Visto, el Memorándum N 031-2015-VIVIENDA/OGGRH de 14 Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y,



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Transcripción:

oglica DEL p Lima, 28 ENE, 2015 N 012-2015- Visto, el Memorándum N 031-2015-/OGGRH de 14 Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salía en el Trabajo, tiene como objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, stableciendo el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y ntrol del Estado y I a participación de los trabajadores y sus organizaciones..t indícales; Que, mediante Decreto Supremo N 005-2012-TR se aprueba el Reglamento de la Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que tiene como objeto promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país; Que, con Decreto Supremo N 002-2013-TR, se aprueba la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, la misma que tiene por objeto prevenir los cidentes de trabajo, enfermedades profesionales y reducir los daños que se udieran ocasionar a la salud de las trabajadoras y trabajadores, que sean onsecuencia del trabajo, guarden relación con la actividad laboral o sobrevengan durante el trabajo que éstos realizan; a. -st1 /41".1% Que, la citada Política Nacional tiene por principios la prevención, gestión integral, responsabilidad, universalización, atención integral de la salud, participación y 1-diálogo social; Que, el artículo 22 de la Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece que el empleador en consulta con los trabajadores y sus representantes, expone por escrito la política en materia de seguridad y salud en el trabajo, debiendo ésta, conforme al literal b) del citado artículo, hacerse efectiva ediante la firma o endoso del empleador o del representante de mayor rango con responsabilidad en la organización; Que, mediante Acta de la Reunión Ordinaria N 04-2014--CSST 2014-2016 de fecha 28 de noviembre de 2014, los miembros del Comité de Seguridad ),.. y Salud en el Trabajo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; t constituido con Resolución Ministerial N 179-2014-, modificada por Resolución Ministerial N 235-2014-; acordaron encargar a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos formular una propuesta de Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, con Memorándum N 031-2015-/OGGRH, el Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, con el sustento técnico contenido en el Informe N 01-2015NIVIENDA-OGGRH-SST, el mismo que hace suyo, remite la propuesta de la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, la misma que cuenta con las opiniones favorables de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Administración emitidas a través del Memorándum N 083-2015NIVIENDA-OGPP e Informe N 003-2015--OGA, respectivamente; Que, en consecuencia, es necesario expedir el acto resolutivo que apruebe la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; la Ley N 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio t de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N 005-2012-TR que aprueba el Reglamento de la Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; el kdecreto Supremo N 002-2013-TR que aprueba la Política Nacional de Seguridad y -1Salud en el Trabajo; y el Decreto Supremo N 010-2014- que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la difusión de la presente Resolución y su Anexo, a los órganos, programas y proyectos del Ministerio y a sus organismos públicos y entidades adscritas. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Annu.vivienda.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese ílton von Hesse La Se Ministro de Vivienda, onstrucción y Saneamiento

MINISTERIO DE POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DEL SECTOR, I. PRESENTACIÓN El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene competencias en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana. Tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional. Facilita el acceso de la población a una vivienda digna y a los servicios de saneamiento de calidad y sostenibles, en especial de aquella rural o de menores recursos, promueve el desarrollo del mercado inmobiliario, la inversión en infraestructura y equipamiento en los centros poblados. El MVCS para el logro de sus objetivos sectoriales, considera prioritario promover una cultura de prevención en materia de seguridad y salud en el trabajo que garantice de manera progresiva un entorno laboral seguro y saludable para sus servidores acorde a lo dispuesto por la Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N 005-2012-TR y, lo establecido en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobada con Decreto Supremo N 002-2013-TR. II. ALCANCE La Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento es de alcance para todos los servidores civiles del Sector, que en cumplimiento de sus funciones trabajen dentro o fuera de las instalaciones de la entidad, así como, para las personas que prestan servicios dentro de las instalaciones de las entidades del Sector. 71707., - 41\ J. r ANURO 1 REYES S General y.1. ;"1 o..-. ' lef\ Los órganos, programas y proyectos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y sus organismos públicos y entidades adscritas, son responsables de implementar la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento. III. POLÍTICA El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y sus organismos públicos y entidades adscritas asumen el compromiso de promover entornos de trabajo seguros y saludables, mediante la implementación del Sistema de Gestión de la.seguridad y Salud en el Trabajo, con la finalidad de prevenir los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y otros daños que se pudieran derivar de la actividad laboral. 1

MINISTERIO DE IV. PRINCIPIOS Los siguientes principios orientan el compromiso, el cumplimiento y la gestión de la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento: a. Mejoramiento de la calidad de vida en el trabajo: Fomentar el bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida del servidor del Sector, desde una perspectiva positiva del trabajo y la salud de la persona o eugenesia laboral, promoviendo ambientes y entornos de trabajo saludables, conductas, hábitos y prácticas seguras y saludables, además de la prevención de accidentes y enfermedades laborales. b. Prevención: Establecer los medios, condiciones y una cultura preventiva que proteja la vida, la salud y el bienestar de todos los servidores del Sector, así como de los usuarios y visitantes, considerando todos los factores que incidan en la seguridad y salud en el trabajo. c. Gestión Integral: Promover e integrar la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo dentro de las políticas nacionales y otros compromisos aplicables relacionados a la seguridad y salud en el trabajo, integrando el sistema de seguridad y salud en el trabajo del Sector, en lo que corresponda, con los otros sistemas de gestión. d. Cobertura Integral: Cumplir con la normatividad y las políticas nacionales vigentes sobre seguridad y salud en el trabajo, la protección y cobertura de los riesgos del Trabajo, en todas las actividades que desarrolla el Sector estableciendo mecanismos de control correspondientes. e. Mejora Continua: Propiciar la mejora continua del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, involucrando a todos los servidores del Sector en la identificación, la evaluación y el control de riesgos, así como en su capacitación en materia de prevención, a fin de tomar medidas oportunas y eficaces, para asegurar la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. f. Participación: Promover mecanismos de consulta y participación efectiva de los servidores del Sector y sus organizaciones, a fin de implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la entidad. 2

nministerio DE Protección: Fomentar y garantizar las condiciones de seguridad, salud e integridad física, mental y social de los servidores del Sector, durante el desempeño de sus labores o dentro o fuera de las sedes institucionales. h. Responsabilidad: Asumir oportunamente las implicancias derivadas de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional que sufra el servidor del Sector, en el desempeño de sus actividades productivas o a consecuencia de éstas. i. Atención Integral de la Salud: Garantizar y promover que todo servidor del Sector, que trabaje bajo cualquier régimen laboral, cuente con ambientes de trabajo y estilos de vida saludables; y de sufrir algún tipo de accidente de trabajo o enfermedad ocupacional reciba las prestaciones que se requieran para su recuperación, rehabilitación y reinserción laboral. 3