CONVOCATORIA DE MONITOR/A DE GUITARRA PAR LA UNIVERSIDAD POPULAR Y DE LA ESCUELA DE MÚSICA

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Transcripción:

CONVOCATORIA DE MONITOR/A DE GUITARRA PAR LA UNIVERSIDAD POPULAR Y DE LA ESCUELA DE MÚSICA Selección de monitor/a de Guitarra mediante concurso-oposición para posibles contrataciones en régimen laboral y de carácter temporal para la Universidad Popular y de la Escuela de Música, durante el curso 2018-2019 Plazo de presentación: hasta el 26 de octubre (incluido). Publicación en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.argamasilladealba.es. Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía Presidencia de la Corporación y se presentarán en el registro general del Ayuntamiento debidamente cumplimentadas en el modelo oficial por ello facilitado. Junto a la solicitud deberá aportarse fotocopia simple del documento nacional de identidad, fotocopia compulsada de la titulación requerida y méritos a valorar. Igualmente, podrán presentarse en la forma establecida por el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Titulación requerida: o Estar en posesión del Título de Graduado escolar o equivalente o estar en situación de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Proceso Selectivo: Concurso-oposición I. FASE DE CONCURSO. La Fase de Concurso no tendrá carácter eliminatorio y la puntuación obtenida en la misma se sumará a la de la Fase de Oposición a los aspirantes que la hubieren superado para obtener la calificación definitiva, valorándose exclusivamente los méritos, debidamente y en plazo acreditados, y de acuerdo con el siguiente baremo: TITULACIONES ACADÉMICAS OFICIALES: Por titulación superior a la requerida relacionada con el puesto de trabajo a ocupar, hasta un máximo de 2,00 puntos, según el siguiente detalle: Titulación superior a la exigida, de Diplomatura Universitaria de la misma familia profesional: 0,75 puntos. (Nivel 2 del Marco Europeo de Cualificaciones MECES-EQF 6) Titulación superior a la exigida, de Licenciatura Universitaria, de la misma familia profesional: 1,50 puntos. (Nivel 3 del Marco Europeo de Cualificaciones MECES- EQF 7) Título de Doctor/a, de la misma familia profesional: 2,00 Puntos. (Nivel 4 del Marco Europeo de Cualificaciones MECES-EQF 8)

En el supuesto de poseer más de una titulación académica superior a la exigida para el acceso al puesto se puntuará únicamente la más alta. EXPERIENCIA: Experiencia profesional, pudiendo obtenerse hasta un máximo de 7 puntos, según el siguiente detalle: 1.- SERVICIOS ADMINISTRACIÓN LOCAL: Por servicios prestados en puestos de trabajo relacionados directamente con la plaza ofertada o equivalentes y con la misma titulación a la requerida en la administración local, 1,20 puntos por año completo de trabajo, computándose la fracción correspondiente a meses, a razón de 0,10 puntos, constituyendo mes completo la fracción adicional de 16 días en adelante. 2.- SERVICIOS ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: Por servicios prestados en puestos de trabajo relacionados directamente con la plaza ofertada o equivalentes y con la misma titulación a la requerida en administraciones públicas, 0,7 puntos por año completo de trabajo, computándose la fracción correspondiente a meses, a razón de 0,058 puntos, constituyendo mes completo la fracción adicional de 16 días en adelante. 3.-SERVICIOS EMPRESA PRIVADA O EN RÉGIMEN DE AUTÓNOMO: Por servicios prestados en puestos de trabajo relacionados directamente con la plaza ofertada o equivalentes y con la misma titulación a la requerida en empresa privada ò en régimen de autónomo, 0,4 puntos por año completo de trabajo, computándose la fracción correspondiente a meses, a razón de 0,035 puntos, constituyendo mes completo la fracción adicional de 16 días en adelante LA ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS precedentes se efectuará según el siguiente detalle: Documentación justificativa de Servicios Administración Local y otras administraciones Publicas Contrato laboral o certificación comprensiva emitida por la Secretaría de la Administración (duración efectiva, jornada laboral, funciones, etc.) Y Vida laboral, expedida por la Seguridad Social. Documentación justificativa de Servicios Empresa Privada o régimen de Autónomos Contrato laboral o modelo censal 036 o 037 Y Vida laboral, expedida por la Seguridad Social. No será considerada la experiencia profesional a tiempo parcial que no señale, en horas o porcentaje, la jornada por la que ha sido suscrito y desempeñado el puesto de trabajo.

CURSOS DE FORMACIÓN O PERFECCIONAMIENTO: Por cursos recibidos, de perfeccionamiento o especialización, relacionados con el puesto de trabajo, en Centros Docentes autorizados y reconocidos legalmente. N.º horas CURSOS De 20 a 40 horas (de 2 a 3 créditos). De más de 40 y hasta 60 horas (4 o 5 créditos) De más de 60 y hasta 80 horas (6 a 7 créditos) De más de 80 y hasta 100 horas (8 o 9 créditos) De más de 100 y hasta 200 horas (o 10 hasta 20 créditos) De más de 200 horas o más de 20 créditos Puntuación 0,10 0,25 0,40 0,60 1,00 1,25 Puntuación máxima por este apartado: 4 puntos Por cursos impartidos, de perfeccionamiento o especialización relacionados con el puesto de trabajo en Centros Docentes autorizados y reconocidos legalmente: CURSOS N.º horas De 20 a 40 horas (de 2 a 3 créditos). De más de 40 y hasta 60 horas (4 o 5 créditos) De más de 60 y hasta 80 horas (6 a 7 créditos) De más de 80 y hasta 100 horas (8 o 9 créditos) Puntuación 0,15 0,35 0,50 0,75

De más de 100 y hasta 200 horas (o 10 hasta 20 créditos) De más de 200 horas o más de 20 créditos 1,25 1,50 Puntuación máxima por este apartado: 2 puntos No serán tenidos en cuenta, ni por tanto valorados, los cursos de formación que no especifiquen las horas o créditos de duración, ni la experiencia profesional a tiempo parcial que no señale, en horas o porcentaje, la jornada por la que ha sido suscrito y desempeñado el puesto de trabajo. Los cursos de formación que no se hayan realizado bajo colaboración o convenio con administraciones públicas, deberán acreditarse: a. Mediante diploma donde venga reflejado el número de registro o inscripción de entidades. b. Los cursos impartidos como docente o experto se justificarán mediante certificado de la Secretaría o responsable de la entidad en el que se indique el número de registro o inscripción de entidades, además del documento justificativo (contrato, factura, etc.). La puntuación máxima a obtener en el apartado de Formación no podrá ser superior a 6 Puntos. II. FASE DE OPOSICIÓN (ENTREVISTA-EJERCICIO PRACTICO). Consistirá en la realización de entrevista personal en la que el/la aspirante expondrá oralmente las líneas generales de su actuación en relación con el desarrollo y las actuaciones propias del puesto de trabajo que se le indique en función de su perfil profesional. Una vez finalizada la exposición, la Comisión de Selección realizará a los aspirantes todas las preguntas que estimen oportunas para la aclaración de lo expuesto, así como sobre aspectos relacionados con la actividad del puesto de trabajo a desarrollar, capacidades pedagógicas, aptitudes personales relativas a las funciones de este, etc. Los candidatos deberán presentarse con el instrumento de guitarra sobre el que se examine para poder practicar la prueba. La puntuación máxima a conceder por la fase de entrevista será de 5 puntos, siendo necesario obtener la puntuación mínima de 1,00 puntos para superar esta Fase, constituyendo la calificación la suma de las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros de la Comisión de Selección y dividiendo el total por el número de asistentes al mismo.

CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS La calificación total obtenida por cada uno de los aspirantes vendrá determinada por la suma de la totalidad de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición (entrevista) En caso de empate en la puntuación final, el mismo se dirimirá atendiendo en primer lugar mayor puntuación obtenida en el apartado de Experiencia Laboral de la Fase de Concurso; en segundo lugar, por mayor puntuación obtenida en la Fase de Oposición (Entrevista); en tercer lugar, por la mayor puntuación obtenida en el apartado Formación (Concurso) y, si aun así continuara el empate, el orden en la Bolsa se determinará por sorteo, entre los candidatos que hayan obtenido la misma puntuación. La selección de personal como monitor/a de guitarra no dará lugar a la integración en ninguna bolsa de trabajo existente en este Ayuntamiento. Su contratación estará supeditada a las necesidades del servicio. En, a 19 de octubre de 2018. El Alcalde. Fdo.: Pedro Ángel Jiménez Carretón