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DISPOSICIONES GENERALES DEPARTAMENTO DE CULTURA 5472 ORDEN de 23 de septiembre de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se fijan los precios públicos de los servicios que presta y las actividades que realiza el Organismo Autónomo HABE. En virtud de las facultades que me confiere el artículo 33 del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y de acuerdo con el Decreto 161/1998, de 21 de julio, por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en la Comunidad Autónoma del País Vasco, habiéndose informado favorablemente el expediente correspondiente por el Departamento de Economía y Hacienda, DISPONGO: Artículo 1. Establecer la cuantía de los precios públicos de los servicios prestados por el Organismo Autónomo HABE, así como de los bienes y actividades realizadas por el mismo. Artículo 2. Venta de publicaciones y material didáctico, tanto en soporte papel como electrónico. 2.1. Los precios de suscripción anual correspondiente a las publicaciones periódicas editadas por el Organismo Autónomo HABE, incluido el 4% de IVA, son los siguientes: Publicación Revista Hizpide (3 ejemplares) Precio suscripción 14,40 euros 2.2. Los precios de venta de ejemplares sueltos de las publicaciones periódicas editadas por el Organismo Autónomo HABE, incluido el 4% de IVA, son los siguientes: Publicación Revista Hizpide Precio ejemplar suelto 6,10 euros 2.3. Los precios de venta de las nuevas publicaciones y material didáctico editados en soporte papel por el Organismo Autónomo HABE, incluido el 4% de IVA, son los siguientes: Publicación Itzulpen Saila 51. «Hizkuntza-irakaskuntzako ikastaroa. Praktika eta teoria» Precio 6,25 euros 2011/5472 (1/6)

Artículo 3. Matrículas de seminarios, congresos, jornadas y cursos. 3.1. La cuantía de la matrícula relativa a actividades formativas, tanto de carácter presencial como mediante módulos telemáticos, destinadas a profesorado de euskera, organizadas por HABE, se establece en función de las horas de duración de las mismas: Cursos de hasta 5 horas Cursos entre 6 y 10 horas Cursos entre 11 y 20 horas Cursos entre 21 y 30 horas Cursos entre 31 y 40 horas Cursos entre 41 y 50 horas Cursos entre 51 y 70 horas Cursos entre 71 y 100 horas Cursos entre 101 y 150 horas Cursos entre 151 y 250 horas Cursos de más de 251 horas 16,75 euros/matrícula 33,50 euros/matrícula 50,25 euros/matrícula 67,00 euros/matrícula 83,75 euros/matrícula 100,50 euros/matrícula 134,00 euros/matrícula 201,00 euros/matrícula 268,00 euros/matrícula 402,00 euros/matrícula 536,00 euros/matrícula 3.2. El precio de matrícula se incrementará en un 25% en aquellas actividades formativas que, por sus peculiares características requieran profesorado procedente de fuera de la Comunidad Autónoma, por la consiguiente asunción de gastos de desplazamiento, manutención y estancia, o bien requieran servicio de traducción simultánea. 3.3. En aquellos cursos y/o actividades formativas que sean realizados conjuntamente con otras instituciones, las diversas matrículas se acordarán en función de la proporción de gastos asumidos por cada una de las instituciones, y en relación con los diversos precios públicos anteriormente indicados. 3.4. En aquellos cursos y/o actividades formativas organizadas por otras instituciones, en las que se quiera contratar los servicios de formación de HABE, el precio de dichos servicios será de 76,21 euros/hora. Artículo 4. Servicios de enseñanza del euskera. En concepto de impartición, coordinación y seguimiento de cursos de capacitación lingüística, se aplicarán los siguientes precios públicos: a) Grupos formados por personal de las Administraciones Públicas: 1. Cursos impartidos por euskaltegis públicos en locales del euskaltegi: 106,09 euros/hora/ grupo. 2. Cursos impartidos por euskaltegis públicos en locales de la Administración Pública: 97,26 euros/hora/grupo. 3. Cursos impartidos por euskaltegis privados en locales del euskaltegi: 75,23 euros/hora/ grupo. 2011/5472 (2/6)

4. Cursos impartidos por euskaltegis privados en locales de la Administración Pública: 68,96 euros/hora/grupo. b) Internado (Servicios prestados al IVAP): 1. Servicios de formación por estancias semanales en internado durante el curso: 1.985,42 euros/semana/grupo. 2. Servicios de estancia y hospedaje en euskaltegis no pertenecientes a la Administración Pública: 11,69 euros/día/media pensión. 29,24 euros/día/pensión completa. 3. Servicios de formación, estancia y hospedaje correspondientes a cursos en internado: 562,74 euros/día/grupo. c) Alumnos no incluidos en grupos propios de personal de la Administración Pública: 1. Cursos en euskaltegis públicos: 8,84 euros/hora/alumno. 2. Cursos en euskaltegis privados: Capitales de Territorio Histórico: 6,27 euros/hora/alumno. Resto de poblaciones: 4,80 euros/hora/alumno. 3. Matrícula de curso del 4.º nivel del Currículo: Cursos impartidos en euskaltegis públicos: 2.920 euros/curso. Sesiones en grupo: 1.330 euros/curso. Tutorización: 1.590 euros/curso. Cursos impartidos en euskaltegis privados: 2.070 euros/curso. Sesiones en grupo: 940 euros/curso. Tutorización: 1.130 euros/curso. d) Matrículas para cursos en internado: Cursos de 2 o 3 semanas (y 90 horas): 990,86 euros/curso. Cursos de 4 semanas o mensual (y 120 horas): 1.337,65 euros/curso. e) Servicios de coordinación y seguimiento de cursos de capacitación lingüística: Grupos específicos: 5,17 euros/hora/grupo. Alumnos específicos en otros grupos: 0,46 euros/hora/alumno. f) Datos sobre asistencia diaria/horaria. Tarifa: 1,81 euros/alumno/mes. g) Sistemas de autoaprendizaje. 2011/5472 (3/6)

1. Formación lingüística en el puesto de trabajo. Licencia anual del método de autoaprendizaje, incluidas la instalación y actualización del software, el servicio técnico, explicación de las instrucciones de uso, pruebas de nivel, seguimiento pedagógico y sesiones de tutoría/asesoramiento durante un período de 8 meses al año. El precio de la licencia se establece en función del número de licencias contratadas: N.º de licencias Licencia anual 1-20 1.060 euros/licencia 21-50 940 euros/licencia 51-100 870 euros/licencia 101-180 800 euros/licencia 181-300 780 euros/licencia 301-500 740 euros/licencia >501 700 euros/licencia Los citados precios se incrementarán en un 15% en el caso de que las sesiones de tutoría/ asesoramiento se extiendan a todo el año. Asimismo, dichos precios se reducirán a la mitad en caso de que la licencia tenga una vigencia inferior a 6 meses. Sesiones de conversación. En grupos formados en el lugar de trabajo: 68,96 euros/hora/grupo. En el centro de autoaprendizaje (1 hora semanal, 8 meses): 455 euros/alumno. Clases por teléfono (individual, 20 minutos semanales, 8 meses): 682 euros/alumno. Servicios complementarios. Cambio de licencia fija a móvil o a internet (incluido el pack de instalación): 128 euros/alumno. Cambio de alumno (pasar una licencia a otro alumno): 80 euros/alumno. Informe mensual de utilización del programa, asistencia y aprovechamiento: 4,10 euros/informe/ alumno. Informe mensual de utilización del programa: 1,44 euros/informe/alumno. En el caso de que los tutores deban desplazarse al lugar de trabajo desde un municipio distinto de aquél en que radica el puesto de trabajo, a efectos de indemnización por gastos de desplazamiento, se aplicará el Decreto 121/2006, de 13 de junio, sobre indemnizaciones por razón de servicio. 2. Formación lingüística en centros de enseñanza. 2011/5472 (4/6)

Matrícula de curso de autoaprendizaje. Los precios de matrícula se establecen en función de la duración del curso: Curso académico completo (en euros) Medio curso académico (en euros) Curso intensivo de verano (60 horas) (en euros) 1.440 720 432 3. Derechos de conexión. Licencia anual de uso de la plataforma formativa de autoaprendizaje de HABE en centros no inscritos en el Registro de euskaltegis. 1-20 usuarios: 1.390 euros/año/centro. Entre 21 y 100 usuarios: el precio anteriormente señalado se incrementará a razón de 69,29 euros/año por usuario que exceda de 20. A partir de 100 usuarios: no se aplicará ningún incremento adicional por los usuarios que excedan de 100. Quedan excluidos de este precio público los trabajos de adecuación de la plataforma necesarios para su instalación, así como los gastos de mantenimiento del servicio. Artículo 5. Servicios de Selección y Evaluación Lingüística. Los precios de los servicios de selección y evaluación lingüística prestados por este Organismo Autónomo serán los siguientes: 5.1. Derechos de examen para la acreditación de un nivel del Currículo Básico para la Enseñanza de Euskera a Adultos. El importe del precio público del servicio de acceso a exámenes para la acreditación de un nivel del Currículo Básico para la Enseñanza de Euskera a Adultos se establece en 18 euros por convocatoria. 5.2. Colaboración de técnicos en la elaboración, aplicación y corrección de pruebas: 52,53 euros por hora de trabajo (IVA incluido). Complementariamente, a efectos de indemnización por gastos de desplazamientos de técnicos se aplicará el Decreto 121/2006, de 13 de junio, sobre indemnizaciones por razón de servicio. 5.3. Suministro de audios para evaluar la comprensión oral en pruebas de acreditación de conocimiento de euskera: Licencia anual de uso de la plataforma relativa al banco de audios de HABE: 41.280 euros/ año. Cada audio utilizado para evaluar la comprensión oral: 361 euros. Cada audio utilizado para evaluar la comprensión oral y las correspondientes preguntas o ítems: 516 euros. 2011/5472 (5/6)

Artículo 6. Condiciones de pago. 6.1. El pago se realizará en efectivo, conforme al artículo 21 del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mediante alguno de los siguientes medios: Dinero de curso legal. Cheque. Tarjetas de crédito y débito. Transferencia bancaria. Domiciliación bancaria. Cualesquiera otros que se autoricen por el Departamento de Economía y Hacienda. El Departamento competente en Hacienda podrá autorizar la utilización de la vía telemática en los medios de pago a que se refieren las letras c), d) y e) del apartado anterior. A tales efectos se regularán los requisitos y condiciones para que el pago pueda efectuarse utilizando técnicas y medios electrónicos, informáticos o telemáticos. 6.2. En el caso de los derechos de examen para la acreditación de un nivel del Currículo Básico de Enseñanza del Euskera a Adultos, el pago del importe de dicho precio público se efectuará en el momento de matriculación del candidato, y mediante intermediación de entidad financiera. 6.3. El pago de los precios públicos podrá realizarse al contado en la sede de HABE (c/ Vitoria- Gasteiz, 3-6.º Donostia-San Sebastián). En caso de que se utilice alguno de los medios de pago señalados en los apartados b), c), d) y e), el plazo de pago será de tres meses a partir de la fecha de la correspondiente factura. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 23 de septiembre de 2011. La Consejera de Cultura, MARÍA BLANCA URGELL LÁZARO. 2011/5472 (6/6)