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Núm. 145 Lunes 16 de junio de 2014 Sec. II.B. Pág. 45348 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 6371 Resolución de 9 de junio de 2014, de la Dirección General de Ordenación Profesional, por la que se publica la oferta de plazas en resultas y se convoca el acto de asignación de las mismas, correspondiente a la prueba selectiva 2013 para el acceso en el 2014 a plazas de formación sanitaria especializada para graduados/diplomados en Enfermería. La Orden SSI/1694/2013, de 12 de septiembre, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del día 23 de septiembre siguiente, aprobó la convocatoria de las pruebas selectivas 2013 para el acceso en el 2014 a plazas de formación sanitaria especializada para graduados/diplomados en Enfermería. La Base XIII de las contenidas en la Orden de convocatoria, dispone que, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.6 del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, las plazas que puedan resultar vacantes en esta convocatoria, por no haberse incorporado los adjudicatarios en el plazo posesorio o por renuncia de los mismos, podrán ser adjudicadas, previa propuesta expresa de la correspondiente comunidad autónoma, a los aspirantes que inicialmente no obtuvieron plaza en los actos de asignación de esta convocatoria. Por consiguiente, recibidas en esta Dirección General en tiempo y forma las plazas propuestas por los órganos competentes de las comunidades autónomas para su adjudicación en resultas, de acuerdo con lo previsto en la normativa a que hace referencia la disposición Segunda de la Orden por la que se convoca la prueba selectiva 2013 y en la Orden PRE/829/2003, de 4 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 10), que establece un sistema de presentación telemática de las solicitudes de adjudicación de plazas de formación sanitaria especializada, esta Dirección General resuelve: Primero. Publicar la oferta de plazas que se pueden adjudicar en resultas en esta convocatoria y que se relacionan a continuación: Plazas de la Especialidad de Enfermería de Salud Mental Canarias. UDM de Salud Mental de Tenerife. Tenerife. 1 UD de Enfermería de Salud Mental de Gran Canaria. Gran Canaria. 3 UD de Enfermería de Salud Mental Consorci Mar Parc de Salut de Barcelona. Barcelona. 2 UDM de Salud Mental del H. Santa Creu i Sant Pau. Barcelona. 1 Cataluña. UDM de Salud Mental del H. Sagrat Cor. Serveis Salut Mental. Martorell. 1 UD de Enfermería de Salud Mental del H.U. Mutua de Terrassa. Terrassa. 1 UDM de Salud Mental del H.U. Institut Pere Mata. Reus. 1 Illes Balears. UDM de Salud Mental del H. de Manacor. Mallorca. 1

Núm. 145 Lunes 16 de junio de 2014 Sec. II.B. Pág. 45349 Madrid. UDM Salud Mental Ins. Psiquiátrico Serv. Salud Mental José Germain. Leganés. 1 UDM Salud Mental centro San Juan de Dios de Ciempozuelos. Ciempozuelos. 2 Navarra. UDM de Salud Mental de Navarra. Navarra. 1 Total... 15 Plazas de la Especialidad de Enfermería de Atención Familiar y Comunitaria Canarias. UDM AFYC de Tenerife II. La Laguna. 1 Galicia. UDM AFYC de A Coruña. A Coruña. 1 Plazas de la Especialidad de Enfermería Pediátrica Madrid. UDM Pediatría H.U. de Getafe. Getafe. 2 Plazas de la Especialidad de Enfermería Geriátrica Castilla y León. UDM de Geriatría del Complejo Asistencial de Segovia. Segovia. 1 País Vasco. UDM de Geriatría Fundación Matia. Donostia/San Sebastián. 1 Segundo. Iniciar el acto de asignación de plazas en resultas, con una sesión específica de asignación de plazas para los aspirantes que participen por el turno de personas con discapacidad. Los actos de asignación de plazas revisten algunas características específicas derivadas de la incorporación de medidas de acción positiva para los aspirantes que hayan participado por el turno de personas con discapacidad. A estas personas se les posibilita acceder al 7% de las plazas convocadas para cada titulación, cumpliendo así lo previsto en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las profesiones sanitarias, desarrollado por el Real Decreto 578/2013, de 26 de julio, por el que se establecen medidas de acción positiva aplicables a las personas con discapacidad que participen en las convocatorias anuales de pruebas selectiva de acceso a plazas de formación sanitaria especializada y con la base XI.3 de la orden de convocatoria. En las sesiones ordinarias de asignación de plazas desarrolladas los días 10 y 11 de abril de 2014, no se cubrió el 7% de las plazas y quedaron disponibles 14. Por tanto, la asignación de plazas en resultas, se iniciará con una sesión específica de asignación de plazas para los aspirantes que participen por el turno de personas con discapacidad y una sesión posterior de reanudación del acto de adjudicación para los aspirantes que participan por el turno ordinario, si aún siguieran quedando plazas vacantes.

Núm. 145 Lunes 16 de junio de 2014 Sec. II.B. Pág. 45350 Tercero. Mesa de asignación y recepción de solicitudes de los aspirantes convocados a este acto de asignación. 1. El miércoles 25 de junio de 2014, se constituirá en Madrid la Mesa de Asignación que recibirá las solicitudes de adjudicación de plaza que presenten los aspirantes incluidos en la relación definitiva de resultados, aprobada por Resolución de la Dirección General de Ordenación Profesional de 21 de marzo de 2014, siempre que no hayan sido adjudicatarios de plaza en los Actos de Asignación celebrados los pasados días 10 y 11 de abril de 2014, por riguroso orden de mayor a menor puntuación total individual. Esta relación, de acuerdo con lo previsto en la Base XIII de la Orden de convocatoria, se exhibe en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno. 2. La Mesa de Asignación se reunirá en la Sala Internacional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (paseo del Prado, 18 y 20, de Madrid). 3. Los aspirantes seleccionados en la prueba selectiva 2013, a los que expresamente se convoca por medio de esta resolución, deberán comparecer en el día y la hora que se señala en el calendario de sesiones a que se refiere el siguiente apartado quinto, bien personalmente, provistos de su Documento Nacional de Identidad, o bien mediante representante al que hubiesen otorgado poder bastante al efecto ante Notario, o bien mediante solicitud telemática siguiendo las reglas expresadas en la disposición cuarta. 4. Se entenderá que renuncian a la prioridad obtenida aquellos que no comparezcan personalmente, mediante representante con poder suficiente otorgado ante Notario o bien mediante solicitud telemática siguiendo las reglas expresadas en la disposición cuarta, el día y hora en que han sido convocados para presentar la solicitud de adjudicación de plaza, aunque podrán, no obstante, ocupar el orden de prioridad que en el momento de personarse se siguiera en el acto de asignación, siempre que existieran aún plazas vacantes por asignar. 5. La Mesa de Asignación observará, rigurosamente, las reglas contenidas en las Órdenes de 27 de junio de 1989 y de 24 de junio de 1998, y en la base XI de la convocatoria de la prueba selectiva. 6. Las solicitudes se referirán a las plazas disponibles para su adjudicación. Tramitada la solicitud la Mesa facilitará al interesado el resguardo correspondiente. Si el interesado ha comparecido personalmente ante la Mesa dicho resguardo le será entregado en mano; si el interesado ha hecho su solicitud por medios telemáticos, podrá obtener dicho resguardo también por medios telemáticos seleccionando la opción correspondiente en la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Cuarto. Presentación telemática de solicitudes de adjudicación de plazas. Para la presentación telemática de la solicitud de adjudicación de plaza se observarán las siguientes reglas: a) El interesado deberá disponer de una certificación de firma electrónica de tipo 2CA, que expide la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que permita la identificación fidedigna de su identidad. También son admitidas en el sistema del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad las certificaciones de firma electrónica expedidas por otros organismos, concretamente las siguientes: ACA, ANCERT, ANF, BANESTO, ACCV, CAMERFIRMA, CATCERT, e-dni, FIRMAPROFESIONAL, IZENPE y Entidad de Certificación de la Organización Médica Colegial (EC- OMC). b) La solicitud podrá presentarse y modificarse por medios telemáticos, hasta doce horas antes del momento en que se inicia la sesión en la que el interesado esté citado para comparecer. c) El interesado que hubiera presentado la solicitud por medios telemáticos podrá, no obstante, comparecer ante la Mesa de Asignación en el momento en que por su número de orden le corresponda y efectuar la solicitud personalmente, anulando o

Núm. 145 Lunes 16 de junio de 2014 Sec. II.B. Pág. 45351 modificando así la solicitud que hubiera presentado anteriormente por dichos medios telemáticos. d) La Mesa de Asignación dará curso a la solicitud presentada por medios telemáticos en el momento que corresponda al número de orden obtenido por el solicitante y una vez comprobado que éste no ha comparecido personalmente. Una vez tramitada la solicitud, no se admitirá nueva petición de plaza ni siquiera en el caso de renunciar a la primera. e) Si no fuera posible asignar ninguna de las plazas incluidas en una solicitud formulada por medios telemáticos, por encontrarse todas ellas asignadas a peticiones anteriores, se entenderá que el interesado renuncia a la prioridad obtenida, quedando pendiente sin plaza. No obstante si posteriormente decidiera comparecer personalmente ante la Mesa de Asignación, podrá ocupar el orden de prioridad que en el momento de presentarse personalmente se siguiera en los actos de asignación, siempre que existieran aún plazas vacantes por asignar. f) No podrán presentar su solicitud por medios telemáticos aquellos aspirantes que hubieran visto modificada la puntuación inicialmente obtenida en la relación definitiva de resultados, como consecuencia de la estimación de un recurso administrativo interpuesto contra la misma. En estos casos deberán comparecer personalmente ante la Mesa de Asignación. Quinto. Calendario y turnos de presentación de solicitudes. Los aspirantes seleccionados en la prueba selectiva 2013, a plazas de formación de especialidades de Enfermería, presentarán solicitud de adjudicación de plazas en resultas ante la Mesa de Asignación que a estos efectos celebrará sesión, conforme el siguiente calendario: Miércoles 25 de junio de 2014 a las 11.00 horas. Ante la eventualidad de renuncias, incomparecencias o cualquier otra circunstancia, las plazas se asignarán en este acto a los aspirantes que las soliciten por riguroso orden numérico y de puntuaciones totales individuales reconocidas en la relación definitiva de resultados. A estos efectos, quedan convocados todos los aspirantes comprendidos en la relación. Sexto. Adjudicación de plazas. La Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad resolverá las solicitudes de adjudicación presentadas y aprobará, dentro de los siete días siguientes a aquel en que finalice el acto que se convoca, la relación de quienes pueden iniciar en el año 2014 programas de formación de las especialidades de Enfermería, ordenando su exhibición en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. La citada Resolución se comunicará a las Comunidades Autónomas y a la Dirección General de Política Universitaria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Séptimo. Plazos y trámites de toma de posesión e incorporación a la plaza. 1. Una vez aprobada la relación de plazas adjudicadas, los aspirantes a los que se adjudique plaza de formación habrán de tomar posesión de la misma, el día 21 de julio de 2014, sin cuyo requisito se entenderá que renuncian a la adjudicación. 2. Conforme dispone el punto 3 de la base XII de la Orden de convocatoria de pruebas selectivas, los adjudicatarios de plaza que sean nacionales de Estados no miembros de la Unión Europea o de Estados a los que no resulte de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán, con carácter previo a la toma de posesión de las plazas que les hayan sido adjudicadas, haber regularizado su situación en España

Núm. 145 Lunes 16 de junio de 2014 Sec. II.B. Pág. 45352 mediante la obtención de la correspondiente autorización que resulte exigible, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero (en su redacción dada por las Leyes Orgánicas 8/2000, 11/2003, 14/2003 y 2/2009), y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, sin que a estos efectos sea suficiente la mera participación o adjudicación de plaza en esta convocatoria, por lo que dichos adjudicatarios sólo podrán incorporarse a sus respectivas plazas si han cumplido con lo establecido al respecto en la referida normativa vigente en materia de extranjería. Octavo. Plazas vacantes, traslados y régimen de formación. 1. Las plazas sobre las que no se presente solicitud de adjudicación en el acto de asignación convocado, quedarán vacantes y no se proveerán nuevamente en la presente convocatoria. No se permitirá la permuta de plazas entre aspirantes, ni el traslado de Centro, salvo en el supuesto excepcional de revocación de la acreditación docente. 2. Los adjudicatarios de plaza no podrán compatibilizar ni simultanear la formación en las especialidades de Enfermería, con cualquier otra actividad que suponga incompatibilidad horaria o disminución de las actividades comprendidas en el programa. 3. Los adjudicatarios de plaza que puedan resultar afectados por el régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas o por el del personal militar, deberán hacer manifestación al respecto en el acto de toma de posesión formulando la opción que interesen, sin que a estos efectos sea posible el reconocimiento de reserva o excedencia por incompatibilidad en la plaza de formación adjudicada. Noveno. Contra la presente resolución podrán los interesados interponer recurso de alzada de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Secretaria General de Sanidad y Consumo del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 9 de junio de 2014. El Director General de Ordenación Profesional, José Javier Castrodeza Sanz. http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X