JORNADA TECNICA SOBRE LA GESTION MUNICIPAL DE LA ENERGIA, EL CAMBIO CLIMATICO Y LA SOSTENIBILIDAD: EL PAPEL DE LA INGENIERIA SEVILLA, 4 DE JULIO DE 2013 Ordenanza para la Gestión de la Energía, el Cambio Climático y la Sostenibilidad de Sevilla PROCEDIMIENTO PARA LA CALIFICACIÓN Y CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA Graciano Carmona Vázquez Graciano Carmona Vázquez. Ingeniero Industrial. Coordinador Técnico. Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Parques y Jardines 1
Antecedentes. Ordenanza para la Gestión Local de la Energía de Sevilla (julio de 2002) CTE (marzo de 2006) Prescripciones Técnicas para las instalaciones Solares Térmicas de la Junta de Andalucía (abril de 2007) Ordenanza para la Gestión de la Energía, el Cambio Climático y la Sostenibilidad de Sevilla (octubre 2012) 2
Una importante diferencia entre ambas Ordenanzas!! Ordenanza para la Gestión Local de la Energía de Sevilla SOLO DE GESTION DE LA ENERGÍA!! REGLAMENTO INTERNO ENERGÍA SOLAR TÉRMICA CALIFICACIÓN ENERGÉTICA (CEV) MOVILIDAD Ordenanza para la Gestión de la Energía, el Cambio Climático y la Sostenibilidad de Sevilla GESTION INTEGRAL DE LA SOSTENIBILIDAD!! ENERGÍA SOSTENIBILIDAD CAMBIO CLIMÁTICO 3
Qué dice la nueva Ordenanza en relación con la conformación de proyectos energéticos? Calificación y Certificación Energética. (Art. 16) A partir de lo establecido por el Código Técnico de la Edificación (CTE): En cuanto al HE 1: el técnico competente acreditará la calificación energética del edificio (como mínimo C para la envolvente edificatoria), que conformará la Agencia como requisito previo a la solicitud de la Licencia de Obra. En cuanto al HE 4 y al HE 5 del CTE, la Agencia establecerá los criterios adicionales a aplicar. 4
Qué dice la nueva Ordenanza en relación con la conformación de proyectos energéticos? Calificación y Certificación Energética. (Art. 17) La Certificación podrá ser otorgada mediante comprobaciones in situ o a través de la declaración responsable del técnico competente redactor del proyecto. Esta Certificación, emitida por la Agencia, es requisito necesario previo para la obtención de la Licencia de Primera Ocupación. 5
Cómo era el procedimiento hasta ahora? 6
Cómo será el nuevo procedimiento? 7
Definiendo el nuevo procedimiento: Ideas de partida. Máxima simplificación del procedimiento para el técnico. Máxima simplificación para la AESS. Adopción de documentos y herramientas ya existentes DECLARACIÓN RESPONSABLE CERTIFICADO ANDALUZ DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PROCEDIMIENTO SIMILAR AL SEGUIDO PARA LICENCIAS DE ACTIVIDAD Ámbito de aplicación: edificios de nueva planta o reformas integrales. 8
Requisitos técnicos mínimos a exigir CALIFICACIÓN ENERGÉTICA: Mínimo C en la demanda energética (epidermis) HE1 (LIDER, CALENER, CTE) 9
Requisitos técnicos mínimos a exigir ENERGÍA SOLAR TÉRMICA PARA ACS: Fracción Solar > 70% si la energía auxiliar es efecto Joule. Se prohíbe el gasoil y el fueloil como Energ. Aux. Energía auxiliar conectada en el circuito de consumo (nunca retorno al primario). Para instalaciones comunitarias: interacumulación distribuida con Energ. Aux. en cada vivienda. Para locales sin uso definido en el proyecto: la demanda se calculará a partir de 8 personas por cada 200 m 2. 10
Documentos del procedimiento Modelo de Declaración Responsable. Certificado técnico de ajuste de la actuación a su tramitación mediante Declaración Responsable. Certificado de Eficiencia Energética de Edificio. Certificado de exención (para aquellos casos que proceda la misma) Divulgación a los técnicos: Circulares a través de los Colegios Profesionales, Web, Jornadas, etc 11
Mapa del procedimiento 12