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BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CREACIÓN DE BOLSA PARA OPERARIOS DE OBRAS Y SERVICIOS, COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL DEL EXMO. AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE. 1.- NORMAS GENERALES: Naturaleza, características de las plazas y horarios.- Operarios de Obras y Servicios, con el nivel de titulación de Certificado de Estudios Primarios o equivalente, para el Departamentos de Limpieza, en caso que surgiesen otras vacantes en otros Departamentos se ofertaría por orden de puntuación a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. El horario será en TURNOS ROTATORIOS DE TARDE INAMOVIBLE de 15:00 horas a 22:00 horas. El turno cada semana irá rotando semanalmente librando al menos un fin de semana al mes; Turno 1 de Miércoles a Domingo Librando Lunes y Martes Turno 2 de Sábado a Miercoles Librando Jueves y Viernes. Turno 3 de Lunes a Viernes Librando Sábado y Domingo. Sistema selectivo.- Fase Oposición; máximo de 10 puntos El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición libre y constará de los siguientes ejercicios: Todos los ejercicios serán eliminatorios, no pasando al siguiente ejercicio o a la siguiente Fase si no se ha superado. El Tribunal decidirá la puntuación mínima para superar cada uno de los dos ejercicios. PRIMER EJERCICIO: Consistirá en contestar a preguntas tipo test que versará sobre la parte de Materias Comunes, las respuestas erróneas restarán de la puntuación de la nota final, el Tribunal decidirá el número de preguntas tipo test, cuanta puntuación debe restar cada respuesta errónea y el tiempo que se da para la realización de la prueba. Este ejercicio será puntuable hasta un máximo de 3 puntos. SEGUNDO EJERCICIO: Una o varias pruebas prácticas según estime el Tribunal seleccionador, que versará sobre las Materias Específicas. Este ejercicio será puntuable hasta un máximo de 7 puntos.

El tiempo para la realización de los ejercicios lo determinará el Tribunal. Fase de Concurso: máximo 3 puntos. Se valorará de acuerdo con el baremo de méritos que se detalla en el anexo A de estas bases específicas y no tendrá carácter eliminatorio. Calificación.- La puntuación final será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios de la oposición y la fase concurso. 2.- REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LOS ASPIRANTES: Podrán tomar parte en la oposición los aspirantes que reúnan los requisitos siguientes: a) Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Asimismo se extenderá a quienes se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir en España y a poder acceder al mercado laboral. b) Poseer PLENA capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Poseer certificado de escolaridad. f) El personal que opte a la plaza reservada a personal con discapacidad, deberá tener reconocido por la Administración competente, un grado de discapacidad igual o inferior al 33% y un certificado médico en el que se acredite que es compatible la discapacidad con el desempeño del puesto de trabajo solicitado. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias.

Aquellas personas que superen las pruebas selectivas, quedarán sometidas al régimen de incompatibilidades establecido por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre. 3.- IMPORTE DE LOS DERECHOS DE EXÁMEN: Los derechos de examen serán de 7,49 y se ingresarán por el sistema de autoliquidación. A estos efectos se deberá cumplimentar el impreso facilitado por el Ayuntamiento y se presentará en cualquier Banco o Caja de Ahorros de las que actúan como entidades financieras colaboradoras en la recaudación tributaria, para su validación mediante impresión mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada. Tendrán una bonificación del 50% de la cuota los que acrediten hallarse en situación de desempleo, mediante tarjeta de la Oficina Pública de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente o certificado de dicha Entidad. Y el personal que opte a la plaza reservada a personal con discapacidad, deberá tener reconocido por la Administración competente, un grado de discapacidad igual o inferior al 33%. 4.- SOLICITUDES, FORMA, PLAZO Y LUGAR: 4.1. Forma.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo en el impreso normalizado establecido por el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares que les será facilitado en el SAC (Servicio de Atención al Ciudadano) del Exmo. Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. 42. Plazo de presentación.- El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio de la convocatoria en el Tablón de Anuncios del Consistorio. 4.3. Lugar de presentación.- El impreso de solicitud y copia debidamente cumplimentados se presentarán con el justificante de haber satisfecho los derechos de examen en el Registro General del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares Plaza de la Constitución número 1 planta baja. 4.4. Defecto de solicitudes.- Con arreglo a lo determinado en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si la solicitud no cumpliera los requisitos exigidos se requerirá al interesado/a del modo expresado en la base siguiente para que subsane la falta en el plazo de diez días, con apercibimiento de que si no lo hiciere se archivará sin más trámite. 5.- CALIFICACIÓN, PROPUESTA DE CONTRATACIÓN, PERÍODO DE PRUEBA; La puntuación final de cada aspirante vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios de la fase de oposición y la suma de la fase concurso. Terminada la calificación del procedimiento selectivo, las puntuaciones obtenidas por los aspirantes que hayan superado el mismo, serán expuestas en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial. El Tribunal Calificador propondrá al Presidente de la Corporación la contratación de los aspirantes que haya obtenido la mayor puntuación final. En ningún caso el Tribunal podrá proponer la contratación de un número mayor de aspirantes que el número de plazas a proveer.

El resto de aspirantes pasarán a formar parte de una bolsa de empleo por orden de puntuación. En los contratos de trabajo se establecerá un período de prueba de dos meses. Los aspirantes propuestos presentaran en el Ayuntamiento, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la fecha de exposición de las puntuaciones finales, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 2ª. Si dentro del plazo indicado, salvo causa de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentan la documentación, o no reúnen los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia de solicitud. 6.- CALENDARIO DE LAS PRUEBAS.- El lugar, fecha y hora de celebración de los ejercicios, se hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. 7.- TRIBUNAL CALIFICADOR: Todos los miembros del Tribunal deberán poseer titulación igual o superior a las exigidas para el acceso a la plaza convocada. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto. Azuqueca de Henares El Alcalde. Fdo.: José Luis Blanco Moreno (Firmado electrónicamente)

TEMARIO. ANEXO MATERIAS COMUNES Tema 1: Organización del Municipio y competencias. Tema 2: La Administración Pública en el Ordenamiento Español. Administración del Estado o Central. Administraciones Autónomas. Administración Local. Administración Institucional y Corporativa. Tema 3: Derechos y Deberes de los Empleados Públicos. Según Ley 4 / 2011 de 10 de marzo, del Empleado Público de Castilla-La Mancha. Tema 4: Régimen Disciplinario del Empleado Público. Según Ley 4 / 2011 de 10 de marzo, del Empleado Público de Castilla-La Mancha. MATERIAS ESPECÍFICAS Tema 5: Tema 6: Tema 7: Tema 8: Tema 9: Tema 10: Nociones generales sobre la utilización de herramientas y enseres empleados en los distintos oficios. Nociones Generales sobre la utilización de materiales empleados en los distintos oficios. Nociones Generales sobre el conocimiento de maquinarias empleados en los distintos oficios. Averías más frecuentes en Obras y Servicios. Reparaciones más frecuentes en Obras y Servicios. Disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo: normativa aplicable.

Baremo de los méritos para la fase de concurso La valoración de los méritos se efectuará de la siguiente manera: 1º.- Servicios efectivos prestados como Operario de Vías y Servicios en la Administración: 0,25 puntos por cada seis meses o fracción superior a dos tercios, hasta un máximo de 2 puntos. 2º.- Servicios efectivos prestados como Operario de Vías y Servicios fuera de la Administración: 0,15 puntos por cada seis meses o fracción superior a dos tercios, hasta un máximo de 1 punto.