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De nuestra consideración: Informamos nuestra condición frente a los distintos impuestos, y adjuntamos copia de las constancias correspondientes:

Transcripción:

ORDEN DE COMPRA 135/2018 Original Fecha emisión: 13/12/2018 Nro orden de compra: 135/2018 Proveedor CUIT Domicilio Teléfono ALTUNA IMPRESORES SRL 30-70874442-1 Doblas Nº 1968 - CABA, Buenos Aires, Indeterminado, Indeterminada 4923-0471 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo y número: Clase: Modalidad: Motivo de contratación directa: Expediente: Contratación Directa por Compulsa Abreviada CDC:53/2018 Sin Clase Sin Modalidad Por monto EXP:1728/2018 Resolución: Resolución Rectorado - 1854/2018 Objeto de la contratación: Impresión de libros: "Qué es la ilustración" y otros Oficina de contratación: Lugar de entrega: Forma de pago: Dirección de Suministros División Almacenes [Tel: 011 4365-7162] (Roque Saenz Peña 352, (1876) BERNAL, Buenos Aires) Plazo de entrega: Proveedor Email: Fecha de Vencimiento: 2019-01-14 Renglón Descripción Cantidad Precio Unitario Subtotal 1 Item 1. Keynes, poskeynesianos y keynesianos 500 $ 133,00 $ 66500 neoclásicos Apuntes de economía política (Rolando Astarita) (reimpresión) Colección Textos y lecturas en ciencias sociales 2 Ítem 2. Martín García Mérou. Vida intelectual 500 $ 103,00 $ 51500 y diplomática en las Américas (Paula Bruno) Colección La ideología argentina y latinoamericana 3 Ítem 3. La Voz de la Mujer Periódico Comunista-Anárquico 1896-1897 Colección La ideología argentina 700 $ 71,00 $ 49700

Renglón Descripción Cantidad Precio Unitario Subtotal 4 Item 4. Una introducción a la antropología 500 $ 140,00 $ 70000 Teorías, conceptos y autores (Germán Soprano, Roxana Boixadós, Silvina Smietniansky) Colección Cuadernos universitarios 6 Ítem 6. Qué es la ilustración (María Jimena 500 $ 158,00 $ 79000 Solé) Colección Política $ 316.700,00 SON PESOS TRESCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS

Según RG 4053/2017 - E se establece que los monotributistas que no estén obligados ya a presentar factura electrónica (los Cat A a E ya que los Cat F en adelante deben presentar Factura Electrónica), deben presentar facturas con CAI. IMPORTANTE: Forma de pago de las facturas: TRANSFERENCIA BANCARIA: Para que puedan abonarse las facturas B o C, el proveedor deberá remitir conjuntamente con la factura y remito una Declaración Jurada conteniendo: Nro. de cuenta bancaria: Tipo de cuenta bancaria: Banco: Sucursal: CBU: Titular de la empresa: CUIT de la empresa: Dirección de la empresa: Correo electrónico de la empresa: Entregar además: Para el Impuesto a los Ingresos Brutos o Convenio Multilateral según corresponda, para poder completar el legajo de proveedores, se solicita que presente: 1) Operaciones alcanzadas según Disposición Normativa serie B 1/2004. Se encuentran alcanzadas por el presente régimen las operaciones en las cuales se verifiquen las locaciones de servicios con la realización en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires. 2) Constancia de inscripción para contribuyentes del régimen simplificado de Ingresos Brutos de Provincia de Buenos Aires donde figura el código de actividad de la persona o para contribuyentes del Convenio Multilateral, el formulario CM01 de cada proveedor con el código de actividad y el formulario CM05 donde figura el coeficiente de apropiación que corresponde a la jurisdicción Provincia de Buenos Aires. 3) Constancia de exención (para contribuyentes con exención por código fiscal) 4) Nota de exención citando la legislación que lo avala (para contribuyentes por exención por pacto fiscal). 5) Nota DDJJ acreditando su exclusión (para contribuyentes que posean domicilio en otra jurisdicción, por ejemplo C.A.B.A. y presten su servicio a UNQ desde esa jurisdicción sin trasladarse a Provincia de Buenos Aires). Situación de la frente al IVA: Exento.

Se establece la obligación de que los contribuyentes emitan sus comprobantes de ventas mediante facturas electrónicas o a través de controladores fiscales, reservándose los comprobantes manuales únicamente como comprobantes de respaldo ante inconvenientes en los sistemas de emisión. La citada obligación es de aplicación para: Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado (desde 06/08/2018). Los exentos en el impuesto al valor agregado (desde 01/11/2018 un grupo y desde 01/01/2019 todos. El Departamento de Contabilidad tomará como fecha obligatoria 01/01/2019 ya que la clasificación depende del importe de ventas del proveedor, dato que desconocemos). Los sujetos adheridos al monotributo, excepto los incluidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y de pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social. Categorías obligadas por comprobantes que emitan a partir de: F a K 6 agosto 2018 E 1 de octubre 2018 D 1 diciembre 2018 C 1 febrero 2019 B 1 marzo 2019 A 1 abril 2019 Los proveedores que cuenten con un tratamiento especial en la emisión de comprobantes y las operaciones exceptuadas de emisión de comprobantes -(detallados en el Anexo IV y Anexo I ap. A de la RG (AFIP) 1415 respectivamente) deberán citar la legislación que se apliqué en cada caso para someterla a consideración de la Dirección de Presupuesto y Contabilidad. Por ejemplo el Estado Nacional, quien no está obligado. También hay prestadores que presten servicio fuera del domicilio donde se emite el comprobante que todavía no están obligados. Proveedores del Estado - Ordenes de Compras Suministros: Segun art. 1 RG 4291/2018: los proveedores de los entes integrantes del Sector Público Nacional comprendidos en los incisos a), b), c) y d) del Artículo 8 de la Ley N 24.156 y sus modificaciones, susceptibles de ser evaluados en los términos de la Resolución General N 4.164, deberán emitir exclusivamente comprobantes electrónicos originales conforme a lo previsto en la presente por las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras que efectúen con los referidos entes. FIRMA Y ACLARACIÓN DEL DIRECTOR DE SUMINISTROS

ORDEN DE COMPRA 135/2018 Duplicado Fecha emisión: 13/12/2018 Nro orden de compra: 135/2018 Proveedor CUIT Domicilio Teléfono ALTUNA IMPRESORES SRL 30-70874442-1 Doblas Nº 1968 - CABA, Buenos Aires, Indeterminado, Indeterminada 4923-0471 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo y número: Clase: Modalidad: Motivo de contratación directa: Expediente: Contratación Directa por Compulsa Abreviada CDC:53/2018 Sin Clase Sin Modalidad Por monto EXP:1728/2018 Resolución: Resolución Rectorado - 1854/2018 Objeto de la contratación: Impresión de libros: "Qué es la ilustración" y otros Oficina de contratación: Lugar de entrega: Forma de pago: Dirección de Suministros División Almacenes [Tel: 011 4365-7162] (Roque Saenz Peña 352, (1876) BERNAL, Buenos Aires) Plazo de entrega: Proveedor Email: Fecha de Vencimiento: 2019-01-14 Renglón Descripción Cantidad Precio Unitario Subtotal 1 Item 1. Keynes, poskeynesianos y keynesianos 500 $ 133,00 $ 66500 neoclásicos Apuntes de economía política (Rolando Astarita) (reimpresión) Colección Textos y lecturas en ciencias sociales 2 Ítem 2. Martín García Mérou. Vida intelectual 500 $ 103,00 $ 51500 y diplomática en las Américas (Paula Bruno) Colección La ideología argentina y latinoamericana 3 Ítem 3. La Voz de la Mujer Periódico Comunista-Anárquico 1896-1897 Colección La ideología argentina 700 $ 71,00 $ 49700

Renglón Descripción Cantidad Precio Unitario Subtotal 4 Item 4. Una introducción a la antropología 500 $ 140,00 $ 70000 Teorías, conceptos y autores (Germán Soprano, Roxana Boixadós, Silvina Smietniansky) Colección Cuadernos universitarios 6 Ítem 6. Qué es la ilustración (María Jimena 500 $ 158,00 $ 79000 Solé) Colección Política $ 316.700,00 SON PESOS TRESCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS

Según RG 4053/2017 - E se establece que los monotributistas que no estén obligados ya a presentar factura electrónica (los Cat A a E ya que los Cat F en adelante deben presentar Factura Electrónica), deben presentar facturas con CAI. IMPORTANTE: Forma de pago de las facturas: TRANSFERENCIA BANCARIA: Para que puedan abonarse las facturas B o C, el proveedor deberá remitir conjuntamente con la factura y remito una Declaración Jurada conteniendo: Nro. de cuenta bancaria: Tipo de cuenta bancaria: Banco: Sucursal: CBU: Titular de la empresa: CUIT de la empresa: Dirección de la empresa: Correo electrónico de la empresa: Entregar además: Para el Impuesto a los Ingresos Brutos o Convenio Multilateral según corresponda, para poder completar el legajo de proveedores, se solicita que presente: 1) Operaciones alcanzadas según Disposición Normativa serie B 1/2004. Se encuentran alcanzadas por el presente régimen las operaciones en las cuales se verifiquen las locaciones de servicios con la realización en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires. 2) Constancia de inscripción para contribuyentes del régimen simplificado de Ingresos Brutos de Provincia de Buenos Aires donde figura el código de actividad de la persona o para contribuyentes del Convenio Multilateral, el formulario CM01 de cada proveedor con el código de actividad y el formulario CM05 donde figura el coeficiente de apropiación que corresponde a la jurisdicción Provincia de Buenos Aires. 3) Constancia de exención (para contribuyentes con exención por código fiscal) 4) Nota de exención citando la legislación que lo avala (para contribuyentes por exención por pacto fiscal). 5) Nota DDJJ acreditando su exclusión (para contribuyentes que posean domicilio en otra jurisdicción, por ejemplo C.A.B.A. y presten su servicio a UNQ desde esa jurisdicción sin trasladarse a Provincia de Buenos Aires). Situación de la frente al IVA: Exento.

Se establece la obligación de que los contribuyentes emitan sus comprobantes de ventas mediante facturas electrónicas o a través de controladores fiscales, reservándose los comprobantes manuales únicamente como comprobantes de respaldo ante inconvenientes en los sistemas de emisión. La citada obligación es de aplicación para: Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado (desde 06/08/2018). Los exentos en el impuesto al valor agregado (desde 01/11/2018 un grupo y desde 01/01/2019 todos. El Departamento de Contabilidad tomará como fecha obligatoria 01/01/2019 ya que la clasificación depende del importe de ventas del proveedor, dato que desconocemos). Los sujetos adheridos al monotributo, excepto los incluidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y de pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social. Categorías obligadas por comprobantes que emitan a partir de: F a K 6 agosto 2018 E 1 de octubre 2018 D 1 diciembre 2018 C 1 febrero 2019 B 1 marzo 2019 A 1 abril 2019 Los proveedores que cuenten con un tratamiento especial en la emisión de comprobantes y las operaciones exceptuadas de emisión de comprobantes -(detallados en el Anexo IV y Anexo I ap. A de la RG (AFIP) 1415 respectivamente) deberán citar la legislación que se apliqué en cada caso para someterla a consideración de la Dirección de Presupuesto y Contabilidad. Por ejemplo el Estado Nacional, quien no está obligado. También hay prestadores que presten servicio fuera del domicilio donde se emite el comprobante que todavía no están obligados. Proveedores del Estado - Ordenes de Compras Suministros: Segun art. 1 RG 4291/2018: los proveedores de los entes integrantes del Sector Público Nacional comprendidos en los incisos a), b), c) y d) del Artículo 8 de la Ley N 24.156 y sus modificaciones, susceptibles de ser evaluados en los términos de la Resolución General N 4.164, deberán emitir exclusivamente comprobantes electrónicos originales conforme a lo previsto en la presente por las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras que efectúen con los referidos entes. FIRMA Y ACLARACIÓN DEL DIRECTOR DE SUMINISTROS

ORDEN DE COMPRA 135/2018 Triplicado Fecha emisión: 13/12/2018 Nro orden de compra: 135/2018 Proveedor CUIT Domicilio Teléfono ALTUNA IMPRESORES SRL 30-70874442-1 Doblas Nº 1968 - CABA, Buenos Aires, Indeterminado, Indeterminada 4923-0471 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo y número: Clase: Modalidad: Motivo de contratación directa: Expediente: Contratación Directa por Compulsa Abreviada CDC:53/2018 Sin Clase Sin Modalidad Por monto EXP:1728/2018 Resolución: Resolución Rectorado - 1854/2018 Objeto de la contratación: Impresión de libros: "Qué es la ilustración" y otros Oficina de contratación: Lugar de entrega: Forma de pago: Dirección de Suministros División Almacenes [Tel: 011 4365-7162] (Roque Saenz Peña 352, (1876) BERNAL, Buenos Aires) Plazo de entrega: Proveedor Email: Fecha de Vencimiento: 2019-01-14 Renglón Descripción Cantidad Precio Unitario Subtotal 1 Item 1. Keynes, poskeynesianos y keynesianos 500 $ 133,00 $ 66500 neoclásicos Apuntes de economía política (Rolando Astarita) (reimpresión) Colección Textos y lecturas en ciencias sociales 2 Ítem 2. Martín García Mérou. Vida intelectual 500 $ 103,00 $ 51500 y diplomática en las Américas (Paula Bruno) Colección La ideología argentina y latinoamericana 3 Ítem 3. La Voz de la Mujer Periódico Comunista-Anárquico 1896-1897 Colección La ideología argentina 700 $ 71,00 $ 49700

Renglón Descripción Cantidad Precio Unitario Subtotal 4 Item 4. Una introducción a la antropología 500 $ 140,00 $ 70000 Teorías, conceptos y autores (Germán Soprano, Roxana Boixadós, Silvina Smietniansky) Colección Cuadernos universitarios 6 Ítem 6. Qué es la ilustración (María Jimena 500 $ 158,00 $ 79000 Solé) Colección Política $ 316.700,00 SON PESOS TRESCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS

Según RG 4053/2017 - E se establece que los monotributistas que no estén obligados ya a presentar factura electrónica (los Cat A a E ya que los Cat F en adelante deben presentar Factura Electrónica), deben presentar facturas con CAI. IMPORTANTE: Forma de pago de las facturas: TRANSFERENCIA BANCARIA: Para que puedan abonarse las facturas B o C, el proveedor deberá remitir conjuntamente con la factura y remito una Declaración Jurada conteniendo: Nro. de cuenta bancaria: Tipo de cuenta bancaria: Banco: Sucursal: CBU: Titular de la empresa: CUIT de la empresa: Dirección de la empresa: Correo electrónico de la empresa: Entregar además: Para el Impuesto a los Ingresos Brutos o Convenio Multilateral según corresponda, para poder completar el legajo de proveedores, se solicita que presente: 1) Operaciones alcanzadas según Disposición Normativa serie B 1/2004. Se encuentran alcanzadas por el presente régimen las operaciones en las cuales se verifiquen las locaciones de servicios con la realización en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires. 2) Constancia de inscripción para contribuyentes del régimen simplificado de Ingresos Brutos de Provincia de Buenos Aires donde figura el código de actividad de la persona o para contribuyentes del Convenio Multilateral, el formulario CM01 de cada proveedor con el código de actividad y el formulario CM05 donde figura el coeficiente de apropiación que corresponde a la jurisdicción Provincia de Buenos Aires. 3) Constancia de exención (para contribuyentes con exención por código fiscal) 4) Nota de exención citando la legislación que lo avala (para contribuyentes por exención por pacto fiscal). 5) Nota DDJJ acreditando su exclusión (para contribuyentes que posean domicilio en otra jurisdicción, por ejemplo C.A.B.A. y presten su servicio a UNQ desde esa jurisdicción sin trasladarse a Provincia de Buenos Aires). Situación de la frente al IVA: Exento.

Se establece la obligación de que los contribuyentes emitan sus comprobantes de ventas mediante facturas electrónicas o a través de controladores fiscales, reservándose los comprobantes manuales únicamente como comprobantes de respaldo ante inconvenientes en los sistemas de emisión. La citada obligación es de aplicación para: Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado (desde 06/08/2018). Los exentos en el impuesto al valor agregado (desde 01/11/2018 un grupo y desde 01/01/2019 todos. El Departamento de Contabilidad tomará como fecha obligatoria 01/01/2019 ya que la clasificación depende del importe de ventas del proveedor, dato que desconocemos). Los sujetos adheridos al monotributo, excepto los incluidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y de pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social. Categorías obligadas por comprobantes que emitan a partir de: F a K 6 agosto 2018 E 1 de octubre 2018 D 1 diciembre 2018 C 1 febrero 2019 B 1 marzo 2019 A 1 abril 2019 Los proveedores que cuenten con un tratamiento especial en la emisión de comprobantes y las operaciones exceptuadas de emisión de comprobantes -(detallados en el Anexo IV y Anexo I ap. A de la RG (AFIP) 1415 respectivamente) deberán citar la legislación que se apliqué en cada caso para someterla a consideración de la Dirección de Presupuesto y Contabilidad. Por ejemplo el Estado Nacional, quien no está obligado. También hay prestadores que presten servicio fuera del domicilio donde se emite el comprobante que todavía no están obligados. Proveedores del Estado - Ordenes de Compras Suministros: Segun art. 1 RG 4291/2018: los proveedores de los entes integrantes del Sector Público Nacional comprendidos en los incisos a), b), c) y d) del Artículo 8 de la Ley N 24.156 y sus modificaciones, susceptibles de ser evaluados en los términos de la Resolución General N 4.164, deberán emitir exclusivamente comprobantes electrónicos originales conforme a lo previsto en la presente por las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras que efectúen con los referidos entes. FIRMA Y ACLARACIÓN DEL DIRECTOR DE SUMINISTROS