RFQ SUMINISTRO DE ENERGÍA NO REGULADA
ADVERTENCIA: Los presentes requerimientos de cotización no constituyen una cotización mercantil para ninguna de las partes y no genera obligación comercial en la etapa precontractual o contractual en cualquiera de sus instancias; adicionalmente, en desarrollo de la lealtad y ética comercial, solicitamos y nos comprometemos a que la información entregada por nosotros y suministrada por cada uno de los interesados se mantenga en estricta confidencialidad. ACLARACIONES A LAS CONDICIONES PLANTEADAS El interesado podrá solicitar aclaraciones respecto del contenido de este documento, mediante solicitud escrita dirigida a la cuenta de correo electrónico adriana.perezr@etb.com.co, dentro de los dos días hábiles siguientes al envío de esta solicitud de información. ETB dará respuesta escrita a las solicitudes recibidas, mediante el mismo medio dentro de los dos días siguientes hábiles, al vencimiento del plazo previsto en el párrafo anterior. LUGAR, FECHA Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA COTIZACIÒN La fecha límite para la entrega de la información solicitada en el presente RFQ, es el 11 de septiembre de 2018, por medio digital vía correo electrónico a la dirección adriana.perezr@etb.com.co. La cotización económica se desea en formato Excel y que permita copiar la información. Por favor adjuntar el certificado de cámara y comercio de la empresa. CALENDARIO DE EVENTOS A continuación, se establecen las fechas de los eventos más relevantes en relación con el presente RFQ Recepción y respuestas de inquietudes Fecha 31/08/2018 al 05/09/2018 Última fecha de recepción de cotización Fecha 11/09/2018 HOMOLOGACIÒN Agradecemos su participación en el presente estudio de mercado. Igualmente lo invitamos a surtir y/o actualizar el proceso de homologación como proveedor de ETB, el cual le permitirá ingresar a nuestras bases de datos de proveedores. Para tal efecto, deberán contactar a RISKS INTERNATIONAL SAS, a través de Leydi Paola Murillo al teléfono: 571-3819458. Extensión 150, Celular 57-3177348650. Correos electrónicos gestionproveedores@risksint.com; contactos@risksint.com. También pueden iniciar su registro de forma directa en la página www.proveedorhomologado.co siguiendo las instrucciones indicadas en este portal. ETB aclara que adelantar un estudio de mercado, análisis de precios o la participación en los mismos no obliga a ETB a contratar con los participantes.
1. OBJETO La EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTA ETB S.A. E.S.P., en adelante ETB, está interesada en recibir información de precios para adquirir mediante contrato de suministro, la energía no regulada que requiere para su operación. ETB desea que los interesados sean generadores o comercializadores de carácter oficial, privado o mixto. 2. DESCRIPCIÓN DEL SUMINISTRO 2.1. DURACIÓN DEL SUMINISTRO El servicio se desea por un plazo de 24 meses, contados a partir del primero de enero de 2019. 2.2. CARACTERIZACIÓN DEL SUMINISTRO ETB desea el suministro de 4.720 Mw /mes de energía eléctrica del mercado no regulada, para el desarrollo de su objeto social, distribuidos en las fronteras según relación, ubicadas en Bogotá, Villavicencio y Cali, cada una con el perfil superior a los 55 Mw para estar en el mercado no regulado; así mismo, el comercializador debe asegurar el cumplimiento de los requerimientos vigentes, según código de medida expedido por la CREG. Cabe agregar que de ser requerido para otras fronteras que cumplan con el perfil, estas serán informadas al Interesado para incluirlas en el servicio deseado. La demanda estimada promedio mes es: 2.3. SERVICIOS DEL VALOR AGREGADO ETB desea que el Interesado tenga en cuenta que deberá gestionar ante el operador de red actual, el cumplimiento de las normas de calidad de servicio establecidas para este fin por la CREG, así como la pronta solución a los problemas administrativos y técnicos en la prestación de servicio para ETB. Los Interesados deberán indicar específicamente además del suministro de energía, los servicios que
incluyen el precio ofertado, tales como asesoría en uso racional de energía, termografía mediciones especiales, equipos para medición y lectura y todos aquellos que consideren de interés para ETB. Asimismo, el interesado tendrá en cuenta que con base en mediciones especiales solicitadas por ETB, podrán incorporarse al suministro instalaciones cuyas características futuras sobrepasen los límites mínimos establecidos para fronteras no reguladas por la CREG. Así mismo, en caso en que alguna de las instalaciones de ETB que se encuentran fuera de Bogotá, cumpla con los requisitos mínimos, éstas deberán ser atendidas a solicitud de ETB, sosteniendo el precio pactado para el usuario no regulado del mismo o consumo promedio. En los medidores cotizados como servicio de valor agregado para uso de ETB, deberán disponer de una interface de comunicación junto con el software de lectura correspondiente, de tal manera que ETB pueda acceder libremente la información sobre consumos y sobre cualquier otra variable de carácter eléctrico sin alterar la configuración establecida por el comercializador. ETB proveerá las líneas telefónicas requeridas en cada punto, para efectos de realizar las actividades de tele medida. En el evento que se presente algún desperfecto en el equipo de medición instalado por el interesado, éste lo reparará o reemplazará a su costo, conforme a las características técnicas establecidas por la CREG en el código de medida y demás resoluciones que lo complementen, dentro de los plazos establecidas por ésta. 3. CONSIDERACIONES ETB desea la cotización de precios para suministro de energía en $/KWh para usuarios no regulados debidamente soportados con los números de las resoluciones, decretos reglamentarios o procedimientos del SIN y/o CREG, con tres opciones: 3.1. OPCIÓN 1: El interesado establecerá un precio fijo para Generación a partir de enero de 2019. OPCIÓN 2: El interesado cotizará para generación, un precio bolsa con piso - techo. OPCIÓN 3: El interesado cotizará precios de forma escalonada para generación, estableciendo un precio para enero de cada vigencia. Las opciones antes descritas, todas sin excepción serán indexadas a partir del consumo facturado del mes de enero de 2019 y durante la ejecución del contrato, con el IPP certificado por la autoridad competente y propuesto por el oferente. Desde Hasta Tarifa ($/KWh Mes) Enero, 2019 Diciembre, 2019 Enero, 2020 Diciembre, 2020
Finalmente, para las opciones antes citadas, la comercialización se indicará de manera independiente por cada opción cotizada. En el precio cotizado estará incluido todos los gastos que deberá hacer el Interesado, tales como los correspondientes a dirección, administración, salarios, prestaciones sociales, mano de obra, equipos y herramientas que se empleen, materiales y elementos de toda clase, medios de transporte para el personal, materiales, impuesto de valor agregado y otros que graven el capital, renta, utilidad del Interesado y en general todo cuanto sea necesario y conveniente para dar cumplimiento al objeto de la presente solicitud, en concordancia con lo previsto en estas condiciones. 4. OTRAS CONSIDERACIONES 4.1. FACTURACIÓN Para cobrar el valor de la energía suministrada, se presentarán las facturas dentro de los quince (15) días siguientes al mes de consumo. Las facturas deben especificar periodo facturado, fecha de elaboración, fecha de vencimiento, precio contratado, factor de indexación, precio indexado. De igual forma anexo a la factura, debe presentarse un soporte de la misma donde se especifique central o sitio de suministro, consumo, periodo leído, etc. 4.2. FORMA DE PAGO ETB S.A. E.S.P. pagará al interesado de la siguiente manera: El cien por ciento (100%) de la energía suministrada en cada predio de ETB de acuerdo con el numeral 3.1, mes vencido, a través de un (1) pago mensual, el último hábil de cada mes.