CONVENIO / REGLAMENTO PISO 35 1. OBJETO DE LA RENTA: El arrendatario deberá informar al arrendador el propósito del evento que desea realizar en el piso 35, así como el horario de inicio y terminación y la cantidad de población (invitados, staff, organizadores, etc.), considerando que por seguridad el número máximo de personas en el piso 35 no debe exceder a 280 personas. 2. HORARIO DE FUNCIONAMIENTO El horario del evento será establecido de común acuerdo entre el arrendatario y el arrendador de modo que el arrendatario deberá notificar al arrendador el horario pretendido de inicio y terminación; cabe mencionar que el arrendatario deberá estar atento a los horarios de carga y descarga de las vialidades circundantes para el manejo del mobiliario y equipos que ingresarán al edificio. 3. MOBILIARIO, ILUMINACIÓN, SONIDO Y PERSONAL AUTORIZADO El arrendatario deberá informar por escrito a la Administración del edificio el mobiliario, equipos de audio y video y en su caso la iluminación que necesitará ingresar para el desarrollo del evento; asimismo, deberá proporcionar una relación con los nombres de las personas que se encargarán de su ingreso y retiro estableciendo las fechas, horarios y los responsables. Para el movimiento de cualquier clase de mobiliario dentro del inmueble y particularmente en los elevadores, se requiere la autorización de la Administración del edificio y el arrendatario se compromete a cuidar y proteger las instalaciones del inmueble. Para el permitir el ingreso de mobiliario al edificio éste deberá ocurrir en el lapso entre las 22:00 horas y antes de las 6:00 horas del día siguiente, siendo necesario confirmar la fecha de ingreso. Para efecto del montaje, puede realizarse durante el día. 4. ELECTRICIDAD El arrendatario deberá informar por escrito a la Administración el consumo medido en kilowatts así como la carga en amperes de los equipos que utilizará durante el evento, con objeto de que revise que la carga requerida permanezca dentro de los parámetros seguros y permita el adecuado funcionamiento de los equipos y las luces. En caso de requerirse instalaciones especiales se analizará su factibilidad y su costo deberá ser pagado por el arrendatario. 3
Los gabinetes donde se encuentran instalados los interruptores, medidores de electricidad y cajas de distribución de líneas telefónicas no son área rentable, siendo estos espacios para uso exclusivo del personal técnico de la propietaria, por lo que queda prohibido el acceso al arrendatario o utilizar dichos gabinetes como almacén de cualquier clase de objetos. 5. PAGO DEL SERVICIO Y DEPÓSITO EN GARANTÍA El pago de la renta y el depósito en garantía deberán realizarse con un mínimo de 4 días con anticipación al evento, mediante depósito bancario o transferencia interbancaria, notificando al arrendador la realización del movimiento. El importe total del servicio contratado deberá liquidarse realizando el pago de la factura directamente en el banco, ya sea en ventanilla o por transferencia electrónica, proporcionándonos una copia del comprobante de depósito o el envío del comprobante a pedrof@torrelatino.com cc schavez@torrelatino.com.mx Beneficiario: Inmobiliaria INBURSA Cuenta: 40123968036 Clabe: 036700401239680368 También será necesario proporcionar sus datos de facturación: nombre o razón social, domicilio fiscal y RFC a los correos antes mencionados. DEPÓSITO EN GARANTÍA. El arrendatario tiene la obligación de responder por todos los daños que pueda causar él, su personal de organización, sus invitados o sus mobiliarios y equipos al propio edificio o a terceros, para lo cual entregará con anticipación al inicio del evento un depósito en garantía por la cantidad de $10,000 (diez mil pesos 00/100), mismo que será devuelto una vez que sea entregado el local arrendado por el arrendatario en las mismas condiciones en que lo recibió. En el caso de que el evento fuera suspendido por cualquier causa ajena al arrendador o por alguna falta al presente convenio, no se devolverá el depósito. 6. ASEO El arrendador entregará al arrendatario el local debidamente aseado, y este deberá a su vez entregarlo al arrendador en las mismas condiciones de limpieza en que lo recibió; para el aseo de la localidad arrendada, el arrendatario deberá informar a la Administración del edificio sobre las personas que estén autorizadas por ellos para efectuar dicha labor. 4
El local arrendado deberá quedar limpio a más tardar al día siguiente de la fecha de realización del evento, y en caso de no ser así, el arrendador dispondrá del depósito para sufragar los gastos de limpieza y cualquier otro que fuere necesario. Cabe mencionar que en caso de que el arrendatario no entregue el local arrendado completamente limpio a más tardar 48 horas después de terminado su evento, se le descontarán del depósito entregado la cantidad de $2,000.00 7. BASURA Queda estrictamente prohibido a el arrendatario, empleados o personas que se encarguen del aseo del piso 35, tirar basura en los pasillos, descansos de las escaleras o en cualquier otra parte del edificio, siendo obligación del arrendatario retirarla del edificio a más tardar al día siguiente de la fecha de realización del evento. 8. ELEVADORES La Administración asignará los horarios y el número de elevadores que se utilizarán para el movimiento de las personas que acudan a los eventos contratados en el piso 35. Queda prohibido a los visitantes utilizar las escaleras para moverse en pisos distintos del 35, salvo que sean utilizadas con fines de emergencia o evacuación. Queda estrictamente prohibido a los visitantes el manejo de los elevadores, siendo esto responsabilidad exclusiva del personal de la Torre Latinoamericana. 9. LUGARES DE TRÁNSITO Queda estrictamente prohibido al arrendatario colocar muebles o cualquier otra clase de objetos en los pasillos, escaleras y demás lugares destinados para tránsito o servicio común, que impidan el libre tránsito y se obliga a mantener libre en todo momento la ruta de evacuación. 10. COMISIONES Y ENCARGOS AL PERSONAL INTERNO El personal de vigilancia no está autorizado para recibir en depósito ninguna clase de objetos, ni cantidades de dinero en pago de las obligaciones contraídas por el arrendatario en virtud del contrato o del reglamento. El personal de Servicio y Mantenimiento del edificio, tiene estrictamente prohibido desempeñar comisiones y encargos particulares del arrendatario. 5
11. SISTEMA DE INTERCOMUNICACIÓN En el edificio se encuentra instalado un sistema de intercomunicación que cuenta con una bocina en cada piso que funciona como sistema de alerta; el arrendatario se compromete a permitir el acceso al personal encargado del mantenimiento a las áreas que se le tienen dadas en arrendamiento, cuando así lo requiera la Administración. 12. MUEBLES, EQUIPOS Y BULTOS Para la entrada y salida de muebles, equipos y bultos en general, así como su movimiento a través de los elevadores, será requisito indispensable obtener permiso previo de la Administración del edificio para la realización de los movimientos. Queda prohibido introducir o almacenar productos combustibles y/o tóxicos. 13. SEGURIDAD El control de acceso y la seguridad en el piso 35, para las personas y bienes antes, durante y después del evento, son obligación del arrendatario. En todo caso, el arrendatario deberá vigilar que las rutas de evacuación permanezcan libres de obstrucción; asimismo, la seguridad y vigilancia dentro del piso 35 son obligación del arrendatario por lo que el arrendador tendrá derecho en todo momento que a sus intereses convenga, a disponer de personal de seguridad destinado a vigilar que el arrendatario cumpla con lo establecido en el programa interno de protección civil así como todas las normas éticas y de urbanidad y las dispuestas específicamente en este reglamento, y en caso de detectar cualquier anomalía grave la reportará a su personal superior para determinar si el evento tiene que ser cancelado sin responsabilidad para el arrendador. 14. URBANIDAD Queda estrictamente prohibido introducir y consumir drogas o sustancias prohibidas. Será motivo de sanción al arrendatario el que no vigile que los asistentes a su evento no se comporte de acuerdo a lo establecido socialmente, es decir, con educación y respeto para con las demás personas del edificio y las propias instalaciones. 15. MODIFICACIONES Y REPARACIONES El arrendatario deberá recabar del arrendador la autorización previa y por escrito para ejecutar las adecuaciones que juzgue conveniente hacer en la localidad arrendada. 6
16. PROHIBICIONES.- Queda prohibido al arrendatario: a) La venta de bebidas alcohólicas. b) Abrir las ventanas más allá de las limitaciones mecánicas existentes. c) Sobrepasar el aforo de personas autorizado. d) Arrojar cualquier objeto al exterior del edificio. e) Incrementar la carga eléctrica por encima de la autorizada por la Administración. f) Colocar divisiones, canceles y lambrines de madera, salvo que entregue el local en el mismo estado en que lo recibió. g) Cocinar dentro del inmueble. h) Introducir tanques de gas para calentar alimentos. Para mantener calientes los alimentos deberá hacerse uso de latas de alcohol. i) Quitar el aluminio de las columnas que se encuentran en el local arrendado, pintarlo o cubrirlo de cualquier otro material. j) Realizar instalaciones eléctricas o hidráulicas, sin la previa aprobación del arrendador. k) Colocar cortinas en las ventanas que no sean previamente tratadas con retardante al fuego. l) Pintar anuncios o letreros en las ventanas o recubrirlas con pintura, plástico o cualquier otro material, así como colocar anuncios que afecten las áreas comunes. m) Pintar o cubrir con algún otro material los pisos y plafones, salvo convenio especial por escrito. n) Cambiar la orientación de las lámparas. o) Tener animales dentro del edificio. p) Por ningún motivo se permitirá hacer calas y/o perforaciones en la estructura del edificio, inclusive losas de entrepisos. q) Derramar agua, para evitar filtraciones a los pisos inferiores. r) Instalar equipos de iluminación y sonido o introducir mobiliario que no haya sido autorizado. s) En caso de utilizar equipos de sonido, que el volumen resulte molesto en otros pisos del edificio. México, D.F., a de de 2014 EL ARRENDADOR INMOBILIARIA TORRE LATINOAMERICANA, S.A. DE C.V. EL ARRENDATARIO LIC. PEDRO FOSSAS ALCOCER NOMBRE Y FIRMA 7
RENTA PISO 35 (FAVOR DE LLENAR A DETALLE Y ENVIAR EN UN CORREO ELECTRÓNICO) 1. OBJETO DE LA RENTA: PROPÓSITO DEL EVENTO HORARIOS: INCIO TERMINACIÓN POBLACIÓN: ORGANIZADORES INVITADOS OTROS NOTA: el número máximo de personas durante el evento no deberá exceder de 280 2. MOBILIARIO, EQUIPOS Y PERSONAL Se requiere que nos proporciones una relación con todo el mobiliario, equipos y personal del staff que ingresarán al edificio para el evento. Es importante que la relación esté completa para evitar problemas con el personal de vigilancia de la Torre Latino, ya que lo que no se registre para su entrada puede generar problemas a la salida. 2.1 MOBILIARIO QUE INGRESARÁ AL EVENTO 2.2 EQUIPO DE VIDEO, SONIDO E ILUMINACIÓN 2.3 CARGA ELÉCTRICA: información sobre la carga eléctrica por iluminación, amplificadores, bocinas, videoproyectores, etc., que pretenden instalar 2.4 PERSONAL: proporcionar una relación con los nombres de las personas que se encargarán del ingreso y retiro de mobiliario y equipos, así como del personal que realizará la limpieza del local, estableciendo las fechas y horarios. Los datos solicitados aquí son los más importantes pero de ninguna manera excluyen las cláusulas del convenio. 8