COMENTARIOS A LA JUSTIFICACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN
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- Joaquín Cárdenas Navarrete
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1 COMENTARIOS A LA JUSTIFICACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN La Certificación de Eficiencia Energética de los edificios es una exigencia derivada de la Directiva 2002/91/CE, que se transpone parcialmente al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, y publicado en el BOE nº 27, de 31 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de edificios de nueva construcción (para los edificios existentes está previsto la elaboración de otro Real Decreto antes de enero de 2009). En el CTE, Parte I, Anejo I "Contenido del Proyecto", no se señala el Certificado de Eficiencia Energética del Proyecto como un documento necesario del Proyecto Básico con el que, según el CTE Parte I, artículo 6.1.3, puede solicitarse la Licencia Municipal de Obras, y sí como documento del Proyecto de Ejecución. El Certificado de Eficiencia Energética del Proyecto debe ser un documento que se incorpora al Proyecto de Ejecución y será suscrito por el proyectista del edificio o por el proyectista de sus instalaciones térmicas. El R. D. 47/2007 establece textualmente: Disposición transitoria primera. Edificios y proyectos a los que no se aplicará el real decreto. No será de aplicación este real decreto: a) A los edificios que a la entrada en vigor de este real decreto estén en construcción, ni a los proyectos que tengan solicitada licencia de obras. b) A los proyectos supervisados y aprobados por las Administraciones públicas competentes o visados por colegios profesionales antes de la fecha de entrada en vigor de este real decreto, siempre que la licencia legalmente exigible se solicite en el plazo de un año a partir de la referida fecha de entrada en vigor. Este real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE núm 27 de miércoles 31 de enero de 2007). Además Disposición transitoria segunda. Periodo transitorio. La aplicación del Procedimiento básico que se aprueba por este real decreto será de carácter voluntario durante un período de seis meses a contar desde su fecha de entrada en vigor. A partir de esa fecha será de obligatoria aplicación. COMENTARIOS A LA JUSTIFICACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN Página 1 de 8
2 REGISTRO GENERAL DE DOCUMENTOS RECONOCIDOS PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA. De acuerdo con el artículo 3 del citado R. D., y con el fin de facilitar el cumplimiento de este Procedimiento Básico, se crea el Registro General de Documentos Reconocidos para la Certificación de Eficiencia Energética, con carácter público e informativo y adscrito a la Secretaría General de Energía, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. COMISIÓN ASESORA PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA. Así mismo, en el artículo 14 del mismo R. D., se crea la Comisión asesora para la Certificación de Eficiencia Energética de edificios como órgano colegiado de carácter permanente que depende orgánicamente de la Secretaría General de Energía del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. CERTIFICADO Y ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA. Según los artículos 5 y 6 del R. D. se redactará el Certificado de Eficiencia Energética y, mediante una etiqueta de Eficiencia Energética, se asignará a cada edificio una Clase Energética de Eficiencia que variará, desde la clase A para los energéticamente más eficientes a la clase G para los menos eficientes. Los Certificados de Eficiencia Energética son dos: Certificado de Eficiencia Energética de proyecto, que según el CTE, Parte I, Anejo I Contenido del Proyecto, no aparece entre los documentos mínimos exigibles a un Proyecto Básico con el que puede solicitarse la licencia municipal de obras. Este certificado es un documento que se incorpora al Proyecto de Ejecución y será suscrito por el redactor del proyecto del edificio o por el redactor del proyecto parcial de sus instalaciones térmicas. Certificado de Eficiencia Energética de edificio terminado: se realizará durante la ejecución de la obra mediante la aplicación de métodos y pruebas que aún no se han definido con precisión y será suscrito por la dirección facultativa y entregado al promotor o propietario que deberá hacerlo llegar a la entidad correspondiente de la Comunidad Autónoma a fin de que quede registrado. El Certificado de Eficiencia Energética del edificio terminado se incorporará al Libro del Edificio y tendrá una validez de 10 años, pasados los cuales habrá que proceder a su renovación. Aún quedan varios aspectos del R. D. pendientes de desarrollo, lo que puede afectar al establecimiento de las competencias profesionales, habida cuenta de que este R. D. parte del Ministerio de Industria. DETERMINACIÓN DE LA CLASE DE EFICIENCIA ENERGÉTICA La determinación de la Clase de Eficiencia Energética correspondiente a un edificio puede realizarse empleando dos opciones: COMENTARIOS A LA JUSTIFICACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN Página 2 de 8
3 La opción general, de carácter prestacional, a través del programa informático de referencia denominado CALENER, promovido por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través del IDAE y de la Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda del Ministerio de Vivienda, y que cumple los requisitos exigidos en la metodología de cálculo dada en el RD 47/2007. Este programa cuenta con dos versiones: CALENER_VYP, para edificios de Viviendas y del Pequeño y Mediano Terciario (Equipos autónomos), y CALENER_GT, para grandes edificios del sector terciario. Actualmente esta opción es de muy difícil utilización debido al irregular funcionamiento de las dos versiones, hoy en día únicos Documentos Reconocidos por el Ministerio. La utilización de programas informáticos distintos a los anteriormente señalados está sujeta a la futura aprobación de los mismos por parte de la Comisión Asesora para la Certificación de Eficiencia Energética. La opción simplificada, de carácter prescriptivo y que desarrolla la metodología de cálculo del Anexo I del R. D. 47/2007 de una manera indirecta. Consiste en la obtención de una Calificación de Eficiencia Energética a partir del cumplimiento, por parte del edificio, de unas prescripciones relativas tanto a la envolvente del edificio como a los sistemas térmicos de calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria e iluminación. El conjunto de estas prescripciones se denomina solución técnica. Para la utilización de esta opción simplificada es necesaria la proposición de soluciones específicas que tendrán la consideración de documentos reconocidos previa aprobación de los mismos por parte de la Comisión Asesora para la "Certificación Energética" de edificios. Actualmente, en la página web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio /Reconocidos/Otros, figura el documento " Simplificada para la Calificación de Eficiencia Energética de edificios de viviendas", documento que establece un procedimiento simplificado para determinar la calificación de eficiencia energética correspondiente a los edificios de viviendas que cumplen estrictamente con la opción simplificada de CTE HE 1. Además, y según especifica en su interior el propio documento deben cumplirse los requisitos de CTE HE 2 y los porcentajes previstos en CTE HE 4. La asignación directa de Clase de Eficiencia D o E se realiza según un conjunto de tablas que contienen una serie de opciones según las distintas zonas climáticas. Cada opción constituye una solución técnica que incluye un conjunto alternativo de combinaciones posibles de los siguientes parámetros característicos: COMENTARIOS A LA JUSTIFICACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN Página 3 de 8
4 a) Compacidad c, expresada en m, como relación entre el volumen V encerrado por la envolvente térmica y la suma S de las superficies de dicha envolvente. c=v/s [m] b) Rendimiento del equipo generador de calefacción expresado por su Clase Energética: con el sistema de estrellas para las calderas según el R. D. 275/1995, de 24 de febrero, por el que se dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 92/42/CEE, relativa a los requisitos de rendimiento para las calderas nuevas de agua caliente alimentadas con combustibles líquidos o gaseosos, modificada por la Directiva 93/68/CEE del Consejo, o con el sistema de letras para las bombas de calor según el R. D. 142/2003, de 7 de febrero, por el que se regula el etiquetado energético de los acondicionadores de aire de uso doméstico. c) Tipo de combustible de la instalación de calefacción, distinguiendo entre: GN: Gas Natural. LIQ: Combustible líquido (típicamente gasóleo). GLP: Gases licuados de petróleo (butano y propano). d) Rendimiento del equipo generador de refrigeración, expresado por su Clase Energética, con el sistema de letras según el R. D. 142/2003. e) Rendimiento del equipo generador de agua caliente sanitaria, expresado por su Clase Energética, con el sistema de estrellas según el R. D. 275/1995. A continuación se incluyen cuatro tablas, dos con las opciones de soluciones técnicas para viviendas unifamiliares y otras dos con las opciones para bloques de viviendas (para Madrid» CTE HE 1» apartado 3.3.1» Apéndice D» Tabla D.1» zona climática D1, D3 ó E1). (Notas al pie de las citadas tablas) El edificio obtendrá la clase de eficiencia E si: los parámetros característicos del edificio no permiten su inclusión en alguna de las opciones propuestas, o alguno de estos parámetros queda reflejado en cualquiera de las tablas mediante un símbolo. COMENTARIOS A LA JUSTIFICACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN Página 4 de 8
5 Tabla 2. Opciones de obtención de clase D para viviendas unifamiliares en las zonas B3 y D3 CONCEPTO Envolvente térmica Instalación de calefacción Instalación de refrigeración Instalación de ACS 1 OPCIONES DE OBTENCIÓN DE CLASE D Compacidad c en m c 2 c 2 c 2 c < 2 c < 2 c < 2 Bomba de calor Aparatos Divididos Bomba de calor Aparatos Compactos Bomba de calor Aparatos Conducto Único Caldera individual Caldera individual mixta con Caldera individual mixta sin Caldera eléctrica efecto Joule Rendimiento del generador Aire/Aire Aparatos Divididos Rendimiento del generador Aire/Aire Aparatos Compactos Rendimiento del generador Aire/Aire Aparatos Conducto Único Caldera sin Caldera con Caldera eléctrica efecto Joule F Todos Todos D F F F Todos Todos C F F D F F B D D Todos Todos D Todos A Todos Todos Todos C Todos A Todos Todos Todos A Todos Todos * * Notas. En caso de que los parámetros característicos del edificio no permitan su inclusión en alguna de las opciones propuestas, el edificio obtendrá la clase de eficiencia E. Cuando alguna de estos parámetros quede reflejado en cualquiera de las tablas mediante un símbolo, el edificio obtendrá la clase de eficiencia E. Página 5 de 8
6 Tabla 3. Opciones de obtención de clase D para viviendas unifamiliares en las zonas D1 y E1 CONCEPTO OPCIONES DE OBTENCIÓN DE CLASE D 1 2 Envolvente térmica Compacidad c en m c 2 c < 2 Instalación de calefacción Bomba de calor Aparatos Divididos Bomba de calor Aparatos Compactos Bomba de calor Aparatos Conducto Único Caldera individual Caldera individual mixta con Caldera individual mixta sin Caldera eléctrica efecto Joule Todos Todos F F F D Instalación de refrigeración Rendimiento del generador Aire/Aire Caldera sin Instalación de ACS Caldera con Caldera eléctrica efecto Joule Notas. En caso de que los parámetros característicos del edificio no permitan su inclusión en alguna de las opciones propuestas, el edificio obtendrá la clase de eficiencia E. Cuando alguna de estos parámetros quede reflejado en cualquiera de las tablas mediante un símbolo, el edificio obtendrá la clase de eficiencia E. Página 6 de 8
7 Tabla 10. Opciones de obtención de clase D para bloques de viviendas en las zonas D2 y D3 CONCEPTO Envolvente térmica Instalación de calefacción Instalación de refrigeración Instalación de ACS 1 OPCIONES DE OBTENCIÓN DE CLASE D Compacidad c en m c 2.5 c 2.5 c 2.5 c < 2.5 c < 2.5 Bomba de caloraparatos Divididos Bomba de caloraparatos Compactos Bomba de caloraparatos Conducto Único Caldera individual Caldera individual mixta con Caldera individual mixta sin Caldera centralizada Caldera centralizada mixta Caldera eléctrica efecto Joule Rendimiento del generador Aire/Aire Aparatos Divididos Rendimiento del generador Aire/Aire Aparatos Compactos Rendimiento del generador Aire/Aire Aparatos Conducto Único Caldera sin Caldera con Caldera centralizada mixta Caldera eléctrica efecto Joule D Todos Todos D D C Todos Todos C C B F F B B Todos D Todos A Todos Todos C Todos Todos Todos A Todos Todos Notas. En caso de que los parámetros característicos del edificio no permitan su inclusión en alguna de las opciones propuestas, el edificio obtendrá la clase de eficiencia E. Cuando alguna de estos parámetros quede reflejado en cualquiera de las tablas mediante un símbolo, el edificio obtendrá la clase de eficiencia E. Página 7 de 8
8 Tabla 11. Opciones de obtención de clase D para bloques de viviendas en las zonas D1 y E1 CONCEPTO OPCIONES DE OBTENCIÓN DE CLASE D 1 2 Envolvente térmica Compacidad c en m c 2.5 c < 2.5 Bomba de calor Aparatos Divididos Todos D Bomba de calor Aparatos Compactos Todos C Bomba de calor Aparatos Conducto Único F B Caldera individual Instalación de calefacción Caldera individual mixta con Caldera individual mixta sin Caldera centralizada Caldera centralizada mixta Caldera eléctrica efecto Joule Instalación de refrigeración Rendimiento del generador Aire/Aire Caldera sin Instalación de ACS Caldera con Caldera centralizada mixta Caldera eléctrica efecto Joule Notas. En caso de que los parámetros característicos del edificio no permitan su inclusión en alguna de las opciones propuestas, el edificio obtendrá la clase de eficiencia E. Cuando alguna de estos parámetros quede reflejado en cualquiera de las tablas mediante un símbolo, el edificio obtendrá la clase de eficiencia E. Página 8 de 8
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