LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS



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Transcripción:

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CLÁUSULAS PARTICULARES CAPITULO I. OBJETO: ARTICULO 1º.- El presente llamado a licitación tiene por objeto contratar la locación del servicio de instalación, operación y mantenimiento de equipamiento destinado al control de velocidad, adelantamiento indebido de vehículos, semáforo en rojo e invasión de senda peatonal y estacionamiento indebido; juntamente con la puesta en marcha y operación de un sistema computarizado complementario de administración de infracciones, como así también señalética horizontal y vertical necesaria, y el desarrollo de un plan de comunicación sobre seguridad vial. Todo ello destinado a desarrollarse en todo el Partido de General Pueyrredón. La prestación será cumplida durante la vigencia del contrato, las 24 horas del día, durante los 365 días del año, de acuerdo a la modalidad que a continuación se describe y a las condiciones que surjan tanto del presente pliego como de las directivas que reciba la Contratista a través de la autoridad de aplicación, Ley Nacional 24.449, Decreto Reglamentario 779/95, Ley Nacional 26.363, Decreto Reglamentario 1716/08 y sus normas modificatorias, Ley Provincial 13.927, Decreto Reglamentario 532/09 y demás disposiciones aplicables, Ordenanza 20.829, Reglamento Municipal de Tránsito Ordenanza 4049 y sus modificatorias. El presente llamado comprende como mínimo la instalación, operación y mantenimiento preventivo y correctivo de: 1 2 Puestos Fijos de control semáforo rojo para control de hasta 4 carriles cada uno. 1 2 Puestos Fijos de control exceso velocidad 03 Puestos móviles de control de exceso de velocidad 20 simuladores. A discreción de la Municipalidad se podrán solicitar Puestos Fijos de control de semáforo rojo con métodos no invasivos de detección o con espiras, dependiendo del tipo de semáforo donde deban colocarse. La Contratista tomará a su cargo, asimismo, todas las tareas, procesos y ejecución de procedimientos necesarios para trasladar los datos de las actas y presunciones de infracción, a través de las interfaces que se especifiquen, al

Sistema de Administración Centralizada de Infracciones de Tránsito (SACIT) o al sistema que el municipio estuviere implementando o fuere a implementar en el futuro, y previa verificación de titularidad registral de los dominios de los vehículos detectados en infracción, control de calidad y otras validaciones que determine la Municipalidad sobre las mismas. La Contratista desarrollará un plan estratégico de comunicación, el cual tendrá como objetivo difundir la concientización a los ciudadanos sobre la necesidad de respetar las normativas viales y contenidos de prevención de accidentes de tránsito. El mismo se planificará en los medios que garanticen alcance en todo el ámbito regional de la Municipalidad de General Pueyrredon. CAPITULO II. DE LA OFERTA. ARTÍCULO 2º.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Las ofertas deberán formularse por escrito en idioma español en el tiempo y forma que se indican en el Pliego. Serán presentadas en un sobre o paquete cerrado y/o precintado, sin ninguna inscripción que identifique al oferente, con la única leyenda en la cubierta exterior en los siguientes términos: EXPEDIENTE N 7706/2/2015 LICITACIÓN PUBLICA N 21/2015 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS APERTURA: HORA: 2.1. SOBRE DE ÚNICA INSTANCIA: Deberá contener: 2.2. REQUISITOS TÉCNICOS Y LEGALES: 2.2.1. GENERALES: 2.2.1.1. Haber adquirido el presente pliego en legal tiempo y forma. 2.2.1.2. Declaración jurada conforme Formulario Oficial Nº 1, de las Cláusulas Generales. 2.2.1.3. Declaración jurada conforme Formulario Oficial Nº 2, de las Cláusulas Generales. 2.2.1.4. Cumplir las exigencias establecidas en el artículo 5º del Pliego de las Cláusulas Generales. 2.2.1.5. Haber constituido el depósito de garantía de oferta en legal tiempo y forma. 2.2.2. Capacidad Económica-Financiera:

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS 2.2.2.1. Copia de los Estados Contables correspondientes a los últimos tres (3) ejercicios económicos cerrados, con informe de Auditoria, firmados por Contador Publico e intervenido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, acompañados de las copias autenticadas de las actas de asamblea en que fueron aprobadas. En los mismos deberá comprobarse que el Patrimonio Neto supere los $150.000.000 para acreditar solidez patrimonial. 2.2.2.2. Acreditar capacidad financiera mediante informes de entidades financieras, expedidos por autoridad competente, formalizándose mediante detalle de las principales líneas de crédito (en cuenta corriente con autorización de giro descubierto, etc.) con indicación del monto y periodo de vigencia y saldo promedio de los últimos tres (3) meses anteriores a la apertura (no computándose el anterior si la apertura es con fecha 15 o anterior). 2.2.3. Capacidad Técnica e idoneidad para la ejecución del servicio que se licita. Para la evaluación de la presente licitación se considerarán antecedentes y referencias que presente el oferente conjuntamente con los de sus proveedores nominados, que demuestren su capacidad en proyectos cuyas características técnicas sean similares a las exigencias del presente pliego, en la provisión y operación de servicios integrales de administración de infracciones de tránsito, la gestión integral de las mismas incluyendo la edición, la verificación vehicular y dominial y otros servicios afines. 2.2.3.1. Propuesta Técnica que permita analizar la capacidad para alcanzar los objetivos de calidad solicitados, la cual deberá incluir como mínimo los siguientes aspectos: Documentación que acredite la titularidad y/o factura pro forma de los bienes dispuestos para la prestación. Descripción de equipo de comunicaciones al servicio de la prestación, indicación de tipo de enlaces, amigabilidad con otros medios de comunicación (telefónico, internet, satelital, etc.). Propuesta detallada que de cumplimiento a lo especificado en las Cláusulas de Especificaciones Técnicas y sus anexos. Folletos, manuales, documentación, fotografías de muestra de las capturas de infracción diurnas y nocturnas y toda otra información del equipamiento ofertado.

La Municipalidad se reserva el derecho de verificar cualquiera de los aspectos consignados en la propuesta técnica. 2.2.3.2. Deberá acreditar experiencia y/o antecedentes en: 2.2.3.2.1. Contratos relacionados al objeto del presente llamado, e informe de cumplimiento y calidad del servicio emitido por el comitente 2.2.3.2.2. Poseer amplia y comprobada experiencia en la explotación de servicios como el que se licita. Los antecedentes invocados se adjuntarán con certificación de las autoridades correspondientes. 2.2.3.2.3. Antecedentes y documentación pertinente de prestaciones semejantes en los cinco (5) últimos años, equivalentes o superiores a la presente, mediante las copias de los contratos celebrados con el Estado Nacional, Estados Provinciales y/o Municipalidades de la República Argentina. Si de la copia de los contratos no surgieran datos suficientes como para evaluar la dimensión de los servicios prestados, podrá presentar toda otra documentación que considere conveniente tal como copias certificadas de Órdenes de Compra, etc., a fin de ampliar la información aportada. 2.2.3.2.4. Certificaciones extendidas por los organismos contratantes de los servicios que se presentan antecedentes, sobre si ha tenido o no sanciones y en caso afirmativo detalle de las mismas, concepto merecido y todo otro dato que permita una mejor evaluación de la propuesta; reservándose la Municipalidad el derecho de verificarlos aún después de la formalización del contrato de prestación. La propuesta deberá contener la lista de proveedores nominados acompañando sus antecedentes en aquellos rubros de provisión de bienes, servicios e instalaciones de características similares a los solicitados en el presente pliego. Serán consideradas favorablemente, las empresas con antecedentes de continuidad de servicio en los últimos cinco (5) años en el mercado nacional y las que acrediten antecedentes en contrataciones cuyas características técnicas sean similares a las exigencias del presente pliego, en la provisión y operación de servicios integrales de administración de infracciones de tránsito, la gestión integral de las mismas incluyendo la edición, la verificación vehicular y dominial y otros servicios afines que se hayan concretado con jurisdicciones nacionales, provinciales o municipales de más de 600.000 habitantes. 2.2.4. Certificaciones a presentar: 2.2.4.1. Respecto del personal en relación de dependencia o personas que prestarán el servicio: 2.2.4.1.1. Dictamen firmado por Contador Público y legalizado por el respectivo Consejo, donde conste la cantidad de personal que se encuentre en relación de dependencia y si registra o no deuda exigible de tipo laboral, previsional y todas las que pudieren corresponder con relación al

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS personal, exigible hasta treinta (30) días anteriores a la apertura de sobres de esta licitación. 2.2.4.1.2. Certificación de la organización sindical de que no adeuda suma alguna en concepto de aportes. 2.2.4.1.3. Certificado LEY 10.490 emitido por la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires o Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el fiel cumplimiento de las obligaciones laborales que imponen a los empleadores la ley de Contrato de Trabajo, sus modificatorias y demás legislación atinente y sus normas reglamentarias, correspondiente al semestre anterior al de la fecha de llamado a licitación. 2.2.4.2. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR : A fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en el Ámbito Nacional, el proponente deberá presentar el Certificado Fiscal para Contratar extendido por Administración Federal de Ingresos Públicos según Resolución (AFIP) Nº 1814 y sus modificaciones (Resolución 2581/09), o en su defecto la nota presentada ante esa dependencia solicitando el mencionado certificado, indicando en la misma que se solicita a los efectos de ser presentado ante la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon Dirección General de Contrataciones Hipólito Yrigoyen Nº 1627 - Ala Derecha Palacio Municipal - 2º piso (7600) Mar del Plata. 2.2.4.3. CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA MUNICIPAL. Presentar constancia emitida por la Agencia de Recaudación Municipal, Departamento de Fiscalización Externa, o constancia de inicio de trámite. A tales efectos retirará del Departamento de Actividades Económicas dependiente de la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de General Pueyrredon, sito en Moreno 2357 5º Piso, formulario pertinente con el que iniciará expediente en Mesa General de Entradas, Hipólito Irigoyen 1627, previo pago de los derechos correspondientes. Las empresas que hubieren realizado este trámite dentro de los doce (12) meses inmediatos anteriores a la apertura de la actual licitación, solo deberán presentar fotocopia autenticada de tal presentación. 2.2.4.4 Certificado de Libre Deuda expedido por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios (RDAM), según corresponda: 1 - las S.A. de todos los socios, y de los miembros que conforman el directorio y apoderados; 2 - las S.R.L. de los socio-gerentes, gerentes y apoderados;

3 - las Unipersonales de su titular. Estos requisitos serán indispensable para la validez de la oferta, es decir que su incumplimiento, hará pasible al oferente del rechazo in limine de la misma. 2.3.- OFERTA ECONOMICA (COTIZACIÓN). 2.3.1 El Pedido de Cotización en formulario oficial, escrito con letra tipo imprenta, consignando la cotización en números y la cotización total en letras, el que estará debidamente firmado por el oferente o su representante o autorizado debidamente acreditado en los términos del art. 13º y siguientes de la Ordenanza Nº 267/80. Tratándose de cotizaciones de un único ítem, cuando existiera diferencia entre las cifras consignadas en números y letras se tomará como válida la consignada en letras. Cuando no se correspondan los precios totales con los unitarios, estos se tomarán como base para determinar aquellos y el total de la propuesta. Se entiende que las prestaciones que se cotizan se ajustan en un todo a las características requeridas en el Pedido de Cotización, aún cuando el oferente decida presentar su propuesta en formulario propio y en la descripción de los ítems cotizados no incluya la totalidad de las propiedades que se describen en el Pedido de Cotización. 2.3.2. Estructura de costos o ecuación económica del servicio que se ofrece y nivel de inversión previsto para el servicio cotizado. ARTÍCULO 3.- FORMA DE COTIZAR: Para cotizar la oferta económica se deberá cotizar un Precio Fijo Mensual expresado en cantidad de UF (Unidades Fijas) en concepto del servicio objeto del presente, pudiendo ofrecer un valor para el primer año de contratación y otro diferente para los años siguientes. Este Precio Fijo Mensual cubrirá una base de prestación del servicio de no menos de mil (1.000) presunciones de infracción gestionadas y validadas, y hasta trece mil (13.000) presunciones de infracción gestionadas y validadas mensuales, para el primer año del servicio. Para los años siguientes, se deberá cubrir la base de mil (1.000) presunciones de infracción gestionadas y validadas, y hasta veintiséis mil (26.000) presunciones de infracción gestionadas y validadas mensuales. A los efectos de la evaluación, el Valor Total del Contrato para este ítem se calculará como el producto entre el Precio Fijo Mensual para el primer año por doce (12) meses, y para los tres años subsiguientes por treinta y seis (36) meses, en ambos casos multiplicado por un valor de UF de referencia de $ 14,34 (pesos catorce con treinta y cuatro centavos).- Se entiende por presunción de infracción gestionada, aquella que surja de los elementos contratados en la presente licitación y que reúne los parámetros estipulados en las normativas aplicables que se encuentre en condiciones de ser validada. Se entiende como presunción de infracción validada, la que cumpla con los requisitos legales y sea verificada y suscripta por inspector y/o funcionario público competente de la Dirección General de Movilidad Urbana, de acuerdo a los parámetros establecidos a tal fin.

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS Cuando el adjudicatario no logre cubrir la base de prestación del servicio de mil (1.000) presunciones de infracción gestionadas y validadas, no tendrá derecho a percibir el importe correspondiente al precio fijo mensual, ni ningún otro estipendio. La contratista percibirá el 60% del valor unitario cotizado para las presunciones de infracción correspondientes al precio fijo, cuando la Municipalidad autorice la administración de presunciones de infracción que superen las cantidades estipuladas. En este caso, sólo podrán administrarse hasta un máximo de 10.000 presunciones de infracción mensuales. A fin de determinar el valor unitario cotizado para las presunciones de infracción que superen las cantidades estipuladas por mes, se efectuará el siguiente cálculo: PRECIO UNITARIO PRIMER AÑO: cantidad de U.F. cotizada para el Precio Fijo Mensual 13.000 PRECIO UNITARIO SEGUNDO A CUARTO AÑO: cantidad de U.F. cotizada para el Precio Fijo Mensual 26.000 CAPITULO III. DE LA EVALUACION DE LAS OFERTAS. ARTÍCULO 4º.- La calificación de los Oferentes se realizará sobre la base de la propuesta técnica, antecedentes presentados y del precio cotizado de acuerdo a la siguiente ecuación: PE = PEA + PET + PEP (Total 150 puntos) Donde PE es Puntaje de Evaluación de la Oferta; PEA es el Puntaje de Evaluación de Antecedentes; PET es el Puntaje de Evaluación Técnica y PEP es Puntaje de Evaluación del Precio. Procederá la adjudicación a la oferta que obtenga el mayor Puntaje de Evaluación de la Oferta (PE). En caso de no alcanzar el mínimo exigido en alguno de los puntos de evaluación, la oferta también quedará automáticamente rechazada. De no acreditarse la conveniencia económica de la oferta que obtenga el mayor PE, en los términos del artículo 24º, la misma será rechazada.-

4.1. El Puntaje de Evaluación de Antecedentes (PEA), se establecerá tomando en cuenta: antecedentes empresarios, ponderación de fortaleza empresaria, antigüedad del oferente y continuidad en la actividad y equipo de trabajo. Se indican los puntajes máximos y mínimos necesarios para cada uno de los aspectos a considerar: A - ANTECEDENTES EMPRESARIOS (GENERALES Y PARTICULARES). Puntaje Máximo: 20 Puntos. Puntaje Mínimo: 5 Puntos. Los oferentes deberán acreditar experiencia, dentro de los últimos cinco (5) años en la República Argentina, en proyectos de envergadura similar en caso de contar con los mismos, entendiéndose como tales a aquéllos que contienen las siguientes características: 1) Integración de proyectos informáticos complejos con administración de base de datos sensibles y de gran volumen. 2) Implementación y operación de proyectos relacionados con tránsito y seguridad vial con procesamiento de más de 50.000 presunciones de infracción o actas mensuales. 3) Implementación y operación de proyectos relacionados con administración de infracciones en general 4) Contratos por más de $ 150.000.000 y al menos cuatro (4) años de duración. Cada uno de los ítems precedentes tendrá un valor máximo de cinco (5) puntos. Deberán presentarse las correspondientes certificaciones de los clientes. Será valorada negativamente la oferta, cuando el oferente haya sido sancionado por el Estado Nacional, Provincial o Municipal en otras licitaciones, y a criterio de la Municipalidad, ello sea un indicio negativo respecto de la capacidad de cumplimiento de las obligaciones que estarán a cargo del Adjudicatario bajo la presente licitación. B - PONDERACION DE FORTALEZA EMPRESARIA. Puntaje Máximo: 15 Puntos. Puntaje Mínimo: 5 Puntos. Se evaluará la situación económica - financiera del oferente sobre la base de los estados contables correspondientes al último ejercicio económico anual cerrado. En caso que el oferente presente estados contables consolidados e individuales, los indicadores deberán calcularse sobre los estados contables individuales.

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS ACTIVO CORRIENT E 0 0,49 Malo 0 LIQ UIDEZ CO RRIENTE / 0,5 0,70 Regular 1 PASIVO CORRIENT E 0,71 0,99 Bueno 2 1,00 1,99 Muy Bueno 3 (Máximo: 5) 2,00 en + Optimo 5 PATRIMONIO NETO 0 0,19 Malo 0 SO LVENCIA / 0,20 0,39 Regular 1 ACT IVO 0,40 0,59 Bueno 2 0,60 0,79 Muy Bueno 3 (Máximo: 5) 0.8 en + Optimo 5 3 con resultado Positivo Optimo 5 RESULTADO DE BALANCE ULTIMOS 3 BALANCES 2 con resultado Positivo 1 con resultado Positivo Bueno 3 Regular 1 (Máximo: 5) 0 con resultado Positivo Malo 0 Se evaluarán objetivamente las referencias bancarias y comerciales de las principales firmas con las que opera el proponente. C - ANTIGÜEDAD DEL OFERENTE Y CONTINUIDAD EN LA ACTIVIDAD. Puntaje Máximo: 10 Puntos. Puntaje Mínimo: 2 Puntos. Corresponderá puntaje de diez (10) puntos cuando el Oferente tenga al menos un contrato con continuidad de servicio de gestión de infracciones a la fecha de apertura, acreditando una antigüedad por un período de tiempo igual o mayor a cinco (5) años ininterrumpidos. Corresponderá puntaje de cinco (5) puntos cuando el Oferente tenga al menos un contrato con continuidad de servicio de gestión de infracciones a la fecha de apertura, acreditando una antigüedad por un período de tiempo igual o mayor a tres (3) años y menor a cinco (5) años ininterrumpidos.

Corresponderá puntaje de dos (2) puntos cuando el Oferente tenga al menos un contrato con continuidad de servicio de gestión de infracciones a la fecha de apertura, acreditando una antigüedad por un período de tiempo igual o mayor a un (1) año y menor a tres (3) años ininterrumpidos. Corresponderá cero (0) puntos cuando el Oferente no acredite contrato vigente de gestión de infracciones a la fecha de apertura. D - EQUIPO DE TRABAJO Puntaje Máximo: 5 Puntos. Puntaje Mínimo: 2 Puntos. Se evaluarán los antecedentes de los últimos cinco (5) años en el rubro de administración de infracciones y seguridad vial, del personal propuesto para la ejecución del proyecto. PA = A + B + C + D (Total 50 puntos) 4.2. El Puntaje de Evaluación Técnica (PET), se establecerá tomando en cuenta el diseño del proyecto; infraestructura y capacidad instalada; calidad y tecnología del equipamiento ofertado. Se indican los puntajes máximos y mínimos necesarios para cada uno de los aspectos a considerar: A - DISEÑO DEL PROYECTO Puntaje Máximo: 20 Puntos. Puntaje Mínimo: 7 Puntos. Se evaluarán los siguientes ítems: El contenido del plan estratégico de comunicación para concientización sobre las normativas viales y contenidos de prevención de accidentes de tránsito, pautado en medios de comunicación audiovisual masivos que garanticen alcance en todo el ámbito regional del Municipio de General Pueyrredon. (8 puntos) La presentación general del proyecto, el nivel de detalle, la coherencia técnica, la claridad de exposición del Plan de Trabajo propuesto. (6 puntos) La calidad de las alternativas técnicas y la viabilidad de cumplimiento de los cronogramas. (6 puntos) Se priorizarán aquellas ofertas que planteen una solución integral y completa. B - INFRAESTRUCTURA Y CAPACIDAD INSTALADA Puntaje Máximo: 10 Puntos. Puntaje Mínimo: 4 Puntos. Se evaluarán favorablemente las ofertas que demuestren contar con una infraestructura propia y adecuada para la prestación del servicio objeto del

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS presente, la que deberá verse reflejada en características del centro de cómputos y toda otra capacidad técnica a ser utilizada en el proyecto. C - CALIDAD Y TECNOLOGÍA DEL EQUIPAMIENTO OFERTADO Puntaje Máximo: 20 Puntos. Puntaje Mínimo: 8 Puntos. Los siguientes ítems corresponden a características esperadas, que hacen a la calidad y tecnología del equipamiento. A cada uno se asignará un valor máximo de dos (2) puntos y un mínimo de cero (0) según la evaluación de la documentación técnica presentada por el oferente. 1) Dispositivos preferentemente de fabricación nacional. 2) Cinemómetros fijos con display led informativo de velocidad para el conductor. 3) Cinemómetros fijos con 3 (tres) espiras de detección. 4) Captura de imágenes independientes por cada carril a fiscalizar. 5) Captura de imágenes nocturnas con iluminación infrarroja o que evite encandilamiento. 6) Calidad destacada de imagen del dominio en captura fotográfica (según muestras presentadas). 7) Equipos para semáforo con registro de video de la infracción. 8) Equipos para semáforos con métodos no invasivos de detección. 9) Equipos para semáforos con mínimo de cuatro (4) cámaras por controlador. 10) Equipos para semáforos con registro de giro indebido. El PET se obtiene de la siguiente sumatoria: PET = A + B + C (Total 50 puntos) 4.3. El Puntaje de Evaluación del Precio (PEP). Se deberá cotizar la oferta económica de acuerdo a la planilla de cotización establecida en el artículo 3º. El Puntaje de Evaluación del Precio se establecerá según el siguiente detalle: Oferta de menor Precio = 50 Puntos El Puntaje de Evaluación del Precio (PEP) se determina, del siguiente modo: a) A la oferta de menor Precio se le asignará un puntaje de cincuenta (50) puntos.

b) Al resto de las ofertas se les asignará un puntaje directamente proporcional con la siguiente fórmula: Puntaje proporcional = Oferta de menor precio x 50 puntos / Precio Oferta. CAPITULO IV. DE LA PRESTACION. ARTÍCULO 5º.- FALSEAMIENTO DE DATOS: El falseamiento de datos determinará la inmediata exclusión del oferente, con pérdida de la garantía constituida, conforme al Art. 16º. Si la falsedad fuera advertida con posterioridad a la adjudicación o contratación, será causal para dejar sin efecto la misma o rescindir el contrato por causa imputable al concesionario, según corresponda, con pérdida de la garantía constituida y sin perjuicio de las demás responsabilidades civiles y penales que derivaren del hecho. ARTICULO 6.- PLAZO DEL CONTRATO: El plazo de la contratación será de cuarenta y ocho meses (48) a contar desde la fecha de la iniciación de la prestación del servicio. Vencido este plazo, el Municipio, a su solo e inapelable juicio podrá optar por prorrogar el mismo por un periodo de veinticuatro (24) meses más y por única vez. 6.1.- La Municipalidad se reserva el derecho de anticipar o postergar la fecha de iniciación de los trabajos, total o parcialmente, cuando razones de interés público así lo hicieran aconsejable en cuyo caso, se notificará a la empresa adjudicataria por cédula, carta documento u otro medio fehaciente con una antelación no menor a cinco (5) días corridos. 6.2.- La Contratista deberá continuar con la prestación del servicio aún después de haber expirado el término del contrato o prórroga, si la hubiera, previa comunicación fehaciente de la Municipalidad. Este término no podrá exceder de un máximo de sesenta (60) días corridos a partir de la fecha del vencimiento del contrato y/o su prórroga. Los servicios así prestados serán reconocidos por la Municipalidad, conforme en un todo a las estipulaciones del presente Pliego de Bases y Condiciones. ARTÍCULO 7º.- CONDICIONES DE LA PRÓRROGA. De hacer uso de la prórroga, las condiciones estipuladas en el contrato no sufrirán modificaciones. ARTÍCULO 8º.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: El plazo de mantenimiento de oferta no será menor a sesenta (60) días. ARTÍCULO 9º.- INICIO DE LA PRESTACION: La prestación del servicio dará comienzo dentro de los treinta (30) días de perfeccionado el contrato y previa integración por la Contratista a la Autoridad de Aplicación de las constancias que acrediten la constitución de pólizas exigidas para el cumplimiento de la prestación y su pago, listado del personal al servicio de la prestación, F931 y planilla anexa que acredite la relación laboral o alta temprana ante AFIP, certificado de vigencia de contrato de ART, seguros automotor vigente y constancia de pago, certificación/habilitación de los rodados a fin de acreditar que cumplen con las disposiciones municipales para la finalidad a que están destinadas. La Contratista deberá realizar las actividades de acuerdo a un Plan

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS de Trabajo para todo el período de contratación, que deberá proponer en su oferta. El Plan de Trabajo deberá contener un cronograma indicando la instalación de los equipos de captura de infracción con la siguiente distribución mínima: Durante el 1er semestre de contratación: 0 3 Puestos Fijos de control semáforo rojo para control de hasta 4 carriles cada uno. 0 3 Puestos Fijos de control exceso velocidad 01 Puestos móviles de control de exceso de velocidad 5 simuladores Durante el 2do semestre de contratación: 0 6 Puestos Fijos de control semáforo rojo para control de hasta 4 carriles cada uno. 0 6 Puestos Fijos de control exceso velocidad 02 Puestos móviles de control de exceso de velocidad 10 simuladores Durante el 3er semestre de contratación: 0 9 Puestos Fijos de control semáforo rojo para control de hasta 4 carriles cada uno. 0 9 Puestos Fijos de control exceso velocidad 03 Puestos móviles de control de exceso de velocidad 15 simuladores Durante el 4to semestre de contratación: 1 2 Puestos Fijos de control semáforo rojo para control de hasta 4 carriles cada uno. 1 2 Puestos Fijos de control exceso velocidad 03 Puestos móviles de control de exceso de velocidad 20 simuladores ARTICULO 10º.- PRESUPUESTO OFICIAL: El presupuesto oficial se fija en la suma de pesos doscientos veintidós millones seiscientos treinta y cuatro mil ciento sesenta ($ 222.634.160,00).- ARTICULO 11º.- GARANTÍA DE OFERTA: Se establece como garantía de oferta minima equivalente al 1% del Presupuesto Oficial.-

ARTICULO 12º.- GARANTÍA DE CONTRATO: Se establece como garantía de contrato el equivalente al quince por ciento (15 %) del importe total adjudicado, debiendo ajustarse su importe semestralmente a fin de mantener su valor, según la variación que registre la U.F..- CAPITULO V. DEL CONTRATISTA. ARTÍCULO 13º.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: 13.1. Organizar y prestar el servicio con regularidad, eficiencia y con estricta sujeción a las características establecidas en el presente pliego, en el contrato de adjudicación y en la normativa aplicable. 13.2. Efectuar por su cuenta y cargo la provisión de maquinarias, equipos, instalaciones y elementos para cumplimentar lo estipulado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, los que podrán ser inspeccionados por la Municipalidad. 13.3. Mantener en todo momento el equipamiento homologado, según las normas previstas a nivel Nacional y/o Provincial. 13.4. Observar estrictamente la normativa de seguridad e higiene laboral, así como las normas de empleo. No se podrá dar a la contratación otro destino que el expresamente fijado, estándole prohibido al Contratista realizar actividades ajenas a las establecidas en el presente pliego. 13.5. Prestar el servicio con la continuidad estipulada y convenida. 13.6. Desarrollar el plan estratégico de comunicación propuesto para difundir la concientización a los ciudadanos sobre la necesidad de respetar las normativas viales y contenidos de prevención de accidentes de tránsito, de acuerdo a los tiempos y formas establecidas. 13.7. Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas no imputables a la Contratista. 13.8. Presentar los informes y reportes de operación con las características y periodicidad que este pliego y el Poder Concedente indiquen. ARTÍCULO 14º.- RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATISTA: 14.1. POR DAÑOS Y PERJUICIOS: La Contratista será responsable civilmente por los daños y perjuicios que, como consecuencia de los servicios a que se refiere este Pliego de Bases y Condiciones, se ocasione a los bienes y personas de la Municipalidad y/o a terceros, cualquiera sea el medio con el que se produzca el siniestro, quedando entendido por ello que no tendrá derecho a pedir compensación alguna, relevando a la Municipalidad de todo compromiso al respecto. 14.2. RESPONSABILIDAD POR SU PERSONAL: La Contratista también será responsable ante la Municipalidad y/o terceras personas, por el comportamiento indebido en que pudiera incurrir su personal.

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS 14.3. RESTITUCIÓN DE GASTOS Y COSTAS: En caso de que algún reclamo o demanda se dirigiera contra la Municipalidad y prosperara la Contratista deberá restituir todos los gastos y costos a que diere lugar, pudiendo hacerse efectivas dichas sumas de sus bienes propios, y/o depósito de garantía, y/o de la certificación mensual. 14.4. AFECTACIÓN DE LA GARANTÍA: Si se afectara el depósito de garantía, en alguna de las formas previstas en el presente pliego, la Contratista deberá reponer el mismo dentro de los cinco (5) días hábiles de la afectación, bajo apercibimiento de rescisión del contrato o cualquier otra acción que la Municipalidad juzgue conveniente. 14.5. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD: El adjudicatario se compromete y acuerda en forma irrevocable a mantener indemne a la Municipalidad por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo o naturaleza que sea entablada por cualquier persona publica o privada, física o jurídica, o dependientes del adjudicatario, cualquiera fuera la causa del reclamo, responsabilidad que se mantendrá aún terminado el contrato por cualquier causa. La responsabilidad se extenderá a indemnización, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa. ARTÍCULO 15º.- RESPONSABILIDAD CIVIL: La Contratista deberá contratar seguros de responsabilidad civil durante todo el período de la contratación, por hechos cumplidos por su persona y por sus dependientes sobre pertenencias de terceros o que se produzcan sobre la persona de los mismos. Formalización del seguro: Será contratado por la Empresa Contratista en cualquier Compañía de Seguros inscripta en el Registro Municipal de Entidades Aseguradoras (Ord. Nº 7180 y Dec. Nº 1868/88) y deberá especificar el número de Expediente Municipal. Plazo de formalización y período de duración del seguro: La contratación del seguro deberá quedar formalizada como plazo máximo al momento de emisión de la orden de compra y su duración debe cubrir todo el período de la contratación hasta la extinción total de las obligaciones. Montos a cubrir: Hasta la suma de pesos (a confirmar, según reglamentación). Pólizas: Se emitirán o endosarán a favor de la Municipalidad de General Pueyrredón, debiendo establecer expresamente el sometimiento a los Tribunales Competentes del Departamento Judicial de Mar del Plata. La compañía aseguradora deberá constituir domicilio en el ámbito del Partido de General Pueyrredón. Las mismas no podrán ser anuladas y/o modificadas, debiendo mantener su vigencia por un plazo mínimo de 30 días hábiles a partir de la fehaciente

notificación que la aseguradora curse a la Municipalidad en tal sentido. Esta condición deberá constar en la propia póliza o en la certificación que expida la aseguradora. Dentro de este último plazo, el concesionario deberá contratar un nuevo seguro en las mismas condiciones establecidas en este artículo. Recibos: Se presentarán junto con las pólizas los recibos de pago total y definitivo de las mismas. Certificación de firmas: Las firmas contenidas en las pólizas contratadas deberán encontrarse certificadas por escribano público y por el Colegio -si correspondierequién deberá dejar constancia del cargo que cumple el firmante, como así también de los instrumentos de donde surge la aptitud para obligar a la Compañía Aseguradora. ARTÍCULO 16º.-PERSONAL AFECTADO A LA PRESTACION DEL SERVICIO. El personal que resulte afectado a la prestación del servicio deberá desempeñarse en forma diligente y con total corrección, siendo facultad de la Municipalidad requerir, mediante comunicación fehaciente a la Contratista, la inmediata separación de todo aquel empleado que incurra en incumplimientos a tales deberes. 16.1. El personal deberá vestir ropa adecuada según la estación, portando en todo momento chaleco de color verde fluo con guardas refractarias de seguridad, como así también la identificación del nombre y apellido. La Contratista debe tener a disposición de la Municipalidad en forma permanente la nómina de personal que presta el servicio, en la que constarán los siguientes datos de cada una de las personas afectadas a la prestación del servicio: Apellido y Nombre; estado civil, fecha y lugar de nacimiento, numero de documento de identidad y domicilio actualizado. 16.2. La Contratista está obligada al cumplimiento de todas las normas laborales así como de higiene y seguridad en el trabajo. CAPITULO VI. DE LAS PENALIDADES, SANCIONES Y RESCISIÓN. ARTICULO 17º.- CAUSALES ESPECIALES: El incumplimiento de las obligaciones por parte de la Contratista podrá ser motivo de aplicación del régimen sancionatorio que seguidamente se detalla: Para la graduación de las sanciones y multas se tendrá en cuenta la gravedad del hecho, la magnitud del incumplimiento, la reincidencia y cualquier otro elemento que haga al juzgamiento. El importe de la multa será objeto de retención preventiva en la retribución de la Contratista. Las multas se fijarán en U.F., estableciéndose un mínimo de 1.000 U.F. y un máximo de 25.000 U.F..- 17.1. MULTA POR INCUMPLIMIENTOS: Se establecen las siguientes multas: 17.1.1. Por no dar comienzo al servicio parcial o total en los plazos previstos: 1) Demora de hasta 30 días 5000 U.F. 2) Demora de hasta 60 días 10000 U.F. 3) Demora de hasta 90 días 15000 U.F. 4) Más de 90 días: Rescisión del Contrato.

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS 17.1.2. Por no operar el sistema total o parcialmente: 1) por un lapso superior a 24 hs. corridas. 1000 U.F. 2) por un lapso superior a 72 hs. corridas.. 2500 U.F. 3) por un lapso superior a 120 hs. corridas 5000 U.F. 4) por un lapso superior a 150 hs. corridas: Rescisión del contrato. 17.1.3. Por incumplimiento en el desarrollo e implementación del plan de comunicación sobre seguridad vial y contenidos de prevención de accidentes de tránsito se aplicará una multa equivalente a 2000 U.F. 17.1.4. Por falta de equipamiento: La Municipalidad aplicará multas de 1000 U.F. cuando no se presente el total del equipamiento ofrecido para la prestación del servicio, según el Cronograma Detallado, por elemento y por día de falta por causas atribuibles a la Contratista. 17.1.5. Por falta de presentación de informes: Por no presentar informes con la periodicidad exigida y/o con las características acordadas con la Inspección, se podrán aplicar multas que variarán entre el 50 al 100% del importe equivalente a 1000 U.F. 17.1.6. Por no entregar la información respaldatoria: Por no entregar el backup con la información respaldatoria en la periodicidad exigida y/o con las características acordadas, se podrán aplicar multas que variarán entre el 50 al 100% del importe equivalente a 5000 U.F. 17.1.7. Por pérdida de información respaldatoria se podrán aplicar multas que variarán entre el 50 al 100% del importe equivalente a 10000 U.F. Todos los plazos estipulados en este apartado implican la obtención de las correspondientes inscripciones y/o autorizaciones para el equipamiento destinado a la fiscalización de las velocidades de circulación autorizadas, que deberá cumplir con las reglamentaciones metrológicas contenidas en la Ley Nacional 19.511, decretos, resoluciones y reglamentaciones complementarias, como así Ley Nacional 24.449 y su decreto reglamentario, Ley Provincial 13.927 y sus decretos y resoluciones reglamentarias y complementarias, Ley 26353 y la Ordenanza Municipal 4049 y 20829, modificatorias y complementarias, así como toda otra especificación técnica que resulte de aplicación según corresponda. Si por razones no imputables al adjudicatario se demorase la concreción de algunos de estos hitos, los plazos se ajustarán en función de dichas demoras, sin perjuicio que los días de demora en el cumplimiento de la prestación se

descuenten proporcionalmente del Precio Fijo Mensual estipulado en el artículo 3º. Para el caso que se presente la situación antes expuesta el descuento se realizará del Precio Fijo Mensual a pagar en el mes inmediato posterior. 17.2. MULTAS POR REINCIDENCIA: En caso de reincidencia en los incumplimientos en más de tres días consecutivos o cinco alternados de las infracciones indicadas precedentemente, las multas a aplicar duplicarán las cantidades establecidas en relación a la sanción antecedente. 17.3. CAUSALES DE RESCISIÓN DE CONTRATO: La Municipalidad podrá rescindir el contrato, con pérdida total del depósito de garantía establecido por el presente pliego y proceder, además, de acuerdo a lo indicado en el presente pliego, cuando mediaren algunas de las siguientes causales y siempre que no se configurase caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado y comunicado fehacientemente: 17.3.1. Por deficiencias reiteradas en la prestación normal del servicio (17.1.1. y 17.1.2.) 17.3.2. Por subcontratar totalmente con terceros la prestación del servicio, transferir o ceder total o parcialmente el contrato. 17.3.3. Por incumplimientos a exigencias emergentes de leyes laborales o previsionales respecto al personal afectado a la prestación del servicio. 17.3.4. Cuando la Contratista resulte culpable de fraude, negligencia grave o contravención a las condiciones estipuladas en el contrato. 17.3.5. Por paralización de los servicios por medidas de fuerza dispuestas por la Contratista, cualquiera fuesen las causas que originaren dichas situaciones. 17.3.6. Cuando quede incursa en cualquiera de las causales de exclusión previstas en el presente pliego. 17.3.7. En caso de muerte, concurso civil o quiebra de la Contratista. 17.3.8. En otros casos que, aunque no previstos, cuando se ocasionen inconvenientes de riesgo o perjuicio de cualquier índole a la Municipalidad de General Pueyrredón o a terceros; o por razones de interés público. ARTICULO 18º - DE LA SUSPENSION DEL SERVICIO. 18.1. ACCIONES POR SUSPENSIÓN: En caso de suspensión de los servicios, la Municipalidad, sin perjuicio de las penalidades que pudieran corresponderle a la empresa Contratista, de acuerdo con este pliego de bases y condiciones, podrá hacerse cargo de los servicios o disponer una nueva contratación para asegurar su normal ejecución. 18.2. DE LA INCAUTACIÓN DE EQUIPOS: Cuando la Contratista incurriera en alguna de las causales de rescisión del contrato previstas en este pliego o en caso de suspensión de los servicios, la Municipalidad, al sólo efecto de la continuidad y regularidad de éstos, podrá incautarse de todos los equipos, elementos y útiles que hacen posible la prestación del mismo, con pérdida de los

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS depósitos de garantía y sin que ello dé derecho a reclamo alguno por parte de la empresa Contratista. CAPITULO VII. DEL PAGO. ARTÍCULO 19º.- PRESENTACIÓN FACTURA: La factura podrá ser presentada a partir del primer día hábil de cada mes siguiente al de la prestación ante la Dirección General de Contrataciones. Dentro de los cinco (5) días corridos posteriores a dicha presentación se someterá a aprobación de la Autoridad de Aplicación y remitida por ésta a la Dirección General de Contrataciones para continuar el trámite de pago que se efectuará dentro de los quince (15) días corridos de la presentación, siempre que la misma no sea observada por la Municipalidad. SUSPENSION DEL PLAZO DE PAGO: Si fuera devuelta con observaciones, los plazos establecidos para el pago comenzarán a regir a partir de la nueva presentación. ARTICULO 20.- FORMA DE PAGO: El pago se efectuará mensualmente contra presentación de factura conformada por la Dirección General de Movilidad Urbana. La remuneración total se calculará como el Precio Fijo Mensual, más el valor por Excedente de la siguiente manera: a) Precio Fijo Mensual: la cantidad de U.F. cotizada multiplicada por el valor de la UF (Unidad Fija equivalente al precio por litro de nafta de mayor octanaje, informado por el Automóvil Club Argentino -A.C.A.- sede Ciudad de La Plata, según Disposición vigente publicada por la DPPSV en virtud de la ley 13.927 y su decreto reglamentario 532/09) vigente. b) Excedente: la cantidad de presunciones de infracción gestionadas y validadas que autorice el Departamento Ejecutivo y que superen de las 13.000 para el primer año y 26.000 a partir del segundo año, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3º, por el 60% de la cantidad de U.F. fijas cotizadas, por el valor de U.F. vigente, dividido 13.000 o 26.000 presunciones de infracción en el primer año y en los años siguientes, respectivamente. ARTÍCULO 21.- EFECTIVIZACIÓN DEL PAGO: Los pagos se efectuarán contra la presentación de la factura que se ajuste a los certificados pertinentes: Dentro de los primeros diez (10) días hábiles de cada mes el contratista deberá proporcionar a la Dirección General de Movilidad Urbana la rendición detallada

del total de las presunciones de infracción gestionadas durante el mes anterior. Dichas presunciones de infracción se acompañarán con el archivo electrónico completo y detallado, en formato y diseño a convenir, donde consten los datos para su validación o impugnación. Presentadas las mismas, la Dirección General de Movilidad procederá a validar u observar las presunciones de infracción gestionadas dentro del plazo de veinte (20) días hábiles posteriores. Vencido dicho plazo y no habiendo sido observadas las presunciones de infracción gestionadas se tendrán por validadas. En caso que la Contratista no estuviere conforme con el juicio de la Municipalidad, respecto a los cómputos y/o razones de invalidación de presunciones, deberá exponer en forma clara y precisa los motivos de su divergencia dentro de un plazo de quince (15) días corridos desde la firma del Acta de Medición respectiva. Con las presunciones de infracción validadas por la Dirección General de Movilidad Urbana, el adjudicatario procederá a preparar por triplicado, el Acta de Medición, en la que constará y se aprobará: la cantidad de presunciones de infracción gestionadas y validadas por la Municipalidad, correspondiente al mes inmediato anterior y procederá a confeccionar la Factura correspondiente para poder efectivizar el pago. Los pagos se efectuarán en el Departamento Pagos de la Municipalidad, San Martín 2959 1º Piso, Mar del Plata, mediante cheque a nombre del beneficiario, NO A LA ORDEN y cruzado. En caso de implementarse el sistema de pago electrónico a proveedores municipales, la Contratista deberá habilitar cuenta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires e informar su tipo. ARTICULO 22º.- IMPUESTOS: La Municipalidad reviste el carácter de EXENTO en el I.V.A., por lo tanto el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que incluye el citado impuesto. ARTICULO 23.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN: La administración de la presente licitación, una vez adjudicada, y la aprobación de los servicios mensuales, estará a cargo de la Subsecretaría de Control, con intervención de la Dirección General de Movilidad Urbana o la que en el futuro establezca la autoridad Municipal. Dicha autoridad tendrá a su cargo la supervisión, auditoria y control del servicio y del equipamiento de captación de infracciones, como también las acciones vinculadas al contralor directo de las infracciones, su emisión y otras validaciones que determine sobre las mismas de acuerdo a su criterio. Será obligación de la Contratista facilitar los elementos necesarios para el eficaz cumplimiento de las misiones de la autoridad de aplicación. Ésta resolverá todas las cuestiones concernientes a la calidad de los trabajos, la marcha de los mismos y su correcta ejecución. ARTÍCULO 24º.- ESTRUCTURA DE COSTOS ECUACION ECONOMICA FINANCIERA: El oferente deberá presentar una estructura de costos o ecuación económica del servicio que se ofrece. Dicha estructura de costos se tomará en cuenta para evaluar la conveniencia económica de cada una de las ofertas.

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS ARTICULO 25º.- VALOR DEL PLIEGO: El presente Pliego de Bases y Condiciones se entregará a los interesados, previo pago en la Tesorería Municipal de la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00).

Expediente Nº 7706 Dígito 2 Año 2015 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/15 LOCACION DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD DE TRANSITO Y OTROS CLAUSULAS DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ARTICULO 1º.- DE LOS CINEMOMETROS: Se requiere que todo el equipamiento de control de velocidad ofertado que utilice cualquier forma, medio, método o elemento de medición para efectuar la lectura y/o registro y/o almacenamiento y/o impresión de la información a ser utilizada en el cumplimiento de la fiscalización de las velocidades de circulación autorizadas, deberá cumplir con la reglamentación metrológica contenida en la Ley Nacional 19.511, decretos, resoluciones y reglamentaciones complementarias, como así Ley Nacional 24.449 y su decreto reglamentario, Ley Provincial 13.927 y sus decretos y resoluciones reglamentarias y complementarias, y la Ordenanza Municipal 4049 y 20829, modificatorias y complementarias, así como toda otra especificación técnica que resulte de aplicación. Los equipos ofrecidos deberán reunir las siguientes características técnicas: a) La tecnología de los equipamientos de detección de velocidad y flujo vehicular ofrecidos deberán ser para los de tipo móviles: manuales o automáticos y para los de tipo fijo: solamente automáticos. Ambos deberán contar con dispositivos de registro y almacenamiento automático de imágenes y de datos, relativos a la fiscalización de velocidad de cualquier tipo de vehículo automotor. Los de tipo fijo además deberán almacenar datos relativos al flujo vehicular, siendo ésta una opción preferente para los de tipo móvil. b) Los cinemómetros deben ser de fabricación preferentemente nacional y estar homologados según reglamentación descripta en este Artículo. El oferente o su proveedor nominado, deberá acreditar fehacientemente la propiedad de los equipos mediante documentación que acredite ser fabricante, y/o la titularidad con factura pro forma y acompañar la Aprobación de modelo otorgado por la Dirección Nacional de Comercio Interior (DNCI) o la Dependencia que la reemplace. El registro gráfico deberá contar con: Doble sistema de autenticación de capturas (marca de agua o firma digital y encriptación). Almacenamiento de capturas en memoria extraíble o descargable por conexión de red cableada. El oferente deberá adjuntar a la oferta fotografías de presunciones de infracción diurna y nocturna, capturadas por equipos operativos similares a los ofertados. Los equipos deberán generar en forma automática un Registro de Estadísticas del operativo por día y por rango de horas, que deberá especificar como mínimo: cantidad de infractores, cantidad de no infractores y velocidad promedio de los infractores. El sistema de los cinemómetros fijos deberá preferentemente utilizar 3 espiras inductivas y poder calcular la velocidad del móvil entre la primera y segunda espira, y luego entre la segunda y la