización y/o fabricación de sustancias susceptibles de generar accidentes graves mediante la adopción de mejores técnicas disponibles, cambios en las materias primas, sustitución de sustancias peligrosas, etc. 3.2. enfermedades profesionales La exposición continuada a sustancias peligrosas en el trabajo puede generar una enfermedad laboral. Algunas de las enfermedades más comunes debidas a esta exposición son las respiratorias, las dermatitis o el cáncer. Para que dichas enfermedades se consideraren enfermedades profesionales deben cumplirse tres requisitos: 1. Que la enfermedad esté incluida en el cuadro oficial de Enfermedades Profesionales regulado en Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre. 22

2. Que haya existido exposición a uno de los agentes causantes contemplados en el cuadro. 3. Que la persona que la padece desempeñe su actividad en una de las ocupaciones que también señala y recoge el cuadro. Si no se cumpliesen los citados requisitos, la enfermedad podría reconocerse como una enfermedad derivada o relacionada con el trabajo, teniendo el mismo tratamiento legal que los accidentes de trabajo. En el Anexo I del citado Real Decreto, aparece la lista de enfermedades profesionales dividida en 6 grupos: Grupo 1: Enfermedades profesionales causadas por agentes químicos. Grupo 2: Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos. Grupo 3: Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos. Grupo 4: Enfermedades profesionales causadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados. Grupo 5: Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados. Grupo 6: Enfermedades profesionales causadas por agentes cancerígenos. Siendo los grupos 1 y 6 los que se corresponden con la exposición a agentes químicos (véase anexo ) A pesar de que prácticamente todos nos encontramos expuestos a multitud de sustancias químicas en el ámbito laboral, la declaración de enfermedades profesionales derivadas de la misma es prácticamente inexistente, tal y como se observa en la siguiente tabla en la que se recogen las enfermedades profesionales declaradas en España en los últimos años: Con baja Sin baja Total 2007 502 239 741 2008 695 310 1005 2009 483 292 775 2010 439 292 731 2011 364 338 702 2012 315 265 580 2013 283 231 514 23

3.3. Riesgos para la reproducción La exposición a productos químicos puede implicar problemas para la reproducción tanto para las trabajadoras como para los trabajadores, siendo necesario aplicar medidas preventivas para todos. Estos productos pueden ser: Tóxicos para la reproducción: aquellas sustancias o preparados que pueden producir alteraciones en la capacidad de concebir hijos de hombres y mujeres, (abortos, daños al feto en desarrollo), alterar la capacidad de lactar, o producir efectos negativos no hereditarios en el desarrollo de la descendencia. EFECTOS DE LOS TÓXICOS EN EL SISTEMA REPRODUCTIVO DE LOS HOMBRES d Cantidad y calidad de espermas: Algunos de los riesgos de la reproducción pueden detener o disminuir la producción de esperma, así como causar un cambio en la forma de las células del esperma. Este esperma muchas veces no puede nadar o fecundar el huevo. d Transferencia de esperma: Los productos químicos nocivos pueden acumularse en el epidídimo, las vesículas seminales, o la próstata. Estos productos químicos pueden matar el esperma, cambiar la manera en que nadan, o pegarse al esperma y ser llevados al huevo o al bebé antes de nacer. d Desempeño sexual: Los cambios en las cantidades de hormonas pueden afectar el funcionamiento sexual. Algunos productos químicos afectan a la capacidad de tener erecciones, otros pueden afectar al apetito sexual. d Cromosomas en la esperma: Los riesgos para la reproducción pueden afectar a los cromosomas del esperma. Los productos químicos pueden causar cambios o cortes en el ADN. Si el ADN de la esperma está dañado, es posible que no pueda fecundar un huevo o y si fecunda un huevo, puede afectar al desarrollo del feto. EFECTOS DE LOS TÓXICOS EN EL SISTEMA REPRODUCTIVO DE LAS MUJERES d Efectos en el ciclo menstrual: Elevados niveles de exposición a agentes químicos pueden interrumpir o desorganizar el balance hormonal lo que puede generar un desequilibrio de estrógeno y progesterona, e inducir cambios en la duración y regularidad del ciclo menstrual y de la ovulación. d Dado que estas hormonas sexuales tienen efectos por todo el cuerpo de la mujer, si el desequilibrio es importante o duradero puede afectar al estado general de salud de las mujeres. d Infertilidad: Daños en los ovocitos de la mujer y cambios en las hormonas necesarias para regular el ciclo menstrual normal son factores que pueden causar problemas con la fertilidad. d Abortos y partos de fetos muertos. d Defectos en el recién nacido: Existe todavía poca información sobre el posible origen de muchos de estos efectos. Hay que tener en cuenta que muchas mujeres no son conscientes de que están embarazadas durante una parte importante del periodo crítico inicial. 24

d Bajo peso al nacer y partos prematuros. d Desórdenes del desarrollo: Algunas veces el cerebro del feto no se desarrolla con normalidad, dando como resultado un retraso que a lo largo de la vida puede representar la aparición de incapacidades y retraso en el aprendizaje. Estos agentes pueden ser: Tóxicos para la fertilidad: por inhalación, ingestión o penetración cutánea, pueden alterar el comportamiento sexual disminuyendo la libido, produciendo dificultad eréctil o de eyaculación y alterando el ciclo menstrual. También pueden dañar los óvulos o el esperma disminuyendo la cantidad y calidad esperma, dañando el material genético (óvulos y esperma) o produciendo enfermedades en los órganos reproductores. Según RD 363/1995: R60: Puede perjudicar la fertilidad. R62: Posible riesgo de perjudicar la fertilidad. Según Reglamento 1272/2008 CLP: H360F: Puede perjudicar a la fertilidad. H360FD: Puede perjudicar a la fertilidad. Puede dañar al feto. H360Fd: Puede perjudicar a la fertilidad. Se sospecha que daña al feto. H361f: Se sospecha que puede perjudicar a la fertilidad. H361fd: Se sospecha que puede perjudicar a la fertilidad. Se sospecha que daña al feto. Tóxicos para el desarrollo de la descendencia: por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir muerte fetal, daños durante el desarrollo del feto, anomalías congénitas, enfermedades durante la infancia y enfermedades durante la madurez. 25

Según RD 363/1995: R61: Riesgo durante el embarazo de efectos adversos para el feto. R63: Posible riesgo durante el embarazo de efectos adversos para el feto. Según Reglamento 1272/2008 CLP: H360D: Puede dañar al feto. H360FD: Puede perjudicar a la fertilidad. Puede dañar al feto. H360Df: Puede dañar al feto. Se sospecha que puede perjudicar a la fertilidad. H361d: Se sospecha que puede dañar al feto. H361fd: Se sospecha que puede perjudicar a la fertilidad. Se sospecha que daña al feto. Mutágenos: pueden producir alteraciones genéticas hereditarias o aumentar su frecuencia. Según RD 363/1995: R46: Puede causar alteraciones genéticas hereditarias R68: Posibilidad de efectos irreversibles Según Reglamento 1272/2008 CLP: H350: Puede causar alteraciones genéticas hereditarias. Sustancias cuyos posibles efectos mutagénicos para el hombre son preocupantes. H361f: Se sospecha que perjudica a la fertilidad 26

Alteradores endocrinos: pueden alterar la función del sistema endocrino masculino o femenino. En hombres, se reduce la calidad y número de los espermatozoides, y en el caso de las mujeres alteraciones de ovarios (anueploidía, síndrome de ovarios poliquisticos, alteración del ciclo menstrual y fecundabilidad), alteraciones del útero (endometriosis, fibroides uterinos, alteraciones de implantación), mayor predisposición a cáncer de mama, menarquía precoz.) Es necesario controlar que no existan riesgos para la reproducción antes de que los trabajadores en edad fértil se incorporen a sus puestos de trabajo. Para ello, hay que tener en cuenta los artículos 25 y 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en los que se recoge la obligación del empresario de garantizar la protección de los trabajadores especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo y la protección de la maternidad. Además, el RD 374/2001, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo, señala que debe evitarse la exposición de todos los trabajadores a agentes peligrosos. Por ello, hay que evaluar los riesgos que genera la exposición a estos agentes y adoptar medidas preventivas que van más allá de las llevadas a cabo para las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia. Tóxicos sobre o a través de la lactancia: pueden afectar la capacidad de lactar de las trabajadoras, ya sea impidiendo la producción de leche o disminuyendo la producción de leche (disruptores endocrinos) y sustancias tóxicas para el bebé lactante. Según RD 363/1995: R64 Puede perjudicar a los niños alimentados con leche materna. Según Reglamento 1272/2008 CLP: H362 Puede perjudicar a los niños alimentados con leche materna. 27

Algunos agentes químicos que pueden generar un riesgo para la reproducción son: SUSTANCIAS QUÍMICAS EFECTOS OBSERVADOS SECTORES METALES Plomo -Abortos espontáneos, retraso mental. -Disminución de la movilidad y del nº de espermatozoides. Fabricantes de baterías Soldadores Reparadores de radiadores Mercurio -Malformaciones en el sistema nervioso del feto. -Efectos en el sistema reproductor masculino. Ceramistas Constructoras Gasolinas Aplicación de esmaltes Cadmio -Malformaciones en el sistema nervioso del feto. Pinturas Lacas Manganeso -Malformaciones en el sistema nervioso del feto. Tintas Pesticidas Arsénico -Malformaciones abortos espontáneos. Algunos trabajos de fontanería Fabricación reparación de termómetros Tubos radiográficos Pilas eléctricas Trabajos de fotografía Amalgamas de odontología Desinfectantes DROGAS Dietilestilbestrol Talidomina Antineoplasicos -Defectos en el nacimiento. -Defectos en el nacimiento. -Abortos espontáneos. Sanitarias Farmacéuticas Pinturas Lacas Barnices Anestésicos Alcohol -Infertilidad, aborto, defectos en el nacimiento, bajo peso al nacer. -Síndrome fetal. Perfumes Jabones Anticongelantes Anticonvulsivantes -Afecta al sistema nervioso. Tabaco -Bajo peso al nacer 28

OTRAS SUSTANCIAS QUIMICAS Pesticidas clorados -Producen alteraciones en la fertilidad. Agricultura Fabricación de pesticidas Bifenilos policlorados Dioxina -Abortos espontáneos. -Efectos en la reproducción del hombre. -Malformaciones abortos espontáneos. Industria química Aceites Ceras, resinas, lacas Barnices, asfaltos Disolventes -Malformaciones en el bebé y abortos espontáneos. -Produce alteraciones en la fertilidad y tiene efectos en la reproducción del hombre. Pesticidas Extintores de incendios Industria farmacéutica Benceno, tolueno xileno Industrias de perfumes Fabricación de cola y adhesivos Reparación de neumáticos Zapatos Monóxido de carbono -Alteraciones en el sistema nerviosos central. -Retraso de crecimiento. Presente en todos los procesos de combustiones incompletas, cocinas, garajes talleres de automóviles conducción de vehículos en recintos cerrados trabajas en fosos. 29

4. ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS Algunas recomendaciones generales para el almacenamiento de productos químicos son: - Las sustancias peligrosas deben reflejar en la etiqueta los iconos correspondientes además de otro tipo de seguridad. El etiquetado que debe tener cada sustancia es una ayuda a la hora de organizar el almacén de los productos. - Debido a la peligrosidad en el trabajo con productos químicos se han de adoptar una serie de precauciones importantes en su almacenamiento para que no se produzcan accidentes. - El suelo debe ser resistente a las sustancias que se van a almacenar. - En el caso de que el almacenamiento sea considerable, es conveniente que tenga un desnivel hacia una zona de drenaje, segura y fácilmente accesible para evitar la permanencia de cualquier sustancia dentro del mismo en caso de derrame accidental. - Todos los recipientes que se encuentren en el almacén deberán estar perfectamente etiquetados. - Los tapones de cierre no podrán ser atacados por el contenido del producto que contienen y serán fuertes y sólidos para impedir aflojamiento. Para ello deben adquirirse contenedores homologados en los que se hayan comprobado mediante soluciones patrón y otras pruebas de resistencia y estanqueidad el diseño, fabricación y uso de estos envases. Los recipientes reutilizables han de estar diseñados para que pueda abrirse y cerrarse repetidamente sin pérdida de contenido. - Se ha de revisar periódicamente el almacén para observar si existe deterioro o caducidad en los productos. De igual forma se ha de realizar un inventario periódicamente con objeto de reflejar con la mayor exactitud posible los tipos de sustancias que allí se encuentren. - La iluminación ha de ser correcta. Dentro del almacén debe figurar una nota con normas básicas de seguridad dentro del mismo, así como los teléfonos de urgencias necesarios en caso de accidente. - Todos los lugares de almacenamiento deben estar correctamente 30

5. IDENTIFICACIÓN Prevención del Riesgo Químico en el Ámbito Laboral Para poder prevenir el riesgo derivado del uso de productos químicos en el trabajo, es necesario identificar y conocer todos los compuestos químicos contenidos en los productos que se utilizan directamente, los que se generan en cada fase del proceso productivo, así como la toxicidad de dichos compuestos. También es necesario localizar y detectar en el centro de trabajo cuáles son los focos contaminantes, es decir, aquellos puntos en los que pasan al ambiente los contaminantes, de forma que puedan entrar en contacto con las personas que allí trabajan. Una vez identificado el riesgo de exposición y los focos contaminantes hay que tratar de eliminarlos y exigir, o bien, la sustitución del tóxico por otro producto o sustancia menos perjudicial para la salud y el medio ambiente o la sustitución por otro proceso productivo menos nocivo. Identificar la existencia de productos o contaminantes químicos Confenccionar un listado de productos o contaminantes químicos presentes Seleccionar los productos o las sustancias peligrosas Identificar los peligros Según la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos presentes en los lugares de trabajo relacionados con agentes químicos, la presencia de un agente químico peligroso ocurrirá siempre que se produzca alguna de las circunstancias siguientes: se emplea como materia prima, se fabrica, se genera como producto intermedio, residuo, impureza o por reacción no deseada o se forma o interviene por cualquier motivo en el proceso laboral básico y las actividades relacionadas con él (mantenimiento, manutención, almacenaje, reparación). se utiliza, se forma o se libera al ambiente en el transcurso de las actividades no ligadas al proceso laboral básico (limpieza, desinfección, obras y modificaciones). 31

se almacena de forma temporal o permanente en los lugares de trabajo. penetra desde el exterior por alguna vía (ventilación, vehículos). Hay que comenzar confeccionando una lista de todos los productos químicos utilizados, de la cual extraeremos los compuestos químicos y su toxicidad. Dos herramientas fundamentales para poder llevar esto a cabo son: - Las etiquetas de los envases - Las fichas de datos de seguridad El empresario tiene la obligación de informar a los trabajadores sobre los riesgos de los productos químicos presentes en su lugar de trabajo. Por ello, debe tener todos los envases de las sustancias y productos químicos que haya en su empresa etiquetados adecuadamente, tener todas las fichas de datos de seguridad de los mismos y ponerlas a disposición de los trabajadores. RD 374/2001. Artículo 9: Información y formación de los trabajadores El empresario debe garantizar que los trabajadores y los representantes de los trabajadores reciban una formación e información adecuadas sobre los riesgos derivados de la presencia de agentes químicos peligrosos en la empresa, así como sobre las medidas de prevención y protección que hayan de adoptarse. Ante cualquier duda, consultar siempre en las asesorías de Salud Laboral de CC.OO. de Castilla y León. 5.1. Etiquetado Las etiquetas de los envases de productos químicos ofrecen una información mínima que permite a las personas que los utilizan protegerse de los riesgos que implica su almacenamiento y/o uso. En la etiqueta deberá figurar (Título III del CLP): Nombre, dirección y número de teléfono del proveedor o proveedores Cantidad de sustancia o mezcla que contiene el envase a disposición del público en general, salvo que ya esté especificada en otro lugar del mismo. Los identificadores del producto 32

- Para sustancias: el nombre químico y en algunos casos el número de identificación o número CAS. - Para mezclas: el nombre comercial de la mezcla y el nombre químico de las sustancias que la forman. Cuando proceda: - Pictogramas de peligro - Palabras de advertencia, en función de la clasificación (Anexo VI del CLP): EXPLOSI- VOS, CORROSIVOS, TOXICIDAD AGUDA - Indicaciones de peligro - Consejos de prudencia - Información complementaria (frases EUH) - Información exigida por otras legislaciones vigentes como la de fitosanitarios, biocidas, aerosoles, etc. Pictogramas de peligro que correspondan Identificadores Nombre de la sustancia Nº Índice Nombre comercial o denominación de la mezcla. Identidad de las sustancias de la mezcla que contribuyan a clasificarla en deterninadas clases de peligro. PELIGRO Palabra de advertencia ATENCIÓN o PELIGRO Cantidad nominal de la sustancia o mezcla (puede figurar en otro lugar del evase) XX, S.A. R/ACZ... Tel:... Nombre, dirección y nº de teléfono del proveedor Indicaciones de peligro (frases H) Consejos de prudencia (frases P) H350, H341, H319, H315, H336, H412 Puede provocar cancer. Se sospecha que provoca efectos genétivcos. Provoca irritación ocular grave. Provoca irritación cutánea. Puede provocar somnolencia o vértigo. Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos. P202, P308+P313, P273 No manipular la sustancia antes de leer y comprender todas las instrucciones de seguridad. EN CASO DE exposición manifiesta o presunta: Consultar a un médico. Evitar su liberación al medio ambiente. 33

Algunas normas básicas sobre el etiquetado son las siguientes: La etiqueta sólo puede mostrar uno de los sistemas de etiquetado (antiguo Reglamento Europeo o CLP), sin mezclar antiguas y nuevas indicaciones y pictogramas de peligro, consejos de prudencia, etc. En la etiqueta o el envase de una sustancia o mezcla no deberán figurar indicaciones como «no tóxico», «no nocivo», «no contaminante», «ecológico», ni otras indicaciones que señalen que la sustancia o mezcla no es peligrosa. Los envases con productos intermedios o restos de trasvases, así como los que contengan cualquier residuo, deben etiquetarse de forma que se dé la información necesaria sobre su contenido y peligrosidad. Las palabras peligro y advertencia no pueden aparecer juntas en la misma etiqueta El proveedor de una sustancia o mezcla está obligado a actualizar la etiqueta cuando se produzca cualquier modificación de la clasificación y etiquetado de dicha sustancia o mezcla, y entregársela al comprador a la mayor brevedad. De esta manera, los empresarios deberán poner a disposición de los trabajadores las etiquetas de las sus- 34

tancias y mezclas que utilizan, debidamente actualizadas Prevención del Riesgo Químico en el Ámbito Laboral Las etiquetas de productos que contengan alguna sustancia sujeta a autorización, debido a sus propiedades peligrosas, deberán incluir el correspondiente número de autorización. Hay que almacenar y eliminar los productos peligrosos siguiendo las indicaciones de seguridad de la etiqueta (frases P 400 y P 500). Es obligatorio informar y formar a los trabajadores sobre los riesgos de su puesto de trabajo y de los productos químicos que se utilizan. Se debe disponer de los equipos de protección individual (EPI) o colectivos, y usarlos si lo indica la etiqueta del producto con el que se está trabajando. En las etiquetas habrá un máximo de seis consejos de prudencia Las etiquetas estarán escritas en la lengua o lenguas oficiales del Estado o los Estados miembros en los que se comercialice la sustancia o mezcla (en nuestro caso el español), siempre que la legislación nacional no indique algo distinto. La información debe estar marcada de manera clara e indeleble, destacar claramente sobre el fondo de la etiqueta y ser fácil de leer, por lo que el tamaño y la separación de la misma deben ser adecuados. 5.2. La Ficha de Datos de Seguridad (FDS) Las fichas de datos de seguridad de los productos son documentos que ofrecen información más detallada sobre los riesgos (incluyendo sus componentes peligrosos) para proteger la salud y seguridad de los trabajadores que utilizan ese producto. Las FDS deberán contener (Anexo II del REACH): 1. Identificación de la sustancia o preparado y de la sociedad o empresa. Coherente con los usos identificados y los escenarios de exposición 2. Identificación de los peligros Distinción clara entre preparados peligrosos y no peligrosos. Clasificación de la sustancia o mezcla según CLP si corresponde (pudiendo constar en la antigua normativa si quiere) Elementos de la etiqueta (sólo puede etiquetarse según una normativa, así que será CLP si está dentro de los plazos establecidos): debe aparecer todo el contenido de la etiqueta tal cual está. 35

3. Composición/información sobre los componentes Se añaden PBT y mpmp 0,1% 4. Primeros auxilios 5. Medidas de lucha contra incendios 6. Medidas en caso de liberación accidental 7. Manipulación y almacenamiento 8. Control de exposición/protección individual Valores relativos al Estado en que se comercialice la sustancia. Si es necesario un ISQ se facilitarán los DNEL (Derived No Effect Level: nivel máximo de exposición para las personas) y PNEC (Predicted No-Effect Concentration: concentración prevista sin efecto) para los escenarios de exposición establecidos en el anexo de la FDS y un resumen de las medidas de gestión de los riesgos de los usos identificados en la FDS 9. Propiedades físicas y químicas 10. Estabilidad y reactividad 11. Información toxicológica Sobre los siguientes grupos de efectos potenciales: - Toxicocinética, metabolismo y distribución - Efectos agudos - Sensibilización - Toxicidad por dosis repetidas - Efectos CMR 12. Información ecológica Si es necesario un ISQ se facilitarán los resultados de la valoración PBT (Persistentesio, Bioacumulativos o Tóxicos para la reproducción) 13. Consideraciones sobre eliminación Si es necesario ISQ, la información sobre las medidas de gestión de residuos será coherente con los escenarios de exposición establecidos en el anexo de la FDS 14. Información sobre el transporte 15. Información reglamentaria Se incluirá si se ha llevado a cabo una valoración de la seguridad química de la sustancia o mezcla. 16. Otra información Recordar que si el fabricante debe elaborar un informe de seguridad química (ISQ) se incluirá dicho informe o los escenarios de exposición pertinentes en un anexo de la FDS. 36

Algunas normas básicas sobre las FDS son las siguientes: Prevención del Riesgo Químico en el Ámbito Laboral El proveedor de los productos debe entregar a la empresa fichas de datos de seguridad en el momento de la primera entrega de los productos e incluso antes, y siempre que la empresa lo solicite. Así, la ficha de datos de seguridad deberá permitir al empresario determinar si hay algún agente químico peligroso presente en el lugar de trabajo y evaluar los eventuales riesgos que suponga el uso de dichos agentes para la salud y la seguridad de los trabajadores. Las FDS deberán actualizarse cuando se produzca cualquier modificación en la clasificaciónde la sustancia o mezcla comercializada, cuando se haya concedido o denegado una autorización o cuando se imponga una restricción. Las FDS deberán estar a disposición de los trabajadores que utilicen los correspondientes productos (junto a los productos químicos). Es obligatorio informar y formar a los trabajadores en función de la información que proporcionan las FDS. 37

6. MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES Dado que no se dispone de información completa y actualizada sobre los posibles efectos peligrosos de la mayoría de productos químicos sobre la reproducción, deben aplicarse de modo general las recomendaciones siguientes: Leer la etiqueta del producto antes de comprarlo. Si hay dos productos de las mismas características elegir siempre el que resulte menos tóxico o peligroso para la salud. Cuando vayamos a utilizar el producto, leer con atención la etiqueta y las instrucciones de uso. Aunque en la etiqueta no lo recoja, es recomendable la utilización de guantes y gafas de protección (si lo pone en la etiqueta es obligatorio). Dar un uso adecuado al producto, no utilizarlo para otras cosas que no tenga previstas. No comer, beber ni fumar mientras se utilizan productos. Evitar las fuentes de ignición. Si se tiene alguna duda, consultar antes del uso. Para la prevención del efecto mutágeno no pueden establecerse unos límites de dosis seguros, debido a su mecanismo de acción. Las medidas preventivas a adoptar frente a su exposición son equivalentes a las empleadas para la exposición a cancerígenos. En las exposiciones a tóxicos para la fertilidad se admite la existencia de una relación dosis respuesta y la posibilidad de establecer unos límites de dosis seguros. Por otra parte, el hombre laboralmente expuesto a tóxicos para la reproducción, (incluyendo los tóxicos para el desarrollo), puede tener un papel mediador en la transmisión de estos contaminantes a la mujer, ya sea por transportarlos al hogar o por transmitirlos a su pareja vía fluido seminal. Investigar las sustancias laborales que se sospecha influyen en la reproducción a fin de identificar sus consecuencias negativas y de adoptar medidas de prevención y normas que protejan la seguridad y salud en la reproducción de la población trabajadora. Regular las sustancias antes de que los trabajadores y a trabajadoras estén expuestos. Eliminación de la exposición a contaminantes químicos productores de disruptores endocrinos en la reproducción. Sustitución de los agentes peligrosos. Si no es posible, reducir la exposición al mínimo, controlar técnicamente la exposición, realizar una correcta planificación del trabajo que integre la prevención de los riesgos, con utilización, en su caso, de equipos de protección individual. El conocimiento de las sustancias utilizadas en el puesto de trabajo es fundamental. En particular, el conocimiento de las frases R o H más relevantes. 38

Ventilación adecuada, mediante la instalación de campanas extractoras y renovadoras de aire, para minimizar la concentración de productos químicos por debajo de los niveles máximos autorizados. Mediciones periódicas de la concentración ambiental de los distintos productos. Vigilancia médica adecuada y periódica de los niveles absorbidos de ciertos productos por los trabajadores. Almacenar los productos químicos de manera adecuada evitando toda emisión. Lavarse las manos después del contacto con sustancias peligrosas y antes de comer, beber o fumar. Evitar el contacto de la piel con los productos químicos: Si los productos químicos entran en contacto con la piel, seguir las instrucciones de la ficha de datos de seguridad (FDS) para el lavado. El empresario debe disponer de las FDS de todos los materiales peligrosos usados en el trabajo y suministrarlas, a petición de los trabajadores. Participar en todas las actividades de información y formación. Conocer los procedimientos seguros de trabajo y las medidas de protección colectiva y cuando esté justificado, usar equipos de protección personal (guantes, mascarillas y ropa de protección personal) para reducir la exposición a las sustancias peligrosas. Prevenir la contaminación de los hogares y familia con las siguientes actuaciones: Quitarse la ropa contaminada y lavarse cuidadosamente antes de salir del trabajo. Guardar la ropa de calle separadamente de la de trabajo para prevenir la contaminación. 6.1. Equipos de protección individual (EPIs) Aunque debe ser la última medida preventiva que se aplique, el uso de EPIs es cada vez más habitual en todos los puestos de trabajo. Por ello, es importante que antes de la elección de una prenda de protección personal como medida de protección frente a una determinada situación de riesgo, se deben analizar los siguientes aspectos: > Necesidad de uso Como ya hemos dicho, debe estudiarse, en primer lugar, la posibilidad de eliminar la situación de riesgo mediante el empleo de técnicas de protección colectiva u otras medidas organizativas. Se deberá recurrir al uso de prendas de protección personal en los siguientes casos: 39