Comisión de Estupefacientes



Documentos relacionados
Por un mundo más seguro sin drogas, delincuencia ni terrorismo

H. Fiscalización de drogas, prevención del delito y lucha contra el terrorismo internacional en todas sus formas y manifestaciones

Organización de los Estados Americanos OEA. Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas CICAD

Historia de las Naciones Unidas

Reglamento1. Introducción. Finalidad de la CCONG/EPT

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Aspectos Jurídicos y Políticos

RESOLUCIONES APROBADAS POR LA CONFERENCIA DE PLENIPOTENCIARIOS PARA EL CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES

Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal* Rumania

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE FINANZAS

Consejo Económico y Social

VII REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE AUTORIDADES MARÍTIMAS. ASUNTOS INSTITUCIONALES Punto Nº 10.3 del TEMARIO DIVULGACIÓN LABOR

Anexo al Informe Anual de Gobierno Corporativo (2010)

ESTRATEGIA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL POLONIA. ESTRATEGIA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Página 1

LEY GENERAL DE SALUD

12º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal

Comités regionales y convenios regionales

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/60/L.48)] 60/251. Consejo de Derechos Humanos

PREVENCIÓN BLANQUEO DE CAPITALES CAJA RURAL DE CASTILLA- LA MANCHA 4.-BILLETES DE CIRCULACIÓN LEGAL

CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA

1984/47. Procedimientos para la aplicación efectiva de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos.

Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela;

3.2 Los trabajadores encargados de la prevención

Convención de Lucha contra la Desertificación

PROTOCOLO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS MINIMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA RED INNPULSO

Declaración del Comité Latinoamericano para la Prevención y control del Lavado de Activos. Panamá, agosto 30 de 1996

A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra

REUNIÓN DE ALTAS AUTORIDADES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y CANCILLERÍAS DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (RAADDHH) REGLAMENTO INTERNO

RESOLUCIÓN UNIFICADA XXI CONGRESO PANAMERICANO DEL NIÑO, LA NIÑA Y ADOLESCENTES. Niñez y adolescencia: construyendo ambientes de paz

Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana. Secundum Patriae Supremas Leges

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad

POLÍTICA INSTITUCIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE DROGAS Y ALCOHOL

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Por su parte el mencionado artículo 24, en su apartado 2, dice literalmente:

A/HRC/28/15/Add.1. Asamblea General. Informe del Grupo de Trabajo sobre el. Eslovenia. Naciones Unidas

NORMA DE AUDITORIA No 3. PLANIFICACIÓN DEL TRABAJO DE AUDITORIA RECOMENDACIÓN No. 12

PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LAS REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS

ESTRUCTURAS DE ORGANIZACIÓN PARA LA FORMACIÓN DOCTORAL EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS

Nuevo Reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

La acción de Francia en el Consejo de Derechos Humanos

Junta Ejecutiva del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, del Fondo de Población

COMISIÓN DE POLÍTICA GUBERNAMENTAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA RED DE INCLUSIÓN SOCIAL

NORMOGRAMA CONTROL INTERNO PROCESO SEGUIMIENTO Y CONTROL

REGLAMENTO DE LOS COORDINADORES DE TITULACIÓN

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO VERACRUZANO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE

Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

DECLARACIÓN DE COPENHAGUE SOBRE ANTIDOPAJE EN EL DEPORTE

Resolución aprobada por la Asamblea General el 2 de diciembre de [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/69/440)]

Organismos Públicos con la seguridad y Salud en el Trabajo.

Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV)

REQUISITOS MÍNIMOS PARA INSPECCIÓN EN ESTABLECIMIENTOS QUE TRABAJAN CON PRODUCTOS CONTROLADOS

Ley Nº Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA (Acuerdo de la Comisión de 22 de octubre de 2004).

ARTICULO 3. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Norma Básica de Auditoría Interna

CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD

Reglamento de Postgrado

Transcripción:

Comisión de Estupefacientes Mandato y funciones

Mandato y funciones de la Comisión La Comisión de Estupefacientes fue creada por el Consejo Económico y Social mediante la resolución 9(I) de 1946, para asistir al Consejo en la supervisión de la aplicación de los tratados de fiscalización internacional de drogas. La Comisión asume funciones importantes, que le fueron encomendadas por la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, enmendada por el Protocolo de 1972 de modificación de dicha Convención, por el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971 y por la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988. En 1991, la Asamblea General amplió el mandato de la Comisión a fin de que pudiera funcionar como órgano rector de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y aprobar el presupuesto del Fondo del Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas, que representa más del 90 % de los recursos a disposición de las Naciones Unidas para la fiscalización de las drogas. Conforme a lo solicitado en la resolución 1999/30 del Consejo Económico y Social, la Comisión tuvo que mejorar su funcionamiento estructurándose en dos series de sesiones distintas: una serie de sesiones normativa, en que la Comisión cumple sus funciones normativas y derivadas de los tratados, y otra dedicada a las actividades operacionales, durante la cual la Comisión desempeña su función de órgano rector de la UNODC. La Declaración política y el Plan de Acción sobre cooperación internacional en favor de una estrategia integral y equilibrada para contrarrestar el problema mundial de las drogas de 2009 dio mandato a la Comisión para vigilar

la situación mundial con respecto a las drogas, para desarrollar estrategias internacionales de fiscalización de drogas y para recomendar disposiciones para luchar contra el problema mundial de las drogas, mediante la reducción de la demanda, la promoción de iniciativas de desarrollo alternativo y la adopción de medidas de reducción de la oferta. En 2014, la Comisión llevará a cabo un examen de alto nivel de la aplicación por los Estados Miembros de la Declaración política y el Plan de Acción y el resultado se someterá al examen de la Asamblea General teniendo presente, entre otras cosas, que en 2016 se celebrará un período extraordinario de sesiones dedicado al problema mundial de las drogas. En el marco de los tratados, en su calidad de órgano legislativo, la Comisión puede decidir aplicar o modificar el nivel de fiscalización de estupefacientes, sustancias sicotrópicas y precursores químicos sujetos a fiscalización internacional. Con sede en Viena, la Comisión se reúne cada año para examinar y adoptar una serie de decisiones y resoluciones. Reuniones entre períodos de sesiones de la Comisión se organizan de forma regular para proporcionar orientaciones a la UNODC. Al final de cada año, la Comisión celebra la continuación del período de sesiones para tratar de cuestiones administrativas y presupuestarias en vínculo con su cargo de órgano rector del Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas.

Miembros de la Comisión y Mesa La Comisión se compone de 53 Estados Miembros elegidos por el Consejo Económico y Social para un período de cuatro años. A continuación, se detalla la distribución de los puestos entre los grupos regionales : 11 miembros de Estados de África, 11 miembros de Estados de Asia 1, 10 miembros de Estados de América Latina y el Caribe, 6 miembros de Estados de Europa Oriental y 14 miembros de Estados de Europa Occidental y otros Estados. La Mesa de la Comisión se compone del Presidente, de los tres Vice-presidentes y del Relator. La Mesa ampliada incluye al Presidente de cada uno de los cinco grupos regionales, a la Unión Europea y al Grupo de los 77 y China. 1 Un puesto ha de rotar cada cuatro años entre los Estados de Asia y los Estados de América Latina y el Caribe.

Órganos subsidiarios de la Comisión Los órganos subsidiarios de la Comisión son la Subcomisión sobre Tráfico Ilícito de Drogas y Asuntos Conexos en el Cercano Oriente y el Oriente Medio y las Reuniones de Jefes de los Organismos Nacionales Encargados de Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas (HONLEA) en las regiones de África, de Asia y el Pacífico, de América Latina y el Caribe y de Europa, respectivamente. El objetivo de esas reuniones es coordinar las actividades para contrarrestar el tráfico ilícito de las drogas y vigilar la evolución de la situación en las regiones respectivas. Las recomendaciones de los órganos subsidiarios se someten al examen de la Comisión durante los períodos de sesiones, para que se adopten medidas adecuadas. Secretaría de los Órganos Rectores La Secretaría de los Órganos Rectores es el principal punto de contacto para los Estados Miembros que se plantean cuestiones relativas al trabajo o a las competencias de la Comisión de Estupefacientes y de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, o relativas al trabajo del Consejo Económico y Social, de la Asamblea General o de los Congresos de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito, en la medida en que se aplica a las Comisiones. La Secretaría brinda apoyo sustantivo y técnico a las Comisiones, y a sus Mesas y Mesas ampliadas.

Centro Internacional de Viena, Apartado postal 500, 1400 Viena, Austria Tel.: (+43-1) 26060-0, Fax: (+43-1) 26060-5866, www.unodc.org Para cualquier información adicional, póngase en contacto con: Fax: (+43-1) 26060-5885 Correo electrónico: sgb@unodc.org www.unodc.org Impreso en Austria V.13-87553 Noviembre de 2013 300