Acceso a la Justicia: Evolución de los Tribunales Ambientales Alejandro Domic S. Secretario Abogado Segundo Tribunal Ambiental
Corte Suprema Superintendencia directiva, correccional y económica Consejo de Ministros para la Sustentabilidad Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas Ministerio del Medio Ambiente Política y regulación Superintendencia del Medio Ambiente Comité de Ministros Servicio de Evaluación Ambiental Tribunales Ambientales Acceso a la justicia ambiental. Resolución de controversias Fiscalización, sanciones y seguimiento Administración del SEIA
Órganos jurisdiccionales especiales. Autónomos e independientes. Especializados: altas exigencias de nombramiento y planta con asesores técnicos. Composición mixta (3 abogados + 2 científicos). Competencias asociadas a contenciosoadministrativo de instrumentos de gestión ambiental (Ley 19.300) y reparación de daño ambiental. Macro-zonas: Antofagasta Santiago Valdivia.
A. Normas de regulación (art. 17 N 1) y actos administrativos de ejecución, implementación o aplicación (art. 17 N 7). Normas primarias o secundarias de calidad ambiental; Normas de emisión; Declaración zonas latentes o saturadas; Planes de prevención o de descontaminación. B. Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (art. 17 N 5 y 6) Res. de Comité de Ministros o Director Ejecutivo SEA que resuelva reclamaciones adm. de titulares y PAC C. Res. de Superintendencia del Medio Ambiente (17 N 3). D. Invalidación de actos administrativos ambientales (17 N 8).
A. Acción de reparación de daño ambiental (art. 17 N 2): Sistema de responsabilidad previsto en Título III de Ley Nº 19.300. Sentencia condenatoria establece obligación de acciones de reparación del medio dañado y sirve de base para obtener indemnización de perjuicios en procedimiento civil especial. B. Deber de Municipios por daño ambiental en sus territorios: Cualquier persona puede requerir que deduzca demanda por daño ambiental Plazo de 45 días para demandar o responder fundadamente. Omisión origina responsabilidad solidaridad del Municipio por perjuicios causados por daño ambiental
A. Solicitudes de autorización previa de medidas provisionales (art. 17 N 4): Clausura temporal, parcial o total de las instalaciones; detención del funcionamiento; suspensión temporal de RCA B. Consulta previa de sanciones (art. 17 N 4): Clausura temporal o definitiva; Revocación de la RCA
Inadmisibilidad Res. de causa a prueba Res. que pone término a proceso o hace imposible continuación Recurso de casación en el fondo y forma Interponen Reclamación contra actos realizados por Tribunales Ambientales Solicita y Consulta autorización previa (medidas provisionales y sanciones) Interponen Demandas por daño ambiental
(a oct. 2015) 140 N causas ingresadas T.A. Santiago, por tipo 120 100 80 60 40 20 0 mar-13 abr-13 may-13 jun-13 jul-13 ago-13 sep-13 oct-13 nov-13 dic-13 ene-14 feb-14 mar-14 abr-14 may-14 jun-14 jul-14 ago-14 sep-14 oct-14 nov-14 dic-14 ene-15 feb-15 mar-15 abr-15 may-15 jun-15 jul-15 ago-15 sep-15 oct-15 Acumulado Reclamaciones Acumulado Demandas Acumulado Consultas Acumulado Solicitudes SMA T r i b u n a l A m b i e n t a l d e S a n t i a g o - C h i l e
(a oct. 2015) Distribución territorial de causas Total Trib. Ambientales Santiago + Valdivia Trib. Ambiental Santiago 24% 22% Macro zona norte Macro zona Centro 7% 26% 54% Macro zona Sur 67% Tribunal Ambiental de Santiago: desde 4 de marzo de 2013 Tribunal Ambiental de Valdivia: desde 9 de diciembre de 2013 T r i b u n a l A m b i e n t a l d e S a n t i a g o - C h i l e
(a oct. 2015) Distribución territorial de causas, por tipo Total Trib. Ambientales Santiago + Valdivia 20 86 12 19 5 6 22 Reclamaciones Demandas Consultas Solicitudes Santiago Valdivia Tribunal Ambiental de Santiago: desde 4 de marzo de 2013 Tribunal Ambiental de Valdivia: desde 9 de diciembre de 2013 T r i b u n a l A m b i e n t a l d e S a n t i a g o - C h i l e
Discusión recurrente (+ 25 casos) Delimitación jurisprudencial de interés y perjuicio Técnica legislativa (art. 18 Ley N 20.600) En general se trata en sentencia definitiva. Por inadmisibilidad si no está debidamente fundada.
Casos Pascua Lama (Rol D N 2-2013) y Copaquilla (Rol D N 3-2013): No es acción popular, debe acreditarse posición jurídica o fáctica que lo habilite a demandar. Concepto entorno adyacente. En casos vinculados a proyectos con RCA, asimilable a área de influencia. ONG: según su ámbito de acción, definido en estatutos
A. Casos sobre invalidación (art. 53 Ley N 19.880): SQM (R 10 y 11-2013): interés para solicitar invalidación debe ser ambiental. Sentencia C.S. 06/06/15, no comparte exigencia, pero debe fundarse en interés jurídicamente protegido) Junta de Vecinos Maitencillo Norte (R 53-2014): quienes no participaron en proceso de EIA pueden solicitar invalidación, pero deben invocar un derecho o interés individual o colectivo para impulsar el procedimiento invalidatorio. B. Casos sobre normas primarias: Norma MP10 (R 22-2014 y acumuladas): perjuicio no debe entenderse en ámbito patrimonial o personal, ni tampoco de velar por legalidad, sino relacionado con una disminución de la protección del medio ambiente y de la salud de la población.
Muchas gracias