CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS
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- Joaquín Moreno Cáceres
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1 CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS Introducción y conceptos previos
2 Certificación Energética Edificios La Certificación de eficiencia energética de los edificios es una exigencia derivada de la Directiva 2002/91/CE. Esta Directiva se transpone parcialmente al Esta Directiva se transpone parcialmente al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. Para los edificios existentes está previsto la elaboración de otro R.D. con anterioridad a enero de 2009.
3 Ámbito de aplicación Edificios de nueva construcción, en todos los casos. Modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes, con una superficie útil superior a 1000 m2 donde se renueve más del 25% del total de sus cerramientos. Se excluyen edificaciones abiertas, monumentos protegidos o de culto, construcciones provisionales, etc.
4 Etiqueta de eficiencia energética A cada edificio le será asignada una clase energética, de acuerdo con una escala de siete letras y siete colores que van desde el edificio más eficiente (clase A) al menos eficiente (clase G). La valoración se hará en función del CO2 emitido por el consumo de energía de las instalaciones de calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria (ACS) e iluminación. Así, por ejemplo, un edificio de clase energética A tendrá que reducir sus emisiones de CO2 más del 60%.
5 Etiqueta de eficiencia energética Otras informaciones que aparecen en la etiqueta son: la localidad y zona climática en la que se encuentra el edificio el uso que tiene (residencial, comercial ) el valor numérico del consumo de energía primaria estimado del edificio, expresado en kwh/año y kwh/m2 de superficie las emisiones correspondientes de dióxido de carbono, expresado en kg CO2/año y kg CO2/m2 de superficie.
6 Procedimiento administrativo
7 Certificación de eficiencia energética La certificación de eficiencia energética de un edificio es el proceso por el que se verifica la conformidad de la calificación de eficiencia energética obtenida por el proyecto del edificio y por el edificio terminado y que conduce, respectivamente, a la expedición de un certificado de eficiencia energética del proyecto y de un certificado de eficiencia energética del edificio terminado. Del proyecto Del edificio terminado Certificación
8 El certificado de eficiencia energética del proyecto será suscrito por el proyectista del edificio o del proyecto parcial de sus instalaciones térmicas, y quedará incorporada al proyecto de ejecución. El certificado de eficiencia energética del edificio terminado será suscrito por la dirección facultativa de la obra
9 certificado de eficiencia energética del edificio terminado Identificación del edificio. Indicación de la normativa energética que le es de aplicación en el momento de su construcción. Indicación de la opción elegida, general o simplificada y en su caso programa informático de Referencia o Alternativo utilizado para obtener la calificación de eficiencia energética. Descripción de las características energéticas del edificio, envolvente térmica, instalaciones, condiciones normales de funcionamiento y ocupación y demás datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del edificio. Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta de eficiencia energética. Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo durante la ejecución del edificio con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado de eficiencia energética con el edificio terminado.
10 Durante la fase de ejecución del edificio se realizarán las pruebas, comprobaciones e inspecciones necesarias, con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado de eficiencia energética con el edificio terminado. El certificado de eficiencia energética del edificio terminado debe presentarse, por el promotor o propietario, en su caso, al órgano competente de la Comunidad Autónoma, que podrá llevar un registro de estas certificaciones en su ámbito territorial. Órgano Competente en Asturias: Consejería de Economía y Empleo
11 El certificado de eficiencia energética del edificio terminado se incorporará al Libro del edificio. El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de 10 años. El propietario del edificio es responsable de la renovación o actualización del certificado de eficiencia energética.
12 Etiqueta de eficiencia energética La etiqueta debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio. Deberá figurar siempre, de forma clara e inequívoca en la etiqueta, si se refiere al certificado de eficiencia energética del proyecto o al del edificio terminado.
13 Etiqueta de eficiencia energética Todos los edificios ocupados por la Administración pública o instituciones que presten servicios públicos a un número importante de personas y que, por consiguiente, sean frecuentados habitualmente por ellas, con una superficie útil total superior a m2, exhibirán de forma obligatoria, en lugar destacado y claramente visible por el público, la etiqueta de eficiencia energética. También podrá indicarse la gama de temperaturas interiores recomendadas y manifestar las registradas en cada momento, así como otros factores climáticos e información energética del edificio. Para el resto de edificios la exhibición pública de la etiqueta de eficiencia energética será voluntaria.
14 Cuestiones pendientes A partir del RD 47/ Definición de las pruebas, comprobaciones e inspecciones necesarias Registro Control externo. Falta por desarrollar: Alcance del control externo y el procedimiento a seguir Procedimiento de acreditación de los agentes autorizados. Inspección.
15 Procedimiento técnico
16 Introducción La obtención de la calificación de eficiencia energética de un edificio se puede realizar mediante una de las dos opciones siguientes: a) Opción general, de carácter prestacional b) Opción simplificada, de carácter prescriptivo
17 Opción general Esta opción puede aplicarse a los edificios de viviendas en los que se pretenda lograr una calificación superior a D y es obligatoria para edificios de otros usos. Opción general Programa informático de referencia (CALENER) Programa informático alternativo No existe otro
18 Opción general El programa informático de Referencia (CALENER) La versión oficial de este programa informático se denomina CALENER, y esta disponible al público para su libre utilización. Un programa informático Alternativo Debe cumplir las especificaciones técnicas de la metodología de cálculo. No existe otro
19 Programa informático de referencia (CALENER) CALENER VYP Para edificios de Viviendas y del Pequeño y Mediano Terciario (Equipos autónomos) Basado en LIDER CALENER Para grandes edificios del sector terciario CALENER GT Basado en DOE 2.2
20 Opción simplificada ( inicial ) Los edificios que se limitan a cumplir los requisitos del Código Técnico y no demuestran ningún otro aspecto relativo a sus prestaciones energéticas tienen por defecto la clase E con la excepción de aquellos que están incluidos en alguna de las soluciones técnicas a los que se les asigna que la clase D.
21 Opción simplificada ( Inicial ) Esta opción permite asignar directamente una clase de Eficiencia D ó E a aquellos edificios de viviendas que cumplan : la opción simplificada del DB HE 1 Limitación de la demanda energética el DB HE 4 Contribución solar mínima de ACS el RITE en las instalaciones térmicas HE 1 Limitación de la demanda energética HE 4 Contribución solar mínima de ACS RITE CLASE D o E
22 Opción simplificada a1) Si el edificio y el tipo de instalaciones se ajusta a alguna de las opciones de las tablas de la Opción simplificada, a2) Si el tipo de instalaciones no se ajusta a ninguna de las opciones de las tablas de la Opción simplificada, clase de eficiencia D. clase de eficiencia E.
23 Opción simplificada Bloque de viviendas. Zona C1
24 Opción simplificada Unifamiliares. Zona A3,A4,B4,C3 y C4
25 Situación actual. Nueva construcción CE1 Simplificado inicial CALENER VYP Viviendas CE2 CERMA Simplificados CEE CES Pequeño terciario Gran terciario CALENER VYP CALENER GT NUNCA para viviendas!
26 Procedimientos simplificados Características principales: - Únicamente para edificios de viviendas - No es necesaria la introducción geométrica del edificio - Resultados más conservadores que CALENER - Permiten obtener calificación energética A - Proporcionan información adicional a CALENER En algunos casos, no todos
27 Procedimientos alternativos CTE HE1 Limitación demanda Calificación energética General (LIDER) General (CALENER VYP) Simplificado (fichas y tablas) Simplificado (Ce2, CERMA, CES) Optima Posible
28 Situación actual. Edificios existentes NohasidopublicadoelRealDecreto 26/05/2009: Adjudicación provisional de la contratación de procedimientos de certificación energética para edificios existentes Procedimiento simplificado para viviendas: A la UTE NATURAL CLIMATE SYSTEMS S.A.(MIYABI)- FUNDACIÓN CENER-CIEMAT A la empresa APPLUS NORCONTROL S.L.U Procedimiento simplificado para pequeño y mediano terciario: A la empresa APPLUS NORCONTROL S.L.U. A la UTE NATURAL CLIMATE SYSTEMS S.A.(MIYABI)- FUNDACIÓN CENER-CIEMAT Procedimiento simplificado para gran terciario: A la empresa APPLUS NORCONTROL S.L.U. A la UTE NATURAL CLIMATE SYSTEMS S.A.(MIYABI)- FUNDACIÓN CENER-CIEMAT Procedimiento general para viviendas, pequeño y mediano terciario y gran terciario: No se adjudica por no existir ofertas que superen la puntuación mínima.
29 Situación actual. Edificios existentes LEY DE ECONOMIA SOSTENIBLE Disposición final quincuagésima primera. Autorización al Gobierno para la aprobación del procedimiento básico de certificación energética en edificios existentes. Se autoriza al Gobierno para que, mediante Real Decreto y en elplazo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, apruebe el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética en los edificios existentes establecida en el artículo 83. Dicho desarrollo reglamentario incorporará los supuestos de excepción y los sistemas de certificación previstos en los artículos 4 y 7, respectivamente, de la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios.
30 Situación actual. Edificios existentes Plan de Intensificación del Ahorro y la Eficiencia Energética MEDIDA 15: <<CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA OBLIGATORIA DE EDIFICIOS NO RESIDENCIALES DE MÁS DE 400 kw DE POTENCIA INSTALADA>> Descripción: La Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de los edificios existentes. Además, en este certificado emitido por un técnico competente, se incluirá una relación de las medidas de ahorro y eficiencia energética que son viables técnica y económicamente y que permitan mejorar la calificación energética del edificio. La posterior ejecución de estas medidas es voluntaria para el propietario o titular del edificio. En este sentido, mediante Real Decreto, se completará la transposición de la Directiva 2002/91/CE, en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios existentes, complementando el Real Decreto 47/2007,de19deenero, Esta certificación será obligatoria, de acuerdo con el calendario que se establezca, para todos los edificios de uso no residencial con gran consumo de energía, con independencia de que se alquilen o vendan, de acuerdo con dos escalones: edificios con potencia térmica instalada en calefacción o refrigeración de más de1.000kwyentre400kwy1.000kw. Grupo objetivo de la medida: Propietarios y titulares de edificios existentes, de uso terciario y titularidad públicayprivadaconunapotenciatérmicainstaladademásde400kw.
31 Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética
32 Directiva 2010/31/CE (relativa a la eficiencia energética en los edificios)
33 Directiva 2010/31/CE Edificios de consumo casi nulo
34 Directiva 2010/31/CE (Suponiendo edificio de consumo casi nulo = Calificación A) Consumo de energía primaria 70% inferior a los edificios construidos bajo la normativa actual 85% inferior a los edificios representativos del stock para el año 2006.
35 Documentos reconocidos
36 Documentos reconocidos
37 Documentos reconocidos
38 Otro software HACE: Herramienta de ayuda a la calificación energética HACE es un software que permitirá el cálculo de la calificación energética parcial de un edificio que previamente haya sido definido en LIDER y Calener VyP. NO ES DOCUMENTO OFICIAL
39 Documentos reconocidos Nueva curva de corrección del rendimiento con el factor de carga parcial para calderas de biomasa El objetivo del presente documento reconocido es obtener una nueva curva de comportamiento que represente mejor la realidad de las calderas de biomasa. Para obtener una curva que represente el comportamiento real de calderas de biomasa comerciales se han analizado los rendimientos a la potencia útil nominal y potencia útil mínima de una muestra de 166 calderas modulantes y no modulantes, calculados siguiendo los protocolos establecidos por la norma UNE EN 303-5:1999 Calderas de calefacción. Parte 5: Calderas especiales para combustibles sólidos, de carga manual y automática y potencia útil nominal hasta 300kW. Terminología, requisitos, ensayos y marcado.
40 Documentos reconocidos Nueva curva de corrección del rendimiento con el factor de carga parcial para calderas de biomasa Nueva curva Ver en CALENER VYP Sistemas- Factores de corrección No afecta a las emisiones de CO2 (nulas con biomasa) pero si al consumo de energía
41 Documentos reconocidos
42 Documentos informativos
43 Otros documentos precalener, mediante el que el usuario podrá incorporar el comportamiento de la solución singular (obtenido mediante otro software de simulación como por ejemplo Energy+) a los datos de entrada que maneja CALENER para que este los tenga en cuenta en su simulación; postcalener, mediante el que el usuario modificará la Calificación Energética obtenida con CALENER (sin contemplar la solución singular) con los datos de comportamiento de la solución singular obtenido con otro software (por ejemplo, como se indicó antes, Energy+). Esto permitirá contemplar el efecto de, por ejemplo, bombas de calor geotérmicas, apoyo solar térmico para calefacción o soluciones de arquitectura solar como muros trombe, invernaderos adosados, etc. Ver VIDEO sobre Postcalener en la carpeta de documentación
44 Escala de calificación Los límites de las clases se han de establecer cumpliendo con las siguientes directrices: La escala debe diferenciar claramente edificios eficientes de no eficientes. Debe tener suficiente sensibilidad a las mejoras. Debe ser posible para todos los climas la construcción de edificios con clase A Debe ser suficientemente estable en el tiempo. Su fin es el de ser un instrumento que permita la toma de decisiones de cara a cumplir a largo plazo con los compromisos energéticos y medioambientales. Debe ser única tanto para el Procedimientos de Referencia como para los Procedimientos Alternativos. Debe poder extenderse a edificios existentes.
45 Escala de calificación VIVIENDAS El punto de partida para la escala de calificación de edificios de viviendas es la obtención de los escenarios de comparación de acuerdo a las siguientes fases: Selección de una muestra representativa de viviendas unifamiliares y en bloque, con las tendencias de construcción recientes en España. Obtención de los indicadores energéticos asociados a cada tipología de edificio en las distintas zonas climáticas, suponiendo que se cumple estrictamente con el CTE. Demanda de calefacción y refrigeración, Emisiones y Consumos de energía primaria a cada uno de los servicios y Emisiones totales del edificio Caracterización matemática del escenario.
46 Escala de calificación Esta escala está formada de tal forma que en la muestra de edificios que simplemente cumplían el mínimo normativo, el 5% caían en la clase B, el 35% en la clase C y un 45% en la clase D.
47 Escala de calificación. Residenciales En los edificios residenciales la comparación se establece con el valor medio teórico que el indicador energético presentaría en una distribución representativa de edificios que cumpliesen estrictamente el mínimo normativo, clasificada por zona climática y tipo de edificio. Estos valores medios teóricos se obtuvieron realizando múltiples simulaciones de una muestra de edificios en cada zona climática, y se encuentran en el documento "Escala de Calificación Energética para Edificios de Nueva Construcción", en las tablas I.2 (unifamiliares) e I.3 (bloques de vivienda).
48 Escala de calificación. Residenciales c
49 Escala de calificación I Referencia En residencial I Referencia = I Reglamentación
50 Escala de calificación. Edificios terciarios EDIFICIOS TERCIARIOS El proceso de calificación de los edificios terciarios es puramente autoreferente, es decir, la calificación surge mediante una simple comparación del indicador energético (demandas o emisiones de CO2) con las que se producirían en un edificio de referencia, similar al proyectado, pero que simplemente cumpliese los mínimos normativos. Llamaremos C, al índice de calificación energética, que viene definido como:
51 LIDER y CALENER VYP
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60 CALENER VYP: Estructura Definición geométrica y constructiva = LIDER Definición mínima de cargas internas e iluminación para no residencial Definición de sistemas de climatización y ACS CALENER-VYP LIDER ESTO2
61 Ejemplo Espacio Descripción Tipo Área (m²) Altura (m) P01_E01 Garaje Habitable P02_E01 Aseo Habitable P02_E02 Pasillo Escalera Habitable P02_E03 Cocina Habitable P02_E04 Salón Habitable P03_E01 Dormitorio 1 Habitable P03_E02 Dormitorio 2 Habitable P03_E03 Dormitorio 3 Habitable P03_E04 Dormitorio 4 Habitable P03_E05 Baño Habitable P03_E06 Pasillo Escalera Habitable P04_E01 Gatera No habitable Planta Primera P03_E02 O N S E Planta Baja P03_E04 P02_E04 P03_E06 P03_E05 P02_E02 P03_E03 P03_E01 P02_E03 P02_E01
62 Ejemplo Planta Primera N Planta Baja O E S 3.5 kw / 2.65 kw EER = 2.5 P03_E02 P03_E04 P02_E04 2 kw 2.5 kw 4 kw P03_E05 P03_E06 P02_E02 Instalación de ACS: Caldera gas natural estándar 15 kw Rendimiento: 0.90 Cobertura solar: 70% P03_E03 2 kw P03_E01 2 kw P02_E03 P02_E01 Calefacción: Caldera gas natural estandar 20 kw Rendimiento: 0.92
63 Ejemplo: Modelado de instalaciones
64 Ejemplo: Modelado de instalaciones
65 Ejemplo: Calificación
66 CONCEPTOS GENERALES Manuel Barrero Espiniella. Área Ahorro y Eficiencia Energética
67 Coeficientes de paso El Fuente: IDAE (30 Noviembre 2010)
68 Espacios habitables y no habitables Recinto habitable: Recinto interior destinado al uso de personas cuya densidad de ocupación y tiempo de estancia exigen unas condiciones acústicas, térmicas y de salubridad adecuadas. Se consideran recintos habitables los siguientes: a) habitaciones y estancias (dormitorios, comedores, bibliotecas, salones, etc.) en edificios residenciales; b) aulas, bibliotecas, despachos, en edificios de uso docente; c) quirófanos, habitaciones, salas de espera, en edificios de uso sanitario; d) oficinas, despachos; salas de reunión, en edificios de uso administrativo; e) cocinas, baños, aseos, pasillos y distribuidores, en edificios de cualquier uso; f) zonas comunes de circulación en el interior de los edificios; g) cualquier otro con un uso asimilable a los anteriores. Recinto no habitable: Recinto interior no destinado al uso permanente de personas o cuya ocupación, por ser ocasional o excepcional y por ser bajo el tiempo de estancia, sólo exige unas condiciones de salubridad adecuadas. En esta categoría se incluyen explícitamente como no habitables los garajes, trasteros, las cámaras técnicas y desvanes no acondicionados, y sus zonas comunes
69 Envolvente
70 Orientación
71 Zonas climáticas Se definen varias zonas climáticas en función de su severidad climática En zona 1 se considera que NO existe demanda de refrigeración y, por tanto, no existen emisiones de CO2 debidas a la refrigeración
72 Zonas climáticas en función de la altitud La zona climática de cualquier localidad en la que se ubiquen los edificios se obtiene de la tabla D.1 en función de la diferencia de altura que exista entre dicha localidad y la altura de referencia de la capital de su provincia. Si la diferencia de altura fuese menor de 200 m o la localidad se encontrase a una altura inferior que la de referencia, se tomará, para dicha localidad, la misma zona climática que la que corresponde a la capital de provincia.
73 Zonas climáticas: HE4 y HE5 Documento de Apoyo al Documento Básico DB-HE Ahorro de energía Código Técnico de la Edificación DA DB-HE / 1 Zonificación climática en función de la radiación solar global media diaria anual Julio 2011 El objeto de este documento es indicar la zona climática correspondiente a cada municipio de acuerdo con el mapa que recoge la figura 3.1 de las secciones 4 y 5 del DB HE Ahorro de energía. Dicha zonificación climática se establece en función de la radiación solar global media diaria anual sobre superficie horizontal.
74 Compacidad Compacidad: relación entre el volumen encerrado por la envolvente térmica, V, y la suma de las superficies de dicha envolvente, S. C2 = 8/32 = 0,25 C1 =8/24 = 0,33
75 Permeabilidad
76 Renovaciones: HS3 Viviendas
77 Renovaciones: HS3
78 Puentes térmicos Puente térmico: Se consideran puentes térmicos las zonas de la envolvente del edificio en las que se evidencia una variación de la uniformidad de la construcción, ya sea por un cambio del espesor del cerramiento, de los materiales empleados, por penetración de elementos constructivos con diferente conductividad, etc., lo que conlleva necesariamente una minoración de la resistencia térmica respecto al resto de los cerramientos. Los puentes térmicos más comunes en la edificación son: a) puentes térmicos integrados en los cerramientos: i) pilares integrados en los cerramientos de las fachadas; ii) contorno de huecos y lucernarios; iii) cajas de persianas; iv) otros puentes térmicos integrados; b) puentes térmicos formados por encuentro de cerramientos: i) frentes de forjado en las fachadas; ii) uniones de cubiertas con fachadas; iii) uniones de fachadas con cerramientos en contacto con el terreno; iv) esquinas o encuentros de fachadas, c) encuentros de voladizos con fachadas; d) encuentros de tabiquería interior con fachadas. (Ver carpeta en documentación)
79 Demanda: Puentes térmicos
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