Modelo 179. Declaración informativa TRIMESTRAL de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

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Transcripción:

Barcelona, a 14 de enero Distinguido Cliente: Mediante la presente le informamos de la apertura de la campaña de cumplimentación y presentación de los resúmenes anuales y de las declaraciones informativas relativas al. A estos efectos, adjuntamos una pequeña exposición de los modelos más comunes, así como una breve presentación de los modelos 179 y 233, recientemente introducidos. También podrá encontrar, al final de esta circular, un anexo enumerando todas y cada una de las declaraciones informativas, así como sus correspondientes períodos de presentación. En esta campaña 2018 desaparece la posibilidad de presentación de declaraciones informativas mediante soporte directamente legible por ordenador, por lo que deberán presentarse directamente desde un formulario online habilitado. De este modo, los registros con errores no serán admitidos. Modelo 179. Declaración informativa TRIMESTRAL de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. Novedad: Declaración informativa introducida el 24 de mayo 2018 mediante la Orden HFP/544/2018. Estarán obligadas a su presentación las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos. Deberá cumplimentarse identificando, respecto de cada inmueble cedido, la fecha de intermediación, fecha de cesión, días de disfrute, importe y medio de pago. Si bien se introduce con periodicidad trimestral, excepcionalmente se presentará en enero una declaración con carácter anual respecto de la totalidad del. Modelo 233. Declaración informativa anual por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Novedad: Declaración introducida el 21 de diciembre de 2018 mediante la Orden HAC/1400/2018. Estarán obligadas a su presentación las guarderías o centros de educación infantil autorizados. 1

El modelo deberá cumplimentarse identificando a los menores inscritos en dichos centros, la madre o persona que ostente la guardia y custodia del susodicho menor, el otro progenitor, y los gastos anuales pagados por los mismos que den derecho a la aplicación del incremento de la deducción por maternidad. Excepcionalmente, para el, el plazo de presentación será el comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero. Modelo 180. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuentas por rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Declaración resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta declarados durante el ejercicio mediante el modelo 115. Están obligadas a su presentación aquellas personas o entidades, obligadas a retener o ingresar a cuenta del IRPF, del IS o del IRNR, que satisfagan rendimientos del capital inmobiliario o de actividades económicas por arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos, a perceptores que tengan la consideración de contribuyentes del IRPF o del IS. Modelo 184. Declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas. Modelo a cumplimentar por las entidades en régimen de atribución de rentas, tanto las constituidas en España como en el extranjero, que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales. No obstante, no estarán obligadas las entidades constituidas en el extranjero que obtengan rentas en territorio español, pero no ejerzan una actividad económica en el mismo. El modelo se cumplimentará con las rentas obtenidas por dichas entidades durante el ejercicio, así como las atribuibles a cada uno de los socios. Modelo 190. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas. Declaración resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta declarados en el transcurso del ejercicio mediante el modelo 111. Deberá cumplimentarse incluyendo las percepciones satisfechas por la persona o entidad, e identificando a los perceptores de las mismas. 2

Modelo 193. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre determinados rendimientos del capital mobiliario. Retenciones e ingresos a cuenta del IS e IRNR (establecimientos permanentes) sobre determinadas rentas. Resumen anual de los rendimientos del capital mobiliario satisfechos y las correspondientes retenciones e ingresos a cuenta, declarados en el transcurso del ejercicio mediante el modelo 123. Estarán obligados a declarar todos aquellos contribuyentes que, obligados a retener o ingresar a cuenta del IRPF, IS o IRNR, hayan satisfecho los mencionados rendimientos. Modelo 296. Declaración resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas satisfechas a no residentes sin establecimiento permanente. Estarán obligadas a presentar esta declaración aquellas personas físicas o jurídicas, obligadas a retener a cuenta del IRNR, que satisfagan rentas a contribuyentes de dicho impuesto, sin mediación de establecimiento permanente. El modelo deberá cumplimentarse con los importes declarados e ingresados en el transcurso del ejercicio mediante el modelo 216, detallando las rentas satisfechas, su naturaleza, e identificando a los perceptores de las mismas. Modelo 347. Declaración informativa anual de operaciones con terceras personas. Estarán obligados a la presentación de esta declaración las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades o empresariales y hayan realizado, durante el transcurso del ejercicio, operaciones con una misma persona o entidad por un importe conjunto igual o superior a 3.005,06 euros, IVA incluido. En el modelo deberán identificarse las personas o entidades con las que se hayan realizado las operaciones descritas, desglosando el importe por trimestres. No obstante, quedan exonerados de su presentación los sujetos pasivos que lleven los Libros Registro de IVA a través del sistema de Suministro Inmediato de Información (SII). Novedad: Comenzando en este año, respecto del, se modifica el período de presentación, que pasará a realizarse durante el mes de febrero de cada año. 3

Modelo 390. Resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido. Están obligados a su presentación aquellos contribuyentes obligados a presentar autoliquidaciones periódicas de IVA, ya sean mensuales o trimestrales. No obstante, quedan exonerados de su presentación aquellos sujetos pasivos que lleven los Libros Registro de IVA a través del sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), aquellos cuya actividad consista exclusivamente en operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos, y aquellos que realicen actividades en régimen simplificado del Impuesto. En estos casos, debe cumplimentarse la última página del modelo correspondiente al último período del ejercicio con información adicional, prestando especial atención a la correcta introducción del importe correspondiente al volumen de operaciones del ejercicio. La exoneración no se aplicará si no se tiene obligación de presentar la última declaración del período. Novedad: Se crea la casilla 662, para consignar las cuotas pendientes de compensación al término del ejercicio. También se incluyen expresamente en el desglose del volumen de operaciones las entregas no habituales de oro de inversión. Nota: Las entidades que en el hayan obtenido un volumen de operaciones superior a 6.010.121,24 euros, deberán solicitar su inclusión como Gran Empresa mediante la presentación de un modelo 036, siempre y cuando no viniesen teniendo ya esa condición. De igual forma, si se tenía tal consideración, pero en el no se ha obtenido un volumen superior a dicho importe, deberá solicitarse la baja como Gran Empresa mediante la presentación de un modelo 036. Los profesionales que habitualmente colaboran con su empresa están a su entera disposición para cualquier aclaración o ampliación al contenido de la presente circular. Atentamente AUDICONSULTORES La presente Circular tiene como única y exclusiva pretensión la de facilitar a sus destinatarios una selección de contenidos de información general sobre novedades o cuestiones de carácter laboral, tributario o jurídico, sin que ello pueda constituir asesoramiento profesional de ningún tipo ni pueda ser suficiente para la toma de decisiones personales o empresariales. "Audiconsultores Advocats i Economistes, S.L.P.". Todos los derechos reservados. 4

ANEXO Modelo y Resúmenes anuales del a presentar en Plazo de presentación 165 170 171 179 De certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación. Declaración anual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito. Declaración anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento. Declaración Informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. Orden HFP/544/2018. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del 180 arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual. Préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes 181 inmuebles. 182 Donativos, donaciones y aportaciones recibidas. 184 Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración Informativa anual. Acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos 187 a cuenta del IRPF, IS e IRNR en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones. Orden HAC/1417/2018. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario 188 procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez. 189 Valores, seguros y rentas. Declaración anual. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y 190 determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas. Resumen anual. Orden HAC/1417/2018. 192 Operaciones con Letras del Tesoro. Declaración anual. Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre determinados rendimientos 193 del capital mobiliario. Retenciones e ingresos a cuenta del IS e IRNR (establecimientos permanentes) sobre determinadas rentas. Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, IS e IRNR (establecimientos permanentes) sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivadas de 194 la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de 196 cuentas en toda clase de instituciones financieras. Orden HAC/1417/2018. De operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios. 198 Orden HAC/1417/2018. 199 De las operaciones con cheques de las Entidades de Crédito. 231 Declaración de información país por país (CBC/DAC4) Del 1 al 28 de febrero Plazo excepcional del 1 al 31 de enero de Del 1 de marzo al 30 de abril Del 1 de enero al 20 de febrero Desde el día siguiente a la finalización del período impositivo al que se refiera la información a suministrar hasta que transcurran 12 5

232 233 De operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales Por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Orden HAC/1400/2018. 280 De Planes de Ahorro a Largo Plazo. 282 De ayudas recibidas en el marco del REF de Canarias y otras ayudas de Estado, derivadas de la aplicación del derecho de la Unión Europea. De cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua. 289 Orden HAC/1417/2018. 290 De cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses. Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Cuentas de no residentes sin 291 establecimiento permanente. Orden HAC/1417/2018. Relación individualizada de los clientes perceptores de beneficios distribuidos por Instituciones de Inversión Colectiva españolas, así como de aquellos por 294 cuenta de los cuales la entidad comercializadora haya efectuado reembolsos o transmisiones de acciones o participaciones. Relación anual individualizada de los clientes con la posición inversora en las Instituciones de Inversión Colectiva españolas, referida a fecha 31 de 295 diciembre del ejercicio, en los supuestos de comercialización transfronteriza de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva españolas. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de no 296 Residentes (sin establecimiento permanente). Resumen anual. Declaración anual de determinadas rentas obtenidas por personas físicas 299 residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea y en otros países y territorios con los que se haya establecido un intercambio de información. 340 De operaciones incluidas en los libros registro. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de 345 Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes y aportaciones. Subvenciones e indemnizaciones satisfechas por Entidades 346 Públicas/privadas a agricultores o ganaderos. Declaración anual operaciones con terceras personas. 347 Orden HAC/1148/2018. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. meses desde la finalización de dicho período impositivo. En el mes siguiente a los 10 meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar. Plazo excepcional entre el 1 de enero y el 15 de febrero Del 1 al 28 de febrero Contribuyentes del IRPF y del IRNR sin EP: plazo de presentación de la declaración del IRPF de 2018. Contribuyentes del IS y del IRNR con EP: plazo de presentación de la declaración del IS de 2018. Del 1 de enero al 31 de mayo Del 1 de enero al 31 de mayo Del 1 de enero al 31 de mayo Del 1 de enero al 1 de abril Del 1 de enero al 1 de abril de - de de Del 1 de enero al 20 de febrero Durante el mes de febrero 349 - En caso de presentación con periodicidad MENSUAL: Durante los veinte primeros días naturales del mes inmediato siguiente al correspondiente período mensual, salvo la correspondiente al mes de julio, que podrá presentarse durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de septiembre, y la correspondiente al mes de diciembre, que deberá presentarse durante los 30 primeros días naturales del mes de enero. Presentación con periodicidad ANUAL: Del 1 al 30 de enero de. 6

- En caso de presentación con periodicidad TRIMESTRAL: Durante los veinte primeros días naturales del mes inmediato siguiente al correspondiente período trimestral, salvo la del último trimestre del año, que deberá presentarse durante los treinta primeros días naturales del mes de enero. 390 Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido Orden HFP/187/2018, de 22 de febrero. Orden HAC/1148/2018, de 18 de octubre. 611 Pagos en metálico del impuesto que grava los documentos negociados por Entidades Colaboradoras. Declaración Resumen Anual. Pagos en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que 616 lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden. Declaración Resumen Anual. 720 Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Del 1 al 30 de enero de Del 1 de enero al 20 de febrero Del 1 de enero al 20 de febrero Del 1 de enero al 1 de abril 7