CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación



Documentos relacionados
MODELO DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS CONCESIÓN DE LICENCIA DE AUTO-TURISMO

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONCESIÓN DE UNA LICENCIA DE TAXI

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONCESIÓN DE UNA LICENCIA DE TAXI

Centro de Discapacitados Psíquicos Fahala

INSTRUCCIONES INTERNAS DE CONTRATACIÓN DE LA FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DE CASTILLA LA MANCHA

V. OTRAS DISPOSICIONES

Primera.- OBJETO Y NORMATIVA DE APLICACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CLÁUSULA SEGUNDA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN

BASES REGULADORAS AYUDAS A LA COMPRA DE LA PRIMERA VIVIENDA PARA JÓVENES

1. Nombre completo de la persona física solicitante con copia del NIF o N.I.E. del solicitante.

Segundo.- Naturaleza, Régimen jurídico y Bases reguladoras de la Convocatoria.

de noviembre, de protección a las familias numerosas, y ello con la finalidad de ayudar

Ayuntamiento de Gumiel de Izán (Burgos)

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES.

Podrán acogerse a esta convocatoria de ayudas todos los jóvenes de Ejea de los Caballeros que reúnan los siguientes requisitos:

ENAJENACION DE BIEN PATRIMONIAL. VENTA DE SOLAR SITO EN C/ CANO DE RUEDA 22 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES

AYUNTAMIENTO DE BÁGUENA (Teruel)

Ayuntamiento de Torredonjimeno

INSTRUCCIONES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SOMETIDOS A REGULACIÓN ARMONIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA BOLETÍN OFICIAL


PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ENAJENACIÓN DE PARCELAS CORRESPONDIENTES AL SECTOR S.14.R RINCON DE LA PILA.

CONDICIONES TÉCNICAS A LAS QUE DEBE ACOMODARSE EL ADJUDICATARIO DEL SERVICIO ACTIVIDAD FÍSICA ADULTOS DE YOGA CURSO ESCOLAR

NORMAS A APLICAR EN LAS CONTRATACIONES QUE REALICE LA ENTIDAD CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

ADMINISTRACIÓN LOCAL

ORDENANZA NÚMERO 37 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA I.

DE PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGULA LA ADJUDICACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE LOS LOCALES DEL CENTRO COMERCIAL LA PLAZA DE PAYMOGO (HUELVA)

ANUNCIO CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AZAFATOS/AS PARA EVENTOS CULTURALES Y OTROS EN ARÉVALO BASES

EXCMO. AYUNTAMIENTO DEOLIVA DE LAFRONTERA

Ayuntamiento de Yecla Becas y Subvenciones

1.- OBJETO DEL CONTRATO

PLIEGO DE CONDICIONES P A R T I C U L A R E S PARA LA CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE RECEPCION 2. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

ANUNCIO DE ADJUDICACIÓN

4.PAGO DEL PRESENTE CONTRATO.El pago se hará efectivo en metálico en una sola vez en el momento de la formalización del contrato de compraventa.

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONOMICAS DESTINADAS A FAMILIAS NUMEROSAS DE CATEGORIA ESPECIAL DEL MUNICIPIO DE GETAFE PARA EL AÑO 2015.

BASES PARA LA ASIGNACION DE ESPACIOS EN EL EDIFICIO SEDE DEL MIND, SUJETO A ESTAS REGLAS Y CONDICIONES Y LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CIVIL

BASES GENERALES PARA LA SELECCIÓN DE UN PINTOR COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ARÉVALO (AVILA)

A AJUNTAMENT DE BURJASSOT

B A S E S D E L A C O N V O C A T O R I A

BASES PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE DIRECTOR GENERAL DE LA ASESORIA JURÍDICA

ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS.

Número 134 / Martes 14 de Julio de ANUNCIO. Adjudicación de licencias de Auto-turismos

ANEXO I FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

BOLETÍN Nº 1-2 de enero de 2012

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

PLAN SOCIAL PARA FOMENTO DEL EMPLEO DE DESEMPLEADOS DEL MUNICIPIO DE ANDILLA QUE SE ENCUENTRE EN UNA DIFICIL SITUACION ECONOMICA.

Ayuntamiento de La Puebla de Arganzón

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA.

Enajenación Nave Industrial Nº17 Vivero de Empresas. Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares 1ª.- OBJETO

ANUNCIO. Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015.

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LA ACCION CULTURAL PARA ASOCIACIONES

Ayuntamiento de Palencia

IV. Administración Local

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE CONTADORES DE CONSUMO DE AGUA PARA EL EJERCICIO 2015

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA A DOMICILIO Y SERVICIO DE TELEASISTENCIA.

XXVI CONCURSO DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA TEMAS MUDÉJARES Y MORISCOS 2015

Para ser beneficiarios de las ayudas contempladas en las presentes bases, los solicitantes habrán de cumplir con los siguientes requisitos:

GESTIÓN DE VIVIENDAS DE PROTECCIÓN PÚBLICA

TÍTULO SEGUNDO- ACTIVIDADES SOMETIDAS A RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN CAPÍTULO I- PROCEDIMIENTO COMUNICACIÓN

NORMAS QUE REGIRAN EL PROCESO SELECTIVO PARA CREAR UNA BOLSA DE EMPLEO DE TECNICO DE SALUD PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES

CONVOCATORIA DE AYUDAS CON CARGO AL FONDO SOCIAL DE ESTUDIANTES DE LA UAM CURSO 2015/16

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO

M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

MADRID CAPÍTULO III. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. SECCIÓN I. REDUCCIONES DE LA BASE IMPONIBLE.

PLIEGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR LA SUBASTA DEL LOCAL DE CALLE BARDENAS REALES, BLOQUE PRIMERO, NÚMERO UNO, PROPIEDAD DE ANDACELAY S.L.

Expedient núm.001/2012 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADQUISICIÓN DE UN BEADCHIP DE EXOMA HUMANO

BASES ESPECÍFICAS QUE REGULAN LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN A JÓVENES DESEMPLEADOS DEL MUNICIPIO DE MONOVAR.

ANEXO. SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes: 1.- Los aspirantes para ser admitidos deberán reunir los siguientes

BECAS MUNICIPALES DE GUARDERÍA

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de 8 becas en las siguientes áreas de actividad :

AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ)

En particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones:

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación

2. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

Para el contrato de suministro y para el contrato de servicios, euros.

CONVOCATORIA PARA SUBVENCIONAR ACTIVIDADES CULTURALES DE LANGREO/LLANGREU

Artículo 2º.- Ámbito de aplicación.

CÁCERES (IMAS) EDICTO

PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL CON LA CATEGORÍA DE MONITOR DEPORTIVO

El artículo 4 del citado Real Decreto, relativo a la adquisición de especialidades, establece:

BASES CONVOCATORIA CONCURSO PÚBLICO BECA DE PRÁCTICAS PARTENALIA-UE

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.

BASES DEL AYUNTAMIENTO DE L ALCORA PARA LA CONCESIÓN DE 2 BECAS DE FORMACIÓN EN EL EJERCICIO 2015

BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PAÍSES DEL LLAMADO TERCER MUNDO EN EL AÑO 2015

INSTRUCCIONES INTERNAS DE EL SABINAR SOCIEDAD MUNICIPAL S.L. EN MATERIA DE CONTRATACION PARA LOS CONTRATOS NO SUJETOS A REGULACIÓN ARMONIZADA

La concesión del número concreto en cada una de las áreas queda supeditado al perfil de los solicitantes de esta convocatoria.

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.

Descripción de las principales funciones y tareas:

III.- RENTA DE REFERENCIA PARA EL CÁLCULO DE LA APORTACIÓN DEL USUARIO AL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE NOVETLÈ EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA LA DIPU TE BECA.

BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES ASOCIACIONES CULTURALES DEL ÁMBITO TERRITORIAL DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.

PLIEGO DE CONDICIONES QUE RIEGEN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE NAVES INDUSTRIALES EN CHAPINERÍA, MADRID

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA

Con objeto de proveer las vacantes existentes y las sustituciones que pueden producirse del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

Cláusula Segunda.- Procedimiento de Selección y Adjudicación.

SEGUNDA: REQUISITOS. TERCERA: EXCLUIDOS CUARTA: FINANCIACIÓN QUINTA: SOLICITUDES

Transcripción:

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRAN LA ENAJENACION DE UN SOLAR DE TITULARIDAD MUNICIPAL SITO EN R-7 CAMINO DE GILENA,MEDIANTE CONCURSO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION, CON DESTINO A JOVENES DE LA LOCALIDAD.- CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación Constituye el objeto del contrato la enajenación por este Ayuntamiento mediante procedimiento abierto, Concurso, varios criterios de adjudicación, de UN SOLAR,calificados como bien patrimonial, de propiedad municipal cuyas características, linderos, aprovechamientos y servidumbres se detallan en el Anexo I de este Pliego. El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación La forma de adjudicación será el procedimiento abierto, en el que todo interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Para la valoración de las proposiciones se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 134.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y con lo establecido en la cláusula octava del presente Pliego. CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.aguadulce.es CLÁUSULA CUARTA. Tipo de Licitación El tipo de licitación es el de 19.670,10 parcela nº 24 ( 173,00 m2) El precio resultante se abonará en el momento de adjudicación definitiva del contrato y previamente a la formalizacion de las escrituras de compraventa.- CLÁUSULA QUINTA. Órgano de Contratación A la vista del importe del contrato que asciende a 33.314,10 euros, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de

octubre, de Contratos del Sector Público, será la Alcaldía, puesto que dicho importe no supera el 10% de los recurso corrientes del presupuesto vigente 2.011 ( 152.306 ).- CLÁUSULA SEXTA. Capacidad Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. ASIMISMO Y A LA VISTA DE LAS NECESIDADES PUESTAS DE MANIFIESTO EN EL EXPEDIENTE, LOS INTERESADOS DEBERÀN ACREDITAR LA CONDICION DE PERTENECER AL COLECTIVO JOVEN DE LA LOCALIDAD ( ENTRE 18 Y 35 AÑOS a la fecha de presentacion de solicitud.- CLÁUSULA SÉPTIMA. Acreditación de la Aptitud para Contratar La prueba por parte de los solicitantes de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, podrá realizarse mediante declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. CLÁUSULA OCTAVA. Criterios de Adjudicación Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación: Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán 1.-CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS DEL/A SOLICITANTE... Máx. 150 puntos 2.-CIRCUNSTANCIAS PERSONALES DEL/A SOLICITANTE... Máx. 125 puntos 3.-CIRCUNSTANCIAS FAMILIARES... Máximo100 puntos 4.- SITUACIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR... Máximo 75 puntos 1. CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS Máx 150 ptos Coeficiente de dividir los ingresos totales de la unidad familiar por el nº de miembros computables.- COEFICIENTE PUNTOS De 0,80 a 1,00 veces el SMI... 150 puntos De 1,1 a 1,30 veces el SMI... 125 puntos De 1,31 a 1,50 veces el SMI... 100 puntos De 1,51 a 1,70 veces el SMI.....50 puntos De 1,71 a 1,90 veces el SMI.....25 puntos Más de 1,90 veces el SMI... 0 puntos

2. CIRCUNSTANCIAS PERSONALES SOLICITANTE. Se valorarán todas aquellas circunstancias que concurran con un tope máximo de 125 puntos. Tener Reconocimiento minusvalía superior al 35%...50 puntos. (No tener más de un 45% de minusvalía psíquica). Encontrarse en situación de desempleo sin subsidio ni pensión...50 puntos. Encontrarse en desempleo con subsidio o pensión.25 puntos. Tener incapacidad permanente de la Seg. Social...50 puntos. 3.- CIRCUNSTANCIAS FAMILIARES. Se valoraran todas aquellas circunstancias que concurran en la unidad familiar del solicitante con un tope máximo de 100 puntos. Por ser familia monoparental 50 puntos. Por ser familia numerosa de 1º grado.50 puntos. Por ser familia numerosa de 2º grado.75 puntos. Por cada familiar discapacitado psíquico, físico o impedido que conviva permanentemente en el domicilio de la unidad familiar 25 puntos. Por ascendiente que conviva con el solicitante. 25 puntos. Por cada descendiente mayor de 18 años que conviva en la misma unidad familiar en situación de desempleo..25 puntos. 4. SITUACIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR: (Se valorará sólo una de las siguientes situaciones).-máximo 50 puntos. A.- Encontrarse en convivencia con otra unidad familiar y tener cargas familiares...50 puntos. B.- Habilitar una vivienda a título de inquilino, siempre que la renta de la misma durante el último año esté afectada por alguna de las siguientes situaciones...50 puntos. PORCENTAJE DEL ALQUILER NIVEL DE INGRESOS TOTALES ANUAL SOBRE INGRESOS Hasta 0,8 SMI 0,81 a 1,49 1,5 a 2,5 Hasta 20 % 50puntos 40puntos 30puntos De 21% a 25% 60puntos 50puntos 45puntos De 26% a 30% 70puntos 60puntos 50puntos Más de 30% 75puntos 70puntos 65puntos ACLARACIONES Se considera miembros de la Unidad Familiar (U.F), a efecto de cálculo de ingresos económicos, a los familiares de primer grado del solicitante (padres, madres, hijos, hermanos y/o cónyuges) que se encuentren empadronados en el mismo municipio y no tengan otra unidad familiar constituida.-las familias monoparentales así como las reestructuradas en convivencia, y los solicitantes que convivan con familiares hasta el primer grado de consanguinidad directa o colateral (padres y/o hermanos).-

El cumplimiento de los requisitos y/o criterios de valoración han de estar justificados documentalmente. El SMI para el año 2010 se establecía en 7.599,60 ANUAL Los casos de igualdad se dirimirán dando prioridad a quienes tengan mayor número de familiares a su cargo y si persistiese la misma a favor de quién acredite menores ingresos económicos. Las igualdades ulteriores que se produzcan se resolverán por sorteo. CLÁUSULA NOVENA. Presentación de Proposiciones Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Aguadulce en horario de atención al público, dentro del plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento.- Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.- La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en DOS SOBRES CERRADOS, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar la enajenación del bien inmueble patrimonial sito en SECTOR R-7 CAMINO DE GILENA, PARCELA Nº..». La denominación de los sobres es la siguiente: Sobre «A»: Documentación Administrativa. *Fotocopia compulsada D.N.I solicitante.- *certificado de empadronamiento en el Municipio (dos años continuados) y de convivencia. * Declaración responsable de no estar incurso en ninguna prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación.- Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable SOBRE «B»

PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE a) Proposición económica. Se presentará conforme al siguiente modelo: «D., con domicilio a efectos de notificaciones en, c/, n.º, con DNI n.º, enterado del expediente para la enajenación del bien inmueble patrimonial solar nº,,,,,,,,,,,,,,,,,,,sito en Sector R-7 Camino de Gilena, por concurso, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros En, a de de 20. Firma del licitador, Fdo.:». b) Documentos relativos a los criterios de valoración.- *Certificado municipal de bienes a su nombre.- *Declaracion jurada suscrita por el solicitante de no poseer ninguna vivienda en el resto del territorio nacional.- *Ultima declaración de la renta del solicitante, asi como de los miembros componentes de la unidad familiar, según certificado municipal, mayores de 16 años o en su caso, certificado de no presentacion de declaración de la renta y justificante de los ingresos obtenidos ( subsidios, desempleo.).- *Fotocopia compulsada de contrato de alquiler, si lo hubiere.- CLÁUSULA DÉCIMA. Mesa de Contratación.- La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:

Dª Isabel E. Ortiz Fernandez, que actuará como Presidente de la Mesa. Dª Elia Marquez Machuca Vocal (Secretaria de la Corporación). D.Juan Jesús Garcia Diaz Vocal D. Jose Antonio Reyes Jiménez, Vocal. Dª.Carmen E. Fernandez Giraldez,(ADJ) Vocal. Representante Grupo IULVCA, Vocal. Representante grupo PP, Vocal D.Jose Manuel Borrego Ramos, que actuará como Secretario de la Mesa. CLÁUSULA DUODÉCIMA. Apertura de Proposiciones La Mesa de Contratación se constituirá el segundo día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 12,00 horas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos. Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contienen los criterios de adjudicación.- Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego. CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Requerimiento de Documentación Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes.- A la vista de la valoración de los criterios, la Mesa de Contratación propondrá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa y obtenga mayor puntuación en el Baremo.- El órgano de contratación requerirá al licitador que haya obtenido mayor puntuación para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.- CLÁUSULA DÉCIMOCUARTA. Adjudicación del contrato Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante y tablón de anuncios.

La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.. CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Formalización de las Escrituras.- El contrato se formalizará en Escritura pública ante Notario designado por el Ayuntamiento en el plazo máximo de treinta dias naturales contados desde el dia siguiente a la notificación de la adjudicación.- Seràn satisfechos por el adjudicatario adquirente del solar los gastos notariales inherentes al otorgamiento de la escritura de compraventa y posteriores, así como los de inscripción en el Resgistro de la Propiedad y los derivados de tributos ( tasas e impuestos ) de cualquier naturaleza que se originen.- El adjudicatario se obliga a construir sobre la parcela adquirida una vivienda unifamiliar con cumplimiento de la normativa urbanística municipal vigente y destinarla a vivienda habitual.- El comprador además deberà ocupar la vivienda dentro del plazo maximo de 1 desde la concesión de la Licencia Municipal de Primera Ocupación, plazo que podrà porrogarse acreditando causa justificada a juicio del Ayuntamiento.- El adjudicatario se obliga a solicitar licencia municipal de obras en el plazo maximo de 1 año contado desde el otorgamiento de la escritura.- Las obras de edificación deberàn iniciarse dentro de un plazo maximo de 1 año a contar desde el fin del anterior, y obtener la licencia de primera ocupación dentro del plazo de otros tres años a contar desde el fin del anterior,, esto es, cinco años maximo desde el otorgamiento de escrituras.- CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Condiciones resolutorias y Reserva de derecho de retracto y tanteo.- Régimen Jurídico del Contrato Las partes elevan las anteriores obligaciones a carácter de condicion resolutoria expresa establecida en beneficio del Ayuntamiento de Aguadulce ( Sevilla ) por lo que su incumplimiento constituirà causa de reversión de la propiedad del solar a favor del Ayuntamiento con devolución del precio pagado por el solar con aplicación de los siguientes porcentajes: -A partir del primer año tras la finalizacion del plazo indicado devolucion del precio integro abonado al Ayuntamiento.- -A partir del 2º año reduccion 10% -A partir del 3ºaño reduccion del 20% -A partir del 4ºaño reduccion del 30%.A partir del 5º año reduccion del 40% -A partir del 6º en adelante reduccion del 50% Será igualmente obligación de los compradores ejecutar a su costa las obras de reparación de los desperfectos que causen en la Urbanización de la calle como consecuencia de la ejecución de la vivienda.-

El comprador se obliga a no transmitir a terceros la finca objeto de este pliego en tanto no esté terminada la vivienda, sin previa y expresa autorización del Ayuntamiento, que la concederá siempre que estime que existe causa justificada y que se excluya el ánimo especulativo.- No se considera transmisión la aportación de la finca a la sociedad de gananciales del comprador.- El Ayuntamiento de Aguadulce (Sevilla) se reserva el derecho de tanteo y retracto sobre la parcela durante un plazo de quince años contados desde la fecha de la firma de escrituras.- CLÁUSULA DECIMONOVENA. Régimen Jurídico del Contrato Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y el Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y la normativa patrimonial administrativa, así como sus disposiciones de desarrollo, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 30/2007 y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato. En Aguadulce a 22 de Septiembre de 2011.- La Alcaldesa Fdo.: Isabel E. Ortiz Fernanadez

ANEXO I. Descripción de los Bienes Objeto de Enajenación SOLAR Nº 24 Situación: C/Mediterráneo 3 Superficie : 173 m2 Valoración técnica: 113,70 /m2 = 19.670,10

ANUNCIO LICITACION ENAJENACION UN SOLAR MUNICIPAL SITO EN SECTOR R-7 CAMINO DE GILENA MEDIANTE CONCURSO VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION ( JOVENES).- SOLAR Nº 24 Situación: C/Mediterráneo 3 Superficie : 173 m2 Valoración técnica: 113,70 /m2 = 19.670,10 (IVA no incluido)