Informe SATI Compartición de infraestructuras de telefonía móvil. Análisis de posibilidades técnicas Septiembre 2008



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SERVICIO DE ASESORAMIENTO TÉCNICO E INFORMACIÓN Informe SATI Compartición de infraestructuras de telefonía móvil. Análisis de posibilidades técnicas Septiembre 2008 FEMP c/ Nuncio, 8 28005 Madrid (T) 913 643 700 (F) 913 655 482 http://femp.es/sati sati@femp.es

Índice: 1. INTRODUCCIÓN...3 2. QUÉ SE ENTIENDE POR COMPARTICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE TELEFONÍA MÓVIL?...3 3. ELEMENTOS QUE SE PUEDEN COMPARTIR: POSIBILIDADES Y LIMITACIONES TÉCNICAS...3 3.1. Un mismo operador comparte ubicación para sistemas diferentes...5 3.2. Operadores diferentes comparten una misma ubicación para estaciones base de un mismo sistema...7 3.3. Operadores diferentes comparten una misma ubicación para estaciones base de distintos sistemas...7 4. EMPLAZAMIENTOS RURALESvsEMPLAZAMIENTOS URBANOS-EMPLAZAMIENTOS EN PROYECTOvs EMPLAZAMIENTOS ESTABLECIDOS: ESCENARIOS DIFERENTES A EFECTOS PRÁCTICOS 7 5. REFERENCIAS NORMATIVAS...8 6. FUTURO DE LA COMPARTICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE TELEFONÍA MÓVIL...11 2

1. INTRODUCCIÓN El presente informe pretende proporcionar unas breves referencias técnicas sobre una cuestión que viene siendo objeto de debate, como es la compartición de infraestructuras en el despliegue de redes de radiocomunicación, en particular, en la instalación de infraestructuras de telefonía móvil. La compartición de infraestructuras en el despliegue de telefonía móvil minimiza el impacto visual en el entorno paisajístico y reduce, en algunos casos, costes como los asociados a la construcción de infraestructuras nuevas. Sin embargo, desde distintos puntos de vista (técnico, económico, urbanístico y de mercado) la compartición no siempre es posible. En este informe trataremos de abordar los aspectos más técnicos de la compartición, tanto en posibilidades como en dificultades, de una forma sencilla y fácilmente comprensible. 2. QUÉ SE ENTIENDE POR COMPARTICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE TELEFONÍA MÓVIL? Podemos definir la compartición de infraestructuras como la utilización conjunta de uno o más elementos de una determinada estación base de telefonía móvil. La compartición puede realizarse entre diferentes operadores, tanto si utilizan el mismo sistema de transmisión u otro diferente. Un mismo operador puede compartir la estación base, en el caso de que preste servicios en diferentes sistemas de transmisión, desde esa misma ubicación Por diferentes sistemas de transmisión se entienden las distintas tecnologías de telefonía móvil (GSM, DCS y UMTS), que utilizan diferentes bandas de frecuencia y proporcionan distintos servicios de comunicación. La compartición de elementos de una estación base conlleva una reducción del espacio físico necesario, frente al caso de instalación de dos estaciones de forma independiente, suponiendo evidentes ventajas en el ámbito urbanístico y la minimización del impacto visual. 3. ELEMENTOS QUE SE PUEDEN COMPARTIR: POSIBILIDADES Y LIMITACIONES TÉCNICAS Antes de analizar qué elementos de la estación base se pueden compartir entre diferentes operadores o entre sistemas de un mismo operador, definiremos, de forma concisa, los elementos que forman parte una estación base de telefonía móvil. Podemos distinguir dos grupos de elementos necesarios para el correcto funcionamiento de una estación base: elementos con funcionalidad técnica y elementos de infraestructura. Elementos con funcionalidad técnica: Sistemas radiantes o antenas. Cableado que transporta las señales de radiofrecuencia hasta las antenas.equipos de transmisión y recepción de señales de radiofrecuencia. 3

Equipos de proceso y control de señales recibidas y transmitidas.elementos que enlazan la estación base y los centros de conmutación de la red troncal fija, mediante el correspondiente equipo de transmisión. Estos elementos pueden ser, o bien una línea cableada punto a punto, o bien una antena adicional que acostumbra a ser un reflector parabólico de entre 30 y 120 cm de diámetro. Elementos de infraestructura: Caseta de instalaciones y vallado. Su objetivo es proteger el resto de elementos de la intemperie y de las intrusiones no autorizadas. Sistemas de seguridad física y alarmas (antiintrusión y antiincendios).suministro de fluido eléctrico para los equipos que lo requieren (equipo de fuerza, cuadro de distribución y protección eléctrica y baterías). Sistemas de climatización. Su objetivo es garantizar el funcionamiento de todos los elementos dentro de los márgenes de temperatura permitidos. Sistemas de soporte para la conducción de cables desde los sistemas radiantes hasta la caseta. Línea de tierra que sitúa a potencial 0 la estructura metálica.sistemas de soporte de los elementos radiantes (normalmente, es un mástil en entornos urbanos y una torre en entornos rurales). 4

Todos estos elementos se configuran según indica la figura 1: Alarma contra intrusiones Sistemas contra incendios Ángulo de radiación en azimut Antenas de tipo panel 5 a 10 º Cuadros eléctricos Cables de RF Ángulo de radiación en elevación Baterías Equipo de RF Ángulo de tilt (inclinación) Línea fija de tierra eléctrica Suministro eléctrico Equipos de procesos y control Línea fija de comunicaciones (enlace con central Figura comu 1 de comunicación) Figura 1 Elementos de una estación base Mástil de soporte Con objeto de compartir cada uno de estos elementos, se podrían plantear las siguientes situaciones que se analizarán por separado: Un operador ubica en una estación ya existente y de su propiedad, otro sistema adicional al ya instalado en esa ubicación. Esta situación resulta frecuente, puesto que los grandes operadores, cuya primera licencia se adjudicó para sistemas GSM o DCS, también disponen de licencia para el despliegue de la red de tercera generación UMTS. Esta última red se encuentra, en la actualidad, en vías de completar su infraestructura de acceso. Operadores diferentes comparten una misma ubicación para instalar estaciones base de un mismo sistema. Operadores diferentes comparten una misma ubicación para instalar estaciones base de diferentes sistemas. 3.1. Un mismo operador comparte ubicación para sistemas diferentes Las casetas, sistemas de acceso, líneas de enlace, equipos de fuerza, baterías y climatización son perfectamente reutilizables por un mismo operador para sistemas diferentes, existiendo cada vez más posibilidades, que permiten compartir estos elementos en espacios más pequeños y de forma más integrada en el entorno. Los equipos de radiofrecuencia o también conocidos como equipos de transmisión, en la actualidad no se pueden compartir, porque se encuentran configurados para transmitir en una banda de frecuencia concreta para una determinada tecnología. Aún así, cada vez son equipos más pequeños que se pueden integrar en armarios, que ocupan espacios más limitados. En sistemas UMTS ya existe, aunque no se encuentra madura, la tecnología que permitirá en el futuro, compartir estos elementos. 5

En el caso de los sistemas radiantes, la compartición es posible pero hay que tener en cuenta una serie de factores. En la actualidad, existen las llamadas antenas multibanda (o de banda ancha), que permiten un control de los parámetros de transmisión individualizado. Pese a esto, sustituir varias de las tradicionales monobanda por una multibanda puede resultar un desembolso económico importante. En algunos casos en la compartición de sistemas radiantes para sistemas diferentes pueden ocasionar problemas de intermodulación cuya eliminación obligaría a nivel técnico a una replanificación de las frecuencias o a un filtrado selectivo siendo esto una dificultad importante para el operador Además, por cuestiones de mantenimiento y operación, siempre resulta preferible tener sistemas radiantes separados, puesto que en caso de algún problema técnico, son las dos redes, (por ejemplo, GSM y UMTS) las que dejan de dar servicio a la zona de cobertura, ocasionando dobles pérdidas durante el periodo de inactividad. Por otra parte, aplicable en este escenario y a los otros dos que vamos a describir (puntos 3.2 y 3.3), existe una limitación a la hora de compartir el mástil o soporte de los sistemas radiantes, que viene dada por las zonas de acceso restringido. La dificultad de compartición del mástil radica en el efecto acumulado de la energía provocado por varias antenas próximas. Este hecho puede provocar una modificación de las emisiones radioeléctricas en el emplazamiento, por lo que cada caso debe ser estudiado por los técnicos competentes encargados de la planificación del emplazamiento. Pese a que compartir el elemento de soporte, aparentemente, no presenta complicación, siempre hay que tener en cuenta que merece un estudio pormenorizado para cada caso. La seguridad de las infraestructuras de telefonía móvil se garantiza al impedir el acceso de personas a las zonas próximas a las antenas, donde los niveles de campos electromagnéticos pueden superar los niveles máximos de exposición permitidos por la normativa y recomendados por los comités de expertos. Considerando los límites de referencia establecidos, los datos de cada sistema y el entorno de la instalación, los ingenieros de telecomunicación calculan estos límites de seguridad definiendo unos volúmenes de referencia (zonas de máxima concentración de la energía) alrededor del sistema radiante. En el caso de la telefonía móvil y por las características de radiación de las antenas, estos volúmenes suelen ser paralelepípedos y su tamaño está directamente determinado por la potencia de emisión del sistema y las reflexiones que se producen con el entorno. En el caso de que existan en una misma ubicación distintos sistemas radiantes de diferentes sistemas u operadores, bien compartiendo mástil-torre o bien muy cercanos en el espacio, los volúmenes de protección se incrementan en una relación proporcional a la potencia de ambos sistemas. En consecuencia, los volúmenes de referencia y por tanto, las zonas de aislamiento son más grandes. Existen casos en los que la compartición significaría ampliar de tal forma las zonas de protección que resultaría inviable. La única solución para evitar el tener que ampliar las zonas de protección en el caso de compartir sería disminuir la potencia de transmisión de cada elemento radiante lo que supondría aumentar el número de estaciones en la zona para seguir manteniendo la cobertura. Con todas las salvedades planteadas, estudiando cada caso de forma individual, y en el supuesto de que sea viable la compartición (y que ello no conlleve ningún problema en las zonas de aislamiento), permitirá al operador reducir los costes de adquisición de un nuevo emplazamiento y la obra civil asociada a esa nueva adquisición Además, el hecho de compartir en un mismo emplazamiento infraestructuras de GSM y de UMTS, permitirá en un futuro al operador reconfigurar dinámicamente los elementos de red para adaptarse, en cada momento, a las circunstancias del entorno de operación (por ejemplo, la variabilidad espacio-temporal del tráfico). 6

3.2. Operadores diferentes comparten una misma ubicación para estaciones base de un mismo sistema En esta situación, la compartición de caseta y accesos resulta sencilla e inmediata. La compartición de elementos de alimentación, baterías y aire acondicionado, que en el caso de un solo operador resulta sencilla, presenta la dificultad de la gestión y mantenimiento conjunto de estos elementos, aunque técnicamente es posible, por lo que debe estudiarse cada caso en particular. Los equipos de radiofrecuencia en ningún caso se pueden compartir por los motivos explicados en el apartado 3.1. Pese a ser el mismo sistema, las frecuencias de transmisión son diferentes. Los equipos de enlace se pueden compartir, pero la dificultad de sustituir los diferentes medios de enlace de las estaciones base con la red troncal por uno común supone una inversión económica muy elevada. En el caso de los sistemas radiantes, la compartición es más inmediata, ya que las antenas multibanda, citadas en el apartado 3.1, son también multioperador, es decir, válidas para varios operadores. Debido a cuestiones de gestión conjunta y para evitar que problemas de mantenimiento provoquen la caída simultánea de las dos redes, las antenas son elementos que entre distintos operadores resulta preferible no compartir. Los mástiles o soportes presentan las mismas limitaciones que en el caso de un solo operador (descritas en el apartado 3.1), lo que obliga a un estudio para cada caso concreto. 3.3. Operadores diferentes comparten una misma ubicación para estaciones base de distintos sistemas Este escenario es similar al caso 3.2 en todos los elementos. 4. EMPLAZAMIENTOS RURALESvsEMPLAZAMIENTOS URBANOS-EMPLAZAMIENTOS EN PROYECTOvs EMPLAZAMIENTOS ESTABLECIDOS: ESCENARIOS DIFERENTES A EFECTOS PRÁCTICOS Independientemente de la realidad técnica que se ha definido en el apartado anterior, y las grandes posibilidades que la tecnología permite en el ámbito de la compartición, hoy en día, existe una realidad práctica a la hora de que los operadores puedan llevar a efecto acciones de compartición y planes de despliegue conjuntos. La primera consideración que podemos realizar al respecto es que compartir infraestructuras en emplazamientos ya existentes, si esto significa sustituir elementos, es a efectos prácticos significativamente más complicado que en ubicaciones nuevas. Los motivos son fundamentalmente tres: Resulta administrativamente complejo, pues suele requerir modificar los contratos de arrendamiento de las ubicaciones, Desde un punto de vista estrictamente legal, la compartición de cualquier emplazamiento lleva consigo la concesión de licencias de obra y/o actividadapertura, por exigirlo así los diferentes Planes Generales, las ordenanzas y algunas normativas autonómicas. En ocasiones, incluso existe alguna normativa municipal que claramente impide la compartición, en aras a evitar la concentración de estaciones en un solo punto. 7

Desde que comenzaron el despliegue de sus redes, las fuertes inversiones realizadas por los operadores no son sustituibles o modificables en un corto-medio plazo, sino que precisan una planificación a más largo plazo, para que se puedan amortizar sin repercutir en los precios de los servicios móviles a los usuarios finales (una repercusión en los precios de los servicios significaría un retroceso para la sociedad de la información). En emplazamientos nuevos, y dadas las grandes posibilidades técnicas que hemos descrito en el apartado anterior, la compartición resulta mucho más asequible. Prueba de ello son algunos acuerdos existentes entre operadores para realizar un despliegue de red conjunto. No obstante, aún en el despliegue para emplazamientos nuevos no resultará factible llegar a un 100% de compartición de infraestructuras, debido a las condiciones del mercado de la telefonía móvil: No es posible que dos o más operadores dispongan exactamente de la misma red, pues las necesidades de los clientes de cada uno, en cada zona de cobertura, no son las mismas y las estrategias de mercado no siempre son coincidentes. Además inicialmente los despliegues de cada operador, fueron completamente independientes por exigirlo así el regulador, lo cual puede condicionar en ocasiones las comparticiones. Otra consideración práctica es la diferencia existente entre emplazamientos rurales y emplazamientos urbanos. En emplazamientos rurales, la altura de los mástiles y torres es elevada, por lo que estos elementos se pueden compartir sin que los volúmenes de referencia resultantes interfieran en la zona de tránsito de público, como ya hemos visto en el apartado anterior. Compartir simplemente el mástil o torre soluciona el problema de impacto visual, y además, no requiere sustituir elementos para el operador inicialmente ubicado en el emplazamiento. Por ello, en emplazamientos rurales se está aplicando este método de compartición en casi todos los casos, y a los operadores no les resulta complejo coordinar el despliegue, incluso en emplazamientos ya establecidos. En la mayoría de casos, los únicos obstáculos a solventar son los problemas administrativos correspondientes al cambio del contrato de arrendamiento, así como a la consecución de las licencias necesarias que posibiliten esa compartición. En los emplazamientos urbanos ya establecidos, la realidad es bien distinta, ya que las azoteas y espacios urbanos se encuentran lo suficientemente ocupados como para introducir nuevos elementos. Por otra parte, la elevación de los mástiles podría ser una solución en términos técnicos para la compartición, pero el impacto visual y estético hace que no esté aceptada desde el punto de vista urbanístico. 5. REFERENCIAS NORMATIVAS A nivel nacional, la compartición de infraestructuras está regulada por el artículo 30 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. Éste trata la ubicación compartida y el uso compartido de la propiedad pública o privada. 1. Las Administraciones Públicas fomentarán la celebración de acuerdos voluntarios entre operadores para la ubicación compartida y el uso compartido de infraestructuras situadas en bienes de titularidad pública o privada. 2. Cuando los operadores tengan derecho a la ocupación de la propiedad pública o privada y no puedan ejercitar por separado dichos derechos, por no existir alternativas por motivos justificados en razones de medio ambiente, salud pública, seguridad pública u ordenación urbana y territorial, la Administración competente en dichas materias, previo trámite de información pública, acordará la utilización compartida del dominio público o la propiedad privada en que se van a establecer las redes públicas de comunicaciones electrónicas o el uso compartido de las infraestructuras en que se vayan a apoyar tales redes, según resulte necesario. 8

3. El uso compartido se articulará mediante acuerdos entre los operadores interesados. A falta de acuerdo, las condiciones del uso compartido se establecerán, previo informe preceptivo de la citada Administración competente, mediante Resolución de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. Dicha resolución deberá incorporar, en su caso, los contenidos del informe emitido por la Administración competente interesada que ésta califique como esenciales para la salvaguarda de los intereses públicos cuya tutela tenga encomendados. 4. Cuando en aplicación de lo dispuesto en este artículo se imponga el uso compartido de instalaciones radioeléctricas emisoras pertenecientes a redes públicas de comunicaciones electrónicas y de ello se derive la obligación de reducir los niveles de potencia de emisión, deberán autorizarse más emplazamientos si son necesarios para garantizar la cobertura de la zona de servicio. Asimismo, en la Ley General de Telecomunicaciones, con el objetivo de incrementar la cooperación con las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales en los ámbitos pertenecientes al sector de las telecomunicaciones en los que las distintas Administraciones Públicas están implicadas, así como relanzar el despliegue de estas infraestructuras, en su disposición adicional duodécima, ordena la creación de un órgano de cooperación Estado-Comunidades Autónomas. Este órgano es la denominada Comisión Sectorial para el despliegue de infraestructuras de radiocomunicación, que es un órgano de encuentro, deliberación y cooperación que tiene como finalidad primordial impulsar, salvaguardando las competencias de todas las administraciones implicadas, el despliegue de infraestructuras de radiocomunicación, en especial de las redes de telefonía móvil y fija inalámbrica, de acuerdo con los principios de seguridad de instalaciones, de los usuarios y del público en general, la máxima calidad del servicio, la protección del medio ambiente y la disciplina urbanística. Esta Comisión ha aprobado, entre un total de 14 recomendaciones para facilitar el despliegue, las siguientes recomendaciones en aspectos de compartición de infraestructuras: Recomendación 6: Que las Administraciones Públicas territoriales promuevan la celebración de acuerdos con los operadores en lo relativo al establecimiento y determinación de las prohibiciones, limitaciones y cumplimiento de requisitos que se pueden exigir en la instalación de infraestructuras de radiocomunicaciones con vistas a reducir su impacto visual. Recomendación 7: Que las Administraciones Públicas territoriales promuevan la celebración de acuerdos conjuntamente con los operadores en lo relativo a la compartición de las infraestructuras de radiocomunicaciones. La compartición de infraestructuras solo se llevará a cabo si es técnicamente viable y siempre que se respeten las normas básicas sobre la exposición a los campos electromagnéticos y evaluando las situaciones de efectos acumulativos Recomendación 8: Que las Administraciones Públicas territoriales promuevan la celebración de acuerdos conjuntamente con los operadores en lo relativo a la mejor integración visual de las infraestructuras con el entorno paisajístico que las rodean y a que la instalación de las infraestructuras se realice con la utilización de los equipos que sean menos agresivos con el entorno medioambiental, con el objeto de minimizar el impacto visual de las infraestructuras de radiocomunicaciones. La mejor integración visual de las infraestructuras o la utilización de los equipos que sean menos agresivos con el entorno medioambiental sólo se llevará a cabo si es técnicamente viable. Recomendación 9: Que las autoridades públicas y administrativas faciliten y oferten emplazamientos y terrenos para la instalación de infraestructuras de red de radiocomunicación, en 9

los que pueden adoptarse medidas concretas de compartición e integración con el entorno de las mismas. Recomendación 13: Que los ayuntamientos promuevan la celebración de convenios conjuntamente con los operadores que posibiliten el establecimiento consensuado de criterios técnicos, medioambientales y urbanísticos (proyecto urbanístico tipo de instalación, diferentes categorías de entorno, criterios de minimización de impacto visual e integración urbana, tipologías de antenas y equipos adaptados a las diferentes categorías de entorno, criterios de compartición de infraestructuras, criterios para elaborar los planes territoriales de despliegue, criterios para favorecer el desarrollo armónico de las infraestructuras de red de radiocomunicación. Estos convenios deben celebrarse entre la FEMP y los operadores o sus asociaciones y a los mismos podrían adherirse los ayuntamientos de forma individualizada o a través de asociaciones representativas de entidades locales En el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, se establecen en el artículo 8, requisitos previos para la autorización, planificación e instalación de estaciones radioeléctricas. Por su especial interés, se señala que la compartición de infraestructuras podría estar condicionada por la acumulación de las emisiones radioeléctricas. En la planificación de las instalaciones radioeléctricas, los titulares de las mismas deberán tener en consideración, entre otros criterios los siguientes: c) La compartición de emplazamientos podría estar condicionada por la consiguiente concentración de emisiones radioeléctricas. Asimismo, la Orden CTE/23/2002, de 11 de enero, especifica en los modelos de certificación de estaciones en proyecto y de estaciones radioeléctricas autorizadas con anterioridad al 1 de octubre de 2001, si se trata de emplazamientos compartidos o no. A nivel europeo, también existen Directivas que tratan el tema de la compartición: La directiva 2002/19/CE, relativa a un marco regulador común de las redes y los servios de comunicaciones electrónicas establece los objetivos de un marco comunitario que regule las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, entre los que figuran las redes de telecomunicaciones fijas y móviles. En el artículo 12, se establecen las obligaciones relativas al acceso a recursos específicos de las redes y a su utilización. Entre otras cosas se puede imponer al operador que faciliten la coubicación u otras modalidades de compartición de instalaciones como conductos, edificios y mástiles. Igualmente, en la Directiva Marco 2002/21/CE para la regulación de redes y servicios de comunicaciones electrónicas señala que el uso compartido de recursos puede resultar beneficioso por motivos de ordenación territorial, de salud pública o medioambientales y las autoridades deben fomentarlo sobre la base de acuerdos voluntarios. En la citada Directiva se explica que si se comparten mástiles o torres, por motivos medioambientales, puede significar una reducción de los niveles máximos de potencia transmitida por cada operador, para no sobrepasar los límites de exposición. Esto puede provocar que sea necesario la instalación de más estaciones base con la finalidad de garantizar la cobertura nacional. 10

6. FUTURO DE LA COMPARTICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE TELEFONÍA MÓVIL Las medidas que contribuyan a reducir el número de emplazamientos, o a integrar los equipos o antenas con el entorno paisajístico que los rodean, deberían tener sin duda efectos positivos sobre la percepción que los ciudadanos tienen de las estaciones base. En el despliegue de infraestructuras de telefonía móvil, la compartición de éstas se presenta como una solución que minimiza el impacto visual y maximiza la integración con el entorno. Sin embargo, la compartición de infraestructuras de telefonía móvil no siempre es posible según se ha explicado a lo largo del presente informe (limitaciones técnicas, viabilidad en términos económicos, barreras contractuales, dificultades de legalización ). Por ello, cada caso deber ser estudiado de forma individualizada. En virtud de la recomendación 13 de la Comisión Sectorial para el despliegue de infraestructuras (citada en el apartado 5), el 14 de Junio de 2005 se firmó entre la FEMP, la Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnologías de la información y Telecomunicaciones de España (AETIC) y los cuatro operadores de telefonía móvil, un acuerdo de colaboración por el que se estableció un Código de Buenas Prácticas para el desarrollo armónico de las infraestructuras de redes de radiocomunicación. El objetivo del Código, siempre dentro del marco del cumplimiento de la legislación vigente, es servir de referencia a las corporaciones locales y a las empresas para por un lado, agilizar la tramitación de licencias municipales mediante el recurso a las soluciones urbanísticas que el Código propone y, por otro, contribuir a resolver los conflictos que se puedan presentar. Entre las cuestiones que analiza el Código se encuentra la compartición de infraestructuras. De esta forma este documento resulta la mejor referencia práctica a la hora de analizar cada caso de compartición y la tendencia de futuro es que sus directrices se apliquen de forma intensiva. Siguiendo las pautas del Código de Buenas Prácticas, existen desde hace tiempo acuerdos de compartición entre los operadores de telefonía móvil con red propia con objeto de realizar un despliegue coordinado de las infraestructuras de nueva construcción y analizar cada caso para evitar los problemas técnicos que pueden surgir en la compartición. 11