4. PARTIDA PRESUPUESTARIA: 6 23000 227.13.00



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Transcripción:

1 CARATULA DEL PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL E IGUALDAD, EN EL MUNICIPIO DE SANTURTZI, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO. 1. OBJETO DEL CONTRATO. Servicio de vigilancia y seguridad de las dependencias municipales del Área de Acción Social e Igualdad ubicadas en la C/ Sabino Arana nº 3 del municipio de Santurtzi (Servicio Social de Base - Edificio Antigua Escuela Náutica), durante el horario de atención al público (de 8.30 h. a 13.30 h.). EXISTENCIA DE LOTES E IDENTIFICACION: No. CODIFICACION SEGÚN LA NOMENCLATURA DE LA CPV: 79714000-2. CONTRATO SUJETO A REGULACION ARMONIZADA: No. 2. PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO: Un año. POSIBILIDAD DE PRORROGAS: Sí. Hasta un máximo de un año. En cualquier caso, no procederá la aprobación de la eventual prórroga si la adjudicataria hubiera procedido a realizar una reducción unilateral de las condiciones de trabajo del personal adscrito al contrato que estuviesen contempladas en el convenio aplicable en el momento de la adjudicación del mismo. Todo ello previo informe del Área promotora emitido al respecto. 3. PRESUPUESTO MAXIMO DEL CONTRATO: 26.496,00 + 5.564,16 (21 % I.V.A). Total: 32.060,16. ANUALIDADES: 2015: 8.015,04 2016: 24.045,12. TIPO DE LICITACIÓN: El correspondiente a la hora diurna laborable, con arreglo a lo indicado en el apartado de precios unitarios. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 63.590,40 euros. PRECIOS UNITARIOS: Sí. De acuerdo a la modalidad de este contrato, se fija el precio de la unidad que lo integra, siendo el que se indica a continuación, y pudiendo ser mejorados dicho precio por los licitadores. Concepto Importe máximo Hora diurna laborable 20,20 + 4,24 ( IVA) EXPEDIENTE DE TRAMITACION ANTICIPADA: No, se compromete crédito por los importes correspondientes para los ejercicios a los que afecte el contrato, sometiendo la adjudicación del contrato a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente. 4. PARTIDA PRESUPUESTARIA: 6 23000 227.13.00 5. FORMA DE PAGO: Con periodicidad mensual, con el visto bueno del Área, y previa su aprobación por el órgano competente, en función de la fecha de presentación de las correspondientes facturas, en el plazo de 30 días siguientes a la expedición de la factura. La presentación de las facturas, mediante formato electrónico, deberá seguir lo dispuesto al respecto en la Cláusula 21 del Pliego. Para que haya lugar al inicio del cómputo del plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura en el Punto General de Entrada de facturas (en la web www.santurtzi.net), en debida forma, en el plazo de 30 días desde la prestación del servicio. 6. REVISION DE PRECIOS: No procede. 7. GARANTIAS: Página 1 de 6

2 PROVISIONAL: No se exige. DEFINITIVA: 1.324,80 euros. COMPLEMENTARIA: No se contempla. 8. PLAZO PARA FIRMA DEL ACTA DE RECEPCION: 1 mes. PLAZO DE GARANTIA: No se contempla 9. CRITERIOS DE ADJUDICACION POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y SU PONDERACION: UNICO CRITERIO: No. MULTIPLICIDAD DE CRITERIOS, POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y SU PONDERACION: Sí, siendo los que figuran a continuación: 9.1. CRITERIOS PONDERABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE VALOR: - Medios técnicos a aportar implementados dentro del servicio a cubrir, destinados a permitir el seguimiento y control de dicho servicio. Sólo se valorarán aquellos medios técnicos que se consideren de interés, aplicables al servicio a contratar, directamente vinculadas al objeto del contrato, y siempre que no supongan un coste añadido para el Ayuntamiento: hasta 20 puntos. 9.2. CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA: DETERMINACIÓN DE ESTOS CRITERIOS, PONDERACIÓN ATRIBUIDA Y FÓRMULA O CRITERIO AUTOMÁTICO PARA SU PONDERACIÓN: - Precio: hasta 80 puntos. La puntuación a otorgar será la que se desprenda de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre el porcentaje de baja que oferte el/ la licitadora que en cada caso se valora (en tanto por cien), y el porcentaje de baja del licitador que realice la oferta más económica (en tanto por cien), por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es, - Donde 1. PT es la puntuación total 2. BOv es la baja de cada oferta a valorar expresada en tanto por cien 3. MBO es la mayor baja económica de entre todas las ofertadas, expresada en tanto por cien 4. Donde T es el total de puntos atribuidos a este criterio. INTERVENCION DE ORGANISMO TECNICO ESPECIALIZADO / COMITÉ DE PERSONAS EXPERTAS EN LA EVALUACION DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACION NO EVALUABLES POR APLICACIÓN DE FORMULAS: No se contempla 10. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Registro de Plicas del Ayuntamiento, en horario de 9,00 a 14 horas, durante el plazo de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia, pudiendo asimismo presentarse en Correos en la forma y con los requisitos previstos en el la cláusula 17 del Pliego. - FORMA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION: Se deberán presentar tres sobres respetando la forma que se indica a continuación: Sobre A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA: Página 2 de 6

3 Se incluirá la documentación exigida en la cláusula 17 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige este contrato, acompañada de una hoja índice en la que se relacionen numeradamente todos los documentos presentados. Sobre B: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS PONDERABLES CON ARREGLO A UN JUICIO DE VALOR: Se presentará la documentación relativa a los criterios descritos en el punto 9.1 de esta Carátula NOTA: Con el fin de garantizar el secreto de las proposiciones, en ningún caso se deberá adjuntar, ni en el sobre A ni en el sobre B, la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica, ni los criterios cuantificables por fórmula o de manera automática a incluir en el sobre C. El incumplimiento de lo aquí dispuesto dará lugar al rechazo de la oferta. No obstante, en el supuesto de que hubiese un único licitador, la Mesa de Contratación podrá excepcionar lo dispuesto anteriormente. Sobre C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA: Se presentará la Proposición Económica según modelo del Anexo II del Pliego, así como la documentación referente al resto de criterios evaluables automáticamente o con arreglo a fórmulas. En relación con las proposiciones económicas a incluir en el sobre C, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: Todas las ofertas deberán de indicar por separado la cuantía correspondiente al precio neto del contrato y la cuantía correspondiente al IVA. En el caso de licitadores exentos, el importe correspondiente al IVA que indicarán en su proposición será de 0 euros. El presupuesto máximo de puja del contrato es el presupuesto base sin IVA. Se rechazarán aquellas ofertas que superen dicho importe. Para la comparación del elemento precio en las ofertas, se tendrá en cuenta exclusivamente el precio neto de cada una, esto es, excluido el IVA. Todos los sobres deberán estar identificados con los siguientes datos: PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL E IGUALDAD (Nº de expte.: 21/2015) SOBRE:(indicar, según proceda, A, B o C) DOCUMENTACIÓN:(indicar la denominación que proceda con arreglo a lo expuesto en el apartado precedente) Denominación social: Domicilio social: Nombre de la persona apoderada: e-mail de comunicación: Fax: Teléfono de contacto: LUGAR DE EXAMEN DE LA DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA: El expediente se podrá examinar en el Servicio de Contratación, pudiendo aclararse las cuestiones de tipo técnico en el Area de Acción Social e Igualdad, promotora del expediente. 11. UMBRAL MINIMO DE PUNTUACION: no se establece. Página 3 de 6

4 CRITERIOS PARA DETERMINAR SI LAS PROPOSICIONES CONTIENEN BAJAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS: Tendrán esta consideración las proposiciones económicas que sean inferiores en un 15% a la media del conjunto de las proposiciones admitidas. 12. ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES: se entenderá cumplimentado con la subrogación del personal que se incluye en el Anexo del Pliego de Condiciones Técnicas. SOLVENCIA FINANCIERA Y ECONOMICA, TECNICA O PROFESIONAL: - Solvencia financiera y económica: El propuesto adjudicatario deberá acreditar el volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato, es decir, 95.385,60, IVA excluido. - Solvencia técnica y profesional: El propuesto adjudicatario deberá presentar una relación de los trabajos o suministros efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, siendo el requisito mínimo exigible que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, esto es,44.515,10, IVA excluido. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán, cuando el destinatario sea una entidad del sector público mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o aquellos otros documentos que acrediten de manera fehaciente su realización. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador; en el caso de que se presentara esta declaración, dado su carácter declarativo y residual, esta Administración podrá comprobar su validez si se dudara de la veracidad de la misma. Asimismo, se podrá acreditar la solvencia técnica, económica y financiera mediante la clasificación, en vigor, del empresario para la realización de contratos del mismo tipo que aquellos para los que se haya obtenido. CLASIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE PODRÁ ACREDITAR LA SOLVENCIA: Grupo M, subgrupo 2, categoría 1 o equivalente (A). HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL: Sí se exige. Se requiere habilitación específica necesaria para el desarrollo de los servicios de seguridad privada mediante inscripción en el Registro General de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior o, en su caso, en la Comunidad Autónoma Vasca (Ley 23/1992, de 30 de julio, de seguridad privada). 13. MEMORIA O PROGRAMA DE TRABAJO: No se exige, sin perjuicio de que los licitadores incluyan en el sobre B aquellos documentos que permitan valorar los criterios de adjudicación previstos en el punto 9.1 de la Carátula. VARIANTES: No se prevén. 14. PLAZO MÁXIMO PARA LA ADJUDICACION: Dos meses. 15. GASTOS DE PUBLICIDAD.: A cargo del adjudicatario. Importe aproximado 250 euros. 16. TRAMITACION URGENTE: No. 17. PORCENTAJE MAXIMO DE SUBCONTRATACION: No se prevé la subcontratación. 18.- RESPONSABLE DEL CONTRATO: La Directora del Área de Acción Social e Igualdad. 19. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION DE CARÁCTER SOCIAL O MEDIOAMBIENTAL: No se establecen. Página 4 de 6

5 20. REGIMEN DE PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA: El previsto en la cláusula 14 del Pliego, sin perjuicio de lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas. POR INCUMPLIMIENTO PLAZOS PARCIALES: OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES CUYO INCUMPLIMIENTO SERÁ CAUSA DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: Aparte de por las causas expresamente previstas en la normativa reguladora de la contratación de las entidades del sector público, se establece como causa de resolución del contrato el que la empresa contratista no abone a los/as trabajadores/as adscritos al servicio las retribuciones que correspondan de acuerdo con los convenios colectivos y pactos que se concretan en el listado de subrogación, si se constatara que ello constituye un incumplimiento de las obligaciones laborales. Esa constatación vendrá determinada por la imposición de una sanción laboral tras la correspondiente actuación inspectora de la ITSS o el pronunciamiento de una Sentencia judicial, una vez alcance firmeza cualquiera de ellas. También constituirá causa de resolución del contrato la condena a la empresa contratista por la comisión de una infracción muy grave, en materia de prevención de riesgos laborales, tipificada en el artículo 13 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, cometida con ocasión de la ejecución del contrato. Asimismo, se establece como causa de resolución la no adscripción al servicio de los recursos personales previstos en el pliego de técnicas. 21. OBSERVACIONES. OTROS REQUISITOS: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en relación con esta materia en el RD 171/2004 de 30 de enero por el que se desarrolla el art. 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, se requerirá a la empresa que resulte adjudicataria como empresa principal- los siguientes documentos: Modalidad organizativa de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales. Evaluación de riesgos derivados de los puestos de trabajo a cubrir, y medidas de prevención a adoptar Acreditación de formación e información en materia preventiva requerida para el puesto. Listado de Equipos de Protección Individual (EPIS) a utilizar durante la consecución de los trabajos. Documento acreditativo de su entrega. La contratista deberá cumplimentar lo dispuesto a estos efectos en el Anexo III del Pliego de Prescripciones Técnicas. Con carácter previo al inicio de las prestaciones, se verificará por el Area de Régimen Interior la correcta presentación de esa documentación por el adjudicatario. POSIBILIDAD DE MODIFICAR EL CONTRATO: Sí. CONDICIONES: Por necesidades del Área de Acción Social e Igualdad, se podrá solicitar la ampliación, modificación y reducción del horario y/o prestación del servicio, atendiendo a razones de interés público y/o debido causas imprevistas. Dichas ampliaciones, modificaciones o reducciones del servicio podrán afectar como máximo al 20 % del presupuesto máximo anual de licitación. Las ampliaciones, modificaciones y reducciones se deberán llevar a cabo siguiendo el procedimiento previsto en la ley. La empresa adjudicataria deberá hacerse cargo de las indemnizaciones que correspondan al personal a adscribir al servicio y que, en su caso, puedan derivarse de la modificación del servicio contratado, conforme a los arts. 52 y 53 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o resulten de la modificación legal de dichos preceptos. SUBROGACIÓN DE PERSONAL: El adjudicatario tendrá la obligación de subrogar al personal que se incluye en el Anexo al Pliego de Condiciones Técnicas, en los términos previstos en los Convenios Colectivos que resulten aplicables. Página 5 de 6

6 ORGANO DE CONTRATACION: La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Santurtzi, sin perjuicio de las delegaciones conferidas a favor de la Junta de Gobierno Local y de la Concejala Delegada de Acción Social e Igualdad mediante los Decretos de Alcaldía nº 1735, de 5 de octubre de 2015, y 1752, de 7 de octubre de 2015, respectivamente. PERFIL DE CONTRATANTE: en la página web: www.santurtzi.net RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN: No. 22.- Nº DE EXPEDIENTE: 21/2015. Santurtzi, a de octubre de 2015 Página 6 de 6